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30-7. CASARSE EN EL SEÑOR


1.      En nuestro tiempo, de una u otra forma, los interrogantes se repiten: ¿En qué consiste el matrimonio y el sacramento del matrimonio? ¿Es el matrimonio cristiano una señal para el mundo? ¿Está oscurecido el proyecto original de Dios? ¿Es lícito el divorcio por algún motivo? ¿Cuál es la posición de Jesús? ¿Cómo se casan los primeros cristianos? ¿Qué significa casarse en el Señor?

2.      En los primeros siglos, se dice en la Carta a Diogneto (de mediados del siglo II), los cristianos se casan como todo el mundo, por ejemplo, por lo judío o por lo romano. Aceptan las leyes imperiales, mientras no vayan en contra del Evangelio. El matrimonio se celebra en el Señor (1 Co 7,39), como cualquier otro acontecimiento de la vida, dentro de la comunidad, sin una ceremonia especial.

3.      En el mundo judío (ver Gn 24;Tb 7,9,10;Jn 2,1-12) la boda es un asunto familiar. No se celebra en la sinagoga, sino en casa. La celebración incluye oración y bendición. A la boda preceden los esponsales. Los prometidos o esposos (del latín sponsus, de spondere, prometer solemnemente) están mutuamente comprometidos (Dt 22,23;Mt 1,18).

4.      En el mundo romano se dan, sucesivamente, tres formas de contraer matrimonio. La confarreactio (con pastel nupcial), la forma más antigua, incluye ceremonias de carácter jurídico y religioso. En la época imperial apenas se da este tipo de unión. El modo corriente de contraer matrimonio es la coemptio (rito que simbolizaba la compra de la esposa) y el usus (uso, simple cohabitación tras el mutuo consentimiento matrimonial). El consentimiento (consensus) constituye lo esencial de la unión matrimonial. Dice el Código de Justiniano en el siglo VI: “No es la unión sexual lo que hace el matrimonio, sino el consentimiento” (Digesta 35,1,15). Como tal, no se requiere ningún rito particular ni la presencia del magistrado. El poder civil no hace más que reconocer la existencia del matrimonio y, en cierto modo, proteger la unión conyugal poniendo ciertas condiciones.

5.      Ignacio de Antioquía (hacia el año 107) invita a los cristianos a casarse “con conocimiento del obispo, para que la boda sea conforme al Señor y no por solo deseo” (A Policarpo 5,2). Tertuliano (hacia 160-220) comenta la gracia de casarse en el Señor: “¿Cómo podemos ser capaces de ensalzar la felicidad tan grande que tiene un matrimonio así, un matrimonio que une la Iglesia, que la oblación confirma, que la bendición marca, que los ángeles anuncian, que el Padre ratifica? ... Los dos hijos de un mismo Padre, servidores de un mismo Señor; nada los separa, ni en el espíritu ni en la carne” (Ad uxorem 2,9).

6.      Desde los siglos IV al XI se subraya el carácter eclesial de la celebración del matrimonio entre cristianos y se establece bien claro que las ceremonias no son obligatorias para la validez de la unión. El primer testimonio que habla de una bendición nupcial verdaderamente litúrgica data de la época del papa Dámaso (366-384) y se encuentra en las obras del Pseudo-Ambrosio. Se constata el profundo influjo del derecho romano, según el cual sólo el consentimiento es estrictamente necesario para el matrimonio, cualquiera que fuese su forma. Dice el papa Nicolás I (año 866) a los búlgaros que le consultan sobre la forma esencial del matrimonio: “Baste según las leyes el solo consentimiento de aquellos de cuya unión se tratare. En las nupcias, si acaso ese solo consentimiento faltare, todo lo demás, aun celebrado con coito, carece de valor” (Dz 334).

7.      Es en los siglos posteriores cuando la Iglesia reivindica competencia jurídica sobre el matrimonio. Las circunstancias lo favorecen. La Iglesia empieza a exigir, cada vez con más rigor,  que el mutuo consentimiento se haga públicamente, en presencia del sacerdote, en la iglesia o, más a menudo, a la puerta de la iglesia, como indican varios rituales de los siglos XI-XIV. Con ello, lo que antes era realizado por el padre o tutor, ahora viene a realizarlo el sacerdote, con fórmulas como éstas: “Yo te entrego a N. como esposa” (Ritual de Meaux), “Y yo os uno en matrimonio” (Concilio de Trento, Ritual Romano).

8.      El II concilio de Letrán (1139) incluye el matrimonio entre los sacramentos (Dz 367).. El concilio de Trento, reaccionando contra las afirmaciones de los reformadores, no sólo defiende la sacramentalidad del matrimonio cristiano sino también el derecho de la Iglesia a regularlo. Por decreto conciliar, establece (donde sea posible) una forma canónica de celebración. En adelante, el matrimonio de los bautizados no será válido, será nulo, si no se celebra “en presencia del párroco o de otro sacerdote con licencia del mismo párroco o del Ordinario, y ante dos o tres testigos” (Dz 992). Se quiere garantizar la validez del sacramento y evitar el peligro de la clandestinidad y de los impedimentos, pero se atenta contra el derecho humano común.

9.      En el viejo Código de Derecho Canónico (1917) se impone la forma canónica del matrimonio  a los bautizados o admitidos en la Iglesia católica, aunque la hubieran abandonado después (c.1099). En el nuevo Código de Derecho Canónico (1983), el abandono formal lleva consigo la no obligatoriedad de la forma canónica, cuando los dos contrayentes se encuentran en esa situación; por tanto, el matrimonio que ellos contraigan sin forma canónica será, ante la Iglesia, verdadero matrimonio, si reúne las debidas condiciones (c.1117).

10.  El concilio Vaticano II pide que se revise el rito del matrimonio de modo que se exprese mejor la gracia del sacramento y los deberes de los esposos (SC 77). El nuevo Ritual del Matrimonio (1969 y 1990), dentro de la misa o fuera de ella, en el marco de celebración de la Palabra, articula la celebración en cuatro momentos: las preguntas, el consentimiento, la bendición y entrega de los anillos, la oración de los fieles. La antigua oración de bendición de la esposa se extiende también al esposo.

11.  El Evangelio nos remite al proyecto original de Dios. Según el proyecto de Dios, marido y mujer están llamados a formar una sola carne (Gn 2,24). Tal es la figura paradisíaca y original del matrimonio en un mundo que, en cuanto salido de las manos de Dios, es bueno, un mundo humano y habitable, un jardín (2,8). La relación entre marido y mujer es armoniosa, la comunicación es transparente:  No se avergonzaban uno del otro (2,25). La  diversidad y reciprocidad del varón y de la mujer son presentadas como imagen de Dios (1,27); la fecundidad, como bendición: Creced y multiplicaos (1,28); el amor conyugal, como redención de la soledad: ayuda adecuada (2,18). Sin embargo, algo muy profundo provoca la pérdida de esa figura, la maldición, el desamor, la separación, el desamparo.

12.  El relato de Gn 3 se aplica a cualquier pareja concreta. También es para hoy. El hombre y la mujer, en su más profundo error, evitan la presencia de Dios. Se ocultan. Dios tiene la costumbre de pasear por el jardín de la historia humana. Pero creen que Dios no les interesa para vivir, que Dios es envidioso, enemigo de su felicidad y de su vida: Se os abrirán los ojos y seréis como dioses, conocedores del bien y del mal (3,5). Dios aparece no ya como una ilusión, sino como una mentira, una opresión de la que es preciso librarse. Así pues, la pareja rechaza a Dios, pero con ello no hace otra cosa que cerrarse el camino que conduce al árbol de la vida (3,24). Quedan fuera del jardín, fuera del mundo maravilloso, lleno de felicidad y de vida, que Dios había creado para ellos. La ruptura de la alianza entre ambos se manifiesta ya en la acusación (3,12). No se asume la propia responsabilidad. La relación de amor se transforma en relación de fuerza, de dominación. La mujer no se siente ya la reina del hogar, sino la esclava. Vive la maternidad como un peso, con dolor. El mundo del trabajo aparece duro, espinoso, esclavizante. Ante el hecho de la muerte marido y mujer quedan sin esperanza  (3,16-19).

13.  En la experiencia bíblica, el matrimonio es obra de Dios, del que viene todo amor verdadero. Un amor que puede haberse originado en circunstancias aparentemente casuales, pero en las que el creyente reconoce la mano de Dios. Así lo hace el criado de Abrahán enviado, según los usos de la época, a la casa de la novia, para gestionar el matrimonio de Isaac con Rebeca: bendice al Señor, que le ha puesto en el buen camino (Gn 24,48). Así lo hacen también los familiares de la novia: Del Señor ha salido este asunto (24,50). Lo mismo sucede con Tobías. Tobías es un desterrado. Su encuentro con Sara, providencial. La distancia que separa a ambos, inmensa. El camino, muy largo y no exento de riesgos. La mediación de Rafael no se puede pagar con dinero  (Tb 12,2). El matrimonio es encomendado a Dios: Que él os una y os colme de bendición (7,12).  Se canta en el salmo 127: Que el Señor nos construya la casa.

14.  El Evangelio contempla el matrimonio en la perspectiva del proyecto original de Dios. La unión conyugal es alianza de amor: Abandonará el hombre a su padre y a su madre, se unirá a su mujer y serán los dos una sola carne (Mt 19,5). Jesús devuelve al matrimonio la perfección de los orígenes, atacando el mal en su raíz. No se trata sólo de no cometer adulterio (Ex 20,14), sino de amarse con todo el corazón y para siempre, con un amor fuerte que las grandes aguas no pueden apagar (Ct 8, 6-7). La fidelidad es problema de corazón. Es el corazón la raíz que necesita ser sanada (Mt 15,19-20). Si así lo consiguen, los esposos serán una señal en medio del mundo. Y se dirá: Mirad, ésos no se divorcian, su amor no se muere.

15.  Para Jesús todo matrimonio es indisoluble. Está escrito en los profetas: No traiciones a la mujer de tu juventud. Pues yo odio el repudio (Ml 2,15-16). Juan el Bautista, que lo pagó con su vida, le dijo a Herodes: No te es lícito vivir con la mujer de tu hermano (Mc 6,18). En aquel tiempo, como ahora, el problema del divorcio es agudo. El Antiguo Testamento lo admite (Dt 24,1). Las dos grandes escuelas de la época discuten en qué casos debe aplicarse. La del rabino Shammai admite el divorcio sólo en caso de adulterio; la de Hillel añade: "y por cualquier otra cosa que pueda desagradar al marido". Pues bien, a quienes no aceptan la indisolubilidad Jesús les llama a conversión, no les anula el matrimonio.

16.  Para ponerle a prueba, es decir, para ver si enseña la doctrina oficial, unos fariseos le preguntan: ¿Puede uno repudiar a su mujer por algún motivo?  Jesús se remite al proyecto original de Dios: Lo que Dios unió no lo separe el hombre (Mt 19,6). Los fariseos replican: Pues ¿por qué Moisés prescribió dar acta de divorcio y repudiarla? Responde Jesús: Moisés, teniendo en cuenta la dureza de vuestro corazón, os permitió repudiar a vuestras mujeres; pero al principio no fue así. Ahora bien, os digo que quien repudie a su mujer - salvo el caso de unión ilegal - y se case con otra, comete adulterio (Mt 19,8-9). La unión ilegal (en griego, porneia) se refiere a las uniones ilícitas, prohibidas en la Ley (ver Lv 18-19 y Hch 15,22-29).Los discípulos entienden (con dificultad) que para Jesús no hay ninguna excepción. Por ello, le dicen: Si tal es la condición del hombre respecto de su mujer, no trae cuenta casarse. Jesús les dice: No todos entienden este lenguaje, sino aquellos a quienes se les ha concedido (Mt 19,10-11).

17.  En el evangelio de Marcos tampoco hay ninguna excepción (Mc 10,11-12). Lo mismo sucede en el evangelio de Lucas: Todo el que repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio; y el que se casa con una repudiada por su marido comete adulterio (Lc 16,18). En el evangelio de Juan, Jesús le dice a la mujer samaritana: Has tenido cinco maridos y el que ahora tienes no es marido tuyo (Jn 4,18). Por su parte, Pablo resume así la posición de Jesús: En cuanto a los casados, les ordeno, no yo sino el Señor: que la mujer no se separe del marido, mas en el caso de separarse, que no vuelva a casarse, o que se reconcilie con su marido, y que el marido no despida a su mujer (1 Co 7, 10-11).

18.  ¿Y eso de la llamada excepción paulina? El primer autor que interpreta el pasaje de Pablo (1 Co 7,12-16) como "excepción paulina" es el Pseudo-Ambrosio, a finales del siglo IV. La atribución de dicha interpretación a San Ambrosio (y a San Gregorio Magno) favoreció su introducción en la Iglesia occidental. El papa Inocencio III, a finales del siglo XII, lo reconoce oficialmente. Pero San Pablo sólo habla de la posibilidad de un nuevo matrimonio en caso de muerte de uno de los cónyuges (1 Co 7,39; ver CDC, cc.1141-1150). En los casos en que hay problemas por diferencia de fe, San Pablo exhorta a la parte creyente a no tomar la iniciativa de la separación, pues la parte creyente santifica a la otra parte. De otro modo, vuestros hijos (no bautizados) serían impuros, mas ahora son santos. Ahora bien, si la parte no creyente quiere separarse, que se separe, pues el hermano o la hermana no están sometidos a esclavitud (traducción de San Jerónimo, s.IV). No se trata de aguantar una situación de esclavitud: para vivir en paz nos llamó el Señor. San Pablo concluye su exhortación: pues ¿qué sabes tú, mujer, si salvarás a tu marido? Y ¿qué sabes tú, marido, si salvarás a tu mujer?

19.  Hermas en su Pastor muestra que para la Iglesia del siglo I y comienzos del siglo II el repudio declarado legítimo por el judaísmo es una separación tras la cual un nuevo matrimonio sería adulterio. En los primeros siglos, el adulterio supone ruptura de comunión, es decir, ruptura de relación con la comunidad (1 Co 5,9-11). La comunidad se rige por el Evangelio: no se le impone a nadie, está ahí para quien lo quiera seguir. ¿Y los demás? Dice San Pablo: ¿Por qué yo voy a juzgar a los de fuera? ¿No es a los de dentro a quienes vosotros juzgáis? A los de fuera, Dios los juzgará (1 Co 5, 12-13).

20.  Ante el mensaje de Jesús sobre el matrimonio las grandes iglesias cristianas son puestas a prueba: ¿la superan? ¿O, más bien, anulan la palabra de Dios por su propia tradición? Por ejemplo, Gregorio Nacianceno, obispo de Constantinopla (330-390), mantiene la “condescendencia” propia de la Iglesia oriental: “El primer matrimonio es conforme a la ley, el segundo es tolerancia e indulgencia, el tercero es maldad” (PG 36, col. 292). La práctica secular de las iglesias de Oriente disuelve el matrimonio por adulterio y por otras causas. Se interpreta mal el inciso de Mateo (19,9). La sentencia de divorcio es pronunciada “en virtud de los sagrados cánones y de las leyes imperiales”.  En las iglesias de la Reforma, se admite el divorcio por adulterio o abandono. Y entre nosotros,  ciertas prácticas canónicas recuerdan las de las escuelas rabínicas del tiempo de Jesús y revelan una falta de conversión al Evangelio.

21.  Según el concilio Vaticano II, la íntima comunidad conyugal de vida y de amor se establece por la alianza matrimonial, o sea, por el consentimiento personal e irrevocable de los esposos: “Del acto humano, por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente, nace, aun ante la sociedad, una institución confirmada por la ley divina. Este vínculo sagrado, en atención al bien tanto de los esposos y de la prole como de la sociedad, no depende del arbitrio humano" (GS 48). El amor entre marido y mujer se manifiesta "de varias maneras según las costumbres honestas de los pueblos y de las épocas" (GS 49).

22.  El matrimonio común es elevado por Cristo a sacramento. Cristo sale al encuentro de los esposos cristianos y permanece con ellos para que se amen con fidelidad y sean fortalecidos en su misión como esposos o como padres (GS 48). El Señor viene a sanar su amor y a  perfeccionarlo "con el don especial de la gracia y la caridad" (GS 49). Tal amor supera la dimensión puramente erótica. El eros no es capaz de sustentar por largo tiempo ninguna relación humana, a no ser que apoyen otras fuerzas, cuando él calla: las fuerzas de la fidelidad, del amor, de la confianza.

23.  En cuanto sacramento de Cristo, se vive en comunidad. Cristo se hace una sola carne con ella: Gran misterio es este, dice Pablo, pero yo lo refiero a Cristo y a la Iglesia (Ef 5, 32). Es en una comunidad donde resulta más fácil vivir en el Señor el proyecto original de Dios sobre marido y mujer. Es en una comunidad donde resulta más fácil reconocer al Dios vivo que se pasea por el jardín de este mundo. Es en una comunidad donde se alimenta la fe en la vida ordinaria. Los esposos pueden unirse a otros en “asociaciones de amistad” para ayudarse mutuamente (PO 6). Con su fidelidad y con su amor, los esposos evangelizan en medio de una sociedad que padece la “epidemia del divorcio” (GS 47).  

24.  La decisión sobre el número de hijos corresponde a los esposos. Es cuestión de paternidad responsable. Los esposos "son cooperadores del amor de Dios Creador y como sus intérpretes. Por eso, con responsabilidad humana y cristiana cumplirán su misión y con dócil reverencia hacia Dios se esforzarán ambos, de común acuerdo y común esfuerzo, por formarse un juicio recto, atendiendo tanto a su propio bien personal como al de los hijos, ya nacidos o todavía por venir, discerniendo las circunstancias de los tiempos y del estado de vida tanto materiales como espirituales, y, finalmente, teniendo en cuenta el bien de la comunidad familiar, de la sociedad temporal y de la propia Iglesia". Los esposos "pueden hallarse en situaciones en las que el número de hijos, al menos por cierto tiempo, no puede aumentarse”, “hay quienes se atreven a dar soluciones inmorales a estos problemas”, “la vida desde su concepción ha de ser salvaguardada con el máximo cuidado; el aborto y el infanticidio son crímenes abominables" (GS 50-51).

25.  Ciertas cuestiones que necesitaban más diligente investigación fueron confiadas por Pablo VI a la Comisión pro Estudio de Población, Familia y Natalidad, para que, cuando ésta acabara su tarea, el Papa diera su juicio. Durante su estudio, la Comisión, compuesta por 75 expertos (teólogos, moralistas, médicos, psicólogos, sociólogos, matrimonios), residió en el Colegio Español de Roma. Poco a poco la Comisión se fue definiendo. Al final, la mayoría juzgó que el control artificial de la natalidad tenía la misma moralidad que el control natural, con tal de que no fuera abortivo o con tal de que clínicamente no estuviera contraindicado (por dañar a la mujer o al feto).

26.  Una cosa es el mandamiento general del Génesis: Creced y multiplicaos (Gn 1,28) -o una llamada profética a los pueblos que envejecen por su escasa natalidad- y otra cosa muy distinta es el principio según el cual cada acto sexual matrimonial debe quedar abierto a la fecundación; si no se hace así, se comete una “culpa grave” (Pío XI, Casti connubii, 1930, DS 3717; ver Pío XII, Al Congreso de la Unión Italiana de Matronas, AAS 43, 1951, 835-854). Según ese principio, también el control natural (una vez conocido por la ciencia) debería estar prohibido, pues pretende lo mismo. Pero no es eso lo que dice San Pablo, que formula un criterio amplio sobre la relación sexual de los esposos: No dispone la mujer de su cuerpo sino el marido. Igualmente, el marido no dispone de su cuerpo, sino la mujer (1 Co 7, 4).

27.  El rigorismo de la posición conservadora (atan cargas pesadas: Mt 23,4) se entendería si se profesara todavía la vieja biología aristotélica, según la cual en el semen masculino estaría contenido todo un hombre en potencia (homunculus), mientras la mujer permanecería pasiva en la generación (sería sólo "vaso receptor"). Si esto fuera así, cada acto sexual matrimonial cerrado a la fecundación sería semejante al aborto. Pero hoy sabemos que el nuevo ser humano comienza con la fecundación del óvulo femenino.

28.  Pues bien, el 25 de julio de 1968, Pablo VI publicó la encíclica Humanae vitae, optando por la posición minoritaria y aceptando sólo el control natural. La decepción fue grande, pues se esperaba otra cosa. En carta pastoral, el obispo Luciani, luego papa Juan Pablo I, decía a sus diocesanos: "Confieso que, aunque no revelándolo por escrito, albergaba la íntima esperanza de que las gravísimas dificultades existentes pudieran ser superadas y que la respuesta del maestro, que habla con especial carisma en nombre del Señor, pudiera coincidir, al menos en parte, con las esperanzas concebidas por muchos esposos, una vez constituida una adecuada comisión pontificia para examinar el asunto" (29-7-1968).

29.  Se constata una evolución en cuestión de fecundidad del matrimonio. Si en un momento dado la preocupación mayor se refería a la legitimidad de las técnicas (¿qué medio podemos usar para no tener más hijos?), se ha ido dando cada vez más la exigencia de una  programación (¿tenemos un hijo ahora o es mejor esperar?), así como la aparición de otras formas de fecundidad. Por ejemplo: adopción, acogimiento, actividad social, colaboración al servicio del Evangelio (como Aquila y Priscila, Rm 16,3-5) .  

30.  El matrimonio religioso es pedido por personas que se encuentran en situaciones muy diversas: "Conviene distinguir aquellas personas de fe viva (personal, activa), de otras de fe ambiental (infantil, heredada, no personal) y de aquellas descristianizadas (que han perdido la fe o no influye en su vida). Estas circunstancias se pueden dar en los dos contrayentes por igual o distintas en cada uno, creando situaciones complejas que se han de tener en cuenta en la celebración y en la catequesis previa" (RM 10).

31.  Como en Caná, podemos contar con la presencia de Jesús y hacer lo que él nos diga (Jn 2, 1-12). Podemos celebrar la boda con vino viejo, símbolo de la ley. El vino es quizá escaso y se acaba en pleno banquete. Podemos vernos remitidos a las tinajas de las purificaciones. Puede aparecer, de la forma que sea, la obsesión por la culpa o la necesaria purificación. Las tinajas pueden estar vacías (el viejo ritual no funciona) y es preciso llenarlas para el baño del agua y la palabra (Ef 5,26). Finalmente, podemos ver la transformación del agua en vino, verdadera señal del Evangelio.

·        Diálogo: ¿Qué significa casarse en el Señor? ¿Es el matrimonio cristiano una señal para el mundo? Compartir la acción de Dios vivida en diversas situaciones: enamoramiento, convivencia ordinaria, casos de separación, casos de reconciliación.

Otras catequesis sobre el matrimonio