Arras
Concepto técnico del antiguo lenguaje jurídico y mercantil. Se paga un
anticipo de la cantidad total, con lo que se fundamenta un sólido título
jurídico. El anticipo hace plenamente válido un contrato. El que paga el
anticipo se compromete a seguir dando al que lo recibe nuevas cantidades a
plazos fijos. A este concepto comercial recurre Pablo cuando habla del ->
Espíritu de Dios y, con ello, a las futuras acciones salvíficas divinas. En el
-> bautismo los cristianos se sometieron al dominio de Cristo; Dios mismo los ha
ungido y señalado con su dignidad real; les ha entregado un «anticipo del
Espíritu. (2Cor 1,22; 5,5). Con este anticipo les ha preparado para la futura ->
resurrección de entre los muertos (2Cor 5,5ss). Dado que se les ha concedido un
anticipo del Espíritu, obtienen un título jurídico sobre este Espíritu y sobre
la «patria celeste». Si, como bautizados, viven bajo la ley de Cristo, recibirán
una participación plena en la nueva vida del Señor.
Las arras del Espíritu significan que la nueva vida ha comenzado ya de hecho, desde que Cristo ha resucitado; los bienes definitivos de la salvación de Dios se han hecho realmente posibles para los hombres. Se da para los hombres una anticipación del futuro de Dios. Dios se da ya por anticipado, siempre que los hombres estén dispuestos a aceptarle de antemano.
En efecto, Dios se ha prometido y se ha dado de una vez para siempre a los hombres en la vida, muerte y resurrección de Cristo.