LAICO / LAICIDAD
VocTEO
 

Del substantivo laós (pueblo), con el añadido del sufijo ikos, con el cual, dentro de un pueblo, la lengua griega indicaba a una categoría distinta de la de los jefes, de forma parecida a como un ciudadano se distingue del conjunto de personas que ejercen un poder legítimo. Su primer uso entre los cristianos parece que se debe a Clemente Romano, que. escribiendo en torno al año 96 a la comunidad de Corinto, utiliza este término para indicar al que, a pesar de formar parte integrante de la comunidad, se encuentra en la condición cristiana común y es distinto de todos los que tienen responsabilidades específicas. A continuación el término se fue difundiendo gradualmente, pasando también a la lengua latina (laicus) con el significado de cristiano no perteneciente al clero.

En una concepción «piramidal» de la Iglesia, como la que se impuso en la época medieval, el laico está situado en la base de una pirámide que tiene en su cúspide a los clérigos y a los monjes, a quienes corresponde interesarse por las realidades espirituales. A la base pertenecen entonces los hombres «carnales" y los casados (es decir, los «laicos"), a quienes, por la fragilidad humana, se les permite usar las cosas terrenas. En el siglo xx empieza a imponerse una nueva colocación del «laico" en el lugar que le corresponde en el organismo eclesial, cuando, sobre todo en el área cultural francesa, se desarrolla y se afianza una « teología del laicado". Entre los teólogos que se distinguieron en este terreno es preciso recordar a J. Maritain, Y Congar, G. Lazzati, E. Schillebeeckx, R. Spiazzi, G. Philips, H. U. von Balthasar y K. Rahner. Finalmente, el concilio Vaticano II dibujó la figura del laico en sus aspectos teológicos, apostólicos y pastorales, sobre todo en los textos de la Lumen gentium IV y del Decreto Apostolicam actuositatem. Con el nombre de «laicos» el concilio (LG 31) entiende «a todos los fieles cristianos, a excepción de los miembros que han recibido un orden sagrado y los que están en un estado religioso reconocido por la Iglesia, es decir, los fieles cristianos que, por estar incorporados a Cristo mediante el bautismo, constituidos en Pueblo de Dios y hechos partícipes a su manera de la función sacerdotal, profética y real de Cristo, ejercen, en la parte que les toca, la misión de todo el pueblo cristiano en la Iglesia y en el mundo». Aquí se describe de forma positiva la razón de ser (su naturaleza de cristiano) del laico, deducida de su incorporación bautismal a Cristo. De aquí se derivan al mismo tiempo su constitución en el Pueblo de Dios y su participación en el triple oficio de Cristo. Después de esto el concilio indica la tipología del laico en el mundo: "A ellos muy en especial corresponde iluminar y organizar todos los asuntos temporales a los que están estrechamente vinculados, de tal manera que se realicen continuamente según el espíritu de Cristo y se desarrollen y sean para la gloria del Creador y del Redentor". De esta manera se describe la " índole secular" del fiel laico: puesto por el corazón de la Iglesia en el corazón del mundo para su santificación, hace de ese mundo el ámbito y el medio de su propia vocación cristiana. El decreto Apostolicam actuositatem está dedicado al apostolado de los laicos que, derivándose de su misma vocación cristiana, no puede faltar nunca en la Iglesia.

Se ilustra allí la naturaleza, la índole y la variedad de este apostolado. Al mismo tiempo el decreto conciliar enuncia los principios fundamentales y ofrece normas pastorales para su ejercicio más eficaz. El magisterio conciliar será ampliado y especificado ulteriormente por Juan Pablo 11 en su Exhortación apostólica Christifideles laici (30 de diciembre de 1988), posterior a la VII Asamblea ordinaria del Sínodo de los obispos (1-30 de octubre de 1987).

Con el término "laico" y con la teología del laicado va unido el término "laicidad». Si en el lenguaje común "laicidad" intenta señalar una posición neutral desde el punto de vista religioso o ideológico, sobre todo cuando se trata de ejercer una función pública que afecta al conjunto de los ciudadanos, en el lenguaje eclesial designa ante todo el plano de la naturaleza racional, aquel en el que los instintos están guiados por la razón.

Este término presta además atención a la mediación cultural, entendida como una fundamentación en los valores de la fe para llegar a la praxis, con la ayuda de los diagnósticos de la situación y de la lectura de los hechos; igualmente indica la superación de todo código de separación que excluya o discrimine los espacios para una auténtica vida de fe. Algunos entienden la "laicidad,, como una toma de conciencia y un distanciamiento de los riesgos del "clericalismo". No faltan finalmente los que hablan de laicidad en la Iglesia", es decir de respeto a la autonomía de lo mundano en su interior, en las relaciones mutuas de los crislianos; y de "laicidad de la Iglesia"' que hay que entender como responsabilidad de todos los bautizados (y no sólo de los laicos) respecto al orden temporal. De aquí la superación del "eclesiocentrismo" en favor de una eclesiología dialéctica, al servicio de todos los hombres sin pretensiones exclusivistas respecto a la verdad, comprometida en una relación serena, pero críticamente vigilante, con las culturas.

M. Semeraro

Bibl.: B. Forte, Laicado, en DTI, 111, 252 269: Y Congar, Jalones para una teología del laicado, Estela, Barcelona 1965. E. Schillebeeckx, El pueblo de Dios y el ministerio eclesial, en La misión de la Iglesia, Sígueme Salamanca 1971, 115-264: H. U. von Balthasar, El segiar y la Iglesia, en Sponsa Verbi, Guadarrama,-Madrid 1965, 385-404: K Rahner, Fundamentación sacramental del estado laical en la Iglesia, en Escritos de teología, VII, Taurus, Madrid 1971, 357-379,