LYON, CONCILIOS DE


Se denominan así los dos Conc. ecuménicos celebrados en la ciudad de L. en los años 1245 y 1274, XIII y XIV del total de los ecuménicos.
     
      l. El primer Concilio lugdunense. Fue convocado por Inocencio IV (v.) para intentar resolver el conflicto que oponía al Papa y al Emperador desde los pontificados anteriores (V. FEDERICO II; GREGORIO IX; GÜELFOS y GIBELINOS). Inocenco envió sus cartas de invitación el 3 en. 1245 bajo la divisa Iustitia et Pax y convocó al Emperador al Concilio. La elección de L., cuyas vías de acceso, tanto para el Imperio, como para el reino de Francia eran excelentes, se explica muy bien por su posición geográfica. A pesar de esto, el número de padres fue mucho menos elevado que en los precedentes Concilios medievales debido a las circunstancias políticas. Aunque los prelados franceses y españoles fueron bastante numerosos, hubo pocos italianos e ingleses. No asistió ningún obispo alemán, porque el Emperador les había prohibido participar; tampoco hubo ningún obispo húngaro, pues su país estaba entonces ocupado por los tártaros.
      El Emperador latino de Constantinopla, acompañado de su Patriarca, Nicolás de Arquato, el Patriarca Alberto de Antioquía y el obispo Valeriano de Beirut representaban a los cristianos de Tierra Santa. Federico II, el Emperador de Alemania, acusado ante la asamblea, era defendido por su abogado Tadeo de Sessa y sus colaboradores. En total, apenas asistieron doscientos o trescientos prelados, de los que eran obispos 140. El abogado del Emperador puso como pretexto, para acusar al Papa, el haber convocado sólo a los enemigos de Federico Il. Inocencio IV refutó esta afirmación personalmente. Según la costumbre, había convocado a todos los metropolitanos, que habían recibido el encargo de trasmitir la invitación a sus sufragáneos. Por primera vez, habían sido invitados al lado de los abades de Cluny, de Citeaux y de Clairvaux, los superiores generales de las nuevas órdenes, Juan de Parma por los franciscanos y Juan el Teutónico por los dominicos.
      Antes de la apertura solemne de los trabajos, los padres conciliares se reunieron en una sesión preparatoria de trabajo el 26 de junio en la colegiata de San justo. El primero en tomar la palabra fue el patriarca latino de Constantinopla, Nicolás de Arquato, que señaló los progresos de los bizantinos. El Emperador de Nicea había impulsado la reconquista hasta las puertas de Constantinopla (v. LATINO, IMPERIO). La delegación inglesa reclamó la canonización del arzobispo de Canterbury, Edmundo de Abdington, que había muerto hacía poco, en 1240. Inocencio dio de lado a la reclamación prometiendo ocuparse de ella más tarde. Edmundo de Abdington fue canonizado el 16 dic. 1246. Tadeo de Sessa tomó entonces la palabra para decir que Federico II quería combatir a los tártaros y a los sarracenos, que tomaba a su cargo las dificultades de Tierra Santa y que indemnizaría a la Iglesia por las pérdidas que sus tropas le habían infligido. Inocencio IV no quiso creer en estas nuevas promesas. Tadeo sugirió que los reyes de Francia y de Inglaterra salieran fiadores de la buena fe de su maestro, pero el Papa rechazó este argumento subrayando que si Federico faltaba a su palabra, él se vería obligado a perseguir a los dos soberanos que habían sido sus fiadores, en cuyo caso el Papa tendría, no un enemigo, sino tres. Terminó esta sesión sin que pudiera llegarse a un acuerdo.
      El Concilio celebró tres sesiones solemnes, la de apertura el 28 de junio en la catedral de S. Juan, la segunda, el 5 de julio, y la de clausura, el 17 de julio. Inocencio IV escogió como tema de su discurso inaugural las cinco llagas que, a imitación de su divino fundador, padecía la Iglesia y que, por tanto, debían ser las preocupaciones del Concilio: la corrupción de costumbres de los clérigos y de los laicos; la situación angustiosa de Tierra Santa; el cisma de los griegos y la supervivencia del Imperio latino; la invasión de los tártaros y la persecución de la Iglesia por el emperador Federico II. Acentuó con vigor este último punto, subrayando el Papa que el Emperador jamás cumplía sus promesas y que no respetaba los pactos que le obligaban. Tadeo respondió con una hábil defensa en la que justificó a su señor, convenciendo a muchos, sobre todo entre los franceses y los ingleses, mientras los españoles seguían siendo resueltamente partidarios del Romano Pontífice. En la segunda sesión, el 5 de julio, dedicada a la prueba testifical, el arzobispo de España (probablemente el arzobispo de Toledo o el de Tarragona) atestiguó la opresión que la Iglesia había tenido que sufrir por parte del Emperador. El obispo Pedro de Carinola, cerca de Capua, hizo una matizada declaración en la que mostró, por un lado, la vida ignominiosa del príncipe y, por otro, su voluntad de reforma. Hubo testimonios muy numerosos que fueron humillantes para el Emperador. Muchos prelados le reprocharon la captura de los obispos y los malos tratos sufridos por ellos en 1241, cuando Federico II se había opuesto a la celebración de un Concilio en Roma. En muchas ocasiones se le acusó de herejía. Tadeo fue menos persuasivo que la primera vez y reclamó el aplazamiento de la tercera sesión hasta la llegada del Emperador. Inocencio IV limitó la nueva demora a una semana y convocó a la asamblea para el día 17.
      Entre tanto, el Concilio preparó sus decisiones y en dos ejemplares hizo una compilación de los documentos en los que se hacía por parte de los emperadores, de los soberanos y otros detentadores del poder público alguna concesión a la Santa Sede. Con esta compilación, llamada comúnmente después los Transsumpta de Lyon, el Papado quería apoyar sus pretensiones frente al Emperador y a los otros reyes. Se dio a cada padre conciliar un resumen de las acusaciones contra Federico y se le pedía su opinión sobre la sentencia de deposición. Todos los prelados interrogados estuvieron de acuerdo en la sanción y sellaron la condenación final. Su número se eleva a 15l. Probablemente algunos padres prefirieron abstenerse a causa de sus lazos personales con el Emperador. El 17 de julio, a pesar de la ausencia de éste y de la delegación anunciada, se abrió la sesión como estaba previsto. Inocencio IV, después de la audición de los decretos de reforma y de cinco constituciones (reforma de la Iglesia; ayuda al imperio latino; Tierra Santa; cruzada; defensa contra los tártaros), hizo que se leyeran los Transsumpta. Los ingleses protestaron a propósito de algunos textos y Tadeo de Sessa se levantó para una última defensa. Sostuvo que la convocación del Emperador no había sido hecha según las leyes, y de antemano apeló «al futuro papa y a un Concilio verdaderamente ecuménico». El Papa respondió dulce y modestamente (humiliter et benigne) que el Concilio era verdaderamente ecuménico y que si no había más obispos la culpa era del Emperador, que les había prohibido asistir. Afirmó públicamente que sus intenciones habían sido afectuosas respecto al Emperador, a quien siempre había advertido con anterioridad. Los representantes de los reyes de Francia y de Inglaterra se aprovecharon de esto para intentar ganar tiempo. Pero apoyado por la gran mayoría de la asamblea, Inocencio IV mantuvo su decisión y se dio lectura a la bula de deposición. No parece que haya habido una nueva excomunión. Inmediatamente después, fue disuelto el concilio.
      Al lado de esta medida esencial, sin embargo, se aprobaron una serie de cánones. La mayor parte de ellos trataban de las condiciones del ejercicio de la justicia eclesiástica. El can. 13 establecía la obligación que tenían los titulares de los beneficios mayores de hacer el inventario de los bienes de la Iglesia recibidos al comienzo del ejercicio de su cargo. Les prohibía además alienarles o darles en prenda. Les obligó a pagar sus deudas y a este efecto fue previsto todo un sistema de contabilidad y de control para esta categoría superior de beneficiarios. El can. 14 puso un impuesto a todos los beneficios eclesiásticos en provecho del Imperio latino de Constantinopla, expuesto a los constantes ataques de los musulmanes. Constituyó en deber para los cristianos el resistir a los tártaros y el fortificar las fronteras contra ellos. En fin, el can. 17 tomó de nuevo el decreto del I V Conc. de Letrán de 1215, reglamentando las disposiciones de la cruzada y generalizando sus efectos. A pesar de este conjunto de textos, este concilio no aparece como uno de los más fecundos de la Edad Media.
     
     

BIBL.: Las actas del primer Concilio de L. se han perdidó. Se ha conservado solamente un resumen oficioso, hecho por uno de la curia, la Brevis Nota, ed. por L. WEILAND, en MGH, Constitutiones, IL513-516. Se encuentra un informe detallado pero no siempre fiel en las Chronica majora de M. PARIS, ed. H. R. LUARD (Rolls series 57), 7 vol., Londres 1872-83, IV,18-77.

 

JEAN CHÉLINI.

Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991