Partes de la Confesión |
76.- LAS COSAS NECESARIAS PARA HACER UNA BUENA CONFESIÓN SON CINCO:
EXAMEN DE CONCIENCIA,
DOLOR DE LOS PECADOS,
PROPOSITO DE LA
ENMIENDA,
DECIR LOS PECADOS AL CONFESOR
Y CUMPLIR LA PENITENCIA .
76,1. Quien ha tenido la desgracia de pecar gravemente, si quiere salvarse,
no tiene más remedio que confesarse para que se le perdonen sus pecados.
Es
cierto que con el acto de perfecta contrición , puede uno recobrar la gracia,
pero para esto hay que tener, además, el propósito firme de confesar después
estos pecados, aunque estén ya perdonados; pues Jesucristo ha querido someter al
sacramento de la confesión todos los pecados graves.
Por voluntad del Cristo
, la Iglesia posee el poder de perdonar los pecados de los bautizados, y ella lo
ejerce de modo habitual en el sacramento de la penitencia por medio de los
obispos y de los presbíteros .
Este sacramento se llama también de la
Reconciliación, pues nos reconcilia con Dios y con la Comunidad Cristiana de la
cual el pecador se separa vitalmente, al perder la gracia por el pecado
grave.
No vivas nunca en pecado. Si tienes la desgracia de caer, ese mismo
día haz un acto de contrición perfecta, y luego confiésate cuanto antes. No lo
dejes para después.
El que se confiesa a menudo no es porque tenga muchos
pecados, sino para no tenerlos. El que se lava de tarde en tarde, estará más
sucio que el que se lava a menudo.
La misericordia de Dios es infinita. Dice
la Biblia: Como el viento norte borra las nubes del cielo, así mi misericordia
borra los pecados de tu alma . . Y en otro sitio: «Cogeré tus pecados y los
lanzaré al fondo del mar para que nunca más vuelvan a salir a flote»(914)
.
Pero también su justicia es infinita, y por lo tanto no puede perdonar a
quien no se arrepiente. Esto sería una monstruosidad que Dios no puede hacer(915).
76,2. Pío XII en la Encíclica Mystici Corporis habla de los valores de la confesión frecuente diciendo que aumenta el recto conocimiento de uno mismo, crece la humildad cristiana, se desarraiga la maldad de las costumbres, se pone un dique a la pereza y negligencia espiritual, y se aumenta la gracia por la misma fuerza del sacramento . Y el Concilio Vaticano II habla de la confesión sacramental frecuente que, preparada por el examen de conciencia cotidiano, tanto ayuda a la necesaria conversión del corazón .
76,3. Quien vive en pecado grave es muy fácil que se condene por tres
razones:
1) Porque después es muy posible que le falte la voluntad de
confesarse, como le falta ahora.
2) Porque, aun suponiendo que no le falte
esta voluntad, es posible que le sorprenda la muerte sin tiempo para
confesarse.
3) Finalmente, quien descuida la confesión, y va amontonando
pecados y pecados, cada vez encontrará más dificultades para romper. Un hilo se
rompe mucho mejor que una maroma. Para arrepentirse sería entonces necesario un
golpe de gracia prodigioso; y esta gracia sobreabundante Dios no suele
concederla a quien se obstina en el mal.
Jesucristo se lo advierte así a los
que quieren jugar con Dios: «Me buscaréis y no me encontraréis, y moriréis en
vuestro pecado»(916).
77.- Examen de conciencia consiste en recordar los pecados cometidos desde la última confesión bien hecha.
77,1. Naturalmente, el examen se hace antes de la confesión para decir
después al confesor todos los pecados que se han recordado; y cuántas veces cada
uno, si se trata de pecados graves.
Si sabes el número exacto de cada clase
de pecados graves, debes decirlo con exactitud. Pero si te es muy difícil, basta
que lo digas con la mayor aproximación que puedas: por ejemplo, cuántas veces,
más o menos, a la semana, al mes, etc. Y si después de confesar resulta que
recuerdas con certeza ser muchos más los pecados que habías cometido, lo dices
así en la próxima confesión. Pero no es necesario que después de confesar sigas
pensando en el número de pecados cometidos, pues entonces nunca quedaríamos
tranquilos. Si hiciste el examen con diligencia, no debes preocuparte ya más:
todo está perdonado.
El examen debe hacerse con diligencia, seriedad y
sinceridad; pero sin angustiarse . La confesión no es un suplicio ni una
tortura, sino un acto de confianza y amor a Dios. No se trata de atormentar el
alma, sino de dar a Dios cuenta filial. Dios es Padre.
78.- El examen de conciencia se hace procurando recordar los pecados cometidos de pensamiento, palabra y obra, o por omisión, contra los mandamientos de la ley de Dios, de la Iglesia o contra las obligaciones particulares. Todo desde la última confesión bien hecha.
78,1. Para ayudarte a hacer el examen, he puesto al final, en los Apéndices,
un modo de hacerlo recorriendo los mandamientos. El examen que ahí te pongo es
muy largo y casi exhaustivo. Para quien se confiesa con frecuencia, basta una
mirada seria y sincera a su conciencia, con arrepentimiento y propósito de
enmienda, pensando en el modo de evitar las ocasiones de pecado.
79.- Dolor de los pecados es arrepentirse de haber pecado y de haber ofendido a Dios.
79,1. Arrepentirse de haber hecho una cosa es querer no haberla hecho,
comprender que está mal hecha, y dolerse de haberla hecho. El arrepentimiento es
un aborrecimiento del pecado cometido; un detestar el pecado .
No basta
dolerse de haber pecado por un motivo meramente humano. Por ejemplo, en cuanto
que el pecado es una falta de educación (irreverencia a los padres), o en cuanto
que es una cosa mal vista (adulterio), o que puede traerme consecuencias
perjudiciales para la salud (prostitución), etc., etc.
El arrepentido
aborrece la ofensa a Dios, y propone no volver a ofenderlo.
No es lo mismo el
dolor de una herida -que se siente en el cuerpo- que el dolor de la muerte de
una madre -que se siente en el alma-. El arrepentimiento es «dolor del alma».
Pero el dolor de corazón que se requiere para hacer una buena confesión no es
necesario que sea sensible realmente, como se siente un gran disgusto. Basta que
se tenga un deseo sincero de tenerlo. El arrepentimiento es cuestión de
voluntad. Quien diga sinceramente quisiera no haber cometido tal pecado tiene
verdadero dolor.
El dolor es lo más importante de la confesión. Es
indispensable: sin dolor no hay perdón de los pecados (917).
Por
eso es un disparate esperar a que los enfermos estén muy graves para llamar a un
sacerdote. Si el enfermo pierde sus facultades, podrá arrepentirse» Pues sin
arrepentimiento, no hay perdón de los pecados, ni salvación posible. El dolor
debe tenerse -antes de recibir la absolución- de todos los pecados graves que se
hayan cometido. Si sólo hay pecados veniales es necesario dolerse al menos de
uno, o confesar algún pecado de la vida pasada.
80.- Hay dos clases de arrepentimiento: contrición perfecta y
atrición.
81.- Contrición perfecta es un pesar sobrenatural del pecado por amor a Dios, por ser Él tan bueno, porque es mi Padre que tanto me ama, y porque no merece que se le ofenda, sino que se le dé gusto en todo y sobre todas las cosas. Contrición es arrepentirse de haber pecado porque el pecado es ofensa de Dios. Siempre con propósito se enmendarse desde ahora y de confesarse cuando se pueda . La contrición es dolor perfecto .
81,1. Aunque la contrición perdona, la Iglesia obliga a una confesión
posterior, porque es necesario que el pecador haga una adecuada satisfacción; y
ésta, es el sacerdote el que debe imponérsela, porque es el delegado por Dios
para reconciliar con la Iglesia.
El acto de contrición es la manifestación de
la pena que nos causa haber ofendido a Dios por lo bueno que es y por lo mucho
que nos ama:
lágrimas no sólo por temor al castigo, sino por la pena de
haberle entristecido.
82.- Atrición es un pesar sobrenatural de haber ofendido a Dios por temor a los castigos que Dios puede enviar en esta vida y en la otra, o por la fealdad del pecado cometido, que es una ingratitud para con Dios y un acto de rebeldía. Siempre con propósito de enmendarse y de confesarse. La atrición es dolor imperfecto, pero basta para la confesión .
82,1. Un ejemplo: un chico jugando a la pelota en su casa rompe un jarrón de porcelana que su madre conservaba con cariño y, al ver lo que ha hecho, se arrepiente. Si lo que teme es el castigo que le espera, tiene dolor semejante a la atrición; pero si lo que le duele es el disgusto que se va a llevar su madre, tiene un dolor semejante a la contrición.
82,2. Es lógico que la contrición y la atrición vayan un poco
unidas.
Aunque uno tenga contrición, eso no impide que también tenga miedo al
infierno, como corresponde a todo el que tiene fe. Y aunque uno se arrepienta
por atrición, hay que suponer algún grado de amor para recuperar la amistad con
Dios.
83.- Es mejor la contrición perfecta, pues con propósito de confesión y enmienda, perdona todos los pecados, aunque sean graves .
83,1. Cuando uno, en peligro de muerte, está en pecado grave y no tiene cerca
un sacerdote que le perdone sus pecados, hay obligación de hacer un acto de
perfecta contrición con propósito de confesarse cuando pueda. El acto de
contrición le perdona sus pecados, y si llega a morir en aquel trance, se
salvará. Si se arrepiente sólo con atrición, no consigue el perdón de sus
pecados graves, a menos que se confiese , o reciba la unción de los enfermos. Se
salvarían muchos más si se acostumbraran a hacer con frecuencia un acto de
contrición bien hecho.
Deberíamos hacer un acto de contrición siempre que
tengamos la desgracia de caer en un pecado grave. Así nos ponemos en gracia de
Dios hasta que llegue el momento de confesarnos.
Deberíamos hacer actos de
arrepentimiento cada noche, y cada vez que caemos en la cuenta de que hemos
pecado. Dios está deseando perdonarnos. Pero si no le pedimos perdón, no nos
puede perdonar.
Sería una monstruosidad perdonar una falta a quien no quiere
arrepentirse de ella. «De Dios no se ríe nadie»(918).
El
arrepentimiento es condición indispensable para recibir el perdón.
El
verdadero arrepentimiento incluye el pedir perdón a Dios. No sería sincero
nuestro arrepentimiento si pretendiésemos despreciar el modo ordinario
establecido por Dios para perdonarnos.
84.- EL ACTO DE CONTRICIÓN SE HACE REZANDO DE CORAZÓN EL «SEÑOR MIO JESUCRISTO...» (lo tienes en los Apéndices) O, MAS FACILMENTE, DICIENDO DE TODO CORAZÓN:
84,1. «Dios mío, yo te amo con todo mi corazón y sobre todas las cosas. Yo me
arrepiento de todos mis pecados, porque te ofenden a Ti, que eres tan bueno.
Señor, perdóname y ayúdame para que nunca más vuelva a ofenderte, que yo así te
lo prometo».
Y si quieres uno más breve para momentos de peligro:
«Dios
mío, perdóname, que yo te amo sobre todas las cosas»
Además, este acto de
contrición tan breve, te sirve también para cuando vayas a confesarte si no
sabes el «Señor mío Jesucristo». Si sabes el acto de contrición largo, lo puedes
hacer con devoción y consciente de lo que dices; pero si crees que no te va a
salir bien, o lo vas a decir rutinariamente, más vale que repitas varias veces
de corazón: «Dios mío, perdóname!, Dios mío, perdóname!».
Pero además, este
acto de contrición en tres palabras, puede servir también para que ayudes a bien
morir a otras personas: parientes, conocidos o incluso desconocidos, si
encuentras, por ejemplo, un accidente en la carretera. Aunque parezcan muertos,
el oído es lo último que se pierde; y muchos que parecían muertos, después,
cuando se recuperaron, dijeron que se habían enterado de todo lo que ocurrió,
aunque ellos no podían decir una palabra ni mover un solo músculo de su cuerpo.
Por eso, si alguna vez te encuentras en la carretera un accidente, no dudes en
ponerte de rodillas en el suelo, aplicar tu boca a su oído y decirle por lo
menos tres veces: «Dios mío, perdóname! , Dios mío, perdóname! , Dios mío,
perdóname!». Que si lo oye y lo acepta, le ayudas a que salve su alma. Y nadie
en la vida le ha hecho mayor favor que tú, que en la hora de la muerte le
ayudaste a ganar el cielo.
Debemos preocuparnos de ayudar a bien morir a los
moribundos. Hoy está muy paganizado el sentido de la muerte, y muchas personas
ante un accidente o un moribundo, se preocupan del médico, y muy pocos se
preocupan de preparar el alma para la eternidad. Ocúpate tú si ves que nadie se
acuerda de hacerlo.
Ojalá que ayudes a bien morir a muchas personas. El día
que te encuentres con ellos en el cielo verás cómo te lo agradecen; y sentirás
felicidad por haber colaborado a la salvación de otros.
Creo que con este
acto de contrición, en tres palabras, te ayudo a que puedas enfrentarte con
tranquilidad a la muerte, si en ese momento trascendental no tienes al lado un
sacerdote que te perdone; y además puedes ayudar a otros a bien morir, y de esta
manera colaborar a su salvación eterna.
Cuando estuve en la Argentina, para
la gran misión de Buenos Aires, en octubre de 1960, conocí el acto de contrición
que allí se usa. Me gustó mucho y lo transcribo aquí:
«Pésame, Dios mío, y me
arrepiento de todo corazón de haberos ofendido. Pésame por el infierno que
merecí y por el cielo que perdí;
pero mucho más me pesa porque pecando ofendí
a un Dios tan bueno y tan grande como Vos. Antes querría haber muerto que
haberos ofendido; y propongo firmemente no pecar más, y evitar todas las
ocasiones próximas de pecado. Amén».
También es un acto de contrición
perfecta este precioso soneto:
No me mueve, mi Dios, para quererte el cielo que me tienes prometido;
ni
me mueve el infierno tan temido para dejar, por eso, de ofenderte.
Tú me mueves, Señor; muéveme el verte clavado en esa cruz y
escarnecido;
muéveme el ver tu cuerpo tan herido;
muévenme tus afrentas y
tu muerte.
Muéveme, en fin, tu amor y en tal manera, que aunque no hubiera cielo yo te amara, y aunque no hubiera infierno, te temiera.
No me tienes que dar porque te quiera, porque aunque lo que espero no esperara, lo mismo que te quiero, te quisiera.
Este soneto, atribuido a distintos autores, según el conocido periodista Bartolomé Mostaza , se debe al doctor Antonio de Rojas, místico notorio del siglo XVII .
84,2. Para hacer un acto de contrición no es necesario usar ninguna fórmula
determinada. Basta detestar de corazón todos los pecados por ser ofensa a
Dios.
Cuando quieras hacer un acto de contrición perfecta también puedes
hacerlo pensando en Cristo crucificado, y arrepintiéndote, por amor suyo, de tus
pecados, ya que fueron causa de su Pasión y Muerte.
El acto de contrición es
un acto de la voluntad. Puede estar bien hecho, aunque te parezca que no sientes
sensiblemente lo que dices. Si quieres amar a Dios sobre todas las cosas y no
volver a pecar, es lo suficiente. Pero debes querer que sea verdad lo que dices.
No basta decir el acto de contrición sólo con los labios. Es necesario decirlo
con todo el corazón.
Es de capital importancia el saber hacer un acto de
perfecta contrición, pues es muy frecuente tenerlo que hacer: son muchos los que
a la hora de la muerte no tienen a mano un sacerdote que los
confiese.
Además, conviene hacer el acto de contrición todas las noches,
después de haber hecho un breve examen de conciencia, añadiendo siempre el
propósito de enmendarse y confesarse.
No deberíamos olvidar nunca aquel
admirable consejo:
Pecador, no te acuestes nunca en pecado;
no sea que despiertes
ya
condenado.
Son más de los que nos figuramos los que se acuestan tranquilos y despiertan
en la otra vida, muertos de repente.
En la calle Capitán Arenas, de
Barcelona, el 6 de marzo de 1972 a las tres de la madrugada se produjo una
explosión de gas y se hundió un moderno edificio de muchas plantas. Murieron
todos los vecinos. Lo mismo ha ocurrido repetidas veces en terremotos .
Sobre
el acto de contrición puede ser interesante mi vídeo: «Salida de emergencia: el
perdón de los pecados sin sacerdote».
85.- Propósito de enmienda es una
firme resolución de no volver a pecar.
85,1. El propósito brota espontáneamente del dolor . Si tienes
arrepentimiento de verdad, harás el propósito de no volver a pecar.
Dice el
profeta Isaías: «Que el malvado abandone su camino, y el criminal sus planes;
que regrese al Señor, y Él tendrá piedad»(919).
Es
absurdo decirse al pecar: después me arrepentiré . Si después piensas
arrepentirte de verdad, para qué haces ahora lo que luego te pesará de haber
hecho» Nadie se rompe voluntariamente una pierna diciendo: después me curaré
.
El propósito hay que hacerlo antes de la confesión, y es necesario que
perdure (por no haberlo retractado) al recibir la absolución. El propósito tiene
que ser universal, es decir, propósito de no volver a cometer ningún pecado
grave. No basta que se limite a los pecados de la confesión presente. Y debe ser
«para siempre». Sería ridículo que uno que ha ofendido a otro le dijera: «Siento
lo ocurrido, pero me reservo el derecho de hacerlo otra vez, si me da la
gana».
Si no hay verdadero propósito de la enmienda, la confesión es inválida
y sacrílega .
No creas que tu propósito no es sincero porque preveas que
volverás a caer. El propósito es de la voluntad; el prever es de la razón. Basta
que tengas ahora una firme determinación, con la ayuda de Dios, de no volver a
pecar. El temor de que quizás vuelvas después a caer no destruye tu voluntad
actual de no querer volver a pecar. Y esto último es lo que se requiere. Para
poder confesarse no hace falta estar ciertos de no volver a caer. Esta seguridad
no la tiene nadie. Basta estar ciertos de que ahora no quieres volver a caer. Lo
mismo que al salir de casa no sabes si tropezarás, pero sí sabes que no quieres
tropezar .
Dice Juan Pablo II: Es posible que, aun en la lealtad del
propósito de no volver a pecar, la experiencia del pasado y la conciencia de la
debilidad actual susciten el temor de nuevas caídas; pero eso no va en contra de
la autenticidad del propósito, cuando a ese temor va unida la voluntad, apoyada
por la oración, de hacer lo que es posible para evitar la culpa .
85,2. Pero
no olvides que para que el propósito sea eficaz es necesario apartarse
seriamente de las ocasiones de pecar , porque, dice la Biblia: « quien ama el
peligro perecerá en él»(920).
Y si te metes en malas ocasiones, serás malo . Hay
batallas que el modo de ganarlas es evitarlas. Combatir siempre que sea
necesario, es de valientes; pero combatir sin necesidad es de estúpidos y
fanfarrones.
Si no quieres quemarte, no te acerques demasiado al fuego. Si no
quieres cortarte, no juegues con una navaja de afeitar. Quien quiere verlo todo,
oírlo todo, leerlo todo, es moralmente imposible que guarde pureza. Es necesario
frenar los sentidos..., y la concupiscencia! La concupiscencia es una fiera
insaciable. Aunque se le dé lo que pide, siempre quiere más. Y cuanto más le
des, más te pedirá y con más fuerza. La fiera de la concupiscencia hay que
matarla de hambre. Si la tienes castigada, te será más fácil dominarla.
En
las ocasiones de pecar hay que saber cortar cuanto antes. Si tonteas, vendrá un
momento en que la tentación te cegará y llegarás a cosas que después, en frío,
te parecerá imposible que tú hayas podido realizar. La experiencia de la vida
confirma continuamente esto que te digo.
Si el propósito no se extendiese
también a poner todos los medios necesarios para evitar las ocasiones próximas
de pecar, no sería eficaz, mostraría una voluntad apegada al pecado, y, por lo
tanto, indigna de perdón.
Quien, pudiendo, no quiere dejar una ocasión
próxima de pecado grave, no puede recibir la absolución. Y si la recibe, esta
absolución es inválida y sacrílega.
Ocasión de pecado es toda persona, cosa o
circunstancia, exterior a nosotros, que nos da oportunidad de pecar, que nos
facilita el pecado, que nos atrae hacia él y constituye un peligro de pecar. Se
llama ocasión próxima si lo más probable es que nos haga pecar; pues, ya sea por
la propia naturaleza, ya por las circunstancias, en tales ocasiones la mayoría
de las veces se peca.
Hay obligación grave de evitar, si se puede, la ocasión
próxima de pecar gravemente. De manera que quien se expusiera voluntaria y
libremente a peligro próximo de pecado grave, aunque de hecho no cayese en el
pecado, pecaría gravemente por exponerse de esa manera, sin causa que lo
justifique.
La ocasión próxima de pecar se diferencia de la ocasión remota en
que esta última es poco probable que nos arrastre al pecado.
Si la ocasión de
pecado es necesaria y no se puede evitar, hay que tomar muy en serio el poner
los medios para no caer. Para esto consultar con el confesor.
Jesucristo
tiene palabras muy duras sobre la obligación de huir de las ocasiones de pecar.
Llega a decir que si tu mano te es ocasión de pecado, te la cortes; y que si tu
ojo es ocasión de pecado, te lo arranques; pues más vale entrar en el Reino de
los Cielos manco o tuerto, que ser arrojado con las dos manos o los dos ojos en
el fuego del infierno .
Una persona que tiene una pierna gangrenada se la corta para salvar su vida.
Vale la pena sacrificar lo menos para salvar lo más.
Evitar un pecado cuesta
menos que desarraigar un vicio. Esto es a veces muy difícil. Es mucho más fácil
no plantar una bellota que arrancar una encina.
Los actos repetidos crean
hábito y pueden esclavizar. Dice el proverbio latino: Gutta cavat petram,
non semel sed saepe cadendo. La gota de agua, a fuerza de caer, termina
por horadar la piedra.
Para apartarse con energía de las ocasiones de
pecar, es necesario rezar y orar: pedirlo mucho al Señor y a la Virgen, y
fortificar nuestra alma comulgando a menudo.
86.- Al confesor hay que decirle voluntariamente, con humildad, y sin engaño ni mentira, todos y cada uno de los pecados graves no acusados todavía en confesión individual bien hecha ; y en orden a obtener la absolución . No tendría carácter de confesión sacramental manifestar los pecados para pedir consejo, obligarle a callar, etc. .
86,1. Antes de empezar la confesión el sacerdote puede leer al penitente, o
recordarle, algún texto o pasaje de la Sagrada Escritura en que se muestre la
misericordia de Dios y la llamada del hombre a la conversión .
Dijo el Papa
Juan Pablo II el 30 de enero de 1981: «Sigue vigente y seguirá vigente para
siempre, la enseñanza del Concilio Tridentino en torno a la necesidad de
confesión íntegra de los pecados mortales». Es indispensable manifestar los
pecados con toda sinceridad y franqueza, sin intención de ocultarlos o
desfigurarlos. Si confesamos con frases vagas o ambiguas con la esperanza de que
el confesor no se entere de lo que estamos diciendo, nuestra confesión puede ser
inválida y hasta sacrílega. Al confesor hay que manifestarle con claridad los
pecados cometidos para que él juzgue el estado del alma según el número y
gravedad de los pecados confesados.
La absolución exige, cuando se trate de
pecados mortales, que el sacerdote comprenda claramente y valore la calidad y el
número de los pecados . El confesor debe conocer las posibles circunstancias
atenuantes o agravantes, y también las posibles responsabilidades contraídas por
ese pecado.
También hace falta que el penitente esté en presencia del
confesor. No es válida la confesión por teléfono(921).
Si
queda olvidado algún pecado grave, no importa; pecado olvidado, pecado
perdonado. Pero si después me acuerdo, tengo que declararlo en otra confesión.
Mientras tanto, se puede comulgar. Y no es necesario confesarse únicamente para
decirlo, porque ya está perdonado .
Pero si la confesión estuvo mal hecha, es
necesario confesar de nuevo todos esos pecados graves, en otra confesión bien
hecha.
En alguna circunstancia excepcional se justifica el callar un pecado
grave en la confesión: una vergüenza invencible de decirlo a un determinado
confesor, por ejemplo, por la amistad que se tiene con él y no ser posible
acudir a otro; si peligra el secreto, porque hay alguien cerca que puede
enterarse, y no hay modo de evitarlo (sala de un hospital, confesonario rodeado
de gente, etc.).
Pero ese pecado grave, ahora lícitamente omitido, hay
obligación de manifestarlo en otra confesión(922).
Si
en alguna ocasión quieres confesarte y no encuentras un sacerdote que entienda
el español, o tú no puedes hablar, basta que le des a entender el
arrepentimiento de tus pecados, por ejemplo, dándote golpes de pecho . Tu gesto
basta para que el sacerdote te dé la absolución. Pero estos pecados así
perdonados, tienes que manifestarlos la primera vez que te confieses con un
sacerdote que entienda el idioma que tú hablas.
86,2. Recientemente la Sagrada Congregación de la Fe ha publicado un
documento en el que se dan normas sobre la manifestación individual de los
pecados en la confesión, y circunstancias en las que puede darse la absolución
colectiva : «La confesión individual y completa, seguida de la absolución, es el
único modo ordinario mediante el cual los fieles pueden reconciliarse con Dios y
con la Iglesia(923).
«A no ser que una imposibilidad física o moral les
dispense de tal confesión»(924).
«Es
lícito dar la absolución sacramental a muchos fieles simultáneamente, confesados
sólo de un modo genérico, pero convenientemente exhortados al arrepentimiento,
cuando visto el número de penitentes, no hubiera a disposición suficientes
sacerdotes para escuchar convenientemente la confesión de cada uno en un tiempo
razonable, y por consiguiente los penitentes se verían obligados, sin culpa
suya, a quedar privados por largo tiempo de la Gracia Sacramental o de la
Sagrada Comunión»(925).
Estas condiciones, según algunos, son necesarias para la
validez del sacramento, pero los fieles que reciben la absolución colectiva
siempre pueden quedar tranquilos, pues Dios suple, ya que ellos pusieron todo de
su parte .Hay un principio teológico que dice: Al que hace lo que está de su
parte, Dios no le niega su gracia .
Es el Obispo diocesano quien debe juzgar
de esta conveniencia . Bien pidiéndole permiso previamente, bien comunicándoselo
después, si no hubo tiempo de pedirle antes permiso .
El 18 de noviembre de
1988 la Conferencia Episcopal Española publicó un documento, aprobado por la
Santa Sede, en el que declara que hoy en España no existen circunstancias que
justifiquen la absolución sacramental general. Y el arzobispo de Oviedo, D.
Gabino Díaz Merchán , dijo a los sacerdotes del Arciprestazgo de Avilés-Centro,
que las absoluciones colectivas, sin cumplir las condiciones dadas por la
Iglesia, son ilícitas e inválidas. La razón es que el ministro que confecciona
el sacramento tiene que tener intención de hacer lo que quiere hacer la Iglesia,
y la Iglesia no quiere que se administre el sacramento de la penitencia fuera de
las condiciones que ella ha puesto(926).
Quienes hayan recibido una absolución comunitaria de
pecados graves deben después confesarse individualmente antes de recibir de
nuevo otra absolución colectiva, y, en todo caso, antes del año, a no ser que,
por justa causa, no les sea posible hacerlo .
Los fieles que quieran
beneficiarse de la absolución colectiva, por estar debidamente dispuestos, deben
manifestar mediante algún signo externo que quieren recibir dicha absolución,
por ejemplo, arrodillándose, inclinando la cabeza, etc. .
Un caso concreto de
aplicación de la absolución colectiva sería en peligro de muerte colectiva e
inminente, sin tiempo de oír en confesión a cada uno , por ejemplo, momentos
antes de estrellarse un avión averiado
87.- Los pecados veniales no es necesario decirlos, pero conviene .
87,1. La fiebre, aunque sean sólo unas décimas, es señal de que algo va mal
en el organismo. El mal siempre hay que combatirlo, aunque no sea grave. En el
hospital declaras al médico no sólo las cosas graves, sino también las leves; no
sea que se compliquen. Hazlo así al sacerdote para que cure tu alma.
88.- Además de los pecados graves, hay que decirle al confesor cuántas veces se han cometido, y si hay alguna circunstancia agravante que varíe la especie o malicia del pecado .
88,1. El Concilio de Trento dice que «por derecho divino es necesario para el
perdón de los pecados en el Sacramento de la Penitencia confesar todos y cada
uno de los pecados mortales de que se acuerde después de un diligente y debido
examen, y las circunstancias agravantes que cambian la especie del pecado»(927).
Acerca del averiguar el número de pecados cometidos
recuerda lo que te dije en el número 77.
88,2. No es necesario que cuentes la historia del pecado, pero sí tienes que
decir las circunstancias agravantes que varíen la especie o malicia del pecado.
Una circunstancia varía la especie o malicia de un pecado, si convierte en grave
lo que es leve, o lo opone a distintas virtudes o mandamientos . Por
ejemplo: no es lo mismo asesinar a un hombre cualquiera que al propio padre. En
el primer caso se peca contra el quinto mandamiento, que manda respetar la vida
del prójimo.
En el segundo caso se peca, además, contra el cuarto, que manda
honrar a nuestros padres.
Las circunstancias pueden cambiar la moralidad de
una acción . Nunca las circunstancias pueden hacer buena una acción que de suyo
es mala; pero pueden hacer mala una acción que era buena, o hacer peor una
acción que ya era de suyo mala .
Las circunstancias agravantes de tu pecado
tienes que manifestarlas, si al cometerlo advertiste su malicia
especial.
También hay circunstancias atenuantes que disminuyen la gravedad
del pecado .
Por eso no te extrañe que el confesor te pregunte sobre tus
pecados; porque debe conocer cuántos y en qué circunstancias cometiste esos
pecados que él va a perdonarte. El sacerdote debe ayudarte a hacer una confesión
íntegra y a que tu arrepentimiento sea sincero. Debe también darte consejos
oportunos e instruirte para que lleves una vida cristiana .
Las principales
circunstancias agravantes o atenuantes son:
Quién : adulterio, si uno de los
dos es casado.
Qué: robar mil pesetas o un millón.
Cómo : robar con
violencia.
Cuándo : blasfemar en la misa.
Dónde : pecar en público, con
escándalo de otros.
Porqué : insultar para hacer blasfemar.
88,3. Los pecados dudosos -como ya dijimos en el número 61- no es obligatorio
confesarlos, pero conviene hacerlo para más tranquilidad.
Los pecados ciertos
debes confesarlos como ciertos; y los dudosos, como dudosos.
Si confesaste,
de buena fe, un pecado grave como dudoso y después descubres que fue cierto, no
tienes que acusarte de nuevo, pues la absolución lo perdonó tal como era en
realidad . Para que haya obligación de confesar un pecado grave debe constar que
ciertamente se ha cometido y ciertamente no se ha confesado.
Al confesor
conviene decirle también cuánto tiempo ha pasado desde la última vez que te
confesaste.
Esto es conveniente decirlo al empezar la confesión.
En los
Apéndices tienes el modo práctico de confesarte.
89.- EL QUE CALLA VOLUNTARIAMENTE EN LA CONFESION UN PECADO GRAVE, HACE UNA MALA CONFESION, NO SE LE PERDONA NINGUN PECADO, Y, ADEMAS, AÑADE OTRO PECADO TERRIBLE, QUE SE LLAMA SACRILEGIO .
89,1. Todas las confesiones siguientes en que se vuelva a callar este pecado
voluntariamente, también son sacrílegas . Pero si se olvida, ese pecado queda
perdonado, porque pecado olvidado, pecado perdonado .
Pero si después uno se
acuerda, tiene que manifestarlo diciendo lo que pasó.
Para que haya
obligación de confesar un pecado olvidado, hacen falta tres cosas: estar seguro
de que:
a) el pecado se cometió ciertamente.
b) que fue ciertamente
grave.
c) que ciertamente no se ha confesado.
Si hay duda de alguna de
estas tres cosas, no hay obligación de confesarlo. Pero estará mejor hacerlo,
manifestando la duda.
90.- QUIEN SE CALLA VOLUNTARIAMENTE UN PECADO GRAVE EN LA CONFESION, SI QUIERE SALVARSE , TIENE QUE REPETIR LA CONFESION ENTERA Y DECIR EL PECADO QUE CALLO, DICIENDO QUE LO CALLO DANDOSE CUENTA DE ELLO .
90,1. Los que han tenido la desgracia de hacer una confesión sacrílega, y
desde entonces vienen arrastrando su conciencia, de ninguna manera pueden seguir
en ese horrible estado. No desconfíen de la misericordia de Dios. Acudan a un
sacerdote prudente, que les acogerá con todo cariño.
Bendecirán para siempre
el día en que quitaron de su alma ese enorme peso que la atormentaba.
Además,
el confesor no se asusta de nada, porque, por el estudio y la práctica que tiene
de confesar, conoce ya toda clase de pecados.
Es una tontería callar pecados
graves en la confesión por vergüenza, porque el confesor no puede decir nada de
lo que oye en confesión .
Aunque le cueste la vida callar el secreto . Ha
habido sacerdotes que han dado su vida antes que faltar al secreto de
confesión.
Este secreto, que no admite excepción, se llama sigilo sacramental
.
Es pecado ponerse a escuchar confesiones ajenas. Los que, sin querer, se
han enterado de una confesión ajena no pecan; pero tienen obligación de guardar
secreto .
Es curioso que los mismos que ponen dificultades en decir sus
pecados al confesor los propagan entre sus amigos, y con frecuencia exagerando
fanfarronamente. Lo que pasa es que esas cosas ante sus amigos son hazañas, pero
ante el confesor son pecados; y esto es humillante. Por eso para confesarse hay
que ser muy sincero. Los que no son sinceros, no se confiesan bien.
Nunca
calles voluntariamente un pecado grave, porque tendrás después que sufrir mucho
para decirlo, y al fin lo tendrás que decir, y te costará más cuanto más tardes,
y si no lo dices, te condenarás .
Si tienes un pecado que te da vergüenza
confesarlo, te aconsejo que lo digas el primero. Este acto de vencimiento te
ayudará a hacer una buena confesión.
90,2. El confesor será siempre tu mejor amigo . A él puedes acudir siempre
que lo necesites, que con toda seguridad encontrarás cariño y aprecio. Además de
perdonarte los pecados, el confesor puede consolarte, orientarte, aconsejarte,
etc. Pregúntale las dudas morales que tengas. Pídele los consejos que necesites.
Dile todo lo que se te ocurra con confianza. Te guardará el secreto más
riguroso.
Los sacerdotes estamos aquí para que los hombres, por nuestro
medio, encuentren su salvación en Dios. El perdón de un pecado que, desde el
punto de vista sociológico, acaso no tiene gran transcendencia, es en realidad
más importante que todo cuanto podamos hacer para mejorar la existencia de los
hombres . Hasta Nietzshe , a pesar de su violentísimo anticristianismo, decía
que el sacerdote es una víctima sacrificada en bien de la humanidad .
El
sacerdote guía a la comunidad cristiana con la predicación de la palabra de
Dios, con sus consejos, con sus orientaciones, con su actitud de diálogo, de
acogida, de comprensión, con su fidelidad a Jesucristo. El sacerdote es, ante
todo, un educador .
Dice Juan Pablo II, en su libro Don y Misterio, citando
San Pablo , que el sacerdote es administrador de los misterios de Dios: El
sacerdote recibe de Cristo los bienes de la salvación para distribuirlos
debidamente entre las personas .
Cuenta el historiador José de Sigüenza
hablando de Fray Hernando de Talavera, Primer Arzobispo de Granada, que la reina
Isabel la Católica lo llamó para confesarse con él. Era la primera vez que lo
hacía con él. Habían preparado dos reclinatorios, pero el obispo se sentó. Le
dijo la reina:
- Ambos hemos de estar de rodillas.
Pero el confesor
contestó:
- No,Señora. Vuestra Alteza sí debe estar de rodillas, para
confesar sus pecados; pero yo he de estar sentado, porque éste es el Tribunal de
Dios y yo estoy aquí representándolo.
Calló la reina y se confesó de
rodillas. Después dijo:
- Éste es el confesor que yo buscaba .
No sé cómo llegó a mis manos una hoja que decía:
Pobre cura!
Si es
joven, le falta experiencia. Si es viejo, ya debe retirarse.
Si canta mal, se
ríen. Si canta bien, es un vanidoso.
Si se alarga en el sermón, es un pesado.
Si es corto, no sabe qué decir.
Si habla en voz alta, regaña. Si lo hace en
tono natural, no se le oye.
Si escucha en el confesonario, es un chismoso. Si
confiesa aprisa, no escucha.
Si visita a los feligreses, no está nunca en el
despacho. Si no lo hace, es arisco.
Si tiene coche, vive como un rico. Si va
a pie, es un antiguo.
Si pide ayuda, es un pesetero. Si no arregla la
iglesia, es un abandonado.
Y cuando se muera, muchos lo echarán de menos.
90,3. Si tienes la desgracia de tropezar con un religioso o con un sacerdote
que no vive conforme a su estado, no te alarmes por eso. A veces, se dan caídas
incluso en los que tienen más obligación de servir a Dios . Pero por eso no debe
vacilar tu fe. Nuestra fe no descansa en ningún hombre, sino en Dios, que nunca
falla. Los hombres están sujetos a cambios. El que hoy es bueno, mañana deja de
serlo; y viceversa. También entre los doce Apóstoles hubo un Judas traidor. El
sacerdote que no cumple bien sus obligaciones, será juzgado por Dios como se
merece. Sin embargo, la religión no deja de ser verdad aunque haya sacerdotes
débiles, que no vencen sus pasiones. Lo mismo que la Medicina sigue siendo
verdad, aunque hubiera médicos toxicómanos.
Hay sacerdotes malos, pero en
proporción muchísimo menor que en cualquier otra profesión . Y por otra parte,
la virtud en grado elevado se ha dado siempre en el sacerdocio más que en
cualquier otra profesión.
Cuando un sacerdote peca, una persona culta piensa:
qué heroísmo el de tantos otros sacerdotes que teniendo las mismas inclinaciones
y pasiones sin embargo no sucumben .
Es una injusticia generalizar las
faltas, que excepcionalmente se dan en un caso aislado, achacándolas a todos los
demás sacerdotes. Como si yo, porque conozco a dos de tu pueblo que son unos
borrachos, dijera que todos los de allí sois unos borrachos. Sería injusto con
vosotros.
Además las faltas en un sacerdote llaman más la atención,
precisamente por eso, por lo excepcionales; una mancha de tinta se ve mucho más
en un pantalón claro que el «mono» grasiento de un mecánico. Sobre las
acusaciones que se oyen contra los curas te recomiendo: «Yo no creo en los
curas» de Yanes .
Es una equivocación el mal concepto que muchos tienen de
los sacerdotes. Ningún muchacho se hace sacerdote para pasarlo bien. Y se da
cuenta de ello en los largos años de estudios sacerdotales, sometido a una
disciplina dura y a unas renuncias muy fuertes: como es renunciar a una novia y
renunciar a un hogar. Además, los estudios de un sacerdote son tan largos y
costosos como los de un médico o los de un ingeniero, y sin embargo la mayoría
de los sacerdotes en España ganan el salario mínimo interprofesional . Hoy, en
España, el clero vive por lo general peor que la clase media . Sería ridículo
que un muchacho pensara en ser sacerdote para pasarlo bien. Los que aspiran al
sacerdocio lo hacen para ser ellos mejores y para hacer el mundo mejor. Porque
si no hubiera sacerdotes, los de arriba serían peores de lo que son, los de
abajo tendrían menos defensores, y tú en lugar de tener este libro entre tus
manos quizás tendrías otro para mal de tu alma .
Y si algún sacerdote no te
da buen ejemplo, no te guíes por lo que hace, sino por la doctrina de Cristo que
te predica. Ya te avisó Cristo : «Haced lo que os dicen, pero no hagáis según
sus obras»(928).
Ellos son responsables de sus obras, y darán a Dios
estrecha cuenta de ellas; pero tú tendrás que dar a Dios cuenta de las tuyas. El
que otro cometa pecados no justifica el que tú también los cometas. Los dos
iréis al infierno, si no pedís perdón a Dios.
90,4. La confesión, al perdonarnos los pecados, nos devuelve la gracia santificante (o nos la aumenta, si no la habíamos perdido por el pecado grave). Y con la gracia también nos devuelve el derecho al cielo y nos restaura todos los méritos pasados, que habíamos perdido por el pecado grave.
90,5. La confesión es un gran beneficio de Dios que debemos saber estimar y
aprovechar. Qué sería de nosotros en la otra vida, si no tuviéramos en ésta un
medio para alcanzar el perdón de nuestros pecados»
Por eso la Iglesia, que
quiere que aseguremos la salvación, manda que nos confesemos por lo menos una
vez al año .
La confesión anual es obligatoria. Pero deberíamos confesarnos
con frecuencia. Al menos cada mes. Y esto aunque no haya pecados graves, pues la
confesión es un sacramento, que nos dará gracia para ser cada vez mejores.
Si
no tienes pecados graves, te confiesas de algún venial, que nunca falta. Y
aunque ya te dije que los pecados veniales no es obligatorio confesarlos,
siempre es conveniente.
Sin embargo, aunque Dios quiere que me confiese a
menudo, y a mí me conviene hacerlo, ningún hombre puede forzarme. Ni mis jefes,
ni mis amigos, ni mis familiares, ni un sacerdote, ni nadie.
Los otros podrán
aconsejarme que me confiese; pero forzarme, no. La confesión tiene que ser
libre.
Que me salga de dentro. Porque la estimo y quiero salvarme. Aunque me
cueste. Las medicinas no siempre gustan. Si voy a la confesión forzado y sin
dolor, la confesión será una comedia. Y esto es un pecado gravísimo. Para que la
confesión valga, tiene que haber arrepentimiento. Si en alguna rarísima ocasión
alguien te obliga a confesarte, y tú no estás en disposición de ello, antes de
hacer una mala confesión, dile al sacerdote que no vas a con intención de
confesarte y que te dé la bendición: los demás no notarán nada, y tú no habrás
cometido un sacrilegio.
Por muchos pecados que tengas, y por grandes que
sean, nunca debes desconfiar de Dios, sino que debes acudir humildemente a Él y
pedir el perdón que Él está deseando darte. Dios odia el pecado, pero ama al
pecador; y sólo quiere que se convierta y se salve . Todo confesor tiene
obligación de confesar a todo aquel que se lo pida razonablemente .
La
absolución del sacerdote es el signo eficaz del perdón de Dios y el momento
culminante de la celebración del sacramento de la penitencia.
La absolución
tiene lugar cuando el sacerdote pronuncia la fórmula sacramental: Yo te absuelvo
de tus pecados , al mismo tiempo que traza la señal de la cruz sobre el
penitente.
91.- Cumplir la penitencia es rezar o hacer lo que el confesor me
diga.
91,1. La exhortación pontificia de Juan Pablo II Reconciliación y Penitencia
(31,3) dice que las obras de satisfacción deben consistir en acciones de culto,
caridad, misericordia y reparación.
92.- Si no sé o no puedo cumplirla, debo decírselo al confesor para que me ponga una penitencia distinta.
92,1. La penitencia se llama también satisfacción, pues de algún modo quiere
expresar nuestra voluntad de reparación a la Iglesia del daño que le hemos
producido al pecar, convirtiéndonos en miembros cancerosos del Cuerpo Místico de
Cristo . Cumplir la penitencia es también expresión de nuestra voluntad de
conversión cristiana.
La penitencia hay que cumplirla en el plazo que diga el
confesor. Si el confesor no ha fijado el tiempo, lo mejor es cumplirla cuanto
antes, para que no se nos olvide; pero se puede cumplir también después de
comulgar; y también confesarse de nuevo antes de haberla cumplido, con tal de
que haya intención de cumplirla .
Si la penitencia no se cumple por olvido
involuntario, no hay que preocuparse; los pecados quedan perdonados. Pero si no
se cumple culpablemente, aunque los pecados quedan perdonados, se comete un
nuevo pecado mortal o venial, según que la penitencia fuera grave o leve.
Penitencia grave es la que normalmente corresponde a pecados graves . Si después
de la confesión no recuerdas la penitencia que te puso el confesor, o no puedes
cumplirla, lo dices así en la próxima confesión. En caso de no acordarte qué
penitencia te puso el confesor, puedes rezar o hacer lo que en otras confesiones
parecidas te impusieron.
92,2. La penitencia es siempre muy pequeña comparada con nuestros pecados
Pero, a pesar de ser tan pequeña, es suficiente, porque participamos de lo que
se llama la Comunión de los Santos: todos los que pertenecemos a la Iglesia
Católica formamos como una gran familia -que se llama el Cuerpo Místico de
Cristo (Ver nº 41)- en la cual todos los bienes espirituales son comunes.
«Lo
que cada uno hace o sufre en y por Cristo da fruto para todos»(929).
Todos nos beneficiamos de los bienes, dones y gracias que
cada uno ha recibido de Dios . Por lo tanto, cada uno puede gozar del gran
tesoro espiritual formado con los méritos de Jesucristo , de la Virgen y de
todos los Santos que están en el cielo, y con las buenas obras de los católicos
.
92,3. La Iglesia hace uso de los méritos de este gran tesoro espiritual, al
concedernos las indulgencias . La Iglesia condena a quienes afirmen que la
Iglesia no tenga potestad para concederlas o que éstas no sean útiles(930).
La
práctica de las indulgencias se fundamenta en la doctrina del Cuerpo Místico de
Cristo . Las indulgencias son la remisión de la pena temporal debida por los
pecados ya perdonados en cuanto a la culpa .
Según la Teología católica, todo
pecado grave da origen, en quien lo comete, a una culpa y a una pena. La culpa
se borra con la absolución del confesor. La pena ha de ser pagada con el
sufrimiento en el purgatorio o con las buenas acciones en esta vida . Aquí entra
la aplicación de las indulgencias con las cuales se perdona a los católicos, que
cumplen ciertas condiciones, la pena temporal debida por los pecados ya
perdonados en cuanto a la culpa. Es como borrar la cicatriz de la herida que el
pecado ha dejado en el alma.
Con las indulgencias podemos ayudar a los
difuntos .
El primero de enero de 1967, Pablo VI publicó una Constitución
Apostólica sobre la reforma de las indulgencias . Se ha suprimido el antiguo
modo de hablar de trescientos días , siete años , etc., que se refería a los
días de penitencia pública que tenían que hacer los pecadores, en los primeros
siglos de la Iglesia, antes de recibir la absolución de sus pecados graves. El
nuevo documento se puede resumir en las siguientes normas:
1) Las
indulgencias se dividen en parciales y plenarias.
2) El fiel que con corazón
contrito realice una acción que tenga indulgencia parcial obtendrá además del
mérito que produce esa acción, otro idéntico, por intervención de la Iglesia. Es
decir, que merece el doble.
3) La indulgencia plenaria sólo se puede ganar
una vez al día, salvo en caso de peligro de muerte.
4) Para adquirir la
indulgencia plenaria, además de realizar la acción indulgenciada, y de que no
exista por parte del fiel ningún afecto o adhesión al pecado incluso venial, hay
que cumplir tres condiciones:
confesión sacramental, comunión eucarística y
rezo de una oración por las intenciones del Papa. La confesión puede hacerse
varios días antes o después de cumplir la obra prescrita . La comunión puede
hacerse desde la víspera a la octava. Una sola confesión sirve para ganar varias
indulgencias plenarias. En cambio, con una sola comunión y una sola oración por
las intenciones del Papa, únicamente se puede conseguir una sola indulgencia
plenaria. La oración por el Papa basta que sea un Padrenuestro con un Avemaría y
Gloria.
Según esta reforma de las indulgencias, las indulgencias plenarias
que se pueden ganar, una al día, en las condiciones ordinarias, se han reducido
a cuatro:
a) Ejercicio del Vía-Crucis.
b) Rezo del Rosario ante el
sagrario o en común.
c) Media hora de adoración al Santísimo
Sacramento.
d) Media hora de lectura de la Biblia .
Si no se cumplen las
condiciones debidas, o falta la buena disposición, la indulgencia será solamente
parcial.
Aquellos fieles que, por motivos personales o de lugar, no puedan
confesar ni comulgar, podrán obtener la indulgencia si se proponen cumplir lo
antes posible estos dos requisitos.
Las indulgencias tanto parciales como
plenarias pueden ser siempre aplicadas a los difuntos a modo de sufragio . Se
puede ganar una indulgencia plenaria aplicable a los difuntos aunque no se haya
logrado el desafecto al pecado antes indicado .
En el momento de la muerte,
cualquier fiel, debidamente dispuesto espiritualmente, podrá ganar la
indulgencia plenaria, aunque carezca en aquel momento de un sacerdote que pueda
impartírsela, con tal que durante su vida haya rezado habitualmente alguna
oración. Es una obra de caridad para con las almas del purgatorio el ganar para
ellas indulgencias plenarias. (Ver n 101 ).
Recomiendo mi vídeo: «Cómo ayudar
a los difuntos».
93.- EN ÚLTIMO CASO , SI UNO NO SABE LO QUE TIENE QUE HACER PARA CONFESARSE BIEN, PUEDE DECIR AL CONFESOR: «PADRE, AYÚDEME USTED».
93,1. Al confesor se le dicen las cosas con sinceridad, tal como uno las
siente en la conciencia. Pero, si no te atreves porque te da vergüenza, le
puedes decir al confesor que tienes vergüenza, y el Padre te ayudará con todo
cariño.
Y si te acuerdas de algún pecado que hayas cometido, aunque el
confesor no te lo pregunte, díselo tú para que te lo perdone.
Mientras el
sacerdote te da la absolución y te bendice, reza el Señor mío Jesucristo , y si
no lo sabes, date golpes de pecho diciendo varias veces con toda tu alma: Dios
mío, perdóname! Dios mío, perdóname!...
94.- En la confesión se perdonan todos los pecados que nosotros hemos cometido después del bautismo, por muy grandes que sean, con tal que se digan con arrepentimiento y propósito de la enmienda; pero no el pecado original.
(914) - Miqueas, 7:19
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(915) - ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología Moral para Seglares, 2º,
2ª, IV, 178. c. Ed. BAC.
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(916) - Evangelio de San Juan, 7:34; 8:21
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(917) - ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología de la salvación,
1ª, III, nº 77. Ed. BAC. Madrid
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(918) - SAN PABLO: Carta a los Gálatas, 6:7
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(919) - Profeta Isaías, 55:7
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(920) - Libro del Eclesiástico, 3:27
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(921) - ANTONIO ROYO MARÍN, O.P.: Teología Moral para
seglares, 2º, 2ª, 4º, II, 2,194.Ed.BAC.
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(922) - B. HÄRING, C.SS.R.: La ley de Cristo, 1º, 1º, 5ª, 2ª,
II, 5. Ed. Herder. Barcelona
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(923) - Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1497
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(924) - Nuevo Código de Derecho Canónico, nº 960
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(925) - Nuevo Código de Derecho Canónico, nº 961
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(926) - Revista SIEMPRE P1ALANTE, 270 ( 16-I-94 ) 15
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(927) - DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, (917) Ed. Herder.
Barcelona
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(928) - Evangelio de San Mateo, 23:3
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(929) - Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, nº 961
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(930) - DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, nº 989. Ed.
Herder. Barcelona
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