La Constitución

Sacrosanctum Concilium

 

 


 

 

Generalidades

El movimiento litúrgico

Historia de la constitución

Características

Importancia

Bibliografía

 

 

 

Generalidades sobre el Vaticano II

 

En la larga historia de la Iglesia ha habido cuatro ocasiones de concilio: 

1.- Ha habido concilios de unión, que buscaron predominantemente la reconciliación entre Iglesias separadas, como por ejemplo el concilio de Lión en 1274 o Florencia en 1439. El Vaticano II no fue un concilio primordialmente de reconciliación, pero la presencia de los hermanos separados como observadores, y el tono ecuménico de sus documentos contribuyó mucho al proceso de reconciliación. 

2.- Algunos concilios han sido convocados para condenar herejías; es el caso de Trento. También en el Vaticano II algunos plantearon la posibilidad de condenar el comunismo o la Nouvelle Theologie. Pero está línea de desarrollo fue claramente descartada desde el principio. Ya había habido muchas condenaciones en el Syllabus y el Quanta Cura, y más tarde la Pascendi y el decreto Lamentabili. Pío XII en la Divini Redemptoris de 1937 había condenado ya el comunismo co­mo “intrínsecamente perverso”. La Humani Generis de Pío XII había sido ya un freno a la apertura, aunque de una manera suficientemente ambigua, sin condenas explícitas. 

3.- Otros concilios se caracterizaron por su proyecto de acoger y formular verdades de fe en el corpus eclesial. El Vaticano I, formuló el concilio de la infalibilidad pontificia. También al pensar en el Vaticano II algunos querían formular nuevos dogmas. El lobby mariano quería más dogmas marianos. Esta línea fue también descartada desde el principio. El Vaticano II no quiso formular ningún dogma nuevo. 

4.- Otros concilios fueron reformistas. Es el caso del Lateranense V entre 1512 y 1517, y en cierta medida también de Trento. Pero en la Iglesia preconciliar la palabra “reforma” era tabú. Congar estuvo a punto de ser condenado por usarla. La nueva palabra aggiornamento de Juan XXIII obviaba esta dificultad. En el paso del borrador 2 al 3 de la SC, se sustituyó sistemáticamente la palabra “reforma” por “instauración”. Sin embargo la reforma de la liturgia será una de las realidades más significativas del Vaticano II. (Este breve análisis está tomado de G. Alberigo, (ed.), Historia del Concilio Vaticano II, Sígueme, Salamanca 1999, p.73-77).


Prolegómenos: El movimiento litúrgico

Como veremos, la constitución conciliar fue preparada por todo un siglo de movimiento litúrgico en la Iglesia católica, que fue preparando el terreno para las reformas. Este movimiento litúrgico comienza en los monasterios hacia la mitad del siglo XIX, a partir de D. Guéranguer en Francia, y de Hirscher en Alemania. Ambos pueden considerarse precursores del Vaticano II. Hirscher ya pedía la comunión bajo las dos especies, y la liturgia en la lengua vernácula. Pero no es sólo en estos aspectos externos de reforma, sino en la profundización en los presupuestos bíblicos, patrísticos e históricos de la liturgia, donde el movimiento preparó la gran reforma de la Iglesia.

Los tres países impulsores de este movimiento fueron Francia, Bélgica y Alemania. El movimiento litúrgico llevó a una restauración monástica, que contagió primero a algunos ambientes de élite más monastizantes, y finalmente al ambiente parroquial. Recordamos los monasterios de Solesmes en Francia, Beuron y su filial Maria Laach en Alemania, Maredsous y Mont César en Bélgica, Montserrat y Silos en España.

Un hito significativo de este movimiento fue el motu proprio de san Pío X Fra le sollicitudini de 22 de noviembre de 1905. Habla el Papa por primera vez de la participación activa.[i] Este motu proprio va a tratar sobre todo de la reforma de la música sacra, que estaba en una situación muy decadente y de la renovación del canto gregoriano. No se debe cantar y rezar durante la Misa, se debe cantar y rezar la Misa

San Pío X reformó la práctica de la comunión frecuente en la Iglesia, en el decreto  Sacra tridentina del 1905, dando un paso hacia el Vaticano II que recomienda la participación más perfecta en Misa que consiste en que los fieles reciban el Cuerpo de Cristo (SC 55). En el decreto Quam singulari de 1910 fija una edad más temprana para la primera comunión de los niños. Un año más tarde en la bula Divino afflatu reforma el calendario y el breviario, de modo que resalten más los tiempos litúrgicos, que estaban muy oscurecidos por las múltiples fiestas de los santos. Se adelanta la reforma del Vaticano II primando los tiempos litúrgicos y el domingo (SC 106 y 108).

Tras Pío X este impulso va a ser recogido en dos importantes abadías. En Bélgica surge en la abadía de Mont César la figura de dom Beauduin, que había sido anteriormente sacerdote secular y trabajó en el mundo obrero. Mediante la revista Questions liturgiques y los congresos de Lovaina, dotó al movimiento litúrgico de una organización. Mientras tanto, en torno a Maria Laach se fomentó el conocimiento teológico e histórico de la liturgia, con las grande  figuras de Odo Casel y Guardini.

De Pío XII queremos recordar sus importantes reformas litúrgicas: la vigilia Pascual en 1951; la mitigación del ayuno eucarístico en 1953, con la introducción de las misas vespertinas; la revisión de las rúbricas del Misal y el Breviario que simplificaban las múltiples conmemoraciones de octavas; la nueva celebración de la Semana Santa en 1955.

Sobre todo, destaca en el pontificado de Pío XII una gran encíclica sobre la liturgia, la Mediator Dei de 1947. Recoge toda la elaboración positiva anterior en la línea teológica, pero se muestra reticente respecto a iniciativas concretas de reforma o de un excesivo liturgicismo. SE urge a que los cristianos vivan la vida litúrgica. La encíclica quiere hacer de la regeneración litúrgica el motor de la regeneración cristiana

 

Historia de la Sacrosanctum Concilium

 

1.- Etapa preconciliar

El 5 de junio de 1960, día de Pentecostés, comienza la fase preparatoria del concilio Se establece la comisión litúrgica que comenzará a reunirse a partir del 12 de noviembre para trabajar en un esquema de constitución. El presidente era el cardenal G. Cicognani, y el secretario Bugnini. Se comenzó tratando el tema en 13 subcomisiones durante cuatro meses intensos, de noviembre de 1960 a abril de 1961.

Para agosto de 1961 se ha redactado ya el primer borrador con 8 capítulos. Este texto pasaría todavía por dos redacciones más, en las que apenas hubo transformaciones sustanciales. El proyecto del esquema de la comisión litúrgica fue firmado por el cardenal Cicognani el 1 de febrero de 1962. Cuatro días después falleció Cicognani y fue sustituido como presidente de la co­misión litúrgica por el cardenal A. Larraona, español.

Durante todo este proceso la comisión tuvo que vencer grandes resistencias por parte de quienes se oponían a la introducción de la lengua vernácula, la comunión bajo las dos especies y la concelebración. Cicognani sufrió presiones por parte de quienes le acusaban de ser un viejo manipulado por un secretario joven y progresista como Bugnini. Cicognani sufrió antes de atreverse a firmar, y algunos piensan que este stress fue causa de su muerte cuatro días después. El nuevo presidente, Larraona, era más hostil al documento que se acababa de firmar.

De ahí el esquema pasó a la comisión central del Concilio, que lo examinó en su quinta sesión de marzo-abril de 1962. Los ocho capítulos iniciales fueron reducidos a siete al final, cuando el capítulo número 6 sobre “ornamentos sagrados” fue refundido posteriormente con el capítulo 8 sobre arte sagrado, para formar un capítulo único, el 7, sobre Arte y objetos sagrados. Los demás capítulos quedaron íntegros y en el mismo orden original. El documento sufrió varias enmiendas que restringían algunos de los puntos del esquema, tales como el poder de las autoridades eclesiásticas territoriales,  la concelebración y la comunión bajo las dos especies.

En julio de 1962 fueron enviados a los obispos los 7 primeros esquemas, el quinto de ellos era el de liturgia, que es el único que mereció la aprobación general de todos los sectores. 

2.- Etapa conciliar

El concilio se inauguró el 11 de octubre de ese año. Ya en su cuarta congregación se inició el debate sobre el esquema de liturgia. El debate se prolongó durante quince congregaciones. Hubo 328 in­tervenciones orales y 350 escritas.

Proemio y primer capítulo: cinco congregaciones, 4 a 8.

2º capítulo: Eucaristía: cuatro congregaciones, 9 a 12,

3er capítulo: Sacramentos, una y media, 13 y parte de la 14;

4º capítulo: Oficio divino, dos y media:  parte de la 14, 15 y 16 (debate muy movido)

5º, 6º, y 7º capítulos: resto de la constitución: tres congregaciones: 17-19.

El 14 de noviembre de 1962 se votaron los principios básicos del esquema, y el procedimiento para la revisión de las enmiendas propuestas en el aula. Ambos puntos fueron aprobados en una única votación por 2.162 de los 2,215 padres presentes (46 votos en contra). El esquema pasó a la Comisión litúrgica dividida en trece subcomisiones. En los últimos días de noviembre y primeros de diciembre se votaron las enmiendas al proemio y al capítulo primero.  El 7 de diciembre la última congregación de la primera sesión, se aprobó el proemio y el capítulo I ya enmendados. Hubo 11 non placet, y 180 placet iuxta modum. Se aplazó hasta la segunda sesión conciliar la votación sobre el resto del esquema.

Al principio de la segunda sesión conciliar, ya bajo el pontificado de Pablo VI, el 8 de octubre de 1963, se empezaron a votar las enmiendas a los otros seis capítulos. Y después se pasó a votar los “modos” de aquellos que habían votado “placet iuxta modum” a cada una de las enmiendas. El voto global a todo el esquema tuvo lugar el 22 de noviembre, y fue definitivamente aprobado en la sesión solemne con asistencia del Papa el día 4 de diciembre. Tuvo sólo 4 votos en contra.

Fue muy significativo el cambio litúrgico que se experimentó en el propio concilio. En la ceremonia inicial, sólo cantó la impresionante schola polifónica del maestro Bertolucci, y los padres guar­daron silencio Fue una ceremonia barroca y larguísima, un retazo de piezas sueltas no integradas en la Eucaristía. En cambio en la Eucaristía de la clausura se cantó la Misa gregoriana ‘De Angelis’, la más sencilla y la más conocida, que fue entonada por toda la asamblea.

A partir de la quinta sesión empezó a entronizarse solemnemente el libro del Evangelio llevado en procesión. Las Congregaciones empezaban con la celebración de la Eucaristía, que fue siendo celebrada en todos los distintos ritos orientales a lo largo de las diversas sesiones. 

3.- Etapa postconciliar 

El 25 de enero del 1964 Pablo VI firma el motu proprio Sacram Liturgiam que ponía en vigor algunos de los aspectos de la reforma. A este efecto creó el Consilium ad exsequendam  constitutionem de sacra Liturgia, que funcionó durante los próximos cinco años, hasta el 8 de mayo de 1969, en que el Papa sustituyó este organismo por la Sagrada Congregación para el culto divino. En este primer motu proprio se instituía ya la homilía, la enseñanza en los seminarios, el matrimonio y la confirmación dentro de la Misa. En el breviario se omitía la Prima, y se daba la opción entre una de las otras tres Horas menores.

La primera instrucción “Inter Oecumenici” de 26 de septiembre de 1964 ade­lantaba algunas reformas fáciles: evitar los duplicados, recitación por todos del Padrenuestro, nueva fórmula para la comunión y el Amén, supresión del último evangelio y las preces, lectura cara al pueblo por parte de lectores, lengua vernácula en las lecturas, oraciones y cantos, prohibición de acepción de personas, la oración “secreta” en alta voz, el embolismo en alta voz, introducción de la oración de los fieles. Misas de cara al pueblo, construcción de altares separados de la pared. En 1965 aparecen los ritos de comunión bajo las dos especies y la concelebración.

En 1967 se publica la segunda instrucción “Tres abhinc annos”: Leccionario ferial, reducción de las oraciones en la Misa, simplificación de cruces, besos y genuflexiones, silencio después de la comunión, se permite el canon en lengua vulgar. Publicación de la Eucharisticum Mysterium, y la Misa normativa del primer Sínodo de obispos.

En 1968 se publican los tres cánones nuevos y los nuevos prefacios.

En 1969 se anticipa la Nueva Institución del Misal Romano y el leccionario dominical. También la Fidei Custos sobre ministros extraordinarios de la comunión, y la Actio Pastoralis sobre Misas para grupos particulares, la Memoriale Domini sobre el modo de administrar la comunión.

A partir de aquí el Consilium pasa a constituirse como Sagrada Congregación para el Culto Divino, que publica la tercera instrucción: Liturgicae instaurationes de 5 de noviembre de 1970.

En 1970 sale la edición típica del Misal Romano. También este año se publica la Ordenación general de la Liturgia de las Horas. Sacramentali Communione amplia la comunión bajo las dos especies.

En 1971, la constitución apostólica Divinae consortium naturae sobre el sacramento de la confirmación.

En 1972 se publica la declaración In celebratione sobre la concelebración eucarística, y el motu proprio Ministeria quaedam reformando la tonsura y órdenes menores  e instituyendo lo ministerios laicales. También la Sacram Unctionem infirmorum, sobre la unción de los enfermos.

Durante todo este tiempo empiezan a publicarse los nuevos rituales del pontifical romano para las órdenes sagradas (1968), matrimonio, bautismo de niños, exequias, leccionarios (1969), profesiòn religiosa, consagración de vírgenes, bendición de abades, bendición de los óleos (1970),  Liturgia de las Horas y confirmación (1971), iniciación de adultos, institución de ministros laicos y unción de los enfermos (1972), culto eucarístico fuera de la Misa y penitencia (1973).

El 5 de julio de 1975 Pablo VI suprimió las dos sagradas congregaciones del culto divino y de los sacramentos, y las fundió en una nueva sagrada congregación “Para los sacramentos y el culto divino”.

 

 

Características de la constitución

 

Era el esquema mejor preparado. Es fruto de más de medio siglo de movimiento litúrgico y de la existencia de peritos muy bien preparados y coordinados. Sobresale la acción del primer secretario de la Comisión litúrgica preparatoria, el P. Bugnini, que fue objeto de las iras de los conservadores, y tuvo que retirarse de la Comisión litúrgica que siguió trabajando durante el concilio.

Fue el único de los siete primeros proyectos aceptado por la Comisión preparatoria

•Tiene el máximo estatus de los documentos conciliares: “Constitución”.

Fue el primer esquema tratado en el aula.

•Fue también el primer documento aprobado.

Carece de título propio. Esto es algo muy significativo. Recuerda que fue el primero en ser discutido y el primero en ser aprobado, el documento frontera entre una etapa del concilio y otra.

Es paradigma de la renovación eclesial. En un concilio que se definió a sí mismo como no dogmático, sino pastoral, la renovación litúrgica es síntoma y fuente de la vida eclesial.

Se propuso promover la reforma, y no sólo darle luz verde. Para ello propuso un plan total de reforma que incluía principios doctrinales y orientaciones pastorales.

Es símbolo de la vida de la Iglesia. La liturgia no puede dejar de influir y ser influida por la real situación de fe de la comunidad cristiana. A lo largo de la historia, la liturgia ha sido el reflejo de la eclesiología y de la espiritualidad contemporánea. Hay una causalidad mutua. El espíritu de la época conforma la liturgia, pero ésta no deja de conformar también el espíritu de la época. Dime cómo celebras y te diré quién eres. La liturgia no es un mero síntoma, sino que es también factor. El número 2 de la SC precisamente va a decir que en la Liturgia se manifiesta y expresa la verdadera naturaleza de la Iglesia.

Influyó mucho en la marcha del concilio. El hecho de que cosas que se consideraban sagradas e inmutables fueran cambiadas de una forma tan radical, abrió el horizonte para emprender reformas aún mayores. De discutir “de liturgia reformanda”, se pasó a la posibilidad de tratar “de Ecclesia reformanda”, lo que H. Denis llama “el milagro eclesiológico del Vaticano II”.

En algunos puntos fue pronto desbordada por la realidad de la reforma. Este es el caso del uso de la lengua vulgar que la SC todavía considera como la excepción a la regla, y que muy pronto se estableció como la lengua de la casi totalidad de las celebraciones (SC 36; 54).

En otros puntos, en cambio, la recepción del concilio no desarrolló planteamientos ambiciosos de la constitución. Es el caso de la inculturación de la Liturgia y su adaptación a la mentalidad y tradiciones de los pueblos, el tenor de la constitución hacía esperar un mayor grado de pluralismo en las adaptaciones (SC 39).

 

Importancia de la constitución

La SC no da el primer puesto a la especulación. Más que una reflexión teológica sobre la acción litúrgica, considera que la acción misma es ya teología.

Es anterior a otros documentos importantísimos, que fueron fruto de la deliberación conciliar, como ella Lumen Gentium. En este sentido preparó a los padres conciliares para que abordasen estos otros importantes esquemas conciliares desde una perspectiva mejor.

En cambio la constitución no se vio ella misma enriquecida por los desarrollos posteriores del concilio. Como primer fruto, no fue aún un fruto plenamente maduro, porque aún no habían madurado del todo grandes intuiciones teológicas que fueron resultado de las aportaciones en el aula conciliar a lo largo de las diversas sesiones.[ii]

La Lumen Gentium y la Presbyterorum Ordinis son un gran paso adelante en esta evolución teológica. La eclesiología de la LG (LG 9-11) insiste en la triple misión bautismal de los fieles y en su sacerdocio. Estos temas no estaban aún plenamente maduros cuando se redactó la SC 14 que trataba de ellos sólo tímidamente.

El fundamento de esta renovación conciliar es el sacerdocio bautismal. Aunque este sacerdocio no aparezca explícito todavía en la SC, ya existe en ella la conciencia de que la liturgia es celebración “del pueblo santo reunido y organizado”; se insiste en la participación consciente, activa y fructuosa (SC 11) o “plena, consciente y activa” (SC 14), en el derecho y deber del pueblo cristiano (SC 14), en la ofrenda del sacrificio espiritual de nosotros mismos (SC 12). En esta línea dice el concilio: “Aprendan los fieles a ofrecerse a sí mismos, no sólo por manos del sacerdote, sino igualmente por su unión con él” (SC 48).

Por tanto está ya insinuado el sacerdocio de los bautizados, aunque no se llegue a explicitar. La SC se limita a citar 1 P 2,9, “el sacerdocio real, nación santa... ”, pero sin tematizarlo. El inciso del 14 “en virtud del bautismo” es muy significativo en este sentido.

La SC ha sido criticada a posteriori, porque según dicen algunos, la reforma se quedó corta, nació con retraso, no integró los desafíos de la secularidad que habrían de madurar después en la Gaudium et Spes. Desde el punto de vista técnico se le censura el haber escogido como modelo la liturgia basilical romana de los siglos IV al VI, renunciando a riquezas de otras épocas y latitudes de la Iglesia. Se dice que estuvo demasiado marcada por la cultura occidental literaria y burguesa del siglo XX.[iii]

Se ha censurado el hecho de que la constitución, más que una verdadera constitución doctrinal, parezca un decreto práctico de reforma. Es verdad que en la constitución priman los aspectos prácticos de la reforma, pero las afirmaciones doctrinales, sin ser muy abundantes, son la base sólida para una teología de la liturgia renovada, con nuevos acentos y perspectivas. Las carencias doctrinales fueron pronto suplidas por los otros documentos del concilio, y por los grandes documentos de Pablo VI Mysterium fidei (1964) y Eucharisticum Mysterium (1967).

Aunque las afirmaciones doctrinales de la constitución no son muy abundantes, son más que suficientes para constituir una base sólida de la liturgia como actio Christi y actio Ecclesiae. El artículo 2 sobre la genuina naturaleza de la Iglesia contiene nuclearmente toda la LG. El contenido de la SC es homogéneo con el conjunto del concilio.[iv]

 

 

Bibliografía sobre la Sacrosanctum Concilium

“Bibliografía española acerca de la Constitución ‘De Sacra Liturgia’”, Phase 4 (1964) 428-433.

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AA.VV., La Maison Dieu, 77 (1963).

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NOTAS
 


[i] Fra le sollicitudini, art. 14.

[ii] Cf. artículo de J.-P. Jossua, “La constitución ‘Sacrosanctum Concilium’ en el conjunto de la obra conciliar”, en AA.VV., La liturgia después del Vaticano II, Taurus, Madrid 1969.

[iii] Ver I. Oñatibia, “Dieciséis años de intensa evolución litúrgica”, Phase 17 (1977) 189-217.

[iv] Cf. P. Tena, “Aspectos teológicos de la reforma litúrgica”, en AA.VV:, La reforma litúrgica, Grafite, Bilbao 2001