TEMA 40
ESENCIA
Y CONSECUENCIAS DEL PECADO
40.1) Noción teológica del pecado
40.2) Pecado mortal y pecado venial
40.3) Pecado y opción fundamental
40.4) Efectos del pecado
40.5) Pecado social y estructuras de pecado
40.1 Noción Teológica del Pecado
El pecado es la violación de la ley moral divina,
claramente conocida y libremente querida. El término pecado, para designar el
mal moral, es de origen bíblico, y la escritura lo usa frecuentemente ( Cfr. Gn
18,20; Mt 12,31; 1Cor 6,18).
Algunas definiciones de Pecado:
"Peccatum est factum vel dictum vel concupitum
aliquid contra legem aeternam". (San Agustín Contra Faustum
, XXII, 27: PL 42, 418). Son dos los elementos que destacan: Acto humano.
Sólo puede haber pecado si hay acto libre, es decir, si media conocimiento de
lo que se hace y de su maldad (Advertencia), y la voluntad que quiere hacerlo
(consentimiento). Todo lo que disminuya la libertad (ignorancia, miedo, etc)
disminuye la razón de pecado. El acto puede ser interno (pensamiento) o externo
(palabra y obra), consistir incluso en una omisión. Contraria a la Ley de
Dios: El acto humano es malo cuando no se ordena a la ley de Dios como último
fin.
"Aversio a Deo" y "Conversio ad
creaturas". En todo pecado el hombre se aparta de Dios para
convertirse a un bien creado, que ama desordenadamente. De ordinario, nadie peca
por afán de transgredir la Ley de Dios, sino por amor a un bien fuera del orden
de esa ley. La desordenada conversión al bien temporal (Conversio ad creaturas)
es el objeto directo de la voluntad del pecado, mientras que el apartarse de la
voluntad de Dios al quererlo (Aversio a Deo) es su malicia.
40.2 Pecado mortal y pecado venial
La Sagrada Escritura habla de 2 tipos de pecados.
Unos que producen la muerte (Iac. 1,15) y excluyen del Reino de los Cielos (1
Cor 6,4-10), separan de Cristo, rompen la unión con Dios. Otros , en cambio, en
los que el justo mismo cae varias veces al día, pero no excluyen de la amistad
con Dios. La Iglesia ha llamado respectivamente a éstos pecados mortales
(priva de la vida de la gracia, por apartar de Dios como último fin) y Veniales
( no priva de la vida de la gracia ni aparta de Dios como último fin).
PECADO MORTAL:
Consiste en la aversión a Dios, por una conversión
gravemente desordenada a las criaturas. La esencia del pecado grave o mortal
radica en la aversión a Dios o desorden respecto al último fin; es siempre un
acto gravemente desordenado por su objeto que es libremente querido. El desorden
de la voluntad impide recibir, o hace perder, al alma la vida de la gracia.
No todos los pecados mortales tienen igual gravedad
aunque cualquier pecado grave prive de la gracia y desordene al hombre respecto
a su último fin, no siempre su voluntad queda comprometida igualmente con el
mal. Cuanto mayor sea el desorden, más grave es la culpa.
Condiciones requeridas para el pecado mortal:
A) Materia grave
:
que el objeto del acto supone un desorden grave contra la ley de Dios
En atención a la gravedad de la materia se suele
distinguir: 1) Pecados mortales ex toto genere suo: Los
actos que, por su materia, comportan un grave desorden contra la ley divina; no
admiten parvedad de materia. 2) Pecados mortales ex genere suo:
Los actos que, por su objeto, implican un grave desorden contra la ley divina,
pero admiten parvedad de materia. 3) Pecados veniales ex genere suo:
Comportamientos desordenados que de suyo, por su objeto, no comportan la ruptura
de la voluntad con el amor al último fin.
La tradición moral cristiana ha afirmado siempre la
existencia de actos intrínsecamente morales o absolutos morales, que en sí
mismos y por sí mismos constituyen siempre un desorden moral grave. Se trata de
actos delimitados por el objeto del acto externo, cualesquiera que sean las
circunstancias personales, sociales, las intenciones y motivaciones subjetivas,
contradicen gravemente la dignidad personal del ser humano y la ley de Dios.
B) Plena advertencia:
El
sujeto, en el perfecto uso de su razón, conoce que está obrando el mal en
materia grave. Si faltara tal conocimiento, no podría haber pecado mortal. Se
puede distinguir 2 aspectos: Uso perfecto de la razón: no hay
advertencia plena si el individuo carece del completo dominio de sus facultades
mentales. Conocimiento de la gravedad de la materia: no habría tampoco
plena advertencia si se ignora la maldad del acto que se realiza. Es suficiente
que la luz de su conciencia le indique que actúa mal en materia grave.
C) Pleno consentimiento:
La
voluntad se adhiere al objeto malo, con su fuerza sustancial más integra, sea
por propia elección o consintiendo a un movimiento pasional desordenado. Basta
que el quiera un acto que es grave objetivamente.
PECADO VENIAL:
El pecado venial consiste en una conversión
desordenada a las criaturas, que no comporta la pérdida del orden habitual de
la voluntad a Dios como último fin . Se trata de pecados que no impiden la vida
de la gracia, ni hacen que se pierda.
Entre el pecado mortal y venial media una diferencia
esencial y no sólo de grado: a)- La razón de pecado está plenamente sólo
en el mortal, y de modo imperfecto en el venial: en el primer caso la voluntad
se aparta de Dios; en el segundo caso permanece unida a él, si bien
imperfectamente. b)- el pecado mortal priva de la misma vida del alma en
cuanto hace perder la gracia; el venial ni siquiera la disminuye, si bien
dificulta el ejercicio de las virtudes.
Clases de pecados veniales:
El desorden propio del pecado venial puede darse de dos maneras:
A- Por imperfección del acto:
falta plena advertencia o perfecto consentimiento, en una materia grave.
B-Por levedad de la materia:
sea porque el género mismo del acto malo es leve, o porque hay parvedad de
materia en un género de actos de suyo graves.
¿Puede cometerse pecado mortal en materia que de
suyo son leves?
La tradición moral cristiana enseña que si en los
siguientes casos: 1- Por conciencia errónea: si se estima erróneamente que una
determinada conducta es falta grave, y a pesar de todo se realiza.
2- Si se realiza el acto con desprecio formal (por
ej., quien omitiera hacer una reverencia al santísimo con objeto de despreciar
la fe).
3- Por la acumulación de actos entre los que media
una unión moral.
40.3 Pecado y opción fundamental
En el Juicio moral de las conductas han de tenerse
en cuenta los elementos objetivos (moralidad objetiva) y los condicionamientos
psicológicos, subjetivos, etc. (moralidad subjetiva). En otro caso no se
considerarían conductas humanas. Pero la necesidad de valorar adecuadamente
esos factores subjetivos e intencionales no puede conducir al extremo de
despreciar los actos singulares y los elementos objetivos, como si las
intenciones de fondo cohonestaran cualquier actividad.
El Magisterio señala expresamente: "Algunos
llegan a afirmar que el pecado mortal que separa de Dios sólo se verifica en el
rechazo de directo y formal de la llamada de Dios, o el egoísmo que se cierra
al amor del prójimo completa y deliberadamente, Sólo entonces tendría lugar
una opción fundamental, es decir, una de aquellas decisiones que comprometen
totalmente a una persona, y que serían necesarias para constituir un pecado
mortal. Por ella tomaría o ratificaría el hombre, desde el centro de la
personalidad, una actitud radical en relación con Dios o con los hombres. Por
el contrario, las acciones que llaman periféricas (en las que niegan que se dé
por lo regular una elección decisiva) no llegarían a cambiar una opción
fundamental. Y tanto menos, cuanto que, según se observa, con frecuencia
proceden de los hábitos contraídos. De esta suerte, esas acciones pueden
facilitar las opciones fundamentales, pero no hasta el punto de poderlas cambiar
por completo" (Persona Humana n. 3).
Lo que hay de verdad en la teoría de O. F. es que
la rectitud habitual de la voluntad u orden al último fin, no suele cambiar con
facilidad; y, en principio, no cambia mientras haya rectitud habitual o decisión
fundamental de vivir según el primer precepto o mandato del amor, no significa
el haber superado ya todo egoísmo, sino el empeño en luchar constante y
seriamente por amor a Dios y al prójimo y evitar toda trasgresión consciente,
sea en materia grave o leve, del orden moral.
40.4 Efectos del pecado
Efectos del pecado mortal:
los
principales efectos que causa en el alma un solo pecado mortal voluntario son: Pérdida
de la Gracia santificante, de las virtudes infusas y de los dones del Espíritu
Santo; Pérdida de la presencia amorosa de la Santísima Trinidad en el alma,
que es incompatible con la aversión a Dios propia del pecado mortal; Pérdida
de todos los méritos adquiridos en toda su vida pasada; mancha en el alma (Macula
animae); esclavitud de Satanás, aumento de las malas inclinaciones,
remordimiento e inquietud de conciencia; Reato de pena eterna.
Efectos del pecado venial:
Los efectos son la dificultad para la vida de la gracia, la disposición al
pecado grave y el reato de pena temporal. El pecado venial no priva de la vida
de la gracia, aunque enfría el fervor de la caridad manchando parcialmente el
alma, dispone al pecado grave. Al pecado venial corresponde penas temporales, en
esta vida o en el purgatorio.
40.5 Pecado social y estructuras de pecado
La doctrina clásica sobre los efectos sociales del
pecado lleva a concluir que se puede atribuir indiscutiblemente a cada pecado el
carácter social. La solidaridad es una dimensión inherente a toda actividad
del hombre por la sola condición de ser humana y personal (G S,n.23-32). El carácter
de pecado social no es propio tan sólo de aquellas acciones que se oponen
directa y abiertamente al hombre y a la sociedad o que son participación -por
omisión o comisión- en los pecados de otros, sino que alcanza a todo pecado.
Todo pecado daña e infecciona de mal al cosmos, la Iglesia y la entera familia
humana :"en virtud de una solidaridad tan misteriosa e imperceptible como
real y concreta, el pecado de cada uno repercute en cierta manera en los demás
(...), de suerte que se puede hablar de una comunión de pecado , por el
que un alma que se abaja por el pecado abaja consigo a la Iglesia y, en cierto
modo, al mundo entero (...). Todo pecado repercute, con mayor o menor
intensidad, con mayor o menor daño en todo el conjunto eclesial y en toda la
familia humana" (R P, n.16).
El pecado social posee una existencia real y
externa. Porque, aunque el pecado siempre primero está en el interior del
hombre, desde allí pasa luego a su actividad y también a las instituciones y
estructuras creadas por él la experiencia se encarga de mostrar, además, que
ejerce un influjo y poder de seducción capaz de condicionar a las mismas
personas. Por eso, el pecado social es una expresión que sirve para describir
las situaciones de injusticia, falta de libertad y paz entre los individuos, los
grupos y los pueblos, calificadas por el Magisterio de la Iglesia como
verdaderas situaciones de pecado, dada su condición de males en sí, material y
objetivamente pecaminosas.
Es
una gentileza de http://www.servicato.com
para la
BIBLIOTECA BÁSICA DEL CRISTIANO