INTRINSECE MALUM
VocTEO
 

En moral se define como intrinsece malum aquel acto que (considerado a partir del objeto) está prohibido siempre y para todos (sin excepción) por ir en contra del orden moral.

La Iglesia y los manuales tradicionales han sostenido la existencia de un acto intrinsece malum, es decir, de un acto con el que va estructuralmente unido un valor moral relativo al fin último (y transcrito en la ley natural), que no admite circunstancias capaces de modificar su grave malicia intrínseca moral (por ejemplo, el adulterio o el aborto).

Recientemente, algunos moralistas han puesto en duda la existencia de un acto de este género (teleologistas, proporcionalistas, consecuencialistas): lo intrinsece malum -argumentan- existiría sólo en relación con Dios, pero no entre los hombres, y por tanto sólo respecto a las virtudes teologales, no respecto a las cardinales: por consiguiente, sólo puede ser moralmente mala la intención del agente.

El contexto teórico en el que hay que plantear el problema del intrinsece malum es el de la moral fundamental (estructura y objeto del acto moral, valores morales, intención del agente) y el de la ética normativa (existencia de normas sin excepción, que tutelan los valores morales y su jerarquía). Se trata, por tanto, de un problema ligado a la fundamentación de la valoración moral y que se plantea de manera distinta según las diversas perspectivas y las maneras de argumentar en moral (teleológico y deontológico).

T Rossi

Bibl.: R, Frattalone, Acto humano, en NDTM, 23-46: E. López Azpitarte, La ética personal,. ¿existen valores absolutos', en Praxis cristiana, 1, Madrid I980, 327-346.