De la segunda operación de la mente.
Capítulo I
De la naturaleza del juicio y de su signo.
Artículo I
De
la naturaleza del
juicio.
69. Nexo. Los
conceptos humanos y sus signos, de los cuales hemos tratado hasta ahora, se
ordenan a la perfecta operación de nuestro entendimiento, al juicio y a su
signo, la proposición. Por tanto, después que hemos tratado de ello, queda
ahora el que tratemos ordenadamente de la naturaleza del juicio y de la
proposición, de las divisiones y relaciones de los mismos.
70. Noción
de juicio. 1) Nominal: el juicio procede del verbo juzgar, pues así como un
juez da su sentencia en el juicio, así también nuestra mente da su sentencia
cuando juzga. Esto se nos muestra al instante por experiencia interna y por
reflexión. cuando ejercemos aquella propia actividad; pues comparando dos
conceptos, a veces no vemos ninguna conveniencia entre ellos; en cambio, muchas
veces vemos su identidad o diversidad, y entonces afirmamos o negamos de un modo
categórico una cosa de otra, v.g., después de la comparación de hombre y
mortal, y después de ver la conveniencia de sus conceptos, emitimos el juicio:
el hombre es mortal.
2) Ahora bien, la definición real de juicio puede darse así: es un acto de la mente por el cual, o bien unimos mediante nuestra
afirmación dos ideas que se nos han ofrecido, o bien las separamos mediante
nuestra negación; o también esta definición: asentimiento de la mente a una identidad, o a una diversidad objetiva de
dos ideas una vez conocidas.
De ahí que la operación de esta índole se llama también: unión
y división, por que es el acto que une y divide dos conceptos objetivos, no
mediante la ' simple yuxtaposición o separación de ellos, como sucede en la
síntesis y el análisis, sino por un nuevo acto de afirmación y de negación;
de donde se llama también afirmación y
negación, las cuales están patentes. Finalmente, adhesión
o asentimiento de la mente. por el que la mente, como que se adhiere y se
une íntimamente con la verdad pensada.
71. Génesis
del juicio. El juicio, formalmente consiste en aquella adhesión o
asentimiento, por el que afirma la identidad o diversidad de aquellos conceptos;
se distingue por tanto, según la sentencia más común, de la perspiciencia o
conocimiento de identidad. Sin embargo, aquel acto, al no proceder de la mente
de una manera ciega, es separado por la perspiciencia a través de un proceso
demasiado largo. Este proceso parece constar de estos pasos: 1)
de la visión confusa del objeto; 2)
del análisis de las distintas notas encerradas en el objeto mismo; 3) de la comparación de alguna nota con el objeto o de algunas
notas entre sí; 4) de la síntesis o
visión de identidad en cierto modo evidente de las notas con el objeto o entre
sí; y 5) finalmente, del asentimiento o
sentencia, por la cual se mantiene, se ratifica y se confirma aquella
conveniencia de notas, bien entre sí, bien con el sujeto. Si se da el cuarto
caso con evidencia, el asentimiento se sigue de un modo necesario; si en cambio,
no se da la evidencia en alguna forma, oscurecida por las dificultades, puede
ser libre el asentimiento, bajo el influjo de la voluntad. Mucho más si no hay
evidencia, como acontece en la opinión.
72. Objeto
del juicio. De donde está claro que el objeto
remoto o material son dos conceptos objetivos o notas que se representan por
medio del sujeto y del predicado, y cuya identidad se afirma; no conceptos
subjetivos, como quieren los idealistas de toda índole.
El objeto próximo o formal
es la identidad o discrepancia misma entre los conceptos objetivos; y
ciertamente, de suyo, la identidad extrínseca, esto es, "de facto"
(de hecho), y accidentalmente la identidad intrínseca o "de iure" (de
derecho), a saber, cuando el juicio equivale a la definición.
Consiguientemente,
se ha de entender correctamente lo que Santo Tomás enseña cuando dice que se
ha de atribuir a la aprehensión como objeto la "quiddidad" de la
cosa; en cambio, se ha de atribuir al juicio el "ser" de la misma.
Esto no debe entenderse acerca de la existencia de la cosa en oposición a la
esencia; sino que cuando dice que "algo es", debe entenderse que “algo
se comporta así”, esto es, "la disposición misma de la cosa", la
cual equivale al juicio categórico que enuncia que alguna nota (el predicado)
conviene a alguna cosa (el sujeto). Esta relación, no necesariamente es real
actual, sino también de la esencia meramente posible. O lo que es lo mismo: es
un comportamiento de esencias.
73. De
otras definiciones del
juicio:
Aristóteles:
"Reunión o síntesis de conceptos inteligibles que existen como una sola
cosa (como si fueran una sola cosa)". Esta unidad de
conceptos debe entenderse acerca del comportamiento de los conceptos objetivos
entre sí, no de una simple unidad de muchos conceptos, que también se
encuentra en el concepto complejo.
Se ve claramente que esta
definición de Aristóteles es una definición esencial. La definición
accidental, él mismo la expresa mediante la propiedad con las siguientes
palabras: "Aquella operación de la
mente, mediante la cual puede hallarse la verdad o la falsedad. Únicamente
esta operación puede ser propia del juicio.
Santo Tomás: “El
juicio es la operación del
entendimiento según la cual reúne y separa, afirmando y negando”.
Muchas veces, los modernos, aunque traten de investigar mucho, tanto en
la naturaleza psicológica como en la naturaleza lógica del juicio, y muestren
muchos elementos útiles, sin embargo, dan una definición viciosa del juicio,
conforme con sus opiniones. Pues muchos, al estar imbuidos completamente de las
doctrinas idealísticas, dicen que el juicio no es otra cosa que la unión de
ideas meramente subjetivas, que debe realizarse según unas ciertas reglas.
Según Kant, el juicio científico, que solamente debe admitirse como tal,
procede del entendimiento subjetivamente, y de un modo inconsciente, y el
entendimiento une y pone los fenómenos dados a través de la sensibilidad bajo
las formas apriorísticas, a las cuales llama categorías.
Otros, en cambio, enseñan que consiste el juicio en una simple
asociación de dos ideas, como Zehen. Cuán falso es esto, aparece claramente
por el hecho de que muchísimas veces se encuentran asociadas dos ideas, y vemos
que esas dos ideas no convienen entre sí, y no las queremos unir como conformes
entre sí.
La tendencia carlesiana, que siguen muchos, como Wundt, Rickert,
Windelband, ponen la esencia del juicio en el acto de la voluntad. o en algún
sentimiento o modificación subjetiva ciega, como Hume, Hamílton, Baín.
Brentano pone la esencia del juicio en la aprehensión de la cosa como
existente, por tanto, en el conocimiento de una idea.
Otros, como Geyser, ponen el juicio en la conciencia de la verdad, que
se da en la referencia de una idea a otra. Esto, más que un juicio, parece una
consecuencia del juicio.
Wundt y otros pocos parece que hablan de tal modo que la esencia del
juicio sea resolución o análisis de una idea, las cual puede deslindarse, a
fuer de compleja, en muchas notas. Ahora bien, esto es un paso necesario, como
condición en todo juicio, pero no es el juicio mismo.
En cuanto a la estructura
lógica del juicio, hay una gran discusión
entre los modernos sobre si en el juicio, el sujeto se pone bajo la extensión
de un predicado, esto es, si se afirma como sujeto algo de lo que está
contenido en el predicado, o si por el contrario, se dice que en el sujeto se
encuentra la comprensión del predicado, esto es, si el sujeto tiene en sí
aquellas notas que son representadas por el predicado. Ambas cosas son
verdaderas, pero juzgamos que debe afirmarse, partiendo de nuestra misma
experiencia interna, que al emitir un juicio, en primer lugar, nosotros
predicamos la comprensión acerca del sujeto; y en segundo lugar, que el sujeto
se encuentra entre los inferiores que están por debajo del predicado, o que
están sometidos al predicado.
Artículo II
Del signo del juicio. esto
es, de la proposición.
75. Así como el término oral es el signo
externo del concepto, así la
proposición es el signo externo del juicio; sin embargo, no cualquier
proposición, sino solamente la enunciativa, que es la oración perfecta, la
cual afirma o niega algo acerca de alguien.
Me explico: la oración es
en general un conjunto ordenado de vocablos para significar algo, bien sea a
manera de afirmación, bien no, como indica Aristóteles; y entonces se tiene, o
bien una oración imperfecta, que solamente tiene algún sentido incompleto, v.g.,
varón honesto, ver la casa, etc., o una oración perfecta, que tiene un sentido
cabal, v.g., aquel Varón es honesto.
Se dan muchos tipos de oración perfecta:
a) Oración optativa, que indica un deseo, v.g., que seas feliz.
b) Imperativa: indica un mandato, v.g., haz esto. Semejante a ésta es la
deprecativa y la exhortativa..
c) Interrogativa: indica la voluntad de oír la verdad, v.g., Señor, ¿qué quieres que
haga?
Admirativa: indica admiración, v.g., ¡Qué hermosa eres, Maria! Se dan además
modificaciones y uniones de estas proposiciones entre si.
Todas estas oraciones indican alguna moción del alma, no propiamente
un juicio, o si también significan juicio, como, v.g., la admirativa, lo
indican accidentalmente.
La única proposición que propia y exclusivamente indica un juicio es
la enunciativa, que afirma o niega algo de alguien.
76. Elementos
de la proposición enunciativa. Tres son los elementos de los que consta la
proposición, as como el juicio: el sujeto, el predicado y la cópula o nexo.
Materia es el sujeto, esto es, aquello de lo que se enuncia algo, y el
predicado, esto es, aquello que se enuncia de alguien.
76. Forma en cambio de la proposición es el
nexo, esto es, la palabra que afirma o que niega, y se expresa mediante el verbo
copulativo "ser" en modo indicativo y en tiempo presente.
Vamos a explicar dato por
dato: a) el verbo "ser" puede tomarse participialmente y
substancialmente. Participialmente tomado
significa lo mismo que "existir", v.g., "Dios e? es lo mismo que
decir "Dios existe". Substancialmente tomado no significa sino la
relación o comportamiento de identidad o conveniencia que el sujeto tiene
respecto al predicado, a saber, una simple afirmación, aunque se funde en el
ser de la cosa.
b) El modo indicativo se requiere; en otro caso no sería una oración meramente indicativa,
sino bien optativa, bien imperativa, etc.
c) Decimos que debe ser en tiempo presente porque únicamente este tiempo constituye el nexo;
el tiempo pasado o futuro indica alguna relación de tiempo, esto es, alguna
prioridad, la cual no pertenece al nexo, sino al predicado. Así pues, en las
proposiciones en las que mediante el verbo se expresa aquella relación de
tiempo, para que la proposición se reduzca a verdadera estructura lógica, la
relación de tiempo no debe separarse del nexo mismo así pues, v.g., la
proposición siguiente: "todos los hombres justos serán felices",
deberá resolverse del siguiente modo: "los hombres justos son futuros
hombres felices?.
77. Estos tres elementos se dan por lo menos
implícitamente en toda proposición perfecta. Puede darse oración perfecta
contenida en un sólo vocablo, v.g., duerme; o en dos vocablos, v.g., Pedro
corre. Pues estas proposiciones pueden cambiarse de tal modo que aparezcan de
forma expresa los tres elementos, v.g., yo soy durmiente, Pedro es corredor. Mas
aún, en las proposiciones que se llaman impersonales, pueden explicarse
correctamente todos estos elementos de una o de otra forma, v.g., llueve, el
agua cae del cielo a la tierra, o la lluvia está aquí y ahora. Esto,
ciertamente, debe afirmarse del nexo mismo; pues, o está implícito en algún
signo, como ocurre muchas veces en el lenguaje de los niños, o en alguna
palabra que expresa pasión, actividad, etc.'; pues si de ningún modo estuviese
presente el nexo, tampoco se daría proposición alguna.
De la división del juicio y de la proposición
enunciativa
78. Nexo. Son muchísimas las divisiones que pueden darse, tanto acerca de los
juicios como acerca de las proposiciones. Ahora bien, muchas de estas
divisiones, por razón del fundamento por el que se realizan, más bien
pertenecen a la Critica que a la Lógica. Y por tanto, se tratará en la
Crítica con más extensión acerca de éstas; aquí nos vamos a contentar con
indicarlas.
Si el fundamento de la
división es la verdad, el juicio, y por tanto su
signo, que es la proposición, puede ser
verdadero o falso.
Sí el fundamento es la
certeza, el juicio, y del mismo modo la proposición,
puede ser cierto, incierto o probable.
Si el fundamento es el
origen y el motivo de afirmar, el juicio y la
proposición puede ser mediato e
inmediato; sintético, esto es, “a
posteriori” y analítico o "a
priori" (anterior a la experiencia), a saber, por el análisis de los
elementos.
Si el fundamento es el nexo
objetivo entre el sujeto y el predicado, el
juicio y la proposición puede ser necesario
o contingente.
Bajo el punto de vista
lógico, las proposiciones y los juicios se
dividen solamente por el fundamento de los elementos y por el diverso modo de
unión y composición de ellos en proposiciones.
Ahora bien, los elementos son: el sujeto, el predicado y el nexo, en
los cuales, según Aristóteles, podemos considerar, o bien la cantidad, o bien
la calidad. o bien la modalidad de la
unión. A estas divisiones pueden añadirse otras, no de Aristóteles, sino
propuestas por sus discípulos, en
categóricas e hipotéticas, en simples y compuestas. Algunas divisiones han
sido añadidas acerca de este tema por los escolásticos.
§ 1. Por razón de la materia.
79. 1) Por razón de la materia "circa quam", o sea, por razón
del comportamiento del predicado respecto al sujeto, se dividen las proposiciones en: a) necesarias,
esto es, en materia necesaria, cuando el predicado se conexiona con el
sujeto de una manera necesaria, v.g., el hombre es mortal; b) imposible,
esto es, en materia imposible, si el predicado repugna al sujeto, v.g., el
círculo cuadrado; c) posible (contingente), esto es, en materia posible (contingente),
si el predicado no conviene actualmente, pero puede convenir al sujeto, o le
conviene. de tal modo que puede no convenirle, v.g., el hombre es sabio.
Reglas acerca de la verdad
de estas proposiciones: Las proposiciones
afirmativas en materia necesaria son verdaderas; las negativas son falsas; por
el contrario, las proposiciones afirmativas en materia imposible son falsas, las
negativas son verdaderas.
Las proposiciones afirmativas en materia contingente, si son
universales, muchas veces son falsas; en cambio, si son particulares, son
verdaderas.
2) Por razón de la materia "ex qua', esto es, por los términos de la proposición, se dividen las proposiciones en: a) Proposiciones del tercer término añadido, si constan de sujeto, verbo y predicado, v.g., Dios es justo; b) proposiciones del segundo término añadido, si constan de sujeto y verbo, y en éste está contenido implícitamente el nexo y el predicado, v.g., yo deseo; c) proposiciones del primer término añadido, si constan explícitamente solamente de verbo, v.g., escribo, leo. La tercera persona en la lengua latina siempre se pone explícitamente, v.g., "ille dormit"
Por razón de la materia |
"Circa quam" |
Necesaria |
Posible |
||
Imposible |
||
"Ex qua" |
Del primer término adyacente |
|
Del segundo término adyacente |
||
Del tercer término adyacente |
§ 2. De la división de la
proposición por razón de la forma,
esto es, de la cualidad.
80. La
forma en la proposición es el nexo, que puede ser afirmativo y negativo;
esta afirmación y negación es llamada por los lógicos cualidad esencial. La cualidad accidental es llamada por los
lógicos la verdad o falsedad de la proposición, que propiamente no pertenece a
la Lógica, sino a la Crítica.
De aquí que las proposiciones
se dividen en afirmativas y negativas.
Proposición afirmativa es aquella cuyo nexo está encerrado de modo explícito e implícito en
el verbo “es”.
Proposición negativa es aquella cuyo nexo consta del conjunto “no es”. El adverbio “no”
debe afectar al nexo; en otro caso, la proposición es afirmativa, v.g., Dios es
no mortal. En las proposiciones compuestas se ha de atender a la cópula de la
proposición principal. Ahora bien, esta proposición negativa, parece que debe
admitirse como algún signo distinto de algún juicio completamente peculiar en
contra de algunos lógicos modernos, v.g., Wundt, Erdmann, los cuales dicen que
no hay sino una única forma afirmativa; de tal modo que la negativa no es sino
un mero rechazo, de la forma positiva, la cual puede reducirse a la forma
positiva. Esto parece falso, tanto si se reflexiona sobre los ejemplos mismos de
estos autores, como sobre todo, si atendemos a nuestra propia experiencia, en la
cual con toda evidencia aparece que afirmar la identidad de dos ideas es
completamente distinto a enunciar la diversidad de aquellas.
81. Reglas
que se deben tener acerca del
predicado en estas proposiciones. De doble manera puede considerarse el
comportamiento del sujeto respecto al predicado en estas proposiciones: o bien
según la extensión, a saber, en cuanto el sujeto es uno de los elementos
contenidos en el predicado, o bien según la comprehensión, que es lo más
corriente, a saber, el predicado es una de las notas contenidas en el sujeto. De
donde es menester tener en cuenta lo siguiente: 1)
En cuanto a la extensión: en la proposición afirmativa el predicado "per
se" es término particular, v.g., el hombre es animal . a saber, es algún
animal. Pues en esta proposición solamente se indica que el sujeto (hombre), es
uno sólo, no todas las cosas que están contenidas bajo el predicado (animal).
Se dice "per se" porque "per accidens", esto es, por razón
de la materia en las definiciones esenciales o en las definiciones a base, de
las propiedades y en las singulares, el sujeto y el predicado se ponen con la
misma extensión, v.g., el hombre es animal racional, a saber, el hombre es todo
animal racional.
En la proposición
negativa, por el contrario, el predicado es el término
universal, v.g., el hombre no es ángel, a saber, ningún ángel, esto es, el
sujeto queda apartado del predicado según toda su extensión.
2) En cuanto a la
comprehensión: en la proposición afirmativa, el
predicado se atribuye al sujeto según todas sus notas. De ahí que la
proposición no es verdadera si alguna nota del predicado no conviene al sujeto.
En cambio, en la proposición negativa, no
todas las notas del predicado se niegan al sujeto tomadas distributivamente,
pero ciertamente, se niegan tomadas en su conjunto, v.g., el hombre no es una
planta; donde no se niega que el hombre sea substancia, viviente, etc., sino
solamente se niega que el hombre carezca de sensación y de intelección. La
proposición negativa afirma menos que la afirmativa, y la particular menos que
la universal, y por tanto, son llamadas por los lógicos la peor parte.
§ 3. De la división de la proposición por razón de la cantidad.
82. La
cantidad de la proposición depende de la cantidad del sujeto; y puesto que
el sujeto puede ser universal, particular y singular, por ello se dan tres
divisiones de las proposiciones según la cantidad; algunas veces no se
determina la cantidad y se llama indefinida.
Proposición universal es aquella que tiene un sujeto universal con proposición distributiva,
v.g., todo hombre es mortal.
Proposición particular es aquella cuyo sujeto es particular, v.g., algunos hombres son
americanos.
Proposición singular es aquella cuyo sujeto es singular, o tiene una suposición formal
lógica colectiva, v.g., Pedro fue Romano Pontífice, este ejército consta de
muchos soldados, etc.
La proposición es indefinida si
el sujeto es un término universal de ninguna manera determinado según su
extensión, v.g., el hombre es animal, el hombre ha muerto. Por el contexto
puede determinarse generalmente qué suposición tienen los términos, y
consiguientemente qué extensión tienen las proposiciones.
§ 4. De la división de la proposición por razón de la unidad.
83.
Por razón de la unidad las proposiciones pueden ser simples
o compuestas.
Proposición simple es la mera afirmación y negación de un solo predicado acerca
de un solo sujeto. Tal vez, aparentemente sean muchos nexos no principales que
constituyen uno solo, v.g., un solo sujeto.
Proposición compuesta es aquella que consta de muchas proposiciones en las cuales puede
deslindarse. Y puede ser, bien porque tiene muchos sujetos o muchos predicados,
o muchos sujetos y predicados (compuesta por razón de la materia) o bien porque
tienen un nexo modificado (compuesta por razón de la forma).
Lo que hemos estudiado hasta ahora, vale tanto para la proposición simple como para la proposición compuesta. A partir de este momento trataremos solamente de la compuesta.
84. De las
proposiciones categóricas compuestas por razón de la materia. La proposición
se llama categórica si atribuye o niega absolutamente el predicado al
sujeto; las restantes se llaman hipotéticas. Puede ser abiertamente compuesta u ocultamente compuesta, según
necesite de aclaración o no necesite de ella.
a) Proposiciones
categóricas abiertamente compuestas son:
La copulativa, que une muchos sujetos
y predicados mediante partículas "y", "ni', y semejantes, v.g.,
Pedro y Pablo fueron apóstoles; ni las riquezas ni los honores quitan la muerte
ni el dolor del alma. Puede resolverse mediante escalera descendente copulativa
en tantas simples como son los sujetos del mismo predicado, o los predicados del
mismo o de los mismos sujetos, v.g., Pedro fue apóstol y Pablo fue apóstol.
Se requiere para la verdad de la misma que cada una de las
proposiciones simples sean verdaderas; en cambio, si alguna es falsa, se concede
la verdadera con distinción y la falsa se niega.
La adversativa que une muchos, sujetos o muchos predicados con las partículas
adversativas "pero", "sin embargo", etc., v.g., vosotros
estáis limpios, pero no todos.
Para la verdad se requiere que todas las simples sean verdaderas, pero
para la rectitud o razonable construcción, se requiere que se dé entre las
partes alguna oposición, por lo menos en sentido lato.
La relativa es aquella que conexiona las partes con las partículas relativas
"tal cual". "tanto cuanto", "allí donde", etc.,
v.g., cual es la vida, así es la muerte. Pueden resolverse en tres
proposiciones simples: 1ª: la vida tiene una propiedad, 2ª: la muerte también
tiene alguna propiedad, 3ª: ambas propiedades son la misma. Puede reducirse a
esta misma la proposición descriptiva con las partículas "tan -
que", v.g., cosa tan hermosa, que no puede encontrar otra.
Para la verdad de esta proposición se requiere la verdad de la
relación establecida; de donde es falsa, v.g., tanto vales cuanto tienes.
La causal, que conexiona dos proposiciones con las partículas causales
"porque", "como", "pues". etc. Se afirman tres
cosas en la misma: la verdad de ambas proposiciones y que una es razón de la
otra. También a estas se reduce la proposición consecutiva o estricta, v.g.,
bebe de tal manera que se ha embriagado.
Para la verdad de ésta se requiere que aquellas tres cosas sean
verdaderas.
85. b) Proposiciones ocultamente compuestas son aquellas que necesitan de
alguna exposición, a fin de que su composición, latente a primera vista, quede
manifiesta. Las proposiciones en las cuales se resuelven se llaman exponentes. Y
son:
La proposición exclusiva: es aquella cuyo sujeto o predicado, o ambos,
están afectados por la partícula exclusiva "solamente",
"exclusivamente", etc., v.g.., sólo Dios es eterno; los sacramentos
son solamente siete. La primera se llama de sujeto excluido, la segunda de
predicado excluido.
La exposición de esta proposición afirmativa se realiza mediante la
proposición copulativa que consta de una doble proposición, afirmativa la
primera, negativa la segunda, v.g., Dios es eterno y todas las cosas no son
eternas.
Para la verdad de la proposición exclusiva se requiere la verdad de
todos los exponentes. .
La negación puede darse en ella de tres maneras: o bien afectando a la
misma partícula exclusiva, o bien al nexo, o bien a ambas, como aparece en los
siguientes ejemplos: No sólo Pedro es docto, a saber, Pedro es docto y los
otros además de Pedro son doctos. No sólo Pedro no es docto, a saber, Pedro no
es docto, pero también los otros son indoctos. Sólo Dios no es limitado, a
saber, Dios no es limitado, los otros seres son limitados.
Para la unidad de ésta se ha de considerar cada uno de sus miembros.
La proposición exceptiva es aquella que separa alguna parte de] sujeto de] predicado de la
afirmación general mediante la partícula "a excepción de" y otras
semejantes, v.g., todo excepto Dios es finito. Semejante a ésta es la
proposición inceptiva y la
proposición desitiva, v.g.,
Jesucristo comenzó a predicar tal día, y tal día murió. Todas estas
fácilmente se resuelven en la proposición exclusiva.
La proposición comparativa
es aquella que no sólo afirma o niega el predicado
de] sujeto, sino que además afirma o niega que uno conviene más o menos, o
igualmente, a otro, v.g., el hombre es más excelso que los animales. Contiene
implícitas tres proposiciones: 1ª: el hombre es excelso; 2ª: el animal es
excelso; 3ª: pero el hombre supera a los animales. Estaría mal formada si el
predicado no conviniera a ambos efectos, v.g., el hombre es más astuto que
todas las plantas. Es falsa la proposición comparativa si el grado que se
afirma no-se da lo mismo en la realidad.
La proposición reduplicativa es aquella que indica el aspecto bajo el cual el predicado conviene al sujeto, mediante las partículas "en cuanto", ., como que", "en la medida que", vg., Jesucristo, como que es Dios, es infinito. Puede resolverse en dos proposiciones: Jesucristo es Dios, y bajo este aspecto es infinito.
§ 5. De las proposiciones
categóricas compuestas por razón de la forma
86. Proposición modal es aquella que expresa el
modo por el que el predicado conviene al sujeto. Para ser verdaderamente moda],
el modo debe afectar al mismo nexo. Se diferencia de la proposición simple, no
por razón de la materia, sino por la forma misma. Pues la simple solamente
enuncia que el predicado conviene al sujeto, y se llama absoluta. Por lo menos
las proposiciones modales necesarias, contingentes, imposibles, son propiamente
compuestas de dos enunciados; en cambio, la proposición posible no es sino
una proposición simple compleja, porque no puede resolverse en dos
proposiciones completas distintas.
Se distinguen cuatro modos de afectar al nexo: el modo necesario, el
contingente, el posible y el imposible. Si se encuentran algunos otros pueden
resolverse en estos indicados.
El modo necesario indica que el predicado conviene al sujeto de tal manera que no puede
dejar de convenirle, v.g., el hombre, necesariamente, es risible. Ahora bien, se
da una necesidad absoluta, que no puede fallar bajo ningún aspecto, y se da
otra necesidad. relativa, que puede fallar bajo algún aspecto.
El modo imposible indica que el predicado no puede jamás convenir con el sujeto, v.g.,
es imposible que Dios sea injusto. También se da una imposibilidad absoluta y
una imposibilidad relativa.
El modo posible indica que el predicado puede convenir al sujeto, v.g., es posible que
Pedro sea docto.
El modo contingente indica que el predicado conviene al sujeto de tal modo, que puede no
convenirle, v.g., es contingente que el hombre exista.
Las proposiciones modales pueden expresarse de doble manera: 1) Se
expresa el modo mediante un adverbio que afecta
a la cópula o nexo mismo, v.g., Dios, necesariamente, es justo; 2) el
modo es el nombre que se dice como
predicado de. toda la proposición absoluta, v.g., es necesario que Dios sea
justo. En esta otra fórmula aparece claramente la composición de las
proposiciones modales, a saber, la oración a la que afecta el modo, y se llama lo
expresado, y el modo mismo.
87. La
proposición modal
puede ser: 1) Afirmativa o negativa, según
que se afirme o se niegue el modo acerca de lo dicho.
2) Verdadera o falsa, según que convenga aquel modo o no convenga a lo dicho.
3) De suyo, todas son particulares; sin embargo, en
cuanto al tiempo, las proposiciones acerca de lo necesario o de lo
imposible, son tenidas como universales, pues
siempre tienen valor; en cambio, las proposiciones acerca de lo posible y de lo
contingente son tenidas como
particulares, pues de suyo, no siempre exigen que la cosa sea as.
§ 6. De las proposiciones
hipotéticas.
88. Proposición
hipotética es aquella que no afirma absolutamente nada de ningún sujeto,
sino que indica una relación de dependencia entre dos proposiciones. Se
distinguen las siguientes clases: la
condicional, la disyuntiva, bien propia, bien impropia, y la conjuntiva.
Proposición condicional es aquella que, de las dos proposiciones de las que consta, hace a una
dependiente de la otra por obra de la partícula “si", v.g., si obras
bien, recibirás premio.
Condición, en sentido lógico, es la proposición, puesta la cual, es necesario
que se ponga también la otra.
La parte primera de la proposición condicional afectada por la partícula
"si" se llama condición o
antecedente, y la parte segunda, que se sigue de la primera, se llama condicionado o consiguiente, las cuales son la materia de la
condicional; la forma, en cambio, es
el nexo.
Así pues, donde no se da esta forma o nexo, tampoco se da una
verdadera condicional, aunque se mantenga la estructura externa, v.g., si duerme
el Papa, el turco danza.
La cualidad afirmativa o
negativa de la condicional depende de la afirmación y
negación de] nexo de las partes, no de la cualidad de cada una de las partes.
Del mismo modo, la cualidad accidental (la
verdad o la falsedad) de la condicional, solamente depende de la verdad del
nexo.
Ahora bien, la cualidad negativa
se ejecuta poniendo delante de la condición misma las partículas
"no", “aunque", etc., v.g., no le presentará la suerte a
Simón como hombre embustero si le presenta como hombre desgraciado. Se discute
entre los modernos si esta proposición negativa es verdadera condicional, ya
que se niega precisamente el nexo.
Ahora bien, la dependencia, esto
es, el nexo entre la condición y el condicionado, puede ser lógica
y real. Será lógica si la
condición en realidad da la razón por la que se conoce el condicionado; y
será real si la condicional da la razón de porqué el condicionado de hecho se
da. Esta noción debe ser tenida a la vista sobre todo en la doctrina acerca de
los condicionadamente futuros, v.g., si Pedro es puesto en tales circunstancias,
pecará (pues no pecará necesariamente, sino sólo de hecho, lo cual sólo Dios
lo conoce).
89. Se
citan cuatro modos de proposición condicional: 1) Modo que pone
poniendo. La condición y el condicionado son proposiciones afirmativas, v.g.,
si hay luz, ves.
2) Modo que quita poniendo. La condición es afirmativa y el condicional
negativo, v.g., si eres ciega, no ves.
3) Modo que pone quitando. La condición es negativa y el condicional
afirmativo, v.g., si no hay luz hay tinieblas.
4) Modo que quita quitando.
Ambas son negativas, v.g., si no se convierte,
no se salvará.
Todos estos modos son afirmativos.
90. Proposición
propiamente disyentiva es aquella que conexiona muchos términos o
proposiciones a base de la partícula "o" , y en ella misma las partes
se oponen entre si de tal modo, que si una es verdadera, la otra o las otras son
necesariamente falsas, v.g., Pedro, o se mueve o está quieto.
Para la verdad de esta
proposición se requiere: a) que la disyunción sea
adecuada, a saber, que se enumeren todos los miembros posibles de la
disyunción. De donde no es recta esta proposición: "o está sentado o
paseas", pues se da un tercer término, y un cuarto, etc.; b) que
los miembros sea preferentemente opuestos, de donde no puedan ser al mismo
tiempo verdaderos y al mismo tiempo falsos; de donde es falsa la proposición:
"o Pedro o Juan fue apóstol", pues al mismo tiempo fueron apóstoles.
91. La
proposición impropiamente disyuntiva es aquella que une dos partes por
medio de la partícula “o”, de tal modo que pueda sobreentenderse la
partícula "por lo menos", e intenta significar que por lo menos una
es verdadera, aunque ambas partes puedan ser verdaderas, v.g., o Pedro o Pablo
han muerto en Roma. Significa: por lo menos Pedro ha muerto en Roma, aunque
también Pablo. No tienen oposición propia.
92. proposición
conjuntiva es aquella que niega que las dos enunciaciones sean al mismo
tiempo verdaderas; sin embargo, no excluye que ambas puedan ser al mismo tiempo
falsas, v.g. , el hombre no lee y duerme al mismo tiempo. Por tanto, se
diferencian de las disyuntivas porque éstas no pueden ser al mismo tiempo
verdaderas ni falsas.
Fácilmente se ve que estas proposiciones disyuntivas y conjuntivas
pueden reducirse a las condicionales, v.g., los ejemplos anteriores del
siguiene modo: si el hombre lee, no duerme; si Pedro se mueve, no está
quieto. De qué forma esta reducción pueda y deba llevarse a cabo, aparece
fácilmente al que reflexione con atención.