APÉNDICES

 

I

Los grandes temas del Leccionario patrístico en los principales tiempos del año litúrgico

1. Adviento, hasta el 16 de diciembre

a. Las dos venidas de Cristo: S. Cirilo de J. (dom.I), S. Carlos B. (lun.I), S. Bernardo (miér.I), S. Efrén (juev.I), Vaticano II (mart.II).

b. Actitudes cristianas del Adviento: Esperanza, S. Cipriano (sáb.I); oración, S. Agustín (vier.III); deseo de Dios, S. Anselmo (vier.I), S. Pedro C. (juev.II); humildad, Imitación de Cristo (mart.III).

c. El plan divino de la salvación culmina en Cristo: S. Juan de la Cruz (lun.II), S. Agustín (miér.II), Guillermo de s.T. (lun.III), Vaticano II (juev.III).

d. El misterio de Cristo: S. Gregorio N. (mart.I), S. Ireneo (miér.III).

e. Las figuras del Adviento: Juan el Bautista, Eusebio de C. (dom.II), S. Agustín (dom.III); María, S. Ireneo (vier.II), B. Isaac de S. (sáb.II).

2. Adviento, del 17 al 24 de diciembre

17. La genealogía de Jesucristo, S. León M.

18. Plan de salvación, Carta a Diogneto

19. Plan de salvación, S. Ireneo

20. La anunciación, S. Bernardo

21. La visitación, S. Ambrosio

22. El magníficat, S. Beda el V.

23. Plan de salvación, S. Hipólito

24. El canto de Zacarías, S. Agustín

Las lecturas de los días 17, 20, 21, 22 y 24 comentan el evangelio del día.

3. Navidad - Epifanía

a. La encarnación del Hijo de Dios y nuestra divinización: S. León M. (25 dic.), S. Bernardo (29 dic.), S. Hipólito (30 dic.), S. León M. (31 dic.), S. Atanasio (1 en.), S. Máximo el C. (4 en.), S. Agustín (7 en.).

b. La epifanía, revelación de Cristo: S. Agustín (5 en.), S. León M. (6 en.), S. Pedro C. (7 en.).

c. El bautismo del Señor y nuestro bautismo: Dom.-fiesta del Bautismo del Señor, S. Basilio (2 en., día de su memoria), S. Hipólito (8 en.), S. Proclo (9 en.), S. Cirilo de A. (10 en.), S. Máximo de T. (11 en.).

d. Las bodas de Caná: Fausto de R. (12 en.).

e. Actitudes ante el misterio: caridad, S. Agustín (3 en.); silencio de Nazaret, Pablo VI, Dom. Sagrada Familia.

4. Cuaresma

a. Tiempo de tentación y de victoria: Afraates (miér.I), S. Agustín (dom.I), S. León M. (dom.II), S. Agustín (mart.II), Vaticano II (sáb.IV), S. Atanasio (dom.V), S. Gregorio N. (sáb.V).

b. Tiempo de gracia y de perdón: S. Ireneo (miér.II), S. Hilario (juev.II), Teófilo de A. (miér.III), Máximo el C. (miér.IV).

c. La penitencia cuaresmal: S. Clemente R. (miér. ceniza), S. León M. (juev. ceniza), S. Pedro C. (mart.III), S. Gregorio N. (sáb.III).

d. La oración: S. Juan C. (vier. ceniza), S. Cipriano (mart.I), Tertuliano (juev.III).

e. La caridad fraterna: S. Ireneo (sáb. ceniza), S. Gregorio N. (lun.I), S. Asterio de A. (juev.I), B. Elredo (vier.I), S. Ambrosio (vier.II), S. Basilio (lun.III), S. León M. (mart.IV).

f. Misión redentora de Cristo: Vaticano II (sáb.I), S. Juan C. (lun.II), Orígenes (lun.IV), S. Atanasio (vier.IV), S. Juan F. (lun.V), S. Agustín (miér.V), S. Fulgencio de R. (vier.V), S. Andrés de C. (dom. Ramos), S. Basilio (mart. santo).

g. La pasión del Señor: S. Agustín (mart.II), S. León M. (juev.IV) y (mart.V), S. Agustín (miér. santo), Melitón de S. (juev. santo).

h. El bautismo: S. Agustín (dom.III) y (dom.IV).

i. La Iglesia: S. Ireneo (vier.II), Vaticano II (juev.V).

5. Triduo Pascual y Cincuentena

a. El Misterio Pascual: S. Melitón de S. (lun. octava), S. Atanasio (mart. octava), Homilía anónima (lun.II), Vaticano II (sáb.II), S. Agustín (mart.III) y (sáb.V).

b. La gloria de la cruz: S. Teodoro E. (vier.II), S. Efrén (vier.III), S. Cirilo de A. (sáb.III).

c. La resurrección: Homilía anónima (miér. octava), S. Máximo de T. (dom.V).

d. La ascensión: S. Agustín (Ascensión), S. León M. (mier.VI) y (vier.VI).

e. La venida del Espíritu Santo: S. Cirilo de J. (lun.VII), S. Basilio (mart.VII), Vaticano II (miér.VII), S. Cirilo de A. (juev.VII), S. Hilario (vier.VII).

f. Presencia de Cristo en la Iglesia: S. Gregorio M. (dom. IV), S. Cirilo de A. (mart.V) y (mart.VI), S. Gregorio de N. (dom.VII).

g. La Iglesia, Pueblo de Dios: S. Fulgencio de R. (mart.II), S. León M. (miér.II), S. Beda (lun.III), S. Gregorio de N. (lun.V), B. Isaac de E. (vier.V).

h. La Iglesia, misterio y sacramento: S. Pedro C. (mart.IV), S. Hilario (miér.IV), S. Agustín (juev.IV), S. Clemente (vier.IV), S. Cirilo de A. (sáb.IV).

i. La misión de la Iglesia: Carta a Diogneto (miér.V), Autor africano (sáb.VII), S. Cirilo de A. (dom.VII).

j. Los sacramentos pascuales: Homilías mistagógicas de Jerusalén (juev. octava), (vier. octava) y (sáb. octava), S. Agustín (dom.II), S. Gaudencio de B. (juev.II), S. Justino (dom.III) y (miér.III), S. Ireneo (juev.III), S. Basilio (lun.IV), S. Gaudencio de B. (juev.V).

 

II

La Liturgia de las Horas y el presbítero

«En el Oficio Divino, los presbíteros, en nombre de la Iglesia, piden a Dios por todo el pueblo a ellos confiado y por todo el mundo» (PO 5).

El rezo de las Horas por parte de los presbíteros ha pasado por una grave crisis en los últimos años. Y aunque actualmente la espiritualidad sacerdotal ha recuperado en buena parte los grandes valores del Oficio Divino, no estará de más que señalemos brevemente los rasgos de la crisis aludida, pues aún está latente.

Por una parte están las dificultades propias de la oración en sí misma, que están acentuadas fuertemente por una profunda secularización de los pensamientos y de las costumbres. Por otra parte, en la crisis del rezo de las Horas también fue un factor considerable la obligada lentitud de la reforma litúrgica, pues en su momento ocasionó a veces algún cansancio y desconcierto.

Pero quizá las causas más importantes han de ser descubiertas en el cambio de mentalidad producido en no pocos sacerdotes. De la casuística escrupulosa en el rezo de las Horas, se pasó a ignorar su obligatoriedad, como si fuera una devoción opcional. Del juridicismo de la obligación del Oficio, con olvido de su fundamentación eclesial, se pasó a identificar eclesialidad de las Horas con su celebración comunitaria. De la piedad sacerdotal, o del pietismo a veces, se pasó a dejar toda práctica religiosa habitual, incluído el Oficio Divino, que es acción litúrgica. De la preocupación por la validez del rezo del Breviario, se pasó a primar la oración espontánea, sin estructura ni fórmulas, menospreciando así toda oración vocal, también la litúrgica. Del afán por cumplir con las Horas, aunque fuera rezándolas todas seguidas, se pasó a dejarlas por cualquier causa, alegando ocupaciones pastorales o no pastorales...

Parece, pues, obligado replantear la misión de celebrar el Oficio Divino, y lo haremos ateniéndonos a las mismas raíces eclesiales de la Liturgia de las Horas.

1. Historia de la misión orante confiada a los presbíteros

En la Iglesia primitiva la Oración común nace y se va organizando a partir de una profunda conciencia eclesial. Los cristianos, fieles a la voluntad de Cristo, han de orar siempre (Lc 18,1), y han de hacerlo también en común, asegurando la presencia sacramental orante del Señor, según su promesa (Mt 18,19-20; Jn 15,7.16). Sólo así podrán mantenerse en una continua expectación vigilante, mientras él vuelve, y no caerán en la tentación (Mt 24,42;25,13;26,38.41; Lc 21,34-36; Hch 1; Ap 22,17.20).

En los siglos IV-V, la oración de la mañana y de la tarde, presidida por un presbítero, junto a la eucaristía del domingo, constituye el núcleo vital diario de las nacientes parroquias rurales.

En los siglos VIII y comienzos del IX, con la reforma carolingia, cada iglesia, catedral o parroquial, está obligada a celebrar diariamente el curso completo de las Horas litúrgicas, imitando a las comunidades monásticas. Un grupo canonical de clérigos, asimilados al modelo monástico, viene a hacerse así el actor principal, y casi único, del Oficio Divino, aunque todavía el pueblo asiste al oficio matutino y vespertino durante varios siglos más.

Una tendencia a abreviar y a recitar a solas el Oficio Divino se irá desarrollando más y más entre los pastores que viven en parroquias rurales, o que han de desplazarse frecuentemente por su dedicación a la predicación. Concretamente, en el siglo XIII, las Ordenes mendicantes, y en especial los Franciscanos, contribuirán a difundir tanto el Misal como el Breviario conocidos como de la Curia Romana. La invención de la imprenta, en el siglo XV, dará recursos nuevos para la realización de esta tendencia.

En el siglo XVI, como consecuencia de la devotio moderna, se acentúa en la espiritualidad sacerdotal una orientación intimista y subjetiva, que tiende a hacer de la misma Misa y de las Horas algo privado, aunque tenga un valor indudable de culto público. Así las cosas, el Oficio Divino, a poco que se debilite el espíritu de los ordenados in sacris, pasa necesariamente a ser para ellos una obligación más de la vida del clero.

2. Los motivos de fondo

En la genuina tradición cristiana el Oficio Divino es una acción de la Iglesia particular, aunque sea parroquial. La recitación privada del mismo no surgió sino cuando el Oficio de las iglesias hubo de asimilarse al Oficio monástico.

El sacerdote está obligado al Oficio divino no sólo por su ordenación sagrada, que pone en él una especial destinación al culto y a la intercesión, sino por su pertenencia a una Iglesia determinada.

La obligación de rezar todo el Oficio Divino cada día nace de la vida monástica, dedicada fundamentalmente a la oración, y no al trabajo o al ministerio pastoral.

3. Una nueva perspectiva a partir del Vaticano II

En forma muy abreviada, recordaremos aquí lo que los documentos más recientes de la Iglesia disponen sobre los presbíteros y el rezo del Oficio Divino. Es sin duda a partir del Concilio Vaticano II cuando se inicia en estas cuestiones una restauración y una renovación de gran importancia.

a) La constitución conciliar Sacrosanctum Concilium (4-12-1963), aunque no llega hasta el final, inicia ya la solución de no pocos problemas anteriormente indicados. El Oficio es la voz de la Iglesia que habla con su Esposo, y es la voz de Cristo con su Cuerpo dirigida al Padre (83-84). El sujeto propio del Oficio es el sacerdote y los que a él están obligados (85-87), pero también «los fieles que oran con el sacerdote en la forma establecida» (84); de ahí las recomendaciones a la participación de los laicos (89,99-100).

b) La Ordenación General de la Liturgia de las Horas (2-2-1971) afronta algunas cuestiones con mayor seguridad y claridad. El Oficio Divino, según voluntad y ejemplo de Cristo (3-5), y conforme al testimonio de la Iglesia primitiva (5-6), es la oración del Pueblo sacerdotal (7), que así expresa y manifiesta a la Iglesia, reunida en oración por el Espíritu Santo (8-9). Sujetos fundamentales de la Liturgia de las Horas son la Iglesia local, con su Obispo y presbiterio, la parroquia, las comunidades, la familia (20-27,31-32). Por un «mandato especial», los ministros ordenados han de celebrar las Horas, y «se les confía el Oficio de tal manera que habrán de celebrarlo incluso cuando no participe el pueblo» (28-30). En efecto, a ellos corresponde presidir y educar a los fieles en la Oración de la Iglesia (23); ellos han de «asegurar de modo constante el desempeño de lo que es función de toda la comunidad, de modo que se mantenga en la Iglesia sin interrupción la oración de Cristo» (28). Por otra parte, a ellos corresponde el «ministerio del Buen Pastor, que ora por los suyos» (28), y en el Oficio Divino hallarán el alimento de su propia vida espiritual y pastoral (28;+18).

Según esto, corresponde al ministerio de la re-presentación de Cristo Cabeza en medio de la comunidad cristiana no sólo la presidencia de la asamblea eucarística, sino también encabezar la Liturgia de las Horas, garantizar así la eclesialidad de la plegaria de los fieles, y asegurar también, cuando éstos no están, la perduración de la oración de Cristo, cuya expresión litúrgica es de suyo función de todo el Cuerpo eclesial.

La obligación de celebrar el Oficio Divino es presentada en la OGLH 29 en términos mucho más positivos y matizados que en normas anteriores de la Iglesia. Reproducimos el texto, con algunas breves modificaciones -que en la primera frase destacamos en cursiva- introducidas tras la promulgación del Código de Derecho Canónico en 1983:

«La obligación de celebrar todos los días el curso íntegro de la Liturgia de las Horas vincula a los obispos, presbíteros y diáconos que aspiran al presbiterado que han recibido de la Iglesia (+17) el mandato de hacerlo (+Código, c.276/2,3; 1174/1) y, en cuanto sea posible, en los momentos del día que de veras correspondan. Ante todo, darán la importancia que les es debida a las Horas que vienen a constituir el núcleo de esta Liturgia, es decir, las Laudes de la mañana y las Vísperas; y se guardarán de omitirlas si no es por causa grave. Hagan con fidelidad el Oficio de lectura, que es principalmente una celebración litúrgica de la Palabra de Dios; cumplirán así cada día con el deber, que a ellos les atañe con particular razón, de acoger en sus propios corazones la Palabra de Dios, con lo que crecerán en la perfección de discípulos del Señor y saborearán más a fondo las insondables riquezas de Cristo. Para santificar mejor el día íntegro, tomarán también con sumo interés el recitar la Hora intermedia y las Completas, con que coronarán en su totalidad el "Opus Dei" y se encomendarán a Dios antes de acostarse».

En esta norma aparece perfectamente resituado el ministerio sacerdotal de la Liturgia de las Horas, que de suyo es función propia de todo el pueblo sacerdotal cristiano. La renovación pastoral del Oficio Divino vendrá, pues, no del abandono de su rezo, o de su relegación crónica al rezo privado, sino de su asimilación personal espiritualmente progresiva, y del esfuerzo por asociar al pueblo a la oración litúrgica de la Iglesia.

c) De institutione liturgica in Seminariis (3-6-1979). En esta instrucción de la Sagrada Congregación para la Educación Católica el rezo de las Horas se integra con toda claridad en el ideal de una vida plenamente sacerdotal; se recomienda vivamente su celebración comunitaria y solemne, especialmente en domingos y fiestas (28-31); y se encarece la preparación personal y comunitaria, doctrinal y práctica, de quienes van a recibir el mandato de celebrar el curso completo de la Liturgia de las Horas (31).

c) El Código de Derecho Canónico (25-1-1983), inspirándose en los documentos conciliares y postconciliares, define la función de la Liturgia de las Horas como «acción de la Iglesia», que así «ejerce la función sacerdotal de Cristo». Y en ese marco netamente sacerdotal, señala a los ministros sagrados y a otros que han asumido este mandato la obligación de celebrar la Liturgia de las Horas, e «invita encarecidamente a los demás fieles» a que participen en ella (cc. 276/3, 1173-1175).

4. Líneas teológicas sobre

la función orante del presbítero en la Iglesia

No haremos aquí sino esbozar algunas reflexiones teológicas destinadas a suscitar profundizaciones más amplias de tan importante tema.

a) El presbítero, don de Cristo a la comunidad cristiana.

La Iglesia, en el III Sínodo de los Obispos (10 y 11-1971), enseña que el ministerio sacerdotal del Nuevo Testamento «hace sacramentalmente presente a Cristo», es decir, «hace presente a Cristo, Cabeza de la comunidad, en el ejercicio de su obra de redención humana y de perfecta glorificación de Dios». Por eso, «faltando la presencia y la acción del ministerio que se recibe por la imposición de manos y la oración, la Iglesia no puede estar plenamente segura de su fidelidad y de su visible continuidad» (I,4). Esta re-presentación sacramental de Cristo, precisamente representado en cuanto Cabeza de la comunidad, se realiza no sólamente en la Eucaristía y en otras funciones sacramentales y pastorales, sino también en la celebración, a solas o con el pueblo, de la Liturgia de las Horas. La oración presbiteral del Oficio Divino es siempre plegaria sacerdotal, oración realizada in persona Christi et in nomine Ecclesiae.

La voz del sacerdote que, con el pueblo o sin él, celebra las Horas, es voz de Cristo, es voz de la Iglesia entera, se visibilice o no ésta en la comunidad cristiana. La plenitud del signo litúrgico reclama en el Oficio Divino la presencia de la comunidad, que debe ser pastoralmente convocada y preparada. Y la asamblea litúrgica, para que sea verdadera manifestación de la Iglesia, no ha de ser como un cuerpo acéfalo, sino como un pueblo congregado y presidido por aquellos pastores establecidos por el Espíritu para hacer presente, es decir, para hacer visible y audible a Cristo.

b) El presbítero intercede en la Iglesia y por la Iglesia.

El ministerio sacerdotal del presbítero, en el aspecto litúrgico, no se limita a la eucaristía y los sacramentos, sino que ha de extenderse, en forma orante, a todas las horas del día:

«Las alabanzas y la acción de gracias que dirigen a Dios en la celebración eucarística, los presbíteros las extienden a las diversas horas del día con el Oficio Divino, mediante el cual oran a Dios en nombre de la Iglesia y en favor de todo el pueblo a ellos encomendado, incluso en favor de todo el mundo» (PO 5).

Convendrá que explicitemos los aspectos principales que están comprendidos en esta realidad de fe.

1.-La plegaria del sacerdote es «oficio» divino, es acción sagrada, servicio litúrgico, celebración de los divinos misterios, aunque cuando se realice individualmente por falta de pueblo. Ya a finales de la Edad Media se diversificaba en el clero el Officium Missae, la eucaristía, y el Officium Laudis, la Liturgia de las Horas. No es, pues, el rezo de las Horas sólamente una ayuda espiritual para la vida del sacerdote: es un oficio suyo fundamental. En este sentido, el cura que no celebra las Horas, no cumple con su oficio. Y cumple mal con su oficio el que las celebra mal.

2.-El Oficio divino es ministerio del sacerdote. No son, pues, las Horas litúrgicas una ayuda espiritual optativa, una devoción particular y privada, que el sacerdote tomará en la medida en que le ayude; es un munus sacerdotale, un verdadero ministerio pastoral y apostólico, que el presbítero debe cumplir, al menos si quiere cumplir con su oficio; y que debe cumplir bien. Un cura que no reza el Oficio no cumple con su oficio.

3.-El sacerdote ora en nombre de la Iglesia, y esto en sentido no sólo jurídico, sino más aún teológico. En efecto, el Oficio Divino es «función sacerdotal» de Cristo que «se prolonga a través de su Iglesia, la cual sin cesar alaba al Señor e intercede por la salvación de todo el mundo» (SC 83). El presbítero, en este sentido, no sólo ha de garantizar la validez de la oración común de la Iglesia, sino que ha de hacer lo que la Iglesia tiene que hacer, y que sin él no se haría. De este modo, el sacerdote ora el Oficio divino no sólo como individuo particular, sino como «hombre de Iglesia». Ora, concretamente, como hombre de una Iglesia determinada, y en su oración ha de hallarse intencionalmente presente toda la Iglesia.

«A los ministros sagrados se les confía de tal modo la Liturgia de las Horas que cada uno de ellos habrá de celebrarla incluso cuando no participe el pueblo, con las adaptaciones necesarias al caso; pues la Iglesia los habilita para la Liturgia de las Horas de forma que al menos ellos aseguren de modo constante el desempeño que es función de toda la comunidad, y se mantenga así en la Iglesia sin interrupción la oración de Cristo» (OGLH 28; +PO 13).

4.-El sacerdote ora por toda la creación. En la ofrenda de la eucaristía, el presbítero y el pueblo recogen la voz de todo el cosmos: «por nuestra voz las demás criaturas», y procuran salvación «para todo el mundo» (Plegaria eucarística IV). Pues bien, en el Oficio Divino, extendiendo la eucaristía a todas las horas del día, la Iglesia, y concretamente los sacerdotes, oran «en favor del pueblo a ellos encomendado, e incluso en favor de todo el mundo» (PO 5; +Ap 5,13).

En la historia de la liturgia y de la espiritualidad, el Concilio Vaticano II será recordado como aquél que inició la restauración de la Liturgia de las Horas en cuanto oración de todo el Pueblo de Dios. En el Concilio y en la OGLH la oración ministerial del Oficio Divino no es tanto una obligación individual de cumplir con un mandato, sino algo mucho más importante: es la misión de asegurar la oración de la propia comunidad para la que el ministro ha sido ordenado y consagrado. Y esta misión, que sin duda se cumple con la recitación diaria y completa de la Liturgia de las Horas (OGLH 29), orienta claramente a que la Oración de las Horas se realicen como una verdadera celebración eclesial, es decir, con el pueblo cristiano reunido por el Espíritu de Jesús en asamblea de oración.

 

III

Pastoral de la Liturgia de las Horas

«Cuando los fieles son convocados y se reúnen para la Liturgia de las Horas, uniendo sus corazones y sus voces, visibilizan a la Iglesia que celebra el misterio de Cristo» (OGLH 22).

No son muchos los estudios sobre la pastoral de la Liturgia de las Horas, y entre ellos conviene nombrar expresamente la revista «Liturgia y espiritualidad» (antes "Oración de las Horas"), del Centro de Pastoral Litúrgica de Barcelona. Y, por otra parte, en el campo pastoral, tampoco son muchos los intentos de celebrar comunitariamente el Oficio Divino, en forma regular y continuada. El valor inmenso, espiritual y litúrgico, de la Oración de las Horas, va siendo asimilado y vivido en ciertos movimientos eucarísticos, comunidades neocatecumenales, algún grupo apostólico, alguna catedral, bastantes comunidades religiosas, seminarios mayores, unas pocas parroquias, y algunas personas aisladas.

Pero falta mucho todavía para que la celebración de la Liturgia de las Horas, sobre todo de Laudes y Vísperas, entre en la programación de las comunidades eclesiales con la misma naturalidad que la organización de la acción caritativa, la catequesis o la pastoral prematrimonial. Cuando el Concilio de Trento decidió el establecimiento de los Seminarios, hubo Iglesias locales que tardaron casi un siglo en aplicar los decretos conciliares; pero éstos finalmente tuvieron una aplicación universal. Cuando la Iglesia, en el Vaticano II, decide la renovación de la Liturgia de las Horas, en cuanto oración del pueblo de Dios, sus orientaciones y normas podrán ser ignoradas por muchos durante bastantes años, pero finalmente tendrán aplicación universal. Será preciso, para ello, que se acreciente y difunda más el convencimiento, todavía escaso, acerca de la naturaleza esencialmente eclesial del Oficio Divino. Será necesario que no se piense ya en el Oficio como en una oración propia de los sacerdotes, monjes y religiosos, pero extraña a los laicos, y hasta incompatible con una genuina espiritualidad laical. Habrá que trabajar en la restauración de la Oración litúrgica de los fieles con dedicación y paciencia. Pero finalmente la voz del Señor resonará en su Iglesia con renovada fuerza y belleza.

1. El valor pastoral de la Liturgia de las Horas

Dejando a un lado documentos importantes, como la Ratio fundamentalis Institutionis Sacerdotalis (6-I-1970), la Notificación sobre el Oficio Divino en las comunidades religiosas (6-VIII-1972), la instrucción De Institutione liturgica in Seminariis (3-VI-1979), y la Instrucción sobre la formación en los Institutos de Vida consagrada (de 2-II-1990), vamos a sintetizar las disposiciones de la Iglesia sobre la pastoral del Oficio Divino fijándonos en tres documentos fundamentales:

a) La constitución «Sacrosanctum Concilium» (4-XII-1963).

Esta constitución del Concilio Vaticano II sobre la sagrada liturgia destaca el influjo del Oficio Divino en el ministerio pastoral (86), señala la finalidad pastoral de la reforma del Oficio (87), alude en varios artículos a la participación de los fieles en la Liturgia de las Horas (85), y considera que su celebración comunitaria debe ser la forma preferida (99; +26-27). Destacaremos de este importante documento dos exhortaciones:

«Procuren los pastores de almas que las horas principales, especialmente las Vísperas, se celebren comunitariamente en la iglesia, los domingos y fiestas más solemnes. Se recomienda así mismo que los laicos recen el Oficio Divino con los sacerdotes, o reunidos entre sí, e incluso en particular» (100).

El ideal de la oración litúrgica es que sea celebrada por la comunidad cristiana presidida por su pastor. Y así como el sacerdote, rezando el Oficio, hace oración litúrgica aunque esté solo, también ha de reconocerse la dignidad eclesial y litúrgica a la oración de la asamblea congregada en el nombre de Jesús, y que ora según los libros oficiales y en la forma establecida, aunque le falte la presidencia del sacerdote. El hecho de que el pastor tenga mandato eclesial de rezar el Oficio, y que la comunidad sólo tenga recomendación, constituye una distinción jurídica que tiene importancia por lo que se refiere a la obligatoriedad del rezo, pero que no afecta substancialmente a la realidad teológica de la comunidad cristiana que, reunida en el nombre de Jesús, hace suya la Oración pública de la Iglesia.

b) La instrucción «Musicam Sacram» (5-III-1967).

Este documento, uno de los más interesantes y sugestivos de la renovación litúrgica, ofrece algunas normas generales que conviene tener en cuenta en la pastoral del Oficio Divino:

La acción litúrgica alcanza la plenitud de su nobleza y expresividad cuando se realiza con canto, el pueblo participa, y cada uno desempeña su función propia (5; +SC 113).

En la celebración litúrgica se debe observar bien el sentido y la naturaleza de cada parte y de cada canto (6; +OGLH 33).

Puesto que al celebrar la liturgia el canto puede introducirse en mayor o menor grado, conviene tener en cuenta que debe comenzarse «por aquellas partes que por su naturaleza son de mayor importancia; las que cantan el sacerdote y los ministros con la respuesta del pueblo; se añadirán después las que son propias del pueblo o de los cantores» (7).

Debe prestarse gran atención a la participación de la asamblea de los fieles (14), y a procurar que ésta sea a un tiempo interior y exterior (SC 30).

La instrucción Musicam Sacram da también valiosas orientaciones sobre la celebración de la Liturgia de las Horas: recomienda especialmente su celebración cantada (37), comenzando por cantar sobre todo las partes que más lo reclaman, como son los diálogos, himnos, versículos y cánticos, aunque se recite todo lo demás (38). Y debe invitarse a los fieles, formándoles con la debida catequesis, concretamente en la inteligencia espiritual de los salmos, para que celebren en común, los domingos y fiestas, algunas partes del Oficio Divino, sobre todo las Vísperas (39).

c) La Ordenación general de la Liturgia de las Horas (2-II-1971).

Puesto que venimos comentando desde el principio este gran documento litúrgico, no haremos sino sintetizar sus orientaciones pastorales sobre el Oficio:

La Liturgia de las Horas es cumbre y fuente de toda la acción pastoral del pastor y de los fieles (18). Su celebración comunitaria, hace visible a la Iglesia de Cristo (20-22). Por eso, quienes han recibido mandato de celebrarla, han de procurar convocar la comunidad, dirigir su oración y formarla con la debida catequesis, enseñando a los fieles a participar en ella (23; +SC 84; PO 5). Sacerdotes, religiosos, laicos, e incluso familias, deben procurar realizar en el Oficio el ideal de la oración en común (24-27), especialmente en Laudes y Vísperas (40, 207).

Para facilitar a los fieles su participación en la Oración de las Horas, la Iglesia permite o recomienda que se hagan las debidas adaptaciones, siempre que se respeten las líneas de su estructura esencial (33): pueden elegirse lecturas más largas o más adecuadas (46, 248, 250); puede tenerse, según convenga, homilía (47), silencio sagrado (48), cantos apropiados que sustituyan al responsorio (49); convendrá a veces elegir otros salmos (252; +247), o celebrar Oficios votivos (245).

Las Vigilias, especialmente la de la noche de Navidad, que preparan a la celebración litúrgica de las grandes solemnidades, pueden ser ocasión muy propicia para iniciar a los fieles en la celebración del Oficio Divino (70-73, 215). Y también en esto puede a veces ser útil unir una Hora a la Eucaristía (93-99).

En la pastoral de las Horas, como hemos visto, tiene particular importancia fomentar el canto (267-270) y la participación de toda la asamblea, en su diversidad de oficios y ministerios, gestos y actitudes (253-266).

2. Las grandes líneas de la pastoral litúrgica de las Horas

Las ideas, o mejor dicho, las convicciones de la fe de las que debe partir la pastoral del Oficio Divino son éstas:

a) La comunidad cristiana ha de ser una comunidad orante, como aquélla primera apostólica, de Jerusalén, en la que los fieles «perseveraban unánimes en la oración» (Hch 1,14; +2,42). La oración privada es una función cristiana preciosa y necesaria, pero la oración común también lo es.

b) Los pastores han de ser maestros de oración. La educación en la oración personal es un deber pastoral ineludible, pero la educación en la oración comunitaria, e incluso en la litúrgica, también lo es. Si en la comunidad cristiana el presbítero hace las veces de Cristo Cabeza, a él le corresponde, como a Cristo, «enseñar a orar» a los discípulos (+Mt 6,5-12). Por eso la Iglesia quiere que los hombres puedan hallar en los sacerdotes «unos verdaderos maestros de oración» (S. Congregación para la Educación Católica, Carta sobre algunos aspectos más urgentes de la formación espiritual en los Seminarios, I: 6-I-1980).

c) La Liturgia de las Horas ha de ocupar un puesto primordial en la pastoral de la oración cristiana por muchas razones: Es la oración comunitaria que, por ser litúrgica, cuenta con una más cierta e intensa presencia de Jesucristo, y una más eficaz asistencia de su Espíritu, y por tanto es en principio la oración más grata al Padre. Es la que mejor prepara y prolonga el sacrificio espiritual de la eucaristía. Es la mejor escuela para la formación de la oración personal. Es la más rica y bella, en sus contenidos bíblicos, patrísticos, eclesiales, comunitarios y simbólicos. Es la que mejor significa y visibiliza el misterio de la Iglesia orante. Es la más eficaz en el orden de la gracia, por ser oración de Cristo y de su Iglesia.

d) La pastoral ha de orientarse al fomento de las Horas litúrgicas más propias del pueblo, que, como ya sabemos, son Laudes, Vísperas y las Vigilias. No va tanto a procurar el rezo de las Horas de origen monástico, sino a conseguir la celebración habitual de aquellas Horas que la tradición señala como las más propias del pueblo de Dios.

c) Los libros litúrgicos del Oficio son, por supuesto, elemento primordial para la promoción pastoral del mismo. En español se dispone de Liturgia de las Horas, en cuatro volúmenes, y del Diurnal, que contiene en un tomo todas las horas menos el Oficio de lectura. Para el canto del Oficio también existen libros tanto en latín como en español.

Los libros litúrgicos deben ser estimados y venerados, no sólo por la abundancia de los tesoros que contienen, sino ante todo porque garantizan la autenticidad eclesial de la oración, al mismo tiempo que están abiertos en no pocos momentos a la creatividad del ministro o de la comunidad. Por otra parte, son libros que pueden ser utilizados fuera de la liturgia, sea para la devoción personal, sea para ayuda de otros ejercicios piadosos comunitarios que deben inspirarse en la liturgia (SC 13). Los libros litúrgicos, en fin, deben ser bien conocidos, estudiados y meditados -también en sus documentos introductorios, frecuentemente tan valiosos-, pues son un medio primario para celebrar bien.

3. Sugerencias concretas

a) La formación del pastor y de los demás colaboradores de la vida litúrgica es tarea fundamental. La participación activa de los fieles en la Liturgia, y concretamente en las Horas, «no se puede esperar, si antes los mismos pastores de almas no se impregnan totalmente del espíritu y de la fuerza de la liturgia, y llegan a ser maestros de la misma» (SC 14). En este sentido, la Instrucción sobre la formación litúrgica en los Seminarios (3-VI-1979) dedica varios números a estimular la formación doctrinal y práctica de los futuros presbíteros en lo referente a la Liturgia de las Horas (28-31, Apéndice 68-75).

b) La formación de los fieles es el otro paso fundamental, que incluye una educación espiritual, simbólica, musical, estética. Por lo de más, esta formación para la Liturgia, y concretamente para la Liturgia de las Horas, requiere ante todo dar a los fieles «una instrucción bíblica más rica, principalmente acerca de los salmos» (SC 90; OGLH 102). Sin ella la oración litúrgica se mantendrá para ellos en buena parte inaccesible.

c) Atención a ciertas ocasiones propicias, como costumbres populares devocionales, que a veces incluyen las Vísperas o Completas, y en algún caso Vigilias; o bien reuniones de apostolado, retiros periódicos, ejercicios espirituales... Su fundador, San Ignacio, estando en Manresa, «oía cada día la Misa mayor y las Vísperas y Completas, todo cantado, sintiendo en ello grande consolación» (Autobiografía 20).

d) Comenzar por una sola Hora, quizá las Vísperas en los domingos de los tiempos fuertes del año litúrgico, siguiendo un esquema fácil, a veces simplificado, o eligiendo los salmos.

En todo caso, conviene partir del convencimiento de que los fieles cristianos, como pueblo sacerdotal, están llamados a la Liturgia de las Horas. Y que, por tanto, cuando se congregan para orar en el nombre de Jesús, pueden estar ciertos de que el Espíritu Santo, que inspiró los salmos, «asiste con su gracia a los que creyendo con buen voluntad» los cantan o recitan (OGLH 102). En efecto, quien con buena voluntad trata de participar de la oración litúrgica de la Iglesia, ha de introducirse en ella «dispuesto siempre el corazón a responder según la voluntad del Espíritu, que inspiró al salmista y que sigue asistiendo también a todo el que con piedad esté dispuesto a recibir su gracia» (104).

Ficha de trabajo

Preparación de celebraciones

1. Cada uno elige un formulario de Laudes o de Vísperas para organizar una celebración con el pueblo.

2. El trabajo ha de consistir en elegir el himno para cantar, y sobre todo estudiar el modo de recitar o cantar los salmos y el cántico, además de los restantes elementos participativos (responsorio o canto, respuesta a las preces, etc.).

3. Se pueden redactar también unas moniciones antes de cada salmo, incluso una monición explicativa antes de empezar.

4. Realizar la celebración y revisarla después.

 

Bibliografía

1. Obras generales

-J. LÓPEZ MARTÍN, La oración de las Horas, Secretariado Trinitario, Salamanca 1984. Teología, historia, espiritualidad y pastoral.

-A. G. MARTIMORT, La oración de las Horas, en La Iglesia en oración, Herder, Barcelona 1987, 1047-1173. Una completa síntesis.

-AA.VV., Liturgia de las Horas, en D. BOROBIO (dir.), La celebración de la Iglesia, Sígueme, Salamanca 1990, 283-524. Estudios de historia, teología y espiritualidad.

2. Aspectos particulares

-Principios y normas de la Liturgia de las Horas, Dossiers del Centro de Pastoral Litúrgica n. 42, Barcelona 1989. Texto y comentario de la Ordenación general de la Liturgia de las Horas, documento básico que se encuentra al principio del I volumen.

-P. FARNÉS, Moniciones y oraciones sálmicas, Regina, Barcelona 1978. Muy útil para la celebración, según el salterio de las cuatro semanas.

-F. IBARMIA, Liturgia, oración, canción. Para orar y celebrar la liturgia de las Horas, Ed. El Carmen, Vitoria 1989. Como indica el subtítulo, contiene antífonas musicalizadas y sigue el salterio de las cuatro semanas.

-AA.VV., La alabanza de las Horas. Espiritualidad y pastoral, Dossiers del Centro de Pastoral Litúrgica n. 42, Barcelona 1991.

3. Los salmos

-J. VERNET, 22 salmos para vivir, Dossiers del Centro Pastoral Litúrgica n. 22, Barcelona 1984. Comentario espiritual.

-AA.VV., Orar los salmos en cristiano, Dossiers del Centro de Pastoral Litúrgica n. 43, Barcelona 1990. Explica el sentido de los salmos en las diferentes horas del Oficio Divino.

-Los comentarios de los exegetas sobre los salmos suelen ser muy buenos desde su punto de vista, pero no siempre tienen en cuenta el sentido espiritual y el uso que la liturgia hace de ellos.