RELATIVISMO MORAL
VocTEO
 

Con el término de relativismo moral se puede designar ante todo la posición de los que niegan la existencia de cualquier tipo de normas morales.

Es ésta la forma más radical de relativismo moral, pero a su lado existen algunas otras formas. En primer lugar, el relativismo ético-descriptivo, que se refiere a la multiplicidad de las normas morales, a menudo divergentes, que se pueden encontrar dentro de una misma cultura o comparando entre sí las diversas culturas y sociedades.

Está luego el relativismo ético-normativo, que niega que puedan universalizarse las normas morales para el comportamiento. Esta posición debe distinguirse de la de quienes niegan la posibilidad de fundar normas para la actitud, posición que puede identificarse en el relativismo meta-ético.

Aunque siempre es posible encontrar a quien sostenga el relativismo, tanto respecto a la actitud como respecto al comportamiento, hay que tener presente que la posición relativista que se asume en el plano normativo del comportamiento no depende de la teoría eventual que se siga en el plano meta-ético, y que el debate posible con quienes sostienen alguno de estos dos tipos de relativismo tiene que plantearse de manera muy distinta en relación con el contexto dentro del cual se coloque su teoría relativista.

Se llega a asumir el relativismo ético-normativo cuando se piensa que se puede transferir inmediatamente a nivel de principio el pluralismo ético existente o la factualidad del relativismo ético-descriptivo.

La existencia de varias normas morales relativas a la misma acción, de múltiples fundamentos del juicio moral, de diversos sistemas normativos divergentes entre sí, es algo que se considera como un fenómeno imposible de eliminar y necesario.

El salto lógico presente en este modo de proceder se llama error o falacia naturalista. Se incurre en él siempre que uno se traslada del plano factual al axiológico, del plano ontológico al valorativo, del dato de hecho a la afirmación de principio.

Este error es ante todo de naturaleza lógica, en cuanto que el discurso se transfiere de un plano al otro sin tener en cuenta la diversidad total que existe entre los dos planos: una afirmación que quizás es totalmente válida en el plano empírico, factual o descriptivo, no por eso es automáticamente válida también en el plano axiológico.

El relativismo ético-normativo aparece en una versión filosófica y en una versión teológica.

Más allá de las posiciones relativistas extremas, que rechazan la posibilidad de formular cualquier tipo de juicio moral sobre las acciones que hay que realizar, la posición normativa relativista más corriente puede clasificarse como deontología del acto.

La deontología del acto, que no hay que confundir con la deontología de la regla, no excluye la posibilidad de pronunciar juicios morales, pero sostiene que esos juicios, precisamente porque pueden ser formulados de vez en cuando y para cada acción concreta, no pueden someterse al proceso de universalización. Pues bien, un juicio moral que no puede aplicarse en cualquier situación parecida a aquella para la que se ha formulado, en cualquier época cultural o área geográfica, que sea válido solamente para aquel que lo formula y para aquella única situación para la que se ha formulado, no posee las características de juicio moral.

El juicio moral o es universalizable o no es moral. Debe formularse sobre cada acción concreta y sobre las diversas especies de acciones en circunstancias parecidas. Si las circunstancias son idénticas, tendremos además la misma acción idéntica; pero cuando las circunstancias son parecidas, las respectivas acciones pueden recogerse y clasificarse bajo una característica específica común y ser consideradas, incluso por razones prácticas, como especies de comportamientos sobre las que se da un juicio moral idéntico. Por tanto, expresar unos determinados juicios morales sobre el conjunto de las acciones concretas válidas en circunstanias parecidas significa expresar también juicios morales, positivos o negativos, sobre las respectivas especies de acciones. Esto significa que en último análisis se pueden expresar juicios morales negativos, no sólo sobre ciertas acciones concretas, sino también sobre ciertas especies de comportamientos.

La posición de los que niegan que los juicios morales sean universalizables, en filosofía, corresponde al modo de pensar típico del existencialismo sartriano; en teología puede identificarse con la ética de la situación.

S. Privitera

 

Bibl.: S, Privitera, Relativismo, en NDTM, 1594- 1600; A. Hortelano, Relativismo, en Problemas actuales de moral, 1, Sígueme, Salamanca 1981, 48455; E, López Azpitarte, La ética personal, (¿Existen valores absolutos?, en Proyección 116 (1980) 37-51.