VETERUM SAPIENTIA
RENACIMIENTO,
ESTUDIO Y USO DEL LATÍN
Constitución
Apostólica del Papa Juan XXIII
PRIMERA
PARTE
Excelencia
y méritos de la lengua latina
La
antigua sabiduría encerrada en la literatura de los griegos y de los romanos,
así como las preclaras enseñanzas de los pueblos antiguos, deben considerarse
como una aurora preanunciadora del Evangelio que el Hijo de Dios, árbitro
y maestro de la gracia y de la doctrina, luz y guía de la humanidad[1],
ha anunciado en la tierra. En efecto, los padres y los Doctores de la Iglesia
reconocieron en esos antiquísimos e importantísimos monumentos literarios,
cierta preparación de los espíritus para recibir las riquezas divinas, que
Jesucristo en la economía de la plenitud
de los tiempos[2] comunicó a los
hombres; por consiguiente, con la introducción del cristianismo en el mundo,
nada se perdió de cuanto los siglos precedentes habían producido de verdadero,
de justo, de noble y de bello.
Es
una herencia preciosa transmitida a la Iglesia
Por
tanto, la Iglesia rindió siempre sumo honor a estos venerables documentos de
sabiduría, y sobre todo a las lenguas griega y latina, que de la sabiduría
misma son como el áureo ropaje; y acogió asimismo el uso de otras venerables
lenguas, florecidas en Oriente, que mucho contribuyeron al progreso humano y a
la civilización y que, usadas en los sagrados ritos y en las versiones de las
Sagradas Escrituras, se encuentran aún en vigor en algunas naciones, como
expresión de un antiguo uso, ininterrumpido y vivo.
En
esta variedad de lenguas se destaca sin duda la que, nacida en el Lacio, llegó
a ser más tarde admirable instrumento para la propagación del cristianismo en
Occidente. Ya que, ciertamente no sin especial providencia de Dios, esta lengua,
que durante muchos siglos unió a muchas gentes bajo la autoridad del Imperio; llegó
a ser la lengua propia de la Sede Apostólica[3] y, conservada para la
posteridad, unió entre sí con estrecho vínculo de unidad a los pueblos
cristianos de Europa.
Las
dotes del latín corresponden a la naturaleza
y
la misión de la Iglesia.
En
efecto, la lengua latina es por su naturaleza perfectamente adecuada para
promover cualquier forma de cultura en cualquier pueblo: no suscita celos, se
muestra imparcial con todos, no es privilegio de nadie y es bien aceptada por
todos. Y no cabe olvidar que la lengua latina tiene una conformación propia,
noble y característica: un estilo
conciso, variado, armonioso, lleno de majestad y de dignidad[4]
que conviene de modo singular a la claridad y a la gravedad.
Por
estos motivos la Sede Apostólica se
ha preocupado siempre de conservar con celo y amor la lengua latina, y la ha
estimado digna de usarla ella misma, como
espléndido ropaje de la doctrina celestial y de las santísimas leyes[5],en
el ejercicio de su sagrado ministerio, así como de que la usaran sus ministros.
Donde quiera que éstos se encuentren, pueden, con el conocimiento y el uso del
latín, llegar a saber más rápidamente todo lo que procede de la Sede Romana,
así como comunicarse más libremente con ella y entre sí.
Por
lo tanto, el pleno conocimiento y el fácil uso de esta lengua, tan íntimamente
ligada a la vida de la Iglesia, interesan más a la religión que a la
cultura y a las letras[6],
como dijo Nuestro Predecesor de inmortal memoria, Pío XI, el cual indagando
científicamente sus razones, indicó tres dotes de esta lengua, en admirable
consonancia con la naturaleza de la Iglesia. En efecto, la Iglesia, al
abrazar en su seno a todas las naciones y al estar destinada a durar hasta la
consumación de los siglos, exige por su misma naturaleza una lengua
universal, inmutable, no popular[7].
Lengua
universal
Dado
que toda la Iglesia tiene que depender de la Iglesia Romana y que los Sumos Pontífices
tienen verdadera potestad episcopal,
ordinaria e inmediata, no solamente sobre todas y cada una de las iglesias, sino
también sobre todos y cada uno de los Pastores y fieles[8]
de todos los ritos, pueblos y lenguas, resulta como consecuencia que el
instrumento de mutua comunicación debe ser universal
y uniforme sobre todo entre la Santa Sede y las diferentes Iglesias del
mismo rito latino. Por lo tanto, los Romanos Pontífices cuando quieren instruir
a los pueblos católicos, lo mismo que los Ministerios de la Curia Romana en la
resolución de asuntos y en la redacción de decretos que afectan a toda la
comunidad de los fieles, usan siempre la lengua latina, por ser ésta aceptada y
grata a todos los pueblos como voz de la madre común.
Lengua
inmutable
No
tan sólo universal sino también inmutable
debe ser la lengua usada por la Iglesia. Porque si las verdades de la Iglesia
Católica fueran encomendadas a algunas o muchas de las mudables lenguas
modernas, ninguna de las cuales tuviera autoridad sobre las demás, acontecería
que, varias como son, no a muchos sería manifiesto con suficiente precisión y
claridad el sentido de tales verdades, y por otra parte no habría ninguna
lengua que sirviera de norma común y constante, sobre la cual tener que regular
el exacto sentido de las demás lenguas. Pues bien, la lengua latina, ya
desde hace siglos sustraída a las variaciones de significado que el uso
cotidiano suele introducir en los vocablos, debe considerarse fija e invariable,
ya que los nuevos significados de algunas palabras latinas, exigidos por el
desarrollo, por la explicación y defensa de las verdades cristianas, han sido
desde hace tiempo determinados en forma estable.
Tesoro
incomparable y clave de la tradición
Además,
la lengua latina, a la que podemos verdaderamente llamar católica[9]
por estar consagrada por el constante uso que de ella ha hecho la Sede Apostólica,
madre y maestra de todas las Iglesias, debe considerarse un tesoro ... de
valor incomparable[10],
una puerta que pone en contacto directo con las verdades cristianas
transmitidas por la tradición y con los documentos de la enseñanza de la
Iglesia[11]
; y, en fin, un vínculo eficacísimo que une en admirable e inalterable
continuidad a la Iglesia de hoy con la de ayer y de mañana.
Eficacia
formativa
Además,
no hay nadie que pueda poner en duda toda la eficacia especial que tienen
tanto la lengua latina como, en general, la cultura humanística, en el
desarrollo y formación de las tiernas mentes de los jóvenes. En efecto, cultiva,
madura y perfecciona las mejores facultades del espíritu; da destreza de mente
y fineza de juicio; ensancha y consolida a las jóvenes inteligencias para que
puedan abrazar y apreciar justamente todas las cosas y, por último, enseña a
pensar y a hablar con orden sumo.
Por
estos méritos la Iglesia la ha sostenido
siempre
y la sostiene.
Si
se ponderan, en efecto, estos méritos, se comprenderá fácilmente por qué tan
frecuentemente los Romanos Pontífices no solamente, han exaltado tanto la
importancia y la excelencia de la lengua latina sino que incluso han prescrito
su estudio y su uso a los sagrados ministerios del clero secular y regular,
denunciando claramente los peligros que se derivan de su abandono.
También
Nos, por lo tanto, impulsados por los mismos gravísimos motivos que ya movieron
a Nuestros Predecesores y a los Sínodos Provinciales[12],
deseamos con firme voluntad que el estudio de esta lengua, restituida a su
dignidad, sea cada vez más fomentado y ejercitado. Y como el uso de latín se
pone durante nuestros días en discusión en algunos lugares y muchos preguntan
cuál es a este propósito el pensamiento de la Sede Apostólica, hemos decidido
proveer con normas oportunas, enunciadas en este solemne documento para que el
antiguo e ininterrumpido uso de la lengua latina sea mantenido y donde
hubiera caído casi en abandono, sea absolutamente restablecido.
Por
lo demás, creemos que Nuestro pensamiento sobre esta cuestión ha sido ya por
Nos con suficiente claridad expresado con estas palabras dichas a ilustres
estudiosos de latín: “Por desgracia, hay muchos que extrañamente
deslumbrados por el maravilloso progreso de las ciencias, pretenden excluir o
reducir el estudio del latín y de otras disciplinas semejantes... Nos, en
cambio, precisamente por esta impelente necesidad, pensamos que debe seguirse un
camino diferente. Del mismo modo que en el espíritu penetra y se fija lo que más
corresponde a la naturaleza y dignidad humana, con más ardor hay que adquirir
cuanto forma y ennoblece el espíritu, con el fin de que los pobres mortales no
lleguen a ser, como las maquinas que construyen, fríos, duros y carentes de
amor”[13].
SEGUNDA
PARTE
Disposiciones
del Papa para un renacimiento del estudio
y
del uso del latín
Después
de haber examinado y ponderado cuidadosamente cuanto hasta ahora se ha expuesto,
Nos, en la segura conciencia de Nuestra misión y de Nuestra autoridad,
determinamos y ordenamos cuanto sigue:
1.
Tanto los Obispos como los Superiores Generales de Ordenes Religiosas provean
para que en sus Seminarios y Escuelas, en donde los jóvenes son preparados para
el sacerdocio, todos se muestren en este punto dóciles a la voluntad de la Sede
Apostólica, y se atengan escrupulosamente a estas Nuestras prescripciones.
2.
Velen igualmente con paternal solicitud para que ninguno de sus súbditos, por
afán de novedad, escriba contra el uso de la lengua latina tanto en la enseñanza
de las sagradas disciplinas como en los sagrados ritos de la Liturgia ni,
movidos por prejuicios, disminuya en esta materia la fuerza preceptiva de la
voluntad de la Sede Apostólica y altere su sentido.
3.
Como se halla establecido tanto por el Código de Derecho Canónico (can. 1.364)[14]
como por Nuestros Predecesores, los aspirantes al sacerdocio, antes de empezar
los estudios propiamente eclesiásticos, sean instruidos con sumo cuidado en la
lengua latina por profesores muy expertos, con método adecuado y por un período
de tiempo apropiado, para que no suceda
luego que, al llegar a las disciplinas superiores, no puedan, por culpable
ignorancia del latín, comprenderlas plenamente, y aún menos ejercitarse en las
disputas escolásticas con las que las mentes de los jóvenes se adiestran en la
defensa de la verdad[15].
Y esto entendemos que valga también para los que han sido llamados al
sacerdocio por Dios ya maduros en edad, sin haber hecho ningún estudio clásico
o demasiado insuficiente. Nadie, en efecto, habrá de ser admitido al estudio de
las disciplinas filosóficas o teológicas si antes no ha sido plenamente
instruido en esta lengua y si no domina su uso.
4.
Si en algún país el estudio de la lengua latina ha sufrido en algún modo
disminuciones en daño de la verdadera y sólida formación, por haber las
escuelas eclesiásticas asimilando los programas de estudio de las públicas,
deseamos que allí se conceda de nuevo el tradicional lugar reservado a la enseñanza
de esta lengua; ya que todos deben convencerse de que también en este punto hay
que tutelar escrupulosamente las exigencias propias de la formación de los
futuros sacerdotes, no tan sólo por lo que se refiere al número y calidad de
las materias sino también por lo que concierne al tiempo que debe atribuirse a
su enseñanza. Que si, por circunstancias de tiempo y de lugar, otras materias
hubiesen de ser añadidas a las en uso, entonces o habrá que ampliar la duración
de los estudios o esas disciplinas habrán de darse en forma compendiosa, o habrá
que dejar su estudio para otro tiempo.
5.
Las principales disciplinas sagradas, como se ha ordenado en varias ocasiones,
deben ser enseñadas en latín, lengua que por el uso desde hace tantos siglos
sabemos que es apropiadísima para explicar con facilidad y con claridad singular la íntima
y profunda naturaleza de las cosas[16],
porque a más de haberse enriquecido ya desde hace muchos siglos con vocablos
propios y bien definidos en el sentido y por lo tanto adecuados para mantener íntegro
el depósito de la fe católica, es al mismo tiempo muy adecuada para que se
evite la superflua verbosidad. Por lo tanto, los que en las Universidades o en
Seminarios enseñen estas disciplinas están obligados a hablar en latín y a
servirse de textos escritos en latín. Que si, por ignorancia de la lengua
latina, no pueden convenientemente cumplir con estas prescripciones de la Santa
Sede, poco a poco sean remplazados por otros profesores más idóneos. Las
dificultades, por otra parte, que pueden venir por parte de los alumnos o de los
profesores, deben ser superadas por la firme voluntad de los Obispos y
Superiores Religiosos, y por la dócil y buena voluntad de los maestros.
6.
Dado que la lengua latina es lengua viva dela Iglesia, con el fin de que sea
adecuada a las necesidades lingüísticas día a día mayores, y para que sea
enriquecida con nuevos vocablos propios y adecuados, en manera uniforme,
universal y conforme con la índole de la antigua lengua latina -manera ya
seguida por los Santos Padres y por los mejores escritores escolásticos-, damos
mandato a la Sagrada Congregación de Seminarios y Universidades de Estudios,
con el fin de que cuiden de fundar un Instituto Académico de la lengua latina.
Este Instituto, que habrá de tener su propio cuerpo de profesores expertísimos
en las lenguas latina y griega provenientes de las diversas partes del mundo,
tendrá como finalidad principal -como ocurre con las Academias Nacionales,
fundadas para promover las respectivas lenguas- la de dirigir el ordenado
desarrollo de la lengua latina, enriqueciendo , si es preciso, el léxico de
palabras que sean conformes con la índole y colorido propio; y al mismo tiempo
disponer de escuelas de latín de todas las edades y sobre todo de la edad
cristiana. En estas escuelas serán formados en el conocimiento más pleno y
profundo del latín, en su uso, en el estilo propio y elegante, los que están
destinados a enseñarlo en los Seminarios y Colegios Eclesiásticos, o a
escribir decretos, sentencias y cartas en los Ministerios de la Santa Sede, en
las Curias Episcopales y en las Oficinas de las Ordenes Religiosas.
7.
Hallándose la lengua latina estrechamente ligada a la griega por la naturaleza
de su conformación y por la importancia de las obras que nos han sido
legadas, también en ella, como han ordenado a menudo Nuestros
Predecesores, habrán de ser instruidos los futuros ministros del altar desde
las escuelas inferiores a medias, con el fin de que cuando estudien las
disciplinas superiores y sobre todo si aspiran a los grados académicos en
Sagrada Escritura y en Teología, puedan señalar y rectamente comprender no
solamente las fuentes griegas de la filosofía escolástica, sino también los
textos originales de la Sagrada Escritura, de la Liturgia y de los Santos Padres
Griegos[17].
8.
Damos orden asimismo a la Sagrada Congregación de Estudios para que prepare un
Ordenamiento de los estudios de latín -que habrá de ser observado por todos
fielmente- y tal que proporcione a cuantos lo sigan un conveniente conocimiento
y uso de esta lengua.
Este
programa podrá, por exigencias particulares, ser ordenado de otro modo por las
diversas Comisiones de Ordinarios, sin que, sin embargo, sea jamás cambiada o
atenuada su naturaleza y su fin. Sin embargo, los Ordinarios no crean poder
realizar proyectos sin que la Sagrada Congregación los haya examinado y
aprobado primeramente.
Cuanto
con esta Nuestra Constitución hemos establecido, decretado, ordenado y
solicitado, pedimos y mandamos con Nuestra autoridad que se mantenga
definitivamente firme y sancionado, y que ninguna otra prescripción o concesión,
incluso digna de mención especial, tenga ya vigor contra esta orden.
Dada
en Roma, junto a San Pedro, el 22 de febrero, fiesta de la Cátedra de San
Pedro, el año 1962, cuarto de Nuestro Pontificado.
IOANNES
P.P. XXIII
[1]
Tertu., Abol., 21; Migne, Pl. 1, 394.
[2]
Ef. 1,10.
[3]
Epist. S. Cong. Estud.
Vehementer Sane, Ad Episc. universos, 1º de julio de 1908; Ench. Cler. nº
820. Cfr. también Epist. Ap. de Pío XI, Unigenitus Dei Filius, 19 de marzo
de 1924: A.A.S. 16 (1924), 141.
[4]
Pío XI, Epist. Ap. Officiorum omnium, 1º de agosto de 1922: A.A.S.
14 (1922), 452-453.
[5]
Pío X, Motu Proprio Litteratum Latinarum, 20 de octubre de 1924:
A.A.S. 16 (1924), 417.
[6]
Pío XI, Epist. Ap. Officiarum omnium, 1º de agosto de 1922: A.A.S.
14 (1922), 452.
[7]
Ibem.
[8]
S. Ireneo. Adver.
Haer., 3,3,2; Migne, PG 7. 848.
[9]
Cfr. Pío XI, Epist. Ap. Officiorum omnium, 1º de agosto de 1922:
A.A.S. 14 (1922), 453.
[10]
Pío XI, Officiorum omnium, 1º de agosto de 1922: A.A.S. 14 (1922), 453.
[11]
León XIII, Epist. Encicl. Después del día, 8 de sept. de 1809;
Acta Leonis XIII, 19 (1899), 166.
[12]
Cfr. Collectio Lacensis, sobre todo : Vol. III,
1018 ss. (Conc. Prov. Westmonasteriense, 1859); Vol. IV, 29 (Conc. Prov.
Parisiense, 1849); Vol. IV, 394, 390 (Conc. Prov. Avenionense, 1848); Vol.
IV, 394, 396 (Conc. Prov. Burdigalense, 1850) Vol. V, 61 (Conc. Strigoniense,
1858); Vol. VI, 619 (Synod. Vicar. Suchnensis, 1803).
[13]
Ad. Conventum Internat. “
Ciceronianis studiis provehendis” 7 de sep. de 1959; en Discursos,
Mensajes y Coloquios de Santo Padre Juan XXIII. pags. 234-235. Cfr. también
Aloc. a la Peregrinación de la Diócesis de Placenza, 15 de abril de 1959);
Epist. Pater Misericordiarum, 22 de agosto de 1961; A.A.S. 53 (1961); Aloc.
con ocasión de la solemne inauguración del Colegio Filipino en Roma el 7
de octubre de 1961; Epist. Iucunda laudatio, 9 de diciembre de 1961; A.A.S.
53 (1961), 812.
[14]
Canon 1.364 del Código de Derecho Canónico de S.S. Benedicto XV de
1917. En el nuevo Código de Derecho Canónico promulgado por mandato de
S.S. Juan Pablo II de 1983, corresponde a canon 249 en donde se dice:”
...no solo sean instruidos cuidadosamente en su propia lengua, sino a que
dominen la lengua latina, ....”
[15]
Pío XI, Epist. Ap. Officiorum omnium, 1º de agosto de 1922; A.A.S.
14 (1922), 453.
[16]
Epist. de la S.S. de los Estudios. Vehementer sane, 1º de julio de
1908; Ench. Cler., n. 821.
[17]
León XIII, Carta Enc. Providentisimus Deus, 18 de nov. de 1893; Acta
Leonis XIII, 13 (1893), 342; Epist. Plane quidem intelligis, 20 de mayo de
1885, Acta 63-64; Pío XII, Aloc. Magis quam, 23 de sep. de 1951: A.A.S. 43
(1951), 737.