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Revista Alfa y Omega
El interés superior del niño
Los derechos de los niños deben ir acompañados de sus respectivos deberes,
pero son los padres y educadores los responsables de cumplir por ellos.
El interés superior del niño debe ser el
principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y
orientación. Así lo establece el Principio n. 7 de la Declaración
Universal de los Derechos del Niño, aprobada el 20 de noviembre de 1959
por el Asamblea General de las Naciones Unidas.
La revista española, Alfa y Omega, al profundizar el significado del
concepto “interés superior del niño”, ofrece a los padres y maestros,
responsables de su educación y orientación, el siguiente decálogo
complementario:
1.- El niño tiene derecho a que sus padres se
conozcan debidamente antes de casarse.
Va contra ese derecho la ligereza con que muchos
jóvenes viven su noviazgo —predisponiéndose así al fracaso matrimonial—,
el convertir el noviazgo en un matrimonio anticipado y el olvidar que
más vale rectificar a tiempo que llorar después, durante toda la vida,
las consecuencias de una elección mal hecha.
2.- El niño tiene derecho a que sus padres
puedan casarse y se casen.
Para ello, la madurez —fisiológica, intelectual,
afectiva— y cierta base económica son presupuesto necesario para que
puedan casarse. Y quienes deciden unir sus vidas tienen que considerar
la posibilidad de que, como fruto de su unión, lleguen unos hijos. Hijos
hacia los que contraen obligaciones que quedarían mal paradas si ellos
no se encontrasen unidos ante la ley, religiosa o civil.
3.- El niño tiene derecho a que sus padr es
le dejen nacer.
Si el futuro hijo ha superado ese primer
obstáculo que se presenta, a veces, en su camino -los anticonceptivos-,
aceptarle: no convertir, mediante el aborto, el vientre de la madre,
cobijo maravilloso que la naturaleza le ha preparado, en el lugar más
peligroso para él.
4.- El niño tiene derecho a un mundo
infantil.
A través del mundo del entretenimiento, con sus
juegos y sus juguetes; del mundo de la fantasía, con sus cuentos y
leyendas; y del mundo que le es propio: el mundo infantil. Ésa es la
única atmósfera en la que su ser psicológico puede respirar y
desarrollarse —dice el psicopedagogo suizo, Eduard Claparéde
(1873-1940)—, porque, para que de adulto alcance su plenitud como
hombre, es preciso, en la infancia, favorecer su plenitud como niño.
5.- El niño tiene derecho a ser comprendido.
El amor es la atmósfera adecuada para que el
niño vaya abriéndose a la vida. Pero el amor ni siquiera es concebibl e
si no hay comprensión. Y difícilmente llegaremos a comprenderle si
previamente no lo conocemos. De ahí la necesidad de que intentemos
respondernos a este interrogante: ¿cómo es ese niño, nuestro hijo, en
las distintas etapas de su desarrollo: en la infancia, en la
adolescencia y en la juventud?
6.- El niño tiene derecho a una adecuada
educación religiosa.
Privarle de ella significa dejar sin respuesta
los mil interrogantes que, a medida que crece, se le van planteando.
Supone un daño terrible marcarle -es como dejarle mutilado-
manteniéndole al margen de la vivencia espiritual que toda persona
precisa para su correcto desarrollo.
7.- El niño tiene derecho al cultivo de su
inteligencia.
Los padres que lo trajeron al mundo no han
cumplido su misión con sólo proporcionarle hogar, alimento y vestido.
Tienen también el deber, en conformidad con sus posibilidades, de ir
poniendo los medios para que este niño vaya creciendo intelectualment e,
de forma que un día pueda independizarse con una preparación que le
permita abrirse camino en la vida, a la vez que decir su propia palabra
en medio de la sociedad en que se halla inmerso.
8.- El niño tiene derecho al fortalecimiento
de su voluntad.
Es común encontramos con personas que, aunque
destacan por su nivel intelectual, no logran educar su voluntad. Otras,
en cambio, con menos dotes pero con una mayor voluntad, llegan lejos. Y
es que en la vida, supuestas unas condiciones razonables de
inteligencia, lo que cuenta verdaderamente a la hora de abrirse camino
es el carácter, la constancia, la entrega ilusionada al trabajo, la
fuerza de voluntad en definitiva. Y ahí tenemos los padres una tarea
importantísima a llevar a cabo.
9.- El niño tiene derecho a ser educado en la
libertad y para la libertad.
La educación presupone la libertad. El niño no
sería educable si no estuviera en estado de pensar, como dice el
psicólogo Salvatore Gentile. Y pensar significa ser libre. El desarrollo
del pensamiento es desarrollo de la reflexión, es dominio —del niño, del
adolescente y del joven— sobre sus propias ideas, sobre sus instintos,
sobre su carácter, sobre todo su ser. El desarrollo del pensamiento es,
en fin, el desarrollo de la libertad.
10.- El niño tiene derecho a ser educado en
el amor y para el amor.
El niño es fruto del amor. El amor hizo que un
hombre y una mujer unieran sus vidas y se hiciera el milagro del amor
hecho carne. Pero después de ser concebido sigue necesitando del amor,
que haga del seno de su madre refugio seguro en el que vaya creciendo
hasta nacer. Y, una vez nacido, sigue necesitando del amor. No sólo del
amor de sus padres hacia él sino del amor de sus padres entre sí. Es muy
significativo que, de cada diez delincuentes juveniles, nueve procedan
de familias en las que ha fracasado el amor (separación, divorcio,
tensiones.. etc.)
Sólo el día en que los ant eriores derechos sean
respetados podremos decir, con verdad, que el interés superior del niño
es el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su
educación y orientación.
Fuente: publicado en la revista española ALFA
Y OMEGA, n. 233 (9-XI-2000)