CONFESIÓN DE LOS PECADOS
En los escritos de los Santos Padres se nos atestigua que la
confesión secreta de los pecados graves era una costumbre que
existía desde el principio. Cuando la penitencia era pública la
confesión secreta era una especie de introducción a la penitencia,
ya fuera que el pecador se acercaba por propio impulso al obispo o
al sacerdote penitenciario y confesaba su pecado, ya fuera que por
ser su pecado públicamente conocido, el obispo le llamaba a
cuentas y él reconocía su pecado. En general no se exigía la
confesión pública de los pecados. Aun en el caso de pecados
públicamente conocidos parece ser que no se exigía la confesión
pública. San Agustín pide que se reprenda y castigue públicamente
el pecado público para evitar el escándalo (Sermón 82, 1. 10), pero
no habla de una confesión pública especial; más bien deja entrever
que para la confesion pública basta un sencillo "yo he pecado", que
puede expresarse no sólo con palabras, sino incluso con signos. La
penitencia pública era considerada como la forma más importante
de confesar los pecados; por eso recibe la penitencia en conjunto
el nombre de exhomologesis o confessio. Pero el pecador podía
hacer una confesión pública ante la comunidad reunida para una
celebración litúrgica, después de haber hecho la confesión secreta
y para someterse a una humillación especial. Como confesión
sacramental debía ser considerada la confesión secreta hecha
antes de la pública. ·León-Magno-SAN reprendió y prohibió como
grave abuso los intentos de convertir en obligatoria la confesión
pública voluntaria. En una carta a los obispos de la Campania,
Samnio y Piceno, se dirige enérgicamente contra la mala costumbre
allí introducida de leer en público los pecados de cada penitente
(Carta 108, 2):
"También quiero que se acabe completamente ese método
contrario a la regla apostólica que, según hace poco me he
enterado, ha sido admitido por algunos de manera no permitida. Me
refiero a la penitencia que los fieles desean; la confesión no debe
ser leída en público conforme a las listas escritas de la especie de
pecados de cada uno; es bastante que se diga la culpa de la
conciencia al sacerdote sólo en confesi6n secreta. Pues aunque
indica una laudable plenitud de fe el no avergonzarse de los
hombres por temor a Dios, debe acabarse esa rechazable
costumbre porque no a todos les falta ese temor de confesarse en
público, por mucho que deseen la penitencia. De lo contrario
podrían alejarse muchos de la medicina de la penitencia por
vergüenza y temor de revelar a sus enemigos pecados, por los que
podrían ser llevados ante la ley. Basta con que la confesión se
haga primero a Dios y después también a un sacerdote que haga
de intercesor por el pecado del penitente. Pues un gran número de
hombres sólo pueden ser estimulados a que confiesen, si la
conciencia del que confiesa no se hace públicamente conocida."
San León Magno, mediante esta disposición, protege la antigua
costumbre de la confesión secreta contra las novedades
imprudentes.
Hasta el siglo Vll, por regla general, sólo se sometían a la
penitencia canónica -mediante la confesión secreta- los pecados
graves. Voluntariamente podía hacerse también penitencia por los
pecados leves. San Cipriano e Inocencio I dan testimonio de la
confesión secreta y de la penitencia canónica por los pecados
leves. ·Cipriano-SAN alaba a los que aceptan la penitencia sólo
por haber pensado en la apostasía.
"Mayor fe y temor más perfecto (que los que intentan disimular su
pecado de apostasía en la persecución) muestran aquellos que no
sacrificaron a los ídolos, ni recibieron un certificado (como que
hubieran sacrificado), pero que pensaron hacerlo y ahora lo
confiesan con tristeza y sinceridad al sacerdote y le abren su
conciencia. Explican lo que está en su corazón como una carga
pesada y buscan así la salvadora curación de sus heridas, aunque
sean pequeñas, insignificantes... Así deben confesar todos su
pecado, yo os lo pido, hermanos, mientras están todavía sobre la
tierra, mientras su confesión puede ser recibida, mientras su
satisfacción y el perdón ooncedido por el sacerdote son agradables
al Señor" (Los apóstatass 28). Cfr. Carta 1, 7, sobre el testimonio
de Inocencio I.
Los pecados leves se confesaban muchas veces no para recibir
la absolución sacramental, sino para ser dirigido espiritualmente
por un director de almas experimentado; tal dirección espiritual se
usaba sobre todo en los monasterios.
Por eso no puede pensarse en la confesión sacramental siempre
que en la época de los Padres se aconseja la confesión de los
pecados. Las amonestaciones más frecuentes y enérgicas a
confesar los pecados muchas veces no se refieren a la confesión
sacramental, sino a la cuenta de concienda que se hacía para la
dirección espiritual. A veces los escritos de los Saritos Padres -lo
mismo que la primera Epístola de San Juan- no se refieren a la
confesión de los pecados a un hombre, sino al reconocimiento de la
culpabilidad delante de Dios. Sólo puede obtener el perdón quien
ve y reconoce que es pecador. El orgulloso e independiente, que
niega su pecado, no puede ser liberado de él.
Pero la confesión de cada pecado grave, es decir, de los
pecados que necesitan penitencia canónica ante el obispo o el
sacerdote, está atestiguada con gran seguridad; es considerada
justamente como el acto evidente de introducción a la penitencia.
(Además de los textos de San Cipriano y San León Magno, ya
citados, vamos a transcribir algunos otros. ·Orígenes (Lev. 2, 4 y
3, 4):
"Y ahora escucha cómo hay en el Evangelio muchas especies de
perdón de los pecados: la primera, cuando somos bautizados para
perdón de los pecados. La segunda, en la pasión del martirio. La
tercera es concedida por las limosnas. La cuarta especie de perdón
de los pecados, cuando nosotros perdonamos el pecado a
nuestros hermanos. Pues el Señor y Salvador mismo dice así: Si
perdonarais de todo corazón los pecados a vuestros hermanos,
también vuestro Padre os perdonará vuestros pecados (Mt. 6, 14).
El nos enseñó también a rezar: perdónanos nuestras deudas así
como nosotros perdonamos a nuestros deudores. La quinta
especie de perdón de los pecados consiste en convertir a un
pecador de su mal camino. Pues la Sagrada Escritura dice así:
Quien convierte a un pecador de su mal camino, salva su alma de
la muerte y cubre la muchedumbre de sus pecados (Jac. 5, 20). En
sexto lugar los pecados son perdonados por la abundancia del
amor, porque el mismo Señor dice: En verdad te digo, se le
perdonarán muchos pecados porque ha amado mucho (Lc. 7, 47).
Y el Apóstol dice: el amor cubre la muchedumbre de los pecados (I
Pet. 4, 8). Pero hay una séptima especie del perdón de los
pecados, que es muy dura y costosa: el perdón de los pecados por
la penitencia. El pecador lava entonces su lecho con sus lágrimas y
las lágrimas son su consuelo por el día y por la noche (cfr. Is. 6, 7;
Ps. 41, 4) y no se avergüenza de confesar su pecado al sacerdote
del Señor y de pedirle la medicina... Es admirable misterio que Dios
haya mandado confesar los pecados. Si hemos hecho algún
pecado, aunque sólo sea con palabras o sólo con los más
escondidos pensamientos, todo debe ser manifestado y confesado
adelantándonos al que es el acusador del pecado y dió el estímulo
para él. Pues por una parte nos aguijonea para que pequemos y
por otra nos acusa, cuando hemos pecado. Por tanto, si le
adelantamos en la vida y somos nuestros propios acusadores, nos
libramos de la perversidad del diablo, nuestro enemigo y
acusador... Ten, pues, en cuenta que la confesión de los pecados
merece su perdón. Si nos adelantamos al diablo en la acusación
eso nos sirve para salud. Pero si esperamos hasta que el demonio
nos acuse, esa acusación nos conducirá al castigo."
En un texto de ·Atanasio-SAN sobre Jeremías se dice (PG 26,
1316):
"Del mismo modo que un hombre al ser bautizado por un
sacerdote es iluminado por la gracia del Espíritu Santo, quien hace
confesión sincera con ánimo de penitencia recibe la absolución por
la gracia de Cristo."
·Ambrosio-SAN dice (La penitencia, 1, 2-2, 2):
"El Señor, que perdonó todos los pecados, no exceptuó
ninguno... Si el Señor mismo dice: recibid el Espíritu Santo, a
quienes perdonareis los pecados, les serán perdonados; a quienes
se los retuviereis, les serán retenidos (lo. 20, 23), ¿quién le honra
más?... ¿El que sigue sus indicaciones o el que se opone a ellas?
La Iglesia ejercita en ambas cosas la justa obediencia tanto cuando
desata como cuando ata... El Señor quiso que estuviera uno al lado
del otro, los derechos de atar y desatar, y por eso concedió ambos
bajo condición de reciprocidad. Por tanto, quien no tiene derecho
de absolver, tampoco tiene el derecho de atar... Es, pues,
completamente seguro que aquel a quien fueron concedidos ambos
poderes, tiene ambos o ninguno. La Iglesia tiene ambos, el hereje
ninguno. Además el derecho se concedió sólo a los sacerdotes.
Con razón la Iglesia reivindica los dos, porque tiene verdaderos
sacerdotes... Los novacianos dicen ahora que ellos perdonan los
pecados leves, pero no los graves... Pero Dios, que prometió su
misericordia a todos y concedió a los sacerdotes el poder de
perdonar pecados, sin limitación alguna, no hace distinciones. Es
cierto que quien amontona pecados debe también amontonar
penitencias y lavar los defectos graves con torrentes de lágrimas
más abundantes... Lo que para los hombres es imposible, es
posible para Dios. Y Dios, si quiere, tiene poder para perdonar
pecados de los que nosotros creemos que no pueden ser
perdonados. En la parábola del hijo pródigo el Señor dió
claramente el precepto de administrar la gracia del sacramento
celestial incluso a los que cometieron los más graves pecados,
siempre que hagan penitencia con todo el corazón y con abierta
confesión de sus pecados... Si quieres ser justificado, confiesa tus
pecados; pues la avergonzada confesión del pecado suelta la
atadura de la culpa... Ya ves, pues, lo que Dios te pide: debes
acordarte de la gracia que has recibido y no gloriarte como si no la
hubieras recibido. Ya ves cómo te anima a confesar tus pecados,
con la promesa del perdón."
·Agustín-SAN dice (Sermón 351, 4, 9):
"El hombre hace voluntariamente justicia de sí mismo por sus
pecados, mientras puede, y mejora sus costumbres, para no ser
juzgado por el Señor contra su voluntad, cuando él no puede
hacerlo. Cuando el hombre haya fa]lado un juicio severo, pero a la
vez saludable, contra sí mismo, acude al obispo a quien fueron
encomendadas aquellas llaves. Empieza entonces a ser buen hijo y
a incorporarse a los miembros de la madre (Iglesia) y recibe de los
superiores la conveniente penitencia sacramental. Ofrece piadoso y
humilde el sacrificio de su corazón contrito. Y así hace lo que es útil
no sólo para él -pues le consigue la salud-, sino también para los
demás, porque les da así un buen ejemplo. Pues si sus pecados no
son sólo un gran mal para él, sino un grave escándalo para los
demás, y si al obispo le pareciera útil para la Iglesia, no se negará a
hacer penitencia ante los ojos de muchos o de todo el pueblo; no
se opondrá ni amontonará por vergüenza su orgullo y fanfarronería
sobre su peligrosa herida mortal. Sea siempre consciente de que el
Señor resiste a los orgullosos y concede su gracia a los humildes
(lac. 4, 6). ¿Qué cosa hay, pues, mas desgraciada e innatural que
avergonzarse de la herida que ya no puede esconderse?"
Págs. 584-588
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CONFESION/FRECUENTE PT-SO/FRECUENTE; La confesión
frecuente, incluso de los pecados leves, significa que el pecador
introduce repetidamente en la muerte de Cristo la autocondena que
realiza en el arrepentimiento y declara en la confesión. Así se
somete al juicio de Dios, que perdona los pecados en la sentencia
judicial salvífica de la Iglesia. Cada perdón de los pecados es una
acción de la misericordia de Dios, un regalo al hombre pecador.
Todo perdón de los pecados dentro de la Iglesia tiene también en
cierto sentido reducido carácter sacramental, porque ocurre a
través de Cristo, viviente en la Iglesia y sacramento original. Pero
en el sacramento de la penitencia es especialmente evidente y
visible el sometimiento del hombre pecador a la gracia de Dios y su
ordenación a Cristo. El sometimiento al juicio sacramental de la
penitencia es la más eficaz renuncia a toda independencia humana;
en él confiesa el hombre que debe su salvación al Padre celestial,
que le libra de los pecados a través de Cristo, que continúa
viviendo en la Iglesia y que no lo debe a sí mismo. Pág. 599
SCHMAUS
TEOLOGIA DOGMATICA VI
LOS SACRAMENTOS
RIALP. MADRID 1961