TALMUD Y TALMUDISMO
l. Concepto. En hebreo, etimológicamente, y en el mundo judaico literaria y
jurídicamente, Talmud tiene un sentido distinto y sobre todo más amplio que
entre los no-judíos que de él han oído hablar vagamente. Más bien que un libro
más o menos misterioso -en realidad son dos, como diremos-, es como una amorfa
enciclopedia de todos los conocimientos humanos que, en la época trisecular de
su composición, pueden tener alguna relación, aunque sea remotísima, con el
judaísmo. Es como un código universal del pueblo hebreo (v.) en la diáspora
(v.), dondequiera que sus comunidades se hallasen radicadas, y su libro
representativo, al que ha de ajustarse su vida y conducta. Después de la Biblia
(v.), inspirada por Dios, el Talmud es el gran libro del judaísmo (v.)
posbíblico, creación de los rabinos y maestros judíos, que ha ejercido durante
siglos en ese pueblo una influencia poco menor, y en algunos aspectos mayor, que
la misma Biblia.
Su denominación, mera simplificación de Talmud Toráh, «estudio o enseñanza
de la Ley», deriva del verbo lamad,y encierra las ideas de «enseñanza,
instrucción, estudio, lección; ley, precepto; libre interpretación o
argumentación;. doctrina, ciencia, saber, conocimiento, deducción de un texto
bíblico». Bibliográficamente, T. designa la vasta compilación, en hebreo y
arameo, que comprende dos partes o libros claramente distintos: 1°) el texto de
la Misnáh (Mishnáh) o Ley oral, cuya elaboración se termina en los dos primeros
decenios del siglo iii (d. C.), como fecha tope; y 2°) las interpretaciones y
comentarios interminables de todas clases, llamados Gémárá' (Guemará, en arameo
«complemento»), que el texto anterior inspiró a los maestros y discípulos de las
Academias de Palestina (T. jerosolimitano o, más exactamente, palestinense) y de
Babilonia (T. babilónico), desde la fecha indicada hasta el año 500.
2. La «Misnáh». Es una obra anterior e independiente del T. propiamente
tal; es el código de la Ley oral, complemento para los judíos de la Toráh o Ley
escrita (la Toráh es la Ley mosaica, bíblica y revelada por antonomasia: v. LEY
VII, 3). El nombre Misnáh (plural misnayot) deriva del verbo lúnáh, «repetir,
reiterar; cambiar; estudiar, aprender, enseñar», y significa, en consecuencia,
«reiteración, enseñanza, estudio oral; Ley tradicional; compilación de leyes».
Aplícase específicamente al conjunto de leyes judaicas y decisiones de los
rabinos (v.) integradas en una especie de Corpus luris, que abarca las
siguientes partes u «órdenes» (séder, plural sédarim)I, Zéra'im, «Semillas»:
prescripciones concernientes a la agricultura y oraciones rituales con ellas
relacionadas. II, Mo°ed, «Fiesta», sobre la celebración del Sábado y
festividades. III, Nasim, «Mujeres»: derecho matrimonial en todos sus aspectos.
IV, Néziqin, «Daños» o «Infracciones»: leyes civiles y penales. V, Qodasim,
«Cosas sagradas»: reglamentación de los sacrificios y de cuanto se relaciona con
el culto sacrificiol. VI, Téharot, «Purificaciones»: normas sobre la pureza e
impureza legal y reglas de higiene. Estos seis órdenes se subdividen en 63
tratados; se conservan además otros 19, considerados como apócrifos, que no
carecen de interés.
La Misnáh, en suma, es la Ley oral tradicional de Israel, complemento (o
«reiteración») de la Toráh; en el judaísmo se la ha llegado a suponer como dada
a Moisés, al mismo tiempo que la Toráh escrita, en el Sinaí, y transmitida
oralmente de generación en generación por los personajes o corporaciones más
representativos de Israel, hasta la época de la Gran Sinagoga (Kénéset ha-gédolá),
conforme se indica al comienzo del tratado Abot (1500450 a. C., como fechas
tope). Se la llama Toráh sé-bé-'al péh («Ley oral»), por contraposición a la
Tomh sé-biktab («Ley escrita») o Miqrá' («Lectura»; cfr. Corán, «lectura») que
es el Antiguo Testamento (v.).
Con Esdras (v.), el prestigioso doctor de la Ley, empieza la época de los
soférim o escribas (v.), a los cuales sucedieron en los siglos I-II d. C. los
tanna'im, «repetidores, docentes», cuya serie clausura el Rabbí Yehudá ha-Nasí'
(castellanizado Hannasí, el Príncipe, llamado también el Santo), m. el año 220.
Descendiente de Gamaliel (v.), ha-Nasi' fue el compilador de la Misnáh en su
última y definitiva recensión, aunque a veces eJ texto se completó y amplió
después de él. Las primeras colecciones o recopilaciones de la considerada como
Ley oral (tradiciones de los ancianos y escribas de Israel) se remontan tal vez
a los tiempos de Hilel (v.) y Sammay (v.), a finales del s. I a. C. y comienzos
del I d. C., y con más seguridad a los de Aquiba (v.; m. 136). En lo esencial,
pues, la Misnáh contiene las declaraciones e interpretaciones de los rabinos y
escribas judíos (tanna' im) de los s. I-II d. C.
Se distingue la Misnáh ri'soná (Mishnáh primera) y la Misnáh 'aharoná (Mishnáh
posterior o postrera) redactada por los tannaítas de la época de Yehudá ha-Nasí'.
El término Misnáh se aplica globalmente a todo ese conjunto, y también,
particularmente, a cada uno de los pasajes, perícopas o prescripciones. También
se distingue la Misnáh hisoná (Mishnáh exterior), que comprende las leyes no
recopiladas por Y. ha-Nasí'. Hay, pues, misnayot anónimas, cuya autoridad varía
en consideración ante los rabinos. Constituyendo la Misnáh por sí misma una obra
autónoma, su texto hebreo se ha editado muchas veces, generalmente vocalizado,
como signo de especial distinción y para mayor comodidad y seguridad en su
lectura (en la Bibl. se cita la principal ed. antigua y la mejor trad. moderna,
al inglés).
La lengua de la Misnáh es el hebreo de la época, el posbíblico, del cual
vino a ser el monumento literario más importante y venerable (v. HEBREOS V). El
estilo ofrece notables características: generalmente conciso, y hasta cortado,
didáctico, erizado de términos jurídicos, que hacen extremadamente difícil su
lectura. Aunque se considere y sea en realidad el Código de la Ley oral, su
estructura y composición poco o nada se asemejan a las de los demás códigos,
antiguos o modernos.
La Misnáh, inalterada en su texto, constituye, como queda indicado, la
parte primera y básica del T. y ha gozado siempre de indiscutible autoridad y
respeto entre los judíos, señaladamente los rabinos y maestros, en un intento de
continuidad con el Antiguo Testamento y a la vez de no aceptación del Nuevo
Testamento y del cristianismo. En este sentido es expresivo el testimonio judío
que cita A. Cohen (o. c. en bibl., cap. IV): «¿Por qué era necesaria esta doble
forma de la Torá? He aquí una respuesta: `El Santo único -bendito sea- dio a
Israel dos torot, la escrita y la oral. Le dio la Torá escrita, donde se
encuentran 613 mandamientos para proveerles de preceptos merced a los cuales los
israelitas pudiesen adquirir méritos. Le dio la Torá oral para distinguirle de
las demás naciones. No fue escrita para que los ismaelitas no pudiesen conseguir
copia, como lo hicieron para la Torá escrita, y pretender que ellos son el
pueblo de Israel' (Num. R. 14,10). Por `ismaelitas' ha de entenderse una de esas
apelaciones empleadas en la Edad Media para evadirse de la censura; se trataba
evidentemente de los cristianos. Habiendo adoptado la Iglesia la Biblia hebrea,
ésta cesó de pertenecer exclusivamente a los judíos. Fue, por tanto, la Torá
oral, no aceptada por la Iglesia, la que salvaguardó el carácter específico del
pueblo judío diseminado en medio de los cristianos».
3. La «Gémárá'». Constituye para los judíos el T. en sentido estricto, de
modo que, cuando se cita éste, ha de entenderse siempre dicha parte,
incomparablemente más extensa que la Misnáh y diferente de ésta además por su
contenido, lenguaje y valoración en ambos Talmudes. Literalmente significa
también «estudio, enseñanza, doctrina, tradición», y se contrapone a Misnáh en
el orden de las fuentes y compiladores. Antes se relacionaba con el verbo gamar,
«completar», dando el sentido de «complemento» de la Misnáh, lo cual es cierto.
Sustancialmente encierra la significación de «estudio tradicional» y contiene la
explicación y comentarios de la Misnáh, parte común a entrambos T.; es decir, el
resumen, a veces bastante difuso, de las discusiones y controversias habidas
entre los doctores de las Academias de Palestina y Mesopotamia, en las cuales
participaban también, no ya sólo los discípulos, futuros maestros, sino en
ciertomodo y grado el pueblo entero, directa o indirectamente.
El T. ha sido, después de la Biblia, el gran formador del judaísmo
posbíblico, el que ha troquelado en muchos aspectos su mentalidad, sobre todo la
del sector rabínico. De él dice el Nouveau Dict. complet hébreu-franVais de A.
Elmaleh (en Gémúm', col. 651-652): «Es un monumento literario de los más vastos
y completos, digno de toda admiración. El judaísmo depositó en él su pensamiento
de varias centurias. La, religión creó la obra, y la obra procuró explicar, no
solamente las cuestiones trascendentales: Dios, la naturaleza, el pasado y el
porvenir, sino el hombre entero, desde la cuna al sepulcro, en todas las
manifestaciones de su pensamiento y de su actividad, su voluntad y su
sentimiento, su vida íntima, privada y pública». Ciertamente el T. adolece de
falta de método y ordenada articulación en su estructura: más que un libro, son
los materiales para componerlo, apuntes extensos e inconexos de las reuniones
académicas, en que se hablaba de todo y se discutía todo, contraponiendo textos,
principios y decisiones. Esa «gimnasia del espíritu desarrolló profundamente las
facultades de análisis, razonamiento y crítica, y robusteció las dos cualidades
básicas del talmudista: la inteligencia y la memoria».
Los comentarios de la Misnáh llevados a cabo por los doctores de las
academias palestinenses constituyen el T. llamado T. yérusalmí o T. Eres Israel,
o mejor T. palestinense, puesto que no fue elaborado en Jerusalén, reducida
desde hacía tiempo a una ciudad en ruinas, sino parte en la escuela de Yamnia y
parte en la de Tiberíades, la misma que ideó el sistema de vocalización y
acentos masoréticos adoptado en la Biblia hebrea (v. ANTIGUO TESTAMENTO II,
2B-3). Quizá su apelativo yérusalmí, jerosolimitano, obedeciera a la memoria y
reverencia de la Ciudad Santa de Jerusalén.
La actividad de las academias de Mesopotamia, en Babilonia, en torno a la
Misnáh, cristalizó en el T. bablí (T. babilónico). Son, pues, en realidad, dos
Talmudes completamente independientes en cuanto a su elaboración, si bien con el
nexo común de la Misnáh, que los une. No hay memoria de ningún otro T., a
diferencia del Targum o Targumes (versiones del A. T. al arameo; v. BIBLIA VI,
4), que proliferaron más copiosamente en torno a gran parte de los libros que
constituyen el canon bíblico palestinense (v. BIBLIA II, Al). Sin embargo, no es
comparable la envergadura de esta rama de la exégesis escrituraria con la
representa por los dos T., y mucho menos todavía con la influencia y
proliferación que en el decurso de los siglos posteriores alcanzó el Derecho
talmúdico, cuyo volumen contrabalancea el de la Escriturística judaica, como
puede observarse en cualquier biblioteca antigua, societaria o particular,
judía.
Es muy corriente, a pesar de ser dos los T., emplear el singular -siempre,
repetimos, con referencia a la Guemará- al mencionar cualquier dicho, sentencia,
teoría u opinión sustentada en uno u otro; y como el babilónico ha gozado
siempre de mayor predicamento y autoridad que el palestinense, es más frecuente
en tales casos referirse al babilónico, aun sin nombrarlo expresamente.
El T. jerosolimitano, obra iniciada por R. Yohánán ben Napaha (s. III),
alcanzó su forma definitiva hacia el año 380 d. C., o poco después. Extinguido
el Patriarcado por los años 425, las Academias de Palestina decayeron
visiblemente y quizá por esta razón no se efectuó una revisión esmerada y
definitiva de este Talmud. Contiene la Guemará de 39 tratados, correspondientes
a los cuatro primeros órdenes de la Misnáh (a excepción de Eduyyoty Abót, que
quizá nunca existieron, por la naturaleza de su contenido), más el tratado Niddá,
del 6° orden.
El T. babilónico fue compilado en su parte principal bajo la dirección de
Rab Así (352-427) y, continuado por discípulos y cooperadores suyos, lo llevó a
término Rabina I (m. 499), si bien otros piensan que su redacción definitiva se
realizó durante los s. vi y vii. Abarca 36 tratados y medio: 1° del le' orden,
titulado Bérakot («Bendiciones»), todos los del 2° (excepto lékalim, «Siclos»),
todos los del 3° y los del 4° (menos los dos susodichos, que faltan en el T.
jerosolimitano), y los del 5° (a excepción de los dos últimos), faltando también
todos los del 6° orden.
La extensión de la Guemará en ambos T. difiere notablemente; según
algunos, la del babilónico es ocho veces mayor que la del jerosolimitano, y,
según otros, cinco: el cálculo no es fácil porque suelen imprimirse acompañados
de comentarios que encuadran el texto con variable extensión y forma en cada
página; a pesar de la proverbial paciencia y minuciosidad rabínica, no se han
contado las palabras de los dos T., como se hizo con el texto bíblico, por obra
de los masoretas. El contenido halákico o jurídico (V. MIDRÁS) ocupa en ambos
T., como es lógico, lugar principal y amplitud mayor, siendo como es el
comentario de la Ley oral; mas también se da entrada a variados elementos
haggádicos o narrativos (v. MIDRÁS), que ocupan en el T. babilónico un tercio
del total, y en el jerosolimitano aproximadamente una sexta parte.
El lenguaje y estilo es híbrido, abstruso y multiforme en ambos T., los
cuales coinciden, aparte de la inclusión de la Misnñh en hebreo, que es como el
armazón de la obra, en que uno y otro dan cabida a mucho material en lengua
hebrea. Pero la lengua básica en ambos T. es el arameo (v.), que, aparte de ser
la segunda lengua bíblica y la segunda vernácula de Israel, vino a ser también
su lengua jurídica. Difieren en cuanto a la modalidad dialectal, a tenor del
habla de las respectivas regiones en que fueron elaborados. El T. palestinense
está redactado en el arameo occidental o palestino, análogo al arameo bíblico de
Daniel y Esdras; en cambio, el T. babilónico fue escrito en el arameo oriental,
con caracteres propios, mezcla a veces de arameo oriental y hebreo. Conviene
recordar la copiosa fragmentación del idioma arameo, que comprende no menos de
12 dialectos (V. ARAMEOS III). En cuanto a la valoración de uno y otro T., el
judaísmo ha solido otorgar la primacía al babilónico, que aventaja al otro en
profundidad de pensamiento, sutileza de razonamiento y destellos de ingenio.
4. Ediciones y vicisitudes de los textos talmúdicos. La primera edición
completa de ambos T. fue obra del famoso impresor Daniel Bomberg, en Venecia:
1520-23 el babilónico, y 1523-24 el jerosolimitano. La paginación de esta
edición princeps se ha venido conservando en las siguientes. A partir del s. V-VI,
ya compilado el T., se escriben y coleccionan también las numerosas Responsa
(v.), respuestas de los peritos judíos en el T. a consultas hechas sobre el
mismo. El desarrollo de las extrañas lucubraciones de la cábala y del cabalismo
(v.) medieval y moderno también se apoyó en el Talmud.
El T., más denigrado que conocido por los no-judíos, fue objeto de
persecución, sobre todo quizá por algunos de sus contenidos anticristianos, en
la Edad Media y en la Moderna. Las públicas controversias entre cristianos (los
conversos llevaban la máxima parte) y judíos permitidas y aun presididas por las
autoridades civiles y religiosas, que tanto auge alcanzaron en los s. xiII al xv
(v. APOLOGÉTICA II, 2), eran seguidas generalmente de un auto de fe contra el
Talmud. Como consecuencia de la sostenida en París el 12 jun. 1240, entre el
converso Nicolás Donin y cuatro defensores del T., el tribunal sentenció la
quema de todos los ejemplares de éste, y a mediados del año 1242 fueron pasto de
las llamas 24 carretadas de libros hebreos, en París, entre los que puede
suponerse figurarían otras obras, además del Talmud. Anteriormente el papa
Gregorio IX, como consecuencia de la agitación promovida por Donin, había
ordenado a los obispos de Francia, Inglaterra y Castilla la confiscación de
todos los ejemplares talmúdicos. Cinco años después Inocencio IV, movido por las
quejas de los judíos, ordenó un examen del libro, con vistas a la posible
autorización a éstos de su lectura, pues aducían que sin su ayuda no podían
comprender la Biblia. El rector de la Univ. de París opinó que una actitud
favorable sería mal interpretada por el mundo cristiano, y el T. fue condenado
el 15 mayo 1248. Más de tres siglos después (1569) en el asalto a la judería de
Cremona fueron devorados por el fuego unos 12.000 libros hebreos. En las
ediciones censuradas aparecen en blanco los pasajes ofensivos para el
cristianismo. Durante mucho tiempo, como es lógico, el T. figuró en el indice de
libros prohibidos.
La extensión y enorme complejidad de ambos T., junto con el limitado
interés para los no-judíos, ha sido causa de que no se hayan hecho más
accesibles mediante traducciones. La afirmación, tan repetida como infundada a
nuestro juicio, de la versión castellana realizada por orden de Alfonso X el
Sabio, podría referirse, a lo sumo, a alguna selección; pero no hay rastro ni
más datos. Del T. jerosolimitano hay una sola versión completa, en francés, por
M. Schwab; del T. babilónico, Goldschmidt realizó dos al alemán, y Epstein lo
tradujo al inglés (v. bibl.). Pero hay traducciones fragmentarias y bastantes
antologías, en varias lenguas, y síntesis de su contenido.
V. t.: RABINO; MIDRÁS; RESPONSA; CABALISMO; JUDAíSMO; RASI; etc.
BIBL.: Ediciones de la Mishnáh: G. SURENHUSIUS, Mischna sive totius Haebreorum iuris... systema, 6 vol., Amsterdam 16981703 (texto, trad. latina y notas); H. DANBY, The Mishnáh, Oxford 1933 (trad. con breves notas). Ediciones de la Guemará o Talmud propiamente dicho; M. SCHWAB, Le Talmud de Jérusalem, 11 vol., París 1871-90 (nueva ed. anastática, en 6 vol., París 1960); L. GOLDSCHMIDT, Der Babylonische Talmud, 12 vol., Berlín-Leipzig 1896-1916 (2 ed. 1929-36); I. EPsTEIN, The Babylonian Talmud, 35 vol., Londres 1935-52 (2a ed., 18 vol., Londres 1961).
D. GONZALO MAESO.
Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991