POTESTAD SAGRADA
VocTEO


Con la palabra latina potestas la Vulgata traduce la palabra griega exousía, que se lee en Mt 28,18-19. Con ella se indica el derecho y la capacidad que Cristo concedió a álgunos ministros de la Iglesia de servir a sus hermanos. Su origen en Cristo determina la naturaleza y la forma de esta potestad.

De aquí también su estructura diaconal o su carácter de servicio. En el siglo XII, debido a la excesiva influencia del derecho sobre la teología, se impone una distinción entre potestad de orden y potestad de jurisdicción. El concilio Vaticano II, accediendo a una distinción tripartita que utiliza el término latino munus (ministerio, oficio, tarea), considera la potestad sagrada específicamente en relación con el ministerio episcopal. En la constitución dogmática sobre la Iglesia se lee que «la consagración episcopal confiere, junto con el oficio de santificar, los oficios de enseñar y gobernar, que sin embargo, por su naturaleza, sólo pueden ejercerse en la comunión jerárquica con la cabeza y con los miembros del colegio (episcopal)» (LG 21). La Nota explicativa previa 2 precisa que estos tres oficios son llamados «potestad» cuando se les añade una determinación canónica o jurídica por parte de la autoridad jerárquica, que los hace "libres para el ejercicio». En otras palabras, toda la "potestad sagrada» es conferida por el sacramento del orden, pero su ejercicio está regulado por la permanencia del ministro en la comunión jerárquica de la Iglesia.

M. Semeraro

 

Bibl.: G. Ghirlanda, Funciones y potestad sagrada e" el pueblo de Dios, en El derecho de la Iglesia, misterio de comunión, San Pablo, Madrid 1991, 301-593.