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REGÍMENES POLÍTICOS

 

 

I. Concepto

 

Ámbito espacio-temporal de carácter político que, en función de los condicionamientos que sufre por su inserción en un sistema global ( que integra los sistemas económicos y sociales mediatos –nacionales– e inmediatos –internacionales–), determina distintas formas estatales, dotadas de elementos y factores propios que, a su vez, expresan formas generales de organización de la vida política, configurando una concepción específica de la existencia humana y ciertos modos de ejercicio de la dominación política.

 

Son entidades de carácter tan complejo que, en una primera y general aproximación, solo cabe entenderlas a merced de dos variables indicativas de los distintos modelos de sistema político:

 

1.  En función del modelo ideal de la organización global (en el sentido dado por Max Weber), tendríamos los siguientes tipos:

 

    De carácter histórico: Estado moderno y Estado liberal.

 

    De carácter contemporáneo: Estado democrático, Estado autoritario y Estado socialista.

 

2.  En función del carácter concreto de la organización política, siguiendo una perspectiva convencional, histórico-institucional, tendríamos:

 

a)  Modelos de sistemas pre-estatales, que integrarían aquellas formas de dominación públicas –políticas– correspondientes a las sociedades primitivas, a los imperios antiguos y clásicos, así como a las formas correspondientes a las estructuras estamentales medievales.

 

b)  Modelos de sistemas estatales, que se desarrollan en el proceso de transición bajo-medieval y que se corresponderían con las formas de dominación genéricas del denominado Estado moderno, dentro del marco global de transformación de las sociedades feudales a las pre-capitalistas, que dan lugar a las formas de dominación del Estado monárquico, en sus variantes limitada, absoluta y señorial/aristocrática, y que paulatinamente trascienden hacia las formas de dominación del Estado liberal, considerando:

 

     Sus manifestaciones como Estado de Derecho, y como Estado Social de Derecho.

 

     Las alternativas que, frente a su crisis, suponen las formas de dominación de los modelos autoritarios y socialistas y,

 

     La síntesis política que, como tendencia generalizada, expresa la expansión de las formas de dominación correspondientes a los modelos del Estado social y democrático de derecho, (ej. Social democracia europea), por una parte, y del Estado Democrático de Derecho, por otra (ej. USA).

 

Ahora bien, cada modelo de sistema, partiendo de los anteriormente indicados como referencia formal, permite la concreción de muy distintos subsistemas estatales, entendidos como formas concretas –materiales– de organización pública y que expresan unas específicas formas de Estado.

 

Estas, a su vez, cabe diferenciarlas en función del modo en que instituyen las relaciones entre los elementos esenciales del sistema político, lo que nos permite apreciar:

 

a)  Subsistemas estatales: Distintas formas jurídicas de Estado, de carácter político y de naturaleza público-territorial, según sea la configuración territorial del modelo y la forma en la que se ejercen espacialmente las funciones gubernamentales (formas unitarias, federales y regionales).

 

b)   Subsistemas gubernamentales: Distintas formas de manifestar la acción política de naturaleza pública-estatal. Se determina en función de la manera en la que se organizan los Poderes Públicos y de la forma en la que estos se relacionan entre sí, dando lugar a distintos modelos de:

 

    Formas de gobierno que:

 

-     En función del carácter atribuido a la jefatura del Estado y de la naturaleza constitucional que lo reviste, permite distinguir entre formas monárquicas (dinástico-hereditarias) y republicanas (electivas). Cabe situar aquí los modelos marginales de carácter carismático que dan lugar a la dictadura.

 

-     En función de la estructura político-funcional del Ejecutivo determina modelos gubernamentales de carácter monocráticos (presidencialistas puros, excepcionalmente dictatoriales); dualistas (parlamentarios o mixtos, presidencialismo atenuado) y colegiales ( tipo Confederación Helvética; antiguos presidium en la línea soviética).

 

       Regímenes políticos: que según se manifiesten políticamente las relaciones constitucionalmente establecidas entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo que (atendiendo al carácter y tipo de Órgano Legislativo, así como a su capacidad de control material sobre el Ejecutivo y al alcance de sus decisiones), cabe caracterizar como:

 

      -Parlamentario, si existe colaboración;

      -Presidencial, si existe predominio del Ejecutivo;

      -Convencional, si se manifiesta de forma colegiada (ej, Suiza) y,

      -Asambleario, si se aprecia confusión de poderes, con manifiesta tendencia a la supremacía del Ejecutivo (como, p. Ej., los antiguos modelos socialistas de tipo soviético).

 

Naturalmente, este esquema metodológico, responde a criterios de tipo ideal, ya que la realidad compleja de los sistemas políticos y de sus modelos concretos no se expresa merced a tipos ciertos, sino a través de formas estatales de dominación particulares que integran las diferentes categorías aludidas. Ello obliga a un estudio concreto de cada modelo singular de sistema político estatal, para realizar una clasificación estable de sus elementos y obtener una definición precisa del conjunto que integra su tipología.

 

Todas estas cuestiones nos exigen determinar brevemente una tipología general de los sistemas políticos actuales.

 

Existen dos grandes tipos de sistemas políticos:

 

1.   Sistemas democráticos

 

    Democracias estables

    Democracias en proceso de consolidación y desarrollo

 

2.   Sistemas no democráticos

 

El concepto de democracia, en términos generales, puede expresarse a través de dos concepciones básicas: la concepción crítica, que desarrolla un concepto normativo respecto de los valores al expresarlos como un concepto ideal-teleológico que persigue la autodeterminación de los seres humanos. Por otro lado, la concepción positivista entiende la democracia como procedimiento para la toma de decisiones.

 

De aquí arrancarían dos concepciones clave: una, de carácter sintético, que exige el principio del gobierno representativo y responsable sujeto a control parlamentario, y al de las elecciones, y otro, de carácter comprensivo, que entiende la democracia como un sistema institucional que tiene la finalidad de tomar decisiones, y donde los individuos adquieren el poder de decidir mediante un proceso de elección colectiva en un ámbito de competencia.

 

Esto nos lleva a considerar tres concepciones importantes en el análisis de los regímenes democráticos:

 

1. La concepción individualista de la democracia que parte de una concepción racionalista del individuo. Así, por ejemplo, Downs considera a los individuos como votantes (clientes), y a los partidos políticos como oferentes de políticas públicas. La democracia es el mercado en el que los votos les sirven a los individuos para adquirir determinadas políticas.

 

2.  La concepción colectivista o socialista se estructura sobre tres ideas principales:

 

    La idea de democracia social (socialdemocracia), que implica la extensión de la ciudadanía social, de los derechos sociales.

     La idea de democracia económica: que supone la reducción de la desigualdad por razones de riqueza, mediante procedimientos de socialización.

 

     La idea de democracia industrial que determina la participación de los trabajadores en los procesos de producción.

 

3. La concepción procedimental de la democracia, que parte de los análisis de SCHUMPETER y DAHL, entre otros, y que asegura que la democracia es un procedimiento que garantiza la propia democracia, lo que requiere ciertos requisitos como: libertad de asociación y organización política; libertad de expresión; derecho al voto y capacidad electoral activa y pasiva no restringida; competencia electoral pacífica entre líderes y entre partidos políticos; existencia de una información plural y fiable y, en suma, disponer de procesos electorales periódicos, libres, fiables y suficientemente tutelados.

 

II. Los grandes regímenes políticos actuales

 

Dentro de los actuales regímenes democráticos, cabe establecer varias subtipologías:

 

    Regímenes parlamentarios: es el modelo europeo típico. El Poder Ejecutivo está aquí vinculado al Poder Legislativo, y depende de una mayoría a su favor, si bien admiten distintas posibilidades en la formación de los gobiernos (mayoritario, minoritario o en coalición).

 

     Regímenes presidenciales: el Presidente (Poder Ejecutivo) dirige el gobierno, y es elegido de forma directa e independiente de las cámaras legislativas. Éstas tienen como función aprobar las leyes (competencia legislativa), y además son los entes representantes de la voluntad general. Existe una cooperación entre ambos poderes en la toma de decisiones.

 

     Regímenes semiparlamentarios. El mejor ejemplo es Israel, en donde el Primer Ministro goza de una legitimidad propia frente al Parlamento, pero debe contar con la mayoría parlamentaria para sacar adelante las leyes.

 

     Regímenes semipresidenciales. Imperaban en Europa en los años 20 (España, Alemania, Austria...); sobre la base de un régimen parlamentario, el Presidente goza de facultades especiales para nombrar Primer Ministro, nombrar a los miembros del gobierno, o presidir sus reuniones. El gobierno, mientras, sigue siendo responsable ante el Parlamento. El Presidente está dotado de legitimidad propia, en tanto que es elegido de forma autónoma.

 

Además de esta clasificación, existen otras tipologías de los regímenes democráticos, que permiten dividirlos en dos modelos:

 

     Modelo Westminster. Proviene de la experiencia política del Reino Unido y alcanza a la mayor parte de los países de área de la Commonwealth. Se basa en un sistema de representación mayoritario, con una alta concentración de poder donde un solo partido tiene la mayoría y controla el gobierno. Cabe advertir una cierta fusión de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, pero manteniendo la preeminencia del gabinete sobre el Parlamento. El modelo parlamentario normalmente tiende a un bicameralismo asimétrico, lo que puede atribuirse al sistema de partidos bipartidista, y bidimensional.

 

     Modelo de democracia de consenso: Característico de las democracias continentales europeas, suele ofrecer unos rasgos comunes que se sintetizan en la existencia de gobiernos de coalición, lo que implica la participación de múltiples fuerzas políticas en el Ejecutivo. La separación de poderes es más estricta que en el caso anterior, siendo el Ejecutivo y el Legislativo autónomos entre sí, lo que suele producir un bicameralismo equilibrado. El sistema de partidos es pluripartidista y pluridimensional, que viene a caracterizar a las sociedades segmentadas y enfrentadas. Los criterios de representación electoral son proporcionales. La organización territorial de estos modelos admite cualquier forma de Estado, ya sea unitaria, federal o regional.

 

III. Los sistemas no democráticos

 

Los regímenes autoritarios y los totalitarios. Las dictaduras civiles y las militares. El populismo.

 

Los regímenes no democráticos se caracterizan por el ejercicio del poder de forma monopolista, sin límites ni control, ya lo realice una persona o un grupo de personas.

 

Como antecedentes históricos, debemos considerar las aportaciones doctrinales tanto del constitucionalismo liberal, que identifica dictadura con régimen no constitucional, como las del marxismo, que introduce el concepto de dictadura del proletariado, para describir la naturaleza coactiva-represiva del proceso transitorio que precede al establecimiento de la sociedad ideal; este período tiene una finalidad revolucionaria. En la misma línea, durante el siglo XX, las experiencias derivadas de la Revolución Rusa y de los fascismos producen una reformulación de las categorías que definen el análisis de la dictadura.

 

En efecto, K. Schmitt establece dos modelos de dictaduras:

 

    La dictadura comisarial: vinculada al modelo romano. Implica la suspensión del orden constitucional vigente para garantizarlo. La dictadura se establece por un período limitado, y por razones excepcionales. Aquí se incluyen los tipos del estado de excepción y del estado de necesidad.

 

     La dictadura soberana: donde el Ejecutivo constituido apela a un nuevo orden y reclama el poder constituyente. Este supuesto puede tener un carácter reaccionario o revolucionario.

 

F. NEUMANN elabora su teoría sobre las dictaduras analizando las experiencias del nazismo y el estalinismo que, nivelada, le permiten establecer tres tipos de dictaduras:

 

     Dictadura simple: un individuo o grupo ejerce el poder de forma absoluta o sin control a través de los medios tradicionales de coacción del Estado: el ejército, la policía, la burocracia y la administración de justicia. La población no tiene ningún tipo de interés por la actividad política, no hay participación ni conciencia política.

 

     Dictadura cesarista, según el ejemplo de Napoleón III. Se trata de una dictadura personal, que para la toma del poder y su ejercicio se apoya en la población. Este modelo recibe los nombres de populismo, bonapartismo y cesarismo. La intervención de la masa, no articulada e inconsciente, es utilizada por el líder para apoyarse.

 

     Dictadura totalitaria. Implica un control de la educación, de los medios de comunicación y de la vida privada de los individuos.

 

J. LINZ, refiriéndose en particular a la experiencia de la dictadura española de la primera mitad del siglo XX, pero con afán generalizador, enuncia el concepto de régimen autoritario en contraposición al régimen totalitario; las dimensiones características del régimen autoritario son:

 

    Existencia de un pluralismo limitado y no responsable, en contraposición al poder centralizado de los totalitarismos.

 

     Existen grupos activos políticamente, como el ejército, la iglesia, las organizaciones empresariales, no responsables, porque no están sujetos a elecciones competitivas. Este conjunto de actores se constituye en una coalición dominante, en la que se da una alianza o pacto que permite la estabilidad del régimen.

 

     Mentalidad frente a ideología: en los regímenes autoritarios hay una mentalidad generalizada que sirve para justificar y sostener el régimen. En los regímenes totalitarios existe una actitud intelectual que tiene como base unos valores generales sobre los que hay un acuerdo entre los actores.

 

     Ausencia de movilización política a causa de la despolitización de las masas. La sociedad se sitúa fuera de la actividad política, con el mínimo nivel de participación y controlada desde arriba. En los totalitarismos, sin embargo, se produce una movilización constante de la población, gracias a la manipulación ideológica de las masas.

 

     El poder está en manos de un líder o grupo reducido; y si existe un partido único no está bien organizado ni monopoliza el acceso al poder, y no tiene una entidad ideológica.

 

     Existen unos límites formales al poder, predecibles, pero mal definidos. Estos límites son unas normas y procedimientos de actuación, a los que el régimen se somete, pero los cuales pueden ser cambiados de forma prerrogativa.

 

Por último, conviene resaltar la posición de L. MORLINO convierte los conceptos en instrumentos analíticos, para poder elaborar comparaciones. De este modo, es posible elaborar tipologías de regímenes no democráticos, según las siguientes categorías: regímenes autoritarios fascistas, populistas, nacionalistas, comunistas e islamistas.

 

IV.     Dictaduras militares

 

Son la expresión de la intervención de las Fuerzas Armadas de un país en la política del mismo. El fenómeno más típico relacionado con este modelo es el del golpe de Estado, sobre todo en África y Asia tras la descolonización e históricamente en América Latina. En ciertos casos, es posible que la dictadura militar no sea visible, cuando la intervención militar es indirecta y mantiene un gobierno civil al que maneja en la sombra; esto nos permite establecer el concepto de régimen militar directo o pretorianismo, según HUNTINGTON. En esta línea podríamos situar las llamadas dictaduras cívico-militares, que son la expresión de la alianza entre militares y burócratas civiles, políticos profesionales y representantes de las clases dominantes.

 

Por lo que se refiere a la experiencia de la mayoría de los países del área iberoamericana G. O’DONNELL elabora el concepto de dictaduras burocrático-autoritarias, que resultó una característica de la región en la década de los 70.

 

V. Regímenes autoritarios populistas

 

El Peronismo es el ejemplo más destacado. Se basan en la existencia de un líder carismático directamente relacionado con las masas no organizadas; en especial, con las urbanas de reciente inmigración, a las que falta una conciencia política participativa. Este tipo de regímenes se apoya en una ideología no muy bien articulada y difusa, que pone el acento en la justicia, la moralidad, la relación directa del líder con la masa, el progreso, la industrialización, etc.

 

VI. Regímenes autoritarios nacionalistas

 

Son típicos de África, y se crean a partir del proceso de independencia colonial, dirigido por una élite local. Suelen contar con un líder carismático, en ocasiones un héroe durante el proceso de independencia. Las Fuerzas Armadas desempeñan aquí un papel secundario, aceptando el poder civil. Por lo general, solo cuentan con un partido único, que acaba convirtiéndose en una maquinaria burocrática y de control de clientelas. Su ideología es ambigua, anticapitalista, antiimperialista, y orientada hacia el socialismo.

VII. Los regímenes islámicos: el caso de Irán

 

Un régimen islámico no es lo mismo que un Estado islámico: en ambos la religión oficial es la musulmana, pero en los regímenes islámicos, además, el clero ejerce el poder, apoyado en una ideología compleja, la religión islámica, y en dos elementos conceptuales: la UMMA, o comunidad de creyentes y la SHARÍA o aplicación de las normas religiosas del Islam como principios fundamentales del ordenamiento y de la convivencia. La estructura partidista está articulada por el clero, y los grupos se componen de afiliados creyentes.

 

Bibliografía:

Huntington S.P.: “El pretorianismo y la decadencia política” en El orden político en las sociedades en cambio, Barcelona, Paidós, pp. 175-236.

Morlino L: “Los autoritarismos” en G. Pasquino y otros: Manual de ciencia política, Alianza. Madrid, 1990, pp. 129-179.

O’Kane R.: “Military Regimes: Power and Force” en European Journal of Political Research, 1983-1, p.27-45.

Salvini G. y Andreis E.: “Un analisi comparato del processo di transizione in Unione Sovietica e nella Repubblica Popolare Cinese” en Il politico, nº 179-4, 1996, pp. 563-607.

VV.AA. “Les régimes islamiques”, monográfico de Povoirs, n’12, 1979.

 

Juan Carlos GONZÁLEZ