Archivo Secreto y Biblioteca Vaticana
Despacho
Papal
Vaticano, 13 septiembre 2026
1. El notable aumento del patrimonio bibliográfico de la Santa Sede, así como de la producción documental de sus instituciones, en las últimas décadas ha hecho que los espacios disponibles para el Archivo Apostólico Vaticano y la Biblioteca Apostólica Vaticana resulten insuficientes.
2. Para dar respuesta adecuada a la necesidad de nuevos espacios de conservación, mi predecesor Francisco I identificó la zona extraterritorial del Letrán como un lugar idóneo para tal fin.
3. En los últimos meses han surgido nuevas oportunidades para crear nuevos espacios dentro del estado de la Ciudad del Vaticano, que sin duda son preferibles a la solución ya identificada por varias razones.
4. Con la intención de dar testimonio del cuidado ancestral de mis predecesores hacia las instituciones que preservan y salvaguardan la memoria administrativa y cultural de la Sede Apostólica, habiendo adquirido la información pertinente y opiniones competentes, con el presente quirógrafo, decreto:
4.1. que el área de la Fuente del Autoparco y sus alrededores se asignen al Archivo Apostólico Vaticano y a la Biblioteca Apostólica Vaticana, de acuerdo con los límites indicados en el plano adjunto;
4.2. que la construcción de un nuevo edificio se lleve a cabo de acuerdo con los principios arquitectónicos y tecnológicos más modernos, en cumplimiento de la legislación vigente, para ser utilizado principalmente para las necesidades del Archivo Apostólico Vaticano y la Biblioteca Apostólica Vaticana, distribuyendo el espacio equitativamente entre las dos instituciones, reservando una parte para otros servicios del estado de la Ciudad del Vaticano.
5. Para la ejecución del proyecto, la gobernación del estado de la Ciudad del Vaticano actuará de común acuerdo con los Archivos Apostólicos Vaticanos y la Biblioteca Apostólica Vaticana, sufragando los costes de los espacios destinados a los servicios estatales, con la excepción del traslado del aparcamiento y del nuevo estacionamiento, que correrán a cargo de los archivos y la biblioteca.
6. Con el fin de encontrar los recursos financieros necesarios para la construcción de los espacios destinados al archivo y la biblioteca y para la gestión eficaz de estos recursos, establezco que el Archivo Apostólico Vaticano y la Biblioteca Apostólica Vaticana, como entidades fundadoras y promotoras, constituyen una fundación instrumental vaticana. Debe regirse por las normas legales y operativas establecidas en la carta apostólica sobre las personas jurídicas instrumentales de la curia romana (Francisco I, Carta, 5-XII-2022).
7. Mientras se finaliza la construcción del nuevo edificio, la Biblioteca Apostólica Vaticana seguirá utilizando los espacios de almacenamiento que actualmente ocupa en el pontificio Seminario Mayor Romano.
8. Ordeno que este quirógrafo tenga fuerza inmediata, plena y estable, sin perjuicio de cualquier disposición en contrario, incluso si es digna de mención especial, y que sea publicado en L'Osservatore Romano.
León XIV
Act:
13/09/26
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