ARRAS
1) En la Biblia, el A. T. habla
de a. (dinero u otros objetos) como algo que prueba o compromete una
palabra dada (cfr. Gen 38, 1720; 24, 53). En el N. T.; S. Pablo menciona
tres veces las «arras del Espíritu» en sentido figurado. El Espíritu
Santo (v.) nos ha sido dado como prenda de herencia eterna, en espera
del cumplimiento de las promesas divinas (cfr. 2 Cor 1, 22; 5, 5; Eph 1,
14).
2) En sentido jurídico (CC, art. 1.454), a. o señal es un elemento
accidental que puede existir en el contrato de compraventa. La
obligación del comprador se asegura dando al vendedor unas a., que
pierde si incumple. Si es el vendedor quien no cumple, ha de devolverlas
duplicadas (V. COMPRAVENTA 1, 3; PRENDA).
3) En cuanto a las arras matrimoniales, abarcan gran variedad de
costumbres y usos locales. Dar un objeto simbólico como prenda de
desposorio es costumbre muy antigua. Juvenal en el s. I, Plinio el Viejo
en el s. II, y el Código justinianeo, hacen alusión a ella. Se suele
entender por a. la donación, en tierras o dinero, hecha por el esposo a
la esposa por razón del matrimonio (como garantía del mismo, o en
compensación de la dote de la esposa, a veces con la intención de que
pueda mantenerse decorosamente en caso de viudez), y simbolizan la
perfección del contrato. En España este antiguo uso ha quedado
simbolizado por la entrega hecha por el esposo a la esposa de 13 monedas
en el momento de la celebración del Matrimonio (la liturgia matrimonial
ha incorporado esta institución al rito religioso). A lo largo de la
historia, las a. se han identificado muchas veces con el anillo de
esponsales, siendo el anillo símbolo de las a. Así lo atestiguan los
Padres de la Iglesia en su época; a esto se debe, según ellos, el empleo
de las palabras subarrhare y subarrhata como sinónimos de desponsare y
sponsa. Parece que el anillo esponsalicio es de origen romano; y las a.,
de origen germánico, se introdujeron por medio de los godos en las
Galias, España e Italia. El caso es que en el s. v el anillo de a. es
símbolo de la mutua fidelidad prometida, annulus fidei. S. Gregorio de
Tours, por un lado, menciona las a. donadas para casar a muchas jóvenes,
entre los francos. Y S. Isidoro de Sevilla, por otra parte, dice que
entre los visigodos, las mujeres no usaban otro anillo que el que les
habían dado sus novios, que colocaban siempre, como en Roma, en el dedo
cuarto de la mano izquierda, y que era «el signo de la mutua fidelidad,
o, mejor aún, la prenda de la unión de los corazones» (Etymologiae XXIX,
32, 4: PL 84, 702; De Ecclesiae officiis, II, XX; 8: PL 83, 811812).
Sin embargo, en los textos legales sobrevive la idea jurídica
anterior (el anillo es un don esponsalicio y símbolo de las a.): hacia
el a. 650 el rey Chindasvinto prohíbe todo cambio, si no es de común
acuerdo, de los convenios establecidos entre los novios o sus padres,
desde el momento en que ante testigos el novio entregó o envió a la
novia un anillo «a título de arras». Hasta el s. ix, en la Iglesia de
Occidente pervivió este uso y significado del anillo de esponsales (cfr.
Graciano, Decreto, 11, 30, C. V, c. III). A partir de entonces, y sobre
todo del s. x, se extiende el uso del anillo nupcial, que aparece
primero al lado, y después en lugar del anillo de esponsales. El rito
del anillo nupcial, que nunca se omite en la liturgia católica del
Matrimonio, parece tener su origen en el momento en que esponsales y
matrimonio no se distinguen claramente en sus formas externas. En el s.
XI la mención del anillo de esponsales es rara en los textos, en cambio
frecuente la del anillo nupcial. Por otra parte, en muchos documentos la
entrega del anillo a la esposa conserva el nombre de subarrhatio, que
indica claramente su origen. Así, en textos toscanos de 1065 y 1071, la
subarrhatio cum annulo es ya parte de la formalidad matrimonial; y, en
el s. XII, en una decretal de Alejandro II al Abad de Montecasino, la
palabra subarrhare es usada muchas veces como sinónima de desposar. En
el s. XIII comienza a verse en el anillo nupcial un rito significativo
del matrimonio. Y en las canciones de gesta se llama a la mujer casada
«dama d'anel».
I. GÓMEZ LORENZO.
BIBL.: Puede verse la de los arts. MATRIMONIO VI y VII; y el no extraordinario de la rev. «Liturgia», Silos 1958, dedicado al Ritual, p. 156267 (especialmente 170 ss., 190191, 196197, 219 ss., 247249).
Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991