Liberalismo. Teologia

l. Características generales del liberalismo teológico. Aunque el I. sea conocido fundamentalmente por sus repercusiones en el campo político y social (v. I-III), no obstante, no han sido menores sus consecuencias en el campo teológico; y de una forma sumamente particular detro del protestantismo, donde dio lugar a la llamada Teología liberal, que se estudia en otro artículo: V. TEOLOGÍA LIBERAL.
El I. teológico, en su formulación más radical, viene determinado por la proclamación de una independencia total y absoluta de la razón y del criterio público, tanto en cada individuo como dentro de la sociedad; de aquí que se niegue la jurisdicción absoluta de Jesucristo sobre individuos y sociedades e igualmente la jurisdicción. religiosa delegada que tiene la Iglesia sobre todos y cada uno de sus fieles; se consideran como innecesarias la Revelación divina y la obligación que tiene cada hombre de seguirla para alcanzar su salvación; se aborda el estudio de la fe cristiana a partir de una confianza plena y absoluta en la razón de tal forma que los dogmas no sólo pueden ser conocidos total e íntegramente por ella sino que incluso son producto o realización del poder racional humano. Dentro de una mentalidad estrictamente liberal el cristianismo pasa a ser una filosofía más, algo totalmente transparente y sin misterios, vacío de todo poder o fuerza sobrenatural y plenamente accesible a las fuerzas del hombre. El cristianismo deja de ser una realidad objetiva e histórica para convertirse en algo subjetivo y vivido en el presente; la inspiración de la S. Escritura, el misterio, el sacramento, la gracia son elementos que en todo caso sólo tienen realidad en lo más íntimo del corazón. Por esto la «libertad religiosa», entendida falsamente como indiferentismo (v.) religioso, pasará a ocupar uno de los primeros puestos en la escala de valores del I.: cada persona ha de realizar su vida religiosa sólo desde su intimidad y a su arbitrio.
En resumen, el I. teológico afirma como principio fundamental la libertad absoluta de que goza toda persona para someter a crítica la religión sin otro control que el uso personal de la propia voluntad y razón; reduce la gracia a la naturaleza, la fe a la razón, el dogma a historia, la Iglesia al Estado y la religión a meras disposiciones y sentimientos subjetivos.

2. El liberalismo en el método y carácter de la Teología (racionalismo). Dentro de la Teología católica el I. se ha manifestado como un esfuerzo por asimilar el pensamiento más influyente de las primeras décadas del s. XIX: el criticismo de Kant (v.), el idealismo de Hegel (v.) y el subjetivismo de Schleiermacher (v.). Este trabajo se realiza fundamentalmente entre algunos teólogos de Lucerna, Tubinga (v.), Münster, Munich y Viena. Son teólogos con un gran espíritu de iniciativa y originalidad, de tal manera que se ganaron la estima de parte del mundo científico de su época, aunque sus formulaciones teológicas son totalmente inaceptables para la fe católica, a la que deforman y desvirtúan, y lo que motivó repetidas intervenciones del Magisterio eclesiástico. En estos teólogos se encuentra presente casi un único e idéntico problema: las relaciones entre autoridad y libertad, problema que adoptará las formas de relación entre fe y razón, filosofía y teología, historia y dogma, e inclinándose en todos estos casos hacia la libertad, la naturaleza y la razón, de modo que quedan rebajados o desfiguradas la revelación, lo sobrenatural y la fe (v. RAZÓN II; REVELACIÓN IV). Sumamente significativos son en este aspecto los trabajos teológicos de G. Hermes, A. Günther, J. Frohschammer e I. Dóllinger.
G. Hermes (v.), profesor de Teología primero en Miinster y luego en Bonn, centra todas sus investigaciones teológicas en el problema del acceso del hombre a la fe. Como punto de partida de esta búsqueda de la fe coloca la duda universal y de esta duda, según él, sólo se podrá salir mediante una demostración racional de cada una de las verdades del cristianismo; la fe (v.) será, en este caso, un asentimiento intelectual determinado por la rigurosa demostración racional de la verdad creída; el motivo último de la fe será sólo la razón y no la autoridad divina. Ante estos extremos tuvo que intervenir Gregorio XVI con su Breve Dum acerbissimas del 26 sept. 1835 y posteriormente Pío IX con la enc. Qui pluribus del 9 nov. 1846 (Denz. 1618-1621; 1634-1639); lo mismo el Syllabus y el Concilio Vaticano I, aunque éstos se fijan menos en Hermes que en el amplio movimiento de ideas a que habían dado origen sus especulaciones.
A. Günther (v.), desde Viena, trata de hacer una reforma de la Teología, no desde el pensamiento de Kant, como había hecho Hermes, sino desde Hegel y, sobre todo, desde Schelling. Por otra parte, Günther centra su pensamiento teológico más que en el acto mismo de la fe en la coordinación entre fe y razón e intenta renovar la Teología (v.) a partir del análisis del pensar humano. Esta nueva metodología teológica exige el reconocimiento total de la autoridad de la razón en la investigación de la Revelación concluyendo Günther en la completa relativización de cualquier formulación dogmática. Esto obligó a intervenir a Pío IX, que condenó las doctrinas de Günther en el Breve Eximiam tuam del 15 jun. 1857 (Denz.Sch. 1655-1658).
Mucho más intensa fue la influencia del I. en Frohschammer y Dóllinger (v.), profesores de Munich. Frohschammer reivindica en la forma más radical la total y absoluta independencia de la ciencia con relación a la fe; y, en definitiva, transformar la fe en algo humano, sin contenido sobrenatural, y puramente subjetivo. Dóllinger, que en un principio se había mantenido en el campo de un ultramontanismo moderado, evoluciona hacia el I. y ante los teólogos más representativos de las diversas tendencias teológicas del s. XIX, reunidos en Munich en sept. 1863, pronuncia un discurso sobre el «Papado y porvenir de la Teología», considerado como «declaración de los derechos de la Teología» (G. Goyau). Pío IX se ve obligado a intervenir condenando los escritos de Frohschammer en su carta al arzobispo de Munich del 11 dic. 1862 Gravissimas inter (Denz.Sch. 1666-1676), y aclarando la confusa situación creada entre las católicos alemanes por el Congreso de Munich en otra carta del 21 dic. 1863, Tuas libenter (Denz. 1679-1684).

3. El liberalismo en Eclesiología. Este I. racionalista se manifiesta igualmente en el campo de la Teología católica al enfocar los temas netamente eclesiológicos, ya se refieran éstos a la constitución intrínseca de la Iglesia o a sus relaciones jurídicas con el Estado. Algunos teólogos católicos, influidos por la mentalidad liberal, redujeron la misión de la Iglesia a la enseñanza, al culto y a la disciplina de tal manera que la consideran como una mera «schola publica religionis, publicus apparatus externi cultus et publica politia». Sin tener en cuenta su institución divina, ni su estructura externa e interna tal como la estableció Jesucristo (v. IGLESIA). Tal es la doctrina expresada desde un punto de vista netamente teórico por M. Dobmayer, P. B. Zimmer, etc.; y todavía antes, desde un punto de vista práctico, por el josefinismo (v.), febronianismo (v.) y el galicanismo (v.) toscano, movimientos condenados por Pío VI en su Const. Auctorem fidei, del 28 ag. 1794 (Denz. 1501-1515), pero cuyas influencias se extienden a través de toda la primera mitad del s. XIX.
Se insiste, al tratar los temas eclesiológicos, en el aspecto colegial de la Iglesia afirmando erróneamente que la autoridad suprema reside en el cuerpo total de la misma, de tal manera que las decisiones del Papa han de ser ratificadas, expresa o tácitamente, por el episcopado universal, cómo las de éste lo han de ser por sus respectivos fieles. Todo este movimiento teológico provocó en contrapartida una profundización y reafirmación de la autoridad de la jerarquía eclesiástica (v.) en general y del Papa en particular que culminará, por una parte, en la definición de la infalibilidad (v.) del Papa, en 1870, y, por otra parte, en el estudio de la verdadera realidad teológica y sobrenatural de la Iglesia mostrándola más como «comunión» que como «sociedad» según las mejores investigaciones de Sailer, Drey, Móhler, etc., dando con ello origen al desarrollo moderno de la Eclesiología (v.). Para el problema de las relaciones entre la Iglesia y el Estado determinadas por l., v. v.
La influencia del I. se extiende con más o menos intensidad por gran parte de Europa, como se manifiesta claramente en el caso de Lamennais (v.) y su fundación de la llamada Congregación de S. Pedro, cuya primera finalidad sería el renovar todas las ciencias eclesiásticas en un espíritu de libertad y acudiendo a todas las ramas del conocimiento humano tal como ha quedado plasmado, en cierto modo, en el manifiesto publicado en el último número de L'Avenir, 21 nov. 1831, lo que motivó, en parte, la intervención de Gregorio XVI en sus enc. Mirar¡ vos del 15 ag. 1832 (Denz. 1613-1616) y Singular¡ nos del 25 jun. 1835 (Denz. 1617) (v. CATOLICISMO LIBERAL).

4. El Concilio Vaticano I y la Teología del siglo XIX. En un sentido sumamente amplio podríamos afirmar que el I. determina o influye todos los problemas y estudios teológicos del s. XIX. Es suficiente consultar cualquier tratado de Teología de la época para observar que la mayoría de sus cuestiones se centran en los términos autoridad, libertad, Magisterio, relaciones entre la fe y la razón, entre la Iglesia y el Estado.
Sin embargo, donde se muestra en toda su claridad esta problemática es en la preparación y desarrollo del Conc. Vaticano I. Pío IX consulta a diversos obispos sobre las cuestiones doctrinales que deberían tratarse en dicho Concilio. Las respuestas del cardenal Reisach, del obispo de Ratisbona y de los obispos franceses son sumamente significativas. El cardenal Reisach afirma que la negación de la Iglesia jerárquica y de su autoridad doctrinal infalible por el protestantismo ha dado origen a múltiples errores y que no pocos son los católicos que manifiestan una repugancia al Magisterio eclesiástico, obedeciendo con desagrado, duda y desconfianza (Mansi, 49, col. 38-40). El obispo de Ratisbona, mons. Senestrey, señala las fuertes influencias que ha ejercido el l. entre los teólogos católicos (Mansi, 49, col. 138 ss.), e idénticas son las proposiciones de los obispos franceses (Coll. Lac., VII, col. 1151).
A causa de estas respuestas, la primera de las comisiones dogmáticas que se instituyeron para preparar el Concilio emprende la sistematización de todos estos problemas, con el fin de proponerlos al estudio y reflexión de los Padres conciliares. Como punto de partida de sus trabajos se adopta el Syllabus puesto que en él se recopilaban todos los errores que había motivado últimamente la intervención del Magisterio eclesiástico: los parágrafos primero (Denz. 1701-1707), segundo (Denz. 1708-1714) y cuarto (Denz. 1718) sobre el panteísmo, naturalismo, racionalismo absoluto, liberalismo y diversos errores sobre la S. Escritura constituirán la base y fundamento de la Const. De¡ Filius; los parágrafos quinto (Denz. 1723-1738) y noveno (Denz 1775-1776) sobre la naturaleza, derechos, infalibilidad y potestad temporal del Romano Pontífice, darán origen a la Const. Pastor Aeternus; los parágrafos tercero (Denz 1715-1718), quinto (Denz. 1719-1738) y sexto (Denz. 1739-1755) sobre la Iglesia, sus derechos y sus relaciones con el Estado serán el punto de partida de la Const. De Ecclesia Christi.
Aunque de una forma sumamente moderada y siempre dentro de los límites más estrictos de la fe se muestra igualmente la influencia del I. en los diversos debates del Concilio sobre todo al tratar de la relación entre fe y razón. Sumamente significativas son las intervenciones de los obispos de Avignon, mons. Dubreil, y de Grenoble, mons. Guinoulhiac, pidiendo que la Iglesia reconozca, defienda y dirija la libertad en la investigación científica (Mansi, 51, col. 248; ib., col. 242).

En breve resumen, el I. ya sea de una forma directa o ya a través de las oposiciones que suscita, es el movimiento doctrinal que polariza gran parte de la investigación teológica del s. XIX y primeras décadas del XX, puesto que sus últimas repercusiones se pueden observar con claridad en el mismo modernismo (v.).


J. GARCÍA ALVAREZ.
V. t.: RACIONALISMO; VATICANO 1, CONCILIO; LIBERAL, TEOLOGÍA PROTESTANTE; RAZÓN 11; REVELACIÓN IV; TEOLOGÍA. BIBL.: G. DE RUGGIERO, Historia del liberalismo europeo, Madrid 1944; L. DíEZ DEL CORRAL, El liberalismo doctrinario, 2 ed. Madrid 1956; F. SARDA Y SALVANY, El liberalismo es pecado, 20 ed. Barcelona 1960; G. MARTINA, II liberalismo cattolico ed il Silabo, Roma 1959; J. R. PALANQUE, Catholiques libéraux et gallicans en France au Concile du Vatican, 1867-1870, Aix 1962; R. AUBERT, J. B. DUROSELLE, A. C. JEMOLo, Le liberalisme religieux au XIX, siécle, en Relazioni del XI Congresso de Scienze Storiche, V, Florencia 1955; J. BELLAMY, La théologie catholique au XIX, siécle, París 1904; E. HOCEDEz, Histoire de la théologie au XIX, siécle, París-Bruselas 1947; M. NEDONCELLE, R. AUBERT, etc., L'ecclésiologie au XIXe siécle, París 1960; P. HAZARD, La cris, de la conscience européenne, París 1935; íD, La pensée européenne au XVIII, siécle, de Montesquieu d Lessing, París 1946; J. M. GóMEZHERAS, La constitución «Dei Filius» y la teología del cardenal l. B. Franzelin, «Revista Española de Teología» XXIII (1963) 137-190 y 451-487, XXV (1965) 79-114, XXVII (1967) 375-397; íD, Sapientia in Mysterio. El misterio de Fe e inteligencia racional según el Vaticano 1, «Burgense» X (1969) 111-174; íD, «Insta Sapientiae Libertas», La antítesis «Libertad de la conciencia y autoridad de la te» en la Constitución «Dei Filius», «Scripta Theologica» II (1970) 61-118.

Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp, 1991