TRATADO SEXTO

 

DE LOS NOVÍSIMOS

O DE LA CONSUMACIÓN DE LA OBRA DE DIOS

 

Por el P. José Sagüés, S.J.

 

INTRODUCCIÓN

 

Dios, creador y conservador y cooperador y rector de todas las cosas, es también el que las lleva a término, en cuanto que las conduce a los fines últimos que de antemano habían sido establecidos para ellas. Ahora bien todo lo que está conexionado con el fin de las criaturas visibles, bien como condición previa de este fin o bien como constitutivo del mismo o bien como su privación, recibe el nombre de novísimos, esto es, postrimerías, vocablo extraído del libro del Eccli, 7, 40: "Acuérdate de tus novísimos y no pecarás jamás" (Cf. Prov, 4, 11).

 

Por consiguiente en este tratado acerca de los novísimos, el cual también es designado con el nombre de escatología, vocablo derivado de la palabra έσχατον esto es, lo último, se consideran: a) Los novísimos del hombre (esto es, la escatología individual), a saber la muerte y el juicio particular, estos dos novísimos son comunes a todos los hombres, si bien cada uno tiene que afrontarlos en su momento que es distinto para cada hombre; la gloria, el infierno, el purgatorio, los cuales novísimos son distintos para cada uno de los hombres conforme a la diferencia de méritos o de deméritos que tiene cada uno en el momento de su muerte. b) Los novísimos del mundo (esto es, la escatología general), tienen que afrontarlos todos los hombres al mismo tiempo y en los cuales se encierran los novísimos del linaje humano, a saber la resurrección de los muertos, el juicio universal, y los novísimos del mundo material, a saber, la destrucción de éste y la renovación del mismo mediante el fuego.

 

Ahora bien esta división no indica que haya que reducir la escatología más o menos a cierto fenómeno colectivo o por el contrario a algo individual; sino que más bien debemos decir que se da entre ambas escatologías una cierta conexión íntima, v. gr. entre el juicio particular y el juicio final, si bien esta conexión no siempre se nos presenta en toda su profundidad. De donde habría que considerar la escatología más bien como una cierta entidad única que afecta simultáneamente tanto al conjunto de los hombres como a cada uno de ellos si bien en cuanto están conexionados con ese conjunto. Más aun, tampoco se ha de considerar que la escatología concierne simplemente al fin mismo tanto de los individuos como de la comunidad humana, sino que más bien es una serie de sucesos, que ya se están dando en cierto modo "in fieri" y los cuales concurren en orden a la consumación final mediante un progreso gradual. Mas puesto que la comunidad humana es en realidad o bien en cuanto a su destino el mismo Cuerpo Místico de Cristo como la escatología se debe considerar dentro de este Cuerpo, en el cual cada uno de los miembros pasa de un estado a otro, v. gr. de la tierra al purgatorio o al cielo, pero siempre dentro de él mismo, hasta tanto que todo el Cuerpo por fin forme "este varón perfecto en la madurez del desarrollo: hasta la plenitud de Cristo" (Ef, 4, 13).

 

Este tratado se pone con toda razón al final de la teología, a fin de que Dios, que se nos ha mostrado en los otros tratados como uno y trino, como creador de todas las cosas y como el que ha elevado a la creatura racional al orden sobrenatural, redimiendo por medio de Jesucristo al hombre cardo en el pecado, y dándole su gracia y ésta por medio de los sacramentos, sea presentado por último. como el que lleva al hombre a su término en la gloria eterna del alma y del cuerpo en razón de los méritos contraídos. Por esto nuestro tratado recibe también el nombre de tratado acerca de Dios que lleva a término o remunera al hombre.

 

Y la consideración de estos novísimos es de gran importancia, a fin de que, presentando tanto la esperanza del gozo futuro como el temor del castigo, los pecadores se muevan a dominar sus perversas pasiones y se aparten de los caminos de perdición, y en orden a fomentar la intrepidez de los justos para soporta las penalidades por Dios y para cumplir sus mandatos.

 

Santo Tomás, al tratar de los novísimos, hace referencia a la resurrección De aquí que habla de ellos después del tratado de los sacramentos: "Pues después que se ha hablado de los sacramentos, por los que el hombre se libera de la muerte de la culpa, hay que hablar acerca de la resurrección, por la cual el hombre se libera de la muerte del castigo" (Suppl. q. 69 al principio), de forma q] el primer término habla acerca de lo que precede a la resurrección, después c lo que la acompaña, y por último de lo que se sigue después de ella. Nosotros vamos a mantener este orden, en la medida de lo posible, sin embargo de manera que, en gracia a la claridad, tratemos en primer lugar de los novísimos del hombre después de los novísimos del linaje humano y por último de los novísimos del mundo.

 

Ahora bien la doctrina acerca de los novísimos se extrae, según es manifiesto de la Sagrada Escritura y de la divina tradición, sirviéndonos de guía el Magisterio de la Iglesia. Sin embargo esta doctrina explicada hoy por los teólogo de una modo tan preciso, solamente se explica de forma paulatina en la Sagrada Escritura, de manera que siendo presentada todavía de un modo imperfecto en el Antiguo Testamento, alcance su claridad en el Nuevo Testamento.

 

En efecto, aquella idea general por la que al comienzo "v. gr. en E Pentateuco" se decía que todos los difuntos bajaban al "Sehol", sin embargo de forma que los justos eran agregados a su pueblo, después se presentó de modo más claro lo siguiente, a saber, que al haber entre los hombres buenos y malos, había que esperar el juicio de Dios, el cual daría a los buenos la vida eterna y en verdad también por la resurrección del cuerpo, en cambio a los malos le daría la muerte eterna; más aun se sostenía que los justos después de muerto podían encontrarse en una situación, en la que se librarían de los pecados p( las preces de los vivos. Todo esto por último se aclaró todavía más en el Nuevo Testamento, donde todo lo que concierne a la escatología, se enseña con una claridad conveniente.

 

Sin embargo, incluso con la revelación del Nuevo Testamento, no todos los católicos entendieron inmediatamente la recta doctrina en cuanto a todos sus elementos, de modo que algunos, aunque pocos y ciertamente de buena fe, no vinieran a caer en algún error. En efecto, en los primeros siglos del cristianismo alguno pensaron que antes del juicio final a los difuntos solamente se les otorga una retribución imperfecta; otros (los Milenaristas) pensaron que Jesucristo después de resucitar a los justos, reinaría junto a éstos en la tierra durante unos mil años antes de la definitiva vida beatífica de éstos; otros (los cual( podrían ser llamados los Misericordiosos) pensaron que los cristianos que habían muerto en pecado, o algunos de ellos, obtendrían el cielo después de sufrir pena! otros (los Origenistas) dijeron que todos los condenados en el infierno, o por lo menos los hombres, con el tiempo, después de haberse convertido, sería galardonados con la gloria. Acerca de estos hablaremos en este tratado en el momento oportuno.

 

Sin embargo la Iglesia, que ha profesado siempre la sana doctrina escatológica ha enseñado muchísimas veces esta doctrina, en cuanto se había presentado ocasión. Aquí se recuerdan unos pocos documentos de la Iglesia acerca de esta doctrina.

 

Símbolos de la fe.    Los que se encuentran en la tradición de la Iglesia
o han sido propuestos por algún Concilio o Pontífice (D 2, 6, 3, 13 s, 19, 4( 54, 86, 278, 344, 994), enseñan en general las verdades siguientes: La venida de Jesucristo para juzgar a los vivos y a los muertos; la resurrección de los muertos; la vida eterna; el castigo eterno.

 

Los pontífices. Benedicto XII (D 530 s) enseña la retribución inmediata o bien de la vida beatifica y ciertamente por la visión intuitiva de Dio sin embargo, en el caso que sea necesario, después de una previa purificación o bien la retribución del castigo eterno; la resurrección; el juicio fina Clemente VI (D 570 s, 574 a) enseña la doctrina acerca del infierno; el purgatorio la vida beatifica mediante la visión intuitiva de Dios.

 

Los concilios. El Lateranense (D 429) enseña la venida de Jesucristo juzgar a todos los hombres; la resurrección de los muertos; la gloria y el castigo eternos; el Concilio de Lión (D 456 s) enseña la doctrina del purgatorio y general la doctrina sobre los sufragios; el infierno eterno; la gloria eterna. El Concilio II de Lión (D 464) enseña la venida de Jesucristo a juzgar a los hombres; el purgatorio y en concreto los sufragios; el infierno; el cielo; resurrección. El Concilio Florentino (D 693; cf. 696) habla, casi como los anteriores, acerca del purgatorio y de los sufragios, del infierno, del cielo y recuerda la visión de Dios y ciertamente de Dios uno y trino.

 

Citemos en concreto: acerca del infierno eterno, Virgilio que aprueba una condenación de la reparación de los Origenistas (D 211); Inocencio III (D 410 Acerca del purgatorio y de los sufragios sírvanos citar el Concilio Tridentino (D 983). Sobre las indulgencias respecto a los difuntos, citemos a Sixto (D 723 a); Pío VI (D 1540 - 1542). Sobre el Milenarismo, Pío XII (AAS 36 "194 212).