ORDENACIÓN DE LAS MUJERES
VocTEO


El tema de si las mujeres deban o no ser ordenadas para el ministerio afecta a cuestiones al mismo tiempo antiguas y nuevas para la vida de la Iglesia. El Nuevo Testamento habla de cómo las mujeres atendían al ministerio de Jesús (cf. Lc 8,2-3), así como de las funciones importantes que tenían algunas mujeres en las Iglesias a las que Pablo dirigía sus cartas (Rom 16,1-12; Flp 4,3). Hay pruebas substanciales de que las mujeres sirvieron como diaconisas durante varios siglos del primer milenio, aunque no resulta tan claro cuál era exactamente la función de una diaconisa. Las maneras innumerables en que las mujeres laicas y religiosas ejercían funciones de ministerio y de servicio llenan muchas páginas de la historia de la Iglesia y se narran en las vidas de los santos.

Al mismo tiempo, la cuestión de la posibilidad de ordenar mujeres para el sacerdocio sólo apareció en épocas más recientes. Es verdad que alguno de los grupos anabaptistas más radicales tenían como una de sus características más peculiares la aceptación de mujeres pastoras y predicadoras, pero esta práctica fue vigorosamente criticada por los principales reformadores y sólo apareció dentro de las comunidades protestantes principales después del año 1950. Su vuelta a la actualidad en el siglo xx guarda probablemente relación con el cambio gradual del papel de la mujer en la sociedad. Juan XXIII indicó en la Pacem in terris (AAS 55 [ 1963] 267-268) que la diversa situación de las mujeres en la vida pública es uno de los signos más importantes de los tiempos.

Recientemente, varias Iglesias protestantes empezaron a admitir a las mujeres en los oficios pastorales al mismo nivel que los hombres: los metodistas en 1956 (Estados Unidos) y en 1974 (Inglaterra), los congregacionalistas en 1917 (Inglaterra) y en 1929 (Escocia), la Iglesia reformada de Francia en 1965 y la mayor parte de las Iglesias luteranas en Alemania, Escandinavia y Estados Unidos por el 1960, Un estudio hecho por orden del Consejo Ecuménico de las Iglesias sobre la ordenación de las mujeres señalaba que, en 1970, entre las 239 Iglesias miembros, había 68 en las que se ordenaban mujeres. El estudio añadía que muchas de las comunidades que ordenaban mujeres en Europa occidental y en Norteamérica evitaban hacerlo en África, en Asia y en América Latina, Desde 1970, el único grupo principal de Iglesias que cambió su práctica respecto a la ordenación de las mujeres ha sido la comunión anglicana, en la que algunas provincias decidieron introducir la ordenación de las mujeres, mientras que otras se negaron a ello. En la conferencia de Lambeth de 1978, las diversas provincias anglicanas votaron por mantener la comunión entre ellas, aunque no estuvieran de acuerdo sobre la ordenación de las mujeres. Del mismo modo, la conferencia de Lambeth de 1988 estimuló a mantener la comunión en el caso de una inminente ordenación de una mujer como obispo, lo cual ocurrió muy pronto con las ordenaciones episcopales de Bárbara Harris en 1989 en los Estados Unidos y de Penélope Jamieson en 1990 en Nueva Zelanda. Últimamente, en noviembre de 1992, la Iglesia anglicana de Inglaterra decidió admitir, en línea de principio, la posibilidad de la ordenación sacerdotal de las mujeres, posibilidad que se hizo efectiva un año más tarde con la consagración de un grupo numeroso de las mismas.

La Iglesia católica romana y las Iglesias ortodoxas siguen manteniendo el uso antiguo de ordenar solamente a los varones para el sacerdocio, posición reafirmada por los ortodoxos en la «Declaración de Atenas de 1978" de la Comisión doctrinal mixta anglicanoortodoxa y por la Congregación romana para la doctrina de la fe en Inter insigniores ( 1976). Tanto los ortodoxos como los católicos subrayan que la cuestión de si las mujeres pueden o no ser ordenadas no afecta a la igualdad entre hombres y mujeres ni puede resolverse a partir de estudios sociológicos o culturales. Se refiere fundamentalmente a la voluntad de Dios sobre la Iglesia. Esta voluntad se nos ha revelado en la Escritura y en la Tradición, cuya correcta interpretación está confiada a los sucesores de los apóstoles, los obispos. El documento Inter insigniores argumenta que la Iglesia no tiene ninguna autoridad para alterar la ininterrumpida tradición de no ordenar a las mujeres, tradición mantenida unánime y pacíficamente durante 1.900 años tanto en Oriente como en Occidente, Esta posición se basa en la convicción de que la Tradición revela la voluntad de Dios para la Iglesia, y por eso mismo su preservación significa fidelidad a Cristo. A los que argumentan que Cristo estaba puramente condicionado por su cultura al no elegir a las mujeres en el número de apóstoles, la Congregación responde que la actitud de Jesús con las mujeres se apartaba de muchas maneras de las normas generales de su sociedad y que, por tanto, no se puede presumir que en este único caso él no se sintiera libre para actuar contra dichas normas. Además, se afirma en dicho documento la profunda conveniencia de que sólo los varones sean ordenados para el sacerdocio ministerial, ya que el sacerdote, especialmente en la eucaristía y en los otros sacramentos, actúa in persona Christi, es decir, en el puesto de Cristo, que, como cabeza de la Iglesia, es el ministro principal de los sacramentos. Dado que Jesús era varón, los sacerdotes varones lo representan más convenientemente: argumento que sería coherente con una sana teología sacramental, en la que se afirma que los signos se asemejan y reflejan lo que simbolizan.

El argumento anglicano en favor de la ordenación de las mujeres se presentó en las cartas del arzobispo de Canterbury al Vaticano, especialmente la del arzobispo Donald Coggan a PabloVI (9 de junio de 1975) y la del arzobispo Robert Runcie al cardenal Jan Willebrands (17 de junio de 1986). Los exponentes anglicanos indican en primer lugar que el Nuevo Testamento por sí solo no ofrece una prueba concluyente de que sea voluntad de Dios la exclusión de las mujeres del sacerdocio. Si no puede demostrarse que esta exclusión es de iure divino, entonces la ordenación de las mujeres puede ser muy bien un desarrollo legítimo de la Tradición. El arzobispo Runcie continuaba señalando que la humanidad asumida por el Verbo de Dios en el misterio pascual de su muerte y resurrección es la humanidad entera, incluyendo tanto a los hombres como a las mujeres. Dado que la humanidad de Jesús en estos grandes acontecimientos de la historia de la salvación tiene que pensarse en términos inclusivos, también Cristo estaría mejor representado en la celebración de los sacramentos si también las mujeres fueran admitidas al sacerdocio.

El cardenal Willebrands contestó que, si es cierto que al hacerse humano Jesús entró en solidaridad con toda la raza humana y que su intención de salvación abrió el camino de la filiación a todas las gentes de todo sexo, sin embargo Jesús no se hizo «humanidad", sino un hombre. Además, tanto el Antiguo como el Nuevo Testamento utilizan una imagen femenina para describir al pueblo de Dios (Os 1-3; Ef 5), de modo que la Iglesia puede llamarse con propiedad «la esposa de Cristo".

Finalmente, la afirmación de Pablo de que en Cristo no hay varón ni mujer (Gál 3,28) no intenta hablar de una cualificación para el ministerio, sino más bien la igualdad de todos a la hora de compartir la nueva vida que Cristo ha conseguido para nosotros. Cuando estos argumentos relativos a la identidad y a la relación de la Iglesia con Cristo se unen al papel simbólico del sacerdote al representar a Cristo en los sacramentos, el argumento de que la agregación de sacerdotes mujeres representaría más adecuadamente a Cristo parece menos convincente.

Prescindiendo de estos puntos particulares, la existencia de una tradición tan larga y unánime contra la ordenación de las mujeres y el hecho de que la Tradición juegue un papel normativo para la vida de la Iglesia son fundamentales tanto para las Iglesias ortodoxas como para la Iglesia católica.

Abundando en estos argumentos y, a pesar de que las ordenaciones numerosas de mujeres en la Iglesia anglicana ha vuelto a plantear con ello nuevos problemas en el diálogo ecuménico, el papa Juan Pablo II en su carta pastoral Ordinatio sacerdotalis, hecha pública el 30 de mayo de 1994, ha juzgado conveniente dejar zanjada en sentido negativo la cuestión de la posibilidad de la ordenación de mujeres para el sacerdocio.

W . Henn

Bibl.: Bosch, La mujer y el ministerio en las distintas Iglesias cristianas, en AA, VV El ministerio en el diálogo interconfesional: Sígueme, Salamanca 1976, 437-455; M. Alcalá, La mujer y los ministerios en la Iglesia. Sígueme, Salamanca 1982; . Galot, La Iglesia y la mujer, Bilbao 1968; cf varios artículos en la revista Concilium 34 ( 1968) 126137 138-151; 72 (1972) 213-231: 80 (1972) 550-560; 134 (1980): 202 (1985); 218 (1988) 111-122.