CALCEDONIA
VocTEO

 

    Contra Nestorio, el concilio de Éfeso (431) había definido la unidad substancial de Cristo en la persona del Verbo y consiguientemente la maternidad divina de María. Sin embargo, en la Iglesia de Oriente permanecía viva la tensión entre dos corrientes teológicas, la antioquena y la alejandrina: la primera subrayaba de manera especial la humanidad de Cristo, mientras que la segunda insistía en su divinidad. En medio de esta tensión, algunos monjes de la línea alejandrina, capitaneados por Eutiques, intentaban de varias maneras hacer prevalecer una visión de Cristo que diluía su naturaleza humana en la divina (monofisismo). Aunque este error fue condenado más tarde en un sínodo de Constantinopla (448), Dióscoro, patriarca de Alejandría, logró que el emperador Teodosio II convocara un nuevo concilio en Éfeso (449), en el que, después de negarle la presidencia a los legados del papa san León 1 y de rechazar la lectura de la Epistola Dogmatica del mismo papa enviada al patriarca Flaviano de Constantinopla, fue rehabilitado Eutiques.

No tardó en producirse una reacción  fuerte del obispo de Roma, desautorizando el falso concilio, al que definía como «latrocinio de Éfeso».

Deseando aclarar definitivamente  las cuestiones que perturbaban la paz, el nuevo emperador Marciano convocó un concilio en Calcedonia (451). Aunque la situación política que surgió con la invasión de los bárbaros del norte hizo casi imposible la presencia de los obispos occidentales, representados sólo por los legados papales (que asumieron sin embargo la presidencia del concilio) y por dos obispos africanos, el concilio fue verdaderamente ecuménico. En la segunda sesión, tras la lectura de la Epistola Dogmatica de León 1, aceptada con la exclamación: "¡Pedro ha hablado por boca de León!", fue condenado Dióscoro, Tras algunas dificultades y tensiones, en la sesión sexta, bajo la presidencia honorífica del emperador, los Padres proclamaron la fórmula de fe en que se rechazaban las herejías tanto de Nestorio como de Eutiques. El emperador quiso que se tratasen al final algunas cuestiones relativas a la disciplina eclesiástica y que contenían también aspectos políticos.

Pero los veintiocho cánones que salieron de estas últimas sesiones no fueron aprobados por el papa. Más aún, el XXVIII (el último), que ponía a la sede patriarcal de Constantinopla al mismo nivel que la de Roma, fue rechazado expresamente por atentar contra el primado de la cátedra de san Pedro.

La definición calcedonense debe insertarse en el contexto de la Escritura así como en el de las anteriores definiciones conciliares: Cristo tiene dos naturaleza, divina y humana, que sin confusión o cambio (en contra del monofisismo) y sin división o separación (contra Nestorio), están unidas en una sola persona o hipóstasis. Así pues, Cristo no está compuesto de dos personas, sino que es uno solo y el mismo Hijo unigénito, Verbo de -Dios, consubstancial con el Padre y al mismo tiempo consubstancial con nosotros, los hombres.

Con la fórmula de Calcedonia se llega a la afirmación concreta de la presencia en Cristo de dos naturalezas unidas en la única persona divina del Verbo. De este modo, la verdad cristiana fundamental, es decir que la salvación ha sido realizada por el que es ontológicamente perfecto mediador entre Dios y el hombre, colmando con su ser la distancia infinita que existía entre los dos, quedaba bien asegurada y sin riesgo de anular la dimensión humana de Cristo, absorbiéndola en la divina o alejándola de ella para afirmar sólo la parte humana.

Si la fórmula de Calcedonia no expresa todavía directamente la dimensión histórico-salvífica del misterio de Cristo, aclara ciertamente los puntos firmes en los que debe apovarse toda visión dinámica y existenciaÍ de la cristología. -

 "¿Qué es lo que representa entonces  el concilio de Calcedonia en la historia de la cristología?», se pregunta la Comisión teológica internacional en su documento de 1979 sobre Algunas cuestiones relativas a la cristología. Y responde diciendo que la definición dogmática de Calcedonia no pretende dar una respuesta exhaustiva del misterio de la encarnación, ya que «ninguna definición puede agotar las riquezas por medio de fórmulas afirmativas. Conviene más bien proceder por vía  negativa y trazar un espacio del que no es posible alejarse. Dentro de este espacio de verdad, el concilio puso " lo  úno" y "lo otro" que parecen excluirse: la trascendencia y la inmanencia, Dios y el hombre. Hay que afirmar los dos aspectos sin restricción, pero excluyendo todo lo que suponga yuxtaposición o mezcla. De esta manera, en Cristo, la trascendencia y la inmanencia están perfectamente unidas ».

 Algunos han sostenido que la expresión calcedonense de "dos naturalezas en una persona» es una fórmula filosófica que implica una helenización inadecuada del Nuevo Testamento. Habrá que decir más bien que constituye una cristianización de conceptos filosóficos, que adquieren así un nuevo sentido que no había recogido la filosofía.

Más que una disolución del misterio en conceptos filosóficos, es una introducción de éstos en el misterio, haciéndolos capaces de decir algo sobre lo que los supera. Que el hombre Jesús sea Dios es algo que no quita nada a su humanidad; más aún, representa el modo más perfecto de ser hombre: un tema rico en consecuencias para la antropología actual.

 B. García

 

 Bibl.: P. T Camelot. Éféso y Calcedonia,  ESET Vitoria 1971; L. Perrone, De Nicea (325}'a Calcedonia (451}, en G. Alberigo (ed.), Historia de los concilios ecuménicos , Sígueme, Salamanca 1993, 11-103; Concilium universale Chalcedonense, 6 vols., Berlín Leipzig 1933- 1936; H. Jedin, Breve historia de los concilios. Herder, Barcelona 1963, 2940.