Suavis Nutrix Animarum
Despacho
Papal
Vaticano, 8 enero 2026
En Tanzania, tras la desmembración de ciertos territorios de la circunscripción eclesiástica de Shinyanga, se funda la diócesis de Bariad
1. Dulce nodriza de las almas y esposa mística, que, por medio de la obra de sus amados discípulos distinguidos por las órdenes sagradas, no cesa de elevar los ojos del corazón a los misterios de la caridad divina, para que, mediante la unidad del cuerpo de Cristo, provea en todas partes el crecimiento espiritual y manifieste con mayor fruto la gloria de Dios en sus hijos. Pero nosotros, confirmados por la divina providencia apostólica en la Sede, ejerciendo el oficio de sucesores de San Pedro, deseamos con mayor ardor cumplir aquel mandamiento del Señor: «Sin mí no podéis hacer nada» (Jn 15,5), para que la Iglesia en las diversas regiones del mundo entero, como peregrina en la ciudad de Dios (cf. San Agustín, Ciudad de Dios, XIV, I), florezca con mayor abundancia como una viña mística. Por consiguiente, puesto que se ha propuesto dividir la diócesis de Shinyanga, ubicada en Tanzania, para que se establezca una nueva diócesis llamada Bariad, aceptamos la opinión del Dicasterio para Evangelización y, habiendo escuchado el voto favorable de los interesados, accedemos de buen grado a esta petición. Este cambio, como una renovación interior, se considera de gran beneficio para la prosperidad espiritual y la unidad de la Iglesia en Tanzania en Cristo cabeza, lo cual aprobamos con agrado.
2. En virtud de la plenitud de nuestra autoridad y poder apostólicos, hemos decidido separar de la diócesis de Shinyanga una porción del territorio, tal como está actualmente delimitado por la ley civil, de la cual los municipios comúnmente llamados Bariadi Urbana, Bariadi, Busega, Itilima, Meatu, formarán y constituirán una nueva diócesis que se llamará Bariadi, la cual ahora erigimos y a la que renunciamos en virtud de esta constitución apostólica.
3. Establecemos la sede de esta nueva diócesis en la misma ciudad, comúnmente llamada Bariadi, y elevamos la iglesia parroquial allí existente, dedicada a Dios en honor a San Lucas evangelista, al rango y dignidad de iglesia catedral.
4. Hemos establecido la circunscripción de Bariades como sufragánea de la Iglesia metropolitana de Mwanza y sujeta al Dicasterio para Evangelización. Todos los actos y documentos que puedan concernir a esta nueva diócesis y a su clero, fieles y bienes temporales, serán transmitidos lo antes posible de la curia de Shinyanga a la curia de Bariades.
5. Una vez constituida la diócesis de Bariad, aquellos sacerdotes serán considerados adscritos a la circunscripción eclesiástica en cuyo territorio ejerzan un oficio eclesiástico; los demás sacerdotes y novicios del seminario permanecerán o serán incardinados a la circunscripción eclesiástica en cuyo territorio tengan su domicilio legítimo. El resto se regirá por el derecho canónico.
6. Para llevar a cabo todas estas cosas, designamos al hermano Accattino, nuncio apostólico en Tanzania, para que lleve a cabo los asuntos de la Santa Sede en Tanzania, otorgándole las facultades necesarias y oportunas para subdelegar, para tal fin, a cualquier hombre nombrado para dignidad eclesiástica, con la obligación de enviar al Dicasterio para Evangelización, tan pronto como sea conveniente, una copia auténtica del acta de ejecución debidamente cumplimentada..
7. Deseamos que esta nuestra constitución sea ratificada de forma permanente, a pesar de cualquier circunstancia contraria.
León XIV
Act:
08/01/26
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M U R C I A
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