Los diez mandamientos
Autor: P. Antonio Rivero LC
Capítulo 9: Séptimo: No robarás
“No robarás, ni tomarás lo que no te pertenece”
¿Te parece bien si hago un breve resumen de los mandamientos anteriores?
En el quinto mandamiento el Señor defiende la vida del hombre; en el sexto, la
misma fuente de la vida. Pero, ¡qué solicito es nuestro buen Padre Dios con
nosotros, sus hijos! En los mandamientos restantes da un paso más y defiende las
condiciones que se requieren para una vida digna de ser llamada humana, para una
vida social en orden: defiende la seguridad de los bienes y el honor de la
palabra humana.
El séptimo dice: “No hurtarás”. Incluso los que no honran a Dios, ni santifican
el domingo, que nada quieren oír de pureza moral…aún éstos reciben con
satisfacción el quinto y el séptimo mandamiento, porque les gusta ver aseguradas
la propia vida y la propia fortuna. ¿No es así?
Déjame hacerte unas preguntas: ¿Tienes el corazón apegado a algo? ¿Hay alguna
cosa material que te aleja de Dios? ¿Cuáles son ahora tus máximas
preocupaciones? ¿Te preocupas realmente de la gente necesitada y pobre? ¿Dios
está en el centro de tu vida o vives tan metido en las preocupaciones materiales
que no te acuerdas de Él? ¿Haces buen uso de las cosas que tienes? ¿Por qué
crees que algunos roban a los demás? ¿Por qué está mal robar? Si eres gerente de
una empresa, ¿debes o no debes dar los salarios justos a tus trabajadores?
No debes extrañarte de que se den robos. Entre los doce que Jesús escogió, uno
salió ladrón. Fue Judas. Un ladrón que hasta pensó que podría hacer negocios
traicionando a su Maestro. “¿Qué me daréis si os lo entrego?”-preguntó Judas a
los sumos sacerdotes. Y por treinta monedas y un beso vendió a Jesús. ¿Tan poco
valía Jesús?
El fundamento de este mandamiento, unido al décimo, es simple: la dignidad que
nos identifica a todos los hombres como hijos de Dios, creados a su imagen. En
manos de sus hijos, Dios puso toda la creación (“Creced y multiplicaos, llenad
la tierra y dominadla”, Génesis 1, 28) para administrarla, sin que nadie tenga
mayor derecho para ese dominio y uso sobre el resto de los hijos .
¿Qué te parece si enfocamos bien este mandamiento?
Este séptimo mandamiento te prohíbe el acto exterior de apropiarte de la
propiedad ajena, y al mismo tiempo, este mandamiento encauza el principio de la
propiedad privada. Y prescribe el respeto y la promoción de la dignidad de la
persona humana en materia de bienes materiales y económicos. Además este
mandamiento exige estas virtudes: la justicia, la caridad, la templanza.
Por tanto, detrás de este mandamiento se esconden estos problemas y algunos más,
querido joven:
· ¿Son malos esos bienes que tú tienes y que has adquirido rectamente?
· ¿Los bienes son de unos pocos o de todos? ¿Por qué unos tienen más que otros?
· ¿Cómo hay que tratar los bienes, los propios y los ajenos?
· ¿Se contraponen la propiedad común y la propiedad privada? ¿Es lícita la
propiedad privada? ¿A qué obliga la propiedad privada? ¿Qué peligro tiene la
propiedad privada?
· ¿El trabajo es un deber?
· ¿Es legítima la huelga?
· ¿Qué es la justicia conmutativa, legal y distributiva?
· ¿Qué es el salario justo?
· ¿Hay que restituir lo robado? ¿Se puede robar alguna vez?
· ¿Qué es el fraude, la retención injusta?
· ¿Obliga en conciencia el pagar los impuestos económicos que impone el Estado?
· ¿Hay obligación moral de cumplir las promesas y contratos?
· ¿Qué medios emplear contra los ricos injustos? ¿Puedes tomarte la justicia por
tu propia mano?
· ¿Qué hacer para ayudar a los pobres? ¿Cómo promoverles humanamente?
Como ves, hay muchos problemas que debe resolver y aclarar este séptimo
mandamiento de la Ley de Dios. Así que sigue leyendo, que es muy interesante.
Estos son los apartados que te propongo:
I. Unos principios claros.
II. El tema de la propiedad privada.
III. Los atropellos contra este mandamiento.
IV. Tres formas de cumplir este mandamiento: austeridad, justicia, generosidad.
I. TE DEJO UNOS PRINCIPIOS BIEN CLAROS
1° Dios puso al hombre como administrador de los bienes de la tierra; y le dejó
todo para que el hombre viviera tranquilo, digno, y llegara a Él.
Le confió la tierra y sus recursos para que tuviera cuidado de ellos, los
dominara mediante su trabajo y se beneficiara de sus frutos. Por tanto, el
trabajo es un deber, honra los dones del Creador y los talentos recibidos, puede
ser redentor, pues soportando el peso del trabajo, en unión con Jesús, el
carpintero de Nazaret y el crucificado del Calvario, el hombre colabora en
cierta manera con el hijo de Dios en su obra redentora.
Además, el trabajo puede ser un medio de santificación y de animación de las
realidades terrenas en el espíritu de Cristo. Del trabajo, el hombre saca los
medios para sustentar su vida y la de su familia y presta un servicio a la
comunidad humana. El acceso al trabajo debe estar abierto a todos sin
discriminación injusta, a hombres y mujeres, sanos y disminuidos, autóctonos e
inmigrados.
La misma sociedad debe ayudar a los ciudadanos a procurarse un trabajo y un
empleo. Y el salario justo es el fruto legítimo del trabajo. Negarlo o retenerlo
puede constituir una grave injusticia. Para determinar la justa remuneración se
han de tener en cuenta a la vez las necesidades y las contribuciones de cada
uno.
2º Estos bienes de la creación están destinados a todo el género humano. Sin
embargo, la tierra está repartida entre los hombres para dar seguridad a su
vida, expuesta a la penuria y amenazada por la violencia.
La apropiación de bienes es legítima para garantizar la libertad y la dignidad
de las personas, para ayudar a cada uno a atender sus necesidades fundamentales
y las necesidades de los que están a su cargo.
3° Pero por culpa del pecado, el hombre se hizo avariento y envidioso, y nació
en él una fuerte tendencia a tener más que los demás, apareciendo así como el
más poderoso. Cuando el hombre se deja llevar por esta tendencia, entonces es
más fácil que comiencen los robos, las injusticias, los abusos, el reparto
injusto de las riquezas, las injusticias de los ricos hacia los pobres, las
estructuras injustas.
4° El camino para solucionar estas injusticias y atropellos no es la lucha
armada, ni la revolución, ni el comunismo, ni el mercantilismo, ni el
liberalismo radical, ni el sindicalismo autogestionario, ni el capitalismo
salvaje. La solución a todo eso no viene de las estructuras, sino del corazón de
cada hombre, de sus relaciones con Dios y con los demás. Si tu corazón es
generoso y desprendido, nunca te permitirás los abusos contra este séptimo
mandamiento.
5° Los bienes de la tierra, las riquezas son medios, no son el fin en la vida.
Tu fin en la vida, ya sabes quién es: Dios, conocerle cada día más aquí en la
tierra, amarle, servirle, y después llegar a Él en la eternidad. ¡Qué noble fin
tienes! ¿No es cierto? Las demás cosas y las riquezas son medios para vivir con
dignidad tu vida y la de tus futuros hijos; medios también para ayudar a los
necesitados. Cuando los bienes materiales se convierten en fin, entonces viene
el descontrol, el apego.
Tenemos el ejemplo elocuente del joven rico en el Evangelio, a quién Jesús le
proponía dejar todo y darlo a los pobres, y así seguir a Cristo y ser su amigo
íntimo dentro de su misma compañía. Y él prefirió los bienes y riquezas, y
rechazó al autor de los bienes, despreciando la voluntad de Dios que le
proponía: Dejar todo, ser generoso, y seguirle. ¿Cómo terminó el encuentro de
este joven con Jesús? Se marchó triste el joven rico porque no supo desprenderse
de las cosas materiales para seguir a Cristo con corazón libre .
Ojalá no seas tú como ese joven rico, que decepcionó y entristeció a Jesús.
¡Cuántas ilusiones se había hecho Jesucristo de este joven! Podía haber sido un
amigo íntimo de Jesús y un santo, y prefirió ser del montón de los mediocres.
6° Dios no desprecia el dinero ni el trabajo humano. Al revés, ambos son medios
para que el hombre se realice, sea santo y desempeñe su misión en este mundo, en
el trabajo, en la actividad económica. Dios quiere que uses todos los bienes
para tu propia dignidad, para sacar adelante tu carrera, para tu familia y para
hacer el bien a los necesitados. Así tiene sentido profundo la riqueza y los
bienes materiales, y son bendición. De lo contrario son piedra de escándalo y se
convierten en maldición.
7° Aunque los bienes están al servicio del hombre y hay un destino universal de
los bienes, también es verdad que la propiedad privada es un derecho natural y
fundamental del ser humano, de las personas, para que tú atiendas a tus
necesidades propias y a las de tu familia.
Esta propiedad privada refleja dos cosas: la primacía del hombre sobre las
cosas, y la capacidad del hombre, gracias a su inteligencia y libertad para
administrarlos rectamente. Por ser un derecho natural, la propiedad privada no
se puede considerar como una concesión del Estado ni un medio para alcanzar
mayor eficacia económica. Y debe ser respetada por todos al igual que se respeta
la libertad ajena.
8° Ahora bien, la propiedad privada, de todos modos no es un derecho absoluto;
está al servicio de la libertad y de la seguridad personal, pero también debe
estar ordenada al bien de la comunidad y, por eso, la autoridad política tiene
el derecho de regular el ejercicio legítimo del derecho de propiedad en función
del bien común.
De estos principios deducimos que no se puede quitar al otro lo que es suyo.
¡Perfecto! Pero tampoco, acumular fortuna perjudicando a otros, o no ayudando a
otros necesitados. Sería una injusticia y puro egoísmo.
En palabras del Papa Juan Pablo II: “El derecho de propiedad es válido y
necesario…, pero los bienes de este mundo están destinados a todos” (Encíclica,
“Sollicitudo rei socialis, número 42).
Para expresar la voluntad de Dios en este tema, Jesús expuso un día la parábola
del rico Epulón, desentendido injustamente y contra la caridad del pobre Lázaro
(cf. Lucas 16, 19-31).
II. EL PRINCIPIO DE LA PROPIEDAD PRIVADA
Es un tema delicado, éste de la propiedad privada.
Parto de esta afirmación: el principio de la propiedad privada tiene su
raigambre en la naturaleza humana.
Para probar esta afirmación, apelo al testimonio de la historia de la humanidad.
En formas diversas, en diferentes marcos, pero de un modo fundamental, existían
en formas diversas la propiedad privada en todos los pueblos, aun en los pueblos
nómadas, en las tribus primitivas que vivían de pesca y de caza. Pues bien, si
ha existido siempre, y por todas partes, es que brota de la naturaleza humana; y
si brota de ésta, entonces no es posible abolirla, ¿no crees, querido joven?
La propiedad es legítima, como la libertad.
Te cuento esta anécdota para que te rías un poco conmigo, y así pruebo esto que
te digo. Dos ladrones riñeron. Dice uno de ellos:
- Yo soy el dueño de este reloj de oro.
- ¿Qué vas a serlo tú? –le replica el otro.
- Sí, lo soy; porque fui yo quien lo robé, y no tú.
Con esto se ve cómo es imposible borrar del pensar humano la idea del derecho de
propiedad.
¿Qué pasaría si suprimiéramos este derecho de la propiedad privada?
La supresión de la propiedad privada, en primer lugar, conmovería la vida del
individuo. El ensueño de adquirir propiedad es lo que suaviza y hace más
llevadera la difícil labor de la vida diaria. Es lo que hace capaz al hombre, no
sólo de atender a las necesidades del momento, sino también de proveerse para el
porvenir, para los días de la vejez, y reunir fondos para la familia. Es lo que
le impulsa constantemente a trabajar, es lo que le dota de virtudes.
¿Trabajarías tú con diligencia y constancia, si no ha de ser tuyo lo que ganes
con tu esfuerzo y honestidad? ¿Cómo darás a los pobres, si nada tienes
economizado? ¿Cómo practicarías la virtud de la templanza, si nada tienes en el
banco?
Lo que el hombre ha tocado con su mano y moldeado con el trabajo de sus
miembros, y regado con el sudor de su frente se trueca en propiedad suya.
Además, en segundo lugar, la supresión de la propiedad privada conmovería la
vida familiar. ¡Cuántas cosas necesita una familia! Casa, muebles, vestidos,
comida…; y todo esto han de procurarlo los padres. Ellos sienten la
responsabilidad, y esta responsabilidad les acucia, los mueve al trabajo y a la
economía doméstica. Y los hijos también sienten lo que deben a sus padres, y
este sentimiento los educa para el respeto y la obediencia.
Se conmovería el amor de la familia y el respeto mutuo si, por suprimirse la
propiedad privada, el Estado tuviera que cargar con el deber de educar a los
hijos. El padre de familia quiere preocuparse, no sólo del presente, sino
también del porvenir de la familia; quiere reunir un pequeño fondo, que después
de su muerte pase a su familia. Con gran verdad alguien ha dicho que la herencia
paterna es la mano que alarga el padre desde la tumba para ayudar al hijo y a
toda la familia.
En tercer lugar, la propiedad privada es también la garantía del orden social y
de la paz. Sin la propiedad privada no hay hogar en paz, y sin hogares no hay
nación.
Finalmente, te diré que la supresión de la propiedad privada sería también un
golpe para la civilización. El progreso de la ciencia cuesta dinero; hay que
hacer sacrificios por el arte; cada paso que se da en bien de la cultura exige
grandes dispendios. ¿Quién pensará en progreso, en cultura, si no tiene
asegurado el pan de cada día?
Si es así, te pregunto, ¿por qué y qué necesidad había del séptimo y del décimo
mandamiento de la Ley de Dios? Si el principio de la propiedad privada es una
exigencia de la naturaleza humana y además la protegen leyes estatales, ¿por qué
hubo de meterse Dios y obligar aun en conciencia al hombre? ¿No bastan los
guardias y policías secretos, las multas y la reclusión…?
Ciertamente se necesita la ley humana para proteger la propiedad privada…pero no
basta por sí sola. ¡Cuántas son hoy las leyes que la defienden! Y, sin embargo,
¡cómo surgen bandas de ladrones bien organizadas, con ramificaciones
internacionales, con ensayos, con estatutos!
Hay muchos guardias…; pero no bastan para que haya uno en cada cuarto de
oficina, en cada caja, en cada mesa de vendedor, en cada puesto de mercado. Por
esto es necesario tener en el séptimo y décimo mandamiento, una ley que ata toda
maldad, unos artículos que no tienen escapatoria, un guarda que no suelta la
presa.
Es verdad todo lo que te he dicho. Pero en honor a la verdad, tengo que decirte
que también la propiedad privada lleva anejos ciertos peligros y ciertas
desventajas. Y sólo el Mandamiento de Dios puede frenar estos peligros y
desventajas. Te enumero algunos.
La propiedad privada a veces puede ser causa de cierta desigualdad social; por
ella hay ricos y pobres. ¿Es o no es cierto? Y la pobreza pesa siempre.
Es necesaria también la propiedad para librar a los ricos del egoísmo. El hombre
no llega por sí mismo a descubrir esta verdad. Nacemos de suyo egoístas. La
propiedad privada te da la oportunidad de ejercitarte en la generosidad con el
necesitado. Cada uno de nosotros deberíamos decir: “Debo algo al prójimo”.
Debemos ayudarnos como hermanos.
Ya Jesús nos lo dijo en el evangelio: “Porque tuve hambre y me diste de comer;
tuve sed y me diste de beber…” (Mateo 25, 35). Acuérdate lo que le pasó a ese
rico epulón del evangelio por no compartir su propiedad privada con el pobre
Lázaro. ¿A dónde fue a parar? Lo encuentras en el evangelio de san Lucas,
capítulo 16, del versículo 19 al 31, como te había dicho anteriormente.
Así, pues, la propiedad privada tiene también sus deberes, además de sus
derechos. Pues la propiedad privada no constituye para nadie un derecho
incondicional y absoluto . No hay ninguna razón para reservarse en uso exclusivo
lo que supera a la propia necesidad cuando a los demás les falta lo necesario.
Tienes que ayudar a los necesitados.
Por eso podemos decir, citando al Papa Juan Pablo II: “El derecho a la propiedad
privada está subordinado al derecho al uso común, al destino universal de los
bienes” . Lo que tú tienes de más le pertenece a ese pobre que se está muriendo
de hambre y de frío. Comparte, por favor.
La propiedad, si no la compartes, te hace duro y cruel contigo mismo. ¡El poder
tiránico del dinero! Infeliz en quien hace presa el dinero. Olvidará el honor,
el alma, la palabra dada, la veracidad, el deber, la compasión, al amigo, a la
familia, al pobre. Nadie puede servir a Dios y al dinero, nos dijo Jesús (cf.
Lucas 16, 13). ¡Cuidado con que la fortuna no te haga cruel, sin entrañas para
contigo mismo y para con los pobres!
Este principio de propiedad privada, sigue diciendo Juan Pablo II en la misma
encíclica sobre el trabajo, se aparta radicalmente del colectivismo , proclamado
por el marxismo; y del capitalismo , practicado por el liberalismo y por los
sistemas políticos que se refieren a él.
No seas avaro. Comparte tu dinero y tendrás paz y harás un mundo mejor.
Y no te olvides: la propiedad privada tiene sus propios derechos, no hay que
dudarlo. Pero también sus deberes. Así se balancea y se equilibra. ¡Qué bien
pensado lo tiene Dios!
Te hago un breve resumen.
Si el hombre tiene el deber de conservar su vida, ha de tener derecho a
procurarse los medios necesarios para ello. Estos medios se los procura con su
trabajo. Luego el hombre tiene derecho a reservar para sí y para los suyos lo
que ha ganado con su trabajo.
Este derecho del hombre exige en los demás el deber de respetar lo que a él le
pertenece: esto se llama derecho de propiedad.
El derecho de propiedad, en sentido cristiano, no es la facultad de disponer de
las riquezas según el libre antojo o capricho, atendiendo únicamente al propio
placer o utilidad. Este concepto, que es el de la escuela liberal, está
altamente reprobado por la moral católica; que, si bien reconoce por uno de sus
principios fundamentales el respeto a la propiedad legítima, también cuenta
entre sus terminantes enseñanzas la ley de la justicia social y la de que el
rico debe ser, sobre la Tierra, la providencia del pobre.
Es cierto que la justa posesión de los bienes lleva consigo la obligación del
uso justo de los mismos; pero aunque el abuso en el uso sea pecado, no anula la
realidad del derecho. Y si los propietarios, faltando a su obligación, no hacen
buen uso de su propiedad, corresponde al Estado -guardián del bien común- poner
sanciones convenientes que pueden llegar, si las circunstancias lo requieren, a
la expropiación y a la confiscación.
Ya se entiende que esta intervención del Estado no debe ser arbitraria, sino que
siempre debe estar subordinada al bien común. La autoridad política tiene el
derecho y el deber de regular en función del bien común el ejercicio legítimo
del derecho de propiedad.
Los bienes de la Tierra fueron creados para que todos y cada uno de los hombres
pudiesen satisfacer sus necesidades. Bien lo expresó Pío XII : «Dios, Supremo
Proveedor de las cosas, no quiere que unos abunden en demasiadas riquezas
mientras que otros vienen a dar en extrema necesidad, de manera que carezcan de
lo necesario para los usos de la vida».
Hay que ayudar a los demás. Y esto se logra no sólo dando dinero, sino también
creando puestos de trabajo, capacitando profesionalmente a los demás, ofreciendo
oportunidades de educación, etc. Así podrán entrar todos en “el teatro del
mundo” para disfrutar de los bienes que nos ha regalado el Creador. La
comparación es de San Basilio.
Los animales están al servicio del hombre. Por eso es indigno invertir en ellos
sumas que deberían remediar, más bien, las miserias de los hombres.
III. ATROPELLOS CONTRA ESTE MANDAMIENTO
Creo que este mandamiento de la Ley de Dios es, a veces, un tanto descuidado por
nosotros; pensamos que no es tan importante, pues “hay otros pecados más
gordos”, y sin embargo, es quizá uno de los que en el día a día pisoteamos sin
grandes remordimientos.
Por eso, quiero hacerte luz para que veas de cuántas maneras se puede quebrantar
el séptimo mandamiento.
Este mandamiento prohíbe quitar, retener, estropear o destrozar lo ajeno contra
la voluntad razonable de su dueño. Por ejemplo: le quitas a un compañero su
reloj de pulsera y lo vendes a otro; o no quieres devolverlo a quien te lo ha
prestado; o en un momento de enfado le das al reloj un fuerte martillazo para
vengarte de tu amigo. ¿Ves? Todo esto es pisotear el séptimo mandamiento.
Este mandamiento prohíbe también el fraude: robar con apariencias legales, con
astucia, falsificaciones, mentiras, hipocresías, pesos falsos, ficciones de
marcas y procedencias, etcétera. Todo esto en algunas partes es “pan cotidiano”
que algunos amasan y se comen tranquilamente, y como si nada. Tú, ¡atento, de
ahora en adelante!
Algunos modos modernos de robar son la emisión de cheques sin fondo, o la firma
de letras de cambio que no podrán nunca ser pagadas. Tan ladrón es el atracador
con metralleta, como el que roba con guante blanco aprovechándose de la
necesidad para sacar el dinero abusivamente. ¿Te ha tocado ver, sufrir algo de
esto…o hacer? ¿Sabías que todo esto es atentado contra este mandamiento de la
ley de Dios? ¡Afina bien tu conciencia! La conciencia es el santuario donde Dios
habla. Si la corrompes, corres peligro de que ya no puedas escuchar la voz de
Dios que siempre te dirá: “Haz el bien; evita el mal”.
Pueden ser pecado grave los precios injustos que se ponen en ciertas
circunstancias en tiendas de comidas, ropa o en comercios.
Ladrones con guante blanco son también aquellos que exigen dinero por un
servicio al que por su cargo estaban obligados. Es distinto recibir un regalo
hecho libremente por quien está agradecido a tu servicio.
Roban igualmente los que cobran sueldo por un puesto, cargo, destino, servicio,
etc., y no lo desempeñan o lo desempeñan mal. Como me contaron en un cierto
colegio: cada mes venía a recoger su cheque un profesor que nunca daba clases,
pues mandaba un sustituto, a quien también daban su respectivo cheque. ¡Puros
amaños con la administración del colegio! ¡Qué descaro! ¿No crees? Eso no es
honestidad ni transparencia.
Puede haber robos que la justicia humana no pueda castigar, pero que no dejará
Dios sin castigo. Por ejemplo, el que se niega a pagar una deuda cierta porque
al acreedor se le ha extraviado el documento y no tiene testigos.
Otras clases de robo son la usura, las trampas jugando dinero y en las
compraventas, etc. Para la justicia en las compraventas hay que tener en cuenta
que ninguno de los contratantes quiere hacer un regalo al otro; sino que ambos
aspiran a un servicio recíproco, cambiando objetos de igual valor, pero de
distinta utilidad para cada uno. En todo intercambio de bienes, cada una de las
partes ha de recibir la justa y correspondiente contrapartida.
¿Me dejas contarte una anécdota?
Un campesino iba con frecuencia a la ciudad para llevar a un panadero la manteca
necesaria para la elaboración del pan, y por cada kilo de manteca recibía un
kilo de pan. Una vez tuvo el panadero la curiosidad de comprobar cuánto pesaba
la manteca que le acababan de entregar, y descubrió que de la entrega última
-cinco kilos- faltaba medio; así que pidió explicaciones. El campesino, que
estaba prevenido, contestó tan tranquilo:
- No sé qué decirle. Como en mi casa tengo balanzas, pero sin pesas, me arreglo
siempre poniendo en un platillo de la balanza el pan que usted me da, y en el
otro un peso igual de manteca.
Ni que decir tiene que el panadero quedó avergonzado.
Algo parecido va a ocurrir en el Juicio. Dios hará como el campesino, pues el
mismo Cristo ha dicho: Con la medida con que midiereis, seréis medidos (Mateo
7,2).
Cuando el robo ha sido con violencia personal, el pecado es más grave, y por lo
tanto debe manifestarse esta circunstancia en la confesión. Lo mismo cuando se
trata de un robo sacrílego: por ejemplo, robar un cáliz consagrado, o robar de
las alcancías de una iglesia.
También se falta a la justicia, y a veces gravemente, cuando por negligencia se
retrasan los salarios o pagos, pudiendo hacerlo a tiempo. Mientras se pueda,
convendría pagar al contado, sobre todo a los que lo necesitan, y al día
siguiente de terminar el mes.
Las cosas perdidas tienen dueño, por lo tanto, no pueden guardarse sin más. Hay
que procurar averiguar quién es el dueño y devolverlas, pudiendo deducir los
gastos que se hayan hecho (anuncios, etc.), para encontrar al dueño. Y tanta más
diligencia habrá que poner en buscar al dueño, cuanto mayor sea el valor de la
cosa encontrada. Solamente puedes quedarte con lo encontrado, cuando, después de
una diligencia proporcionada al valor de la cosa, no has podido saber quién es
su dueño.
Cuidar bien las cosas que usamos (autobuses, ferrocarriles, jardines, etc.) es
señal de buena educación y cultura. Maltratarlas es propio de gamberros. Y
además queda la obligación de reparar.
Ahora te resumo un poco los atropellos:
a) Robo:
El robo es apoderarse de algo ajeno sin conocimiento o libre asentimiento de su
legítimo propietario.
El robo puede cometerse de diferentes maneras:
· Simple hurto: es el robo cometido ocultamente, y por ello se produce sin
inferir violencia al dueño.
· Rapiña: es el robo cometido violentamente, ante el dueño que se opone, por
ejemplo, amenazándolo con una pistola. Además del pecado de robo, se lesiona
también la caridad con el prójimo.
· Fraude: es obtener ilícitamente un bien ajeno a través de engaños o
maquinaciones. Se puede cometer de muchas maneras: ejecutando mal un trabajo,
vendiendo mercancía mala como si fuera buena, aprovechando la ignorancia del
comprador, vendiendo a un precio excesivo, engañando en los contratos, no
cumpliendo las especificaciones en una obra de construcción, engañando en el
peso de la balanza, falsificando documentos, etc. El pecado de fraude es uno de
los más frecuentes en la actualidad, y desgraciadamente son muchos los que lo
pasan por alto con ligereza.
· Usura: es exigir por un préstamo un interés excesivo, aprovechando la gran
necesidad del deudor.
· Extorsión: amenaza de pública difamación o daño semejante que se hace contra
alguien a fin de obtener de él dinero u otro provecho.
· Despojo: es el robo de bienes inmuebles: casas, terrenos, etc.
· Plagio: es el robo de derechos o bienes intangibles; por ejemplo, señalar como
propias obras literarias ajenas.
El robo atenta gravemente contra la justicia y la caridad.
Reflexiona en esta anécdota.
Un califa de Córdoba, cuenta una tradición árabe, quiso agrandar sus jardines y
construir un pabellón sobre un pequeño campo que lo rodeaba. Este campo era lo
único que poseía una pobre viuda. Ésta se negó a vendérselo y entonces el
príncipe se apoderó con violencia del campo y edificó en él un brillante
palacio.
La pobre mujer, desolada y llorando, fue a quejarse al cadí. El asunto era
difícil. ¿Quién se atrevía a oponerse a la voluntad omnipotente del príncipe?
Sin embargo, el cadí, hombre de bien, montó sobre su asno y se presentó al
califa cuando éste, rodeado de su corte, se encontraba en su palacio. Él cadí
llevaba con él un gran saco. Hechas sus reflexiones, pidió permiso al príncipe
para llenar el saco con tierra del jardín. El príncipe, que con todo era bueno,
consintió.
Llenó el saco, con una familiaridad oriental, y dijo al príncipe:
- No basta; para completar tu obra es preciso que me ayudes a cargar el saco en
mi asno.
El califa lo intentó y encontró el saco demasiado pesado.
- Príncipe -dijo entonces gravemente el cadí-, si este saco, que no encierra más
que una parte de esta tierra, te ha parecido pesado, ¿cuánto pesará en tu
conciencia y cómo podrás presentarte delante de Dios con la tierra entera que
has usurpado a esa pobre viuda?
Al príncipe le hizo impresión la parábola, y mandó devolver a la viuda el campo
con el palacio y todas las riquezas que contenía.
¿Qué aprendiste?
El robo es de suyo pecado grave contra la justicia, pero admite parvedad de
materia. Se prueba la parvedad de materia porque es evidente que quien roba una
cosa de poco valor no quebranta gravemente el derecho ajeno, ni la caridad –así
dice santo Tomás de Aquino en su gran obra “La Suma Teológica” ,
Para atender a la gravedad del robo, es decir, para ver si el pecado es grave o
no, hay que considerar:
· El objeto en sí mismo. La magnitud del bien hurtado es la primera realidad a
considerar sobre la gravedad de la acción. Si la magnitud es considerable aunque
se le robe a una persona que no resienta la pérdida es ya pecado mortal.
· La necesidad que el dueño tenga de la cosa robada. Así, una cantidad pequeña
robada a un pobre puede ser pecado grave; lo mismo si se roba una cosa de mucho
aprecio afectivo, por ejemplo, un recuerdo de familia o que cause a la víctima
un daño grave, por ejemplo, robar unos utensilios de labranza a un campesino
pobre. Sin ellos no podrá hacer su trabajo, y tal vez no tenga dinero para
comprar otros.
· El que comete varios robos pequeños distanciados, con intención de llegar a
robar una cantidad grande, incurre en el pecado grave desde la primera vez que
roba. Esto se explica porque desde el inicio tiene intención de cometer un
pecado grave; si, por ejemplo, el cajero de un banco se propone robar 1.000.000
dólares, sustrayendo cada día 100 dólares para no hacerse notar, el primer día
que toma esa cantidad comete ya pecado grave. La acumulación de materia (una
suma de robos pequeños) llega a constituir un pecado grave.
¿Hay algunas causas excusantes del robo o dicho de otro modo, hay justa
apropiación de bienes ajenos?
Bajo ciertas condiciones, puede ser lícito tomar los bienes ajenos. Esto no
quiere decir que existan excepciones a la Ley de Dios pues, por ser ésta
perfecta, prevé todas las eventualidades. Lo que en realidad sucede es que la
formulación completa de este precepto podría ser: “no tomarás injustamente los
bienes ajenos” En casos de extrema necesidad, cuando no hay otra forma de
solución, el derecho a la vida y el destino universal de los bienes está por
encima de la propiedad privada.
Estas acciones pueden llevarse a cabo siempre y cuando no se ponga al prójimo en
la misma necesidad que uno padece. Además, una vez que ha pasado la necesidad
extrema, y el deudor está en condiciones, ha de buscar el modo de restituir el
daño causado. El principio general en que se basa esta causa excusante del robo
es que “en caso de extrema necesidad, el derecho primordial a la vida está por
encima del derecho de propiedad”.
El Catecismo de la Iglesia Católica en el número 2408 dice lo siguiente: “No hay
robo si el consentimiento puede ser presumido o si el rechazo es contrario a la
razón y al destino universal de los bienes. Es el caso de la necesidad urgente y
evidente en que el único medio de remediar las necesidades inmediatas y
esenciales (alimento, vivienda, vestido…) es disponer y usar de los bienes
ajenos”.
Por tanto, siguiendo el principio de que los bienes están al servicio del hombre
y hay un destino universal de los bienes... hay unos casos en que se permite o
se considera justa la apropiación de bienes ajenos.
Por ejemplo, te vuelvo a decir: una persona que se está muriendo de hambre o que
no tenga recursos para comprar una medicina fundamental para salvar la vida de
su hijo, puede apropiarse de lo que necesita, pues el derecho a la vida es
superior al derecho a la propiedad privada. También hay obligación, una vez
pasada la necesidad, de restituir lo tomado, si fuera posible.
Así mismo, puede cobrarse uno mismo lo que se le debe sin consentimiento del
deudor siempre y cuando se cumplan estas condiciones: que la deuda sea
verdadera; de estricta justicia; que el pago no se pueda obtener de otro modo, y
que no se cause ningún daño.
Esto no significa que tú puedes tomar la justicia por tu mano en casos de
flagrante injusticia, sino que, agotados todos los procesos ordinarios para
obtener lo que es propiedad legítima, el obtenerla directamente sin conocimiento
o consentimiento del injusto propietario, no puede considerarse robo.
Esto, en la práctica, es muy difícil de aplicar en moral, pues se presta
fácilmente a interpretaciones subjetivas o a abusar de la justicia contra la
caridad.
Paso a otra cosa, pero siempre relacionada con el robo: ¿es pecado la
cleptomanía?
Hay personas que roban cosas pequeñas por un impulso interior. Se trata de una
enfermedad que recibe el nombre de cleptomanía. Conviene curarla, pues puede
poner, al que la padece, en situaciones vergonzosas.
Pero hay otras personas que roban en hoteles y comercios por puro deporte, por
la vanidad de presumir de ingeniosos. Esto es inmoral, vergonzoso y rebaja al
que lo realiza. Y además queda la obligación de restituir al perjudicado; y si
esto no es posible, dando de limosna el importe de lo robado.
También peca contra este mandamiento el que en alguna manera coopera al robo, ya
sea mandando, aconsejando, alabando, ayudando, encubriendo o consintiendo,
pudiendo y debiendo impedirlo.
Por ejemplo: un día a las 5.10 de la tarde, aprovechando la poca concurrencia en
la calle, un taxi se detiene delante de una joyería. Descienden del automóvil
tres individuos enmascarados, pistola en mano. Entran en el establecimiento y se
apoderan de joyas por valor de muchos miles de pesos o de dólares o de euros.
Suben de nuevo al taxi y desaparecen veloces.
En este ejemplo han pecado gravemente:
· El jefe de la banda de atracadores, que no iba en el taxi, pero fue quien los
mandó.
· El otro atracador, que tampoco estuvo en el robo, pero animó a los otros, algo
indecisos, a hacerlo.
· El taxista, que libre y voluntariamente se ofreció a llevarlos con una buena
participación en el negocio.
· Desde luego los tres atracadores.
· El pariente de uno de los atracadores que ocultó el maletín de joyas en su
casa, sabiéndolo todo de antemano.
· Incluso el transeúnte que ve a los atracadores y no reacciona, no coopera en
el robo, pero tampoco es inocente pues no hizo lo que estaba en su mano para
evitar que se cometiera.
Como el robo fue grave, todos éstos pecaron gravemente. Si el robo hubiera sido
leve, también hubieran pecado todos ellos; pero su pecado hubiera sido venial.
La colaboración al pecado tiene diversos aspectos: formal y material.
Se llama cooperación formal cuando se desea el hecho pecaminoso. Esto siempre es
pecado. Se llama cooperación material cuando no se desea el hecho pecaminoso,
aunque se coopere a él. Esta cooperación material puede ser inmediata o mediata.
Inmediata será si esta cooperación es necesaria para el hecho pecaminoso. Esta
cooperación también es pecado. Será mediata, si esa cooperación no es necesaria
para el hecho pecaminoso.
La cooperación mediata puede ser lícita con tal de que:
· La acción del cooperante sea, en sí misma, buena o indiferente.
· La intención del cooperante no apruebe el pecado al que coopera.
· Haya un motivo para cooperar, pues lo que se desea es un efecto bueno.
· El efecto bueno no sea consecuencia del efecto malo.
No creas que para que sea robo tiene que ser algo grande en cantidad. Cuida de
no llevarte ese bolígrafo o esas hojas de la oficina donde trabajas, pues no son
tuyos. Si necesitas algo de esto, pídeselo a tu jefe. Cuando vayas al
supermercado, no cambies los precios; no cojas esos caramelos, pues esto también
son pequeños robos, que te corrompen poco a poco tu conciencia. ¡Sé íntegro y
honesto siempre!
Alguien ha dicho “Quien no comparte, roba”, “Todo egoísta es ladrón”. Algo de
verdad encierran estas frases. Tienes que compartir…Compartir, ¿qué? Lo que se
tenga. Dinero, a quien algo le sobre. Amistad, el que sólo tenga eso para dar.
Alegría y consuelo, quien los haya recibido de Dios. Compartir también tu fe,
porque hasta la fe se roba cuando no se difunde.
b) La retención injusta:
Consiste en conservar o retener, sin un motivo legítimo, lo que es de otro. Es
una forma de atentar contra el derecho a la propiedad privada.
¿Quieres unos ejemplos? Ya antes habían salido, pero ahora los enuncio
simplemente y añado algunos más:
· El patrón que retrasa el pago del salario a los obreros, sin causa justa.
· El que se niega a pagar sus deudas pudiendo hacerlo.
· Los que no devuelven las cosas prestadas o las devuelven en mal estado.
· Los que engañan en la administración de bienes ajenos.
· Los que falsifican dinero.
· Estafar a quien le confió la administración de sus bienes.
· Los que guardan la cosa perdida sin buscar al dueño.
· El que con gastos excesivos se imposibilita para pagar sus deudas.
· Los comerciantes que provocan quiebras ficticias para declararse insolventes.
· El que sabiendo que en el supermercado se ha equivocado la cajera y le ha dado
dinero de más, y no hace nada por devolverlo.
Es una forma de robo más o menos encubierto que puede presentar grandes
agravantes según la dimensión del daño causado con este delito.
c) El daño injusto:
Hay un daño injusto siempre que, por malicia o por culpable negligencia, se
provoca un daño al prójimo en su persona o en sus bienes. Cometen, por tanto,
daño injusto:
· los que causan grave perjuicio al prójimo en sus bienes, destruyéndolos o
deteriorándolos;
· los que por habladurías hacen que la persona pierda el empleo, o el crédito,
etc.;
· los que descuidan las obligaciones de la justicia anexas a su cargo, por
ejemplo, los abogados que por descuido dejan perder un pleito, los médicos que
por ineptos comprometen la vida o la salud de los pacientes, etc.
¿Abarca más cosas este mandamiento de la Ley de Dios?
En este séptimo mandamiento hay algunas cosas delicadas, sobre las que trataré
de hacer luz.
¿Qué sabes de la oculta compensación?
La compensación oculta consiste en pagarse uno mismo lo que se nos debe, sin
consentimiento del deudor. Es, por tanto, el acto por el cual el acreedor toma
ocultamente lo que se le debe.
La moral católica ha admitido tradicionalmente dos posibilidades en las que un
acto aparentemente en contra de la propiedad privada no es considerado como
robo: son los casos de extrema necesidad y de compensación oculta. «Quien se
haya en situación de necesidad extrema tiene derecho a tomar de la riqueza ajena
lo necesario para sí, con tal de no poner al dueño en el mismo grado de
necesidad» (Concilio Vaticano II, Gaudium et Spes 69).
Extrema necesidad es más que «grave y apremiante necesidad»; es una situación
tal en la que no sería posible continuar viviendo si no es a costa de los bienes
del prójimo apropiados por su propia cuenta.
Oculta compensación es la posibilidad mediante la cual uno mismo toma lo que en
justicia se le debe, adueñándose ocultamente de los bienes propios del deudor y
equivalentes a esta deuda.
Este tipo de compensación es de suyo ilícita, aunque puede llegar a ser lícita
si se cumplen algunas condiciones:
· la deuda sea clara y verdadera -y no sólo probable- y de estricta justicia; es
decir que el derecho propio sea moralmente cierto;
· el pago no se pueda obtener de otro modo sin grave molestia; por ejemplo, por
la vía legal, pues en toda sociedad organizada nadie puede tomarse justicia por
su mano;
· la voluntad de no satisfacerla también,
· los otros medios para recuperar lo debido han de estar agotados,
· y la compensación no ha de dañar a un tercero.
En la práctica, es muy difícil juzgar por sí mismo los casos de licitud en la
compensación oculta, ya que fácilmente se cae en apreciaciones subjetivas. Por
ejemplo, está dicho en el Magisterio de la Iglesia (cfr. Dz. 1187) que no es
lícito a los empleados del hogar quitar ocultamente a sus patrones para
compensar su trabajo, que juzgan superior al sueldo que se les da.
La oculta compensación, por los peligros y abusos a que se puede prestar,
rarísima vez debe ejecutarse, lo mejor es consultar al confesor previamente, y
en general debe desaconsejarse.
¿Y los fraudes al fisco?
En este inciso te haré breve mención de las obligaciones del ciudadano o la
empresa relativas a la contribución fiscal, y del caso, no infrecuente, de la
imposición de cargas desproporcionadas por parte de la legislación tributaria.
La cuestión de la defraudación al fisco es un tema muy actual. El problema es
complejo y envuelve un círculo vicioso: la administración exagera los líquidos
imponibles para compensarse del fraude; los contribuyentes falsifican sus
declaraciones para defenderse del fisco. Además, no raramente la recaudación no
es destinada al menos en su totalidad para los fines propios del Estado.
Por las complejidades que presenta el caso, hemos de guiarnos con base en los
siguientes principios generales:
· La autoridad legítima tiene perfecto derecho a imponer a los ciudadanos los
tributos que realmente necesita para atender a los gastos públicos y promover el
bien común.
· Las leyes que determinan impuestos justos obligan en conciencia, o sea bajo
pecado ante Dios.
· La infracción de las leyes que determinan los impuestos y tributos justos
quebranta la justicia legal, en algunos casos la justicia conmutativa , e
impone, por consiguiente, la obligación en conciencia de restituir.
· Si los tributos que fijara la autoridad pública fueran manifiestamente
abusivos, en la parte que excedieran de lo justo no obligarían en conciencia ni
inducirían el deber de restituir.
· Tampoco obligan en conciencia aquellas contribuciones que, en todo o en parte,
no son destinadas a la atención de los gastos públicos o a la promoción del bien
común.
Es necesario, llegados aquí, advertir que muy fácilmente uno, llevado por sus
propios intereses, puede pensar que algún impuesto es injusto o excesivo. La
valoración sobre la licitud y justicia de un impuesto es muy compleja y nada
fácil.
Por eso, a partir de las reglas anteriores podrían formularse dictámenes morales
para los casos específicos. Sin embargo, y como regla general para cualquier
decisión análoga, es conveniente no limitarse a juzgar según el propio criterio,
sino consultar con un sacerdote docto y piadoso.
¿Restituir lo robado?
Hemos hablado de robos y más robos. La pregunta que salta ahora es ésta: ¿hay
que restituir todo lo que robamos?
Restituir es la reparación de la injusticia causada, y puede comprender tanto la
devolución de la cosa injustamente robada como la reparación o compensación del
daño injustamente causado.
Jesús bendijo a Zaqueo por su resolución: “Si en algo defraudé a alguien, le
devolveré‚ el cuádruplo" (Lc. 19, 8).
Los que, de manera directa o indirecta, se han apoderado de un bien ajeno, están
obligados a restituir o devolver el equivalente en naturaleza o en especie, si
la cosa ha desaparecido, así como los frutos y beneficios que su propietario
hubiera obtenido legítimamente de ese bien.
Sobre la restitución conviene tener presente las circunstancias:
· Quién: en general, está obligado a restituir el que injustamente posee el bien
de otro o le ha causado un daño. Si el daño ha sido causado por varias personas
de común acuerdo y todas contribuyeron por igual, todas están por igual
obligadas a restituir, y cada una tiene obligación de restituir su parte del
daño. Se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Si uno no puede restituir todo lo que debe, tiene que restituir, al menos, lo
que pueda; y procurar llegar cuanto antes a la restitución total. Quien no puede
restituir actualmente debe tener la intención de hacerlo cuanto antes, y
procurar ponerse en la posibilidad de restituir, trabajando y evitando todo
gasto inútil.
- El que no puede restituir enseguida, debe tener el propósito firme de
restituir cuando le sea posible.
- El que no pueda hacer la restitución personalmente, o prefiere hacerla por
medio de otro, puede consultar con el confesor.
- El que pudiendo no quiere restituir, o no quiere reparar los daños causados
injustamente al prójimo, no obtiene el perdón de Dios: no puede ser absuelto.
· A quién: Debe, pues, restituirse a las personas que han sido injustamente
perjudicadas. Si éstas han muerto, a sus herederos. Y si no hay herederos, a los
pobres o a obras piadosas. Pero nadie puede beneficiarse de lo que robó.
· Cuándo: lo más pronto posible, sobre todo si retrasando se sigue causando daño
al prójimo. Si no puedes restituir de momento, debes evitar gastos inútiles y
superfluos para poder restituir todo cuanto antes. Quien se halle en absoluta
imposibilidad de restituir, que procure hacer el bien al damnificado y orar por
él.
· Cómo: no es necesario que la restitución se haga públicamente o por sí mismo,
o a sabiendas del dueño verdadero; se puede hacer por otra persona a título que
sea. El modo de restituir ha de ser tal que repare de manera equivalente la
justicia quebrantada; es decir, con la debida igualdad.
Nos dice el Catecismo de la Iglesia católica que están igualmente obligados a
restituir, “en proporción a su responsabilidad y al beneficio obtenido, todos
los que han participado de alguna manera en el robo, o que se han aprovechado de
él a sabiendas; por ejemplo, quienes lo hayan ordenado o ayudado o encubierto”
(Catecismo, n. 2412).
Por tanto, todo el que tiene algo que no le pertenece, o que ha causado un daño
injusto, debe restituir. La obligación de hacerlo, en el caso de materia grave,
es absolutamente necesaria para obtener el perdón de los pecados en la
confesión, como ya habíamos dicho.
La Sagrada Escritura lo afirma expresamente: “Si el impío hiciere penitencia y
restituye lo robado tendrá la vida verdadera” (Ezequiel 33, 14-15). Otros textos
análogos son: Éxodo 22, 3; Lucas 19, 8-9.
La razón nos lleva también a afirmar la obligación de restituir: el derecho
natural manda a dar a cada uno lo suyo; sin restitución todo derecho podría ser
injustamente violado.
¿Hay algunas causas que eximen de la obligación de restituir?
Sí, son tres:
· la imposibilidad física, por ejemplo, la pobreza extrema;
· la imposibilidad moral; por ejemplo, si el deudor hubiere de sufrir un daño
mucho mayor, como perder la vida o la fama;
· la condonación del acreedor: si expresamente perdona la deuda.
La restitución no es siempre fácil. El confesor puede orientar sobre el modo más
a propósito para hacerla.
Respetemos las cosas de los demás. Y si podemos, ayudemos a los necesitados,
como hacían los primeros cristianos.
Tenemos que demostrar con los hechos, con nuestro desprendimiento, que creemos
en Dios y no en el dinero. ¿Sabes cuál es la clave de esta crecida de
infracciones del séptimo mandamiento? La idolatría del dinero a la que podemos
sucumbir todos, si no nos cuidamos. Decimos creer en Dios, pero pensamos en Él
mucho menos que en el dinero que esperamos ganar. Dedicamos a Dios mucho menos
tiempo que a pelearnos por el dinero o la comodidad.
Y así es como está teniendo de hecho más seguidores Judas que Cristo. Que nunca
se dé esto en ti.
IV. FORMAS DE CUMPLIR ESTE SÉPTIMO MANDAMIENTO
Son tres: la austeridad, la justicia y la generosidad.
1. La austeridad
Es el justo equilibrio entre la opulencia y la miseria. Es tener lo necesario y
lo suficiente para cumplir, lo más eficazmente posible, con la misión que Dios
te ha encomendado.
Los bienes materiales son buenos, como te he dicho. Dios quiere que los tengamos
y los usemos para conseguir nuestro fin último, pero debemos usarlos solamente
como medio y nunca verlos como un fin en sí mismos.
La austeridad consiste en adquirir y poseer aquellos bienes que son necesarios
para cumplir con eficacia la misión encomendada por Dios, de acuerdo con el
estado y condición de vida de cada persona.
Un coche, por ejemplo, puede ser una necesidad real para alguien que necesita
moverse de un lugar a otro, pero puede ser un lujo innecesario para alguien que
tiene cinco coches más estacionados en el garaje de su casa y que compra otro
“sólo porque lo vio y le gustó”.
2. La justicia
Es el saber dar a cada persona lo que se merece. La virtud de la justicia te
ayudará a saber administrar correctamente tus bienes materiales, usándolos para
tu propio bien y el de los demás. La justicia te ayudará a conocer cuáles son
tus necesidades reales y cuáles han sido creadas por las trampas de la
publicidad, haciéndote creer que necesitas algo que realmente no necesitas.
La justicia te llevará directamente a poner a disposición de los demás todo lo
que exceda a tus necesidades reales, pues te hará consciente de que los bienes
de la tierra pertenecen a todo el género humano y no sólo a unos cuantos. Y esto
se logra, no sólo dando limosna, sino creando fuentes de trabajo, capacitando a
profesionales, ofreciendo oportunidades de educación, impulsando obras en
beneficio de los necesitados, etc.
La justicia te ayudará a saber pagar lo justo por los servicios que los demás te
presten, sin querer estafarlos o engañarlos.
3. La generosidad
Es la virtud que te ayudará a desprenderte de los bienes que posees a favor de
los otros. Te lleva a compartir más allá de la justicia, sacrificando tal vez
alguna necesidad real, pero no indispensable, para ayudar a alguien que no tenga
siquiera lo necesario para sobrevivir.
Es el caso de la madre de familia que se queda sin comer, siendo el alimento una
necesidad real, para que sus hijos coman lo suficiente, o aquella otra que
permanece en vela toda noche, siendo el sueño una necesidad real, por cuidar a
su hijo enfermo.
Es el caso también de aquel muchacho que, en vez de comprarse un suéter de
marca, compra dos suéteres sencillos, pero bonitos y abrigadores y regala uno de
los dos a alguien que tiene frío y no tiene dinero para comprárselo.
Aquí entra el ancho campo de la limosna. ¿Estás obligado a dar limosna?
Digamos aquí algo del deber de dar limosna. «El que tuviere bienes de este mundo
y viendo a su hermano pasar necesidad le cierra las entrañas, ¿cómo mora en él
la caridad de Dios?» (1 Juan 3, 17).
No confundamos los deberes de caridad con los deberes de justicia. Sería una
equivocación querer suplir con obras de caridad los deberes de justicia. Pero
siempre habrá lugar para la caridad, porque siempre habrá desgracias en este
mundo. Y desde luego, mejor que dar pan hoy, es dar la posibilidad de que los
pobres no tengan que pedirlo mañana: puestos de trabajo, escuelas, etc.
Siempre será verdad aquello de que: «la limosna beneficia más al que la da que
al que la recibe». A la caridad están obligados todos los hombres. Los que
tienen mucho, mucho. Los que tienen poco, poco. Cada cual, según sus
posibilidades, debe cooperar a remediar las necesidades de los que tienen menos.
Dice el Concilio Vaticano II en la Constitución “Gaudium et Spes” número 69 que
la limosna debe darse no sólo de los bienes superfluos, sino también de los
necesarios. El Nuevo Código de Derecho Canónico confirma lo mismo: “Todos tienen
el deber de promover la justicia social, así como ayudar a los pobres con sus
propios bienes” (número 222, 2). Quizás la limosna callejera se preste a abusos
y engaños; aunque muchas veces se presentan necesidades reales que no deberíamos
desoír.
Pero hoy día hay una caridad organizada que permite encauzar las limosnas hacia
necesidades reales y urgentes.
Dice el Concilio Vaticano II: «Para que este ejercicio de la caridad sea
verdaderamente extraordinario y aparezca como tal, es necesario que se vea en el
prójimo la imagen de Dios según la cual ha sido creado, y a Cristo Jesús a quien
en realidad se ofrece lo que se da al necesitado; se considere con la máxima
delicadeza la libertad y dignidad de la persona que recibe el auxilio; que no se
manche la pureza de intención con ningún interés de la propia utilidad o por el
deseo de dominar; se satisfaga ante todo a las exigencias de la justicia, y no
se brinde como ofrenda de caridad lo que ya se debe por título de justicia; se
quiten las causas de los males, no sólo los efectos; y se ordene el auxilio de
forma que quienes lo reciben se vayan liberando poco a poco de la dependencia
externa y se vayan bastando por sí mismos» (Decreto sobre el apostolado de los
seglares, 69).
Afortunadamente el deber de dar limosna va entrando poco a poco en la conciencia
de las personas. Aunque algunos todavía no acaban de comprender que ellos son
meros administradores de los bienes que Dios ha puesto en sus manos, y que Dios,
que es el Dueño de todo, desea que esos bienes ayuden también a otros, después
de haber remediado sus propias necesidades. No es justo que la primera parcela
que recibe el agua para regar la absorba toda y se encharque, impidiendo que el
agua fluya a otras parcelas que también la necesitan.
Desde que se ha permitido en España el juego, éste se ha convertido en un vicio
nacional.
El hecho de que los españoles se gasten en juegos de azar en un año
4.000.000.000.000 de pesetas (¡doce ceros!) es una atrocidad. España es el país
del mundo que más gasta en juegos de azar, por persona, después de Filipinas.
Hay personas que se gastan en el bingo lo que necesitan en su casa. Esto es una
inmoralidad.
Y si lo que gastan es lo que les sobra, que lo den de limosna a personas que lo
necesiten. Pero el dinero no es para jugárselo. A no ser que sea en pequeñas
cantidades. Pero el juego es un vicio en el que se empieza por cantidades
pequeñas y a veces se termina jugándose lo inconcebible.
La ludopatía (adicción al juego) es hoy en España un problema tan grave como las
drogas. Los juegos de azar, están convirtiendo a España en un pueblo de
ludópatas.
Con tanta lotería el vicio cunde hasta el punto de que el Hospital Ramón y Cajal
ha puesto en marcha el ensayo de un medicamento para tratar la ludopatía. Casi
dos millones de españoles tienen adicción a los juegos de azar.
Según Ramón Marrero, Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales, el 5% de la
población andaluza -unas 350.000 personas- padece ludopatía. El año 1994
gastaron en juegos de azar 500.000 millones de pesetas. Un solo ludópata, de 58
años, se autodenunció de estar esclavizado por el juego. Llegó a robar del Banco
donde trabajaba 243 millones de pesetas. Habitualmente jugaba 70.000 pesetas
diarias.
El Dr. Román Fernández, Presidente de ACOJER, una asociación para la
rehabilitación de jugadores empedernidos, afirma que hoy hay en España 380.000
enfermos por adicción al juego. La ludopatía provoca problemas familiares,
laborales, económicos y sociales, ya que el enfermo necesita jugarse todo el
dinero que encuentra, y por ello llega a romper con su trabajo, sus amigos y su
familia. La necesidad de dinero para jugárselo le lleva hasta a robar.
Los ludópatas experimentan una necesidad de jugar como la que tiene un
heroinómano de pincharse. La ludopatía es una enfermedad mental. Es una
enfermedad que esclaviza. Cierto hombre atracó veintidós Bancos para gastárselo
todo en el juego. Él mismo afirma que se pasaba diez horas seguidas en la mesa,
y se jugaba millones cada noche. El fiscal pidió para él 154 años de cárcel.
Otro hombre asesinó a dieciséis amantes, ricos y ancianos, envenenándolos,
después de lograr su testamento a favor de ella, para jugarse el dinero a la
ruleta en diversos casinos.
En el programa televisivo «Cita con la vida» de Nieves Herrero en Antena 3,
salió una persona el miércoles 27 de Septiembre de l995, a las once y media de
la noche. Manifestó que se quedó viuda y empezó a ir al bingo por
entretenimiento, pero terminó enganchada por el vicio del juego hasta el punto
de arruinarse, perdiendo varios millones; y lo que es peor, perdiendo el cariño
de su hija, a quien no ve desde hace ocho años.
Basta ya con todo esto. ¿Te he aburrido? Perdóname, pero me entusiasmó este
séptimo mandamiento. Para mí mismo fue un gran descubrimiento, pues había
olvidado tantos aspectos que abarcaba. Te he compartido todo esto para que te
cuides mucho y lleves una vida íntegra y honesta, por encima de todo.
Sólo así podrás dormir con la conciencia tranquila, sin necesidad de tomar
medicamentos soporíferos.
Termino con esto.
Según datos publicados recientemente, si combinásemos nuestra capacidad
tecnológica actual y el potencial productivo del planeta sería posible producir
alimentos para unos veinte mil millones de personas. Sin embargo, somos “sólo”
cinco mil quinientos millones y las tres cuartas partes de la humanidad mueren
de hambre. ¿Qué pasa?
A todas luces, no se trata de que la tierra sea incapaz de dar de comer a todos,
sino de un problema de injusticia, de reparto no equitativo de la riqueza.
Era algo que san Basilio (329-379) ya tenía claro en el siglo IV, como
demuestran estas palabras: “Es del hambriento el pan que tú retienes; es del
desnudo el vestido que guardas escondido; es del que está descalzo el calzado
que se enmohece retenido por ti; es del necesitado el dinero que tienes
amontonado. Por eso, tú te haces responsable del mal que le viene al necesitado
a quien puedes ayudar”.
Resumen del Catecismo de la Iglesia católica
2450 ‘No robarás’ (Deuteronomio 5, 19). ‘Ni los ladrones, ni los avaros..., ni
los rapaces heredarán el Reino de Dios’ (1 Corintios 6, 10).
2451 El séptimo mandamiento prescribe la práctica de la justicia y de la caridad
en el uso de los bienes terrenos y de los frutos del trabajo de los hombres.
2452 Los bienes de la creación están destinados a todo el género humano. El
derecho a la propiedad privada no anula el destino universal de los bienes.
2453 El séptimo mandamiento prohíbe el robo. El robo es la usurpación del bien
ajeno contra la voluntad razonable de su dueño.
2454 Toda manera de tomar y de usar injustamente un bien ajeno es contraria al
séptimo mandamiento. La injusticia cometida exige reparación. La justicia
conmutativa impone la restitución del bien robado.
2455 La ley moral prohíbe los actos que, con fines mercantiles o totalitarios,
llevan a esclavizar a los seres humanos, a comprarlos, venderlos y cambiarlos
como si fueran mercaderías.”
2456. “El dominio, concedido por el Creador, sobre los recursos minerales,
vegetales y animales del universo, no puede ser separado del respeto de las
obligaciones morales frente a todos los hombres, incluidos los de las
generaciones venideras.
2457 Los animales están confiados a la administración del hombre que les debe
benevolencia. Pueden servir a la justa satisfacción de las necesidades del
hombre.
2458 La Iglesia pronuncia un juicio en materia económica y social cuando lo
exigen los derechos fundamentales de la persona o la salvación de las almas.
Cuida del bien común temporal de los hombres en razón de su ordenación al
supremo Bien, nuestro fin último.
2459 El hombre es el autor, el centro y el fin de toda la vida económica y
social. El punto decisivo de la cuestión social estriba en que los bienes
creados por Dios para todos lleguen de hecho a todos, según la justicia y con la
ayuda de la caridad.
2460 El valor primordial del trabajo atañe al hombre mismo que es su autor y su
destinatario. Mediante su trabajo, el hombre participa en la obra de la
creación. Unido a Cristo, el trabajo puede ser redentor.
2461 El desarrollo verdadero es el del hombre en su integridad. Se trata de
hacer crecer la capacidad de cada persona a fin de responder a su vocación y,
por lo tanto, a la llamada de Dios (cf Encíclica de Juan Pablo II, Centesimus
Annus 29).
2462 La limosna hecha a los pobres es un testimonio de caridad fraterna; es
también una práctica de justicia que agrada a Dios.
2463 En la multitud de seres humanos sin pan, sin techo, sin patria, hay que
reconocer a Lázaro, el mendigo hambriento de la parábola (consulta Lucas 16,
19-31). En dicha multitud hay que oír a Jesús que dice: ‘Cuanto dejasteis de
hacer con uno de éstos, también conmigo dejasteis de hacerlo’ (Mateo 25, 45).
Para la reflexión personal y en grupo
1. Consulta los Santos Evangelios y dime que nos dicen respecto al uso de las
riquezas. Sírvete de estos textos: Lucas 12, 13-34; Mateo 6, 24-34; Lucas 16,
9-15; Lucas 16, 19-31; Lucas 18, 18-30. ¿Por qué san Lucas insiste tanto en el
uso de las riquezas?
2. ¿Qué principios te quedaron claros sobre los bienes de esta tierra y la
propiedad privada?
3. ¿Por qué está mal robar?
4. ¿Por qué las riquezas y bienes de la tierra ejercen tanta fascinación sobre
el hombre? ¿Es que son malos de por sí?
5. ¿Cuándo hay que restituir lo robado?
6. ¿Tú crees que la Iglesia puede y debe decir algo ante los problemas sociales
de esta sociedad? ¿Por qué?
7. ¿Dónde está el fundamento de la ayuda a los pobres?
8. ¿Cuáles son las encíclicas de los Papas sobre la Doctrina Social de la
Iglesia?
9. Pros y contras de la propiedad privada.
10. ¿Es digno el trabajo?
LECTURA: Extraída del libro “Dios y el mundo”, una conversación con Peter
Seewald y las respuestas que dio el entonces cardenal Joseph Ratzinger, hoy Papa
Benedicto XVI. Primer parte
Pregunta de Meter Seewald: El séptimo mandamiento: “No hurtarás”. Respetar la
propiedad ajena es un precepto banal. ¿Qué más esconde detrás?
Respuesta del cardenal Ratzinger: La doctrina de la asignación universal de los
bienes de la creación no es sólo una idea bonita, también tiene que funcionar.
Por eso está supeditada a ella la verdad de que el individuo necesita su esfera
en las necesidades fundamentales de la vida y por tanto debe existir un sistema
de propiedad que cada individuo debe respetar. Esto exige, por supuesto, las
necesarias leyes sociales orientadas a limitar y controlar los abusos de la
propiedad.
Ahora vemos con una claridad antes infrecuente cómo las personas se
autodestruyen viviendo solamente para atesorar cosas, para sus asuntos, cómo se
sumergen en ello, convirtiendo la propiedad en su única divinidad. Quien, por
ejemplo, se somete por completo a las leyes de la Bolsa, en el fondo no puede
pensar en otra cosas. Vemos el poder que ejerce entonces el mundo de la
propiedad sobre las personas. Cuanto más tienen, más esclavas son, porque deben
estar continuamente cuidando esa propiedad y acrecentándola.
La problemática de la propiedad también se observa claramente en la relación
perturbada entre el Primer y el Tercer Mundo. Aquí la propiedad ya no está
supeditada a la asignación universal de los bienes. También aquí es preciso
hallar formas legales para que esto siga equilibrado o se equilibre.
Ya ve usted cómo la palabra de respetar los bienes ajenos entraña una enorme
carga de verdad. Abarca ambas cosas, la protección de que cada cual ha de
recibir lo que necesita para vivir (y después hay que respetárselo), pero
también la responsabilidad de utilizar la propiedad de forma que no contradiga
la misión global de la creación y del amor al prójimo.
OTRA LECTURA: Extraída de mi libro “Jesucristo”, capítulo 14: Jesús ante los
bienes materiales
1. ¿Cómo se comportó Jesús ante las riquezas?
Jesús era una persona pobre. Nace de una familia sin grandes recursos y en
condiciones pobres. Incluso no pudieron ofrecer un cordero, por falta de
recursos (cf. Lc 2, 24).
No almacena bienes y sabe vivir de la Providencia de su Padre (cf. Mt 8, 20; Lc
9, 58). Es más, las cosas son para Jesús una obra del Padre. Brotaron de la mano
amorosa y providente de su Padre (cf. Mt 6, 26ss).
Y cuando llama bienaventurados a los pobres (cf. Mt 5, 3), está llamando felices
a quienes son desprendidos interiormente, aquellos que ponen toda su confianza
en Dios, porque todo lo esperan de Él. Pobre es sinónimo del que tiene el
corazón vacío de ambiciones y preocupaciones; de quienes no esperan la solución
de sus problemas sino de solo Dios. Y pobreza en la Biblia es sinónimo de
hambre, de sed, de llanto, de enfermedad, trabajos y cargas agobiantes, alma
vacía, falta de apoyo humano.
Jesús era pobre en ese sentido: apoya su vida en Dios, su Padre. Gracias a esa
libertad interior, Jesús puede disfrutar de los bienes moderada y alegremente.
Es tan libre que está por encima de las apetencias, ansiedades y vanidades. Por
eso sabe gozar de las cosas y, a la vez, prescindir de ellas para seguir su
misión y su preferencia por Dios Padre. Goza de un banquete (cf. Lc 7, 36-49; Jn
2, 1-12), pero también se priva de lo material cuando se lo pide su misión (cf.
Jn 4, 31-32). Disfruta preparando un almuerzo a sus íntimos (cf. Jn 21, 9-12);
les defiende cuando los fariseos les acusan de arrancar espigas, pues tenían
hambre (cf. Mt 12, 1-8).
Pero no vive en la miseria. Tiene su vida asegurada, pues en el grupo de los
apóstoles había una bolsa común (cf. Lc 8, 1-3; Jn 12, 6). Compraban alimentos (Jn
4, 8) y se hacían limosnas con parte de los bienes (cf. Jn 13, 29). Es decir,
Cristo tiene bienes y los administra. Participa en banquetes y fiestas y sabe
cooperar con vino generoso en las bodas de Caná (cf. Jn 2, 1 ss). Y estos mismos
goces sanos los desea para los demás. De ahí su hermoso y gratuito gesto de la
multiplicación de los panes y peces (cf. Mt 15, 15 ss; Jn 6, 1-15).
Acepta regalos, incluso costosos (cf. Jn 12, 1-8).
Y, sin embargo, Cristo alcanza con su gloriosa resurrección la máxima riqueza
que va a distribuir a todos (cf. Mt 28, 18). Sigue siendo pobre porque no posee
las riquezas materiales, sino las de Dios.
¿Cuál fue, entonces, la postura de Jesús frente a los bienes materiales? La
enseñanza central de Cristo en lo económico es ésta: relativización del dinero.
A Jesús le interesa mucho más cómo se usa lo que se tiene que cuánto se tiene y,
sobre todo, le importa infinitamente más lo que se “es” que lo que se tiene.
Jesús quiere dar a entender que la verdadera riqueza es la interior, la del
corazón. La riqueza material nos debe ayudar a ser ricos en generosidad,
desprendimiento y solidaridad.
Al decir que Jesús consideraba las riquezas como relativas, no significa que
Jesús fuera un adorador romántico de la pobreza, en sentido material. No es que
Jesús quiera la pobreza material, que se convierta en miseria. No. Por eso, su
mensaje es bien claro: todos somos hermanos y debemos compartir lo que tenemos,
para que nadie sufra esa pobreza material. Si no tenemos caridad no somos nada (cf.
1 Cor 13, 1 ss).
La postura de Jesús frente a las riquezas es de una gran libertad interior.
Jesús no está apegado a ellas, no está esclavizado a ellas, no está obsesionado
por ellas. Vive la pobreza como ese desapego interior de todo. Por eso, Jesús
insiste en que lo material es perecedero y lo sobrenatural es eterno. Así se
entiende por qué no toma posición ante quien le pide juicio sobre lo material (cf.
Lc 12, 14).
La cruz descubre profundamente el valor que Jesús concede a las cosas materiales
y terrenas. Para salvar a los hombres y cumplir la misión confiada por su Padre,
dio todo cuanto tenía. Jesús en la cruz es pobre de cosas, pero es rico en amor,
perdón, misericordia, obediencia. De su costado abierto brotó la Iglesia, los
sacramentos, el regalo de su Madre.
2. Jesús ante los ricos
Cuando decimos que Jesús prefiere como amigos a los pobres no estamos diciendo
que excluya a los ricos. Jesús, enemigo de toda discriminación, no iba Él a
crear una más. En realidad, Cristo es el primer personaje de la historia que no
mide a los hombres por lo económico sino por su condición de personas.
Es un hecho que no faltan en su vida algunos amigos ricos con los que convive
con normalidad. Si al nacer eligió a los pastores como los primeros
destinatarios de la buena nueva, no rechazó, por ello, a los magos, gente de
recursos y sabia. Y si sus apóstoles eran la mayoría pescadores, no lo era
Mateo, que era rico y tenía mentalidad de tal. Y Jesús no rechaza invitaciones a
comer con los ricos; acepta la entrevista con Nicodemo, cuenta entre sus amigos
a José de Arimatea, tiene intimidad con el dueño del cenáculo, gusta de
descansar en casa de un rico, Lázaro, y, entre las mujeres que le siguen y le
ayudan en su predicación figura la esposa de un funcionario de Herodes. Tampoco
recusa el ser enterrado en el sepulcro de un rico.
Jesús ama a todos: pobres y ricos. Conocemos su relación con Simón, el fariseo (cf.
Lc 7, 36), y con Nicodemo, doctor de la Ley (cf. Jn 3, 1). El rico José de
Arimatea es mencionado expresamente entre sus discípulos (cf. Mt 27, 57). En sus
viajes le seguían “Juana, mujer de Cusa, procurador de Herodes, Susana y otras
muchas que le servían con sus bienes” (Lc 8, 3). Por lo que podemos juzgar, sus
apóstoles no pertenecían a las más bajas clases sociales, sino como Jesús mismo,
a la clase media.
Más que a las riqueza en sí o a los ricos, Jesús combate la actitud de apego
frente a esas riquezas. Jesús veía en la mayor parte de los fariseos y saduceos,
representantes de la clase rica y dirigente del país, las funestas y alarmantes
consecuencias del culto a Mammón. Lo que les impedía seguirle, manteniéndoles
alejados del reino de los cielos, no era la riqueza en sí, sino su egoísmo duro,
su orgullo, su apego a ella, a sus privilegios.
Cuando Jesús llama la atención a los ricos es porque el rico, apegado a las
riquezas, no siente necesidad de nada, pues lo tiene todo y no desea que cambien
las cosas para seguir en su posición privilegiada. A quien le falta siente
nostalgia de Dios y le busca.
Es un hecho que Jesús frente al pobre y necesitado lo primero que hacía era la
liberación de su problema o dolencia, y sólo después venía la exigencia de
conversión. Mientras que, frente al bien situado y rico, lo primero que le pedía
era la exigencia de conversión y, sólo cuando esta conversión se manifestaba en
obras de amor a los demás, anunciaba la salvación para aquella casa (cf. Lc 19,
1-10).
Por eso Jesús no condena sin más al rico, ni canoniza sin más al pobre. Pide a
todos que se pongan al servicio de los demás. Para Jesús el verdadero valor es
el servicio. Por lo mismo, la salvación del pobre no será convertirle en rico y
la del rico robarle su riqueza, sino convertir a todos en servidores, descubrir
a todos la fraternidad que cada uno ha de vivir a su manera.
3. Juicio de Jesús sobre las riquezas
No obstante lo dicho, Jesús anuncia y pone en guardia del peligro y riesgo de
las riquezas. Aquí la palabra de Jesús no se anda con rodeos. Para Jesús la
riqueza, como vimos, no es el mal en sí, pero le falta muy poco. La idolatría
del dinero es mala porque aparta de Dios y aparta del hermano.
Así se explican las palabras de Jesús: no se puede amar y servir a Dios y a las
riquezas (cf. Mt 6, 24; Lc 16, 13); la preocupación por la riqueza casi
inevitablemente ahoga la palabra de Dios (cf. Mt 13, 22); es sinónimo de “malos
deseos” (cf. Mc 4, 19). El que atesora sólo riquezas para sí es sinónimo del
condenado (cf. Lc 12, 21). Cuando el joven rico no es capaz de seguir a Cristo
es porque está atrapado por la mucha riqueza (cf. Lc 18, 23).
La crítica de Jesús al abuso de la riqueza se basa, efectivamente, en el poder
totalizador y absorbente de ésta. La riqueza quiere ser señora absoluta de aquél
a quien posee. Por eso, Jesús pone en guardia sobre la salvación del rico. Será
difícil la salvación de aquel que haya vivido sólo para la riqueza, de la
riqueza, con la riqueza, despreocupado del amor a Dios y al prójimo. Haría falta
un verdadero milagro de Dios para que consiga la salvación (cf. Mt 19, 23; Mc
10, 25; Lc 18, 25).
Esta es la razón por la que el rico tiene que “volver a nacer”, como sucedió a
Zaqueo (cf. Lc 19, 1-10); tiene que compartir, si quiere salvarse, cosa que no
hizo el rico Epulón (cf. Lc. 16, 19-31); tiene que aceptar la invitación de Dios
al convite de la fraternidad y no hacer oídos sordos, como hicieron los egoístas
descorteses, que prefirieron sus cosas y por eso no entraron en el banquete del
Reino (cf. Lc 14, 15-24).
¿Se salvará o no se salvará el rico? Si abrimos san Mateo, capítulo 25, 31-46,
podemos concluir lo siguiente: Se salvará -rico o pobre- el que haya dado de
comer, de beber, el que haya consolado al enfermo, el que haya tenido piedad con
sus hermanos. Y se condenará -rico o pobre- el que haya negado lo que tiene,
mucho o poco, a los demás.
Es un error pensar que la vida es un ascenso hacia la fortuna material para
gozar de los bienes en el más allá. ¡Qué diversos son los bienes que nos alcanzó
Cristo con su resurrección! Él nos consigue la verdad, la libertad, la
sinceridad, la comprensión, la satisfacción de no tener ansiedades, la paz, el
perdón. Y sobre todo, la riqueza de las riquezas: el cielo. Y por ese cielo es
necesario vender todo y así comprarlo (cf. Mt 13, 44-46). ¡Es la mejor inversión
en vida!