La poderosa fuerza de la objeción
de conciencia
Habla José Tomás Martín de Agar, docente de Derecho Eclesiástico y Relaciones
entre Iglesia y Estado
ROMA, jueves, 5 mayo 2005 (ZENIT.org-Veritas).-
La objeción de conciencia invocada en el caso de la aprobación del matrimonio
entre personas homosexuales, a raíz de unas declaraciones del cardenal Alfonso
López Trujillo, del Consejo Pontificio para la familia, fue interpretada por el
ministro de Justicia español, Juan Fernando López Aguilar, como una «incitación
a la desobediencia civil».
Sobre hasta qué punto es legítima la objeción, qué conexión tiene con la
desobediencia civil, y cuándo un católico debe o no aplicarla, son temas que
abordó el profesor José Tomás Martín de Agar docente de Derecho Eclesiástico y
Relaciones entre Iglesia y Estado en la Universidad de la Santa Cruz de Roma, en
esta entrevista concedida a la agencia
Veritas.
--El cristiano, ante una ley que considera injusta, ¿cuándo y cómo puede
aplicar la objeción de conciencia?
--José Tomás Martín de Agar: Cada vez que considere que lo que le propone hacer
la ley es contrario a su deber moral, como cristiano y como persona, en
definitiva.
--¿En qué se basa la objeción de conciencia?
--José Tomás Martín de Agar: En la libertad religiosa y en la libertad de
conciencia reconocida en la Constitución Española en el artículo 16. No es
necesario que la ley prevea a priori que sus propios artículos o mandatos puedan
ser objetados. La objeción la hace la conciencia, no la ley, no hay que esperar
a que el legislador prevea una objeción para poderla presentar o interponer.
--¿La Iglesia está llamando a una desobediencia civil al proponer la objeción
de conciencia?
--José Tomás Martín de Agar: Habría que distinguir entre desobediencia civil y
objeción de conciencia. La objeción de conciencia parte de una raíz personal.
Una persona ante un mandato jurídico entiende que no lo puede cumplir porque se
lo impide su conciencia y sus principios morales, basados en la fe o en
razonamientos éticos.
En cambio, la desobediencia civil, que puede estar también motivada por razones
de conciencia, es ya una actitud que tiende a plantear a una legislación que
cambie o que no se cumpla, porque es una legislación inmoral o se considera
injusta.
Pueden ir unidas ya que se puede decir que la desobediencia civil es una
objeción de conciencia masiva o al menos muy numerosa. Puede dar como fenómeno
un concomitante, si todos los católicos fueran coherentes, por el hecho de
oponer su conciencia a un mandato inmoral, se daría una resistencia civil muy
amplia.
--¿Esto podría implicar la modificación o eliminación de una ley?
--José Tomás Martín de Agar: Sí, porque la objeción de conciencia y por tanto,
la consecuencia de que una ley pueda ser desobedecida por un número considerable
de ciudadanos porque la consideran inmoral, acabaría acarreando la necesidad por
parte de los políticos de plantearse el cambiar la ley o al menos que la ley no
sea imperativamente obligatoria.
--¿Se ha dado algún ejemplo de esto anteriormente?
--José Tomás Martín de Agar: Un ejemplo que se sigue dando, es el tema del
juramento. No ha habido ningún problema para que, quien no cree o no quiere
jurar por algún otro motivo, no tenga que hacerlo ante un tribunal o cualquier
otra circunstancia. En lugar del juramento, que es un acto religioso, prometen o
dan la palabra de honor y les obliga igual que un juramento para la persona que
cree.
--Respecto al tema del aborto, algunos abogados católicos han aconsejado no
pagar el tanto por ciento que se dedica en los presupuestos del Estado a
practicar abortos, ¿se puede aplicar en este caso la objeción de conciencia?
--José Tomás Martín de Agar: Hay que distinguir entre el caso del aborto y el
caso de los matrimonios entre homosexuales. Unas objeciones de conciencia se
pueden llamar «debidas» u obligatorias, como puede ser la objeción de conciencia
al aborto, que expresamente en la Encíclica «Evangelium vitae» Juan Pablo II
invita a la objeción porque ningún cristiano puede nunca participar en la muerte
de un inocente, no ocurre igual con otro tipo de objeciones de conciencia, como
puede ser el caso del servicio militar en el pasado.
Hay que distinguir entre la objeción de conciencia debida, aquella que va
directamente contra un mandato como «no matarás», y aquellas otras que dependen
de un juicio personal.
El rebajar de los impuestos el porcentaje que el Estado dedica a realizar
abortos considero que es más difícil que alguien vea implicada su conciencia por
pagar impuestos, ya que en el fondo él no decide qué parte de los impuestos se
emplean en ese fin criminal. Sin embargo, no se puede excluir que alguien tenga
la conciencia que se sienta impedido a pagar parte de los impuestos. Lo que está
claro es que en este caso del aborto, el Estado no busca el bien común sino el
bien particular de una persona además con el agravante de matar a otra.
--En el caso de los alcaldes que se negarían a legalizar un matrimonio
homosexual porque consideren injusta esta ley, ¿cómo explicaría la injusticia en
la materia de esta ley?
--José Tomás Martín de Agar: Aquí estamos ante un caso muy típico de la política
actual, no sólo de España, también de los Estados Unidos, que es el uso que se
hace de los conceptos, en este caso de la palabra «matrimonio». La solución
estaría en un contrato de convivencia entre personas del mismo sexo, que nadie
tendría ni que bendecir ni que sancionar.
La ley se convierte en injusta en el momento en que aplica el concepto de
matrimonio, cuando no lo son. Y la injusticia mayor, y ahí no hay duda para que
se esté aplicando la objeción de conciencia, es que desde ese momento se está
dando la concesión a la adopción de niños por una pareja de este tipo. Ahí se
está cometiendo verdaderamente una injusticia muy fuerte contra un menor
inocente e indefenso. No se puede garantizar que ahí va a encontrar el ambiente
adecuado para desarrollarse biológica ni psicológicamente de una manera normal.
Si lo que se llama matrimonio de homosexuales implica de por sí la adopción, se
produce un efecto de cascada donde el mal no está ya en la unión entre
homosexuales, que como se suele decir ahora «no hace mal a nadie», sino en la
preparación para un camino hacia un mal mayor, quizá irreparable, para los
menores que la ley de matrimonio lleva incluida. Por esto los alcaldes que han
optado por la objeción saben la gravedad, no sólo del contrato del matrimonio,
sino de sus consecuencias.
Todo ciudadano tiene derecho a oponerse a una ley que le parezca aberrante e
injusta, a manifestar su descontento y tratar por todos los medios no tener que
cumplirla y poder eximirse de ella.