MOLINA Y MOLINISMO


Luis de Molina. Vida y obras. Teólogo y canonista español, n. en sept. 1535 en Cuenca, y m. el 12 oct. 1600 en Madrid. Estudió con particular detenimiento las cuestiones acerca de la gracia (v.) y, de modo especial, las relaciones entre ésta y la libertad (v.) humana, dando origen a una teoría que se hizo famosa, conocida bajo el nombre de molinismo.
      M. ingresó en la Compañía de Jesús en 1553. Dedicó gran parte de su vida a la enseñanza: fue profesor de filosofía en Coimbra (1563-1567), de teología en Évora (1568-1583) y de moral en Madrid, poco antes de Morir. En 1588, publicó en Lisboa una obra llamada a ungran porvenir, la Concordia liberi arbitrii cum gratiae donis, completada al año siguiente por un Appendix. Se trataba de un comentario original a la primera parte de la Suma teológica de S. Tomás de Aquino. La Concordia conoció numerosas ediciones, entre las que destaca la de Amberes (1595) por las modificaciones que aporta. M. volvió a la doctrina del Aquinate en unos Comentaria in primam divi Thomae partem (Cuenca 1592). El mismo año, empezó la publicación de un De iustitia et iure, en el que estudia diversas cuestiones de moral y derecho. La primera ed. completa de esta obra es la de Colonia (1613).
      Su tratado más importante es la Concordia, en la que M. se proponía explicar cómo la voluntad libre del hombre se compagina con la gracia, la prescencia divina, la providencia, la predestinación y la reprobación. Intuyó que éste era un problema fundamental para la vida cristiana, e intentó aportarle- una solución en la que se respetaran integralmente los datos dogmáticos sobre la libertad y responsabilidad humanas y sobre la omnipotencia divina. Las tesis que M. propone en esta obra dieron origen a ampliar discusiones, que no sólo dominaron la vida de su autor, sino que se mantuvieron vibrantes hasta bien entrado el s. XVIII, llegando incluso hasta nuestros días.
      La doctrina de Molina sobre la gracia. En su decreto sobre la justificación, el Conc. de Trento había establecido que la gracia previniente (v. GRACIA SOBRENATURAL) es necesaria para realizar una acción salvífica y que la voluntad sigue siendo libre (v. LIBERTAD) bajo el influjo de esta gracia: puede rechazarla o cooperar con ella (Denz.Sch. 1525,1553-1556). Por tanto, en la realización del acto saludable, existe una cooperación entre gracia y libertad. Si el Magisterio se ha pronunciado sobre el hecho de esta cooperación, no ha determinado el modo con que ésta se efectúa. Los teólogos postridentinos empezaron entonces a preguntarse sobre el motivo de la eficacia de la gracia: ¿estriba tal eficacia en la gracia misma o más bien en la voluntad libre del hombre? Es así como nacen los grandes sistemas sobre la gracia que dominan la escena teológica a partir del s. XVI.
      M., situándose en el ambiente de fuerte reacción frente al predestinacionismo de Lutero (v.) y Calvino (v.) que caracteriza la teología postridentina, está especialmente preocupado por subrayar la realidad de la libertad humana. Eso le lleva a afirmar que la gracia no es eficaz ab intrinseco, sino ab extrinseco, cuando la voluntad coopera libremente con ella y le da su consentimiento. Ese consentimiento ciertamente no ha de atribuirse a las solas fuerzas naturales del hombre, puesto que el ofrecimiento de la gracia precede a la voluntad, pero es ésta la que determina la eficacia de la gracia. Así el acto saludable es efecto a la vez de la gracia y de la libertad: primero de la gracia y luego de la libertad. Al poner de esa forma el acento en la cooperación entre Dios y el hombre, M. viene a considerarlos como dos causas parciales y complementarias de un efecto total único. De este modo, en la producción del acto bueno, existe un concurso simultáneo de la gracia y de la libertad. Si se quiere un ejemplo, se puede evocar el de dos caballos que tiran a la vez de un carro en la misma dirección: la acción de Dios y la del hombre se adicionan, como la acción de los caballos. Siendo así en el orden natural -continúa M.-, conviene tener en cuenta que, en el plano sobrenatural, además del concurso general de Dios, hay un influjo especial de la gracia que eleva la voluntad, capacitándola para poner actos sobrenaturales. De esta forma, Ja voluntad así sobrenaturalizada ya no necesita de una nueva moción divina que la determine: una vez elevada al orden sobrenatural, la voluntad, junto con la gracia, realiza, con total libertad, el acto saludable.
      La teoría del concurso simultáneo, ha puesto de manifiesto el papel de la libertad humana, pero plantea una dificultad: ¿se respeta la omnipotencia divina?, ¿cómo explicar, p. ej., que Dios conoce infaliblemente el porvenir y dirige las criaturas hacia el fin al que están llarrladas? Para resolver el problema, M. acude al concepto de ciencia media (v. DIOS IV, 13). Entiende por tal una ciencia por la que Dios sabe exactamente lo que haría cada hombre en las infinitas situaciones en que hipotéticamente puede ser colocada, y, por tanto, sabe también si este hombre concreto, en virtud de su libertad, dará o no su consentimiento a esta gracia determinada, es decir, prevé el éxito o el fracaso de las gracias que destina a cada hombre: su presciencia descansa no ya sobre decretos eternos de su voluntad, sino sobre el eminente conocimiento que tiene de las voluntades creadas.
      Las discusiones en torno al molinismo. La Concordia dio lugar a una viva polémica, que se inicia inmediatamente después de su publicación. La figura fundamental de la oposición a M. fue el dominico Domingo Bañez (v.), que centró sus ataques tanto en el terreno teológico como en el dogmático, afirmando que el sistema de M. no reflejaba adecuadamente la verdad de la omniactividad de Dios. En su crítica a M., Bañez desarrolló las afirmaciones de S. Tomás llegando así a una exposición del tema de la gracia que se impuso en la escuela tomista. La gracia, afirma Bañez, es eficaz de por sí (a se et ab intrínseco): Dios, causa primera, mueve infaliblemente la voluntad del hombre, considerada como causa segunda, por medio de una premoción o predeterminación física, que respeta la libertad porque Dios mueve a cada ser según su naturaleza; a los seres necesarios, necesariamente, a los libres, libremente.
      A finales del s. xvi se acuñó y difundió la distinción entre dos tipos de gracia actual: la gratia sufficiens (aquella que confiere la posibilidad de realizar el acto bueno, que es suficiente para que el acto bueno se haga, pero que no implica la efectiva realización del fin saludable que persigue) y gratia ef ficax (aquella que además produce el efecto salvífico intentado). En torno a esta distinción se tipifican los dos sistemas examinados. Para M., y sus seguidores, ambas gracias son entitativamente iguales: depende de la voluntad (la cual recibe ciertamente el influjo divino, pero guardando su independencia) que la gracia se quede simplemente en suficiente o pase a ser eficaz. Para Bañez en cambio ambas gracias son entitativamente diferentes: la suficiente da sólo la posibilidad de obrar, la eficaz, el obrar de hecho, de modo que con la sola gracia suficiente nunca se seguiría la acción; la gracia suficiente se trasforma así en eficaz por un nuevo auxilio divino que produce la acción.
      Como decíamos, la polémica fue muy aguda, y tendió a identificarse con las órdenes religiosas de sus iniciadores: los jesuitas, que, con salvedades y matizaciones, siguieron a M., y los dominicos que, también con algunas diferencias de matiz, se adhirieron a Bañez. Los partidarios de M. acusaban a los bañecianos de despreciar la libertad y tender al calvinismo, mientras que los bañecianos veían en el molinismo una devaluación semipelagiana de la gracia. La situación llegó hasta tal punto que Clemente VIII instituyó la Congr. de auxiliisgratiae, para poner término a la contienda. Los trabajos de esta comisión duraron nueve años (1598-1607), sin llegar a ninguna resolución dogmática; y Paulo V decretó que se pusiera límite al tono violento de la polémica, prohibiendo que «al tratar esta cuestión nadie califique a la parte opuesta a la suya o la note con censura alguna» (Denz.Sch 1997). Ante el continuar de las discusiones, esa decisión fue renovada en 1654 por Urbano VIII (Denz.Sch. 2008), en 1733 por Clemente XII (Denz.Sch 2509-2510) y en 1748 por Benedicto XIV (Denz.Sch 2564-2565). De este modo, el Magisterio dejó abierta la cuestión del modo de conciliar la omnipotencia de Dios con la libertad humana.
      Para concluir, podemos decir que el molinismo evita el error de los sistemas que oponen gracia y libertad: tanto en la línea de Lutero (v.) que atribuye la salvación sólo a Dios negando la libertad, y Jansenio (v.), para quien la voluntad sigue necesariamente la delectátio victrix; como en la de Pelagio (v.) que atribuye la salvación sólo a la libertad negando la necesidad de la gracia. La doctrina católica no admite tal enfrentamiento entre gracia -y libertad: afirma, en cambio, que el acto salvífico viene de Dios y del hombre, o más exactamente, del hombre en cuanto que creado, conservado y actualizado por Dios. En esta perspectiva, el tomismo habla de subordinación de la causa segunda a la causa primera, y el molinismo trabaja en términos de yuxtaposición, con los matices que se han visto. Y es precisamente en este sentido como resulta teológicamente vulnerable, ya que las bases filosóficas de su sistema no acaban de expresar toda lo que la verdad de la creación implica.
      Para un estudio detenido del tema v. GRACIA SOBRENATURAL Y LIBERTAD II.
     
     

BIBL.: MOLINA, Concordia liberi arbitrii cum gratiae donis, divina praescientia, providentia, praedestinatione, et reprobatione, ad nonnullos primae partis D. Thomae artículos, Lisboa 1588; ed. crítica (con una buena introducción) por 1. Rabeneck, Oña-Madrid 1953. Aparte de obras generales sobre la gracia (p. ej., M. SCHMAUS, Teología dogmática. V. La gracia divina, 2 ed. Madrid 1962), se pueden señalar sobre el molinismo propiamente dicho: E. VANSTEENBERGHE, Molina y Molinisme, en DTC 10,2090-2092;2094-2187; F. STEGMÜLLER, Geschichte des Molinismus. I. Neue Molinaschriften, Miinster 1935; J. RABENECK, Grundzüge der Praedestinationslelire Molínas, «Scholastick» (1956) 351-369; íD, Die Heilslehre Ludwig Molinas, «Scholastick» (1958) 31-62; J. SAGÜES, La suerte del bañecianismo y del molinismo, «Miscelánea Comillas» (1960) 391431; J. PEINADO, Evolución de las fórmulas molinistas sobre la gracia eficaz durante las controversias de auxiliis, «Archivo teológico granadino» (1968) 5-191.

 

JEAN GOTTIGNY.

Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991