El Camino Neocatecumenal reconocido como «catecumenado post-bautismal»
Ceremonia de entrega oficial de los Estatutos

CIUDAD DEL VATICANO, 28 junio 2002 (ZENIT.org).- Después de cinco años de trabajo, la Santa Sede ha aprobado los Estatutos del Camino Neocatecumenal, surgida en .

Según datos actualizados, el Camino Neocatecumenal cuenta con 16.700 comunidades en 105 países, repartidas en 883 diócesis y 4.950 parroquias. Siguen este camino un millón de personas repartidas en todo el mundo, así como 1.457 seminaristas, 63 diáconos y 731 presbíteros.

El decreto de aprobación, con fecha de la festividad de San Pedro y San Pablo, fue entregado solemnemente este viernes a los iniciadores del Camino, Kiko Argüello y Carmen Hernández, y al padre Mario Pezzi, por el cardenal James Francis Stafford, presidente del Consejo Pontificio para los Laicos, organismo vaticano al que el Santo Padre ha confiado la misión de acompañar la redacción de los Estatutos.

El Camino Neocatecumenal no ha sido aprobado como una asociación, un movimiento o una congregación religiosa, sino, respetando y confirmando la intención de sus iniciadores, como un itinerario de iniciación cristiana para el redescubrimiento del Bautismo, es decir un catecumenado post-bautismal (Cf. Estatutos, artículo 1) al servicio de las diócesis y de las parroquias.

En la aprobación de los Estatutos del Camino han participado cinco organismos vaticanos: además del Consejo Pontificio para los Laicos, han ofrecido su parecer la Congregación para la Doctrina de la Fe, la Congregación para el Culto Divino, la Congregación para el Clero, y la Congregación para la Educación Católica.

Esta aprobación formaliza y precisa el reconocimiento del Santo Padre expresado en una carta (30 agosto 1990), donde afirmaba: «Reconozco el Camino Neocatecumenal como un itinerario de formación católica válido para la sociedad y los tiempos de hoy».

El aspecto más complicado de la elaboración de los Estatutos ha consistido en encontrar una fórmula jurídica adecuada para esta nueva realidad eclesial, que no es ni una «asociación» ni una «fundación».

Al ser considerado como «Iniciación Cristiana», el Camino, según los Estatutos, se pone al servicio de las diócesis y de los párrocos sin constituirse en una entidad autónoma.

Los Estatutos se componen de 35 artículos. En el primer artículo se expresa la naturaleza del Camino y se describen los cuatro bienes espirituales que constituyen el Camino Neocatecumenal: el neocatecumenado o catecumenado postbautismal; el catecumenado para no bautizados; la educación permanente de las comunidades que continúan en la parroquia después de terminar el neocatecumenado; y el servicio a la catequesis, como por ejemplo, la vuelta al método primitivo de evangelizar por medio de equipos itinerantes dispuestos a ir por todo el mundo en virtud del mandato de su Bautismo.

En el segundo artículo se establecen las modalidades en que el Camino desempeña su servicio: en la diócesis «bajo la dirección del obispo» (Cf. artículo 2, 1°) y «según las líneas propuestos por los iniciadores» (Cf. artículo 2, 2°).

Quien promueve la iniciación cristiana es el obispo (Cf. artículo 26), aclara el documento, a quien se le ofrece en el Camino un instrumento aprobado por la Santa Sede y configurado según las indicaciones de los Estatutos.

En los últimos artículos se especifican las modalidades previstas para la sucesión del equipo de los iniciadores del Camino Neocatecumenal.