En el Conc. ecuménico de Calcedonia (451) se trató de condenar el
monofisismo (v.) así como el de Éfeso había excomulgado el nestorianismo.
A este propósito los comisarios imperiales del emperador Marciano pidieron
a los Padres que elaboraran un Credo especial que fuera prueba y garantía
de ortodoxia para lo sucesivo. En un principio, los obispos se negaron a
ello alegando que ya bastaba con el Símbolo de Nicea y el de
Constantinopla. Pero los comisarios insistieron y nombraron en la sesión V
una comisión de los delegados del papa S. León y de los principales
patriarcas orientales y algunos más, incluidos los comisarios. Al término
de la sesión secreta trajeron un Decreto dogmático que además de confirmar
el Símbolo Niceno y Constantinopolitano y de recomendar las cartas de S.
Cirilo (la segunda a Nestorio y la que escribió a Juan de Antioquía en 433
cuando se hizo la paz) y el Tomo de S. León a Flaviano, incluía un nuevo
Símbolo que lleva el título de Calcedonia y, como se deduce de la
conclusión, es una estricta definición dogmática para toda la Iglesia.
El texto, sacado de las Actas, dice: «Siguiendo, pues, a los Santos
Padres, todos a una enseñamos a un mismo Hijo, nuestro Señor Jesucristo,
al mismo perfecto en la divinidad, al mismo perfecto en la humanidad,
verdaderamente Dios y verdaderamente hombre, al mismo con alma racional y
cuerpo, consustancial con el Padre en cuanto a la divinidad y al mismo
consustancial con nosotros en cuanto a la humanidad, semejante en todo a
nosotros menos en el pecado (Heb 4,15); nacido del Padre antes de los
siglos en cuanto a la divinidad, y en los últimos tiempos por nosotros y
nuestra salvación de la virgen María, Madre de Dios, en cuanto a la
humanidad. Un solo y el mismo Unigénito Cristo Hijo Señor, que hay que
reconocer en las dos naturalezas sin confusión, sin mudanza, sin división,
sin separación, sin quitar nunca la diferencia de las naturalezas por
razón de la unión, sino más bien dejando a salvo la propiedad de ambas
naturalezas y convergiendo en una sola persona e hipóstasis, no partido o
dividido en dos personas, sino un solo y el mismo Hijo Unigénito Dios
Verbo Señor Jesucristo, como nos comunicaron antes los Profetas y el mismo
Jesucristo nos enseñó, y nos transmitió el Símbolo de los Padres» (Denz.Sch.
301-302).
El III Conc. de Constantinopla (681; v.) añadió, para combatir al
monotelismo (v.): «y dos voluntades naturales en él, y dos operaciones
naturales sin división, sin modificación, sin separación, sin confusión
conforme a la doctrina de los Santos Padres» y «dos voluntades naturales
no opuestas, ¡lejos de eso! como afirmaron los impíos herejes, sino su
voluntad humana siguiendo y no rechazando o combatiendo su divina y
omnipotente voluntad sino más bien sujeta a ella» (Denz.Sch 556). El
Símbolo de Calcedonia no abraza en general toda la fe, sino que se limita
a la cristología; su peculiaridad es que afirma en Cristo dos naturalezas
en una sola persona, como en parte lo hacía un Símbolo antioqueno sobre el
que se hizo la paz entre Cirilo de Alejandría y los orientales (Denz.Sch.
272), y más claramente el Tomo de S. León Magno. A su vez el Símbolo está
redactado sirviéndose casi exclusivamente de esos dos documentos.
BIBL.: A. GRILLMEIER, Die
theologische und sprachliche Vorbereitung der christologischen Formel von
Chalkedon, en VARIOS, Das Konzil von Chalkedon, Wurzburgo 1951, 5-202; I.
ORTIZ DE URBINA, Das Symbol von Chalkedon, ib. 389-418; T. SAGI-BUNIC,«Duo
perfecta» et «duae naturae» in definitione dogmatica Chalcedonensi, Roma
1964.
I. ORTIZ DE URBINA.
Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp,
1991
|