TRATADO IV


DE LOS SACRAMENTOS DE LA REPARACIÓN  

 

DESPUÉS DE LA CAÍDA

 

 

 

INTRODUCCIÓN GENERAL

 

1. Si en todos los regenerados espiritualmente hubiera tal gratitud para con Dios que guardaran constantemente la Justificación recibida en el bautismo por su bondad y su gracia, no seria necesario el que hubiera sido instituido otro sacramento distinto del bautismo para la remisión de los pecados. Ahora bien puesto que Dios, rico en misericordia, conoció nuestra condición, ha otorgado también un remedio de vida a aquéllos, que se entregan posteriormente a la esclavitud del pecado y al dominio del demonio, a saber el sacramento de la penitencia, por el cual se les aplica los méritos de la muerte de Jesucristo a los caídos en pecado después del bautismo.

 

Así pues, aquella vida divina, con la que Dios había adornado al linaje humano en el paraíso, después de haber sido totalmente trastornada por el pecado de Adán, es restituida de nuevo por los méritos de la muerte de Cristo, por obra del sacramento del bautismo.

 

Ahora bien a esta vida sobrenatural, que nos ha sido regalada por la regeneración bautismal, y que ha sido robustecida por la Confirmación y la Eucaristía, constantemente la atacan la carne, el mundo y el demonio (D 806), de manera que los renacidos por el agua y el Espíritu Santo sucumben en muchísimas ocasiones y pierden la vida de la gracia.

 

Pero Dios, rico en abundancia de misericordias, muy conocedor de nuestra condición, quiso instituir un nuevo remedio, a saber el sacramento de la penitencia, por el que a los caídos en pecado después del bautismo se les aplicaran los méritos de la muerte de nuestro Señor Jesucristo.

 

Pasamos a tratar por consiguiente de este remedio en el tratado acerca del sacramento de la penitencia; al cual está anexionado como complemento el sacramento de la extremaunión.