TEMA 25: DIMENSIÓN JERÁRQUICA DE LA IGLESIA

 

25.1 Pedro y los demás Apóstoles.

25.2 La sucesión apostólica.

25.3 La sacramentalidad del Episcopado.

25.4 El Primado del Papa.

25.5 El Colegio de los Obispos.

25.6 Potestad y servicio en la Iglesia: la triple función de enseñar, santificar y gobernar.

 

A) DESARROLLO

25.1 Pedro y los demás apóstoles

El mismo Cristo es la fuente del ministerio en la Iglesia. Él lo ha instituido, le ha dado autoridad y misión, orientación y finalidad[270].

Elección de los Apóstoles con Pedro a la Cabeza:El Señor Jesús, después de haber hecho oración al Padre, llamando a sí a los que Él quiso, eligió a doce para que viviesen con Él y para enviarlos a predicar el reino de Dios; a estos Apóstoles los instituyó a modo de colegio, es decir, de grupo, estable, al frente del cual puso a Pedro, elegido de entre ellos mismos[271]. Así, vemos que por voluntad de Cristo la Iglesia quedó jerárquicamente estructurada en el misterio apostólico, y, al mismo tiempo, en un principio de unidad estable, Pedro, que, como Cabeza, gobierne y mantenga unido el cuerpo social.

Misión de los Apóstoles: Cristo los envió primeramente a los hijos de Israel, y después a todas las gentes, para que, participando de su potestad, hiciesen discípulos de Él a todos los pueblos y los santificasen y gobernasen, y así propagasen la Iglesia y la apacentasen, sirviéndola bajo la dirección del Señor, todos los días hasta la consumación de los siglos[272].

Confirmación plena de la misión: En esta misión fueron confirmados plenamente el día de Pentecostés, según la promesa del Señor: Recibiréis la virtud del Espíritu Santo, que vendrá sobre vosotros, y seréis mis testigos así en Jerusalén como en toda la Judea y Samaria y hasta el último confín de la tierra[273].

 

25.2 La sucesión apostólica

La divina misión confiada por Cristo a los Apóstoles ha de durar hasta el fin del mundo, puesto que el evangelio que ellos deben propagar es en todo tiempo el principio de toda la vida para la Iglesia. Por esto los Apóstoles cuidaron de establecer sucesores en esta sociedad jerárquicamente organizada[274].

Los Obispos, sucesores de los Apóstoles: Los Apóstoles, no sólo tuvieron diversos colaboradores en el ministerio, sino que, a fin de que la misión a ellos confiada se continuase después de su muerte, dejaron a modo de testamento a sus colaboradores inmediatos el encargo de acabar y consolidar la obra comenzada por ellos. Les dieron además, a estos colaboradores, la orden de que, al morir ellos, otros varones probados se hicieran cargo de su ministerio. Entre los varios ministerios que desde los primeros tiempos se vienen ejerciendo en la Iglesia, según el testimonio de la tradición, ocupa el primer lugar el oficio de aquellos que, ordenados Obispos por una sucesión que se remonta a los mismos orígenes, conservan la semilla apostólica. Así, por medio de los Obispos se manifiesta y conserva hasta nosotros la tradición apostólica en todo el mundo[275].

Oficio de los Obispos: Los Obispos recibieron el ministerio de la comunidad con sus colaboradores, los presbíteros y diáconos, presidiendo en nombre de Dios la grey, de la que son pastores, como maestros de doctrina, sacerdotes del culto sagrado y ministros de gobierno[276].

Permanencia del oficio de los Obispos: Así como permanece el oficio que Dios concedió personalmente a Pedro, príncipe de los Apóstoles, para que fuera transmitido a sus sucesores, así también perdura el oficio de los Apóstoles de apacentar la Iglesia, que debe ejercer de forma permanente el orden sagrado de los Obispos (LG 20).

Autoridad de los Obispos: Los Obispos han sucedido, por institución divina, a los Apóstoles como pastores de la Iglesia, de modo que quien los escucha, escucha a Cristo, y quien los desprecia, desprecia a Cristo[277].

Importancia ecuménica: En el orden ecuménico, la sucesión apostólica tiene una importancia relevante; tanto la Iglesia católica como la Ortodoxa hablan de sucesión; en cambio, las Iglesias Protestantes no aceptan la sucesión del Papa ni de los obispos, solamente el primado de Pedro: piensan que con la muerte del Apóstol Pedro terminaría la sucesión, no aceptan la sucesión apostólica porque no está, de manera explícita, expresada en la Escritura.

 

25.3 La sacramentalidad del Episcopado

Cristo se hace presente en medio de sus fieles en la persona de los Obispos, y, a través de ellos, lleva a cabo: la predicación de la palabra de Dios a todas las gentes, administra continuamente los sacramentos de la fe a los creyentes, por medio de su oficio paternal va congregando nuevos miembros a su Cuerpo y por medio de su sabiduría y prudencia dirige y ordena al Pueblo del Nuevo Testamento en su peregrinar hacia la eterna felicidad[278].

Para realizar estos oficios, los Apóstoles fueron enriquecidos con una efusión especial del Espíritu Santo, que descendió sobre ellos, y ellos, a su vez, por la imposición de las manos, transmitieron a sus colaboradores este don espiritual, que ha llegado hasta nosotros en la consagración episcopal[279].

Distinción dogmática entre obispo y presbítero:En la Iglesia se ha tenido siempre la idea de que la autoridad deriva o tiene su raíz en lo sacramental; se distinguen algunas relaciones y diferencias entre el obispo y el presbítero, que aclaran la naturaleza del Episcopado:

1) El obispo sacramentalmente está destinado a ser cabeza de la Iglesia.

2) El presbítero sacramentalmente está destinado a ser cooperador del obispo[280].

3) Lo que materialmente pueda hacer o no hacer el presbítero depende del obispo[281].

4) Ambas son participaciones del mismo sacerdocio de Cristo pero de distintos modos; por lo tanto, no se da una distinción material sino formal sacramental.

Algunas características de la consagración episcopal: El Concilio Vaticano II enseña, con respecto a la consagración episcopal, que:

1) Es sacramento que confiere la plenitud del sacramento del orden[282].

2) Confiere junto con el oficio de santificar, también los oficios de enseñar y de regir. La ordenación episcopal confiere la sacra potestas, tanto la potestad de orden como la de autoridad. Esta potestad, que desempeñan personalmente en nombre de Cristo, es propia, ordinaria e inmediata[283].

3) Estos oficios sólo se pueden ejercer estando en comunión jerárquica con la Cabeza y los miembros del Colegio[284]. Pero no se debe considerar a los obispos como vicarios del Papa, cuya autoridad ordinaria e inmediata no anula la de ellos, sino que, al contrario, la confirma y tutela[285].

4) Es verdadero sacramento, en el cual por la imposición de las manos y las palabras de la consagración se confiere la gracia del Espíritu Santo y se imprime carácter[286].

5) Por esta consagración, los Obispos, de modo visible y eminente, hacen las veces del mismo Cristo y actúan en lugar suyo. Cada uno de los obispos es el principio y fundamento visible de unidad en sus Iglesias particulares[287].

 

25.4 El Primado del Papa

Así como, por disposición del Señor, San Pedro y los demás apóstoles forman un único Colegio apostólico, por análogas razones están unidos entre sí el Romano Pontífice, sucesor de Pedro, y los obispos, sucesores de los apóstoles (CEC 880; cf LG 22; cf CIC 330).

Cimiento de la Iglesia: El Señor hizo de Simón, al que dio el nombre de Pedro, y solamente a él, la piedra de su Iglesia. Le entregó las llaves de ella; lo instituyó pastor de todo el rebaño. Está claro que también el Colegio de los apóstoles, unido a su Cabeza, recibió la función de atar y desatar dada a Pedro. Este oficio pastoral de Pedro y de los demás apóstoles pertenece al cimiento de la Iglesia. Se continúa por los obispos bajo el primado del Papa (cf CEC 881).

Finalidad y potestad del Papa: El Papa, obispo de Roma y sucesor de San Pedro, es el principio y fundamento perpetuo y visible de unidad, tanto de los obispos como de la muchedumbre de los fieles. El Pontífice Romano, en efecto, tiene en la Iglesia, en virtud de su función de Vicario de Cristo y Pastor de toda la Iglesia, la potestad plena, suprema y universal, que puede ejercer siempre con entera libertad (cf CEC 882).

El carisma de la infalibilidad: El Romano Pontífice, Cabeza del Colegio episcopal, goza del carisma de la infalibilidad en virtud de su ministerio cuando, como Pastor y Maestro supremo de todos los fieles que confirma en la fe a sus hermanos, proclama por un acto definitivo la doctrina en cuestiones de fe y moral. Esta infalibilidad abarca todo el depósito de la Revelación divina[288].

 

25.5 El Colegio de los Obispos

El Concilio Vaticano II, completando la doctrina establecida en el Vaticano I sobre el Papa, propone y declara ante todos la doctrina acerca de los obispos, sucesores de los Apóstoles, que dirigen junto con el sucesor de Pedro, vicario de Cristo y Cabeza visible de toda la Iglesia, la casa del Dios vivo[289]. Antes de tratar la doctrina sobre el Colegio conviene hacer una clarificación de este término.

El término Colegio no se entiende en sentido estrictamente jurídico, es decir, como una asamblea de iguales que delegan su potestad en su propio presidente, sino como una asamblea estable, cuya estructura y autoridad deben deducirse de la Revelación[290].

 

Naturaleza del Colegio: Algunos puntos importantes que, a partir del Concilio Vaticano II, el Magisterio de la Iglesia ha aclarado sobre la naturaleza del Colegio de los obispos son los siguientes:

1) Este Colegio, en cuanto compuesto de muchos, expresa la variedad y universalidad del Pueblo de Dios; y en cuanto agrupado bajo una sola Cabeza, la unidad de la grey de Cristo[291].

2) Uno es constituido miembro del Cuerpo episcopal en virtud de la consagración sacramental y por la comunión jerárquica con la Cabeza y con los miembros del Colegio[292]. Pertenece a los Obispos incorporar, por medio del sacramento del orden, nuevos elegidos al Cuerpo episcopal[293].

3) La comunión jerárquica con la Cabeza y el resto de los miembros no se refiere a un afecto indefinido, sino que se está hablando de una realidad orgánica que exige forma jurídica y que está animada por la caridad[294].

4) La unión colegial se manifiesta también en las mútuas relaciones de cada Obispo con las Iglesias particulares y con la Iglesia universal. Deben todos los Obispos promover y defender la unidad de la fe y la disciplina común de toda la Iglesia.

Potestad del Colegio: El Señor estableció solamente a Simón como roca y portador de las llaves de la Iglesia y le constituyó Pastor de toda su grey; pero el oficio de atar y desatar dado a Pedro consta que fue dado también al Colegio de los Apóstoles unido a su Cabeza[295]. Algunas enseñanzas importantes, del Concilio Vaticano II, acerca de la potestad del Colegio son:

1) El Colegio, que no existe sin la Cabeza, es también sujeto de la suprema y plena potestad sobre la Iglesia universal, si bien no puede ejercer dicha potestad sin el consentimiento del Romano Pontífice[296].

2) La potestad suprema sobre la Iglesia universal que posee este Colegio se ejercita de modo solemne en el concilio ecuménico. No hay concilio ecuménico si no es aprobado o, al menos, aceptado como tal por el Papa. Es prerrogativa del Papa convocar estos concilios ecuménicos, presidirlos y confirmarlos[297].

3) Esta misma potestad colegial puede ser ejercida por los Obispos dispersos por el mundo a una con el Papa, con tal de que el Romano Pontífice los llame a una acción colegial o, por lo menos, apruebe la acción unida de éstos o la acepte libremente para que sea un verdadero acto colegial[298].

4) La infalibilidad prometida a la Iglesia reside también en el Cuerpo episcopal cuando ejerce el magisterio supremo con el sucesor de Pedro, sobre todo en un concilio ecuménico. Esta infalibilidad abarca todo el depósito de la Revelación divina[299].

 

25.6 Potestad y servicio en la Iglesia: la triple función de enseñar, santificar y gobernar

Si observamos atentamente Mt 28, 18-19: “Se me ha dado todo poder en el cielo y en la tierra. Id pues y haced discípulos a todos los pueblos bautizándolos en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo, enseñándoles a observar todo lo que os he mandado.” entendemos que:

1) Cristo determina para su Iglesia una misión que consiste en continuar su obra.

2) Para ello participa sus propios poderes, aquellos que hacen de Él: Sacerdote, Profeta y Rey.

3) En las palabras “haced discípulos a todos” aparece la función de enseñar (munus docendi).

4) En “bautizándolos” se ve la función de santificar (munus sanctificandi).

5) Y en “enseñándoles a observar todo” Cristo manda gobernar (munus regendi).

Con respecto a estos tres poderes confiados por Cristo a su Iglesia, el Magisterio enseña:

1) Los Obispos son los que, en primer lugar, reciben esta triple misión[300].

2) Para el desempeño de esta misión Cristo prometió el Espíritu Santo y lo envió el día de Pentecostés[301].

3) Este encargo que el Señor confió a los pastores es un verdadero servicio (diaconía), o sea ministerio[302].

4) La misión de enseñar tiene como fin mantener a la Iglesia en la pureza de la fe transmitida por los apóstoles; el Magisterio debe proteger, a la Iglesia, de desviaciones y fallos, y garantizarle la posibilidad objetiva de profesar sin error la fe auténtica[303].

5) La misión de santificar la realizan el Obispo y los presbíteros con su oración y su trabajo, por medio del ministerio de la palabra y de los sacramentos. El Obispo es el administrador de la gracia del sumo sacerdocio[304], en particular en la Eucaristía que él mismo ofrece, o cuya oblación asegura por medio de los presbíteros, sus colaboradores[305].

6) La misión de gobernar la ejercen los Obispos que, como vicarios y legados de Cristo, gobiernan sus Iglesias particulares que se les han confiado no sólo con sus proyectos, con sus consejos y con ejemplos, sino también con su autoridad y potestad sagrada. En virtud de esta potestad, los Obispos tienen el sagrado derecho, y ante Dios el deber, de legislar sobre sus súbditos, de juzgarlos y de regular todo cuanto pertenece a la organización del culto y del apostolado[306].

 

B) RESUMEN

Jesús eligió a doce para que viviesen con Él y para enviarlos a predicar el reino de Dios; a estos Apóstoles los instituyó a modo de colegio, es decir, de grupo, estable, al frente del cual puso a Pedro, elegido de entre ellos mismos.

Por medio de los Obispos se manifiesta y conserva hasta nosotros la tradición apostólica en todo el mundo. Los Obispos recibieron el ministerio de la comunidad con sus colaboradores, los presbíteros y diáconos, presidiendo en nombre de Dios la grey, de la que son pastores, como maestros de doctrina, sacerdotes del culto sagrado y ministros de gobierno.

Características de la consagración episcopal son: es sacramento que confiere la plenitud del sacramento del orden; confiere junto con el oficio de santificar, también los oficios de enseñar y de regir; estos oficios sólo se pueden ejercer estando en comunión jerárquica con la Cabeza y los miembros del Colegio; es verdadero sacramento, en el cual por la imposición de las manos y las palabras de la consagración se confiere la gracia del Espíritu Santo y se imprime carácter; por esta consagración, los Obispos, de modo visible y eminente, hacen las veces del mismo Cristo y actúan en lugar suyo y cada uno de los obispos es el principio y fundamento visible de unidad en sus Iglesias particulares.

El Papa, obispo de Roma y sucesor de San Pedro, es el principio y fundamento perpetuo y visible de unidad, tanto de los obispos como de la muchedumbre de los fieles. El Pontífice Romano, en efecto, tiene en la Iglesia, en virtud de su función de Vicario de Cristo y Pastor de toda la Iglesia, la potestad plena, suprema y universal, que puede ejercer siempre con entera libertad.

El Señor estableció solamente a Simón como roca y portador de las llaves de la Iglesia y le constituyó Pastor de toda su grey; pero el oficio de atar y desatar dado a Pedro consta que fue dado también al Colegio de los Apóstoles unido a su Cabeza.

El Colegio, que no existe sin la Cabeza, es también sujeto de la suprema y plena potestad sobre la Iglesia universal, si bien no puede ejercer dicha potestad sin el consentimiento del Romano Pontífice. La potestad suprema sobre la Iglesia universal que posee este Colegio se ejercita de modo solemne en el concilio ecuménico.

Los Obispos son los que, en primer lugar, reciben la triple misión confiada por Cristo a su Iglesia; para el desempeño de esta misión Cristo prometió el Espíritu Santo y lo envió el día de Pentecostés; este encargo que el Señor confió a los pastores es un verdadero servicio.

 La misión de enseñar tiene como fin mantener a la Iglesia en la pureza de la fe transmitida por los apóstoles. La misión de santificar la realizan el Obispo y los presbíteros con su oración y su trabajo, por medio del ministerio de la palabra y de los sacramentos. La misión de gobernar la ejercen los Obispos que, como vicarios y legados de Cristo, gobiernan sus Iglesias particulares que se les han confiado no sólo con sus proyectos, con sus consejos y con ejemplos, sino también con su autoridad y potestad sagrada.

 

C) BIBLIOGRAFÍA

Concilio Vaticano II, Const. Lumen gentium (LG).

Catecismo de la Iglesia Católica (CEC), 874-895.

Código de derecho Canónico (CIC).
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NOTAS

[270]CEC 874.

[271]LG 19.

[272]Ibidem.

[273]Act 1, 8; LG 19.

[274]LG 20.

[275]Ibidem.

[276]Ibidem.

[277]Ibidem.

[278]cf LG 21.

[279]cf LG 21.

[280]cf LG 28; cf PO 2; 4.

[281]cf LG 28; cf PO 7; 15.

[282]cf LG 21.

[283]cf LG 21;cf LG 27.

[284]cf LG 21).

[285]CEC 895; cf LG 27.

[286]cf LG 21.

[287]LG 23.

[288]cf CEC 891).

[289]cf LG 18.

[290]LG Nota explicativa previa 1ª.

[291]LG 22.

[292]LG 22.

[293]LG 21.

[294]LG Nota explicativa previa 2ª.

[295]cf LG 22.

[296]cf LG 22; Nota explicativa previa 3ª; cf CIC 336.

[297]Ibidem.

[298]LG 22.

[299]cf LG 25; cf DS 3074; cf CEC 891.

[300]cf LG 24.

[301]Ibidem.

[302]Ibidem.

[303]cf CEC 890.

[304]cf LG 26.

[305]cf CEC 893.

[306]cf LG 27.