FE Y RAZON
"Omne verum, a quocumque dicatur, a Spiritu Sancto est"
Toda verdad, dígala quien la diga, viene del Espíritu Santo
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Elementos de Teología Dogmática
Daniel Iglesias Grèzes
Nota previa:
Este trabajo es un desarrollo de las tesis correspondientes al examen final del bachillerato en teología del año 1997 en el Instituto Teológico del Uruguay Monseñor Mariano Soler (ITUMMS). Por la naturaleza del asunto se comprenderá que el "autor" de esta breve síntesis teológica no haya pretendido ninguna originalidad.
Índice
El punto de partida de la cristología es esta confesión de fe: Jesús de Nazaret es el Cristo, el Hijo de Dios. Él es el Mesías y Señor anunciado por las Escrituras, que existía desde el principio y en la plenitud de los tiempos fue enviado por el Padre (cf. Gálatas 4,4-5).
Como Siervo de Yahvé Dios, Jesucristo se solidarizó con los hombres, menos en el pecado, vivió nuestra historia y nuestro mundo anunciando el Reino, murió en la Cruz por nuestra salvación y resucitó al tercer día para nuestra justificación por obra del Padre.
La Tradición de la Iglesia y la enseñanza de los Padres buscaron de diversas maneras expresar la fe cristológica. Los grandes Concilios fueron marcando los criterios y términos que permiten una recta comprensión del Misterio de Cristo, especialmente el Concilio de Calcedonia y la confesión de fe: "verdadero Dios y verdadero hombre: una persona en dos naturalezas" (la unión hipostática - Denzinger n. 148).
Primera tesis:
En la misión del Hijo y del Espíritu Santo a las creaturas se nos ha anunciado la salvación y se nos ha revelado la divinidad y unidad del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
Para esta tesis, se ha consultado CICa, nn. 261-267 (profundizar en nn. 232-260).
La Santísima Trinidad es el misterio central de la fe cristiana. Sólo Dios puede dárnoslo a conocer revelándose. Según el conocido axioma trinitario de Karl Rahner, la Trinidad económica es la Trinidad inmanente y recíprocamente (cf. CICa, n. 236).
La encarnación del Hijo revela que Dios es el Padre eterno y que el Hijo es consubstancial al Padre, es decir, que es en Él y con Él el mismo y único Dios.
El Nuevo Testamento contiene una cristología explícita (por ejemplo en Juan 1,1; 10,30; Filipenses 2,6).
El Nuevo Testamento contiene también una cristología implícita: La divinidad de Cristo está implícita en su presentación como Hijo amado del Padre, en sus milagros, en su perdón de los pecados, en su autoridad, en la adoración de que es objeto, en su autoproclamación como "Yo soy", en su título de "Señor".
La misión del Espíritu Santo, enviado por el Padre en nombre del Hijo (cf. Juan 14,26) y por el Hijo "de junto al Padre" (Juan 15,26), revela que Él es con Ellos el mismo Dios único. El Nuevo Testamento contiene una pneumatología:
Jesús es el portador del Espíritu, lo cual se aprecia en su calidad de profeta, taumaturgo, exorcista y Mesías (según Isaías 61,1-4).
El Espíritu Santo pertenece a la realidad de Dios. Es el Espíritu de Dios (Padre) y de Cristo (Hijo).
Las fórmulas trinitarias del Nuevo Testamento permiten una aproximación al misterio trinitario:
El bautismo "en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo" (Mateo 28,19).
Un saludo de uso litúrgico (2 Corintios 13,13).
Toda la historia de la salvación (especialmente el misterio pascual) es obra de la Trinidad. En la única operación divina cada una manifiesta lo que le es propio en la Trinidad, sobre todo en las misiones divinas de la encarnación del Hijo y del don del Espíritu Santo.
Segunda tesis:
La Iglesia ha elaborado la doctrina bíblica enseñando que debemos adorar una sola naturaleza o substancia (physis o ousía) de la Divinidad, en tres subsistencias o personas (hypostasis o prosopa).
Las controversias trinitarias del siglo IV.
Las principales herejías trinitarias son el triteísmo, el modalismo (Sabelio) y el subordinacionismo (Arrio, Macedonio).
El Concilio de Nicea (año 325) define dogmáticamente la divinidad del Hijo (contra Arrio).
El Concilio de Constantinopla I (año 381) define dogmáticamente la divinidad del Espíritu Santo (contra Macedonio).
El Símbolo Quicumque (siglo V) expresa los siguientes desarrollos (cf. FIC, n. 1383-1386):
Se centra en la Trinidad inmanente. Yuxtapone la unidad y la tripersonalidad divinas.
La Trinidad es una: No se debe separar la sustancia (FIC, n. 1383; cf. Concilio de Toledo XI, FIC, n. 475-482).
Las Personas divinas son realmente distintas entre sí: No se deben confundir las personas (FIC, n. 1383; cf. Concilio de Toledo XI, FIC, n. 483-486).
Las Personas divinas son relativas unas a otras. Se distinguen entre sí por sus relaciones de origen opuestas (FIC, n. 1386; cf. Concilio de Toledo XI, FIC, n. 474.492-494).
El Concilio de Constantinopla II (año 553) alcanza los siguientes desarrollos:
Formulación definitiva del dogma trinitario.
Distinción definitiva entre ousía e hypóstasis.
Identificaciones: ousía-physis (sustancia-naturaleza); hypóstasis-prósopon (subsistencia-persona).
El Concilio de Toledo XI (año 675) realiza los siguientes aportes (cf. FIC, n. 460-494):
Determina las propiedades de las personas: El Padre es ingénito; el Espíritu Santo es amor y santidad.
Insinúa el concepto de perijóresis (la distinción personal consiste en las relaciones recíprocas).
Matiza el concepto de persona: sólo se aplica en cuanto designa una individualidad.
Las Personas divinas, inseparables en su ser, son también inseparables en su obrar (FIC, n. 488).
Breve historia del Filioque.
Fue expuesto por Padres de la Iglesia: "El Espíritu Santo procede del Padre en cuanto fuente primera y, por el don eterno de éste al Hijo, del Padre y el Hijo en comunión" (San Agustín).
Fue atestiguado en el Concilio de Toledo I (fórmula ampliada del año 447), en la carta de San León Magno (año 447) y en el símbolo Quicumque (siglo V).
Fue agregado al Credo nicenoconstantinopolitano en Occidente (siglos VII-XI) y fue rechazado por Focio duurante el primer cisma de Oriente (siglo IX).
Fue confirmado por los Concilios de Lyon II (año 1274) y Florencia (año 1439), que lograron sendas efímeras uniones con los griegos.
Tercera tesis:
La reflexión teológica acerca de la Santísima Trinidad afirma que las Personas Divinas, aunque no se distinguen realmente en la esencia, sin embargo se distinguen realmente entre sí por la oposición de relación; de aquí resulta que cada una posea propiamente nociones.
La doctrina de la Trinidad en Santo Tomás de Aquino (cf. Maximino Arias Reyero, 1991, pp. 346-385):
Santo Tomás parte de los datos bíblicos y dogmáticos sobre las dos procesiones intradivinas (generación y espiración) y concluye que en Dios hay relaciones. El concepto de relación se aplica a Dios analógicamente.
En Dios hay una realidad subsistente absoluta (la única sustancia divina) y tres realidades subsistentes relativas (las relaciones subsistentes divinas, que se identifican con las Personas divinas). Sin embargo no se trata de cuatro realidades subsistentes, si por "cuatro" entendemos una distinción real, porque las tres relaciones subsistentes son realmente idénticas a la sustancia subsistente única. Sólo abstractamente, con distinción "de razón" (fundada in re) podemos distinguir entre las Personas y la Sustancia divina. La única distinción real es entre las Personas mismas.
Las relaciones se dan en la esencia divina sin multiplicarla, distinguiéndose entre sí realmente en cuanto son opuestas. El estudio de las Personas divinas permite descubrir lo que es propio de cada Persona, lo que le es apropiado y lo que es común a las Tres.
Definición de persona:
Boecio define a la persona como sustancia individual de naturaleza racional.
Santo Tomás define a la persona como subsistencia individual de naturaleza racional. Esta definición se aplica mejor que la anterior al dogma trinitario.
Las Personas divinas: Nociones, relaciones, propiedades y apropiaciones.
Las Personas divinas tienen cinco nociones que expresan su ser personal: Innascibilidad, paternidad, filiación, espiración activa y espiración pasiva.
Hay cuatro relaciones reales de origen, porque la innascibilidad no es relación, sino negación de relación.
Hay cuatro propiedades personales, porque la espiración activa no es propiedad personal (por ser del Padre y del Hijo).
Hay tres relaciones reales de origen opuestas, que constituyen las personas.
Apropiaciones:
Padre |
Poder |
De Él |
El que es |
Creación |
Hijo |
Sabiduría |
Por Él |
Verdad |
Redención |
Espíritu Santo |
Bondad |
En Él |
Vida |
Santificación |
Primera tesis:
La parusía es la manifestación de Cristo-Pascua, quien por su Espíritu recapitula la creación y la historia en el Padre.
Escatología colectiva:
Trata acerca de la Parusía, el fin de los tiempos, el juicio final, la resurrección de los muertos, los cielos nuevos y la tierra nueva (cf. Apocalipsis 21).
"Parusía" significa "Presencia" o "Venida"; alude a la Segunda Venida del Hijo del Hombre (cf. notas de la BJ correspondientes a: Mateo 24,3; Lucas 17,22(a)).
"Maranathá" significa "El Señor viene" o "Ven, Señor" (Apocalipsis 22,20).
"Creo en la resurrección de la carne" (Símbolo de los apóstoles, artículo 11). Para este párrafo, cf. CICa, nn. 1015-1019; profundizar en nn. 988-1014.
Como Cristo resucitó (Pascua), también nosotros resucitaremos (Parusía). Mateo 24-25 relaciona la Pascua y la Parusía.
Jesús defiende la doctrina de la resurrección contra los saduceos.
"La carne es soporte de la salvación" (Tertuliano). Creemos en Dios que es el creador de la carne; creemos en el Verbo hecho carne para rescatar la carne; creemos en la resurrección de la carne, perfección de la creación y de la redención de la carne.
Por la muerte, el alma se separa del cuerpo, pero en la resurrección Dios devolverá la vida incorruptible a nuestro cuerpo transformado, reuniéndolo con nuestra alma. Así como Cristo ha resucitado y vive para siempre, todos nosotros resucitaremos en el último día.
"Creemos en la verdadera resurrección de esta carne que poseemos ahora" (DS 854). No obstante se siembra en el sepulcro un cuerpo corruptible, resucita un cuerpo incorruptible (cf. 1 Corintios 15,42), un "cuerpo espiritual" (1 Corintios 15,44).
"Desde allí ha de venir a juzgar a vivos y muertos" (Símbolo de los apóstoles, artículo 7):
Parábolas sobre el juicio final:
Mateo 13: La cizaña; la red.
Mateo 25: Las vírgenes prudentes y las necias; los talentos; el juicio final.
La recapitulación de todo en Cristo (cf. 1 Corintios 15,16-28; Vat. II, constitución Lumen Gentium, n. 51b).
La teología contemporánea presenta dos tendencias con respecto a la relación del mundo presente con el mundo futuro:
Encarnacionismo (transformación del mundo presente).
Escatologismo (mundo totalmente nuevo).
Segunda tesis:
"Cielo", Purgatorio" e "Infierno" representan los estadios definitivos de los hombres que se salvan, pasan por la purificación o se condenan eternamente.
Escatología individual: Muerte, juicio (particular), infierno, (purgatorio) y gloria.
La muerte y el juicio particular:
Como consecuencia del pecado original, el hombre debe sufrir "la muerte corporal, de la que el hombre se habría liberado, si no hubiera pecado" (Vat. II, constitución Gaudium et Spes, n. 18).
Jesús, el Hijo de Dios, sufrió libremente la muerte por nosotros en una sumisión total y libre a la voluntad de Dios, su Padre. Por su muerte venció a la muerte, abriendo así a todos los hombres la posibilidad de la salvación.
Al morir cada hombre recibe en su alma inmortal su retribución eterna en un juicio particular por Cristo, juez de vivos y de muertos.
La retribución inmediata: Parábola del pobre Lázaro y el rico Epulón; Jesús y el Buen Ladrón.
"Creo en la vida eterna" (Símbolo de los apóstoles, artículo 12). Para este párrafo, cf. CICa, nn. 1051-1060; profundizar en nn. 1020-1050.
"Creemos que las almas de todos los que mueren en la gracia de Cristo... constituyen el Pueblo de Dios después de la muerte, la cual será destruida totalmente el día de la resurrección, en el que estas almas se unirán con sus cuerpos" (Pablo VI, Credo del Pueblo de Dios, n. 28).
Las almas que pertenecen a la Iglesia celestial gozan de la bienaventuranza eterna, ven a Dios como Él es y participan en el gobierno divino de las cosas, por su intercesión y su fraterna solicitud por nosotros.
La escatología intermedia se refiere al período entre el juicio particular y el juicio final. En ese período existen las almas separadas y el purgatorio. Los que mueren en la gracia de Dios, pero imperfectamente purificados, aunque están seguros de su salvación eterna, sufren una purificación después de su muerte, a fin de obtener la santidad necesaria para entrar en el gozo de Dios.
En virtud de la "comunión de los santos", la Iglesia encomienda los difuntos a la misericordia de Dios y ofrece sufragios en su favor, en particular el santo sacrificio eucarístico.
Siguiendo las enseñanzas de Cristo, la Iglesia advierte a los fieles de la "triste y lamentable realidad de la muerte eterna", llamada también "Infierno".
La pena principal del Infierno consiste en la separación eterna de Dios en quien solamente puede tener el hombre la vida y la felicidad para las cuales ha sido creado y a las cuales aspira.
La Iglesia ruega para que nadie se pierda: "Jamás permitas, Señor, que me separe de ti." Si bien nadie puede salvarse a sí mismo, también es cierto que "Dios quiere que todos los hombres se salven" (1 Timoteo 2,4) y que para Él "todo es posible" (Mateo 19,26).
La comunión de los santos:
Es unión de todos con Jesucristo (Iglesia triunfante, purgante y militante).
Es comunicación de bienes espirituales (sufragios por los difuntos, culto de veneración a los santos, intercesión).
Errores principales en esta materia:
El platonismo negó la resurrección.
El origenismo enseñó la apocatástasis, el infierno medicinal, la preexistencia de las almas y la reencarnación.
La reforma protestante negó la existencia del purgatorio y las indulgencias.
Algunos protestantes del siglo XX enseñaron la doctrina de la muerte total y la recreación.
Pronunciamientos del Magisterio:
La constitución Benedictus Deus (Benedicto XII, año 1336) definió el dogma de la retribución inmediata (visión beatífica, purgatorio o penas infernales), a raíz de la controversia causada por el Papa Juan XXII.
El Concilio de Trento supuso que la existencia del purgatorio es doctrina de fe definida.
La carta Recentiores (Congregación para la Doctrina de la Fe, año 1979; FIC, n. 1373) rechazó la doctrina de la resurrección en la muerte.
Los
sacramentos en general.
Jesucristo, sacramento de Dios.
"A Dios nadie lo ha visto jamás. El Hijo unigénito, que está en el seno del Padre, él lo ha contado." (Juan 1,18).
"Y la Palabra se hizo carne, y puso su Morada entre nosotros, y hemos contemplado su gloria, gloria que recibe del Padre como Hijo único, lleno de gracia y de verdad." (Juan 1,14).
"El que me ha visto a mí, ha visto al Padre." (Juan 14,9).
"Él es Imagen de Dios invisible". (Colosenses 1,15).
La Iglesia, sacramento de Cristo.
La Iglesia es el Cuerpo de Cristo y Cristo es su Cabeza.
Cristo está siempre con ella y ella hace presente a Cristo.
La Iglesia está animada por el Espíritu de Cristo. Es "un pueblo reunido en virtud de la unidad del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo" (San Cipriano, citado en Vat. II, constitución Lumen Gentium, n. 4b).
La Iglesia continúa la misión de Cristo; dilata el Reino de Cristo hasta la Parusía.
Por eso la Iglesia (católica) es sacramento universal de salvación. Donde hay salvación, allí está la Iglesia.
Los siete sacramentos de la Iglesia.
La Iglesia se manifiesta y realiza plenamente en los siete sacramentos de la Nueva Alianza.
En los sacramentos se actualiza el misterio pascual de Cristo por el poder del Espíritu Santo.
Para contrarrestar los errores de los protestantes, el Concilio de Trento definió la doctrina sobre los sacramentos en general.
Los sacramentos son signos eficaces de la gracia, instituídos por Cristo y confiados a la Iglesia.
Se componen de ritos y palabras.
Dan frutos personales y eclesiales.
Son necesarios para la salvación.
Algunas clases de sacramentos.
Los sacramentos de curación.
Llevamos la vida nueva de Cristo en "vasos de barro":
Estamos sometidos al sufrimiento, la enfermedad y la muerte.
Podemos debilitar o perder la gracia por el pecado.
Jesucristo, médico de las almas y de los cuerpos, quiso que la Iglesia continuase su obra de salvación y curación.
Ésa es la finalidad de los dos sacramentos de curación:
Penitencia.
Unción de los enfermos.
Los sacramentos al servicio de la comunidad.
Son los sacramentos de la fecundidad cristiana:
Orden.
Matrimonio.
Están ordenados a la salvación de los demás.
Confieren una misión particular en orden a la edificación de la Iglesia.
Son necesarios con necesidad social, no individual.
Unción de los enfermos.
Tesis: El sacramento de la unción de los enfermos otorga al enfermo la gracia del Espíritu Santo, con la cual la persona humana, en su totalidad, es socorrida en el camino de la salvación, elevada a la confianza en Dios y fortalecida contra las tentaciones del mal y las angustias de la muerte para que pueda, no solamente soportar con valentía la adversidad, sino también afrontarla activamente y lograr, incluso, el restablecimiento corporal, si conviene para su salvación. Este sacramento concede, además, el perdón de los pecados y la plenitud de la conversión cristiana (cfr. Constitución Apostólica Sacram unctionem infirmorum e Introducción al ritual de la Unción, 1972).
Para esta tesis, cf. CICa, nn. 1526-1532; profundizar en nn. 1499-1525.
Nombre: El Concilio Vaticano II cambió el nombre de este sacramento, de "extremaunción" a "unción de los enfermos" (cf. Vat. II, constitución Sacrosanctum Concilium, n. 73).
Institución:
Cristo, médico, manda a sus Apóstoles curar a los enfermos (cf. Mateo 10,8; Marcos 6,13; 16,18).
El rito de la unción de los enfermos fue practicado por la Iglesia primitiva (cf. Santiago 5,14-15).
La Tradición ha reconocido en este rito uno de los siete sacramentos de la Iglesia (Concilio de Florencia, FIC, n. 1195; Concilio de Trento, FIC, n. 1197).
La Constitución apostólica Sacram unctionem infirmorum (Pablo VI, año 1972) determinó lo esencial de este sacramento para el rito romano.
Materia:
Unción con óleo bendecido por el obispo (o por el presbítero que celebra, en caso de necesidad).
Normalmente es el óleo de los enfermos bendecido por el obispo en la Misa crismal.
Unción en la frente y las manos del enfermo (rito romano) o en otras partes del cuerpo (en Oriente).
Forma: Oración litúrgica del sacerdote celebrante que pide la gracia especial de este sacramento (CICa, n. 1531).
Ministros: Los sacerdotes (presbíteros y obispos).
¿Quién puede recibirlo?
El fiel que comienza a encontrarse en peligro de muerte por causa de enfermedad o vejez (cf. Vat. II, constitución Sacrosanctum Concilium, n. 73).
El cristiano gravemente enfermo que, después de haberlo recibido, ve agravada su enfermedad.
Efectos:
La unión del enfermo a la pasión de Cristo, para su bien y el de toda la Iglesia.
El consuelo, la paz y el ánimo para soportar cristianamente los sufrimientos de la enfermedad o de la vejez.
El perdón de los pecados, si el enfermo no ha podido obtenerlo por el sacramento de la penitencia.
El restablecimiento de la salud corporal, si conviene a la salud espiritual.
La consumación de la penitencia y de toda la vida cristiana, que debe ser penitencia continua (Concilio de Trento, FIC, n. 1196).
Recae sobre las consecuencias del pecado y ocasionalmente sobre el pecado mismo.
La preparación para el paso a la vida eterna (trilogía de iniciación a la muerte cristiana: penitencia-unción-eucaristía; cf. Vat. II, constitución Sacrosanctum Concilium, n. 74).
Orden Sagrado.
Tesis: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote, sigue estando presente en la Iglesia en la persona de sus ministros a quienes, por la imposición de las manos, se les entrega el don del Espíritu Santo que los consagra como verdaderos sacerdotes. El carácter sacerdotal los habilita para actuar en la persona de Cristo. La sagrada potestad, cuya plenitud se da en el episcopado, hace de los ministros ordenados verdaderos pastores que sirven a la grey mediante la función profética, litúrgica y hodegética.
Cristo, Sumo y Eterno Sacerdote (cf. Hebreos 7-9):
Cristo es el único sacerdote, mediador entre Dios y los hombres.
Es el ministro del culto plenamente digno de Dios (el sacrificio de la cruz, perpetuado en el sacrificio eucarístico).
Es la fuente de todo sacerdocio:
El sacerdote de la antigua Ley era figura de Él.
El sacerdote de la nueva Ley actúa en representación suya.
Sacerdocio común y sacerdocio jerárquico:
La Iglesia entera es un pueblo sacerdotal.
Por el bautismo, todos los fieles participan del sacerdocio de Cristo (sacerdocio común de los fieles).
Al servicio del sacerdocio común existe el sacerdocio ministerial conferido por el sacramento del orden.
Los ministros ordenados sirven en representación de Cristo-Cabeza en medio de la comunidad.
Sin jerarquía no hay Iglesia.
El sacerdocio ministerial difiere esencialmente del sacerdocio común de los fieles (el primero es más visible y externo; el segundo es más interior).
Los reformadores protestantes negaron el carácter sacrificial de la Misa y la distinción entre sacerdocio universal y sacerdocio jerárquico (cf. Concilio de Trento, FIC, n. 1219).
Nombre:
En la antigüedad romana, "orden" designaba un cuerpo civil constituído (sobre todo el de los gobernantes).
En la Iglesia hay desde el principio órdenes, cuerpos constituídos.
Institución:
Jesucristo dio a los apóstoles el poder y el mandato de celebrar la eucaristía y de perdonar los pecados.
Este poder de los apóstoles se transmite a sus sucesores en el sacerdocio.
Testimonios en las cartas de Pablo: 1 Timoteo 3,1; 4,14; 2 Timoteo 1,6; Tito 1,5.
Materia: El Concilio de Florencia consideró como rito esencial de este sacramento la entrega de los instrumentos. El Papa Pío XII determinó que el rito esencial fuese la imposición de manos.
Forma: Oración consecratoria (dependiente del grado).
Ministros: Sólo los obispos.
¿Quién puede recibirlo?
Los varones bautizados cuyas aptitudes para el ministerio han sido debidamente reconocidas.
La ordenación no es un derecho individual sino una vocación discernida por la autoridad eclesial.
En la Iglesia latina los presbíteros son célibes; en las Iglesias orientales pueden ser célibes o casados.
Efectos:
El ministro ordenado (especialmente el sacerdote) actúa en representación de Cristo Cabeza y en nombre de toda la Iglesia.
La potestad sagrada recibida depende del grado del sacramento.
La ordenación imprime un carácter sacramental indeleble (se es ministro para toda la vida).
Configuración con Cristo Sacerdote, Profeta (o Maestro) y Rey (o Pastor).
Función profética o de enseñanza: Anuncio del Evangelio a todos los hombres.
Función litúrgica o de santificación: Dispensación de la gracia de los sacramentos.
Función hodegética o pastoral: Gobierno de la Iglesia con prudencia y caridad.
Los tres grados del sacramento del orden:
Obispo:
Recibe la plenitud del sacramento del orden.
Es la Cabeza visible de la Iglesia particular que le es confiada.
Es miembro del colegio episcopal (sucesor del colegio apostólico).
Solicitud por la Iglesia universal, bajo la autoridad del Papa, sucesor de san Pedro.
Presbítero:
Tiene la dignidad sacerdotal.
Es un cooperador diligente de su obispo.
Es miembro del presbiterio que asume con el obispo la responsabilidad de la Iglesia particular.
Recibe del obispo el cuidado de una comunidad parroquial o de una función eclesial determinada.
Diácono:
No recibe el sacerdocio ministerial.
Es un ministro ordenado para las tareas de servicio de la Iglesia (en los ministerios de la palabra, del culto divino, del gobierno pastoral y del servicio de la caridad).
Está bajo la autoridad pastoral de su Obispo.
Las órdenes menores (lectorado y acolitado) son ministerios laicales instituídos.
Matrimonio.
Tesis: La unión estable del varón y la mujer, que se designa con el nombre de matrimonio, es de institución natural, elevada por el divino Redentor a la dignidad de sacramento como signo y realidad de aquella unión indisoluble entre Cristo y la Iglesia. Mediante el vínculo entre bautizados y la mutua aceptación de los esposos se confiere la gracia propia del sacramento en aquellos que lo reciben dignamente, destinada a la santificación por el amor mutuo y la capacitación para desempeñar los deberes propios del matrimonio.
Institución:
Es una institución natural elevada por Cristo a un fin sobrenatural.
La alianza matrimonial, por la que un hombre y una mujer constituyen una íntima comunidad de vida y de amor fiel y fecundo, fue fundada y dotada de sus leyes propias por el Creador (cf. Génesis 1-2).
Entre bautizados, el matrimonio ha sido elevado por Cristo Señor a la dignidad de sacramento.
El sacramento da su pleno sentido al matrimonio natural, perfeccionando el amor natural de los esposos (Efesios 5,25.32).
Por ser natural y sobrenatural, el matrimonio debe ser regulado por el Estado y la Iglesia.
Causa eficiente:
El consentimiento de los contrayentes (voluntad de darse mutua y definitivamente para vivir una alianza matrimonial).
Para la validez del matrimonio la Iglesia exige normalmente la forma canónica (celebración litúrgica pública).
El matrimonio es consumado por el acto conyugal de los esposos.
Ministros: Los contrayentes cristianos.
¿Quiénes pueden recibirlo?
El derecho canónico regula los impedimentos dirimentes del matrimonio (cf. Código de Derecho Canónico, cc. 1083-1094).
Efectos:
El vínculo matrimonial; todo verdadero matrimonio entre cristianos es sacramento (contrato=sacramento).
La gracia del sacramento capacita para vivir en el estado de vida matrimonial.
Bienes y exigencias del matrimonio cristiano:
La unidad e indisolubilidad (Mateo 19,6).
El bien de los cónyuges (ayuda mutua y santificación personal).
La generación y educación (cristiana) de los hijos (crecimiento de la Iglesia); apertura a la fecundidad.
Los dos significados del acto conyugal (unitivo y procreador) son indisociables (cf. Pablo VI, encíclica Humanae Vitae, n. 12).
Ser signo de la unión de Cristo con la Iglesia.
La poligamia, el divorcio y el rechazo de la fecundidad atentan contra la dignidad del matrimonio.
El adulterio podría justificar una separación, no un divorcio.
La familia cristiana es "Iglesia doméstica", comunidad de fe y de oración, escuela de virtudes humanas y de caridad.
Pronunciamientos del Magisterio:
Contra el maniqueísmo: El matrimonio es una realidad santa.
Contra los reformadores protestantes: Sacramentalidad y valor religioso del matrimonio.
Nota: Falta desarrollar aquí los sacramentos de la iniciación cristiana (Bautismo, Confirmación y Eucaristía) y el sacramento de la Penitencia.
Bibliografía general y siglas empleadas:
BJ = Biblia de Jerusalén. Nueva edición totalmente revisada y aumentada, Desclée de Brouwer, Bilbao.
FIC = Justo Collantes, La Fe de la Iglesia Católica. Las ideas y los hombres en los documentos doctrinales del Magisterio, Biblioteca de Autores Cristianos, Madrid 1986.
Vat. II = Documentos del Vaticano II. Constituciones, Decretos, Declaraciones, Biblioteca de Autores Cristianos, Madrid 1986.
CICa = Catecismo de la Iglesia Católica, Editorial Lumen, Montevideo 1992.
Cristología:
FIC, Capítulo IV.
Vat. II, Constitución Gaudium et Spes.
CICa, nn. 422-682.
Carlos Ignacio González, Él es nuestra Salvación. Cristología y Soteriología, Consejo Episcopal Latinoamericano, Bogotá 1987.
Dios uno y trino:
FIC, Capítulo VI.
Vat. II, Constitución Lumen Gentium, nn. 2-4; Constitución Dei Verbum, nn. 2-4.
CICa, nn. 232-267.
Maximino Arias Reyero, El Dios de nuestra Fe. Dios uno y Trino, Consejo Episcopal Latinoamericano, Bogotá 1991.
Escatología:
FIC, Capítulo X.
Vat. II, Constitución Lumen Gentium, nn. 48-51; Constitución Gaudium et Spes, nn. 18.39.
CICa, nn. 988-1060.
Sacramentos:
FIC, Capítulo IX.
Vat. II, Constitución Lumen Gentium, nn. 11.18-29.35; Constitución Gaudium et Spes, nn. 47-52; Constitución Sacrosanctum Concilium, nn. 73-78; Decreto Christus Dominus, n. 11; Decreto Presbyterorum Ordinis, nn. 1-3.
CICa, nn. 1499-1666.