UNA DEFINICIÓN APROXIMADA DE VOLUNTARIO.

Hay muchas formas y matices para explicar "qué es" un voluntario. Abreviando, te proponemos una "definición" sencilla:

Voluntario es la persona que, por elección propia, dedica una parte de su tiempo a la acción solidaria, altruista, sin recibir remuneración por ello.


Cuatro ideas claves sobre el voluntariado.

¿Qué motivaciones tienen los voluntarios?

Las organizaciones de acción voluntaria.

¿Qué hacen los voluntarios?

¿En qué campos de acción participan los voluntarios?

¿Qué supone ser voluntario?

¿Qué dicen las leyes?


 CUATRO IDEAS CLAVE SOBRE EL VOLUNTARIADO.

 


Conviene que tengas claras cuatro ideas, cuatro conceptos fundamentales en esto del voluntariado:



  • Voluntariedad. El voluntariado, la acción voluntaria, es el resultado de una libre elección, es una opción ética, personal, gratuita, que no espera retribución o recompensa. La palabra exacta no es desinterés, porque la persona voluntaria tiene interés, mucho interés y obtiene satisfacción en sus motivaciones personales.

  • Solidaridad. Altruismo quiere decir amor al otro, es lo contrario de egoísmo. El voluntariado, la acción voluntaria sólo existe cuando repercute en los otros, cuando su interés es colectivo, general, público. El voluntariado es un medio para dar respuesta a necesidades, problemas e intereses sociales, y no un fin en sí mismo para satisfacer a las personas voluntarias. La acción voluntaria supone un compromiso solidario para mejorar la vida colectiva.

  • Acción. El voluntariado no es sólo un valor ético, una actitud, sino una práctica concreta. El voluntariado se hace, es acción. Si se queda tan solo en un vago espíritu de buena persona, de buen ciudadano o ciudadana, acaba siendo algo vacío y sin sentido. Aunque también es cierto que no es posible la pura acción sin "alma", sin valores. Pero lo que cambia el mundo, lo que enfrenta los problemas y las necesidades, es la acción.

  • Organización. El voluntariado, por ser algo muy importante, no se puede tratar como una práctica personal, individual, testimonial, íntima. Porque el objetivo del voluntariado es mejorar la realidad, transformar el mundo, y hacerlo eficazmente. Frente a la improvisación y la espontaneidad, el voluntariado requiere actuar organizadamente, uniendo fuerzas. Por tanto, la acción voluntaria debe de ser una acción organizada, sistemática, sinérgica, que requiere de organización, de asociaciones o fundaciones en las que actuar.


 


¿QUÉ MOTIVACIONES TIENEN LOS VOLUNTARIOS?

 

La persona voluntaria realiza su acción solidaria por dos tipos de motivaciones y razones principales:

  • Por razones ideológicas, éticas y morales, o de carácter religioso, que le llevan a sentir como suyos los problemas y necesidades de otros, a querer hacer algo para mejorar la sociedad, cambiar las cosas, transformar el mundo.

  • Por razones personales, por la necesidad de sentirse socialmente útil, de conocer y vivir nuevas experiencias, formarse y desarrollarse como persona, relacionarse y trabajar con otros,...

Esos dos tipos de motivaciones principales se combinan en cada persona voluntaria en distintas proporciones. La acción voluntaria significa DAR (tiempo, recursos, trabajo, etc.) y también RECIBIR (satisfacción, aprendizajes, experiencia, relaciones humanas, etc.).

Existen personas cuyas motivaciones principales hacia el voluntariado son la búsqueda de prestigio social, o expectativas profesionales de futuro, o el afán de poder e influencia social, u otras de carácter más egoísta. Pero a nosotros nos parece que la acción voluntaria tiene que ver, fundamentalmente, con los dos primeros tipos de motivaciones que hemos mencionado, y, si no es así, nos parece discutible hablar de voluntariado.

En todo caso, una persona voluntaria evitará realizar tareas que deben y pueden ser realizadas por trabajadores profesionales, sirviendo de mano de obra barata u ocultando situaciones de trabajo no declarado.


 

 


LAS ORGANIZACIONES DE ACCIÓN VOLUNTARIA.

 

Las personas voluntarias no actúan por su cuenta, de manera espontánea (a eso le llamamos "buena gente", buenos ciudadanos, personas solidarias y responsables...) sino de forma organizada, sumándose a asociaciones o fundaciones existentes o creando otras nuevas.

Una Organización de Acción Voluntaria, como su nombre indica, es una organización sin ánimo de lucro, más o menos formalizada y estable, cuyos objetivos son la mejora de la sociedad en los más diversos campos, y cuyo trabajo se desarrolla (total o parcialmente) mediante la acción voluntaria de sus miembros.

El voluntariado y las organizaciones de acción voluntaria son parte de la iniciativa social, de los Movimientos Sociales, del Tercer Sector, diferenciándose claramente de la acción de los gobiernos o de las empresas privadas. No obstante, existen administraciones públicas que impulsan proyectos de voluntariado vinculados a sus respectivas políticas sociales, culturales, etc. En nuestra opinión, no deben ser los gobiernos sino los ciudadanos quienes protagonicen y articulen la acción voluntaria, para ello existen (o se pueden impulsar cuando no existan) las ONG, de carácter independiente, no gubernamental. Las administraciones públicas deben y pueden negociar o convenir con ellas proyectos de cooperación conjunta. De otra forma, se incrementan los peligros de manipulación o utilización interesada del voluntariado para objetivos político-partidistas o de carácter privado.


 

 


¿QUÉ HACEN LOS VOLUNTARIOS?

 

Las personas voluntarias realizan, en las asociaciones y fundaciones, todo tipo de tareas, como por ejemplo:

  • Investigación, recogiendo datos y testimonios sobre una determinada situación, un territorio, una comunidad o un sector social, en torno a problemas o necesidades concretas...

  • Información y sensibilización, difundiendo, dando a conocer situaciones, necesidades, problemas, despertando y movilizando la conciencia de otras personas...

  • Orientación y asesoramiento, escuchando, atendiendo consultas, prestando apoyo y facilitando información a personas o colectivos en situación de necesidad...

  • Formación, educando en valores, capacitando en habilidades sociales, hábitos de salud, habilidades profesionales, etc., a personas y colectivos sociales.

  • Reivindicación y denuncia, reclamando derechos, señalando irregularidades o injusticias...

  • Captación de fondos y recursos, recogiendo y canalizando dinero, medios materiales, recursos técnicos, necesarios para el desarrollo de proyectos solidarios o la atención a situaciones de emergencia...

  • Apoyo y asistencia directa a personas en situación de necesidad, atendiendo a enfermos de sida, toxicómanos, ancianos solos, mujeres maltratadas, transeúntes, sin techo...

  • Planificación y gestión de proyectos de acción, analizando necesidades, formulando objetivos y estrategias de acción, buscando y organizando todo tipo de recursos, evaluando resultados...

  • Dirección, gestión y mantenimiento de organizaciones de acción voluntaria, ocupándose de fortalecer la participación, mejorar la eficacia en el funcionamiento organizativo y en la acción para alcanzar los objetivos, desarrollando las relaciones con otras organizaciones o instituciones...

Conoce algunas experiencias de voluntariado visitando nuestra sección "Personas Voluntarias"


 

 


¿EN QUÉ CAMPOS DE ACCIÓN PARTICIPAN LOS VOLUNTARIOS?

 

La acción voluntaria se desarrolla prácticamente en todos los ámbitos temáticos, en todos los campos de actuación, como por ejemplo:

  • Social. Muchas personas voluntarias trabajan en el apoyo a personas y colectivos socialmente excluidos, en la acogida e integración de inmigrantes, en la lucha contra la pobreza, en la atención a colectivos sociales con necesidades, carencias o discapacidades de distinto tipo, etc.

  • Cultural. Muchas personas voluntarias llevan a cabo trabajos de recuperación o conservación de la identidad cultural, en la promoción de la creatividad, en la difusión de los bienes culturales, etc.

  • Educativo. Muchas personas voluntarias trabajan en la alfabetización y educación de personas adultas, en la defensa de la educación para todos, en la dinamización y la promoción de la participación en la comunidad escolar, etc.

  • Medioambiente. Muchas personas voluntarias trabajan en la protección o recuperación de especies o espacios naturales, en la denuncia de situaciones de degración medioambiental, en el desarrollo de una conciencia medioambiental entre la ciudadanía, etc.

  • Salud. Muchas personas voluntarias trabajan en la promoción de la salud, en el desarrollo de hábitos de vida saludable, en la respuesta a situaciones de necesidad sanitaria, etc.

  • Participación Ciudadana y Civismo. Muchas personas voluntarias trabajan en la promoción de la participación ciudadana, en el fortalecimiento del tejido asociativo, en el impulso de la iniciativa social, en la creación y animación de redes sociales, etc.

  • Promoción de Colectivos. Muchas personas voluntarias trabajan en la promoción, defensa de derechos, integración social de determinados colectivos sociales: mujeres, jóvenes, inmigrantes, reclusos, grupos etnicos, etc.

  • Derechos Humanos. Muchas personas voluntarias trabajan en la denuncia de injusticias, contra la pena de muerte, en defensa de los Derechos Humanos, la justicia, los valores democráticos, etc.

  • Cooperación Internacional. Muchas personas voluntarias trabajan en la promoción y desarrollo de proyectos de cooperación, es combatir la pobreza y promover el desarrollo en los países empobrecidos del Sur, etc.

  • Emergencia y Socorro. Muchas personas voluntarias trabajan en la respuesta a situaciones de emergencia causadas por desastres naturales, guerras, hambrunas, etc.

  • Desarrollo Socio-económico. Muchas personas voluntarias trabajan en el desarrollo de proyectos de promoción socioeconómica o desarrollo comunitario, dirigidos a mejorar las condiciones de vida de una comunidad o sector social concreto, etc.

  • Tiempo Libre. Muchas personas voluntarias trabajan, fundamentalmente con niños y adolescentes, en la educación en el tiempo libre, en la promoción de valores, conocimientos y actitudes, en actividades relacionales y recreativas que tienen por ámbito el tiempo libre, etc.

Si deseas más información sobre los ámbitos de actuación consulta nuestras secciones "Dónde colaborar" y "Personas Voluntarias"


 

 


¿QUÉ SUPONE SER VOLUNTARIO?

 

¿Qué implica y a qué compromete eso de ser voluntario? ¿Han de actuar y comportarse los voluntarios de una determinada manera, de acuerdo con ciertos valores y formas de conducta?

Reproducimos un resumen del Código Ético impulsado por la Plataforma para la Promoción del Voluntariado en España(*).

(*)Organizaciones de la Plataforma para la promoción del Voluntariado en España que suscriben este Código Ético: Accem, Aculco, Adra, Adsis Voluntarios, Aesco, Apoyo Positivo, Asociación Basida, Asociación Iuve, A.U., Ciegos del Mundo, Cruz Roja Española, España con Acnur, Fad, Farmacéuticos Mundi, Fermad, Fide, Fundación Anar, Horizontes Abiertos, Liga Española de la Educación y la Cultura Popular, Asociación Mano Amiga, Manos Unidas, Odontología Solidaria, Payasos sin Fronteras, Puente Familiar con Cuba, Unicef Unión Solidaria, Univer-Sida, Volga.


 

 


¿QUÉ SUPONE SER VOLUNTARIO?

 

Deberes del voluntario hacia los beneficiarios.

 

  • Entrega generosa de lo mejor de uno mismo. Actuar con profesionalidad, humanidad y eficacia en las tareas encomendadas.

  • Prestar al beneficiario una ayuda gratuita y desinteresada sin esperar ni aceptar ningún tipo de compensación material.

  • Reconocer, respetar y defender activamente la dignidad personal de los beneficiarios, conociendo y acatando la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

    • Confidencialidad y discreción en el uso de los datos relativos a los beneficiarios.

    • Crear un clima de respeto mutuo, evitando posturas paternalistas.

    • Fomentar en los beneficiarios la superación personal y la autonomía.

    • Informar a los beneficiarios de manera objetiva, teniendo en cuenta sus necesidades y circunstancias personales.

    • Denunciar cualquier violación de los Derechos Humanos.


  • Potenciar el desarrollo integral como persona del beneficiario.

    • Comprender la situación de partida del beneficiario.

    • Tratar de informarle con amabilidad de los modos en que puede buscar su propio desarrollo.

    • Ser paciente a la hora de esperar resultados de las acciones realizadas.



 

 


¿QUÉ SUPONE SER VOLUNTARIO?

 

Deberes del voluntario hacia la organización.

 

  • Conocer y asumir el ideario, estatutos, fines, programas, normas de regulación y métodos de trabajo de la organización.

  • Respetar la organización sin utilizarla en beneficio propio.

    • Confidencialidad y discreción.

    • Hacer un uso responsable de los bienes materiales que la organización ponga a disposición del voluntario.

    • Utilizar debidamente la acreditación que la organización proporciona al voluntario.

    • Interrumpir la colaboración cuando la organización justificadamente lo solicite.


  • Comprometerse de modo meditado, libre y responsable, cumpliendo, los compromisos adquiridos y realizando con seriedad las tareas encomendadas.

  • Demandar y participar en actividades de formación, necesarias para la calidad del servicio prestado.

  • Informarse, antes de comprometerse, sobre la tarea y responsabilidades que se asumirán, y considerar si se dispone de tiempo y energías suficientes.

  • En caso de renuncia, comunicarla con antelación suficiente para evitar perjuicios a los beneficiarios o a la organización.

  • Actitud abierta y cooperante hacia las indicaciones de la organización.

  • Participar imaginativamente en la organización.

  • Informar sobre las necesidades no satisfechas de los beneficiarios y sobre las deficiencias en la aplicación de los programas.

  • Informar sobre la posible inadecuación de los programas.

  • Denunciar las posibles irregularidades que se detecten.

  • Colaborar de manera gratuita y desinteresada.


 

 


¿QUÉ SUPONE SER VOLUNTARIO?

 

Deberes del voluntario hacia los otros voluntarios.

 

  • Respetar la dignidad y la libertad de los otros voluntarios, reconociendo el valor de su quehacer, ya sean de la propia organización o de otras.

  • Adoptar una actitud de apertura y escucha hacia el otro.

  • Fomentar el trabajo en equipo propiciando una comunicación fluida y un clima de trabajo y convivencia agradable.

  • Intercambiar sugerencias, ideas, propuestas y experiencias en un marco de respeto mutuo con vistas a una mayor eficacia del trabajo que se lleva a cabo.

  • Hacer propios y asumir con responsabilidad los compromisos adquiridos por el grupo.

  • Facilitar la integración, formación y participación de todos los voluntarios, especialmente de los nuevos, en condiciones de igualdad.

  • Ofrecer una acogida cálida y sincera a quienes inician su voluntariado.

  • Promover el compañerismo para evitar la competitividad, el afán de protagonismo, las tensiones y las rivalidades.

  • Crear lazos de unión entre voluntarios de diferentes organizaciones.


 

 


¿QUÉ SUPONE SER VOLUNTARIO?

 

Deberes del voluntario hacia la sociedad.

 

  • Promover la justicia social, fomentando una cultura de la solidaridad rica en valores humanos y difundiendo el voluntariado.

  • Conocer la realidad socio-cultural, para mejorarla, atendiendo las necesidades e interviniendo en las situaciones de injusticia.

  • Tener como referencia de la propia actividad la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

  • Complementar la acción social de las distintas administraciones públicas, para dar un mejor servicio a la sociedad, sin proporcionarles un pretexto para eludir sus propias responsabilidades.

  • Comunicar a las instituciones pertinentes las situaciones de necesidad o marginación y reclinarles compromisos para solventarlas.

  • Procurar que el voluntariado no impida la creación de empleo. Detectar posibles yacimientos de empleo en relación a las necesidades cubiertas por el voluntariado que deben ser asumidas por otros sectores.

  • Transmitir, con sus actitudes, acciones o palabras aquellos valores e ideales que persigue con su trabajo voluntario. Ser coherente con la actitud de voluntario en el día a día.


 

 


¿QUÉ DICEN LAS LEYES?

 

Desde 1996 existe una Ley del Voluntariado de ámbito estatal. Por su parte, en los últimos años prácticamente todas las Comunidades Autónomas han producido normas legales sobre el Voluntariado, en algunos casos leyes aprobadas por sus parlamentos respectivos, en otros casos decretos administrativos, dentro de su ámbito territorial y de competencias.

Todas esas leyes, reconocen unánimemente la importancia del voluntariado, su papel como expresión de la participación ciudadana en el desarrollo cultural, político, económico, de la comunidad social, y expresan el compromiso de los poderes públicos en su impulso y promoción.

En términos generales, se trata de normas que pretenden "promover y facilitar la participación solidaria de los ciudadanos en las actuaciones de voluntariado, en el seno de organizaciones sin ánimo de lucro públicas o privadas" (Ley Estatal del Voluntariado 6/1996), y regular y "facilitar las relaciones entre las Administraciones Públicas, las entidades y las personas voluntarias" (Ley del Voluntariado 30/1998 de Canarias).

Desde una perspectiva general (si te interesa una información más detallada, puedes consultar la normativa concreta en los enlaces que siguen), estas normas legales entienden por "voluntariado el conjunto de personas que efectúan una prestación voluntaria de servicios cívicos o sociales, sin contraprestación económica, dentro del marco de una organización estable y democrática que comporte un compromiso de actuación a favor de la sociedad y la persona" (Ley 25/1991 Incavol. Cataluña).

Muchas de esas normativas, excluyen expresamente como actividades de voluntariado las actuaciones "aisladas, esporádicas o prestadas al margen de organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, así como aquellas ejecutadas por razones familiares, de amistad o mera vecindad" (Ley del Voluntariado 7/1998. La Rioja).

También se excluyen, expresamente "las actividades que se desarrollen en virtud de una relación laboral o funcionarial; las actividades que generen algún beneficio para las personas que las realicen; las actividades realizadas en el ejercicio de una obligación personal, las reglamentariamente establecidas como las realizadas por los objetores de conciencia en el ejercicio de la prestación social sustitutoria; las actividades realizadas por cargos directivos o gerentes en las entidades promotoras" (Decreto de Voluntariado 12/95. Castilla La Mancha.)

Prácticamente todas las normas señalan que "la actividad (voluntaria) no podrá sustituir al trabajo retribuido, ni aún en caso de conflicto laboral, ni ser considerada como prácticas, aprendizaje o experiencia profesional." (Ley 30/1998 del Voluntariado. Canarias).

En cuanto a las áreas de actuación del voluntariado, las diferentes normativas mencionan "las asistenciales, de servicios sociales, cívicas, educativas, culturales, científicas, deportivas, sanitarias, de cooperación al desarrollo, de defensa del medioambiente, de defensa de la economía o la investigación, de desarrollo de la vida asociativa, de promoción del voluntariado, o cualesquiera otras de naturaleza análoga" (Ley Estatal del Voluntariado 6/1996). Otras normas mencionan otros campos, como la defensa de los derechos humanos, la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, la lucha contra el paro. Algunas leyes especifican que estas actividades, sea cual sea su ámbito, deben ir "dirigidas a la construcción de una sociedad más solidaria y más justa" (Ley de Voluntariado 3/1998. Baleares.).

Las distintas leyes y normativas también señalan un conjunto de principios de actuación que deben regir la acción del voluntariado y de las organizaciones de acción voluntaria, como, por ejemplo: "a) Participación libre, altruista y comprometida de los ciudadanos y ciudadanas, sin compensación económica, de acuerdo a las preferencias y capacidades, mediante entidades de organización democrática y no discriminatoria. b) Solidaridad con las personas y los grupos, con el objetivo de alcanzar el interés general, atendiendo a las necesidades sociales de forma global y no exclusivamente de los miembros de la propia organización. c) Descentralización, procurando que las actividades del voluntariado se realicen lo más cerca posible de los ciudadanos y en su propio entorno. d) Autonomía y libertad de las organizaciones del voluntariado respecto a los poderes públicos, velando a la vez para que se garantice el cumplimiento de la legislación y la responsabilidad que las entidades de voluntariado asumen ante la sociedad. e) Complementariedad y coordinación de voluntariado y las administraciones en todos sus ámbitos y niveles y no sustitución de las actuaciones de éstas" (Ley de Voluntariado 3/1998. Baleares).

Las distintas normativas también hacen referencia a los derechos y deberes de los voluntarios, por ejemplo, tal y como señala la Ley Estatal del Voluntariado 6/1996:

  • A. Recibir, tanto con carácter inicial como permanente, la información, formación, orientación, apoyo y, en su caso, medios materiales necesarios para el ejercicio de las funciones que se les asignen.

  • B. Ser tratados sin discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias.

  • C. Participar activamente en la organización en que se inserten, colaborando en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas, de acuerdo con sus estatutos o normas de aplicación.

  • D. Ser asegurados contra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente.

  • E. Ser reembolsados por los gastos realizados en el desempeño de sus actividades.

  • F. Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario.

  • G. Realizar su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de aquélla.

  • H. Obtener el respeto y reconocimiento por el valor social de su contribución.

Los voluntarios están obligados a:

  • A. Cumplir los compromisos adquiridos con las organizaciones en las que se integren, respetando los fines y la normativa de las mismas.

  • B. Guardar, cuando proceda, confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad voluntaria.

  • C. Rechazar cualquier contraprestación material que pudieran recibir bien del beneficiario o de otras personas relacionadas con su acción.

  • D. Respetar los derechos de los beneficiarios de su actividad voluntaria.

  • E. Actuar de forma diligente y solidaria.

  • F. Participar en las tareas formativas previstas por la organización de modo concreto para las actividades y funciones confiadas, así como las que con carácter permanente se precisen para mantener la calidad de los servicios que presten.

  • G. Seguir las instrucciones adecuadas a los fines que se impartan en el desarrollo de las actividades encomendadas.

  • H. Utilizar debidamente la acreditación y distintivos de la organización.

  • I. Respetar y cuidar los recursos materiales que pongan a su disposición las organizaciones.

Consulta la normativa sobre voluntariado, a través del listado que te ofrecemos.

  • LEGISLACIÓN ESTATAL

    • Ley 6/1996, de 15 de Enero, del Voluntariado (Ley estatal del Voluntariado)
      Publicación: BOE 17/01/1996. Número: 15-1996 Sección:I
      IR AL TEXTO


  • LEGISLACIÓN AUTONÓMICA

    • ANDALUCÍA
      Decreto 45/1994, de 19 de mayo, del Voluntariado Social de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
      Publicación: BOJA 25/05/1993. Número 55

    • ARAGÓN
      Ley 9/1992, de 7 de octubre, del Voluntariado Social de la Comunidad Autónoma de Aragón.
      Publicación: BOA 19/10/1992. Número 121

    • CANARIAS
      Ley 4/1998, de 15 de mayo, del Voluntariado en la Comunidad Autónoma de Canarias.
      Publicación: BOC 25/05/1998. Número XVI/063
      IR AL TEXTO

    • CASTILLA LA-MANCHA
      Ley 4/1995 de 16 de marzo, del Voluntariado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
      Publicación: DOCM 21/04/1995. Número 19 BOE 05/03/1996. Número 56
      IR AL TEXTO

    • CASTILLA Y LEÓN
      Decreto 12/1995, de 19 de enero, por el que se regula el Voluntariado en Castilla y León.
      Publicación: BOCYL 25/01/1995. Número 17

    • CATALUNYA
      Ley 25/1991, de 13 de diciembre, por la que se crea el Instituto Catalán de Voluntariado.
      Publicación: DOGC 30/12/1991. Número: 1535

    • COMUNIDAD DE MADRID
      Ley 3/1994, de 19 de mayo, del Voluntariado Social de la Comunidad Autónoma de Madrid.
      Publicación: BOCM 24/05/1994. Número: 121,BOE 25/06/1994. Número: 151

    • COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
      Ley Foral 2/1998, de 27 de marzo, del Voluntariado en la Comunidad de Navarra.
      Publicación: BON 10/04/1998. Número 43 ,BOE 2/6/1998. Número:131
      IR AL TEXTO

    • EXTREMADURA
      Ley 1/1998, de 5 de febrero, reguladora del voluntariado social en Extremadura.
      Publicación: Publicación: D.O.E. 12/3/98. Número 29-O BOE 02/04/1998. Número: 79

    • GALICIA
      Ley 4/1993, de 14 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
      Publicación: BOE 11/05/1993. Número: 112

    • ISLAS BALEARES
      Ley 3/1998, de 18 de mayo, del Voluntariado en las Islas Baleares.
      Publicación: BOE 08/06/1998. Número: 136

    • LA RIOJA
      Ley 7/1998, de 6 de mayo, del Voluntariado en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
      Publicación: BOR 12/05/1998. Número: 57, BOE 26/05/1998. Número: 125
      IR AL TEXTO

    • PAÍS VASCO
      Ley 17/1998, de 25 de Junio, del Voluntariado en el País Vasco.
      Publicación: BOPV 13/07/1998. Número 130
      IR AL TEXTO

MEDIDAS DE FOMENTO:

  • PLAN ESTATAL DEL VOLUNTARIADO 1997-2000 (M.T.A.S.)
    IR AL TEXTO

  • Plan de Voluntariado de Castilla La Mancha