CAPITULO II
ACERCA DE LA JUSTICIA ORIGINAL

 

694. Al pasar a tratar acerca de la justicia original, se nos presentan para su estudio dos cuestiones: Qué dones contendría ésta y además cómo se darían estos dones en relación a la naturaleza. Así pues de estas cuestiones pasamos inmediatamente a hablar, de tal modo que vamos a considerar cada uno de dichos dones según este doble aspecto, a saber la gracia santificante, la integridad y la impasibilidad, y después pasamos a tratar acerca de la ciencia infusa de Adán.

 

Articulo I

De los errores acerca de la justicia original

695.        Antes de comenzar la exposición de la justicia original es menester que brevemente indiquemos los principales errores respecto a este tema de la justicia original, e incluso los errores respecto al pecado original, en cuanto que dichos errores hacen referencia a éste.

 

696.        El pelagianismo. Contra la idea maniquea de una substancia mala por cierto fatalismo, quiere poner de relieve lo bueno de la naturaleza humana, inmune de todo determinismo hereditario, fisiológico y psicológico. En orden a esto establece este principio fundamental: El hombre por su naturaleza es plenamente libre de cualquier necesidad interna tanto para el bien como para el mal, de tal modo que con sus fuerzas puede y debe evitar todo pecado, sin que quede debilitada por el pecado esta libertad.

 

«De aquí que implica contradicción, dicen los pelagianos, el que Adán haya transmitido un pecado que no era libre para nosotros, esto es el pecado original». Porque, según las palabras de Celestio, «los niños que nacen, están en el estado en que estuvo Adán antes de la prevaricación» (R 2019); luego estos no necesitan del bautismo para ser purificados del pecado, a no ser tal vez de los posibles pecados que pueden cometerse en el futuro, como dijeron más tarde los pelagianos a lo largo del desarrollo de la discusión, sino para ser santificados y para entrar en el reino de los cielos, los cuales en otro caso no alcanzarían éste, sino una vida eterna dichosa, sin que no obstante conste con certeza acerca de la naturaleza de la diferencia, según los pelagianos, entre esta vida y aquel reino de los cielos. El pecado de Adán, insisten los pelagianos, solamente dañó a los hijos de éste con su ejemplo y se propaga por imitación. Adán en estado de inocencia, siguen diciendo los pelagianos, tenía como nosotros la concupiscencia, la inmortalidad y la pasibilidad.

 

Luego Adán en estado de inocencia tuvo solamente esta gracia interna, a saber los dones de la naturaleza, como la existencia, el libre arbitrio etc., los cuales eran designados por el pelagianismo por antonomasia con el vocablo de "gracia".

 

Este sistema fue condenado en el Concilio XVI de Cartago (D 101ss),en el Concilio de Efeso (D 126) en el Concilio Arausicano (D 174ss, el cual no obstante se celebró directamente en contra de los pelagianos), en el Concilio Tridentino (D 87ss) celebrado directamente en contra de los protestantes.

 

697.        El protestantismo. La justicia original, por la que el hombre era grato a Dios y lo amaba a éste, era de esencia del hombre. Este por su naturaleza gozaba de una perfecta armonía de fuerzas y de una recta relación de él mismo para con Dios. Pero el pecado de Adán, siguen diciendo los protestantes, se vio privado de estos bienes, incluido el libre arbitrio, y por tanto quedó el hombre intrínsecamente corrupto.

 

Esta corrupción de la naturaleza, que ya no puede hacer nada que no sea peca­minoso, según dicen los protestantes, considerada positivamente es la concupis­cencia, en la cual consiste el pecado original, pecado que ya no va a ser borrado por nadie, sino que sólo simplemente no va a ser imputado a los justos. Zwinglio disintiendo de los otros protestantes dice que esta propensión a pecar por egoísmo, en la cual propensión también, según él, consiste el pecado original, no es propiamente pecado, sino efecto del pecado e inclinación a pecar; luego el pecado original, según Zwinglio, es impropiamente pecado.

 

Por consiguiente los dones de la justicia original, según los protestantes, eran debidos al hombre inocente con débito de esencia. Parece que los protestantes no negaron que el hombre en estado de justicia original tuvo la inmortalidad, y que ésta le era indebida.

 

Sin embargo es difícil concretar lo que dicen acerca de estos temas los protestantes actuales, para muchos de los cuales la narración de la creación del hombre y del primer pecado, sin que sean acontecimientos históricos, sólo indican que el hombre es creatura de Dios y que éste es siempre pecador por su culpa. Así para Prenter la justicia original y la caída del drama bíblico no son sucesos singulares, sino oposiciones en permanente lucha que existen en el hombre, de tal manera que la creación y el pecado se repiten incesantemente. Según Brunner, el hombre creado por Dios es llamado al amor de Dios en la participación de la vida eterna: Es imagen indeleble de Dios, si bien no mera-mente pasiva, sino que debe responder libremente a quien le llama a la vida del amor de Dios y entonces su existencia es auténtica: En él existe como una sola realidad bajo un doble aspecto la imagen formal de Dios, esto es la persona llamada a la vida del amor y la imagen material, o sea la misma vida del amor: El pecado quita la imagen material, o sea la justicia original sobrenatural como elemento esencial del hombre, esto es la respuesta a Dios que llama o la existencia en la fe y el amor, la cual define al hombre mismo, y de este modo la facultad de hacer y de querer el bien, pero no Ie quita la imagen formal, esto es el ser del hombre ordenado dinámicamente a Dios.

 

Por el contrario, según Schneider, para el que la narración genesíaca acerca del primer hombre es «la parábola del paraíso», de tal manera que Adán no es el primer hombre del cual provienen los otros, sino el hombre típico, Dios no nos creó ya como imagen suya, sino con el fin de que llegáramos a ser su imagen. Para Barth, para quien Adán es un hombre indeterminado al cual se aplica a manera de fábula la narración paradisíaca, con la cual, dice él, se enseña que empezó la historia del hombre en su soberbia y pecado, no es ni fue una edad dorada, sino que el hombre pecó poco después en el Edén.

 

698. Ahora bien también es difícil de concretar la doctrina de los protestantes de época más reciente acerca del pecado original. Dijo Pesch: «Además entre los protestantes acerca de este tema hay tantas sentencias como personas. En efecto gran número de ellos dicen que el pecado original no puede ser pecado propiamente dicho».

 

Según Schleiermacher, el pecado original no es más que una disposición hereditaria pecaminosa que tenemos por influjo de las generaciones precedentes, de tal manera que el pecado de Adán no ha superado a otros pecados en cuanto a su influjo en los sucesores de éste. Según Ritschl, cuya doctrina propone Kirn, se da, aparte de los pecados individuales un cierto reino del pecado, en cuanto que cada uno de los hombres que pecan, sometidos a este reino, con sus pecados mueven a otros al mal, y aI mismo tiempo son movidos también al mal por los pecados de los otros. En general según los protestantes liberales, la narración acerca del pecado de Adán no es histórica, sino una mera representación metafórica de la lucha surgida en nosotros a causa de la concupiscencia o a lo sumo una narración a cuya imitación se cometen todos los pecados; el pecado original, según los protestantes liberales, es la concupiscencia connatural, la cual se aumenta por el influjo de los antepasados.

 

699. El bayanismo. El hombre ha sido creado en la rectitud de la naturaleza, esto es en integridad. Esta incluía negativamente la ausencia de pecado; y positivamente la santidad por la inhabitación del Espíritu Santo y por las virtudes (la fe, la caridad), anejas a esta inhabitación (Bayo nunca hace mención de la gracia santificante de Adán, tanto para admitirla como para rechazarla), la inmunidad de la concupiscencia y de la muerte, el destino a la visión beatífica, la capacidad de evitar todo pecado y de merecer con las buenas obras la vida eterna.

 

Cualquiera de estos dones era debido a la naturaleza humana en cuanto tal (por tanto no simplemente considerada históricamente en el Adán en estado de inocencia), de tal manera que su ausencia era un mal para esta naturaleza en cuanto tal; sin embargo sin que este don perteneciera a dicha naturaleza constituti­vamente, ni de un modo necesario consecutivamente, esto es proviniendo de ella como de principio, pero sí ciertamente exigitivamente (ahora bien con una exigencia ,no jurídica, sino ontológica, esto es la cual hiciera referencia, no a la justicia, sino a otros atributos de Dios como la bondad, la sabiduría etc.).

 

De aquí que Dios creó a esta naturaleza necesariamente dotada de dichos dones, y no podía crearla sin cualquiera de esos dones. Los cuales sin embargo son gratuitos, tanto, dice el bayanismo, por el hecho de que no le fueron otorgados a Adán en estado de inocencia a causa de sus méritos, como también respecto al hombre caído, al cual solamente se le devuelven en virtud de los méritos de Cristo.

 

El pecado original, sigue diciendo el bayanismo, tiene razón de pecado en sí, esto es sin recurrir a la voluntad de Adán o a la voluntad propia de aquel que tiene el pecado original; a éste se le imputa verdaderamente «si domina sobre él bien en acto bien en hábito, de tal manera que no tiene una disposición de espíritu contraria» (D 1048); de este modo habitual domina en el niño bautizado, el cual le tiene como voluntario por su voluntad habitual.

 

Y sigue diciendo el bayanismo que consiste en la privación de la integridad de la naturaleza; la cual por tanto, según esta concepción bayanista, ya es en sí misma radicalmente impotente en orden a ninguna obra moralmente buena y para vencer cualquier tentación de pecado. En concreto, dicen, consiste en la concupiscencia habitual, además ésta, incluso como actual,en cuanto transgresión del precepto «no consentirás en pensamientos ni deseos impuros» es esencialmente mala en sí misma, esto es incluso sin recurrir a la voluntad de Adán o a la voluntad propia de aquel en el cual se da. Sin embargo ésta, tanto la habitual como la actual, no le es imputada al justo, puesto que ya no domina en él, siendo así que el Espíritu Santo habita y reina habitualmente en él.

 

Bayo define rectamente lo sobrenatural como indebido a la naturaleza humana. Sin embargo se equivoca al establecer que es natural, o sea debido a la naturaleza, todo aquello que le fue dado al hombre en la primera creación y que había de ser transmitido por generación a sus descendientes; cuando supone que una sola y la misma cosa es natural para la naturaleza inocente y en cambio es sobrenatural para la naturaleza caída; cuando en lo sobrenatural prácticamente sólo se refiere al aspecto exigitivo, como si para él no existiera el sobrenatural intrínseco.

 

Los errores de Bayo fueron condenados por S. Pío V (a.1567), «aunque algunas [sentencias] podrían de algún modo sostenerse en el rigor y en el sentido propio de las palabras pretendidas por los que afirman éstas...». (D 1001-1080). Si bien algunas sentencias no son de Bayo. Ahora bien puesto que según el estilo de la Curia en la Bula original faltaban algunos signos de puntuación, si se coloca una coma después de "podrían", éstas sentencias son condenadas precisamente en el sentido de los autores, si bien algunas de ellas pudieran tener una interpretación ortodoxa; si en cambio se pone la coma después de la palabra "pretendido", se condenan las sentencias según suenan, porque según el sentido obvio de ellas son condenables, aunque algunas pudieran sostenerse de algún modo en el sentido pretendido para ellas por los autores y de este modo podrían escaparse de la condena.

 

Bayo y los bayanos sostenían esto segundo, en cambio sus adversarios sostenían aquello primero. La opinión de éstos parecía que ya había sido admitida durante siglos sin discusión. Sin embargo poco ha van Eijl, aunque admitiendo que la interpretación antibayana era más congruente, suscitó la duda acerca de esta cuestión, no obstante parecería extraño el que las proposiciones fueran condenadas por algún sentido posible de ellas y no por el sentido de éstas que se manifiesta en las obras y que es el preferido según la mente de sus autores; de donde aunque no fueran condenadas expresamente en este segundo sentido, habría a priori que suponer esto "per se", a no ser que constara con claridad lo contrario. Y si de hecho se considera que no consta históricamente acerca de esta interpretación aceptada hasta ahora prácticamente por todos, no habrá que insistir en ella, sin embargo hay que juzgar que fueron condenadas como suenan, esto es según el sentido obvio de estas sentencias, el cual no obstante será ordinariamente el sentido de los autores (de tal manera que en caso de duda parece que hay que recurrir a éste). Además esto en la práctica no es de gran importancia: aunque algunas de estas proposiciones tuvieran en sus autores un sentido diferente del sentido obvio, en el cual sentido de los autores pudieran sostenerse al menos de algún modo, todas las sentencias son severamente proscritas por el Pontífice y deben ser arrancadas absolutamente de la teología católica. Nosotros seguiremos la opinión común.

 

700. El jansenismo. Es el heredero del bayanismo, o prolongación de éste. El hombre ha sido creado completamente santo, en unión con Dios por el amor sobrenatural, y así tendiendo a El mismo como a la vida eterna, en plena armonía de los apetitos mediante la perfecta sujeción de los inferiores a la razón, en la inmortalidad y en la impasibilidad. Ahora bien, dice el jansenismo, Dios debía a sus atributos, a saber a su justicia, a su santidad, a su sabiduría, a su bondad, etc. el no crear al hombre sin dichas perfecciones. Luego éstas le eran debidas al hombre no en cuanto tal, puesto que en sí carecería de todo derecho, sino en cuanto que Dios se satisfaría, y en este sentido, puede decir, con el débito de lo que es decente o conveniente.

 

En verdad la creatura inocente no puede ser castigada por Dios y así pasar a ser desgraciada por la privación de la vida eterna en Dios, la cual esta creatura ansía por su naturaleza. Del mismo modo el hombre no puede ser creado por Dios sin la ordenación hacia El mismo por el amor de la justicia, el cual es amor de caridad; luego debe recibir la gracia - por otra parte sobrenatural también según el jansenismo - necesaria para este amor. Así mismo puesto que los movimientos de la concupiscencia son malos, Dios no puede crear al hombre afectado por la concupiscencia, luego es debido al hombre el ser creado sin ella. Por último, puesto que las miserias corporales, sobre todo la muerte, hacen infeliz a la creatura, Dios, dicen los jansenistas, no puede ocasionar estas miserias corporales sin culpa previa de la creatura; luego al hombre se le debe la inmortalidad y la impasibilidad.

 

De todo lo cual se desprende el que el hombre no puede ser creado por Dios en el estado de naturaleza pura, esto es de una naturaleza no destinada a la vida eterna en Dios, carente de la gracia, sujeta a la rebelión de la parte inferior, a la muerte y a la pasibilidad.

 

Además el pecado original es concupiscencia, que corrompe al alma y a todas las potencias de ésta, siguen diciendo los jansenistas, y en la cual (en la concupis­cencia) se dan tanto ella misma en cuanto tal, como la iniquidad o sea la culpa o la mancha. Esta (el reato de culpa) se borra por el bautismo, sin embargo después del bautismo permanece aquella, la cual impulsa al pecado, y solamente puede ser vencida con el gozo celestial.

 

Ahora bien el pecado original viene de la voluntad de Adán, por cuya malicia la naturaleza ha sido corrompida por la concupiscencia, la cual, puesto que se da en el acto de la generación, se transmite al niño juntamente con la naturaleza prácticamente como otras enfermedades hereditarias; en verdad ésta se da virtualmente en el semen humano, de tal manera que el alma infundida en el cuerpo contrae la mancha con el contacto de éste, sin que por consiguiente en esta acción de contraer la mancha haya otra voluntariedad excepto la remota de Adán, el cual introdujo la concupiscencia. Este pecado parece que, según el jansenismo, es castigado en la otra vida con la pena de sentido.

 

Acerca de la noción jansenista del sobrenatural téngase en cuenta lo siguiente: la gracia del amor de Dios es, según lo que hemos dicho debida a la naturaleza, en cuanto que Dios se debe el dar ésta; sin embargo es gratuita "simpliciter", puesto que ésta depende de la sola libertad del donante, y no de los méritos del que la recibe. Luego un único y mismo sobrenatural es respecto a la misma naturaleza simultáneamente debido y gratuito. Además en este sentido debe decirse que todos los dones de Dios, incluso los naturales, son gratuitos, en cuanto que no son dados en razón de los méritos.

 

La doctrina jansenista fue condenada por Inocencio X (D 12092ss), por Alejandro VIII (D 1291ss), por Clemente XI en los errores del jansenista Quesnell (D 1351ss), por Pío VI en los errores del Sínodo Pistoriense jansenista-galicano (D 1501s).

 

701.   El socianismo. Adán gozaba de perfecta libertad, la cual, como natural que era, no perdería por el pecado, dice el socianismo, ni para sí ni para los otros; podía vivir rectamente con sus fuerzas, así como también sus descendientes, a no ser que cayeran en la corrupción. Así mismo aunque la naturaleza era mortal, Dios le hubiera dado la inmortalidad, si no pecara. No se da, insisten los socianistas. el pecado original; sin embargo por el pecado de Adán la muerte ha pasado a todos los descendientes de éste.

 

702.   El racionalismo. Rechaza la revelación como fuente de la verdad, sin que admitan ninguna doctrina religiosa la cual no sea evidentemente inteligible por la razón; de aquí que no puede aceptarse, dice el racionalismo, lo sobrenatural. Luego también debe negar lógicamente, según su teoría la justicia original.Niega también el racionalismo el pecado original.

 

703.   El semirracionalismo. 1. Hirscher. El estado en que a causa del pecado de Adán nacemos sin la gracia de la filiación, con la concupiscencia y sujetos a la muerte, es no natural; luego consiguientemente el estado en que el hombre inocente tendría todos estos dones sería natural para él.

 

2. Hermes. Adán en su estado de inocencia era semejante a Dios, de una parte por sus facultades, de otra moralmente por la rectitud de su voluntad, la cual contenía una armonía perfecta de apetitos y de facultades y volvía a la naturaleza íntegra, y la situaba en un estado de justicia y de santidad con capacidad para obrar justa y santamente. Tenía también la gracia santificante sobrenatural, sigue diciente Hermes, si bien la cual gracia no sería más que la extrínseca complacencia de Dios en el hombre a causa de la justicia de éste. Este estado era al hombre inocente un estado no esencial, puesto que sin él el hombre inocente podría subsistir pero ciertamente era una secuela de la creación, si bien - en lo cual Hermes habla como Jansenio - era un estado gratuito, en cuanto que no se daba a causa de los méritos previos del hombre.

 

Por consiguiente, según Hermes, en Adán se daba la justicia natural, la cual le sería debida como secuela de la creación, si bien gratuita en cuanto que no le había sido dada por los méritos, y también se daba en Adán la gracia santificante, la cual era algo puramente extrínseco y que respondía a la justicia natural, y por lo tanto no estrictamente sobrenatural, aunque Hermes la llamara de este modo.

 

Ahora bien el pecado original, dice Hermes, es la desordenada concupiscencia habitual; por consiguiente no es propiamente pecado - en lo cual coincide con Zwinglio - sino «una cualidad pecaminosa» en cuanto que lleva al pecado. Adán al pecar destruyó la armonía natural entre la razón y la parte inferior; de este modo por tanto se cambió la naturaleza, la cual se nos transmite ya tan inclinada al pecado, y en cuanto tal abominable a Dios (incluso sin referencia a voluntad alguna v.gr. a la de Adán). En el bautizado permanece esta concupiscencia, si bien, al contraer la gracia, la concupiscencia no puede ya arrastrar al pecado, y por tanto no puede hacer al hombre pecaminoso y abominable a Dios.

 

Gregorio XVI en la condena de las obras de Hermes dice que en éstas hay «enseñanzas absurdas y ajenas a la Iglesia católica» también «acerca del estado de los primeros padres, acerca del pecado original y respecto a las fuerzas del hombre caído» (D 1620).

 

704.Por consiguiente de entre los sistemas que hemos revisado: a) Unos (el Pelagianismo, el Racionalismo, en lo que se refiere a la moral el Socianismo) ponen de relieve el naturalismo, esto es la bondad de la naturaleza desprovista de toda perfección indebida. b) Otros (el Protestantismo, el Bayanismo el Jansenismo, el Semirracionalismo) muestran una concepción optimista del estado normal del hombre, en cuanto que atribuyen a la naturaleza inocente de éste, esenciales (el protestantismo) o al menos como debidas, ciertas perfecciones que naturalmente no le competen a éste. Consiguientemente estos sistemas últimos enseñan un pesimismo posterior a la caída de la naturaleza intrínsecamente lesionada por el pecado, mientras que los sistemas primeros mantienen el mismo naturalismo después del pecado.

 

Articulo II

De la gracia santificante concedida a adán

 

TESIS 28. Adán antes del pecado fue dotado de la gracia santificante.

 

705.Nexo. Puesto que a la justicia original le competía principalmente al don, que uniera la naturaleza humana íntimamente con Dios, es lógico el que en primer lugar recordemos aquellos dones que se juzga que tienen el vínculo de la conexión estricta entre Dios y el hombre inocente, cual es sobre todo la gracia santificante.

 

Así pues ahora hablaremos en primer lugar de ésta.

 

706.Nociones. Presentamos sólo a ADAN, sin embargo lo que vamos a decir vale también según las fuentes para Eva más aún según se verá claro por los argumen­tos, también hay que aplicarlo a toda la naturaleza humana. Así pues Adán es considerado aquí no tanto como persona individual, como cuanto persona que abarca dicha naturaleza, puesto que sobre todo nos interesa a nosotros respecto a ésta.

 

ANTES DEL PECADO. Con esta fórmula se afirma el hecho de la infusión de gracia, y al mismo tiempo se evita la cuestión discutida entre los teólogos acerca del momento de la infusión de ésta; no obstante sin que se niegue el que Adán recupero la gracia perdida después del pecado.

 

LA GRACIA SANTIFICANTE es aquel don permanente que ahora se otorga por Jesucristo y con el que el hombre se hace formalmente justo, consorte de la divina naturaleza, hijo adoptivo de Dios, heredero de la vida eterna. La gracia santificante está unida en este orden con el don increado del Espíritu Santo y con otros dones creados (las virtudes infusas). Una vez dada esta definición de la gracia santificante por sus efectos formales, si las fuentes atribuyen a Adán alguno de estos efectos, v.gr. la adopción, e incluso sin una explicación ulterior algún don conexionado con dicha gracia en este orden v.gr. la inhabitación del Espíritu Santo, se juzga con todo derecho que se le adjudica a éste la gracia misma.

 

Comúnmente los autores sostienen que no pueden darse muchas especies de gracia santificante; de donde aquellos teólogos que identificaron adecuadamente esta gracia con la justicia original, no hay que pensar que opinaron el que la gracia de Adán hubiera sido de otra especie más perfecta que la nuestra (n.693). Ahora bien siguiendo a Granado, Ripalda admitió que eran posibles muchas especies de gracia santificante y de virtudes más nobles y menos nobles, una respecto a la sola naturaleza humana, otra para la angélica y otra para ambas, etc. Sin embargo en nuestro caso, si hubiera alguna diferencia entre la gracia de Adán y la nuestra, habría que decir más bien que la nuestra es más perfecta, puesto que nos ha sido dada por los méritos de Cristo (Rom 5,12-21) y la cual por tanto contendría con mayor motivo todos los dones de la justicia original. Además la cuestión parece que no es de gran importancia, con tal que la gracia de Adán fuera verdaderamente santificante y le otorgara los mismos efectos formales del consorcio divino y de la adopción que nos otorga a nosotros.

 

707.   Adversarios. Los Pelagianos, los Socinianos, los Racionalistas, y de hecho HERMES (Cf. n.696.701-703).

 

Según S. Buenaventura, «algunos...pretendieron decir" que Adán antes del pecado no recibió la gracia. Esto ciertamente lo sostuvo más tarde E.AMORT, citando en favor de su teoría también a Egidio Romano.

 

708.   Doctrina de la Iglesia. C.Tridentino (D 788): «Si alguno no confiesa que el primer hombre Adán habiendo transgredido en el paraíso el mandato de Dios, inmediatamente perdió la santidad y la justicia, en la cual había sido constituido, ...sea anatema».

 

Implícitamente se define en estas palabras que Adán tuvo, puesto que las perdió pecando, la santidad y la justicia. Sin embargo con estos términos, bien con los dos o bien con uno de los dos (en el caso de que el vocablo "justicia" indique al pie de la letra los dones preternaturales de Adán) está claro que se da a entender al menos la gracia santificante, según el uso eclesiástico y bíblico de dichas palabras, y atendiendo al estilo del Concilio al tratar acerca de nuestra justificación del siguiente modo: «La justificación... y la santificación y la renovación del hombre interior por la recepción voluntaria de la gracia y de los dones, por lo que el hombre de injusto se hace justo y de enemigo se hace amigo, para ser heredero conforme a la esperanza de la vida eterna» (D 799; cf. D 800).

 

Como quiera que este canon del C. Tridentino que hemos citado, expresara en su primer esquema «la santidad...en la que fue creado» Adán, con lo cual parecería que quedaba decidida la cuestión planteada entre los teólogos, como cosa dudosa, acerca del momento de la infusión de la gracia, para que esto no sucediera, quisieron unos que al vocablo "santidad" se le sustituyera por el vocablo "rectitud", y otros que al vocablo "creado" se le sustituyera por otro v.gr. "constituido"; se hizo esto último.

 

C. Arausicano (D 192): «La naturaleza humana, aunque permaneciera en aquella integridad en la que fue creada, de ningún modo se mantendría por sí misma, si no fuera por la ayuda de su creador; de donde puesto que no puede guardar sin la gracia de Dios la vida espiritual saludable que recibió, ¿cómo podrá sin la gracia de Dios reparar lo que perdió?». Luego la vida espiritual saludable perdida por Adán se juzga aquí que es la misma que se repara ahora. Ahora bien ésta lleva consigo la gracia santificante.

 

Esto mismo lo define respecto a toda la naturaleza el C Tridentino (D 789).

 

El C. Vaticano I había preparado un capítulo doctrinal, por el que «el Creador de todas las cosas... quiso elevar al linaje humano en el primer padre por encima de la condición de la naturaleza a un estado sublime, en el cual fuera hecho consorte de la misma naturaleza divina...así pues además de los dones con los que quedaría perfeccionado en su propia naturaleza, le infundio el Espíritu Santo, a fin de que, siendo ciertamente siervo por naturaleza, y en cambio siendo hijo por la gracia de la santidad... habiéndole sido infundida de lo alto la caridad..., mereciera la herencia eterna. En orden a esto puso a la carne plenamente sujeta por su gracia al espíritu, y con su muerte le quitó el temor a lo mortal. En efecto el hombre era mortal por la condición de su cuerpo de animal viviente, en cambio era inmortal por beneficio del Creador». Así mismo repite la doctrina del C. Tridentino de que Adán con su pecado «perdió la santidad y la justicia tanto para sí como para nosotros». También preparó los cánones: 1. «...el linaje humano fue elevado en el primer padre al estado sobrenatural». 2. «...la privación de la gracia santificante es de la razón del pecado original».

 

Estos documentos, aunque no llegaron a ser sancionados definitivamente por aquel C. Ecuménico, son de muy gran importancia, puesto que muestran qué es lo que en aquel entonces pensaba la Iglesia mediante sus teólogos de todo el orbe acerca del estado de la justicia (original) y qué interpretación daba a los cánones del C. Tridentino.

 

C. provincial de Colonia (a.1860): «En unión del C. Tridentino enseñamos que el primer hombre fue constituido en santidad y en justicia... hay que decir que es sobrenatural....aquella gracia santificante, por la que el hombre era elevado por encima de su condición de tal manera, que era hijo de Dios por adopción y se hacía apto para conseguir aquella felicidad, que, al consistir en el conocimiento intuitivo de Dios, transciende toda facultad natural del hombre». También este documento aprobado por el Sumo Pontífice, si bien no como definición ex cátedra, es de gran importancia, en cuanto que es testimonio de la interpretación que entonces estaba vigente en la Iglesia del canon 1 anteriormente citado del C. Tridentino.

 

También tienen valor respecto a esto ciertos documentos que aduciremos después en pro de la sobrenaturalidad de la gracia, en cuanto que enseñan directamente ésta (D 1021, 1024, 1385, 1516).

 

709.Valor teológico. De fe divina y católica (implícitamente) definida. (D 788s).

 

710.Se prueba por la sagrada Escritura. La obra de Cristo se muestra en acto como restituyéndonos algún bien que había sido perdido por Adán. Ahora bien nos restituye precisamente y sobre todo la gracia santificante (en cuanto que este nombre connota todos los dones creados e increados que han sido dados por Jesucristo al hombre). Luego Adán tuvo esta gracia santificante.

 

La mayor. Es de importancia esencial en S. Pablo la conexión misteriosa entre Cristo y Adán, a fin de entender rectamente nuestra conexión moral con Adán. En verdad Cristo nos trajo la salvación en cuanto que obró como cabeza de todo el linaje humano, puesto que insertó en sí a todos los hombres por la unión en un solo cuerpo místico. De tal manera por tanto que su obra era cuasi esencialmente social en sí y en sus efectos. Ahora bien esto da por supuesto el que nosotros juntamente con Adán, así como fuimos consortes por su pecado en el pecado y en la muerte, mucho más antes del pecado lo fuimos en cierta a manera de unión misteriosa con El, en orden a los dones de santidad que había recibido de Dios, los cuales dones por tanto tenían un sentido social muy amplio en orden a ser extendidos a todos los hombres.

 

Lo cual por otra parte está muy de acuerdo con toda la concepción bíblica verdaderamente sociológica y colectivista de la solidaridad a manera de orgánica por la que los individuos (sin que desaparecieran como tales, sino que verdadera-mente subsistieran de un modo firme como tales ante Dios y ante las creaturas) dependen de la comunidad, mientras que al mismo tiempo con frecuencia se considera que ésta está a modo de contenida en los individuos. He aquí el concepto de «persona corporativa», el cual expresa de un modo conciso con un vocablo moderno la doctrina del A. Testamento acerca de la unión del individuo y de la comunidad, esto es de la colectividad, pasada, presente y futura, por la que, para el israelita más que para cualquier otro pueblo antiguo o moderno, algún individuo permaneciendo tal expresa la comunidad (la familia, el pueblo, la nación, la humanidad) para el bien o para el mal, de tal manera, que se considera que la comunidad actúa por el individuo y éste obra en nombre de todos que estén sujetos al mismo destino bueno o malo de él.

 

Así pues Adán era al mismo tiempo individuo y a manera de la humanidad futura, cuyas realidades morales y cuyos actos nos atañerían de un modo misterioso. Por tanto Adán era como la suma de todos , tanto justos antes de su pecado, como pecadores después de éste, todos los cuales pecaron en él. Ahora bien Cristo vino a restaurar el orden perdido por el primer pecado. Por consiguiente este orden primitivo sólo puede entenderse en virtud de la obra misma de Cristo: a saber, si El mismo vino en persona, es que trae algo grandioso a los hombres, luego algo importante ocurrió en Adán.

 

He aquí brevemente las ideas de Pablo. Se dice que Cristo es «El último Adán» (1 c15.21s.45), cuya misión integral consiste en reparar la obra del primer Adán. De donde si por un solo hombre entró el pecado en el mundo y por el pecado la muerte, y así la muerte alcanzó a todos los hombres, por cuanto todos pecaron (Rom 5,12) Cristo es presentado como el que trae la vida y la justicia, como devolviendo al hombre la vida y la justicia que éste perdió por Adán; pues si por el delito de uno solo murieron todos /cuanto más la gracia de Dios y el don otorgado por la gracia de un solo hombre Jesucristo, se han desbordado sobre todos! (v.15)...porque la sentencia, partiendo de uno solo, lleva a la condenación, más la obra de la gracia partiendo de muchos delitos, se resuelve en justificación (v.16)...En efecto, así por la desobediencia de un solo hombre, todos fueron constituidos pecadores, así también por la obediencia de uno solo todos serán constituidos justos (v.1).

 

Ahora bien en este texto que hemos citado S.Pablo da por supuesto que la obra de Cristo está ordenada a todos los hombres, no sólo a todos los hombres adultos sin excepción alguna (aunque tal vez no estén aun manchados con ningún pecado grave personal) sino también a los niños, los cuales serían excluidos sin motivo, los cuales por tanto considera que todos ellos están afectados por el pecado (Rom 1,5). Luego trata de la restitución de alguna justicia y de la vida que antes de todo pecado tuvo Adán; de aquí que nada tiene de extraño el que S.Pablo expresara en otro texto la misma idea de la obra de Cristo con otras fórmulas, que indican como el regreso a aquel primer estado, cual son prácticamente todas las fórmulas que de uno u otro modo ponen de relieve la justificación de todos (Rom 3,24; 5,1.9;4,25 8,3;1 Cor 6,11), v. gr. en general: Hemos muerto al pecado por la vida en Cristo (Rom 6,1-11), consiguientemente somos una nueva creatura (2 Cor 5,14-17) esto es resucitados por la muerte al pecado somos hechura de Jesucristo mismo, creados en Cristo (Ef 2,1-10) y regenerados y renovados por el Espíritu Santo (Tit 3,3-7) por consiguiente somos hijos adoptivos y herederos (Gal 4,4-7) y de este modo trasladados del poder de las tinieblas al reino del hijo de su amor (Col 1,12-14) no somos ya tinieblas sino luz en el Señor (Ef 5,8).Y en concreto esta obra es descrita como:

 

a) Reconciliación, como que restituye alguna justicia, esto es la vida de amistad con Dios ( Rom 5,19) que había sido perdida por todos, luego también antes de los pecados personales,o sea la habíamos perdido exclusivamente en Adán, el cual por consiguiente la tuvo esta vida de amistad con Dios Rom 5,10s: Si cuando éramos enemigos fuimos reconciliados por Dios por la muerte de su Hi jo...nos gloriamos en Dios por nuestro Señor Jesucristo, por quien hemos obtenido ahora la reconciliación (griego:). Cf. 2 Cor 5,18s; Col 1,20.

 

b) Redención (griego: ) esto es negativamente liberación de la esclavitud del pecado, y al mismo tiempo positivamente comunión con Dios, como que devuelve la libertad de los hijos de Dios que había sido perdida por todos, luego también antes de los pecados personales o sea había sido perdida por todos en Adán. Ef 1,7-14: En El (en Cristo) tenemos por medio de su sangre la redención, el perdón de los delitos,según la riqueza de su gracia que ha prodigado sobre nosotros... en El también vosotros, tras haber oído la Palabra de la verdad el Evangelio de nuestra salvación, y creído también en él, fuisteis sellados con el Espíritu Santo de la Promesa, que es prenda de nuestra herencia para la redención del Pueblo de su posesión,para alabanza de su gloria. Ahora bien las nociones "de su posesión" y "de su compra" (1 Cor 6,20; 7,23) declaran también el sentido "de redención".

 

711. La menor. Ahora bien,lo que nos ha sido dado por Cristo que designa en síntesis todos los dones de El para con nosotros, es la gracia santificante, como queda suficientemente claro: 1) Por el conjunto de los textos que acabamos de citar, 2) Por el hecho de que la obra de Cristo nos hace: a) Justos. Rom 5,19: ... Así también por la obediencia de uno solo todos serán constituidos justos. Cf 1 Cor 6,11. b) Consortes de la naturaleza divina, 2 Pe 1,4:... por medio del cual nos han sido concedidas las preciosas y sublimes promesas, para que por ellas os hicierais partícipes de la naturaleza divina. c) Hijos adoptivos de Dios y herederos de la vida eterna. Rom 8,15-17:... Recibisteis un espíritu de hijos adoptivos que nos hace exclamar Abba (Padre) el Espíritu mismo se une a nuestro espíritu para dar testimonio de que somos hijos de Dios. Y, si hijos también herederos : herederos de Dios y coherederos de Cristo. Cf Gal 4,4-7.

 

Ahora bien estos tres datos, a saber el recibir la justificación, el ser consorte de la naturaleza divina y el ser hijos adoptivos ,son efectos formales de la gracia santificante (como se prueba en el tratado de Gracia) y por tanto dan por supuesta la gracia.

 

No argumentamos: a) Basándonos en las palabras: Instaurar todas las cosas en Cristo, por más que estas palabras indican claramente la idea de restauración; pues en el original aparece la palabra "anakefalaiosaszai" para designar "instaurar", y por tanto el texto hoy comúnmente se toma haciendo referencia a la unión de todas las cosas, que habían quedado desmembradas por el pecado de Adán, unión que se da con una armonía plena en Cristo; donde la idea de reparación es más indirecta, si bien también implícita, según pensamos, como que se da por supuesto en este texto que por el primer pecado y con ocasión de éste por los pecados actuales ha sobrevenido una destrucción profunda de la armonía universal entre Dios y los hombres y entre éstos y las otras creaturas (los ángeles, los hombres mismos, bien como individuos o dentro de las familias ya como miembros tanto de la familia como de cualquier otra sociedad,los otros seres inferiores) mientras que Cristo ha venido como mediador entre Dios y los hombres (1 Tim 2,5) para restaurar todas las cosas en la unidad primitiva de todas ellas con Dios entre sí mediante la santificación universal de los hombres que debe promoverse con los dones de su gracia. Ef 1,3-10: Bendito sea Dios... que nos ha predestinado... dándonos a conocer el Misterio de su voluntad...para realizarlo en la plenitud de los tiempos: instaurar todas las cosas en Cristo, lo que está en los cielos y lo que está en la tierra. b) Ni tampoco argumentamos por Ef 4,23s: Renovaos y revestíos del hombre nuevo, creado según Dios en la justicia y santidad...; puesto que el hombre nuevo puede ser, o bien Cristo, o bien el justo en contraposición al anterior estado de pecado. c) Ni tampoco argumentamos Gen 1,26s: ... Y creó Dios al hombre a su imagen; puesto que estas palabras pueden entenderse acerca de la imagen natural v.gr. mediante el alma y sus potencias. d) Ni tampoco por Ecl 7,30:... Porque Dios hizo al hombre recto; ya que pudo

ser esto sin la gracia santificante.

 

N.B. En Gen 1-3 resplandece la benevolencia de Dios para con nuestros primeros padres, a los cuales los había constituido en un estado de gran felicidad mediante la integridad, la inmortalidad, la impasibilidad, el dominio sobre las otras cosas, en un estado de ciencia eminente, y sobre todo con los que trataba familiarmente a diario, de tal modo que paseaba con ellos en el paraíso «al aire libre después del mediodía» (3,8). Así pues i, les había infundido también el don de la gracia santificante?. Ciertamente esta vida familiar con Dios es símbolo del estado de gracia, como única condición ordinaria del hombre en presencia de Dios pretendida por Dios, sin embargo esta gracia no se resalta expresamente en este texto, sino en el N.Testamento.

 

712. Se prueba por la tradición. Los SS. Padres profesan claramente aquel axioma de S.LEON MAGNO (R 2192): «Lo que cayó en el Adán primero , se levanta en el segundo Adán». S.IRENEO en su concepto "de recapitulación" hace resaltar sobre todo la idea de restitución del hombre por Cristo a su estado primitivo: «...En efecto mostramos, que el Hijo de Dios no comenzó entonces, pues existía siempre junto al Padre; sin embargo cuando se encarnó y se hizo hombre recapituló en sí mismo la larga exposición de los hombres, otorgándonos la salvación en un resumen, a fin de que lo que habíamos perdido en Adán, esto es el ser según la imagen y la semejanza de Dios, esto la recuperáramos en Jesucristo. Así pues recibimos por Jesucristo la adopción, la unión con Dios, la inhabitación de Dios, la participación de la vida divina.

 

1)      Dicen que nosotros recibimos la justicia de la cual se apartó con su caída el primer hombre. S.AGUSTIN (R 1698): «Así pues ¿Cómo, manifiestan, se dice que somos renovados, si no recibimos lo que perdió el primer hombre, en el cual todos mueren? Recibimos en verdad esto según una cierta manera y no lo recibimos según otra cierta manera. Así pues no recibimos la inmortalidad del cuerpo espiritual...; pero sí que recibimos la justicia, de la cual se apartó por su caída en el pecado el hombre». Ahora bien la justicia cristiana conlleva la gracia.

 

2)      Dicen que nosotros recuperamos por la gracia la imagen de Dios que Adán tenía impresa. S.BASILIO (R 973): «El hombre ha sido creado a imagen ... de Dios; sin embargo el pecado... deformó la belleza de la imagen. Ahorra bien Dios... es la vida verdadera. Así pues el que perdió la semejanza de Dios éste perdió el consorcio de la vida; y quien está fuera de Dios, no puede tener vida bienaventu­rada. Así pues regresemos a la gracia que nos fue concedida, de la cual nos hemos apartado por el pecado, y de nuevo nos adornemos a nosotros mismos según la imagen de Dios». Con estas palabras parecería que se indica la semejanza obtenida mediante la vida buena; ahora bien en el pensamiento cristiano esto conlleva la gracia. S.IRENEO (R 253); S.AMBROSIO (R 1318); S.LEON MAGNO (2192).

 

3)      Atribuyen a Adán la inhabitación del Espíritu Santo, la cual habiendo sido perdida por Adán la recuperamos por Cristo. S.CIRILO DE ALEJANDRIA (R 2086): «Al mismo tiempo... la naturaleza del hombre fue traída a la existencia y dotada de la unión con el Espíritu. En efecto inspiró en su rostro aliento de vida, pues no de otro modo vive el que ha de tener... el esplendor de la santificación... más que estando adornado con la participación del Espíritu Santo. Por ello cuando el Unigénito se hizo hombre, encontrando a la naturaleza humana ... destituida de la bondad inicial, se apresuró a reformarla en orden a esta bondad, introduciendo dicha bondad extraída como de la fuente de su propia plenitud y diciendo: Recibid el Espíritu Santo, designando ciertamente la naturaleza del Espíritu con el aliento

corporal...». TACIANO (R 159).

 

4) Afirman que Adán tuvo la santidad y la gracia por el consorcio divino. S.IRENEO (R 225): «...Puesto que, dijo Adán, he perdido por la desobediencia la vestidura de la santidad que tuve recibida del Espíritu Santo». S.JUAN DAMASCENO (R 2360): «En verdad creó a este hombre..., comunicándole su gracia divina y comunicándose a sí mismo al hombre por medio de esta gracia...».

 

713.   Razón teológica. a) En la mente eclesiástica, (bíblico, patrístico, teológico) la Encarnación repara la obra de Adán; ahora bien esto se repara de hecho por la gracia santificante; luego la gracia santificante había sido perdida por obra de Adán; por tanto es señal de que Adán tuvo la gracia santificante.

 

b) Si la privación de la visión beatífica es castigo del pecado original, como después probaremos, ya antes del pecado el hombre había sido destinado a dicha visión,

puesto que en otro caso la carencia de ésta no sería privación, y por tanto tampoco sería castigo. Ahora bien este destino reclama en la providencia sobrenatural ordinaria, la cual "per se" hay que darla por supuesta, el principio connatural, cual es la gracia santificante. Luego Adán antes del pecado tuvo dicha gracia.

 

N.B. Nuestras pruebas no están fundadas en el hecho de que la Redención es la restitución adecuada de los bienes de Adán, sino en el hecho de que la justicia aportada por Jesucristo es la restitución de la justicia que tuvo Adán. Por lo demás ahora alcanzamos por derecho y en esperanza para la otra vida todos los otros bienes que nosotros habíamos perdido por Adán.

 

714.   Escolio 1. ¿Fue infundida en Adán la gracia en el momento mismo de la creación?. Hugo de S.Víctor, Pedro Lombardo (según parece), Alejandro Halense, S. Buenaventura, Pedro de Tarantasia, S. Alberto Magno, Ricardo de Mediavilla, Escoto y los escotistas responden negativamente; pues ya que Dios según la ley común exige la disposición del hombre adulto previa para la gracia, Adán, creado en los dones naturales esto es en la rectitud natural (la cual sin embargo según estos autores era preternatural) después de algún tiempo, puesta la disposición previa, recibió los dones gratuitos, esto es la gracia.

 

Sin embargo Sto. Tomás, el cual siendo joven había pensado que era más probable el que Adán, creado en los dones naturales, había recibido la gracia convertido a Dios en el primer instante de su creación (en 2 d.29 q.1.a.2), después respondió afirmativamente (I q.95 a.1) y le siguieron a Sto. Tomás en su mayoría de edad la mayor parte de los teólogos, de tal modo que hoy esta es opinión es común. Por otra parte Dios produjo las cosas en el estado perfecto respecto al fin de ellas; ahora bien el hombre había sido destinado al fin sobrenatural. Así mismo si Adán no hubiera pecado; sus hijos hubieran sido concebidos en gracia. Y la ley de la separación para ésta no es tan cierta respecto al hombre inocente; sin embargo si ésta se exigía, Adán pudo haber dado el sí a la gracia en el primer instante de su creación.

 

715.   Escolio 2. Acerca de la fe de Adán. Comúnmente se sostiene que Adán tuvo la fe teológica como la nuestra, puesto que hay misterios estrictamente tales, y cuya revelación fue posible para Adán; ahora bien que la revelación sujeta a esta fe le fue hecha mediatamente por un ángel, o inmediatamente por Dios, con locución bien interna bien externa, acerca de todos los misterios que sostenía por la fe ; estos fueron sin duda, además de la existencia de Dios Creador y Remunerador, la visión beatífica juntamente con sus principios (como es la gracia santificante), con toda probabilidad la Santísima Trinidad, la Encarnación (sin que por esto mismo Adán conociera su caída futura), según la sentencia que para Suárez «es sentencia común y verdadera» y la cual la defienden el mismo Sto. Tomás, etc:

 

No obsta a lo que hemos dicho el que se crea con todo derecho que el conocimiento sobrenatural de Adán fue no un conocimiento cualquiera, sino sublime (el cual podría llamarse con razón perfectamente místico). Y tal vez no afirman ninguna otra cosa distinta S.Buenaventura, Alejandro Halense, al decir que el conocimiento de los misterios en Adán fue intermedio entre nuestra fe y la visión, no una verdadera fe, puesto que ésta, al llevar consigo obscuridad, implica contradicción con la perfección del estado de inocencia, y puesto que la fe se recibe de oídas.

 

Articulo III
De la sobrenaturalidad de la gracia de Adán

 

TESIS 29. La gracia santificante de Adán fue sobrenatural.

 

716.Nexo. Puesto que según lo probado consta que Adán fue dotado de la gracia santificante, ahora preguntamos acerca de la relación de esta gracia con la naturaleza, o sea sobre si esta gracia le era debida o indebida a la naturaleza.

 

717.Nociones. LA GRACIA SANTIFICANTE DE ADAN, esto es específicamente la misma que la nuestra y por tanto tenía de suyo los mismos efectos formales. Así pues si consta que nuestra gracia, o bien que los efectos formales de ella y por tanto que la gracia que los produce, son sobrenaturales, por esto mismo se tendrá idéntica constancia de la gracia de Adán.

 

SOBRENATURAL, esto es no meramente "secundum quid", como si la gracia le conviniera naturalmente a alguna naturaleza que está por encima de la humana, sino "simpliciter", esto es que no pertenece ni constitutiva, ni consecutiva, ni exigitivamente a la naturaleza tanto humana como angélica o a cualquier otra naturaleza posible. Sin embargo nos fijamos sobre todo en la exclusión de la exigencia natural de la gracia, puesto que en ésta radica la dificultad especial.

 

Ahora bien damos por supuesto por el tratado De Deo Uno que la visión intuitiva de Dios es "simpliciter sobrenatural", incluso exigitiva mente, y por tanto que en dicho tratado ha quedado refutada la opinión de Ripalda respecto a la substancia sobrenatural, y que han quedado resueltas las objeciones de éste, sin embargo de tal manera que en la tesis, aunque prescindamos en teoría de esta opinión, en la práctica también vamos en contra de dicha opinión.

 

718.Adversarios. Los Protestantes, los Bayanos, los Jansenistas (n.697-700).

 

719. Doctrina de la Iglesia. S.PIO X condenó en el sentido intentado por el autor ciertas proposiciones de Bayo, a saber el que a Adán en estado de inocencia se le debía, según decía Bayo, bien el consorcio de la naturaleza divina por la inhabitación del Espíritu Santo bien la integridad de la naturaleza, la cual, según Bayo, incluía la santidad interior por la inhabitación del Espíritu Santo y las virtudes y la sujeción de la concupiscencia (Cf. n.699): «La sublimación y exaltación de la humana naturaleza al consorcio de la naturaleza divina, fue debida a la integridad de la primera condición, y por ende, debe llamarse natural y no sobrenatural» (D 1021).

 

«La integridad de la primera condición no fue exaltación debida de la naturaleza humana, sino condición natural suya» (D 1026). Esta condena versa al menos respecto al elemento principal, o sea respecto a la santidad interior por la inhabitación del Espiritu Santo. Todo lo cual tiene valor respecto a nuestra tesis, por más que tal vez Bayo no admitiera la gracia creada habitual.

 

Otras proposiciones son condenadas a causa de la censura que expresan, y, puesto que son condenadas según el sentido de Bayo, por la doctrina de dichas proposicio­nes, la cual doctrina ciertamente es de él (D 1021); y ésta no es negación de los dones de los cuales se trata, puesto que él mismo admite dichos dones (Cf D 1021), sino de la sobrenaturalidad de ellos: «Absurda es la sentencia de aquellos que dicen que el hombre, desde el principio, fue exaltado por cierto don sobrenatural y gratuito, sobre la condición de su propia naturaleza, a fin de que por la fe, esperanza y caridad diera culto a Dios sobrenaturalmente». (D 1023).

 

«Hombres vanos y ociosos,... escogitaron la sentencia, que hay que imputar al pelagianismo, de que el hombre fue de tal suerte constituido desde el principio que por dones sobreañadidos a su naturaleza fue sublimado por largueza del Creador, y adoptado por Hijo de Dios» (D 1024).

 

Como quiera que volvían de nuevo a la doctrina de Bayo: Condenó CLEMENTE IX el error de Quesnel acerca de «la gracia de Adán» como «debida a la naturaleza íntegra» (D 1385). Y PIo VI condenó como errónea la doctrina del Sínodo Pistoriense «en cuanto que considerada en su conjunto (esto es como abarcando tanto la santidad interior por la caridad como la integridad) da a entender que aquel estado...fue...debido por exigencia natural... de la humana naturaleza...» (D 1516); la cual condena tiene valor al menos respecto al elemento principal, esto es por lo que se refiere a la gracia.

 

El C. Vaticano 1 había preparado un capítulo doctrinal, en el que dice respecto a la elevación previamente expuesta del linaje humano en Adán «por encima de la condición de la naturaleza en orden a cierto estado sublime... en el que fuera hecho consorte de la misma naturaleza divina...» esto es de la gracia santificante, y en orden a los dones «con los que fuera perfeccionado en su propia naturaleza» o sea los dones de la integridad y de la inmortalidad (Cf. 708): «Esta es aquella elevación del hombre que... los doctores católicos llamaron acertadamente sobrenatural, puesto que trasciende tanto las fuerzas como la exigencia de la naturaleza creada...». Así mismo preparó los cánones: 1. «...el linaje humano en el primer padre fue elevado al estado sobrenatural» . 3. «...La santidad y la justicia en la que el hombre había sido constituido anteriormente a la caída...; fue sobrenatural».

 

Aunque pareciera que en estos textos no se pone de relieve claramente como distinta la sobrenaturali­dad de la gracia santificante y de la integridad y de la inmortalidad, sin embargo hay suficiente constancia acerca de esta distinción, puesto que se dice que aquella eleva «por encima de la condición de la naturaleza a cierto estado sublime», mientras que se dice que éstas perfeccionan al hombre «en su propia naturaleza».

Así mismo según el C. provincial de Colonia (a.1860) al tratar de la justicia y la santidad de Adán, afirma que «aquella gracia santificante hay que decir que era sobrenatural...» (Cf. anteriormente n.708).

 

720. Valor teológico. La sobrenaturalidad de la gracia respecto a la naturaleza humana es teológicamente cierta, en cuanto la negación de ésta sería errónea (D 1516) y próxima a la posibilidad de ser definida (Concedo Vaticano 1); respecto a la naturaleza angélica es cierta en teología; respecto a cualquier naturaleza posible es moralmente cierta en teología.

 

721. Se prueba por la sagrada Escritura. La sagrada Escritura, según hemos visto en la tesis anterior, enseña que somos hechos consortes de la naturaleza divina (2 Pe 1,4) hijos de Dios y herederos del cielo (Rom 8,13-17; Gal 4,4) los cuales son efectos formales de la gracia santificante, según consta por el tratado De Gracia. Ahora bien estos tres dones son "simpliciter" sobrenaturales; luego la gracia es "simpliciter" sobrenatural.

 

La menor. Puesto que toda creatura, incluso una creatura perfectísima es de por sí sierva de Dios, al gozar solamente de aquellos derechos que ha recibido de Dios, ninguna creatura, incluso la más perfecta entre las posibles, se concibe que pueda tener derecho alguno de por sí:

 

a)      A ser elevada al consorcio, esto es a alguna participación de la misma naturaleza divina en cuanto tal. Si la participación de alguna cualidad propiamente angélica sería totalmente indebida al hombre, mucho más será indebida a cualquier creatura la participación de alguna realidad propiamente divina, a causa de la distancia infinita entre cualquier creatura y Dios.

 

b)      A ser adoptada por Dios, esto es a ser asumida por Dios a la filiación con todos los derechos que conlleva el ser hijo natural. Si la adopción, incluso entre los hombres que son entre sí iguales, se considera que es algo gratuito, mucho más será gratuita entre cualquier creatura y Dios, puesto que entre ambos extremos se da una distancia infinita.

 

c)       A ser asignada como heredera del cielo, esto es de los bienes que son propios exclusivamente de Dios, cual es la visión beatífica. Si incluso entre los hombres el acceso a los bienes ajenos meramente temporales es algo gratuito, mucho más será gratuito el acceso a los bienes propios de Dios.

 

722. Se prueba por la tradición. Los SS.Padres dicen acerca de la sobrenaturali­dad de la gracia respecto del hombre tales afirmaciones, que tienen valor también respecto de cualquier creatura, incluso puramente posible.

 

S.ATANASIO (R 766): El hombre es hecho hijo de Dios por Dios, no en cuanto Creador, sino en virtud de la gracia, esto es mediante la recepción del Espíritu Santo, y no podía ser de otro modo, ya que el hombre por su propia naturaleza es creatura. «Es tal la benignidad de Dios que, de aquellos de los que es creador, viene a ser después también Padre por la gracia..., cuando los hombres creados... reciben el Espíritu de su Hijo...Pues bien estos son los que, una vez recibido el Verbo, recibieron de El la potestad de ser hechos hijos de Dios. Pues tampoco pueden ser hechos hijos de otro modo, a no ser habiendo recibido el Espíritu del Hijo... ya que por su propia naturaleza son creaturas».

 

S.GREGORIO NICENO (R 1027): El hombre que por su propia naturaleza es vanidad, es hecho hijo de Dios; supera a la naturaleza cuando es hecho como Dios. «A esta realidad tal (a la naturaleza divina)...el hombre que en el mundo es tenido como nada, como ceniza, como heno, como vanidad, llega a ser familiar, al ser asumido por Dios como hijo... ¿Qué es posible hallar digno de esta gracia en orden a la acción de gracia ?... ¿Qué movimiento del alma por el que se celebre esta gracia insuperable?. Excede el hombre a su propia naturaleza... al ser hecho... de simple hombre divinidad...».

 

S.CIRILO DE ALEJANDRIA (R 2106): El hombre es hecho hijo de Dios por la gracia en oposición al Hijo por naturaleza, pues la creatura en cuanto que es hechura y es sierva, solamente asciende a lo sobrenatural por voluntad de Dios. «...Subimos a la dignidad sobrenatural por Cristo, ahora bien no seremos hijos de Dios como El... sino por la gracia con la que le imitamos: En efecto Jesucristo es el Hijo auténtico que existe nacido del Padre antes de todos los siglos, nosotros en cambio somos hijos adoptivos por benignidad... pues la creatura que es hechura y sierva es llamada a lo sobrenatural solamente por mandato y voluntad del Padre; en cambio el Hijo... es de la substancia misma del Padre... y recibe el bien propio de su substancia según su naturaleza».

 

723. San AGUSTÍN. Sosteniendo los pelagianos que el pecado de Adán no había perjudicado nada a los hijos de éste, y que por tanto estos eran como aquél antes del pecado, y que igualmente como él podían obrar la salvación por las fuerzas de la naturaleza, o sea sin ninguna otra gracia, el Sto. Doctor quiere probar que el hombre, manchado por el pecado original, estaba privado de unos dones determinados recibidos por Dios en Adán, y este hombre por consiguiente ahora "per se" no es capaz, como lo era Adán en el estado de inocencia, de obrar la justicia; luego trata directamente acerca de la existencia de aquellos dones antes del pecado y de la falta de ellos después del pecado, sin embargo no trata acerca de la razón de débito o de no débito de ellos respecto a la naturaleza en cuanto tal.

 

Por consiguiente considera con mucha frecuencia la naturaleza del hombre histórica, tanto inocente, como ya caída por el pecado de Adán, ahora bien no la considera como naturaleza en cuanto tal esto es pura, respecto de la cual dichos dones se diga que son debidos o indebidos. Lo cual hay que tenerlo muy en cuenta a fin de resolver debidamente ciertas objeciones de los bayanos que pretenden tomarlas de la doctrina de S. Agustín.

 

Ahora bien por otra parte el Sto. Doctor indica con suficiente claridad la sobrenaturalidad de la gracia, según está claro v.gr. por lo siguiente:

 

a)    El hombre creado por Dios, no nacido, es hecho por la gracia lo que no era, esto es hijo adoptivo, en virtud de la cual generación de la gracia es reconocido hijo de Dios. «Así pues este modo por el que Dios, habiendo sido ya, no nacidos de El, sino creados por El... nos engendró con su gracia para que fuéramos hijos de El, se llama adopción». «Este... nacimiento espiritual, por eso mismo.., proviene de Dios. Y también este nacimiento recibe el nombre de adopción. En efecto éramos algo antes de ser hijos de Dios, y recibimos el beneficio de ser hechos lo que no éramos, así como el que es adoptado, antes de ser adoptado todavía no era hijo de aquel por el que es adoptado, sin embargo ya existía el que sería adoptado. Y por esta generación de la gracia éste es reconocido hijo... de Dios...» (R 1433).

 

b)    La caridad de Dios se da en nosotros por el Espíritu Santo que nos ha sido otorgado. «La caridad ... de Dios se difunde en nuestros corazones, no por nosotros mismos, sino por el Espíritu Santo que nos ha sido otorgado». Además esta caridad es llamada gracia : «...i,Quién había hecho, a no ser Aquél que creó a los ángeles con la buena voluntad, esto es con el amor casto con el que se adhieren a él, creando para ellos la naturaleza y conjuntamente otorgándoles la gracia?» (R 1755). Ahora bien la gracia es gratuita: «Porque es gratuita por eso es gracia; pues no es gracia, si no es gratuita».

 

724.   Razón teológica. La visión beatífica es "simpliciter" sobrenatural (incluso exigitivamente), como damos por supuesto aquí por haberlo estudiado en otro lugar (tr. 1 n.48-55). Ahora bien la gracia santificante: a) Puesto que en este orden es el único medio de alcanzarla, debe "per se" (esto es si no consta lo contrario, como no sucede en nuestro caso) ser "simpliciter" sobrenatural, para que haya proporción entre el medio y el fin. b) más aún es la semilla y la incoación de dicha visión, según se prueba en el tratado De Gracia. Luego la gracia santificante es "simplici­ter" sobrenatural.

 

725.   Objeciones. 1. Lo que no se debe al pecador puede ser debido al inocente. Luego la gracia indebida a la naturaleza humana caída por el pecado de Adán pudo ser debida a esta misma naturaleza humana en estado de inocencia.

 

Respuesta. Distingo el antecedente. Lo que no se debe al pecador puede ser debido al inocente, si esto es indebido al pecador simplemente en cuanto pecador, concedo el antecedente; si es indebido al pecador en cuanto que tiene tal naturaleza, niego el antecedente.

 

La gracia es indebida al hombre por razón del pecado, pero en primer término por razón de la naturaleza, según consta por los argumentos. Y en verdad el hijo que recupera los derechos de filiación que había perdido por un crimen no se diría que es adoptado, sino simplemente que es restituido a sus derechos primitivos. Por otra parte la naturaleza pecadora solamente por el pecado original no quedaría privada de la gracia que le fuera naturalmente debida.

 

2. Rom 2,9-14: Tribulación... sobre toda alma humana que obre el mal: Del judío primeramente y también del griego;... en efecto, cuando los gentiles, que no tienen ley, cumplen naturalmente las prescripciones de la ley... Según estas palabras los gentiles cumplen naturalmente la ley de tal manera que merecen el cielo; es así que esto supone la gracia y la caridad; luego la gracia y la caridad les es a ellos natural.

 

Respuesta. Distingo la mayor. Los gentiles cumplen la ley naturalmente esto es conocida a la luz de la naturaleza, concedo la mayor; naturalmente esto es por las fuerzas de la naturaleza, subdistingo: algo de la ley, pase; toda la ley, niego.

 

El que la ley en su totalidad pueda cumplirse al menos durante largo tiempo con las fuerzas de la naturaleza, S. Pablo lo niega en otro texto ( Rom 7,7-8,4), y no diría esto sólo de los gentiles, puesto que los judíos en cuanto a la naturaleza no se diferencian de ellos, y están obligados también al difícil precepto de no consentir en pensamientos ni deseos impuros. Más bien, según queda patente al lector del contexto entero (2,9-16..., sobre todo en los v. 12-15), solamente dice que todos van a ser juzgados acerca del cumplimiento de la ley, incluso los gentiles, ya que estos, aunque carezcan de ley escrita, conocen lo que es propio de la ley por su conciencia (y por tanto naturalmente). En esta explicación muy probable se supone que las gentes pueden cumplir la ley, sin embargo nada se dice explícitamente acerca del modo (si por la naturaleza o por la gracia, o por un mérito remoto o próximo de la gloria) como la cumplan. Luego en esta explicación no se supone que la gracia y la caridad sean debidas a la naturaleza inocente.

 

Hay otra interpretación del texto menos probable acerca de los gentiles, como si estos por las fuerzas de la naturaleza cumplieran algo de la ley, pero no toda la ley: Ahora bien esto no parece que se enseñe en este lugar al menos de un modo explícito. Y tampoco esta explicación supone que la gracia y la caridad sean debidas a la naturaleza inocente.

 

Tal vez insista el objetante. Según S.Agustín se trata en este texto de los gentiles convertidos a la fe, los cuales obran naturalmente lo que es propio de la ley (R 1732); luego supone el Sto. Doctor que la gracia y la caridad son debidas a la naturaleza humana inocente.

 

Respuesta. Distingo el antecedente. Los gentiles convertidos a la fe obran lo que es propio de la ley naturalmente, esto es por la naturaleza reparada en virtud de la gracia, concedo el antecedente; en otro caso, niego el antecedente.

 

Entendiendo los pelagianos el texto acerca de los gentiles que obraban en orden a la salvación, S.Agustín, dedicándose todo entero a afirmar en contra de ellos la necesidad de la gracia en orden a las obras saludables, dice que S. Pablo habla de los gentiles convertidos, si bien de tal manera que la palabra "naturalmente" incluye la gracia en cuanto que ésta le había sido dada al hombre juntamente con la naturaleza misma; luego considera la naturaleza históricamente en el estado real de la creación.

 

«Y no influya el que dijo que ellos realizaban naturalmente lo que pertenece a la ley, no por el Espíritu de Dios, no por la fe, no por la gracia. Pues esto lo hace el espíritu de la gracia para restaurar en nosotros la imagen de Dios en la cual hemos sido naturalmente creados» (R 1732). Y después dice: «No que por la naturaleza haya sido negada la gracia, sino más bien por la gracia ha sido reparada la naturaleza». Además S.Agustín no rechaza la interpretación del texto acerca de los gentiles no convertidos (R 1733).

 

3.  S.Agustín dice: «Responded._ vosotros decís: este no bautizado tendrá sin duda la vida eterna, si bien no tendrá el reino de los cielos. Por el contrario aquél tendrá también la vida y el reino de los cielos. ¿Pues por qué arrebatas al inocente el patrimonio del reino de los cielos?... ¿Qué justicia es esta?...¿Qué daño hace un niño no bautizado que no tiene ninguna culpa ni suya ni traída de su padre...?». Según estas palabras,a un niño inocente le es debido el reino de los cielos. Luego también la gracia.

 

Respuesta. Distingo el antecedente. A un niño inocente le es debido el reino de los cielos si se arguye con el argumento "ad hominem", esto es según los principios pelagianos, concedo el antecedente; en otro caso, niego el antecedente.

 

S.Agustín en ese texto no expone su pensamiento, sino, según está claro por las palabras mismas de él, hace un argumento "ad hominem" contra los pelagianos que niegan el pecado original, y que por lo tanto excluyen del reino de los cielos a los niños no bautizados.

 

4.  Según S.Agustín no hay nada intermedio entre la caridad y la ambición viciosa (R 1933). Luego la caridad es debida al hombre.

 

Respuesta. Distingo el antecedente. No hay nada intermedio entre la caridad considerada en sentido lato, esto es como el amor de cualquier bien honesto, y entre la ambición viciosa, concedo el antecedente; entre ésta y la caridad considerada en sentido estricto, o sea como el amor sobrenatural, niego el antecedente.

 

Puesto que la caridad puede considerarse en sentido estricto, esto es como amor teológico sobrenatural, y en sentido lato, o sea como amor de un bien honesto, el Sto. Doctor la considera en muchos textos en sentido lato. «Existe un amor divino y otro humano; hay un amor humano licito y otro ilícito... es licito el amor humano con el que se ama a la propia mujer; es ilícito el amor humano con el que se ama a una meretriz o a una mujer que no es la propia... por consiguiente tened el amor lícito; es humano, pero, conforme he dicho es licito... de tal manera que, si no fuera el amor lícito, se le reprenda. Os esté permitido amar a vuestros cónyuges con amor humano... pues todos estos nombres tienen ....cierto apego al amor. Sin embargo veis que este amor puede ser también de los impíos, esto es de los paganos...» (R 1528).

 

726.Corolario 1. De la capacidad habitual de Adán en orden a los actos sobrenaturales. Adán por la gracia santificante era intrínseca y habitualmente capaz de obrar sobrenaturalmente, esto es de un modo congruente con el fin último sobrenatural, todos sus actos deliberados, en cuanto intrín­secamente elevado por ella al orden sobrenatural, cuyo fin último era la visión beatífica, la cual es sobrenatural.

 

Corolario 2. De las virtudes "per se" infusas de Adán. Si Adán recibió la misma gracia santificante que nosotros tenemos, por ello mismo hay que juzgar que recibió tanto todas las virtudes infusas en nosotros, connaturalmente anexionadas a esta gracia, y las cuales son como potencias próximas de obrar, como los dones del Espíritu Santo. Ahora bien no tuvo más que en cuanto al hábito, según está claro, las virtudes de la penitencia y de la misericordia, puesto que los actos de éstas suponen respectivamente el pecado cometido y la miseria ajena (1 q.95 a.3).