Concepto. Entendemos por g. de p. las fuerzas políticas que, adecuadamente
organizadas, tienen como fin presionar bien en el poder ampliamente
entendido, bien en la opinión pública, bien en ambas cosas a la vez, con
el objeto de defender sus ideales o intereses y lograr o una política
orientada según ellos, en el primer caso, o una opinión favorable, en el
segundo. Por regla general, poderes públicos y opinión pública son
terrenos inseparables a la hora de determinar el alcance de la actuación
de los g. Para llegar hasta el poder con mayores posibilidades de éxito en
sus propósitos, los órganos dirigentes de los g. se habrán cuidado de
preparar una opinión pública o presentada como pública, que puede influir
en el poder a la hora de tomar una decisión. Y viceversa. También cuando
se trate de crearse una opinión favorable puede interesar una apariencia
de verdadero o falso apoyo oficial. Según Meynaud, hay que definir a los
g. de p. como «el conjunto de individuos que, sobre el fundamento de una
comunidad de actitudes, expresan reivindicaciones, emiten pretensiones o
toman posiciones que afectan, de manera directa o indirecta, a otros
sectores de la vida social», advirtiendo de antemano la no necesidad de
que los intereses definidos por los g. posean un carácter material, pero
insistiendo, sin embargo, en el requisito de la acción colectiva para que
sean considerados como tales. El fundamento de una «comunidad de
intereses» constituye, pues, la razón de ser del g. de p. El g. surge
porque hay un interés común a un número de personas que, para
satisfacerlo, se unen y proyectan una acción también común.
Diferenciación con otros grupos. Hay que distinguir este concepto de
otros que pueden parecer similares, pero que no lo son. Los g. de
intereses son aquellos que no han sido creados con la intención de
presionar sobre los poderes o sobre la opinión expresamente y sólo lo
harán, de forma accesoria, en un momento dado y ante circunstancias
concretas no específicamente previstas en el instante de su nacimiento o
creación. Por el contrario, en el g. de p. la intención de influir es
consustancial y permanente. Cabe suponer, entonces, que todo g. de interés
es siempre un g. de p. en potencia, en lo que se convertirá cuando tenga
que hacer uso de la presión para cumplir o defender sus intereses. G. de
promoción serán aquellos entre cuyas finalidades u objetivos fundamentales
estuviese la de realizar una función social de promoción de sectores de la
sociedad o una función de servir de medio para formación de élites. Por
último, entendemos por g. de conspiración aquellos en los que no se acepta
el consensus fundamental del sistema en que desenvuelve su vida. Cuando el
g. no se limita a presionar en favor de sus intereses, sino que en su
visión de la realidad concreta en que vive se contiene el propósito de
destruirla, de romper con el orden establecido y violentar las reglas del
juego político vigente, estaremos ante un g. de conspiración.
Por último, los g. de p. se distinguen de los partidos políticos
(v.), en términos generales, por estos tres rasgos: a) Los g. de p. no
intentan el ejercicio del poder, al menos como tales g.; mientras que esta
pretensión de llegar al poder es propósito, más o menos viable, pero
siempre teóricamente deseado, de los partidos. b) Los g. de p. no asumen
de manera institucional la responsabilidad de su gestión, mientras que un
partido está siempre sometido a ella a través de los órganos
institucionales existentes en el país o, simplemente, a través de la
opinión pública cuyo apoyo requiere. Y c) en principio, y en términos no
excesivamente precisos, los g. de p. defienden intereses propios, mientras
que los partidos obran en defensa de intereses de la generalidad, o, al
menos, de intereses que ellos consideran como los más convenientes para la
generalidad. De aquí la idea de un programa político que los partidos
anuncian poner en marcha al llegar al poder. Esta idea de programa
político del que responsabilizarse es ajena al g. de p., al que para
defender sus intereses basta con unas medidas que sean favorables y que
pueden ser conseguidas con cualquier política y en cualquier
circunstancia. Todo esto no impide que muchas veces el partido nazca en el
seno de un g. de interés más amplio, precisamente como su instrumento de
presión política o social.
Medios de actuación. El catálogo de medios a través de los cuales
realizan los g. de p. la defensa de sus intereses resulta muy extenso, y
el empleo de algunos de ellos o la sustitución de unos por otros va a
depender del grado de institucionalización que hayan obtenido, en el
régimen político, del índice de cultura cívica existente en el contexto y,
en fin, de la suerte de control que se establezca frente a su actuación.
En principio, y en términos generales, se pueden enumerar así los medios
más usualmente utilizados. En primer lugar, la información y propaganda,
utilizando los medios de comunicación existentes o, lo que es más
frecuente, sus propios órganos difusores para pregonar sus
reivindicaciones confesadas más o menos abiertamente. En segundo lugar,
los contactos y negociaciones con personas e instituciones de quienes
dependa la decisión que les afecta. Esta labor suele proyectarse muy
especialmente en los poderes legislativos (Cámaras, Asambleas,
Parlamentos, Comisiones, etc.) en los regímenes democráticos; y
preferentemente en el poder ejecutivo y a lo largo de toda la
Administración, en los regímenes autoritarios. Este apartado da entrada a
las presiones personales, donde puede llegarse a actuaciones con visos de
inmoralidad si el grado de corrupción estructural es alto en el país en
cuestión. En tercer lugar, acaso las elecciones sean el vehículo más
seguro para garantizar los intereses del g., mediante el acceso a los
cargos públicos de personas adeptas a dichos intereses y que estarán
dispuestas a complacerlos. Por último, la huelga, como prototipo de acción
directa de intimidación o de medio de atraer la atención pública; y los
medios que caen en el campo de la corrupción: amenazas, intimidaciones,
compra de cargos, etc. Un sistema muy corriente en los regímenes
escasamente democráticos es el compromiso previo (a través de acciones o
puestos de responsabilidad) que tienen con los g. algunas de las personas
que toman la decisión política o representantes suyos.
La idea de una democracia pluralista conduce a un sistema en que la
defensa de intereses se hace principalmente a través de los g., que pueden
incluso llegar a realizar una útil función de representación y
asesoramiento. Pero también reclama la vigencia de medios (legales,
morales y de información a la opinión pública) que controle el papel de
estos g.
BIBL.: V. O. KEY (jr.), Politics
Parties and Pressure Group, 4 ed. Nueva York 1954; J. MEYNAUY, Les groupes
de pression en France, París 1958; M. MERLE, Los grupos de presión y la
vida internacional, «Rev. de estudios políticos» 107, Madrid 1959, 101 ss.;
J. CHARLOT, Les parties politiques, Madrid 1971; DUVERGER, Sociología
política, Barcelona 1968.
M. RAMÍREZ JIMÉNEZ.
Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp,
1991
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