UTILITARISMO
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Concepto

Se llama u. (del latín utilis = útil) aquella teoría ética que juzga el valor moral de una acción según la medida en que contribuya a la felicidad máxima del mayor número posible (the greatest happiness of the greatest number). Está en oposición con el u. aquella ética según la cual una acción es buena porque pertenece a una clase determinada de acciones, es decir, porque tiene valor en sí y no lo recibe de sus consecuencias. En cuanto el u. sostiene que el único valor a que puede tender el hombre es el placer (griego édoné), es hedonismo; sin embargo, el u. no es necesariamente egoísmo, porque también el goce de otras criaturas es meta digna de apetecerse. La doble máxima contenida en la fórmula utilitarista es posible únicamente si los distintos estados de goce del sujeto sensible difieren entre sí sólo cuantitativamente y, además, si los distintos sujetos sólo difieren entre sí numéricamente. Bajo este presupuesto el defensor del u. espera que en principio podrá calcular la acción recta en cada caso a partir del análisis de la situación.

2. Historia

Puesto que el u. se desarrolló casi exclusivamente en las Islas Británicas, sin duda puede buscarse su origen en la actitud pragmática y empirista del pensamiento anglosajón. El primero que usó la fórmula doctrinal del u. fue el obispo Cumberland (De legibus naturae [1672]); según él, realizar the greatest happiness of all es el mandato supremo de Dios a los hombres. La influencia de David Hume (A Treatise of Human Nature in [1740]) preparó el surgimiento total del u. en Jeremy Bentham. Bentham (A Fragment of Government [1776]; Introduction to the Principies of Morals and Legislation [1789]), interesado sobre todo por reformas políticas y jurídicas, encontró en la fórmula del u. un criterio universal para juzgar el valor de las leyes. Procuró hacer cada vez más utilizable este instrumento mediante una investigación más profunda de la cuantificabilidad del placer y mediante su aplicación a problemas de la administración estatal. Se preocupaba menos por una justificación teorética de su principio. Su amigo y discípulos James Mill (A Fragment on Mackintosh [1835] y el hijo de éste John Stuart (Utilitarianism [1861]) siguieron desarrollando el u., que entretanto había pasado a ser la filosofía moral dominante en los salones de Inglaterra y en su seno había engendrado la economía nacional. J.S. Mill difundió la palabra u., pero introdujo en su sistema algunos pensamientos que en el fondo suprimían el u.: goces cualitativamente diferentes («más altos» y más bajos») y valores no placenteros que, sin embargo, son dignos de apetecerse por sí mismos (p. ej., la virtud y el saber). El último utilitarista importante fue Henry Sidgwick (Methods of Ethics [1874]). Intentó mostrar que en principio, entre la realidad de que todo hombre tiende sólo a su felicidad y la ley moral que manda tender también a la felicidad de los otros, no hay ninguna oposición fundamental; pero aquí abandonó la base empírica propia del u. Hoy parece que la gran época del u. filosófico ha pasado, aunque el u. práctico bajo la forma de la política del bienestar avanza cada vez más.

3. Clases

Primero debe distinguirse entre el u. como intento de describir sistemáticamente las convicciones éticas de los hombres (u. descriptivo) y el u. como teoría para fundamentar las convicciones éticas (u. normativo). El primero es discutido en su consistencia incluso por los defensores del u. mismo. El segundo, a su vez, puede ser entendido de doble manera: como u. de la acción (act. utilitarism) o como utilitarismo de la regla (rule utilitarism). El u. de la acción llama moralmente buena a aquella acción que como acto individual promueve la felicidad general; el u. de la regla llama buena a aquella acción que se hace según una norma cuya consecuencia habitual es el máximo de felicidad. Como puede suceder que en un caso particular la acción hecha según una regia habitualmente útil cause daños, el u. de la regla se muestra como secundario e inferior respecto del u. de la acción. En realidad la mayoría de los representantes del u. eran utilitaristas de la acción.

4. Juicio

Un juicio sobre el u. deberá dirigirse críticamente: a) contra su presupuesto antropológico; b) contra su definición de la -› moralidad; c) contra la posibilidad de utilizar su método cognoscitivo.

a) La doctrina de que el goce es el único valor en sí, degrada al hombre y lo convierte en un consumidor impersonal de placer. Además esta doctrina, cuando no significa sólo el placer del hombre mismo que tiende a él, es infundada, y, en caso contrario, el u. es a la vez egoísmo y debe postular una armonía necesaria entre la tendencia egoísta al placer y el estado general de felicidad. Entonces, el vicio es un defecto de visión en el cálculo del placer.

b) La preocupación por el goce (propio o ajeno) no es en cualquier caso buena en sí misma, sino solamente cuando este goce mismo puede defenderse moralmente, es decir, cuando permanece en el marco de las referencias al fin que radican en la esencia del hombre.

c) No se puede indicar ningún método de medición para determinar claramente todo estado de goce mediante un número correspondiente de unidades de placer. La cuantificación del placer sólo es posible dentro de límites muy estrechos; tiene sus límites en las diferencias cualitativas de los distintos goces v en la diferencia de gustos. Tampoco puede determinarse claramente el otro miembro de la doble máxima, a saber, el mayor número. ?Debe atenderse aquí solamente a los vivos o también a los no nacidos ¿y hasta qué limites temporales?), cuyo número depende de la regulación de nacimientos? ¿Deben incluirse también los animales (como opinaba Bentham) en este máximo número de seres sensitivos? Por consiguiente, el u. corno método para determinar objetiva y empíricamente lo moralmente bueno a partir de la utilidad social, debe considerarse como fracasado.

El contenido positivo del u. es la exigencia de la máxima igualdad posible en la repartición de los bienes que son objeto de goce. Como vestidura de esta meta, el u. en el tiempo de su nacimiento tuvo frutos positivos en el terreno social. Sin embargo, el u. ha sucumbido frecuentemente al peligro de la doctrina de la armonía (cf. antes), y así ha perdido su fuerza de crítica social (p. ej., en el -» liberalismo).

BIBLIOGRAFÍA: L. Stephen, The English Utilitarians, 3 vols. (NY 1900); G. Myrdal, Das politische Element in der nationalökonomischen Doktrinbildung (B 1932); J. Plamenatz, The English Utilitarians (0 21958); H. Braun: RGG3 VI 1215s; J. J. C. Smart: The Encyclopedia of Philosophy VIII (NY - Lo 1967) 206-212 (Lit.); J. Stuart Mill, El utilitarismo (Aguilar Ma 21960).

Gerd Haeffner