INTENCIÓN
VocTEO


Es la orientación de la voluntad a un fin. Expresa el querer íntimo del sujeto agente. Mientras que la norma - expresión de la razón recta- enuncia la moralidad material y objetiva que hay en un acto, la intención -expresión de- la voluntad- constituye la moralidad formal y subjetiva, es decir, cualifica a la persona en acto, o bien al acto querido y realizado personalmente. Así pues, la intención personaliza la moralidad y revela a la persona moral, su rectitud. Hunde sus raíces en la profundidad del alma humana, de donde proviene el bien y el mal, antes de tomar cuerpo en las acciones externas (cf. Mt 5,28: 15,18-19: Mc 7,20-23).

La intención primera y fundamental concierne al fin último: el Bien que unifica y que irradia sobre todos los bienes-fines particulares. Es la intención del sentido-valor supremo y decisivo: Dios, en relación con el cual se manifiesta como amor-caridad. Es una voluntad de amor-caridad que relaciona de manera finalista al sujeto ético con Dios, dando un significado y un valor teologal-salvífico a todo su obrar.

La intencionalidad fundamental cualifica así a la persona moral y dirige sus intenciones intermedias y particulares. Lleva a cabo la mediación entre el fin último y los fines de cada acción, que quedan entonces orientados y asumidos en el horizonte de sentido del fin último.

Esto significa que la moralidad, en sentido personal y dinámico, no consiste en una definición abstracta de la acción en una norma para «cualquiera", sino en la intencionalidad profunda de la voluntad que tiende en ese acto a un bien-valor (o, por el contrario, prescinde de él). La intención con que la voluntad se dirige al objeto es decisiva para la moralidad normal de una acción. De manera que, si la voluntad tiende al objeto visto como valor, la acción es formalmente buena, aunque el objeto resultase materialmente malo: por ejemplo, si intento decir la verdad, pero por error digo materialmente una mentira, realizo un acto formalmente bueno. Y viceversa, si la voluntad tiende hacia un objeto visto como no-valor, la acción es mala, aunque el objeto resultase materialmente bueno. Pero esto no puede significar una independencia de la moralidad formal respecto a la moralidad material, de la intención subjetiva respecto a la norma objetiva, de la voluntad respecto a la razón, va que la recta intención no prescinde de la consistencia ética del acto expresada por la norma.

Se dan actos que no se pueden hacer con ninguna buena intención: por su estructura objetiva caen inevitablemente fuera de la intención subyacente y son incompatibles con el amor-caridad. No puede darse una intención del Bien-Fin último que contradiga al bien particular y a la norma que lo tutela. Esto implica que ninguna buena intención puede hacer que se haga bueno un acto objetivamente malo. Pero teniendo en cuenta la globalidad del obrar en su actuación personal, esto es, en la singularidad de las circunstancias, puede hacerlo subjetivamente menos culpable o inculpable. No es indiferente desde el punto de vista formal personal la intención diversa con que se pone un acto que es materialmente el mismo. Es la moralidad formal la que constituye el juicio de valoración último de la acción de una persona.

M. Cozzoli

Bibl.: AA. VV., Percepción de los valores y norma ética. en Concilium 120 (1976), número monográfico; K. Demmer Introducción a la teología moral, Verbo Divino, Estella 1994,