TEMA 34: EL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO

 

34.1. El matrimonio, realidad querida por Dios desde la creación del hombre y elevada por Cristo a la condición de sacramento.

34.2. Unidad e indisolubilidad, propiedades esenciales del matrimonio.

34.3. Los cónyuges, ministros y sujetos del sacramento.

34.4. Efectos del sacramento

34.5. ines del sacramento y amor conyugal.

34.6. La familia, Iglesia doméstica.

 

A) DESARROLLO

34.1. El matrimonio, realidad querida por Dios desde la creación del hombre y elevada por Cristo a la condición de sacramento.

Cuando, desde el Génesis al Apocalipsis, se alude al matrimonio, se tiene siempre presente directa o indirectamente, más o menos implícitamente, el designio originario de Dios. La Sagrada Escritura no ofrece una teología del matrimonio en el sentido técnico de la expresión. Los relatos de la creación, expresión de la verdad del matrimonio según el designio divino originario

1. Hombre y mujer en Gn 1,26-28

Relato de la fuente sacerdotal (P), redactado hacia el siglo VI a.C. Contiene las verdades antropológicas fundamentales: el hombre es el ápice de todo lo creado en el mundo visible, y el género humano, que tiene su origen en la llamada a la existencia del hombre y de la mujer, corona toda la obra de la creación; ambos son seres humanos en el mismo grado; ambos fueron creados a imagen de Dios.

A imagen y semejanza de Dios.: Es todo hombre —varón y mujer— y todo el hombre —en su totalidad: cuerpo y espíritu—.

La diferenciación del ser humano en hombre y mujer deriva del acto creador de Dios. Por tanto: (a) el hombre y la mujer son iguales en su naturaleza y dignidad; (b) la sexualidad está revestida del valor y dignidad personal; (c) masculinidad y feminidad son don del Creador.

Bendición de la fecundidad.: La fecundidad está vinculada a la diferenciación sexual. Sólo Dios es el Creador; la procreación aparece como participación en el poder creador divino a fin de transmitir la imagen y semejanza de Dios de generación en generación. La transmisión de la vida es una función : los esposos son los ministros y colaboradores de Dios.

La procreación no ha de verse como un mandato (). Es una promesa de fecundidad que, según se interpreta comúnmente, alude a una de las finalidades del matrimonio.

2. Creación del hombre y la mujer en Gn 2,18-24. Relato de la fuente yahvista (J), redactado hacia el siglo IX a.C. Su lenguaje es menos preciso y a la vez más descriptivo y metafórico, más cercano al lenguaje de los mitos conocidos en aquel tiempo. Con relación a la antropología constituye la más antigua descripción sobre la autocomprensión del hombre.

Diferenciación del ser humano en hombre y mujer.: Entre hombre y mujer hay una identidad esencial. El lenguaje emplea la misma raíz común para referirse al hombre (is) y a la mujer (‘issah). Ni el hombre es más que la mujer, ni ésta es superior a aquél. Son sólo diferentes: La diferenciación está orientada a la mútua complementariedad entre el hombre y la mujer. Con relación a los demás seres el ser humano se encuentra sólo. La mujer es otro  en la humanidad común. El ser humano no ha sido creado para vivir en soledad; sólo se realiza plenamente existiendo con alguien o, mejor, para alguien.

La unión del hombre y la mujer.: La unión proviene de la opción libre: el hombre  a su padre y a su madre para unirse a su mujer. En el matrimonio el hombre y la mujer son dados —la diferenciación y complementariedad están inscritas en su humanidad— y a la vez se dan —la decisión de unirse es fruto de un acto de elección—.

Cuanto se dice de la unión el primer hombre y la primera mujer tiene una clara dimensión ética: el matrimonio debe ser así. Cuanto allí se dice es normativo para los matrimonios de todos los tiempos, según lo interpreta el Señor en el diálogo con los fariseos a propósito de la indisolubilidad. Tiene también una dimensión sacramental y teológica, ya que a la unión del matrimonio está vinculada la revelación del amor de Dios.

3) Las referencias a la situación originaria en el Nuevo Testamento: Sólo hay un único designio de Dios sobre el matrimonio. La consideración del matrimonio de  debe hacerse desde la perspectiva de la Redención, y ésta exige tener en cuenta aquella primera de .

El texto de Mt 19,3-9; El texto enseña que el matrimonio tiene como propiedades fundamentales la unidad y la indisolubilidad. Inscritas en la naturaleza humana, son propiedades que no se pueden alterar: no está en manos del hombre hacer que sea de otra manera.

El texto de Ef 5,21.28-33; El pasaje forma parte del texto paulino sobre la moral familiar y, más particularmente, matrimonial (Ef 5,22-33). Los vv. 29-33 tratan de las razones o motivos que fundamentan las relaciones y deberes recíprocos entre el marido y la mujer, razones que se resumen en la significación que encierra la unidad que han venido a constituir por el matrimonio.

El matrimonio de los cristianos convierte a los esposos en  del amor de Cristo por la Iglesia.

 

34.2 Unidad e indisolubilidad, propiedades esenciales del matrimonio.

A) Sentido y significado de la unidad como propiedad del matrimonio

El amor conyugal, la condición personal de los esposos, su radical igualdad y dignidad, y el bien de los hijos, exigen que la comunión conyugal sea exclusiva. Uno de los rasgos esenciales y configuradores de esa unión y del amor de Cristo por la Iglesia es la unidad indivisible, la exclusividad. Cristo se entregó y ama a su Iglesia de manera tal, que se ha unido y la ama a ella sola.

El sacramento hace que la realidad humana sea transformada desde dentro hasta el punto de que la comunión de los esposos sea anuncio y realización de la unión Cristo–Iglesia.

A.1. La enseñanza de la Escritura sobre la unidad del matrimonio

      i) Un solo hombre y una sola mujer: El sentido del relato de la creación, Gn 2,18-24, no ofrece dudas: por el matrimonio el hombre y la mujer se hacen , de manera que ya no son dos, sino una unidad de dos en lo conyugal.

Está también el texto sobre la indisolubilidad del matrimonio en Mc 10,2-12. En la condena del divorcio que se hace en este relato se afirma la unidad del matrimonio. Con relación a la unidad del matrimonio las enseñanzas principales son: el plan de Dios para el matrimonio es que éste sea uno, que se celebre entre un solo hombre y una sola mujer;el precepto de Moisés, permitiendo el acta de repudio, se debió a la  de los hombres: a las dificultades del ser humano para comprender el plan divino originario; sigue vigente el plan originario sobre la unidad del matrimonio.

Los escritos paulinos, 1Co 7,2-11 y Rm 7,1-3 enseñan claramente que ni la mujer ni el marido pueden casarse otra vez. Si ha habido separación, la única posibilidad que cabe es la de reconciliarse o la de permanecer separados. Esto no es doctrina del Apóstol, sino del Señor.

      ii) La  de la poligamia en el Antiguo Testamento: Hubo varias razones que dieron lugar a la poligamia en Israel. Se suelen apuntar razones de orden político (v.g., aumentar el poder formando alianzas con otros pueblos gracias a los casamientos), religioso (tener muchos hijos se consideraba una bendición de Dios), etc.

Pero el verdadero motivo se debe poner en el pecado. La Escritura así lo afirma: el pecado ha introducido en las relaciones hombre–mujer un desorden —una  (Mt 19,8)— que ha sido la causa de la adulteración que ha sufrido la doctrina de  sobre la unidad del matrimonio.

La poligamia, según la fe, no se origina en la naturaleza del hombre y de la mujer, ni en la naturaleza de sus relaciones, sino en el pecado.

El verdadero problema se plantea, sin embargo, no en el hecho de la existencia de la poligamia, sino en que la Escritura da a entender la permisión de la poligamia por parte de Dios. Ante esto, hay que tener en cuenta la condescendencia divina (synkatábasis) al momento de interpretar los textos que pueden dar a entender ese permisivismo. La  no significa la aprobación de la poligamia sino su tolerancia.

A.2. La patrística y el Magisterio de la Iglesia

Los Santos Padres son unánimes en afirmar que la unidad es una propiedad del matrimonio, por lo menos tal y como ha sido instaurado por Cristo. Los argumentos más utilizados para mantener esta doctrina: a) que está exigida por el designio de Dios desde el principio (Tertuliano, San Jerónimo); b) que ha sido ratificada por el Señor (Clemente de Alejandría); c) que así lo exige el matrimonio como símbolo de la unión de Cristo con la Iglesia (San Agustín).

De tal manera proclaman la unidad del matrimonio cristiano que llegan a desaconsejar las segundas nupcias.

El Magisterio es también constante en proclamar la doctrina de la unidad del matrimonio. En cuanto a la poligamia, aunque ésta no se opone directamente contra la generación de la prole, sí va contra la mútua ayuda y atenta de modo especial a la dignidad de la mujer. Trento fue muy enfático en declarar tanto la ilicitud de la poligamia como la invalidez de los “matrimonios” polígamos. El texto conciliar afirma varias cosas: está prohibido a los cristianos tener a la vez varias mujeres, es decir, el matrimonio es monogámico;esta prohibición se debe a una ley divina; esta enseñanza está revelada, al menos implícitamente, en la Sagrada Escritura. A partir de la Enc. Castii connubii, de Pío XI (1930), el Magisterio adopta cada vez más una línea de exposición en la que se considera la unidad desde el amor conyugal y ya no tanto desde la unión matrimonial: la unidad es una propiedad del matrimonio exigida por la fidelidad y santidad de la unión matrimonial. Gaudium et spes (1965) aborda el tema desde el amor conyugal: la unidad del matrimonio es reclamada por la naturaleza del amor conyugal, la dignidad personal de los esposos y el bien de los hijos.

A.3. La unidad, exigencia antropológica

La unidad del matrimonio es una propiedad exigida por la condición personal de los esposos y también por la dignidad de los hijos. La unidad pertenece al ser del matrimonio y está pedida por la misma ley natural.

La dignidad personal de los hijos sólo se protege adecuadamente dentro de la unidad del matrimonio. De la unidad cuerpo–espíritu en la persona humana — el cuerpo es — y de la imposibilidad de reducir la sexualidad a simple biología —la sexualidad es una modalidad de la corporeidad—, surge la unidad del matrimonio, como una exigencia de la verdad del pacto de amor conyugal con que se han unido.

B) Sentido y significado de la indisolubilidad como propiedad del matrimonio

El hombre y la mujer que se casan forman una . Esto quiere decir una unidad tan profunda que abarca la totalidad de las personas de los esposos, en cuanto sexualmente distintos y complementarios; y, por ello, connota necesariamente perpetuidad. La indisolubilidad es requisito indispensable de la verdad de la donación matrimonial, a la vez que es su manifestación más genuina. Tan sólo así será posible vivir existencialmente el matrimonio como comunidad de vida y amor.

El matrimonio es intrínsecamente indisoluble en cuanto que no está en la voluntad de los cónyuges poder romper el vínculo conyugal que han contraído.

En el matrimonio cristiano esta indisolubilidad es confirmada, purificada y perfeccionada por la comunión de los esposos en Jesucristo dada mediante el sacramento del matrimonio.

El motivo y la significación más profundas de la indisolubilidad: representar y testimoniar la fidelidad de Dios a su alianza, de Cristo a su Iglesia. De la misma manera que no se pueden separar en Cristo su humanidad y divinidad, así tampoco se puede romper la unidad de los esposos que se ha constituido por el sacramento. El matrimonio viene a ser, en consecuencia, la manifestación histórica y visible del amor de Cristo a su Iglesia. La plenitud de significado, a la que la indisolubilidad es llevada por el sacramento, comporta que el amor de Cristo por la Iglesia sea la fuente y la norma de la fidelidad y relación de amor entre el hombre y la mujer en el matrimonio.

En la sacramentalidad está la razón esencial de la indisolubilidad, y entre una y otra se da una relación de causalidad recíproca. La indisolubilidad, como dimensión profunda y misteriosa del matrimonio, manifiesta el amor de Dios.

B.1. Los datos de la Escritura

Antiguo Testamento: El designio ordinario de Dios sobre el matrimonio es que sea indisoluble. El texto de Gn 2,24 (“serán los dos una sola carne”) habla claramente de que se trata de una unión íntima, total y duradera; no es una unión temporal y externa. Se habla también de una unidad tan profunda que

abarca de las personas de los esposos, en cuanto sexualmente distintos y complementarios; y por ello connota necesariamente la perpetuidad. Con los profetas, la fidelidad matrimonial es presentada como una imagen de la fidelidad de Dios a la Alianza.

Nuevo Testamento: La afirmación de la indisolubilidad del matrimonio se hace expresa y directamente. Se recuerda que es una propiedad que pertenece al matrimonio se hace expresa y designio originario de Dios y a la vez que la concesión del acta de repudio o divorcio no debe ser permitida, ha quedado abolida. A la pregunta de cómo ha de interpretarse la ley de Moisés que permitía el divorcio[517], el Señor no entra en la casuística presentada por los fariseos sino que responde recordando el designio originario de Dios sobre el matrimonio. Según este designio el matrimonio es indisoluble, y, en consecuencia, debe quedar abolida cualquier práctica que no sea conforme con el plan divino.

      i) Escritos paulinos; En 1Co 7,10-11, a la cuestión planteada por los cristianos de Corinto, el Apóstol propone como enseñanza del Señor y no suya: la mujer no se separe del marido; pero si se separa puede hacer dos cosas: no casarse de nuevo o reconciliarse con el marido; el marido no despida a la mujer: si lo hace, tampoco puede casarse de nuevo. Para San Pablo la prohibición del divorcio no ha sido introducida por la Iglesia, se debe a una disposición del Señor.

      ii) Las cláusulas  de Mt 5,32; 19,9. La Iglesia siempre ha defendido que los incisos “divorcistas” —[518] y [519]— no deben interpretarse como una excepción a la ley de la indisolubilidad. La Iglesia nunca ha encontrado en el adulterio un motivo para la disolución del matrimonio.

Frente a las interpretaciones que pretenden ver en estos textos una excepción hay que decir que los mismos textos apelan claramente al designio de Dios del  para afirmar la condición indisoluble del matrimonio, que se confirma de nuevo. Por otro lado, no tendría lugar la superación y perfeccionamiento de la ley mosaica (Mt 5,17), que es el contexto en el que se trata la cuestión: lo que haría el Señor sería acomodarse a la interpretación rigurosa de la escuela de Shammai.

B.2. La Patrística y el Magisterio

Los Padres, leyendo los incisos de Mt 5,32 y Mt 19,9 según su sentido más conflictivo, siempre los interpretan como : esa es la única posibilidad que se les concede. La tesis general de los Padres es que el matrimonio es indisoluble.

San Agustín es el primero que argumenta la indisolubilidad del matrimonio a partir de la unión de Cristo con la Iglesia: el matrimonio cristiano es indisoluble porque es  del misterio de amor indisoluble y fiel de Cristo a su Iglesia.

B.3. La doctrina y praxis en Occidente y en Oriente a partir del siglo VI

La enseñanza de Trento sobre la indisolubilidad; En la Sesión XXIV, sobre el sacramento del matrimonio, el Concilio sale al paso de las teorías protestantes que tenían al matrimonio como realidad meramente profana. Al poner un acento en el aspecto contractual humano, los protestantes hacían depender la posibilidad del divorcio, en el fondo, de la decisión de los cónyuges. Los Padres conciliares, por unanimidad, afirmaron que el matrimonio es indisoluble por su propia naturaleza.

El texto del Concilio afirma: en caso de adulterio, el matrimonio es indisoluble por lo menos en lo que toca a la decisión de los cónyuges (aquí el Concilio tiene en cuenta a los orientales, cuyas prácticas divorcistas no quiere condenar); la Iglesia es infalible cuando propone esta doctrina. Por tanto, la indisolubilidad del matrimonio no es definida en sí misma, sólo indirectamente: se condena la tesis protestante que decía que la Iglesia cae en el error al enseñar la indisolubilidad del matrimonio en caso de adulterio.

B.4. La indisolubilidad, exigencia antropológica

La fidelidad es el mayor ejercicio de la libertad. Es una exigencia del verdadero amor. El auténtico amor tiende por sí mismo a ser algo definitivo, no algo pasajero.

La indisolubilidad del matrimonio viene reclamada por la persona:

a)El bien de los esposos. «La donación física total sería un engaño si no fuese signo y fruto de una donación en la que está presente toda la persona, incluso en su dimensión temporal; si la persona se reservase algo o la posibilidad de decidir de otra manera en orden al futuro, ya no se donaría totalmente» (FC 11).

La indisolubilidad es la plenitud de la unidad en el tiempo. Tan sólo hay verdad en la donación esponsal cuando hay voluntad de duración y promesa de fidelidad. No hay fidelidad en el matrimonio sin indisolubilidad: la indisolubilidad es la forma objetiva de la fidelidad.

b)El bien de los hijos. El matrimonio debe ser indisoluble porque, de no serlo, difícilmente se podría proveer de manera adecuada a la educación de los hijos. Sólo el matrimonio indisoluble atiende perfectamente al  del matrimonio: la procreación–educación de los hijos.

 

34.3 Los cónyuges, ministros y sujetos del matrimonio.

El Magisterio de la Iglesia afirma claramente que los esposos son los ministros del sacramento[520]. Los esposos ejercen una doble función en la celebración de su matrimonio: lo celebran y reciben como sujetos, y a la vez lo celebran y administran como ministros; y como tales actúan en nombre de Cristo y de la Iglesia. Este intercambio de consentimiento es un ministerium sacrum, un verdadero ministerio (aunque en sentido analógico si se compara con los demás sacramentos).

Si el consentimiento recíproco de los contrayentes es tan necesario y suficiente que de suyo no se necesita nada más para que el matrimonio entre bautizados sea sacramento, aparece como algo coherente el que ellos mismos sean los ministros del sacramento.

 

Por eso mismo, antes de las disposiciones del Concilio de Trento, era tenido como verdadero el matrimonio celebrado con el solo consentimiento de los contrayentes, es decir, sin la presencia del sacerdote. El sacerdote o ministro sagrado tendrá como función la de ser testigo cualificado que asiste a la celebración del matrimonio, aunque no de manera pasiva ya que . Esta presencia del sacerdote es absolutamente necesaria para que el consentimiento de los esposos dé lugar al matrimonio. Que la acción de los esposos sea una acción de Cristo y de la Iglesia se explica suficientemente por el hecho de su incorporación a Cristo y a la Iglesia por el bautismo.

 

34.4. Los efectos del Matrimonio

Cuando el matrimonio se celebra entre bautizados tiene lugar una transformación de la realidad creacional del matrimonio que, manteniendo íntegras todas las características del “principio”, se convierte en sacramento de la Nueva Alianza, en signo y fuente de la gracia. Esta nueva dimensión sacramental incide de tal manera en el ser y el deber ser del matrimonio que transforma, por obra de la gracia, la realidad meramente natural del matrimonio, elevándolo al orden sobrenatural.

34.4. 1. El vínculo conyugal, representación real de la unión de Cristo con la Iglesia

La celebración del matrimonio da lugar, entre el hombre y la mujer que se casan, a una unión con una naturaleza y unas características, que no dependen de nada de la decisión humana. Sellada por el mismo Dios, nace una “sociedad” tan única y especial que los contrayentes llegan a ser una “unidad de dos” (GrS 7,10).

Esta singular comunión es el vínculo matrimonial, por su misma naturaleza perpetuo y exclusivo. Es el efecto primero e inmediato de todo matrimonio válidamente celebrado. Constituye la esencia del matrimonio y está establecido por Dios.

Pero si los que se casan son cristianos su alianza queda de tal manera integrada en la alianza de amor entre Dios y los hombres, que su matrimonio es “símbolo real” de ese amor.

Gracias al bautismo recibido los esposos cristianos participan realmente a través del vínculo matrimonial, del misterio de amor que une a Cristo con su Iglesia. Es una verdadera comunión y participación que une a los esposos, en cuanto esposos, con el Cuerpo Místico de Cristo.

   A la realidad de esta profunda transformación del vínculo matrimonial, se alude a veces en la teología diciendo que el matrimonio imprime un “cuasi-carácter”. Pero como es claro que este vínculo desaparece con la muerte, el término “carácter” hay que entenderlo tan sólo en un sentido analógico.

 

De todo lo dicho se concluyen dos cosas:

— La naturaleza del vínculo matrimonial se comprende desde el misterio del amor de Dios en Cristo a su Iglesia. Por eso, la oración y la meditación frecuente del sacramento celebrado es uno de los hilos conductores de la espiritualidad matrimonial.

— La existencial matrimonial de los esposos responde a la verdad de lo que han venido a ser cuando son, para cuantos les contemplan, recuerdo permanente de la entrega de Cristo en la cruz.

 

34.4.2.       El amor conyugal asumido por el amor divino

El amor conyugal es el amor que se da entre un hombre y una mujer, en tanto que son y porque son personas distintas y sexualmente complementarias. Son tres notas las que definen necesariamente ese amor: a) originarse a partir de la alianza matrimonial; b) ser eminentemente humano; y c) comprometer la dimensión sexual.

Como consecuencia de la inserción del vínculo matrimonial en la comunión de amor de Cristo y de la Iglesia, el amor de los esposos está dirigido a ser imagen y representación real del amor de Cristo redentor. Éste no pierde ninguna de las características que le son propias, en cuanto realidad humano-creacional. Pero a la vez, se produce en él una verdadera transformación, que consiste en una re-creación y elevación sobrenatural y no sólo en la atribución de una nueva significación.

Por otro lado, se debe recordar que la asunción y transformación del amor matrimonial en el amor divino no es transitoria. Como tampoco lo es la inserción del vínculo matrimonial en la alianza de Cristo y la Iglesia. Se concluye, por eso, que en el amor de Cristo por la Iglesia, los esposos cristianos han de encontrar siempre el modelo y la norma de su mutua relación. Ese amor de Cristo es a la vez fuente del amor de los esposos que les ayuda a superar con éxito las dificultades que se puedan presentar. Es también el motivo por el que pueden siempre crecer en su amor, ya que siempre se es posible avanzar más en la identificación con el Señor.

Por ello, uno de los cometidos asignados por Dios al sacramento del matrimonio en relación con el amor conyugal es el de sanar, perfeccionar y elevar ese amor con el don especial de la gracia y de la caridad. De esta manera les es posible a los  esposos cristianos superar todas aquellas situaciones en las que, debido al pecado de los orígenes, el amor matrimonial se ve amenazado.

La elevación al orden sobrenatural del amor conyugal, que mantiene íntegras todas las características de la condición humana de ese amor, constituye el punto de referencia necesario que los esposos cristianos deben tener siempre delante para consolidar, fortalecer y recuperar —en su caso— el genuino amor conyugal. Por eso mismo, se revela absolutamente indispensable poner los medios necesarios para custodiar, consolidar y acrecentar ese amor. Todos esos medios se pueden resumir en la vivencia de la virtud de la castidad matrimonial.

Además de producir el vínculo matrimonial, el sacramento del matrimonio es signo eficaz de la gracia, fuente de santificación para los esposos.

 

34.4.3.  Realidad y características de la gracia del matrimonio.

Es doctrina de fe definida solemnemente en el Concilio de Trento que el sacramento del matrimonio es causa de la gracia en aquellos que lo reciben dignamente. La doctrina de la fe no especifica más. Pero es común en la enseñanza del Magisterio de la Iglesia, y también en la teología, afirmar que la gracia conferida consiste en el aumento de la gracia santificante y también en el derecho a los auxilios necesarios para desempeñar la misión propia del matrimonio.

Como sacramento de la Nueva Ley, el matrimonio no sólo es símbolo de una realidad invisible; ante todo es una acción de Cristo por la que el hombre y la mujer participan de la vida divina: en su matrimonio se da un encuentro singular y personal con Cristo, que —con las debidas disposiciones— significa y produce la gracia.

—Aumento de la gracia santificante, y del cortejo de dones y virtudes que la acompañan. Es un efecto común a todos los sacramentos.

—La gracia sacramental propia. Como sacramento distinto a los demás, esa gracia tienen que ser específica. Y como la gracia de los sacramentos es siempre inserción y participación en el misterio de amor de Cristo y de la Iglesia, la gracia sacramental del matrimonio ha de consistir en una peculiar inserción y participación en ese misterio de amor.

El Concilio de Trento habla de la gracia del sacramento del matrimonio diciendo que está ordenada a perfeccionar el amor natural de los cónyuges, confirmar su indisoluble unidad y a santificarlos. El Catecismo de la Iglesia Católica, sin embargo, siguiendo al Concilio Vaticano II (GS 48), enriquece la perspectiva del Concilio de Trento suprimiendo la palabra “natural” de la expresión “amor natural”, a fin de evitar una interpretación extrincisista de la gracia en relación con la naturaleza humana.

Se trata, por tanto, de una gracia que tiene como finalidad hacerles capaces de vivir su unión según el modelo de la unión de Cristo con la Iglesia. Los autores, sin embargo, no concuerdan en la manera de explicar la naturaleza de esta gracia sacramental y su relación con la gracia santificante. Con la enseñanza más común en teología, se puede decir que la gracia sacramental es una cualidad estable de la gracia santificante, orientada hacia el sentido y finalidad del matrimonio. Es, por tanto, una realidad sobrenatural y permanente, es decir, estable, que comporta el “derecho” a los auxilios sobrenaturales necesarios para vivir la finalidad del sacramento del matrimonio.

Tampoco los autores coinciden en la manera de explicar cómo se conceden a los esposos las gracias específicas del matrimonio en las circunstancias determinadas. La teoría de la causalidad instrumental dispositiva se aplica muy bien en el caso del matrimonio. El vínculo conyugal que nace del mutuo consentimiento, sería la ratio dispositiva y exigitiva de la gracia. Éste es el cauce por el que se les confiere la gracia sacramental. El sacramento del matrimonio da la gracia, porque hace presente el misterio del amor de Cristo por la Iglesia; y la da por medio del vínculo conyugal porque a través de ese vínculo se hace presente el misterio del amor de Cristo por la Iglesia.

 

34.4.4. El matrimonio, sacramento de la mutua santificación de los esposos

a) La gracia sacramental en la santificación de los esposos

 

En el matrimonio, la santificación sacramental alcanza a la humanidad del hombre y de la mujer, precisamente en cuanto esposos. Efecto del sacramento es que la vida conyugal esté elevada a una dimensión de santidad real y objetiva. La corporalidad —el lenguaje de la sexualidad— está en la base y raíz de la vocación matrimonial a la santidad, como el ámbito y la materia de su santificación.

El matrimonio es fuente y medio original de la santificación de los esposos. Pero lo es como sacramento de la mutua santificación. En la tarea de la propia y personal santificación el marido y la mujer han de tener siempre presente su condición de esposos y, por eso, al otro cónyuge y a la familia.

La peculiaridad de su participación en el misterio del amor de Cristo es la razón de que la manera de relacionarse los esposos sea materia y motivo de santidad; y también de que la reciprocidad sea componente esencial de esas relaciones. Por lo tanto, la santificación del otro cónyuge, desde la rectitud y fidelidad a la verdad del matrimonio es una exigencia interior del mismo amor matrimonial y, consiguientemente, forma parte de la propia y personal santificación.

 

b) El “dominio de la concupiscencia” como dimensión de la gracia sacramental del matrimonio

 

El sacramento del matrimonio es una exhortación a dominar la concupiscencia, y, por tanto, a vivir la virtud de la castidad de la manera que les es propia a los esposos, sin la cual es imposible conseguir ese dominio.

Cuando se afirma que uno de los fines del matrimonio es servir de “remedio a la concupiscencia” se está diciendo, sin más, que el matrimonio —como sacramento— le corresponde, como don o gracia particular —también como tarea—, dominar el desorden de las pasiones, estableciendo la armonía y libertad del corazón. Sin la gracia de Cristo, es claro que el hombre y la mujer “históricos” no pueden vivir su matrimonio como una comunidad de vida y amor, como “una sola carne” y abierta al don de la vida. Y es el sacramento, como signo eficaz de la gracia, el que sana esta incapacidad.

 

c) Los sacramentos de la Eucaristía y de la Reconciliación en la santificación de los esposos

 

La alianza conyugal debe ser un trasunto y como una prolongación del sacrificio de la Nueva Alianza. Por eso, los esposos deben encontrar en la entrega y donación de la Eucaristía la fuerza que configura y anima desde dentro la entrega y donación propias de su existencia conyugal y familiar.

También el sacramento de la Penitencia ocupa un lugar importante en la santificación de los esposos cristianos. El significado particular que el sacramento de la Reconciliación tiene para la vida conyugal y familiar se descubre enseguida con sólo advertir que, entre sus efectos, están los de hacer crecer y, cuando es necesario, recomponer y restablecer la alianza y comunión familiar.

 

34.5 Fines del matrimonio y amor conyugal

34.5.1 Los  del matrimonio

a) San Agustín trata del matrimonio en un contexto de polémica frente a las afirmaciones gnósticas y maniqueas. Para él, el matrimonio es algo bueno porque constitutivamente comporta los bienes de la prole, la fidelidad y el sacramento. El bien del matrimonio radica sobre estas tres bases: El bien de la prole, que incluye la procreación y educación de los hijos, es la gloria del matrimonio, pero no es la causa eficiente del matrimonio; El bien de la fidelidad se refiere al compromiso de amor y entrega recíprocos propios del vínculo conyugal. Nace del consentimiento matrimonial, y es elemento imprescindible de todo matrimonio; El bien del sacramento alude a que el matrimonio tiene un valor especial de símbolo de la indisoluble unión entre Cristo y la Iglesia.

San Agustín no llegó a afirmar que estos bienes tuvieran razón de fines, puesto que no lo son. Por tanto, sólo en un cierto sentido los bienes y los fines son intercambiables.

b) Según Santo Tomás, el matrimonio tiene unos fines (ya no son bienes) que son esenciales y otros que son accidentales. Sin los primeros no se da el matrimonio: son la procreación y ayuda mútua de los esposos. Son fines accidentales los que los contrayentes pueden tener por cuenta propia al casarse.

Los fines esenciales pueden, a su vez, ser principales y secundarios. Como fin principal señala la procreación y educación de la prole. Y como fines secundarios, la mútua fidelidad y el sacramento.

El primer fin (la procreación y educación de la prole) compete al matrimonio del hombre en cuanto es animal; el segundo (la mútua fidelidad), en cuanto es hombre; y el tercero (el sacramento), en cuanto es un fiel cristiano. Entre éstos hay un orden, en el que figura la finalidad procreadora como el elemento esencialísimo y primario. La terminología – no pasa a los documentos del Magisterio hasta el siglo XX.

34.5.2 Perspectiva fenomenológica y existencial

Desde el análisis fenomenológico, la finalidad del acto conyugal es la unión de los esposos, no la procreación. Según este análisis, si se dice que la procreación es fin del matrimonio, debe entenderse que es tan sólo secundario: no tendría razón de fin, sería sólo el efecto.

Contra esta afirmación intervienen la CDF y Pío XII; intervenciones cuyo fin es reforzar la doctrina de los fines primario–secundarios y de la subordinación de éstos hacia aquél.

Desde el punto de vista objetivo, el fin primario del matrimonio es único: la procreación y educación de los hijos. El fin secundario, que deriva de la institución del matrimonio en cuanto que está ordenado a completar el fin primero, es la ayuda mútua.

34.5.3 Los  y los  del matrimonio en el Vaticano II

El Concilio completar el fin primario, es la ayuda mútua no emplea nunca la terminología fin primario–fin secundario; tampoco alude a la jerarquía de los fines. Lo que hace es superar esta teoría, hablando indistintamente de bienes y fines. El Concilio sitúa su reflexión en torno a los valores del amor conyugal y de la persona. La Humanae vitae y el magisterio de Juan Pablo II desarrollarán este esquema.

Para referirse a la finalidad del matrimonio, HV no se sirve de la terminología fin primario–fin secundario, ni habla de jerarquización de fines. Para referirse a la finalidad, se sirve de las expresiones  y , cuya unidad subraya con fuerza: la procreación y la unión son dos aspectos esenciales e inseparables del acto conyugal.

34.5.4 Conexión e integración de los  y  en la existencia matrimonial

Entre los diversos fines del matrimonio o las diferentes dimensiones de la finalidad inscrita en el matrimonio no puede haber contradicción objetiva alguna. Estos están tan íntimamente relacionados que no pueden darse separadamente.

Son, en el fondo, dimensiones de la misma finalidad. Todos ellos responden al designio de Dios sobre el ser y la naturaleza del matrimonio. Como consecuencia del pecado, forma parte de la existencia del hombre encontrar dificultad para descubrir y vivir el designio de Dios.

Los esposos han de ser conscientes de que los fines del matrimonio, en cuanto expresión del designio de Dios, señalan el modelo ético que deben seguir.

La integración de los diversos fines del matrimonio en la vida y relación recíproca de los esposos sólo es posible a través de la virtud de la castidad.

La sexualidad humana no es automática e instintiva como en el caso de los animales. Los esposos tienen verdadero dominio sobre ella (pueden desarrollarla, suspenderla, o desviar todos sus valores y significados). Por el desorden introducido por el pecado, este dominio siempre ha de ser forzoso.

El cometido de la castidad en los casados reviste la peculiaridad de integrar los diversos fines del matrimonio en la unidad de cada uno de ellos, como personas.

 

34.6 La familia, Iglesia doméstica.

Cristo quiso nacer en el seno de la Sagrada Familia. La Iglesia no es otra cosa que la Familia de Dios, y desde los orígenes de la Iglesia, las familias han sido islotes de vida cristiana en un mundo no creyente. Hoy las familias deben ser lo mismo, y los padres han de ser para sus hijos los primeros anunciadores de la fe con su palabra y con su ejemplo, y han de fomentar la vocación personal de cada uno. Aquí es donde se pone de manifiesto principalmente el sacerdocio bautismal de los fieles de la familia. La Iglesia doméstica se convierte así en comunidad de gracia y de oración, escuela de virtudes humanas y de caridad cristiana.

La familia , al crear al hombre y a la mujer Dios instituyó la familia y la dotó de una constitución fundamental[521]. Implica y entraña una diversidad de miembros que sin embargo, constituye una autentica comunidad de personas. Dos cosas que son importantes: la familia como comunidad de personas, y la virtud de la piedad.

La familia y la Sociedad existe una relación tan estrecha que se puede afirmar la sociedad será lo que sea la familia. Porque en ultima instancia , el hombre será lo que sea la familia. En la familia, en efecto, nace y se desarrolla mismo de la sociedad. El hombre. Dos aspectos; La familia, célula primera y vital de la sociedad y la familia escuela de la sociedad.

La familia y la Iglesia, una de las claves para penetrar en la relación familia-Iglesia es la consideración de la familia como Iglesia domestica. Sirve además para acercarse a la identidad y misión de la familia cristiana. A redescubrir esta figura y seguir este camino, en la identificación del ser y existir de la familia , ha contribuido grandemente el Concilio Vaticano II y de manera muy particular la exhortación Apostólica Familiaris Consortio.

 

B) RESUMEN

El matrimonio, realidad querida por Dios desde la creación del hombre y elevada por Cristo a la condición de sacramento. Fundamentación antropológica: el hombre imagen de Dios.

Unidad e indisolubilidad, propiedades esenciales del matrimonio: fundamentación bíblica, patrística y antropológica.

Los cónyuges, ministros y sujetos del sacramento.

La forma del sacramento: el consentimiento materia y forma, establece un vínculo.

Fines del sacramento y amor conyugal: el bien de los esposos y la transmisión de la vida (procreación y educación de los hijos).

La familia, Iglesia doméstica.

 

C) BIBLIOGRAFÍA

El Matrimonio cristiano. EUNSA. Don Augusto Sarmiento.

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[517]Dt 24,1-4.

[518]Mt 5,32.

[519]Mt 19,9.

[520]Enc. Mystici Corporis y alocuciones de Pío XII.

[521]CEC. 2203.