Constitución apostólica Ut sit


JUAN PABLO OBISPO
SIERVO DE LOS SIERVOS DE DIOS
PARA PERPETUA MEMORIA

Con grandísima esperanza, la Iglesia dirige sus cuidados maternales y su atención al Opus Dei, que por inspiración divina el Siervo de Dios Josemaría Escrivá de Balaguer fundó en Madrid el 2 de octubre de 1928, con el fin de que siempre sea un instrumento apto y eficaz de la misión salvífica que la Iglesia lleva a cabo para la vida del mundo.

Desde sus comienzos, en efecto, esta Institución se ha esforzado, no sólo en iluminar con luces nuevas la misión de los laicos en la Iglesia y en la sociedad humana, sino también en ponerla por obra; se ha esforzado igualmente en llevar a la práctica la doctrina de la llamada universal a la santidad, y en promover entre todas las clases sociales la santificación del trabajo profesional y por medio del trabajo profesional. Además, mediante la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, ha procurado ayudar a los sacerdotes diocesanos a vivir la misma doctrina, en el ejercicio de su sagrado ministerio.

Habiendo crecido el Opus Dei, con la ayuda de la gracia divina, hasta el punto de que se ha difundido y trabaja en gran número de diócesis de todo el mundo, como un organismo apostólico compuesto de sacerdotes y de laicos, tanto hombres como mujeres, que es al mismo tiempo orgánico e indiviso -es decir, como una institución dotada de una unidad de espíritu, de fin, de régimen y de formación-, se ha hecho necesario conferirle una configuración jurídica adecuada a sus características peculiares. Fue el mismo Fundador del Opus Dei, en el año 1962, quien pidió a la Santa Sede, con humilde y confiada súplica, que teniendo presente la naturaleza teológica y genuina de la Institución, y con vistas a su mayor eficacia apostólica, le fuese concedida una configuración eclesial apropiada.

Desde que el Concilio Ecuménico Vaticano II introdujo en el ordenamiento de la Iglesia, por medio del Decreto Presbyterorum Ordinis, n. 10 -hecho ejecutivo mediante el Motu propio Ecclesiae Sanctae, I, n. 4- la figura de las Prelaturas personales para la realización de peculiares tareas pastorales, se vio con claridad que tal figura jurídica se adaptaba perfectamente al Opus Dei. Por eso, en el año 1969, Nuestro Predecesor Pablo VI, de gratísima memoria, acogiendo benignamente la petición del Siervo de Dios Josemaría Escrivá de Balaguer, le autorizó para convocar un Congreso Gene. al especial que, bajo su dirección, se ocupase de iniciar el estudio para una transformación del Opus Dei, de acuerdo con su naturaleza y con las normas del Concilio Vaticano II.

Nos mismo ordenamos expresamente que se prosiguiera tal estudio, y en el año 1979 dimos mandato a la Sagrada Congregación para los Obispos, a la que por su naturaleza competía el asunto, para que, después de haber considerado atentamente todos los datos, tanto de derecho como de hecho, sometiera a examen la petición formal que había sido presentada por el Opus Dei. Cumpliendo el encargo recibido, la Sagrada Congregación examinó cuidadosamente la cuestión que le había sido encomendada, y lo hizo tomando en consideración tanto el aspecto histórico, como el jurídico y el pastoral. De tal modo, quedando plenamente excluida cualquier duda acerca del fundamento, la posibilidad y el modo concreto de acceder a la petición, se puso plenamente de manifiesto la oportunidad y la utilidad de la deseada transformación del Opus Dei en Prelatura personal.

Por tanto, Nos, con la plenitud de Nuestra potestad apostólica, después de aceptar el parecer que Nos había dado Nuestro Venerable Hermano el Eminentísimo y Reverendísimo Cardenal Prefecto de la Sagrada Congregación para los Obispos, y supliendo, en la medida en que sea necesario, el consentimiento de quienes tengan o consideren tener algún interés propio en esta materia, mandamos y queremos que se lleve a la práctica cuanto sigue.

I

Queda erigido el Opus Dei como Prelatura personal de ámbito internacional, con el nombre de la Santa Cruz y Opus Dei o, en forma abreviada, Opus Dei. Queda erigida a la vez la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, como Asociación de clérigos intrínsecamente unida a la Prelatura.

II

La Prelatura se rige por las normas del derecho general y de esta Constitución, así como por sus propios Estatutos, que reciben el nombre de "Código de derecho particular del Opus Dei".

III

La jurisdicción de la Prelatura personal se extiende a los clérigos en ella incardinados, así como también sólo en lo referente al cumplimiento de las obligaciones peculiares asumidas por el vínculo jurídico, mediante convención con la Prelatura a los laicos que se dedican a las tareas apostólicas de la Prelatura: unos y otros, clérigos y laicos, dependen de la autoridad del Prelado para la realización de la tarea pastoral de la Prelatura. a tenor de lo establecido en el artículo precedente.

IV

El Ordinario propio de la Prelatura del Opus Dei es su Prelado, cuya elección, que ha de hacerse de acuerdo con lo que establece el derecho general y particular, ha de ser confirmada por el Romano Pontífice.

V

La Prelatura depende de la Sagrada Congregación para los Obispos y, según la materia de que se trate, gestionará los asuntos correspondientes ante los demás Dicasterios de la Curia Romana.

VI

Cada cinco años, el Prelado presentará al Romano Pontífice, a través de la Sagrada Congregación para los Obispos, un informe acerca de la situación de la Prelatura y del desarrollo de su trabajo apostólico.

VII

El Gobierno central de la Prelatura tiene su sede en Roma. Queda erigido, como iglesia prelaticia, el oratorio de Santa María de la Paz, que se encuentra en la sede central de la Prelatura.

Asimismo, el Reverendísimo Monseñor Alvaro del Portillo, canónicamente elegido Presidente General del Opus Dei el 15 de septiembre de 1975, queda confirmado y es nombrado Prelado de la Prelatura personal de la Santa Cruz y Opus Dei, que se ha erigido.

Finalmente, para la oportuna ejecución de todo lo que antecede, Nos designamos al Venerable Hermano Romolo Carboni, Arzobispo titular de Sidone y Nuncio Apostólico en Italia, a quien conferimos las necesarias y oportunas facultades, también la de subdelegar en la materia de que se trata en cualquier dignatario eclesiástico, con la obligación de enviar cuanto antes a la Sagrada Congregación para los Obispos un ejemplar auténtico del acta en la que se dé fe de la ejecución del mandato.

Sin que obste cualquier cosa en contrario.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el día 28 del mes de noviembre del año 1982, quinto de Nuestro Pontificado.

AUGUSTINUS Card. CASAROLI Secretario de Estado
SEBASTIANUS Card. BAGGIO Prefecto de la Sagrada Congregación para los Obispos

Iosephus Del Ton, Protonotario Apostólico
Marcellus Rossetti, Protonotario Apostólico


 

 

Sagrada Congregación para los Obispos
Declaratio Praelaturae Personales
sobre la erección del Opus Dei en Prelatura personal
(23-VIII-1982)

Las Prelaturas personales, que el Concilio Vaticano II quiso que se constituyeran «para la realización de peculiares iniciativas Pastorales» (Presbyterorum Ordinis, 10, § 2), y quedaron después jurídicamente reguladas en la legislación Pontificia para la aplicación de los Decretos conciliares (cfr. motu proprio Ecclesiae Sanctae, parte 1, núm. 4), son una prueba más de la sensibilidad con la que la Iglesia responde a las peculiares necesidades pastorales y evangelizadoras de nuestro tiempo. Por eso, el acto Pontificio mediante el cual el Opus Dei ha sido erigido como Prelatura personal -con el nombre de Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei- mira directamente a favorecer la actividad apostólica de la Iglesia, Pues hace que se traduzca en realidad práctica Y operativa un nuevo instrumento pastoral, hasta ahora sólo previsto y deseado en el derecho, y lo realiza mediante una Institución que ofrece probadas garantías doctrinales, disciplinarias y de vigor apostólico.

Al mismo tiempo, este acto asegura al Opus Dei un ordenamiento eclesial plenamente adecuado a su carisma fundacional y a su realidad social y, a la vez que resuelve su problema institucional, perfecciona la armónica inserción de la Institución en la pastoral orgánica de la Iglesia universal y de las Iglesias locales, y hace todavía más eficaz su servicio. Como se desprende de las normas con las que la Santa Sede regula las estructuras de la Prelatura y su actividad, dentro del respeto debido a los legítimos derechos de los Obispos diocesanos, las principales características de la Prelatura que ha sido erigida son las siguientes:

I. Por lo que se refiere a su organización:

a) La Prelatura del Opus Dei es de ámbito internacional; el Prelado, que es su Ordinario propio, y sus Consejos tienen la sede central en Roma.

b) El clero de la Prelatura, que está incardinado a ella, proviene de los laicos incorporados a la misma: no se substrae a las Iglesias locales ningún candidato al sacerdocio, diácono o presbítero.

c) Los laicos -hombres y mujeres, solteros o casados, de todas las profesiones y condiciones sociales- que se dedican al cumplimiento del fin apostólico propio de la Prelatura asumiendo unos compromisos serios y cualificados, lo hacen mediante un vínculo contractual bien definido, y no en vir tud de unos votos.

II. La Prelatura del Opus Dei es una estructura jurisdiccional secular y, por lo tanto:

a) Según las disposiciones del derecho general y del derecho propio de la Prelatura, los clérigos incardinados a ésta pertenecen al clero secular, a todos los efectos; por lo tanto, mantienen relaciones de estrecha unidad con los sacerdotes seculares de las Iglesias locales y, por lo que se refiere a la constitución de los consejos presbiterales, gozan de voz activa y pasiva.

b) Los laicos incorporados a la Prelatura no modifican su propia condición personal, teológica o canónica, de comunes fieles laicos, Y como tales se comportan en toda su actuación y, concretamente, en su apostolado.

c) El espíritu y el fin del Opus Dei subravan el valor santificante del trabajo profesional ordinario, es decir, el deber de santificarse en ese trabajo, de santificarlo y de transformarlo en instrumento de apostolado; por eso, el trabajo y el apostolado de quienes pertenecen a la Prelatura se desarrollan de ordinario en los ambientes y estructuras propios de la sociedad secular, teniendo en cuenta las normas generales que, para el apostolado de los laicos, den la Santa Sede o los Obispos diocesanos.

d) Por lo que se refiere a sus opciones en materia profesional, social, política, etc., los fieles laicos que pertenecen a la Prelatura -dentro de los límites de la fe y de la moral católicas y de la disciplina de la Iglesia- gozan de la misma libertad que los demás católicos, conciudadanos suyos; por tanto, la Prelatura no hace suyas las actividades profesionales, sociales, políticas, económicas, etc., de ninguno de sus miembros.

III. En cuanto a la potestad del Prelado:

a) Es una potestad ordinaria de régimen o de jurisdicción, circunscrita a lo que se refiere al fin específico de la Prelatura, y difiere sustancialmente, por su materia, de la jurisdicción que compete a los Obispos diocesanos para la ordinaria cura pastoral de los fieles.

b) Además del régimen del propio clero, lleva consigo la dirección general de la formación y de la atención espiritual y apostólica específica que reciben los laicos incorporados al Opus Dei, con vistas a una más intensa dedicación al servicio de la Iglesia.

c) Juntamente con el derecho a incardinar a sus propios candidatos al sacerdocio, el Prelado tiene el deber de cuidar de la formación específica de éstos en sus propios Centros, de acuerdo con las normas establecidas por la Congregación competente, así como también de la vida espiritual y formación permanente de los sacerdotes que él haya promovido a las Sagradas órdenes, e igualmente de su conveniente sustentación y necesaria asistencia en caso de enfermedad, vejez, etc.

d) Los laicos están bajo la jurisdicción del Prelado en lo que se refiere al cumplimiento de los compromisos peculiares -ascéticos, formativos y apostólicos- que asumen libremente por medio del vínculo de dedicación al fin propio de la Prelatura.

IV. Por lo que se refiere a las disposiciones eclesiásticas territoriales y a los derechos legítimos de los Ordinarios del lugar:

a) De acuerdo con lo que establece el derecho, los miembros de la Prelatura deben observar las normas territoriales que se refieren tanto a las prescripciones generales de carácter doctrinal, litúrgico y pastoral, como a las leyes de orden público y, en el caso de los sacerdotes, también la disciplina general del clero.

b) Los sacerdotes de la Prelatura deben obtener licencias ministeriales de la autoridad territorial competente para ejercer su ministerio con personas que no pertenecen al Opus Dei.

c) Los laicos incorporados a la Prelatura del Opus Dei siguen siendo fieles de aquellas diócesis en las que tienen su domicilio o cuasi-domicilio, y, por tanto, quedan bajo la jurisdicción del Obispo diocesano en aquello que el derecho determina respecto a todos los simples fieles en general.

V. También por lo que se refiere a la coordinación pastoral con los Ordinarios del lugar y a la fructuosa inserción de la Prelatura del Opus Del en las Iglesias locales, se establece que:

a) Para la erección de cada Centro de la Prelatura, se requiere siempre la venia previa del Obispo diocesano competente, que tiene además derecho de visitar ad normam iuris esos Centros, sobre la actividad de los cuales es informado con regularidad.

b) Respecto a las parroquias, iglesias rectorales u otras iglesias, así como también respecto a otros oficios eclesiásticos que el Ordinario del lugar pueda encomendar a la Prelatura o a los sacerdotes incardinados en la misma, se estipulará en cada caso una convención entre dicho Ordinario del lugar y el Prelado del Opus Dei o sus Vicarios.

c) En todas las naciones, la Prelatura tendrá regulares contactos con el Presidente y con los organismos de la Conferencia Episcopal, y frecuentemente con los Obispos de aquellas diócesis en las que se encuentre establecida.

VI. Está unida de modo inseparable a la Prelatura la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, Asociación a la que pueden pertenecer sacerdotes del clero diocesano que deseen buscar la santidad en el ejercicio de su ministerio, de acuerdo con la espiritualidad y la ascética del Opus Dei. En virtud de esta adscripción, esos sacerdotes no pasan a formar parte del clero de la Prelatura, sino que quedan a todos los efectos bajo el régimen de su propio Ordinario, al que, si lo desea, informarán de tal adscripción.

VII. La Prelatura depende de la Sagrada Congregación para los Obispos (cfr. Regimini Ecclesiae universae, núm. 49, § l) y, del mismo modo que las demás jurisdicciones autónomas, tiene capacidad de tratar las distintas cuestiones con los dicasterios competentes de la Santa Sede, según lo exija la materia en cada caso.

VIII. A través de la Sagrada Congregación para los Obispos, el Prelado presentará cada quinquenio al Romano Pontífice una relación detallada, tanto desde el punto de vista pastoral como jurídico, sobre el estado de la Prelatura y el desarrollo de su apostolado específico.

El Sumo Pontífice Juan Pablo, por la divina Providencia Papa II, en la audiencia concedida al infrascripto Prefecto de la Sagrada Congregación para los Obispos, el día 5 de agosto de 1982, aprobó, confirmó y mandó publicar esta Declaración sobre la erección de la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei.

Roma, Sagrada Congregación para los Obispos, 23 de agosto de 1982.

Cardenal Sebastiano BAGGIO,
Prefecto

Lucas MOREIRA NEVES, O. P.,
Secretario


 

 HOMILÍA DE JUAN PABLO II
EN LA MISA DE LA BEATIFICACIÓN
DE JOSEMARÍA ESCRIVÁ Y JOSEFINA BAKHITA
(Plaza de San Pedro, Roma, 17-V-1992)

Picture1. "Es necesario pasar muchas tribulaciones para entrar en el reino de Dios" (Hech 14, 22).

A los dos discípulos que iban por el camino a Emaús, Jesús les dice: «¿No era preciso que el Mesías padeciese esto y entrase en su gloria?» (Lc 24, 26).

En la primera Lectura hemos visto a los apóstoles Pablo y Bernabé «confirmando las almas de los discípulos, exhortándoles a permanecer en la fe» (cfr Hech 14, 22). Ellos anuncian la misma verdad de que había hablado Cristo en el camino a Emaús; una verdad que su vida y su muerte habían confirmado: «Es necesario pasar muchas tribulaciones para entrar en el reino de Dios.» Por muchas generaciones a lo largo de los siglos, los discípulos de Cristo, crucificado y resucitado, abrazan el mismo camino que el Señor les había indicado. «Os he dado ejemplo» (Jn 13, 15).

2. Hoy se nos ofrece la ocasión de fijar una vez más nuestra mirada en esta vía de salvación: el camino hacia la santidad, y reflexionar sobre las figuras de dos personas que, de ahora en adelante, llamaremos Beatas: Josemaría Escrivá de Balaguer, sacerdote, Fundador del Opus DeI, y Josefina Bakhita, Hija de la Caridad, Canosiana.

La Iglesia desea servir y profesar la verdad completa sobre Cristo, ella quiere ser dispensadora del misterio completo de su Redentor. Si la vía hacia el reino de Dios pasa por muchas tribulaciones, entonces, al final del camino se encontrará también la participación en la gloria: la gloria que Cristo nos ha revelado en su Resurrección.

La medida de dicha gloria nos viene dada por la nueva Jerusalén, anunciada por las palabras inspiradas del Apocalipsis de San Juan: «Ésta es la morada de Dios con los hombres: acampará entre ellos. Ellos serán su pueblo y Dios estará con ellos» (Apoc 21, 3).

«Ahora hago el universo nuevo» (Apoc 21, 5), dice el Señor glorioso. El camino hacia la «novedad» definitiva de todo lo creado pasa obligatoriamente aquí en la tierra por el mandamiento nuevo: «Que os améis unos a otros como yo os he amado» (Jn 13, 34).

Este mandamiento nuevo ocupó el centro de la vida de dos hijos ejemplares de la Iglesia, que hoy, en la alegría pascual, son proclamados Beatos.

3. Josemaría Escrivá de Balaguer, nacido en el seno de una familia profundamente cristiana, ya en la adolescencia percibió la llamada de Dios a una vida de mayor entrega. Pocos años después de ser ordenado sacerdote dio inicio a la misión fundacional a la que dedicaría 47 años de amorosa e infatigable solicitud en favor de los sacerdotes y laicos de lo que hoy es la Prelatura del Opus Dei.

La vida espiritual y apostólica del nuevo Beato estuvo fundamentada en saberse, por la fe, hijo de Dios en Cristo. De esta fe se alimentaba su amor al Señor, su ímpetu evangelizador, su alegría constante, incluso en las grandes pruebas y dificultades que hubo de superar. «Tener la cruz es encontrar la felicidad, la alegría nos dice en una de sus Meditaciones tener la cruz es identificarse con Cristo, es ser Cristo y, por eso, ser hijo de Dios.»

Con sobrenatural intuición, el Beato Josemaría predicó incansablemente la llamada universal a la santidad y al apostolado. Cristo convoca a todos a santificarse en la realidad de la vida cotidiana; por ello, el trabajo es también medio de santificación personal y de apostolado cuando se vive en unión con Jesucristo, pues el Hijo de Dios, al encarnarse, se ha unido en cierto modo a toda la realidad del hombre y a toda la creación (cfr. Dominum et vivificantem, 50). En una sociedad en la que el afán desenfrenado de poseer cosas materiales las convierte en un ídolo y motivo de alejamiento de Dios, el nuevo Beato nos recuerda que estas mismas realidades, criaturas de Dios y del ingenio humano, si se usan rectamente para gloria del Creador y al servicio de los hermanos, pueden ser camino para el encuentro de los hombres con Cristo. «Todas las cosas de la tierra enseñaba , también las actividades terrenas y temporales de los hombres, han de ser llevadas a Dios» (Carta del 19 de marzo de 1954).

«Bendeciré tu nombre por siempre jamás, Dios mío, mi Rey.» Esta aclamación que hemos hecho en el salmo responsorial es como el compendio de la vida espiritual del Beato Josemaría. Su gran amor a Cristo, por quien se siente fascinado, le lleva a consagrarse para siempre a Él y a participar en el misterio de su Pasión y Resurrección. Al mismo tiempo, su amor filial a la Virgen María le inclina a imitar sus virtudes. «Bendeciré tu nombre por siempre jamás»: he aquí el himno que brotaba espontáneamente de su alma y que le impulsaba a ofrecer a Dios todo lo suyo y cuanto le rodeaba. En efecto, su vida se reviste de humanismo cristiano con el sello inconfundible de la bondad, la mansedumbre de corazón, el sufrimiento escondido con el que Dios purifica y santifica a sus elegidos.

4. La actualidad y transcendencia de su mensaje espiritual, profundamente enraizado en el Evangelio, son evidentes, como lo muestra también la fecundidad con la que Dios ha bendecido la vida y obra de Josemaría Escrivá. Su tierra natal, España, se honra con este hijo suyo, sacerdote ejemplar, que supo abrir nuevos horizontes apostólicos a la acción misionera y evangelizadora. Que esta gozosa celebración sea ocasión propicia que aliente a todos los miembros de la Prelatura del Opus Dei a una mayor entrega, en su respuesta a la llamada a la santificación y a una más generosa participación en la vida eclesial, siendo siempre testigos de los genuinos valores evangélicos, lo cual se traduzca en un ilusionado dinamismo apostólico, con particular atención hacia los más pobres y necesitados.

5. En la Beata Josefina Bakhita encontramos también un testimonio eminente del amor paternal de Dios y un signo esplendoroso de la perenne actualidad de las bienaventuranzas. Nacida en el Sudán, en 1869, raptada por negreros cuando aún era niña y vendida varias veces en los mercados africanos, conoció las atrocidades de una esclavitud que dejó en su cuerpo señales profundas de la crueldad humana. A pesar de estas experiencias de dolor, su inocencia permaneció íntegra, llena de esperanza. «Siendo esclava nunca me he desesperado decía , porque en mi interior sentía una fuerza misteriosa que me sostenía.» El nombre Bakhita como la habían llamado sus secuestradores significa Afortunada, y así fue efectivamente, gracias al Dios de todo consuelo, que la llevaba siempre como de la mano y caminaba junto a ella.

Llegada a Venecia por los caminos misteriosos de la divina Providencia, Bakhita se abrió muy pronto a la gracia. El Bautismo y, después de algunos años, la profesión religiosa entre las hermanas Canosianas, que la habían acogido e instruido, fueron la consecuencia lógica del descubrimiento del tesoro evangélico, para lo cual sacrificó todo, incluso el regreso ya siendo libre, a su tierra natal. Como Magdalena de Canosa, ella también quería vivir sólo para Dios, y con constancia heroica emprendió humilde y confiadamente el camino de la fidelidad al amor más grande. Su fe era firme, transparente, fervorosa. «Sabéis qué gran alegría da conocer a Dios», solía repetir.

6. La nueva Beata transcurrió 51 años de vida religiosa Canosiana dejándose guiar por la obediencia en un compromiso cotidiano, humilde y escondido, pero rico de genuina caridad y de oración. Los habitantes de Schio, donde residió casi todo el tiempo, muy pronto descubrieron en su «madre morenita» así la llamaban una humanidad rica en el dar, una fuerza interior no común que arrastraba. Su vida se consumó en una incesante oración con intención misionera, en una fidelidad humilde y heroica por su caridad, que le consintió vivir la libertad de los hijos de Dios y promoverla a su alrededor.

En nuestro tiempo, en que el recurso desenfrenado al poder, al dinero y al placer causa tanta desconfianza, violencia y soledad, el Señor nos presenta a sor Bakhita como hermana universal, para que nos revele el secreto de la felicidad más auténtica: las bienaventuranzas.

El suyo es un mensaje de bondad heroica a imagen de la bondad del Padre celestial. Ella nos ha dejado un testimonio de reconciliación y de perdón evangélico, que llevará ciertamente consuelo a los cristianos de su patria, Sudán, tan duramente probados por un conflicto que dura desde hace muchos años y que ha provocado tantas víctimas. Su fidelidad y su esperanza son motivo de orgullo y de acción de gracias para toda la Iglesia. En este momento de grandes tribulaciones, sor Bakhita les precede por el camino de la imitación de Cristo, de la intensificación de la vida cristiana y de la adhesión inquebrantable a la Iglesia. Al mismo tiempo, deseo una vez más dirigir una cálida exhortación a los responsables de la situación del Sudán, a fin de que lleven a término los ideales afirmados de paz y concordia; a fin de que el respeto de los derechos fundamentales del hombre y en primer lugar el derecho a la libertad religiosa sea garantizado para todos, sin discriminaciones étnicas o religiosas.

Preocupa enormemente la situación de cientos de miles de prófugos de las regiones meridionales, forzados por la guerra a abandonar casa y trabajo; recientemente han sido obligados a dejar también los campos, donde habían encontrado una cierta forma de asistencia, y han sido deportados a lugares desérticos e incluso se ha impedido el paso libre a los convoyes de ayudas de los organismos internacionales. Su situación es trágica y no puede dejarnos insensibles.

Exhorto vivamente a los organismos internacionales de asistencia que sigan enviando su ayuda benévola, necesaria y urgente.

Al saludar a la delegación de la iglesia del Sudán, presente en esta celebración, dirijo mi afectuoso recuerdo, junto con mi plegaria, a toda la Iglesia de aquel país: a los Obispos, al clero diocesano y misionero, a los laicos comprometidos en la pastoral, y también a los catequistas, colaboradores generosos y necesarios para la propagación de la verdad, de la palabra y del amor de Dios. Las poblaciones del Sudán siempre están presentes en mi corazón y en mis plegarias: las encomiendo a la intercesión de la nueva Beata Josefina Bakhita.

7. «Os doy un mandamiento nuevo: que os améis unos a otros como yo os he amado. La señal por la que conocerán que sois discípulos míos será que os améis unos a otros» (Jn 13, 34-35). Con estas palabras de Jesús concluye el Evangelio de la Misa de hoy. En esta frase evangélica encontramos la síntesis de toda santidad; la santidad que han alcanzado, por caminos diversos pero convergentes en la misma y única meta, Josemaría Escrivá de Balaguer y Josefina Bakhita. Ellos han amado a Dios con toda la fuerza de su corazón y han dado prueba de una caridad que ha llegado hasta el heroísmo mediante las obras de servicio a los hombres, sus hermanos. Por eso la Iglesia los eleva hoy al honor de los altares y los presenta como ejemplos en la imitación de Cristo, que nos ha amado y se ha dado a Sí mismo por cada uno de nosotros (cfr Gal. 2, 20).

8. «Ahora es glorificado el Hijo del hombre y Dios es glorificado en él» (Jn 13, 31): el misterio pascual de la gloria.

Por medio del Hijo del hombre esta gloria se extiende a todo lo visible y lo invisible: «Que todas tus criaturas te den gracias, Señor, que te bendigan tus fieles; que proclamen la gloria de tu reinado» (Ps 144, 10-11).

Dice el Hijo del hombre: «¿No era necesario que... soportase estos sufrimientos para entrar en su gloria?» Estos son los que de generación en generación han seguido a Cristo: «A través de muchas tribulaciones, ellos han entrado en el reino de Dios.»

«Tu reinado es un reinado perpetuo» (Ps 144, 13). Amén.

Texto original publicado en L'Osservatore Romano, Año CXXXII, nº 115 (40.053)
Texto en español publicado en Beatificación de Josemaría Escrivá. Crónica y homilías, Palabra, Madrid 1992
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