MOLINA Y MOLINISMO
Luis de Molina. Vida y obras. Teólogo y canonista español, n. en sept. 1535 en
Cuenca, y m. el 12 oct. 1600 en Madrid. Estudió con particular detenimiento las
cuestiones acerca de la gracia (v.) y, de modo especial, las relaciones entre
ésta y la libertad (v.) humana, dando origen a una teoría que se hizo famosa,
conocida bajo el nombre de molinismo.
M. ingresó en la Compañía de Jesús en 1553. Dedicó gran parte de su vida a
la enseñanza: fue profesor de filosofía en Coimbra (1563-1567), de teología en
Évora (1568-1583) y de moral en Madrid, poco antes de Morir. En 1588, publicó en
Lisboa una obra llamada a ungran porvenir, la Concordia liberi arbitrii cum
gratiae donis, completada al año siguiente por un Appendix. Se trataba de un
comentario original a la primera parte de la Suma teológica de S. Tomás de
Aquino. La Concordia conoció numerosas ediciones, entre las que destaca la de
Amberes (1595) por las modificaciones que aporta. M. volvió a la doctrina del
Aquinate en unos Comentaria in primam divi Thomae partem (Cuenca 1592). El mismo
año, empezó la publicación de un De iustitia et iure, en el que estudia diversas
cuestiones de moral y derecho. La primera ed. completa de esta obra es la de
Colonia (1613).
Su tratado más importante es la Concordia, en la que M. se proponía
explicar cómo la voluntad libre del hombre se compagina con la gracia, la
prescencia divina, la providencia, la predestinación y la reprobación. Intuyó
que éste era un problema fundamental para la vida cristiana, e intentó
aportarle- una solución en la que se respetaran integralmente los datos
dogmáticos sobre la libertad y responsabilidad humanas y sobre la omnipotencia
divina. Las tesis que M. propone en esta obra dieron origen a ampliar
discusiones, que no sólo dominaron la vida de su autor, sino que se mantuvieron
vibrantes hasta bien entrado el s. XVIII, llegando incluso hasta nuestros días.
La doctrina de Molina sobre la gracia. En su decreto sobre la
justificación, el Conc. de Trento había establecido que la gracia previniente
(v. GRACIA SOBRENATURAL) es necesaria para realizar una acción salvífica y que
la voluntad sigue siendo libre (v. LIBERTAD) bajo el influjo de esta gracia:
puede rechazarla o cooperar con ella (Denz.Sch. 1525,1553-1556). Por tanto, en
la realización del acto saludable, existe una cooperación entre gracia y
libertad. Si el Magisterio se ha pronunciado sobre el hecho de esta cooperación,
no ha determinado el modo con que ésta se efectúa. Los teólogos postridentinos
empezaron entonces a preguntarse sobre el motivo de la eficacia de la gracia:
¿estriba tal eficacia en la gracia misma o más bien en la voluntad libre del
hombre? Es así como nacen los grandes sistemas sobre la gracia que dominan la
escena teológica a partir del s. XVI.
M., situándose en el ambiente de fuerte reacción frente al
predestinacionismo de Lutero (v.) y Calvino (v.) que caracteriza la teología
postridentina, está especialmente preocupado por subrayar la realidad de la
libertad humana. Eso le lleva a afirmar que la gracia no es eficaz ab intrinseco,
sino ab extrinseco, cuando la voluntad coopera libremente con ella y le da su
consentimiento. Ese consentimiento ciertamente no ha de atribuirse a las solas
fuerzas naturales del hombre, puesto que el ofrecimiento de la gracia precede a
la voluntad, pero es ésta la que determina la eficacia de la gracia. Así el acto
saludable es efecto a la vez de la gracia y de la libertad: primero de la gracia
y luego de la libertad. Al poner de esa forma el acento en la cooperación entre
Dios y el hombre, M. viene a considerarlos como dos causas parciales y
complementarias de un efecto total único. De este modo, en la producción del
acto bueno, existe un concurso simultáneo de la gracia y de la libertad. Si se
quiere un ejemplo, se puede evocar el de dos caballos que tiran a la vez de un
carro en la misma dirección: la acción de Dios y la del hombre se adicionan,
como la acción de los caballos. Siendo así en el orden natural -continúa M.-,
conviene tener en cuenta que, en el plano sobrenatural, además del concurso
general de Dios, hay un influjo especial de la gracia que eleva la voluntad,
capacitándola para poner actos sobrenaturales. De esta forma, Ja voluntad así
sobrenaturalizada ya no necesita de una nueva moción divina que la determine:
una vez elevada al orden sobrenatural, la voluntad, junto con la gracia,
realiza, con total libertad, el acto saludable.
La teoría del concurso simultáneo, ha puesto de manifiesto el papel de la
libertad humana, pero plantea una dificultad: ¿se respeta la omnipotencia
divina?, ¿cómo explicar, p. ej., que Dios conoce infaliblemente el porvenir y
dirige las criaturas hacia el fin al que están llarrladas? Para resolver el
problema, M. acude al concepto de ciencia media (v. DIOS IV, 13). Entiende por
tal una ciencia por la que Dios sabe exactamente lo que haría cada hombre en las
infinitas situaciones en que hipotéticamente puede ser colocada, y, por tanto,
sabe también si este hombre concreto, en virtud de su libertad, dará o no su
consentimiento a esta gracia determinada, es decir, prevé el éxito o el fracaso
de las gracias que destina a cada hombre: su presciencia descansa no ya sobre
decretos eternos de su voluntad, sino sobre el eminente conocimiento que tiene
de las voluntades creadas.
Las discusiones en torno al molinismo. La Concordia dio lugar a una viva
polémica, que se inicia inmediatamente después de su publicación. La figura
fundamental de la oposición a M. fue el dominico Domingo Bañez (v.), que centró
sus ataques tanto en el terreno teológico como en el dogmático, afirmando que el
sistema de M. no reflejaba adecuadamente la verdad de la omniactividad de Dios.
En su crítica a M., Bañez desarrolló las afirmaciones de S. Tomás llegando así a
una exposición del tema de la gracia que se impuso en la escuela tomista. La
gracia, afirma Bañez, es eficaz de por sí (a se et ab intrínseco): Dios, causa
primera, mueve infaliblemente la voluntad del hombre, considerada como causa
segunda, por medio de una premoción o predeterminación física, que respeta la
libertad porque Dios mueve a cada ser según su naturaleza; a los seres
necesarios, necesariamente, a los libres, libremente.
A finales del s. xvi se acuñó y difundió la distinción entre dos tipos de
gracia actual: la gratia sufficiens (aquella que confiere la posibilidad de
realizar el acto bueno, que es suficiente para que el acto bueno se haga, pero
que no implica la efectiva realización del fin saludable que persigue) y gratia
ef ficax (aquella que además produce el efecto salvífico intentado). En torno a
esta distinción se tipifican los dos sistemas examinados. Para M., y sus
seguidores, ambas gracias son entitativamente iguales: depende de la voluntad
(la cual recibe ciertamente el influjo divino, pero guardando su independencia)
que la gracia se quede simplemente en suficiente o pase a ser eficaz. Para Bañez
en cambio ambas gracias son entitativamente diferentes: la suficiente da sólo la
posibilidad de obrar, la eficaz, el obrar de hecho, de modo que con la sola
gracia suficiente nunca se seguiría la acción; la gracia suficiente se trasforma
así en eficaz por un nuevo auxilio divino que produce la acción.
Como decíamos, la polémica fue muy aguda, y tendió a identificarse con las
órdenes religiosas de sus iniciadores: los jesuitas, que, con salvedades y
matizaciones, siguieron a M., y los dominicos que, también con algunas
diferencias de matiz, se adhirieron a Bañez. Los partidarios de M. acusaban a
los bañecianos de despreciar la libertad y tender al calvinismo, mientras que
los bañecianos veían en el molinismo una devaluación semipelagiana de la gracia.
La situación llegó hasta tal punto que Clemente VIII instituyó la Congr. de
auxiliisgratiae, para poner término a la contienda. Los trabajos de esta
comisión duraron nueve años (1598-1607), sin llegar a ninguna resolución
dogmática; y Paulo V decretó que se pusiera límite al tono violento de la
polémica, prohibiendo que «al tratar esta cuestión nadie califique a la parte
opuesta a la suya o la note con censura alguna» (Denz.Sch 1997). Ante el
continuar de las discusiones, esa decisión fue renovada en 1654 por Urbano VIII
(Denz.Sch. 2008), en 1733 por Clemente XII (Denz.Sch 2509-2510) y en 1748 por
Benedicto XIV (Denz.Sch 2564-2565). De este modo, el Magisterio dejó abierta la
cuestión del modo de conciliar la omnipotencia de Dios con la libertad humana.
Para concluir, podemos decir que el molinismo evita el error de los
sistemas que oponen gracia y libertad: tanto en la línea de Lutero (v.) que
atribuye la salvación sólo a Dios negando la libertad, y Jansenio (v.), para
quien la voluntad sigue necesariamente la delectátio victrix; como en la de
Pelagio (v.) que atribuye la salvación sólo a la libertad negando la necesidad
de la gracia. La doctrina católica no admite tal enfrentamiento entre gracia -y
libertad: afirma, en cambio, que el acto salvífico viene de Dios y del hombre, o
más exactamente, del hombre en cuanto que creado, conservado y actualizado por
Dios. En esta perspectiva, el tomismo habla de subordinación de la causa segunda
a la causa primera, y el molinismo trabaja en términos de yuxtaposición, con los
matices que se han visto. Y es precisamente en este sentido como resulta
teológicamente vulnerable, ya que las bases filosóficas de su sistema no acaban
de expresar toda lo que la verdad de la creación implica.
Para un estudio detenido del tema v. GRACIA SOBRENATURAL Y LIBERTAD II.
BIBL.: MOLINA, Concordia liberi arbitrii cum gratiae donis, divina praescientia, providentia, praedestinatione, et reprobatione, ad nonnullos primae partis D. Thomae artículos, Lisboa 1588; ed. crítica (con una buena introducción) por 1. Rabeneck, Oña-Madrid 1953. Aparte de obras generales sobre la gracia (p. ej., M. SCHMAUS, Teología dogmática. V. La gracia divina, 2 ed. Madrid 1962), se pueden señalar sobre el molinismo propiamente dicho: E. VANSTEENBERGHE, Molina y Molinisme, en DTC 10,2090-2092;2094-2187; F. STEGMÜLLER, Geschichte des Molinismus. I. Neue Molinaschriften, Miinster 1935; J. RABENECK, Grundzüge der Praedestinationslelire Molínas, «Scholastick» (1956) 351-369; íD, Die Heilslehre Ludwig Molinas, «Scholastick» (1958) 31-62; J. SAGÜES, La suerte del bañecianismo y del molinismo, «Miscelánea Comillas» (1960) 391431; J. PEINADO, Evolución de las fórmulas molinistas sobre la gracia eficaz durante las controversias de auxiliis, «Archivo teológico granadino» (1968) 5-191.
JEAN GOTTIGNY.
Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991