Influencia del cristianismo. Del hecho de la e. y lo que ésta suponía
puede inferirse cuál hubo de ser respecto a ella la postura del
cristianismo.
El esclavo era una persona poseída por otra de igual modo que se
puede poseer otra cosa cualquiera y, por ello, dependiente en todo de la
voluntad del posesor. Un ser sin fin propio, convertido en simple medio o
instrumento para los fines de otro hombre, a cuyo dominio estaba sometido.
Un hombre sin ninguno de los derechos de tal: derecho a la vida, a la
libertad, a la independencia en su actividad, a la elección de estado, a
la familia. Un hombre, cuya ley, patria, fin y regla de lo justo o injusto
era el amo. Esto era el esclavo y ésta su condición. Enraizado
profundamente este modo de vida en el mundo antiguo y como connatural al
mismo, sólo a través de una larga historia de siglos ha ido
extinguiéndose, merced casi en su totalidad al influjo del cristianismo, y
el esclavo ha logrado su liberación y el reconocimiento que le sitúa en el
nivel de igualdad con los demás hombres.
No necesitó el cristianismo, y en un principio no lo hizo,
enfrentarse directamente con el problema. Su espíritu y doctrina entrañan
una serie de verdades y principios que habrían de hacer, en su expansión,
imposible que se pudiera mantener una situación del todo incompatible con
él. La igualdad de la naturaleza humana, la comunidad de origen y
redención, la realidad de un mismo fin para todos los hombres, su defensa
sin límites ni paliativos de la caridad y su reconocimiento de la dignidad
del trabajo suponían un fermento operante en una concepción y modo de vida
ajenos a estas ideas. Y ésta es en un primer momento su actuación: la
acción de su doctrina y ejemplo. Una labor personal y lenta, si se quiere,
paciente y constante, pero dirigida a crear las premisas y ambiente
favorables para desembocar en una eliminación lógica y natural. Comienza
por una redención moral, necesaria en una clase absolutamente hundida,
inyectándole conciencia de su dignidad y valor personal y extendiendo esta
proyección moral a la clase dominante; la amplía luego a una redención
material, procurando la efectiva libertad con modos, espíritu y formas
nuevos, añadidos a los legales. No podía actuar de otra manera, ni le era
posible en esos primeros tiempos intentar una acción directa,
revolucionaria, dirigida a la sociedad como tal. Es preciso tener presente
la extensión y raigambre de la e. en la época antigua y cómo toda la
organización social se apoyaba y descansaba en ella, para juzgar
temeraria, imprudente y condenada al fracaso, una orientación que hubiese
pretendido cambiar radicalmente las cosas, ignorando su momento histórico.
Proyección histórica. Primeros tiempos del cristianismo. La
predicación de S. Pablo, que marca el comienzo de esta línea de redención,
va encaminada, por una parte, a despertar en el esclavo la conciencia de
su dignidad y también de sus deberes, llevándole a la aceptación de una
situación que su fe de cristiano ha de hacer tolerable, y, por otra, a
recordar'al señor que el siervo es ante el Padre igual a él, y le debe, en
consecuencia, un trato benévolo. Las palabras, ponderadas, pero
suficientes, de la carta a los de Éfeso (6,5-9), llevan en germen todo un
programa a seguir: «Siervos, obedeced a vuestros amos según la carne como
a Cristo, con temor y temblor, en la sencillez de vuestro corazón...
sirviendo con buena voluntad, como quien sirve al Señor y no a hombre;
considerando que Ia cada uno le retribuirá el Señor lo bueno que hiciere,
tanto si es siervo, como libre. Y vosotros, amos, haced lo mismo con
ellos, dejándoos de amenazas, considerando que en los cielos está su Señor
y el vuestro, y que no hay en Él acepción de personas». A tono con este
párrafo se podrían aducir otros textos del mismo S. Pablo y, sobre todo,
puede verse la delicadeza de su carta a Filemón, su ternura y preocupación
por el esclavo Onésimo, que huye de su amo y es convertido y devuelto por
el apóstol, junto con la acertada solución a un problema entonces nada
fácil. En el fondo de toda esta enseñanza y práctica de S. Pablo resalta
la incompatibilidad del espíritu cristiano con la e. La citada carta a
Filemón traza las líneas directrices y conducta de toda la Iglesia
primitiva: acoger, elevar, convertir, bautizar, suavizar las mutuas
relaciones, sin tomar actitud agresiva para con los amos, junto con la
preocupación por no turbar la paz ni caminar con demasiada prisa ante una
situación firme, estable y avalada por los siglos.
No duda el cristianismo, frente a la sociedad romana en que el
esclavo no tiene religión, en acogerle totalmente en un plano igualitario,
con lo que muestra que es posible una sociedad, aunque en principio sea
únicamente de tipo religioso, donde no haya diferencias entre libre y
esclavo. Así, puede afirmar Lactancio (Divinae Institutiones, V,15) que
«para nosotros no hay siervos, sino que a éstos los consideramos y
llamamos hermanos en el espíritu y consiervos en la religión». Y S. Cirilo
proclama que entre los obispos, sacerdotes o diáconos hay esclavos y
libres, del mismo modo que autores como S. Ireneo, Tertuliano, Taciano,
por citar algunos, al hacerse eco de la misma doctrina, se muestran
orgullosos de haber roto una desigualdad que no podía tolerar la ley
natural ni la ley de Cristo. Por lo mismo, S. Gregorio Nacianceno declara
incompatible la e. con el cristianismo, y S. Cipriano la reprueba en los
cristianos como un delito, mientras algunas sectas intentan de hecho
rebelarse abiertamente contra la misma. Espíritu y doctrina cristianos que
van cuajando en realidades, como la plena participación del esclavo en las
asambleas, en la vida religiosa, en los ritos y sacramentos; que lleva,
incluso, a la paradoja de que el sometido y sin derechos en la vida civil,
tenga un rango superior en la vida religiosa.
De ahí, también, la defensa de la legitimidad del matrimonio entre
los esclavos, inculcando además a los amos el deber de casar a los
esclavos que vivan en desorden (Constituciones Apostólicas, VIII,32), y
que el papa Calixto autorice, contra la costumbre y leyes romanas, el
matrimonio de libres con esclavos o libertos, así como el que en los
cementerios cristianos no se haga mención de la condición de esclavos de
los allí enterrados, lo que, en cambio, se hacía notar en los cementerios
civiles. Añádase la llamada limosna de la libertad, considerada desde su
origen en la Iglesia como la primera de las limosnas. Habla S. Ignacio de
que una parte de lo que daban los fieles era para liberar esclavos; se
recogen cotizaciones en época de S. Cipriano para liberar esclavos en
Numidia; S. Ambrosio vende con el mismo fin los vasos sagrados, no siendo
éste el único caso. S. Clemente Romano exalta el ejemplo de los cristianos
heroicos que se sometieron a e. para liberar a otros cuya fe y costumbres
estaban en peligro. Y se va generalizando la costumbre, introducida en la
Iglesia, de manumitir pro remedio animae, ya como legado testamentario, ya
a la muerte de un ser querido, así como es fácil dar la libertad al
esclavo admitido al sacerdocio. Práctica y acción cristianas que se van
abriendo paso en una época hostil, afianzando en el esclavo su conciencia
de persona con ciertos derechos inalienables; y estos esclavos, que antes
se consideraban carentes de todo derecho y -forzados únicamente a
obedecer, se enfrentan ahora, conscientes de sí, a las autoridades o a sus
amos en defensa de su fe o de su honra.
Estas conquistas del cristianismo habrían por fuerza de repercutir
en la mentalidad jurídica de la época y en la legislación, que ya por sí
había intentado suprimir algunos de los grandes abusos de los primitivos
tiempos, pero que, a partir de los emperadores cristianos, se deja notar
sin duda alguna, intentando secundar las directrices de la Iglesia. Sería
largo querer seguir en detalle su desarrollo. En Constantino encontramos
una serie de medidas de alto significado: prohíbe marcar en la cara a los
esclavos; suprime la crucifixión a ellos aplicada como castigo; declara
culpable de homicidio al amo que haya causado la muerte de algún esclavo;
prohíbe separar a padres, hijos y hermanos en la venta de terrenos. Una
apertura ya legal, sin duda conquista de la Iglesia, y en la que se
mantienen los emperadores todos, a excepción de Juliano, hecho
significativo dada su tendencia anticristiana y paganizante, y que alcanza
su apogeo con Justiniano, quien, entre otros muchos avances, castiga el
rapto de una mujer esclava con la misma pena que el de la libre, permite a
los senadores esposar esclavas y prohíbe separar del suelo a los esclavos.
Medievo. En el primer momento de la época bárbara, hay un cierto
retroceso, nada extraño si se tiene presente la dureza de los tiempos y
costumbres. Muy pronto, sin embargo, vuelve la Iglesia a intervenir, ahora
con autoridad directa y consciente de ella, intervención que se puede
calificar de oficial al provenir principalmente de los concilios.
Cabe destacar en esta época el derecho de asilo al esclavo que huye,
debiendo prometer solemnemente el amo el perdón al recibirle (y
excomulgando al amo que falte a su promesa); la prohibición del castigo
físico aun al esclavo criminal acogido a la Iglesia; la insistente defensa
del matrimonio entre esclavos, o entre libres y esclavos; igualmente, la
petición por parte de la Iglesia de un cierto descanso corporal para el
esclavo, insistiendo en la manumisión y, cuando no sea posible, en
suavizar el trato y trabajo corporal.
El problema de la tierra, abandonada por diversas causas por los
colonos, obliga a una serie de medidas que condujeron paulatinamente a
convertir los esclavos rústicos en siervos de la gleba. Se inicia con esto
una nueva era en la e.: la servidumbre (v.), abierta ya a muchos derechos
y libertades, aunque todavía con limitaciones, pero que constituye un
avance importante en relación con la situación anterior. Continúa habiendo
esclavos, en sentido de totalidad, pero la transformación iniciada crece
bajo el influjo de la Iglesia y de las leyes. La conducta seguida por la
Iglesia con los cultivadores de sus numerosas y vastas posesiones es
decisiva en este punto. S. Gregorio I Magno (v.) da normas muy concretas
sobre el trato a los siervos: insiste en la obligación en monjes y
eclesiásticos de apartar en la producción, primeramente, lo necesario a
los siervos; en que se fijen con caridad las prestaciones, que éstas no
puedan agravarse y que se restituya a los siervos lo que se hubiere
percibido de más; sobre las concesiones de tierras por, un pequeño canon,
siempre menor que el de los señores civiles. Da una carta de manumisión en
favor de dos de sus esclavos, cuya fórmula, muy favorable, pasa a los
libros litúrgicos de toda Europa y contribuye a que la manumisión sea
considerada, no como un acto de liberalidad, sino en cierto modo
obligatoria. En época feudal, en la que,
dada la independencia de los señores, se recrudece la arbitrariedad
y a veces el mal trato y abuso de esclavos y siervos, las instituciones
eclesiásticas (monasterios, etc.), que llegan a ser propietarias de muchos
territorios, y que se mantienen en línea avanzada por lo que toca a la
libertad y los derechos de los siervos, proceden a la concesión de
terrenos, mediante el cobro de cánones muy módicos y sin exigir
prestaciones y obliga poco a poco, por la ley del equilibrio, a que los
señores feudales se acomoden a su orientación.
De la Edad Moderna a la actualidad. Reaparece la e. en el s. XV con
la trata de negros, en una opresión comparable, por su falta de humanidad,
a las épocas más duras de los tiempos antiguos y, en cierto modo,
incomprensible en una época de civilización muy avanzada y cristianizada.
Son ya aquí los poderes públicos, a cuyo control escapaban los abusos en
la mayoría de los casos, quienes van tomando la iniciativa y con su
legislación encauzan el problema hasta eliminarlo. Una vez más, también,
la Iglesia se ve obligada a intervenir, y ya en 1462 Pío II califica la
trata de «gran crimen». Paulo III, en 1537, manda al obispo de Toledo
proteger a los indios y excomulga a quienes los redujesen a e. y quitasen
sus bienes. Siguen las intervenciones papales en una línea ininterrumpida,
por lo que Benedicto XIV se lamenta ante el rey de Portugal y el obispo de
Brasil de que no hayan sido puestas en práctica las disposiciones de sus
predecesores, y publica Gregorio XVI en 1837 una encíclica exhortando a
los obispos de Brasil a que utilicen todos los medios para acabar con una
situación tan lamentable y anticristiana (Acta Gregoriana XVI, II, Roma
1901, 387 ss.).
Aunque la e. esté oficialmente abolida, con acuerdo unánime de todos
los países civilizados, subsiste su práctica en ciertos pueblos
primitivos, a veces con la complacencia e interesada tolerancia de los
llamados a ser sus educadores. De ello se quejaba amargamente León XIII en
su Epístola a los obispos del Brasil sobre la esclavitud (5 mayo 1888).
Ha de hacerse notar que, aunque suprimido este lastre social tomado
en su forma estricta, la conciencia cristiana, que vio siempre en él un
abuso contrario a la naturaleza, protesta también contra ciertas formas
que disimulan su práctica, como son todas aquellas que admiten una
discriminación degradante entre los hombres, sea en función de la raza,
del sexo o de la posición social. En este sentido, la Iglesia recuerda que
hay todavía bastante por hacer, advirtiendo hechos como los de
segregaciones racíales (v. RACISMO II), las discriminaciones injustas (V.
DISCRIMINACIÓN SOCIAL Y POLÍTICA), etc. El Conc. Vaticano II se pronuncia
abierta y reiteradamente contra todas estas situaciones, proclamando la
dignidad de la persona, la igualdad de todos los hombres y los derechos
inherentes a los mismos como seres libres. La enc. Pacem in terris, de
Juan XXIII, como carta de derechos fundamentales, es el mejor exponente de
esta solicitud.
V.t.: ACEPCIÓN DE PERSONAS; DISCRIMINACIÓN SOCIAL Y POLÍTICA.
BIBL.: A. D'ALÈS, Dictionnaire
Apologétique de la Foi Catholique, I, 4 ed. París 1909; P. ALLARD, Les
esclaves chrétiens depuis les premiers temps, París 1876; A. KATZ,
Christentum und Sklaverei, Viena 1926; A. D'AMIA, Schiavitú romana e
servitú medievale, Milán 1931; E. J. JONKERS, De 1'influence du
Christianisme sur la législation relative a l'esclavage dans 1'antiquité,
en Mnemosyne, 1933-34, 241-281; R. FLYNN, L'Église catholique et les noirs
en Amérique, «Nouvelle Rev. Théologique>> 83 (1951) 833-845; A. ALCALÁ Y
HENKE, La esclavitud de los negros en la América española, Madrid 1919;
VATICANO II, Const. Gaudium et spes, n. 23-32; G. BARAÚNA, ABÁRZUZA y
OTROS, La Iglesia en el mundo de hoy, Madrid 1967.
S. ALVAREZ TURIENZO.
Cortesía de Editorial Rialp. Gran Enciclopedia Rialp,
1991
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