TEMA 31: EL SACRAMENTO DE LA PENITENCIA

 

31.1. Reconciliación y penitencia en la Sagrada Escritura.

31.2. Cristo transmite a la Iglesia la potestad de perdonar los pecados.

31.3. Estructura sacramental de la reconciliación cristiana.

31.4. Partes del sacramento.

31.5. Forma de la celebración del sacramento; la confesión personal, forma ordinaria.

 

A) DESARROLLO

31.1. Reconciliación y penitencia en la Sagrada Escritura.

El Antiguo Testamento se refiere frecuentemente al hecho de la reconciliación, es decir, al perdón del pecado y restablecimiento de la amistad con Dios, provocado por el arrepentimiento del hombre y la misericordia divina.

Dios es el único que puede perdonar y restablecer los lazos que el pecado ha roto; y lo hace porque es "un Dios lleno de ternura y de misericordia, lento a la cólera y rico en gracia y en fidelidad"[382].

En el A.T. existen diversos ritos penitenciales, cuya finalidad es borrar el pecado y restablecer la amistad con Dios. Entre ellos pueden mencionarse:

- las liturgias colectivas de penitencia: realizadas con ocasión de ciertas calamidades públicas (pestes, hambre, guerras, invasiones o derrotas), consideradas como manifestaciones de la cólera divina ante las infidelidades del pueblo a la Alianza.

- el Yom Kippur: en este día, con especialísima solemnidad, el pueblo pedía perdón a Dios por todos los pecados cometidos durante el año. El ritual está descrito en el libro del levítico[383].

- los sacrificios expiatorios: eran realizados a lo largo del año; el pueblo y sus miembros buscaban borrar así la impureza legal y los pecados más o menos involuntarios. En el caso de los pecados voluntarios no bastaba esta práctica y se imponía una separación de la comunidad. Si el pecado era especialmente grave se exigía una confesión[384].

- las abluciones purificatorias: en si mismas no tenían carácter moral; su finalidad era lograr la pureza legal.

- la excomunión penitencial: en el caso de pecados muy graves la comunidad tomaba medidas para autodefenderse y exculparse, excluyendo de su seno a los miembros culpables. Tal exclusión podía ser sangrienta o no. La exclusión sangrienta o pena de muerte se aplicó antes del destierro en los casos de idolatría[385] y sacrilegio[386].

En el Nuevo Testamento la penitencia es uno de los temas más importantes, pero la principal novedad consiste en los medios que el pecador debe poner para obtener el perdón de sus culpas y reconciliarse con Dios, y en la causa fontal que otorga el perdón: los méritos de Cristo Redentor. Las ideas principales que ofrece el N.T. sobre la penitencia cono sacramento son las siguientes: Nuestro señor Jesucristo:

- anunció el perdón y llamó a la conversión[387] interior y exterior[388];

- El señor hizo a los pecadores objeto de su amistad y los trató con especial benevolencia[389];

- perdonó a cuantos aceptaron su perdón (Pedro, la samaritana, Zaqueo, el buen ladrón). Sólo permanecen en su pecado quienes rechazan su perdón (Judas) o su doctrina y persona (escribas y fariseos);

- entregó su vida por los pecadores y reconcilió a todos los hombres con Dios[390];

- institucionalizó el perdón, instituyendo los sacramentos de la eucaristía, del bautismo y la Penitencia.

 

31.2. Cristo transmite a la Iglesia la potestad de perdonar los pecados.

Sólo Dios perdona los pecados[391]. Y como Jesús es el Hijo de Dios, ejerce ese poder divino: "Tus pecados están perdonados"[392]. Durante su vida pública, Jesús no sólo perdonó los pecados, también manifestó el efecto de este perdón: un signo manifiesto de ello es el hecho de que admite a los pecadores a su mesa, más aún, él mismo se sienta a su mesa, gesto que expresa de manera conmovedora, a la vez, el perdón de Dios[393] y el retorno al seno del pueblo de Dios[394].

En virtud de su autoridad divina, Jesús confiere este poder a los hombres después de la resurrección[395] para que lo ejerzan en su nombre. Al hacer partícipes a los apóstoles de su propio poder de perdonar los pecados, el Señor les da también la autoridad de reconciliar a los pecadores con la Iglesia. Esta dimensión eclesial de su tarea se expresa particularmente en las palabras solemnes de Cristo a Simón Pedro: "A ti te daré las llaves del Reino de los Cielos; y lo que ates en la tierra quedará atado en los cielos, y lo que desates en la tierra quedará desatado en los cielos"[396]. En LG 22: "Está claro que también el Colegio de los Apóstoles, unido a su Cabeza[397], recibió la función de atar y desatar dada a Pedro"[398].

Las palabras atar y desatar significan: aquel a quien excluyáis de vuestra comunión, será excluido de la comunión con Dios; aquel a quien que recibáis de nuevo en vuestra comunión, Dios lo acogerá también en la suya. La reconciliación con la Iglesia es inseparable de la reconciliación con Dios.

 

31.3. Estructura sacramental de la reconciliación cristiana.

A través de los cambios que la disciplina y la celebración de este sacramento han experimentado a lo largo de los siglos, se descubre una misma estructura fundamental que comprende dos elementos igualmente esenciales: por una parte, los actos del hombre que se convierte bajo la acción del Espíritu Santo, a saber, la contrición, la confesión de los pecados y la satisfacción; y por otra parte, la acción de Dios por ministerio de la Iglesia. Por medio del obispo y de sus presbíteros, la Iglesia en nombre de Jesucristo concede el perdón de los pecados, determina la modalidad de la satisfacción, ora también por el pecador y hace penitencia con él. Así el pecador es curado y restablecido en la comunión eclesial.

La fórmula de absolución en uso en la Iglesia latina expresa el elemento esencial de este sacramento: el Padre de la misericordia es la fuente de todo perdón. Realiza la reconciliación de los pecadores por la Pascua de su Hijo y el don de su Espíritu, a través de la oración y el ministerio de la Iglesia:

“Dios, Padre misericordioso, que reconcilió consigo al mundo por la muerte y la resurrección de su Hijo y derramó el Espíritu Santo para la remisión de los pecados, te conceda, por el ministerio de la Iglesia, el perdón y la paz. Y yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo”[399].

 

31.4. Partes del sacramento.

La contrición

Es "un dolor del alma y una detestación del pecado cometido con la resolución de no volver a pecar"[400].

Cuando brota del amor de Dios amado sobre todas las cosas, la contrición se llama "contrición perfecta". …Ésta perdona las faltas veniales; obtiene también el perdón de los pecados mortales si comprende la firme resolución de recurrir tan pronto sea posible a la confesión sacramental[401].

La contrición llamada "imperfecta" (o "atrición") es también un don de Dios, un impulso del Espíritu Santo. Nace de la consideración de la fealdad del pecado o del temor de la condenación eterna y de las demás penas con que es amenazado el pecador. Por sí misma la contrición imperfecta no alcanza el perdón de los pecados graves, pero dispone a obtenerlo en el sacramento de la Penitencia[402].

La confesión de los pecados

La confesión de los pecados hecha al sacerdote constituye una parte esencial del sacramento de la penitencia: "En la confesión, los penitentes deben enumerar todos los pecados mortales de que tienen conciencia tras haberse examinado seriamente, incluso si estos pecados son muy secretos y si han sido cometidos solamente contra los dos últimos mandamientos del Decálogo[403].

"Todo fiel llegado a la edad del uso de razón debe confesar al menos una vez al año, los pecados graves de que tiene conciencia"[404]. Los niños deben acceder a este sacramento antes de recibir por primera vez la sagrada comunión[405].

Trento afirma que sin ser estrictamente necesaria, la confesión de los pecados veniales, sin embargo, se recomienda vivamente por la Iglesia[406] ya que la confesión habitual de estos pecados ayuda a formar la conciencia, a luchar contra las malas inclinaciones, a dejarse curar por Cristo, a progresar en la vida del Espíritu. Cuando se recibe con frecuencia, mediante este sacramento, el don de la misericordia del Padre, el creyente se ve impulsado a ser él también misericordioso[407].

La satisfacción

Muchos pecados causan daño al prójimo. Es preciso hacer lo posible para repararlo (por ejemplo, restituir las cosas robadas, restablecer la reputación del que ha sido calumniado, compensar las heridas). La simple justicia exige esto. Pero además el pecado hiere y debilita al pecador mismo, así como sus relaciones con Dios y con el prójimo. La absolución quita el pecado, pero no remedia todos los desórdenes que el pecado causó[408]. Liberado del pecado, el pecador debe todavía recobrar la plena salud espiritual. Por tanto, debe hacer algo más para reparar sus pecados: debe "satisfacer" de manera apropiada o "expiar" sus pecados. Esta satisfacción se llama también "penitencia".

La penitencia que el confesor impone debe tener en cuenta la situación personal del penitente y buscar su bien espiritual. Debe corresponder todo lo posible a la gravedad y a la naturaleza de los pecados cometidos. Puede consistir en la oración, en ofrendas, en obras de misericordia, servicios al prójimo, privaciones voluntarias, sacrificios, y sobre todo, la aceptación paciente de la cruz que debemos llevar.

En cuanto al Ministro de este sacramento, puesto que Cristo confió a sus apóstoles el ministerio de la reconciliación[409], los obispos, sus sucesores, y los presbíteros, colaboradores de los obispos, continúan ejerciendo este ministerio. En efecto, los obispos y los presbíteros, en virtud del sacramento del Orden, tienen el poder de perdonar todos los pecados "en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo". Sólo el sacerdote es ministro del sacramento de la penitencia[410].

Ciertos pecados particularmente graves están sancionados con la excomunión, y su absolución, por consiguiente, sólo puede ser concedida, según el derecho de la Iglesia, al Papa, al obispo del lugar, o a sacerdotes autorizados por ellos. En caso de peligro de muerte, todo sacerdote, incluso privado de la facultad de oír confesiones, puede absolver de cualquier pecado y de toda excomunión.

Los sacerdotes deben alentar a los fieles a acceder al sacramento de la penitencia y deben mostrarse disponibles a celebrar este sacramento cada vez que los cristianos lo pidan de manera razonable[411]. Cuando celebra el sacramento de la Penitencia, el sacerdote ejerce el ministerio del Buen Pastor que busca la oveja perdida, el del Buen Samaritano que cura las heridas, del Padre que espera al Hijo pródigo y lo acoge a su vuelta, del justo Juez que no hace acepción de personas y cuyo juicio es a la vez justo y misericordioso. En una palabra, el sacerdote es el signo y el instrumento del amor misericordioso de Dios con el pecador.

El confesor no es dueño, sino el servidor del perdón de Dios. El ministro de este sacramento debe conducir al penitente con paciencia hacia su curación y su plena madurez. Debe orar y hacer penitencia por él confiándolo a la misericordia del Señor.

Dada la delicadeza y la grandeza de este ministerio y el respeto debido a las personas, la Iglesia declara que todo sacerdote que oye confesiones está obligado a guardar un secreto absoluto sobre los pecados que sus penitentes le han confesado, bajo penas muy severas[412]. Tampoco puede hacer uso de los conocimientos que la confesión le da sobre la vida de los penitentes. Este secreto, que no admite excepción, se llama "sigilo sacramental", porque lo que el penitente ha manifestado al sacerdote queda "sellado" por el sacramento.

El fin y el efecto de este sacramento son la reconciliación con Dios. En los que reciben el sacramento de la Penitencia con un corazón contrito y con una disposición religiosa, se produce una verdadera "resurrección espiritual", una restitución de la dignidad y de los bienes de la vida de los hijos de Dios, el más precioso de los cuales es la amistad de Dios[413].

Este sacramento reconcilia con la Iglesia al penitente. El pecado menoscaba o rompe la comunión fraterna. El sacramento de la Penitencia la repara o la restaura. En este sentido, no cura solamente al que se reintegra en la comunión eclesial, tiene también un efecto vivificante sobre la vida de la Iglesia que ha sufrido por el pecado de uno de sus miembros[414].

En este sacramento, el pecador, confiándose al juicio misericordioso de Dios, anticipa en cierta manera el juicio al que será sometido al fin de esta vida terrena.

En casos de necesidad grave se puede recurrir a la celebración comunitaria de la reconciliación con confesión general y absolución general. Semejante necesidad grave puede presentarse cuando hay un peligro inminente de muerte sin que el sacerdote o los sacerdotes tengan tiempo suficiente para oír la confesión de cada penitente. La necesidad grave puede existir también cuando, teniendo en cuenta el número de penitentes, no hay bastantes confesores para oír debidamente las confesiones individuales en un tiempo razonable, de manera que los penitentes, sin culpa suya, se verían privados durante largo tiempo de la gracia sacramental o de la sagrada comunión. En este caso, los fieles deben tener, para la validez de la absolución, el propósito de confesar individualmente sus pecados en su debido tiempo[415]. Al obispo diocesano corresponde juzgar si existen las condiciones requeridas para la absolución general[416]. Una gran concurrencia de fieles con ocasión de grandes fiestas o de peregrinaciones no constituyen por su naturaleza ocasión de la referida necesidad grave.

 

31.5. Forma de la celebración del sacramento, la confesión personal, forma ordinaria.

"La confesión individual e íntegra y la absolución continúan siendo el único modo ordinario para que los fieles se reconcilien con Dios y la Iglesia, a no ser que una imposibilidad física o moral excuse de este modo de confesión"[417]. Y esto se establece así por razones profundas. Cristo actúa en cada uno de los sacramentos. Se dirige personalmente a cada uno de los pecadores: "Hijo, tus pecados están perdonados"[418]; es el médico que se inclina sobre cada uno de los enfermos que tienen necesidad de él[419] para curarlos; los restaura y los devuelve a la comunión fraterna. Por tanto, la confesión personal es la forma más significativa de la reconciliación con Dios y con la Iglesia.

Los Padres de la Iglesia presentan este sacramento como "la segunda tabla (de salvación) después del naufragio que es la pérdida de la gracia"[420].

 

B) RESUMEN

- En la tarde de Pascua, el Señor Jesús dio a sus apóstoles poder de perdonar los pecados, diciendo: "Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados, les quedan perdonados; a quienes se los retengáis, les quedan retenidos"[421].

- El perdón de los pecados cometidos después del Bautismo es concedido por un sacramento propio llamado sacramento de la conversión, de la confesión, de la penitencia o de la reconciliación.

- Quien peca lesiona el honor de Dios y su amor, su propia dignidad de hombre llamado a ser hijo de Dios y el bien espiritual de la Iglesia, de la que cada cristiano debe ser una piedra viva.

- A los ojos de la fe, ningún mal es más grave que el pecado y nada tiene peores consecuencias para los pecadores mismos, para la Iglesia y para el mundo entero.

- Volver a la comunión con Dios, después de haberla perdido por el pecado, es un movimiento que nace de la gracia de Dios, rico en misericordia y deseoso de la salvación de los hombres. Es preciso pedir este don precioso para sí mismo y para los demás.

- El movimiento de retorno a Dios, llamado conversión y arrepentimiento, implica un dolor y una aversión respecto a los pecados cometidos, y el propósito firme de no volver a pecar. La conversión, por tanto, mira al pasado y al futuro; se nutre de la esperanza en la misericordia divina.

- El sacramento de la Penitencia está constituido por el conjunto de tres actos realizados por el penitente, y por la absolución del sacerdote. Los actos del penitente son: el arrepentimiento, la confesión o manifestación de los pecados al sacerdote y el propósito de realizar la reparación y las obras de penitencia.

- El arrepentimiento (llamado también contrición) debe estar inspirado en motivaciones que brotan de la fe. Si el arrepentimiento es concebido por amor de caridad hacia Dios, se le llama "perfecto"; si está fundado en otros motivos se le llama "imperfecto".

-El que quiere obtener la reconciliación con Dios y con la Iglesia debe confesar al sacerdote todos los pecados graves que no ha confesado aún y de los que se acuerda tras examinar cuidadosamente su conciencia. Sin ser necesaria, de suyo, la confesión de las faltas veniales está recomendada vivamente por la Iglesia.

- El confesor impone al penitente el cumplimiento de ciertos actos de "satisfacción" o de "penitencia", para reparar el daño causado por el pecado y restablecer los hábitos propios del discípulo de Cristo.

- Sólo los sacerdotes que han recibido de la autoridad de la Iglesia la facultad de absolver pueden ordinariamente perdonar los pecados en nombre de Cristo.

- Los efectos espirituales del sacramento de la Penitencia son:

      - la reconciliación con Dios por la que el penitente recupera la gracia;

      - la reconciliación con la Iglesia;

      - la remisión de la pena eterna contraída por los pecados mortales;

      - la remisión, al menos en parte, de las penas temporales, consecuencia del pecado;

      - la paz y la serenidad de la conciencia, y el consuelo espiritual;

      - el acrecentamiento de las fuerzas espirituales para el combate cristiano.

- La confesión individual e integra de los pecados graves seguida de la absolución es el único medio ordinario para la reconciliación con Dios y con la Iglesia.

- El Concilio de Trento, en el canon 4, declara que el sacramento de la penitencia requiere, para la total y perfecta remisión del pecado, tres actos: la contrición, la confesión y la satisfacción, que son como la "quasi-materia" del sacramento[422]. El capítulo 3, por su parte, enseña que las palabras del ministro ("Yo te absuelvo...") constituyen la forma del sacramento. El efecto específico del sacramento es la reconciliación con Dios y, consiguientemente, la remisión del pecado.

- La penitencia interior del cristiano puede tener expresiones muy variadas. La Escritura y los Padres insisten sobre todo en tres formas: el ayuno, la oración, la limosna[423], que expresan la conversión con relación a sí mismo, con relación a Dios y con relación a los demás.

- Otros medios de obtener el perdón de los pecados son: los esfuerzos realizados para reconciliarse con el prójimo, las lágrimas de penitencia, la preocupación por la salvación del prójimo[424], la intercesión de los santos y la práctica de la caridad "que cubre multitud de pecados"[425].

- La conversión se realiza en la vida cotidiana mediante gestos de reconciliación, la atención a los pobres, el ejercicio y la defensa de la justicia y del derecho[426], por el reconocimiento de nuestras faltas ante los hermanos, la corrección fraterna, la revisión de vida, el examen de conciencia, la dirección espiritual, la aceptación de los sufrimientos, el padecer la persecución a causa de la justicia. Tomar la cruz cada día y seguir a Jesús es el camino más seguro de la penitencia[427].

- La conversión y la penitencia diarias encuentran su fuente y su alimento en la Eucaristía; que alimenta y fortifica a los que viven de la vida de Cristo, "antídoto que nos libera de nuestras faltas cotidianas y nos preserva de pecados mortales"[428].

- Los tiempos y los días de penitencia a lo largo del año litúrgico (p.e. el tiempo de Cuaresma) son momentos fuertes de la práctica penitencial de la Iglesia y particularmente apropiados para las privaciones voluntarias como el ayuno y la limosna, la comunicación cristiana de bienes (obras caritativas y misioneras).

- El proceso de la conversión y de la penitencia fue descrito maravillosamente por Jesús en la parábola llamada "del hijo pródigo", cuyo centro es "el Padre misericordioso"[429]: sólo el corazón de Cristo que conoce las profundidades del amor de su Padre, pudo revelarnos el abismo de su misericordia de una manera tan llena de simplicidad y de belleza.

 

C) BIBLIOGRAFÍA

- ADNÉS, Pierre, La Penitencia, BAC, Madrid, 1986.

- ABAD, José Antonio, La celebración del misterio cristiano, EUNSA, Segunda edición: Enero 2000.

- CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO, Quinta edición revisada y actualizada, Universidad de Navarra.

- CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA, Quinta edición, pp. 369-387.
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NOTAS

[382]Ex 34, 6-7.

[383]Lv 16.

[384]cf. Lv 5.

[385]cf. Ex 32, 25.28.

[386]cf. Jos 7, 16-26.

[387]Mt 4, 17.

[388]Lc 5, 32.

[389]Mt 9, 10-13; Mc 2, 15-17.

[390]Rm 3; 5, 12ss.

[391]cf. Mc 2,7.

[392]Mc 2,5; Lc 7,48.

[393]cf. Lc 15.

[394]cf. Lc 19,9.

[395]cf. Jn 20,21-23.

[396]Mt 16,19.

[397]cf. Mt 18,18; 28,16-20.

[398]cf. Mt 16,19.

[399]OP 102.

[400]Cc. de Trento: DS 1676.

[401]cf. Cc. de Trento: DS 1677.

[402]cf. Cc. de Trento: DS 1678, 1705.

[403]cf. Ex 20,17; Mt 5,28.

[404]CIC can. 989.

[405]CIC can.914.

[406]DS 1680; CIC c. 988,2.

[407]cf. Lc 6,36).

[408]cf. Cc. de Trento: DS 1712.

[409]Cfr. Jn 20,23; 2 Co 5,18.

[410]CIC. c. 965.

[411]cf. CIC can. 986.

[412]CIC can. 1388,1; CCEO can. 1456.

[413]Lc 15,32.

[414]Cfr. 1 Co 12,26.

[415]CIC can. 962,1.

[416]CIC can. 961,2.

[417]OP 31.

[418]Mc 2,5.

[419]Cfr. Mc 2,17.

[420]Tertuliano, paen. 4,2; Cfr. Cc. de Trento: DS 1542.

[421]Jn 20, 22-23.

[422]DS 1704.

[423]cf. Tb 12,8; Mt 6,1-18.

[424]cf. St 5,20.

[425]1 P 4,8.

[426]Am 5,24; Is 1,17.

[427]Cfr. Lc 9,23.

[428]Cc. de Trento: DS 1638.

[429].Lc 15,11-24.