MAGISTERIO
DE LA IGLESIA
(1215-1371)
IV
CONCILIO DE LETRAN, 1215
XII
ecuménico (contra los albigenses, Joaquín, los valdenses, etc.)
De
la Trinidad, los sacramentos, la misión canónica, etc.
Cap.
I. De La fe católica
[Definición
contra los albigenses y otros herejes]
Firmemente
creemos y simplemente confesamos, que uno solo es el verdadero Dios, eterno,
inmenso e inconmutable, incomprensible, omnipotente e inefable, Padre, Hijo y
Espíritu Santo: tres personas ciertamente, pero una sola esencia, sustancia o
naturaleza absolutamente simple. El Padre no viene de nadie, el Hijo del Padre
solo, y el Espíritu Santo a la vez de uno y de otro, sin comienzo, siempre y
sin fin. El Padre que engendra, el Hijo que nace y el Espíritu Santo que
procede: consustanciales, coiguales, coomnipotentes y coeternos; un solo
principio de todas las cosas; Creador de todas las cosas, de las visibles y de
las invisibles, espirituales y corporales; que por su omnipotente virtud a la
vez desde el principio del tiempo creó de la nada a una y otra criatura, la
espiritual y la corporal, es decir, la angélica y la mundana, y después la
humana, como común, compuesta de espíritu y de cuerpo. Porque el diablo y demás
demonios, por Dios ciertamente fueron creados buenos por naturaleza; mas ellos,
por sí mismos, se hicieron malos. El hombre, empero, pecó por sugestión del
diablo. Esta Santa Trinidad, que según la común esencia es indivisa y, según
las propiedades personales, diferente, primero por Moisés y los santos profetas
y por otros siervos suyos, según la ordenadísima disposición de los tiempos,
dio al género humano la doctrina saludable.
Y,
finalmente, Jesucristo unigénito Hijo de Dios, encarnado por obra común de
toda la Trinidad, concebido de María siempre Virgen, por cooperación del Espíritu
Santo, hecho verdadero hombre, compuesto de alma racional y carne humana, una
sola persona en dos naturalezas, mostró más claramente el camino de la vida.
Él, que según la divinidad es inmortal e impasible, Él mismo se hizo, según
la humanidad, pasible y mortal; Él también sufrió y murió en el madero de la
cruz por la salud del género humano, descendió a los infiernos, resucitó de
entre los muertos y subió al cielo; pero descendió en el alma y resucitó en
la carne, y subió juntamente en una y otra; ha de venir al fin del mundo, ha de
juzgar a los vivos y a los muertos, y ha de dar a cada uno según sus obras,
tanto a los réprobos como a los elegidos: todos los cuales resucitarán con sus
propios cuerpos que ahora llevan, para recibir según sus obras, ora fueren
buenas, ora fueren malas; aquéllos, con el diablo, castigo eterno; y éstos,
con Cristo, gloria sempiterna.
Y
una sola es la Iglesia universal de los fieles, fuera de la cual nadie
absolutamente se salva, y en ella el mismo sacerdote es sacrificio, Jesucristo,
cuyo cuerpo y sangre se contiene verdaderamente en el sacramento del altar bajo
las especies de pan y vino, después de transustanciados, por virtud divina, el
pan en el cuerpo y el vino en la sangre, a fin de que, para acabar el misterio
de la unidad, recibamos nosotros de lo suyo lo que Él recibió de lo nuestro. Y
este sacramento nadie ciertamente puede realizarlo sino el sacerdote que hubiere
Sido debidamente ordenado, según las llaves de la Iglesia, que el mismo
Jesucristo concedió a los Apóstoles y a sus sucesores. En cambio, el
sacramento del bautismo (que se consagra en el agua por la invocación de Dios y
de la indivisa Trinidad, es decir, del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo)
aprovecha para la salvación, tanto a los niños como a los adultos fuere
quienquiera el que lo confiera debidamente en la forma de la Iglesia. Y si
alguno, después de recibido el bautismo, hubiere caído en pecado, siempre
puede repararse por una verdadera penitencia. Y no sólo los vírgenes y
continentes, sino también los casados merecen llegar a la bienaventuranza
eterna, agradando a Dios por medio de su recta fe y buenas obras.
Cap.
2. Del error del abad Joaquín
Condenamos,
pues, y reprobamos el opúsculo o tratado que el abad Joaquín ha publicado
contra el maestro Pedro Lombardo sobre la unidad o esencia de la Trinidad, llamándole
hereje y loco, por haber dicho en sus sentencias: “Porque cierta cosa suma es
el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo, y ella ni engendra ni es engendrada ni
procede”. De ahí que afirma que aquél no tanto ponía en Dios Trinidad
cuanto cuaternidad, es decir, las tres personas, y aquella común
esencia, como si fuera la cuarta; protestando manifiestamente que no hay cosa
alguna que sea Padre e Hijo y Espíritu Santo, ni hay esencia, ni sustancia, ni
naturaleza; aunque concede que el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo son una
sola esencia, una sustancia y una naturaleza. Pero esta unidad confiesa no ser
verdadera y propia, sino colectiva y por semejanza, a la manera como muchos
hombres se dicen un pueblo y muchos fieles una Iglesia, según aquello: La
muchedumbre de los creyentes tenía un solo corazón y una sola alma [Act.
4, 32]; y: El que se une a Dios, es un solo espíritu con Él [1 Cor. 6,
17]; asimismo: El que planta y el que riega son una misma cosa [1 Cor. 3,
8]; y: Todos somos un solo cuerpo en Cristo [Rom. 12, 5]; nuevamente en
el libro de los Reyes [Ruth]: Mi pueblo y tu pueblo son una cosa sola [Ruth,
l, 16]. Mas para asentar esta sentencia suya, aduce principalmente aquella
palabra que Cristo dice de sus fieles en el Evangelio: Quiero, Padre, que
sean una sola cosa en nosotros, como también nosotros somos una sola cosa, a
fin de que sean consumados en uno solo [Ioh. 17, 22 s]. Porque (como dice)
no son los fieles una sola cosa, es decir, cierta cosa única, que sea común a
todos, sino que son una sola cosa de esta forma, a saber, una sola Iglesia por
la unidad de la fe católica, y, finalmente, un solo reino por la unidad de la
indisoluble caridad, como se lee en la Epístola canónica de Juan Apóstol: Porque
tres son los que dan testimonio en el cielo, el Padre y el Hijo y el Espíritu
Santo, y los tres son una sola cosa [1 Ioh. 5, 7], e inmediatamente se añade:
Y tres son los que dan testimonio en la tierra: el Espíritu, el agua y la
sangre: y estos tres son una sola cosa [1 Ioh. 5, 8], según se halla en
algunos códices.
Nosotros,
empero, con aprobación del sagrado Concilio, creemos y confesamos con Pedro
Lombardo que hay cierta realidad suprema, incomprensible ciertamente e inefable,
que es verdaderamente Padre e Hijo y Espíritu Santo; las tres personas
juntamente y particularmente cualquiera de ellas y por eso en Dios sólo hay
Trinidad y no cuaternidad, porque cualquiera de las tres personas es aquella
realidad, es decir, la sustancia, esencia o naturaleza divina; y ésta sola es
principio de todo el universo, y fuera de este principio ningún otro puede
hallarse. Y aquel ser ni engendra, ni es engendrado, ni procede; sino que el
Padre es el que engendra; el Hijo, el que es engendrado, y el Espíritu Santo,
el que procede, de modo que las distinciones están en las personas y la unidad
en la naturaleza. Consiguientemente, aunque uno sea el Padre, otro, el Hijo, y
otro, el Espíritu Santo; sin embargo, no son otra cosa, sino que lo que es el
Padre, lo mismo absolutamente es el Hijo y el Espíritu Santo; de modo que, según
la fe ortodoxa y católica, se los cree consustanciales. El Padre, en efecto,
engendrando ab aeterno al Hijo, le dio su sustancia, según lo que Él
mismo atestigua: Lo que a mi me dio el Padre, es mayor que todo [Ioh. 10,
29]. Y no puede decirse que le diera una parte de su sustancia y otra se la
retuviera para sí, como quiera que la sustancia del Padre es indivisible, por
ser absolutamente simple. Pero tampoco puede decirse que el Padre traspasara al
Hijo su sustancia al engendrarle, como si de tal modo se la hubiera dado al Hijo
que no se la hubiera retenido para sí mismo, pues de otro modo hubiera dejado
de ser sustancia. Es, pues, evidente que el Hijo al nacer recibió sin disminución
alguna la sustancia del Padre, y así el Hijo y el Padre tienen la misma
sustancia: y de este modo, la misma cosa es el Padre y el Hijo, y también el
Espíritu Santo, que procede de ambos. Mas cuando la Verdad misma ora por sus
fieles al Padre, diciendo: Quiero que ellos sean una sola cosa en nosotros,
como también nosotros somos una sola cosa [Ioh. 17, 22], la palabra unum
(una sola cosa), en cuanto a los fieles, se toma para dar a entender la unión
de caridad en la gracia, pero en cuanto a las personas divinas, para dar a
entender la unidad de identidad en la naturaleza, como en otra parte dice la
Verdad: Sed... perfectos como vuestro Padre celestial es perfecto [Mt. 5,
48], como si más claramente dijera: Sed perfectos por perfección de la gracia,
como vuestro Padre celestial es perfecto por perfección de naturaleza, es
decir, cada uno a su modo; porque no puede afirmarse tanta semejanza entre el
Creador y la criatura, sin que haya de afirmarse mayor desemejanza. Si alguno,
pues, osare defender o aprobar en este punto la doctrina del predicho Joaquín,
sea por todos rechazado como hereje.
Por
esto, sin embargo, en nada queremos derogar al monasterio de Floris (cuyo
institutor fue el mismo Joaquín), como quiera que en él se da la institución
regular y la saludable observancia; sobre todo cuando el mismo Joaquín mandó
que todos sus escritos nos fueran remitidos para ser aprobados o también
corregidos por el juicio de la Sede Apostólica, dictando una carta, que firmó
por su mano, en la que firmemente profesa mantener aquella fe que mantiene la
Iglesia de Roma, la cual, por disposición del Señor, es madre y maestra de
todos los fieles. Reprobamos también y condenamos la perversísima doctrina de
Almarico, cuya mente de tal modo cegó el padre de la mentira que su doctrina no
tanto ha de ser considerada como herética cuanto como loca.
Cap.
3. De los herejes (valdenses)
[Necesidad
de una misión canónica]
Mas
como algunos, bajo apariencia de piedad (como dice el Apóstol), reniegan
de la virtud de ella [2 Tim. 3, 5] y se arrogan la autoridad de predicar,
cuando el mismo Apóstol dice: ¿Cómo... predicarán, si no son enviados [Rom.
10, 15], todos los que con prohibición o sin misión, osaren usurpar pública o
privadamente el oficio de la predicación, sin recibir la autoridad de la Sede
Apostólica o del obispo católico del lugar, sean ligados con vínculos de
excomunión, y si cuanto antes no se arrepintieren, sean castigados con otra
pena competente.
Cap.
4. De la soberbia de los griegos contra los latinos
Aun
cuando queremos favorecer y honrar a los griegos que en nuestros días vuelven a
la obediencia de la Sede Apostólica, conservando en cuanto podemos con el Señor
sus costumbres y ritos; no podemos, sin embargo, ni debemos transigir con ellos
en aquellas cosas que engendran peligro de las almas y ofenden el honor de la
Iglesia. Porque después que la Iglesia de los griegos, con ciertos cómplices y
fautores suyos, se sustrajo a la obediencia de la Sede Apostólica, hasta tal
punto empezaron los griegos a abominar de los latinos que, entre otros
desafueros que contra ellos cometían, cuando sacerdotes latinos habían
celebrado sobre altares de ellos, no querían sacrificar en los mismos, si antes
no los lavaban, como si por ello hubieran quedado mancillados. Además, con
temeraria audacia osaban bautizar a los ya bautizados por los latinos y, como
hemos sabido, hay aún quienes no temen hacerlo. Queriendo, pues, apartar de la
Iglesia de Dios tamaño escándalo, por persuasión del sagrado Concilio,
rigurosamente mandamos que no tengan en adelante tal audacia, conformándose
como hijos de obediencia a la sacrosanta Iglesia Romana, madre suya, a fin de
que haya un solo redil y un solo pastor [Ioh. 10, 16]. Mas si alguno
osare hacer algo de esto, herido por la espada de la excomunión, sea depuesto
de todo oficio y beneficio eclesiástico.
Cap.
5. De la dignidad de los Patriarcas
Renovando
los antiguos privilegios de las sedes patriarcales, con aprobación del sagrado
Concilio universal, decretamos que, después de la Iglesia Romana, la cual, por
disposición del Señor, tiene sobre todas las otras la primacía de la potestad
ordinaria, como madre y maestra que es de todos los fieles, ocupe el primer
lugar la sede de Constantinopla, el segundo la de Alejandría, el tercero la de
Antioquía, el cuarto la de Jerusalén.
Cap.
21. Del deber de la confesión, de no revelarla el sacerdote y de comulgar por
lo menos en Pascua
Todo
fiel de uno u otro sexo, después que hubiere llegado a los años de discreción,
confiese fielmente él solo por lo menos una vez al año todos sus pecados al
propio sacerdote, y procure cumplir según sus fuerzas la penitencia que le
impusiere, recibiendo reverentemente, por lo menos en Pascua, el sacramento de
la Eucaristía, a no ser que por consejo del propio sacerdote por alguna causa
razonable juzgare que debe abstenerse algún tiempo de su recepción; de lo
contrario, durante la vida, ha de prohibírsele el acceso a la Iglesia y, al
morir, privársele de cristiana sepultura. Por eso, publíquese con frecuencia
en las Iglesias este saludable estatuto, a fin de que nadie tome el velo de la
excusa por la ceguera de su ignorancia. Mas si alguno por justa causa quiere
confesar sus pecados con sacerdote ajeno, pida y obtenga primero licencia del
suyo propio, como quiera que de otra manera no puede aquél absolverle o
ligarle. El sacerdote, por su parte, sea discreto y cauto y, como entendido,
sobrederrame vino y aceite en las heridas [cf. Lc. 10, 34], inquiriendo
diligentemente las circunstancias del pecador y del pecado, por las que pueda
prudentemente entender qué consejo haya de darle y qué remedio, usando de
diversas experiencias para salvar al enfermo.
Mas
evite de todo punto traicionar de alguna manera al pecador, de palabra, o por señas,
o de otro modo cualquiera; pero si necesitare de más prudente consejo, pídalo
cautamente sin expresión alguna de la persona Porque el que osare revelar el
pecado que le ha sido descubierto en el juicio de la penitencia, decretamos que
ha de ser no sólo depuesto de su oficio sacerdotal, sino también relegado a un
estrecho monasterio para hacer perpetua penitencia.
Cap.
41. De la continuidad de la buena fe en toda prescripción
Como
quiera que todo lo que no procede de la fe, es pecado [Rom. 14, 23], por
juicio sinodal definimos que sin la buena fe no valga ninguna prescripción,
tanto canónica como civil, como quiera que de modo general ha de derogarse toda
constitución y costumbre que no puede observarse sin pecado mortal. De ahí que
es necesario que quien prescribe, no tenga conciencia de cosa ajena en ningún
momento del tiempo.
Cap.
62. De las reliquias de los Santos
Como
quiera que frecuentemente se ha censurado la religión cristiana por el hecho de
que algunos exponen a la venta las reliquias de los Santos y las muestran a cada
paso, para que en adelante no se la censure, estatuimos por el presente decreto
que las antiguas reliquias en modo alguno se muestren fuera de su cápsula ni se
expongan a la venta. En cuanto a las nuevamente encontradas, nadie ose
venerarlas públicamente, si no hubieren sido antes aprobadas por autoridad del
Romano Pontífice...
HONORIO
III, 1216-1227
De
la materia de la Eucaristía
[De
la Carta Perniciosus valde a Olao arzobispo de Upsala, de 13 de diciembre
de 122O]
Un
abuso muy pernicioso, según hemos oído, ha arraigado en tu región, a saber,
que en el sacrificio de la misa se pone mayor cantidad de agua que de vino,
cuando, según la razonable costumbre de la Iglesia universal, hay que poner en
él más vino que agua. Por lo tanto, mandamos a tu fraternidad por este escrito
apostólico que no lo hagas en adelante ni permitas que se haga en tu provincia.
GREGORIO
IX, 1227-1241
Debe
guardarse la terminología y tradición teológicas
[De
la Carta Ab Aegiptiis a los teólogos parisienses, de 7 de julio
de 1228]
Tocados
de dolor de corazón íntimamente [Gen.
6, 6], nos sentimos llenos de la amargura del ajenjo [cf. Thren. 3, 15],
porque, según se ha comunicado a nuestros oídos, algunos entre vosotros,
hinchados como un odre por el espíritu de vanidad, pugnan por traspasar con
profana vanidad los términos puestos por los Padres [Prov. 22, 28],
inclinando la inteligencia de la página celeste, limitada en sus términos por
los estudios ciertos de las exposiciones de los Santos Padres, que es no sólo
temerario, sino profano traspasar, a la doctrina filosófica de las cosas
naturales, para ostentación de ciencia, no para provecho alguno de los oyentes,
de suerte que más parecen theofantos, que no teodidactos o teólogos. Pues
siendo su deber exponer la teología según las aprobadas tradiciones de los
Santos y destruir, no por armas carnales, sino poderosas en Dios, toda
altura que se levante contra la ciencia de Dios y reducir cautivo todo
entendimiento en obsequio de Cristo [2 Cor. 10, 4 s]; ellos, llevados de
doctrinas varias y peregrinas [Hebr. 13, 9}, reducen la cabeza a la cola [Deut.
28, 13 y 44] y obligan a la reina a servir a su esclava, el documento celeste a
los terrenos, atribuyendo lo que es de la gracia a la naturaleza. A la verdad,
insistiendo más de lo debido en la ciencia de la naturaleza, vueltos a los elementos
del mundo, débiles y pobres, a los que, siendo niños, sirvieron,
y hechos otra vez esclavos suyos [Gal. 4, 9], como flacos en Cristo, se
alimentan de leche, no de manjar sólido [Hebr. 5, 12 s], y no parece hayan
afirmado su corazón en la gracia [Hebr. 13, 9]; por ello, “despojados de
lo gratuito y heridos en lo natural”, no traen a su memoria lo del Apóstol,
que creemos han leído a menudo: Evita las profanas novedades de palabras y
las opiniones de la ciencia de falso nombre, que por apetecerla algunos han caído
de la fe [1 Tim. 6, 20 s]. ¡Oh necios y tardos de corazón en todas las
cosas que han dicho los asertores de la gracia de Dios, es decir, los
Profetas, los Evangelistas y los Apóstoles [Lc. 24, 25], cuando la
naturaleza no puede por sí misma nada en orden a la salvación, si no es
ayudada de la gracia! [v. 105 y 138]. Digan estos presumidores que, abrazando la
doctrina de las cosas naturales, ofrecen a sus oyentes hojarasca de palabras y
no frutos; ellos, cuyas mentes, como si se alimentaran de bellotas, permanecen
vacías y vanas, y cuya alma no puede deleitarse en manjares suculentos [Is.
55, 2], pues andando sedienta y árida, no se abreva en las aguas de Siloé
que corren en silencio [Is. 8, 6], sino de las que sacan de los torrentes
filosóficos, de los que se dice que cuanto más se beben, más sed producen,
pues no dan saciedad, sino más bien ansiedad y trabajo; ¿no es así que al
doblar con forzadas o más bien torcidas exposiciones las palabras divinamente
inspiradas según el sentido de la doctrina de filósofos que desconocen a Dios,
colocan el arca de la alianza junto a Dagón [l Reg. 5, 2] y ponen para
ser adorada en el templo de Dios la estatua de Antíoco? Y al empeñarse en
asentar la fe más de lo debido sobre la razón natural, ¿no es cierto que la
hacen hasta cierto punto inútil y vana? Porque “no tiene mérito la fe, a la
que la humana razón le ofrece experimento”. Cree desde luego la naturaleza
entendida; pero la fe, por virtud propia, comprende con gratuita inteligencia lo
creído y, audaz y denodada, penetra donde no puede alcanzar el entendimiento
natural. Digan esos seguidores de las cosas naturales, ante cuyos ojos parece
haber sido proscrita la gracia, si es obra de la naturaleza o de la gracia que
el Verbo que en el principio estaba en Dios, se haya hecho carne y habitado
entre nosotros [Ioh. l]. Lejos de nosotros, por lo demás, que la más
hermosa de las mujeres [Cant. 5, 9], untada de estibio los ojos por
los presuntuosos [4 Reg. 9, 30], se tiña con colores adulterinos, y la que por
su esposo fue rodeada de toda suerte de vistosos vestidos [Ps. 44, 10] y,
adornada con collares [Is. 61, 10], marcha espléndida como una reina,
con mal cosidas fajas de filósofos se vista de sórdido ropaje. Lejos de
nosotros que las vacas feas y consumidas de puro magras, que no dan señal
alguna de hartura, devoren a las hermosas y consuman a las gordas [Gen. 41,
18 ss].
A
fin, pues, que esta doctrina temeraria y perversa no se infiltre como una
gangrena [2 Tim. 2, 17] y envenene a muchos y tenga Raquel que llorar a
sus hijos perdidos [Ier. 31, 15], por autoridad de las presentes Letras os
mandamos y os imponemos riguroso precepto de que, renunciando totalmente
a la antedicha locura, enseñéis la pureza teológica sin fermento de ciencia
mundana, no adulterando la palabra de Dios [2 Cor. 2, 17] con las
invenciones de los filósofos, no sea que parezca que, contra el precepto del Señor,
queréis plantar un bosque junto al altar de Dios y fermentar con mezcla de miel
un sacrificio que ha de ofrecerse en los ázimos de la sinceridad y la verdad
[1 Cor. 5, 8]; antes bien, conteniéndoos en los términos señalados por
los Padres, cebad las mentes de vuestros oyentes con el fruto de la celeste
palabra, a fin de que, apartado el follaje de las palabras, saquen de las
fuentes del Salvador [Is. 12, 3] aguas limpias y puras, que solamente
tiendan a afirmar la fe o informar las costumbres, y con ellas reconfortados se
deleiten en internos manjares suculentos.
Condenación
de varios herejes
[De
la forma de anatema, publicada el 20 de agosto de 1229(?)]
“Excomulgamos
y anatematizamos... a todos los herejes”: cátaros, patarenos, pobres de Lyon,
pasaginos, josefinos, arnaldistas, esperonistas y otros, “cualquier nombre que
lleven, pues tienen caras diversas, pero las colas atadas unas con otras [Iud.
15, 4], pues por su vanidad todos convienen en lo mismo”.
De
la materia y forma de la ordenación
[De
la Carta a Olao, obispo de Lund, de 9 de diciembre de 1232]
Cuando
se ordenan el presbítero y el diácono reciben la imposición de la mano con
tacto corporal, según rito introducido por los Apóstoles; si ello se hubiere
omitido, no se ha de repetir de cualquier manera, sino que en el tiempo estatuído
para conferir estas órdenes, ha de suplirse con cautela lo que por error fue
omitido. En cuanto a la suspensión de las manos, debe hacerse cuando la oración
se derrama sobre la cabeza del ordenando.
De
la invalidez del matrimonio condicionado
[De
los fragmentos de los Decretos n. 104, hacia 1227-1234]
Si
se ponen condiciones contra la sustancia del matrimonio, por ejemplo, si una de
las partes dice a la otra: “Contraigo contigo, si evitas la generación de la
prole” o: “hasta encontrar otra más digna por su honor o riquezas”, o:
“si te entregas al adulterio para ganar dinero”; el contrato matrimonial,
por muy favorable que sea, carece de efecto, aun cuando otras condiciones
puestas al matrimonio, si fueren torpes e imposibles, por favor a él, han de
considerarse como no puestas.
De
la materia del bautismo
[De
la Carta Cunt, sicut ex, a Sigurdo, arzobispo de Drontheim de 8 de
julio de 1241]
Como
quiera que, según por tu relación hemos sabido, a causa de la escasez de agua
se bautizan alguna vez los niños de esa tierra con cerveza, a tenor de las
presentes te respondemos que quienes se bautizan con cerveza no deben
considerarse debidamente bautizados, puesto que, según la doctrina evangélica,
hay que renacer del agua y del Espíritu Santo [Ioh. 3, 5].
De
la usura
[De
la Carta al hermano R., en el fragm. de Decr. 69 de fecha incierta]
El
que presta a un navegante o a uno que va a la feria, cierta cantidad de dinero,
por exponerse a peligro, si recibe algo más del capital, [no?] ha de ser tenido
por usurero. También el que da diez sueldos, para que a su tiempo se le
den otras tantas medidas de grano, vino y aceite, que, aunque entonces valgan más,
como razonablemente se duda si valdrán más o menos en el momento de la paga,
no debe por eso ser reputado usurero. Por razón de esta duda se excusa también
el que vende paños, grano, vino, aceite u otras mercancías para recibir en
cierto término más de lo que entonces valen, si es que en el término del
contrato no las hubiera vendido.
CELESTINO
IV, 1241
INOCENCIO
IV, 1243-1254
I
CONCILIO DE LYON, 1245
XIII
ecuménico (contra Federico II)
No
publicó decretos dogmáticos
Acerca
de los ritos de los griegos
[De
la Carta Sub catholicae, al obispo de Frascati, Legado de la Sede Apostólica
entre los griegos,
de 6 de marzo de 1254]
§
3. 1. Acerca, pues, de estas cosas nuestra deliberación vino a parar en que los
griegos del mismo reino mantengan y observen la costumbre de la Iglesia Romana
en las unciones que se hacen en el bautismo.—2. El rito, en cambio, o
costumbre que según dicen tienen de ungir por todo el cuerpo a los bautizados,
si no puede suprimirse sin escándalo, se puede tolerar, como quiera que, hágase
o no, no importa gran cosa para la eficacia o efecto del bautismo.—3. Tampoco
importa que bauticen con agua fría o caliente, pues se dice que afirman que en
una y en otra tiene el bautismo igual virtud y efecto.
4. Sólo los obispos, sin embargo, signen con el crisma en la frente a los bautizados, pues esta unción no debe practicarse más que por los obispos. Porque de solos los Apóstoles se lee, cuyas veces hacen los obispos, que dieron el Espíritu Santo por medio de la imposición de las manos, que está representada por la confirmación o crismación de la frente.
5. Cada obispo
puede también, en su Iglesia, el día de la cena del Señor, consagrar, según
la forma de la Iglesia, el crisma, compuesto de bálsamo y aceite de olivas. En
efecto, en la unción del crisma se confiere el don del Espíritu Santo. Y,
ciertamente, la paloma que designa al mismo Espíritu Santo, se lee que llevó
el ramo de olivo al arca. Pero si los griegos prefieren guardar en esto su
antiguo rito, a saber, que el patriarca juntamente con los arzobispos y obispos
sufragáneos suyos y los arzobispos con sus sufragáneos, consagren juntos el
crisma, pueden ser tolerados en tal costumbre.
6. Nadie, empero, por medio de los sacerdotes o confesores, sea sólo ungido por alguna unción, en vez de la satisfacción de la penitencia.
7. A los
enfermos, en cambio, según la palabra de Santiago Apóstol [Iac. 5, 14],
administreseles la extremaunción.
8. En cuanto a añadir agua, ya fría, ya caliente o templada, en el sacrificio del altar, sigan, si quieren, los griegos su costumbre, con tal de que crean y afirmen que, guardada la forma del canon, de una y otra se consagra igualmente.
9. Pero no reserven durante un año la Eucaristía consagrada en la cena del Señor, bajo pretexto de comulgar de ella los enfermos. Séales, sin embargo, permitido consagrar el cuerpo de Cristo para los mismos enfermos y conservarlo por quince días y no por más largo tiempo, para evitar que, por la larga reserva, alteradas tal vez las especies, resulte menos apto para ser recibido, si bien la verdad y eficacia permanecen siempre las mismas y no se desvanecen por duración o cambio alguno del tiempo.
10. En cuanto a la
celebración de las Misas solemnes y otras, y en cuanto a la hora de
celebrarlas, con tal de que en la confección o consagración observen la forma
de las palabras por el Señor expresada y enseñada, y en la celebración no
pasen de la hora nona, permítaseles seguir su costumbre...
18.
Respecto a la fornicación que comete soltero con soltera, no ha de dudarse en
modo alguno que es pecado mortal, como quiera que afirma el Apóstol que tanto fornicarios
como adúlteros son ajenos al reino de Dios [1 Cor. 6, 9 s].
19.
Además, queremos y expresamente mandamos que los obispos griegos confieran en
adelante las siete órdenes conforme a la costumbre de la Iglesia romana, pues
se dice que hasta ahora han descuidado y omitido tres de las menores en los
ordenados. Sin embargo, los que ya han sido así ordenados por ellos, dada su
excesiva muchedumbre, pueden ser tolerados en las órdenes así recibidas.
20.
Mas, como dice el Apóstol que la mujer, muerto el marido, está suelta de la
ley del mismo, de suerte que tiene libre facultad de casarse con quien quiera en
el Señor [Rom. 7. 2; 1 Cor. 7, 39]; no desprecien en modo alguno ni
condenen los griegos las segundas, terceras y ulteriores nupcias, sino más bien
apruébenlas, entre personas que, por lo demás, pueden lícitamente unirse en
matrimonio. Sin embargo, los presbíteros no bendigan en modo alguno a las que
por segunda vez se casan.
23.
Finalmente, afirmando la Verdad en el Evangelio que si alguno dijere
blasfemia contra el Espíritu Santo, no se le perdonará ni en este mundo ni el
futuro [Mt. 12, 32], por lo que se da a entender que unas culpas se perdonan
en el siglo presente y otras en el futuro, y como quiera que también dice el Apóstol
que el fuego probará cómo sea la obra de cada uno; y: Aquel cuya
obra ardiere sufrirá daño; él, empero, se salvará; pero como quien pasa por
el fuego [1 Cor. 3, 13 y 15]; y como los mismos griegos se dice que creen y
afirman verdadera e indubitablemente que las almas de aquellos que mueren,
recibida la penitencia, pero sin cumplirla; o sin pecado mortal, pero sí
veniales y menudos, son purificados después de la muerte y pueden ser ayudados
por los sufragios de la Iglesia; puesto que dicen que el lugar de esta purgación
no les ha sido indicado por sus doctores con nombre cierto y propio, nosotros
que, de acuerdo con las tradiciones y autoridades de los Santos Padres lo
llamamos purgatorio, queremos que en adelante se llame con este nombre también
entre ellos. Porque con aquel fuego transitorio se purgan ciertamente los
pecados, no los criminales o capitales, que no hubieren antes sido perdonados
por la penitencia, sino los pequeños y menudos, que aun después de la muerte
pesan, si bien fueron perdonados en vida.
24.
Mas si alguno muere en pecado mortal sin penitencia, sin género de duda es
perpetuamente atormentado por los ardores del infierno eterno.—25. Las almas,
empero, de los niños pequeños después del bautismo y también las de los
adultos que mueren en caridad y no están retenidas ni por el pecado ni por
satisfacción alguna por el mismo, vuelan sin demora a la patria sempiterna.
ALEJANDRO
IV, 1254-1261
Errores
de Guillermo del Santo Amor (sobre los mendicantes)
[De la Constitución Romanus
Pontifex, de 5 de octubre de 12561
Aparecieron,
decimos, y por el excesivo ardor de su ánimo, prorrumpieron en extraviadas
imaginaciones, componiendo temerariamente cierto libelo muy pernicioso y
detestable... Cuidadosamente leído y madura y rigurosamente examinado, se nos
ha hecho relación de su contenido. En él hallamos manifiestamente que se
contienen cosas perversas y reprobables,
contra
la potestad y autoridad del Romano Pontífice y sus compañeros de episcopado,
y
algunas contra aquellos que mendigan por Dios bajo estrechísima pobreza,
venciendo con su voluntaria indigencia al mundo con sus riquezas;
otras
contra los que, animados de ardiente celo por la salvación de las almas y
procurándola por los sagrados estudios, logran en la Iglesia de Dios muchos
provechos espirituales y hacen allí mucho fruto;
algunas
también contra el saludable estado de los religiosos, pobres o mendicantes,
como son nuestros amados hijos los frailes Predicadores y los Menores, los
cuales con vigor de espíritu, abandonado el siglo con sus riquezas, suspiran
con toda su intención por la sola Patria celeste;
y
por el estilo otras muchas cosas inconvenientes dignas de eterna confutación y
confusión.
Se
nos informó también que dicho libelo era semillero de grande escándalo y
materia de mucha turbación, y traía también daño a las almas, pues retraía
de la devoción acostumbrada y de la ordinaria largueza en las limosnas y de la
conversión e ingreso de los fieles en religión.
Nos
hemos juzgado por autoridad apostólica, con el consejo de nuestros hermanos,
que dicho libro que empieza así: “He aquí que quienes vean gritarán
afuera” y por su título se llama Breve tratado sobre los peligros de los
últimos tiempos, ha de ser reprobado y para siempre condenado por inicuo,
criminal y execrable; y las instituciones y enseñanzas en él dadas, por
perversas, falsas e ilícitas, mandando con todo rigor que quienquiera tuviere
ese libro, después de ocho días de sabida esta nuestra reprobación y
condenación, procure absolutamente quemarlo y destruirlo enteramente y en
cualquiera de sus partes.
URBANO
IV, 1261-1264
Del
objeto y virtud de la acción litúrgica conmemorativa
[De la Bula Transiturus de hoc
mundo, de 11 de agosto de 1264]
Porque
lo demás de que hacemos memoria, lo abrazamos con la mente y el espíritu; pero
no por eso obtenemos la presencia real de la cosa. Pero en esta conmemoración
sacramental, Jesucristo está presente entre nosotros, bajo forma distinta,
ciertamente, pero en su propia sustancia.
CLEMENTE
IV, 1265-1268
GREGORIO
X, 1271-1276
II
CONCILIO DE LYON, 1274
XIV
ecuménico (de la unión de los griegos)
Constitución
sobre la procesión del Espíritu Santo
[De
summa Trinitate et fide catholica]
Confesamos
con fiel y devota profesión que el Espíritu Santo procede eternamente del
Padre y del Hijo, no como de dos principios, sino como de un solo principio; no
por dos aspiraciones, sino por única aspiración; esto hasta ahora ha
profesado, predicado y enseñado, esto firmemente mantiene, predica, profesa y
enseña la sacrosanta Iglesia Romana, madre y maestra de todos los fieles; esto
mantiene la sentencia verdadera de los Padres y doctores ortodoxos, lo mismo
latinos que griegos. Mas, como algunos, por ignorancia de la anterior
irrefragable verdad, han caído en errores varios, nosotros, queriendo cerrar el
camino a tales errores, con aprobación del sagrado Concilio, condenamos y
reprobamos a los que osaren negar que el Espíritu Santo procede eternamente del
Padre y del Hijo, o también con temerario atrevimiento afirmar que el Espíritu
Santo procede del Padre y del Hijo como de dos principios y no como de uno.
Profesión
de fe de Miguel Paleólogo
Creemos
que la Santa Trinidad, Padre e Hijo y Espíritu Santo es un solo Dios
omnipotente y que toda la divinidad en la Trinidad es coesencial y
consustancial, coeterna y coomnipotente, de una sola voluntad, potestad y
majestad, creador de todas las creaturas, de quien todo, en quien todo y por
quien todo, lo que hay en el cielo y en la tierra, lo visible y lo invisible, lo
corporal y lo espiritual. Creemos que cada persona en la Trinidad es un solo
Dios verdadero, pleno y perfecto.
Creemos
que el mismo Hijo de Dios, Verbo de Dios, eternamente nacido del Padre,
consustancial, coomnipotente e igual en todo al Padre en la divinidad, nació
temporalmente del Espíritu Santo y de María siempre Virgen con alma racional;
que tiene dos nacimientos, un nacimiento eterno del Padre y otro temporal de la
madre: Dios verdadero y hombre verdadero, propio y perfecto en una y otra
naturaleza, no adoptivo ni fantástico, sino uno y único Hijo de Dios en dos y
de dos naturalezas, es decir, divina y humana, en la singularidad de una sola
persona, impasible e inmortal por la divinidad, pero que en la humanidad padeció
por nosotros y por nuestra salvación con verdadero sufrimiento de su carne,
murió y fue sepultado, y descendió a los infiernos, y al tercer día resucitó
de entre los muertos con verdadera resurrección de su carne, que al día
cuadragésimo de su resurrección subió al cielo con la carne en que resucitó
y con el alma, y está sentado a la derecha de Dios Padre, que de allí ha de
venir a juzgar a los vivos y a los muertos, y que ha de dar a cada uno según
sus obras, fueren buenas o malas.
Creemos
también que el Espíritu Santo es Dios pleno, perfecto y verdadero que procede
del Padre y del Hijo, consustancial, coomnipotente y coeterno en todo con el
Padre y el Hijo. Creemos que esta santa Trinidad no son tres dioses, sino un
Dios único,omnipotente, eterno, invisible e inmutable.
Creemos
que hay una sola verdadera Iglesia Santa, Católica y Apostólica, en la que se
da un solo santo bautismo y verdadero perdón de todos los pecados. Creemos
también la verdadera resurrección de la carne que ahora llevamos, y la vida
eterna. Creemos también que el Dios y Señor omnipotente es el único autor del
Nuevo y del Antiguo Testamento, de la Ley, los Profetas y los Apóstoles. Ésta
es la verdadera fe católica y ésta mantiene y predica en los antedichos artículos
la sacrosanta Iglesia Romana. Mas, por causa de los diversos errores que unos
por ignorancia y otros por malicia han introducido, dice y predica que aquellos
que después del bautismo caen en pecado, no han de ser rebautizados, sino que
obtienen por la verdadera penitencia el perdón de los pecados. Y si
verdaderamente arrepentidos murieren en caridad antes de haber satisfecho con
frutos dignos de penitencia por sus comisiones y omisiones, sus almas son
purificadas después de la muerte con penas purgatorias o catarterias, como nos
lo ha explicado Fray Juan; y para alivio de esas penas les aprovechan los
sufragios de los fieles vivos, a saber, los sacrificios de las misas, las
oraciones y limosnas, y otros oficios de piedad, que, según las instituciones
de la Iglesia, unos fieles acostumbran hacer en favor de otros. Mas aquellas
almas que, después de recibido el sacro bautismo, no incurrieron en mancha
alguna de pecado, y también aquellas que después de contraída, se han
purgado, o mientras permanecían en sus cuerpos o después de desnudarse de
ellos, como arriba se ha dicho, son recibidas inmediatamente en el cielo.
Las
almas, empero, de aquellos que mueren en pecado mortal o con solo el original,
descienden inmediatamente al infierno, para ser castigadas, aunque con penas
desiguales. La misma sacrosanta Iglesia Romana firmemente cree y firmemente
afirma que, asimismo, comparecerán todos los hombres con sus cuerpos el día
del juicio ante el tribunal de Cristo para dar cuenta de sus propios hechos [Rom.
14, 10 s].
Sostiene
también y enseña la misma Santa Iglesia Romana que hay siete sacramentos
eclesiásticos, a saber: uno el bautismo del que arriba se ha hablado; otro es
el sacramento de la confirmación que confieren los obispos por medio de la
imposición de las manos, crismando a los renacidos, otro es la penitencia, otro
la eucaristía, otro el sacramento del orden, otro el matrimonio, otro la
extremaunción, que se administra a los enfermos según la doctrina del
bienaventurado Santiago.
El
sacramento de la Eucaristía lo consagra de pan ázimo la misma Iglesia Romana,
manteniendo y enseñando que en dicho sacramento el pan se transustancia
verdaderamente en el cuerpo y el vino en la sangre de Nuestro Señor Jesucristo.
Acerca del matrimonio mantiene que ni a un varón se le permite tener a la vez
muchas mujeres ni a una mujer muchos varones. Mas, disuelto el legítimo
matrimonio por muerte de uno de los cónyuges, dice ser lícitas las segundas y
sucesivamente terceras nupcias, si no se opone otro impedimento canónico por
alguna causa.
La
misma Iglesia Romana tiene el sumo y pleno primado y principado sobre toda la
Iglesia Católica que verdadera y humildemente reconoce haber recibido con la
plenitud de potestad, de manos del mismo Señor en la persona del bienaventurado
Pedro, príncipe o cabeza de los Apóstoles, cuyo sucesor es el Romano Pontífice.
Y como está obligada más que las demás a defender la verdad de la fe, así
también, por su juicio deben ser definidas las cuestiones que acerca de la fe
surgieren. A ella puede apelar cualquiera, que hubiere sido agraviado en asuntos
que pertenecen al foro eclesiástico y en todas las causas que tocan al examen
eclesiástico, puede recurrirse a su juicio. Y a ella están sujetas todas las
Iglesias, y los prelados de ellas le rinden obediencia y reverencia. Pero de tal
modo está en ella la plenitud de la potestad, que también admite a las otras
Iglesias a una parte de la solicitud y, a muchas de ellas, principalmente a las
patriarcales, la misma Iglesia Romana las honró con diversos privilegios, si
bien quedando siempre a salvo en su prerrogativa, tanto en los Concilios
generales como en todo lo demás.
INOCENCIO V, 1276
MARTIN IV, 1281-1285
ADRIANO V, 1276
HONORIO IV, 1285-1287
JUAN XXI, 1276-1277
NICOLAS IV, 1288-1292
NICOLAS III, 1277-1280
SAN CELESTINO V, 1294-(† 1295)
BONIFACIO
VIII, 1294-1303
Sobre
las indulgencias
[De
la Bula del Jubileo Antiquorum habet, de 22 de febrero de 1300]
La
fiel relación de los antiguos nos cuenta que a quienes se acercaban a la
honorable basílica del príncipe de los Apóstoles, les fueron concedidos
grandes perdones e indulgencias de sus pecados. Nos... teniendo por ratificados
y gratos todos y cada uno de esos perdones e indulgencias, por autoridad apostólica
los confirmamos y aprobamos...
De
la unidad y potestad de la Iglesia
[De
la Bula Unam sanctam, de 18 de noviembre de 1302]
Por
apremio de la fe, estamos obligados a creer y mantener que hay una sola y Santa
Iglesia Católica y la misma Apostólica, y nosotros firmemente la creemos y
simplemente la confesamos, y fuera de ella no hay salvación ni perdón de los
pecados, como quiera que el Esposo clama en los cantares: Una sola es mi
paloma, una sola es mi perfecta. Unica es ella de su madre, la preferida de la
que la dio a luz [Cant. 6, 8]. Ella representa un solo cuerpo místico, cuya
cabeza es Cristo, y la cabeza de Cristo, Dios. En ella hay un solo Señor,
una sola fe, un solo bautismo [Eph. 4, 5]. Una sola, en efecto, fue el arca
de Noé en tiempo del diluvio, la cual prefiguraba a la única Iglesia, y, con
el techo en pendiente de un codo de altura, llevaba un solo rector y gobernador,
Noé, y fuera de ella leemos haber sido borrado cuanto existía sobre la tierra.
Mas a la Iglesia la veneramos también como única, pues dice el Señor en el
Profeta: Arranca de la espada, oh Dios, a mi alma y del poder de los canes a
mi única [Ps. 21, 21]. Oró, en efecto, juntamente por su alma, es
decir, por sí mismo, que es la cabeza, y por su cuerpo, y a este cuerpo llamó
su única Iglesia, por razón de la unidad del esposo, la fe, los sacramentos y
la caridad de la Iglesia. Ésta es aquella túnica del Señor, inconsútil
[Ioh. 19, 23], que no fue rasgada, sino que se echó a suertes. La Iglesia,
pues, que es una y única, tiene un solo cuerpo, una sola cabeza, no dos, como
un monstruo, es decir, Cristo y el vicario de Cristo, Pedro, y su sucesor,
puesto que dice el Señor al mismo Pedro: Apacienta a mis ovejas [Ioh.
21, 17]. Mis ovejas, dijo, y de modo general, no éstas o aquéllas en
particular; por lo que se entiende que se las encomendó todas. si, pues, ]os
griegos u otros dicen no haber sido encomendados a Pedro y a sus sucesores,
menester es que confiesen no ser de las ovejas de Cristo, puesto que dice el Señor
en Juan que hay un solo rebaño y un solo pastor [Ioh. 10, 16].
Por
las palabras del Evangelio somos instruidos de que, en ésta y en su potestad,
hay dos espadas: la espiritual y la temporal... Una y otra espada, pues, está
en la potestad de la Iglesia, la espiritual y la material. Mas ésta ha de
esgrimirse en favor de la Iglesia; aquélla por la Iglesia misma. Una por mano
del sacerdote, otra por mano del rey y de los soldados, si bien a indicación y
consentimiento del sacerdote. Pero es menester que la espada esté bajo la
espada y que la autoridad temporal se someta a la espiritual... Que la potestad
espiritual aventaje en dignidad y nobleza a cualquier potestad terrena, hemos de
confesarlo con tanta más claridad, cuanto aventaja lo espiritual a lo
temporal... Porque, según atestigua la Verdad, la potestad espiritual tiene que
instituir a la temporal, y juzgarla si no fuere buena... Luego si la potestad
terrena se desvía, será juzgada por la potestad espiritual; si se desvía la
espiritual menor, por su superior; mas si la suprema, por Dios solo, no por el
hombre, podrá ser juzgada. Pues atestigua el Apóstol: El hombre espiritual
lo juzga todo, pero él por nadie es juzgado [1 Cor. 2, 15]. Ahora bien,
esta potestad, aunque se ha dado a un hombre y se ejerce por un hombre, no es
humana, sino antes bien divina, por boca divina dada a Pedro, y a él y a sus
sucesores confirmada en Aquel mismo a quien confesó, y por ello fue piedra,
cuando dijo el Señor al mismo Pedro: Cuanto ligares etc. [Mt. 16, 19]. Quienquiera,
pues, resista a este poder así ordenado por Dios, a la ordenación
de Dios resiste [Rom. 13, 2], a no ser que, como Maniqueo, imagine que hay
dos principios, cosa que juzgamos falsa y herética, pues atestigua Moisés no
que “en los principios”, sino en el principio creó Dios el cielo y la
tierra [Gen. 1, 1]. Ahora bien, someterse al Romano Pontífice, lo
declaramos, lo decimos, definimos y pronunciamos como de toda necesidad de
salvación para toda humana criatura.
BENEDICTO
XI, 1303-1304
De
la repetida confesión de los pecados
[De
la Constitución Inter cunctas sollicitudines, de 17 de febrero de 1304]
Aunque
no sea de necesidad confesar nuevamente los pecados, sin embargo, por la vergüenza
que es una parte grande de la penitencia, tenemos por cosa saludable que se
reitere la confesión de los mismos pecados. Rigurosamente mandamos que los
frailes mismos que confiesan [Predicadores y Menores] atentamente avisen
y en sus predicaciones exhorten a que los fieles se confiesen con sus sacerdotes
por lo menos una vez al año, asegurándoles que ello indudablemente se refiere
al provecho de las almas.
CLEMENTE
V, 1305-1314
CONCILIO
DE VIENNE, 1311-1312
XV
ecuménico (abolición de los templarios)
Errores
de los begardos y beguinos
(sobre
el estado de perfección)
(1)
El hombre en la vida presente puede adquirir tal y tan grande grado de perfección,
que se vuelve absolutamente impecable y no puede adelantar más en gracia;
porque, según dicen, si uno pudiera siempre adelantar, podría hallarse alguien
más perfecto que Cristo.
(2)
Después que el hombre ha alcanzado este grado de perfección, no necesita
ayunar ni orar; porque entonces la sensualidad está tan perfectamente sujeta al
espíritu y a la razón, que el hombre puede conceder libremente al cuerpo
cuanto le place.
(3)
Aquellos que se hallan en el predicho grado de perfección y espíritu de
libertad, no están sujetos a la obediencia humana ni obligados a preceptos
algunos de la Iglesia, porque (según aseguran) donde está el Espíritu del
Señor, allí está la libertad [2 Cor. 3, 17].
(4)
El hombre puede alcanzar en la presente vida la beatitud final según todo grado
de perfección, tal como la obtendrá en la vida bienaventurada.
(5)
Cualquier naturaleza intelectual es en si misma naturalmente bienaventurada y el
alma no necesita de la luz de gloria que la eleve para ver a Dios y gozarle
bienaventuradamente.
(6)
Ejercitarse en los actos de las virtudes es propio del hombre imperfecto, y el
alma perfecta licencia de si las virtudes.
(7)
El beso de una mujer, como quiera que la naturaleza no inclina a ello, es pecado
mortal; en cambio, el acto carnal, como quiera que a esto inclina la naturaleza,
no es pecado, sobre todo si el que lo ejercita es tentado.
(8)
En la elevación del cuerpo de Jesucristo no hay que levantarse ni tributarle
reverencia, y afirman que seria imperfección para ellos si descendieran tanto
de la pureza y altura de su contemplación, que pensaran algo sobre el
ministerio (v. l.: misterio) o sacramento de la Eucaristía o sobre la pasión
de la humanidad de Cristo.
Censura:
Nos, con aprobación del
sagrado Concilio, condenamos y reprobamos absolutamente la secta misma con los
antedichos errores y con todo rigor prohibimos que en adelante los sostenga,
apruebe o defienda nadie...
De
la usura
[De
la Constitución Ex gravi ad nos]
Si
alguno cayere en el error de pretender afirmar pertinazmente que ejercer las
usuras no es pecado, decretamos que sea castigado como hereje.
Errores
de Pedro Juan Olivi
(acerca
de la llaga de Cristo, de la unión del alma y del cuerpo, y del bautismo)
[De
la Constitución De Summa Trinitate et fide catholica]
[De
la encarnación.] Adhiriéndonos
firmemente al fundamento de la fe católica, fuera del cual, en
testimonio del Apóstol, nadie puede poner otro [1 Cor. 3, 11],
abiertamente confesamos, con la santa madre Iglesia, que el unigénito Hijo de
Dios, eternamente subsistente junto con el Padre en todo aquello en que el Padre
es Dios, asumió en el tiempo en el tálamo virginal para la unidad de su hipóstasis
o persona, las partes de nuestra naturaleza juntamente unidas, por las que,
siendo en sí mismo verdadero Dios se hiciera verdadero hombre, es decir, el
cuerpo humano pasible y el alma intelectiva o racional que verdaderamente por si
misma y esencialmente informa al mismo cuerpo. Y en esta naturaleza asumida, el
mismo Verbo de Dios, para obrar la salvación de todos, no sólo quiso ser
clavado en la cruz y morir en ella, sino que sufrió que, después de exhalar su
espíritu, fuera perforado por la lanza su costado, para que, al manar de él
las ondas de agua y sangre, se formara la única inmaculada y virgen, santa
madre Iglesia, esposa de Cristo, como del costado del primer hombre dormido fue
formada Eva para el matrimonio; y así a la figura cierta del primero y viejo Adán
que, según el Apóstol, es forma del futuro {Rom. 5, 14], respondiera la
verdad en nuestro novísimo Adán, es decir, en Cristo. Ésta es, decimos, la
verdad, asegurada, como por una valla, por el testimonio de aquella grande águila,
que vio el profeta Ezequiel pasar de vuelo a los otros animales evangélicos, es
decir, por el testimonio del bienaventurado Juan Apóstol y Evangelista, que,
contando el suceso y orden de este misterio, dice en su Evangelio: Mas cuando
llegaron a Jesús, como le vieron ya muerto, no quebraron sus piernas, sino que
uno de los soldados abrió con la lanza su costado y al punto salió sangre y
agua. Y el que lo vio dio testimonio, y su testimonio es verdadero, y él sabe
que dice verdad, para que también vosotros creáis [Ioh. 19, 33 ss].
Nosotros, pues, volviendo la vista de la consideración apostólica, a la cual
solamente pertenece declarar estas cosas, a tan preclaro testimonio y a la común
sentencia de los Padres y Doctores, con aprobación del sagrado Concilio,
declaramos que el predicho Apóstol y Evangelista Juan, se atuvo, en lo
anteriormente transcrito, al recto orden del suceso, contando que a Cristo va
muerto uno de los soldados le abrió el costado con la lanza.
[Del
alma como forma del cuerpo.] Además,
con aprobación del predicho sagrado Concilio, reprobamos como errónea y
enemiga de la verdad de la fe católica toda doctrina o proposición que
temerariamente afirme o ponga en duda que la sustancia del alma racional o
intelectiva no es verdaderamente y por sí forma del cuerpo humano; definiendo,
para que a todos sea conocida la verdad de la fe sincera y se cierre la entrada
a todos los errores, no sea que se infiltren, que quienquiera en adelante
pretendiere afirmar, defender o mantener pertinazmente que el alma racional o
intelectiva no es por sí misma y esencialmente forma del cuerpo humano, ha de
ser considerado como hereje.
[Del
bautismo.] Además ha de
ser por todos fielmente confesado un bautismo único que regenera a todos los
bautizados en Cristo, como ha de confesarse un solo Dios y una fe única [Eph.
4, 6]; bautismo que, celebrado en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu
Santo, creemos ser comúnmente, tanto para los niños como para los adultos,
perfecto remedio de salvación.
Mas
como respecto al efecto del bautismo en los niños pequeños se halla que
algunos doctores teólogos han tenido opiniones contrarias, diciendo algunos de
ellos que por la virtud del bautismo ciertamente se perdona a los párvulos la
culpa, pero no se les confiere la gracia, mientras afirman otros que no sólo se
les perdona la culpa en el bautismo, sino que se les infunden las virtudes y la
gracia informante en cuanto al hábito [v. 140], aunque por entonces no en
cuanto al uso; nosotros, empero, en atención a la universal eficacia de la
muerte de Cristo que por el bautismo se aplica igualmente a todos los
bautizados, con aprobación del sagrado Concilio, hemos creído que debe
elegirse como más probable y más en armonía y conforme con los dichos de los
Santos y de los modernos doctores de teología la segunda opinión que afirma
conferirse en el bautismo la gracia informante y las virtudes tanto a los niños
como a los adultos.
JUAN
XXII, 1316-1334
Errores
de los fraticelli (sobre
la Iglesia y los sacramentos)
[Condenados
en la Constitución Gloriosam Ecclesiam, de 26 de enero de 1318]
Los
predichos hijos de la temeridad y de la impiedad, según cuenta una relación
fidedigna, han llegado a tal mezquindad de inteligencia que sienten impíamente
contra la preclarísima y salubérrima verdad de la fe cristiana, desprecian los
venerandos sacramentos de la Iglesia y con el ímpetu de su ciego furor chocan
contra el glorioso primado de la lglesia Romana, que ha de ser reverenciado por
todas las naciones, para ser más pronto aplastados por él mismo.
(1)
Así, pues, el primer error que sale de la tenebrosa oficina de esos hombres,
fantasea dos Iglesias, una carnal, repleta de riquezas, que nada en placeres,
manchada de crímenes, sobre la que afirman dominar el Romano Pontífice y los
otros prelados inferiores; otra espiritual, limpia por su sobriedad, hermosa por
la virtud, ceñida de pobreza, en la que se hallan ellos solos y sus cómplices,
y sobre la que ellos también mandan por merecimiento de la vida espiritual, si
es que hay que dar alguna fe a sus mentiras...
(2)
El segundo error con que se mancha la conciencia de esos insolentes, vocifera
que los venerables sacerdotes de la Iglesia y demás ministros carecen hasta
punto tal de jurisdicción y de orden, que no pueden ni dar sentencia, ni
consagrar los sacramentos, ni instruir y enseñar al pueblo que les está
sujeto, fingiendo que están privados de toda potestad eclesiástica cuantos ven
ajenos a su perfidia: porque sólo entre ellos (según ellos sueñan), como la
santidad de la vida espiritual, así persevera la autoridad, en lo que siguen el
error de los donatistas...
(3)
El tercer error de éstos se conjura con el de los valdenses, pues unos y otros
afirman que no ha de jurarse en ningún caso, dogmatizando que se manchan con
contagio de pecado mortal y merecen castigo quienes se hubieren obligado por la
religión del juramento...
(4)
La cuarta blasfemia de estos impíos, manando de la fuente envenenada de los
predichos valdenses, finge que los sacerdotes, debida y legítimamente ordenados
según la forma de la Iglesia, pero oprimidos por cualesquiera culpas, no pueden
consagrar o conferir los sacramentos de la Iglesia...
(5)
El quinto error de tal manera ciega las mentes de estos hombres que afirman que
sólo en ellos se ha cumplido en este tiempo el Evangelio de Cristo que hasta
ahora (según ellos enseñan) había estado escondido y hasta totalmente
extinguido...
Muchas
otras cosas hay que se dice charlatanean estos hombres presuntuosos contra el
venerable sacramento del matrimonio; muchas las que sueñan del curso de los
tiempos y del fin del mundo, muchas las que con deplorable vanidad propalan
sobre la venida del Anticristo, de quien afirman que está ya llegando. Todo
ello, pues vemos que parte son cosas heréticas, parte locas, parte fantásticas,
más bien creemos ha de ser condenado con sus autores, que no perseguido o
refutado con la pluma...
Errores
de Juan Pouilly (acerca
de la confesión y de la Iglesia)
[Enumerados
y condenados en la Constitución Vas electionis, de 21 de julio de 1321]
.
Los
que se confiesan con los frailes que tienen licencia general de oír
confesiones, están obligados a confesar otra vez a su propio sacerdote los
mismos pecados que ya han confesado.
Vigiendo
el Estatuto Omnis utriusque sexus, publicado por el Concilio general [IV
de Letrán; v. 437], el Romano Pontífice no puede hacer que los feligreses no
estén obligados a confesar una vez al año sus pecados con su propio sacerdote,
que dice ser su cura párroco; es más, ni Dios podría hacerlo, pues, según
decía, implica contradicción.
El
Papa, y hasta el mismo Dios, no puede dar licencia general de oír confesiones,
sin que quien se confiesa con el que tiene esa licencia general, no esté
obligado a confesar nuevamente los mismos pecados con su propio sacerdote, que
dice ser, como se dijo antes, su cura párroco.
Todos
los predichos artículos y cada uno de ellos, por autoridad apostólica, los
condenamos y reprobamos como falsos y erróneos y desviados de la sana
doctrina... afirmando ser verdadera y católica la doctrina a ellos contraria...
Del
infierno y del limbo (?)
[De
la Carta Nequaquam sine dolore a los armenios, de 21 de noviembre de
1321]
Enseña
la Iglesia Romana que las almas de aquellos que salen del mundo en pecado mortal
o sólo con el pecado original, bajan inmediatamente al infierno, para ser, sin
embargo, castigados con penas distintas y en lugares distintos.
De
la pobreza de Cristo
[De
la Constitución Cum inter nonnullos, de 13 de noviembre de 1323]
Como
quiera que frecuentemente se pone en duda entre algunos escolásticos si el
afirmar pertinazmente que nuestro Redentor y Señor Jesucristo y sus Apóstoles
no tuvieron nada en particular, ni siquiera en común, ha de considerarse como
herético, ya que las sentencias sobre ello son diversas y contrarias:
Nos,
deseando poner fin a esta disputa, con consejo de nuestros hermanos, declaramos,
por este edicto perpetuo, que en adelante ha de ser tenida por errónea y herética
semejante aserción pertinaz, como quiera que expresamente contradice a la
Sagrada Escritura que en muchos lugares asegura que tenían algunas cosas, y
supone que la misma Escritura Sagrada, por la que se prueban ciertamente los artículos
de la fe ortodoxa, en cuanto al asunto propuesto contiene fermento de mentira,
y, por ello, en cuanto de semejante aserción depende, destruyendo en todo la fe
de la Escritura, vuelve dudosa e incierta la fe católica, al quitarle su
prueba.
Además,
el afirmar pertinazmente en adelante que nuestro Redentor y sus Apóstoles no
tenían en modo alguno derecho a usar de aquellas cosas que la Escritura nos
atestigua que poseían, ni tenían derecho a venderlas o darlas, ni adquirir con
ellas otras, lo que la Escritura nos atestigua que hicieron acerca de las cosas
predichas, o expresamente supone que lo podían hacer; como semejante aserción
incluye evidentemente que no usaron ni obraron justamente en los puntos
predichos, y sentir así de usos, actos o hechos de nuestro Redentor, Hijo de
Dios, es sacrílego, contrario a la Sagrada Escritura y enemigo de la doctrina
católica, con consejo de nuestros hermanos, declaramos que en adelante tal
aserción pertinaz ha de considerarse, con razón, errónea y herética.
Errores
de Marsilio de Padua y de Juan de Jandun
(sobre
la constitución de la Iglesia)
[Enumerados
y condenados en la Constitución Licet iuxta doctrinam, de 23 de octubre
de 1327]
(1)
Lo que se lee de Cristo en el Evangelio de San Mateo, que Él pagó el tributo
al César cuando mandó dar a los que pedían la didracma el estater tomado de
la boca del pez [cf. Mt. 17, 26], no lo hace por condescendencia de su
liberalidad o piedad, sino forzado por la necesidad.
[De
ahí concluían, según la Bula:]
Que
todo lo temporal de la Iglesia está sometido al Emperador y éste lo puede
tomar como suyo.
(2)
El bienaventurado Apóstol Pedro no tuvo más autoridad que los demás Apóstoles,
y no fue cabeza de los otros Apóstoles. Asimismo, Cristo no dejó cabeza alguna
a la Iglesia ni hizo a nadie vicario suyo.
(3)
Al Emperador toca corregir al Papa, instituirle y destituirle, y castigarle.
(4)
Todos los sacerdotes, sea el Papa, o el arzobispo o un simple sacerdote, tienen
por institución de Cristo la misma jurisdicción y autoridad.
(5)
Toda la Iglesia junta no puede castigar a un hombre con pena coactiva, si no se
lo concede el Emperador.
Declaramos
sentencialmente que los predichos artículos son, como contrarios a la Sagrada
Escritura y enemigos de la fe católica, heréticos o hereticales y erróneos, y
los predichos Marsilio y Juan herejes y hasta heresiarcas manifiestos y
notorios.
Errores
de Eckhart (sobre
el Hijo de Dios, etc.)
[Enumerados
y condenados en la Constitución In agro dominico de 27 de marzo
de 1329]
(1)
Interrogado alguna vez por qué Dios no hizo el mundo antes, respondió que Dios
no pudo hacer antes el mundo, porque nada puede obrar antes de ser; de ahí que
tan pronto como fue Dios, al punto creó el mundo.
(2)
Asimismo, puede concederse que el mundo fue ab aeterno.
(3)
Asimismo, juntamente y de una vez, cuando Dios fue, cuando engendró a su Hijo
Dios, coeterno y coigual consigo en todo, creó también el mundo.
(4)
Asimismo, en toda obra, aun mala, y digo mala tanto de pena como de culpa, se
manifiesta y brilla por igual la gloria de Dios.
(5)
Asimismo, el que vitupera a otro, por el vituperio mismo, por el pecado de
vituperio, alaba a Dios y cuanto más vitupera y más gravemente peca, más
alaba a Dios.
(6)
Asimismo, blasfemando uno a Dios mismo, alaba a Dios.
(7)
Asimismo, el que pide esto o lo otro, pide un mal y pide mal, porque pide la
negación del bien y la negación de Dios y ora que Dios se niegue a sí mismo.
(8)
Los que no pretenden las cosas, ni los honores, ni la utilidad, ni la devoción
interna, ni la santidad, ni el premio, ni el reino de los cielos, sino que en
todas estas cosas han renunciado aun lo que es propio, ésos son los hombres en
que es Dios honrado.
(9)
Yo he pensado poco ha si quería yo recibir o desear algo de Dios: yo quiero
deliberar muy bien sobre eso, porque donde yo estuviera recibiendo de Dios, allí
estaría yo debajo de Él, como un criado o esclavo y Él como un Señor dando,
y no debemos estar así en la vida eterna.
(10)
Nosotros nos transformamos totalmente en Dios y nos convertimos en Él. De modo
semejante a como en el sacramento el pan se convierte en cuerpo de Cristo; de
tal manera me convierto yo en Él, que Él mismo me hace ser una sola cosa suya,
no cosa semejante: por el Dios vivo es verdad que allí no hay distinción
alguna.
(11)
Cuanto Dios Padre dio a su Hijo unigénito en la naturaleza humana, todo eso me
lo dio a mi; aquí no exceptúo nada, ni la unión ni la santidad, sino que todo
me lo dio a mi como a Él.
(12)
Cuanto dice la Sagrada Escritura acerca de Cristo, todo eso se verifica también
en todo hombre bueno y divino.
(13)
Cuanto es propio de la divina naturaleza, todo eso es propio del hombre justo y
divino. Por ello, ese hombre obra cuanto Dios obra y junto con Dios creó el
cielo y la tierra y es engendrador del Verbo eterno y, sin tal hombre, no sabría
Dios hacer nada.
(14)
El hombre bueno debe de tal modo conformar su voluntad con la voluntad divina,
que quiera cuanto Dios quiera; y como Dios quiere que yo peque de algún modo,
yo no querría no haber cometido los pecados, y esta es la verdadera penitencia.
(15)
Si un hombre hubiere cometido mil pecados mortales, si tal hombre está
rectamente dispuesto, no debiera querer no haberlos cometido.
(16)
Dios propiamente no manda el acto exterior.
(17)
El acto exterior no es propiamente bueno y divino, ni es Dios propiamente quien
lo obra y lo pare.
(18)
Llevamos frutos no de actos exteriores que no nos hacen buenos, sino de actos
interiores que obra y hace el Padre permaneciendo en nosotros.
(19)
Dios ama a las almas y no la obra externa.
(20)
El hombre bueno es Hijo unigénito de Dios.
(21)
El hombre noble es aquel Hijo unigénito de Dios, a quien el Padre engendró
eternamente.
(22)
El Padre me engendra a mí su Hijo y el mismo Hijo. Cuanto Dios obra, es una
sola cosa; luego me engendra a mí, Hijo suyo sin distinción alguna.
(23)
Dios es uno solo de todos modos y según toda razón, de suerte que en Él no es
posible hallar muchedumbre alguna, ni en el entendimiento ni fuera del
entendimiento; porque el que ve dos o ve distinción, no ve a Dios, porque Dios
es uno solo, fuera del número y sobre el número, y no entra en el número con
nadie.
Siguese:
luego ninguna distinción puede haber o entenderse en el mismo Dios.
(24)
Toda distinción es ajena a Dios, lo mismo en la naturaleza que en las personas.
Se prueba: porque la naturaleza misma es una sola y esta sola cosa; y cualquier
persona es una sola y la misma una sola cosa que la naturaleza.
(25)
Cuando se dice: Simón, ¿me amas más que éstos? [Ioh. 21, 15 s], el
sentido es: me amas más que a estos, y está ciertamente bien, pero no
perfectamente. Pues en lo primero y lo segundo, se da el más y el menos, el
grado y el orden; pero en lo uno,
no hay grado ni orden. Luego el que ama a Dios más que al prójimo, hace
ciertamente bien, pero aún no perfectamente.
(26)
Todas las criaturas son una pura nada: no digo que sean un poco o algo, sino que
son una pura nada.
Se
le había además objetado a dicho Eckhart que había predicado otros dos artículos
con estas palabras:
(1)
Algo hay en el alma que es increado e increable; si toda el alma fuera tal, sería
increada e increable, y esto es el entendimiento.
(2)
Dios no es bueno, ni mejor, ni óptimo: Tan mal hablo cuando llamo a Dios bueno,
como cuando digo lo blanco negro.
[De
estos artículos dice luego la Bula:]
...
Nos ... expresamente condenamos y reprobamos los quince primeros artículos y
los dos últimos como heréticos y los otros once citados como mal
sonantes, temerarios, sospechosos de herejía, y no menos cualesquiera
libros u opúsculos del mismo Eckhart que contengan los antedichos artículos o
alguno de ellos.
BENEDICTO
XII, 1334-1342
De
la visión beatífica de Dios y de los novísimos
[De
la Constitución Benedictus Deus, de 29 de enero de 1330]
Por
esta constitución que ha de valer para siempre, por autoridad apostólica
definimos que, según la común ordenación de Dios, las almas de todos los
santos que salieron de este mundo antes de la pasión de nuestro Señor
Jesucristo, así como las de los santos Apóstoles, mártires, confesores, vírgenes,
y de los otros fieles muertos después de recibir el bautismo de Cristo, en los
que no había nada que purgar al salir de este mundo, ni habrá cuando salgan
igualmente en lo futuro, o si entonces lo hubo o habrá luego algo purgable en
ellos, cuando después de su muerte se hubieren purgado; y que las almas de los
niños renacidos por el mismo bautismo de Cristo o de los que han de ser
bautizados, cuando hubieren sido
bautizados, que mueren antes del uso del libre albedrío, inmediatamente después
de su muerte o de la dicha purgación los que necesitaren de ella, aun antes de
la reasunción de sus cuerpos y del juicio universal, después de la ascensión
del Salvador Señor nuestro Jesucristo al cielo, estuvieron, están y estarán
en el cielo, en el reino de los cielos y paraíso celeste con Cristo, agregadas
a la compañía de los santos ángeles, y después de la muerte y pasión de
nuestro Señor Jesucristo vieron y ven la divina esencia con visión intuitiva y
también cara a cara, sin mediación de criatura alguna que tenga razón de
objeto visto, sino por mostrárseles la divina esencia de modo inmediato y
desnudo, clara y patentemente, y que viéndola así gozan de la misma divina
esencia y que, por tal visión y fruición, las almas de los que salieron de
este mundo son verdaderamente bienaventuradas y tienen vida y descanso eterno, y
también las de aquellos que después saldrán de este mundo, verán la misma
divina esencia y gozarán de ella antes del juicio universal; y que esta visión
de la divina esencia y la fruición de ella suprime en ellos los actos de fe y
esperanza, en cuanto la fe y la esperanza son propias virtudes teológicas; y
que una vez hubiere sido o será iniciada esta visión intuitiva y cara a cara y
la fruición en ellos, la misma visión y fruición es continua sin intermisión
alguna de dicha visión y fruición, y se continuará hasta el juicio final y
desde entonces hasta la eternidad.
Definimos
además que, según la común ordenación de Dios, las almas de los que salen
del mundo con pecado mortal actual, inmediatamente después de su muerte bajan
al infierno donde son atormentados con penas infernales, y que no obstante en el
día del juicio todos los hombres comparecerán con sus cuerpos ante el tribunal
de Cristo, para dar cuenta de sus propios actos, a fin de que cada uno reciba
lo propio de su cuerpo, tal como se portó, bien o mal [2 Cor. 5, 10].
Errores
de los armenios
[Del
Memorial lam dudum, remitido a los armenios el año 1341]
4.
Igualmente lo que dicen y creen los armenios, que el pecado de los primeros
padres, personal de ellos, fue tan grave, que todos los hijos de ellos,
propagados de su semilla hasta la pasión de Cristo, se condenaron por mérito
de aquel pecado personal de ellos y fueron arrojados al infierno después de la
muerte, no porque ellos hubieran contraído pecado original alguno de Adán,
como quiera que dicen que los niños no tienen absolutamente ningún pecado
original, ni antes ni después de la pasión de Cristo, sino que dicha condenación
los seguía, antes de la pasión de Cristo, por razón de la gravedad del pecado
personal que cometieron Adán y Eva, traspasando el precepto divino que les fue
dado. Pero después de la pasión del Señor en que fue borrado el pecado de los
primeros padres, los niños que nacen de los hijos de Adán no están destinados
a la condenación ni han de ser arrojados al infierno por razón de dicho
pecado, porque Cristo, en su pasión, borró totalmente el pecado de los
primeros padres.
5.
Igualmente, lo que de nuevo introdujo y enseñó cierto maestro de los armenios,
llamado Mequitriz, que se interpreta paráclito, que el alma humana del hijo se
propaga del alma de su padre, como un cuerpo de otro, y un ángel también de
otro; porque como el alma humana, que es racional, y el ángel, que es de
naturaleza intelectual, son una especie de luces espirituales, de si mismos
propagan otras luces espirituales.
6.
Igualmente dicen los armenios que las almas de los niños que nacen de padres
cristianos después de la pasión de Cristo, si mueren antes de ser bautizados
van al paraíso terrenal en que estuvo Adán antes del pecado; mas las almas de
los niños que nacen de padres cristianos después de la pasión de Cristo y
mueren sin el bautismo, van a los lugares donde están las almas de sus padres.
17.
Asimismo, lo que comúnmente creen los armenios que en el otro mundo no hay
purgatorio de las almas porque, como dicen, si el cristiano confiesa sus pecados
se le perdonan todos los pecados y las penas de los pecados. Y no oran ellos
tampoco por los difuntos para que en el otro mundo se les perdonen los pecados,
sino que oran de modo general por todos los muertos, como por la bienaventurada
María, los Apóstoles...
18.
Asimismo, lo que creen y mantienen los armenios que Cristo descendió del cielo
y se encarnó por la salvación de los hombres, no porque los hijos propagados
de Adán y Eva después del pecado de éstos contraigan el pecado original, del
que se salvan por medio de la encarnación y muerte de Cristo, como quiera que
dicen que no hay ningún pecado tal en los hijos de Adán; sino que dicen que
Cristo se encarnó y padeció por la salvación de los hombres, porque los hijos
de Adán que precedieron a dicha pasión fueron librados del infierno, en el que
estaban, no por razón del pecado original que hubiera en ellos, sino por razón
de la gravedad del pecado personal de los primeros padres. Creen también que
Cristo se encarnó y padeció por la salvación de los niños que nacieron después
de su pasión, porque por su pasión destruyó totalmente el infierno...
19....
Hasta tal punto dicen los armenios que dicha concupiscencia de la carne es
pecado y mal, que hasta los padres cristianos, cuando matrimonialmente se unen,
cometen pecado, porque dicen que el acto matrimonial es pecado, y lo mismo el
matrimonio...
40.
Otros dicen que los obispos y presbíteros de los armenios nada hacen para la
remisión de los pecados, ni de modo principal ni de modo ministerial, sino que
sólo Dios perdona los pecados; ni los obispos y presbíteros se emplean para la
remisión dicha por otro motivo, sino porque ellos recibieron de Dios el poder
de
hablar
y, por eso, cuando absuelven dicen: “Dios te perdone tus pecados”; o “yo
te perdono tus pecados en la tierra y Dios te los perdone en el cielo”.
42.
Asimismo, dicen y sostienen los armenios que para la remisión de los pecados
basta la sola pasión de Cristo, sin otro don alguno de Dios, aun gratificante:
ni dicen que para hacer la remisión de los pecados se requiera la gracia de
Dios, gratificante o justificante, ni que en los sacramentos de la nueva ley se
dé la gracia de Dios gratificante.
48.
Asimismo, dicen y sostienen los armenios que si los armenios cometen una so!a
vez un pecado cualquiera; excepto algunos, su iglesia puede absolverlos, en
cuanto a la culpa y a la pena de dichos pecados; pero si uno volviera luego a
cometer de nuevo dichos pecados, no podía ser absuelto por su iglesia.
49.
Asimismo, dicen que si uno toma una tercera o cuarta mujer o más, no puede ser
absuelto por su iglesia, porque dicen que tal matrimonio es fornicación...
58.
Asimismo, dicen y sostienen los armenios que para que el bautismo sea verdadero
se requieren tres cosas, a saber: agua, crisma y Eucaristía; de modo que si uno
bautiza a alguien con agua diciendo: Yo te bautizo en el nombre del
Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, Amén, y luego no le ungiera con
dicho crisma, no estaría bautizado. Tampoco lo estaría, si no se diera el
sacramento de la Eucaristía.
64.
Asimismo, dice el Católicon de Armenia Menor que el sacramento de la confirmación
no vale nada, y, por si algo vale, él dio licencia a sus presbíteros para que
confieran dicho sacramento.
67.
Asimismo, que los armenios no dicen que después de pronunciadas las palabras de
la consagración del pan y del vino se haya efectuado la transustanciación del
pan y del vino en el verdadero cuerpo y sangre de Cristo, el mismo cuerpo que
nació de la Virgen María y padeció y resucitó; sino que sostienen que aquel
sacramento es el ejemplar o semejanza, o sea, figura del verdadero cuerpo y
sangre del Señor...; por lo que al sacramento del Altar no le llaman ellos el
cuerpo y sangre del Señor, sino hostia, o sacrificio, o comunión...
68.
Asimismo, dicen y sostienen los armenios que si un presbítero u obispo ordenado
comete una fornicación, aun en secreto, pierde la potestad de consagrar y
administrar todos los sacramentos.
70.
Asimismo, no dicen ni sostienen los armenios que el sacramento de la Eucaristía,
dignamente recibido, opere en el que lo recibe la remisión de los pecados, o la
relajación de las penas debidas por el pecado, o que por él se dé la gracia
de Dios o su aumento, sino que el cuerpo de Cristo entra en el cuerpo del que
comulga y se convierte en el mismo, como los otros alimentos se convierten en el
alimentado...
92.
Asimismo, entre los armenios sólo hay tres órdenes, que son acolitado,
diaconado y presbiterado, órdenes que los obispos confieren con promesa o
aceptación de dinero. Y del mismo modo se confirman dichos órdenes del
presbiterado y del diaconado, es decir, por la imposición de la mano diciendo
algunas palabras, sin más mutación sino que en la ordenación del diácono se
expresa el orden del diaconado, y en la ordenación del presbítero, el del
presbiterado. Pero ningún obispo puede entre ellos ordenar a otro obispo sino sólo
el Católicon...
95.
Asimismo, el Católicon de la Armenia Menor dio potestad a cierto presbítero
para que pudiera ordenar diáconos a cuantos de sus súbditos quisiera...
109.
Asimismo, entre los armenios no se castiga a nadie por error alguno que
defienda... [hay 117 números].
CLEMENTE
VI, 1342-1352
De
la satisfacción de Cristo, el tesoro de la Iglesia, las indulgencias
[De
la Bula del jubileo Unigenitus Dei Filius, de 25 de enero de 1343]
El
unigénito Hijo de Dios, para nosotros constituído por Dios sabiduría,
justicia, santificación y redención [1 Cor, 1, 30], no por medio de la
sangre de machos cabríos o de novillos, sino por su propia sangre, entró una
vez en el santuario, hallado que hubo eterna redención [Hebr. 9, 12]. Porque
no nos redimió con oro y plata corruptibles, sino con su preciosa sangre de
cordero incontaminado e inmaculado [1 Petr. 1, 18 s]. Esa sangre sabemos
que, inmolado inocente en el altar de la cruz, no la derramó en una gota pequeña,
que, sin embargo, por su unión con el Verbo, hubiera bastado para la redención
de todo el género humano, sino copiosamente como un torrente, de suerte que desde
la planta del pie hasta la coronilla de la cabeza, no se hallaba en él parte
sana [Is. 1, 6]. A fin, pues, que en adelante, la misericordia de tan grande
efusión no se convirtiera en vacía, inútil o superflua, adquirió un tesoro
para la Iglesia militante, queriendo el piadoso Padre atesorar para sus hijos de
modo que hubiera así un tesoro infinito para los hombres, y los que de él
usaran se hicieran partícipes de la amistad de Dios [Sap. 7, 14].
Este
tesoro, lo encomendó para ser saludablemente dispensado a los fieles, al
bienaventurado Pedro, llavero del cielo y a sus sucesores, vicarios suyos en la
tierra, y para ser misericordiosamente aplicado por propias y razonables causas,
a los verdaderamente arrepentidos y confesados, ya para la total, ya para la
parcial remisión de la pena temporal debida por los pecados, tanto de modo
general como especial, según conocieren en Dios que conviene.
Para
colmo de este tesoro se sabe que prestan su concurso los méritos de la
bienaventurada Madre de Dios y de todos los elegidos, desde el primer justo
hasta el último, y no hay que temer en modo alguno por su consunción o
disminución, tanto porque, como se ha dicho antes, los merecimientos de Cristo
son infinitos, como porque, cuantos más sean atraídos a la justicia por
participar del mismo, tanto más se aumenta el cúmulo de sus merecimientos.
Errores
filosóficos de Nicolas de Autrécourt
[Condenados y por él públicamente
retractados el año 1347]
1....
De las cosas, por las apariencias naturales, no puede tenerse casi ninguna
certeza; sin embargo, esa poca puede tenerse en breve tiempo, si los hombres
vuelven su entendimiento a las cosas mismas y no al intelecto de Aristóteles y
su comentador.
2....
No puede evidentemente, con la evidencia predicha, de una cosa inferirse o
concluirse otra cosa, o del no ser de la una el no ser de la otra.
3....
Las proposiciones “Dios existe” “Dios no existe”, significan
absolutamente lo mismo, aunque de otro modo.
9....
La certeza de evidencia no tiene grados.
10....
De la sustancia material, distinta de nuestra alma, no tenemos certeza de
evidencia.
11....
Exceptuada la certeza de la fe, no hay otra certeza que la certeza del primer
principio, o la que puede resolverse en el primer principio.
14....
Ignoramos evidentemente que las otras cosas fuera de Dios puedan ser causa de
algún efecto —que alguna causa, que no sea Dios, cause eficientemente—, que
haya o pueda haber alguna causa eficiente natural.
15....
Ignoramos evidentemente que algún efecto sea o pueda ser naturalmente
producido.
17....
No sabemos evidentemente que en producción alguna concurra el sujeto.
21....
Demostrada una cosa cualquiera, nadie sabe evidentemente que no excede en
nobleza a todas las otras.
22....
Demostrada una cosa cualquiera, nadie sabe evidentemente que ésa no sea Dios,
si por Dios entendemos el ente más noble.
25....
Nadie sabe evidentemente que no pueda concederse razonablemente esta proposición:
“Si alguna cosa es producida, Dios es producido”.
26....
No puede demostrarse evidentemente que cualquier cosa no sea eterna.
30.
... Las siguientes consecuencias no son evidentes: “Se da el acto de entender;
luego se da el entendimiento. Se da el acto de querer; luego se da la
voluntad”.
31....
No puede demostrarse evidentemente que todo lo que. aparece sea verdadero.
32....
Dios y la criatura no son algo.
40....
Cuanto hay en el universo es mejor lo mismo que lo no mismo.
58.
... El primer principio es éste y no otro: “Si algo es, algo es”.
Del
primado del Romano Pontífice
[De
la carta Super quibusdam a Consolador, Católicon de los armenios, de 29
de septiembre de 1361]
(3)
... Preguntamos: Primeramente, si creeis tú y la iglesia de los armenios que te
obedece que todos aquellos que en el bautismo recibieron la misma fe católica y
después se apartaron o en lo futuro se aparten de la comunión de la misma fe
de la Iglesia Romana que es la única Católica, son cismáticos y herejes, si
perseveran pertinazmente divididos de la fe de la misma Iglesia Romana.
En
segundo lugar preguntamos si creéis tú y los armenios que te obedecen que ningún
hombre viador podrá finalmente salvarse fuera de la fe de la misma Iglesia y de
la obediencia de los Pontífices Romanos.
En
cuanto al capitulo segundo... preguntamos:
Primero,
si has creído, crees o estás dispuesto a creer, con la iglesia de los armenios
que te obedece, que el bienaventurado Pedro recibió del Señor Jesucristo plenísima
potestad de jurisdicción sobre todos los fieles cristianos, y que toda la
potestad de jurisdicción que en ciertas tierras y provincias y en diversas
partes del orbe tuvieron Judas Tadeo y los demás Apóstoles, estuvo
plenisimamente sujeta a la autoridad y potestad que el bienaventurado Pedro
recibió del Señor Jesucristo sobre cualesquiera creyentes en Cristo en todas
las partes del orbe; y que ningún Apóstol ni otro cualquiera, sino sólo
Pedro, recibió plenísima potestad sobre todos los cristianos.
En
segundo lugar, si has creído, sostenido o estás dispuesto a creer y sostener,
con los armenios que te están sujetos, que todos los Romanos Pontífices que,
sucediendo al bienaventurado Pedro, canónicamente han entrado y canónicamente
entrarán, al mismo bienaventurado Pedro, Pontífice Romano, han sucedido y
sucederán en la misma plenitud de jurisdicción de potestad que el mismo
bienaventurado Pedro recibió del Señor Jesucristo sobre el todo y universal
cuerpo de la Iglesia militante.
En
tercer lugar, si habéis creído y creéis tú y los armenios a ti sujetos que
los Romanos Pontífices que han sido y Nos que somos Pontífice Romano y
los que en adelante lo serán por sucesión, hemos recibido, como vicarios de
Cristo legítimos, de plenísima potestad, inmediatamente del mismo Cristo sobre
el todo y universal cuerpo de la Iglesia militante, toda la potestativa
jurisdicción que Cristo, como cabeza conforme, tuvo en su vida humana.
En
cuarto lugar si has creído y crees que todos los Romanos Pontífices que han
sido, Nos que somos y los otros que serán en adelante, por la plenitud de la
potestad y autoridad antes dicha, han podido, podemos y podrán por Nos y por si
mismos juzgar de todos como sujetos a nuestra y su jurisdicción y constituir y
delegar, para juzgar, a los jueces eclesiásticos que quisiéremos.
En
quinto lugar, si has creído y crees que en tanto haya existido, exista y
existirá la suprema y preeminente autoridad y jurídica potestad de los Romanos
Pontífices que fueron, de Nos que somos y de los que en adelante serán, por
nadie pudieron ser juzgados, ni pudimos Nos ni podrán en adelante, sino que
fueron reservados, se reservan y se reservarán para ser juzgados por solo Dios,
y que de nuestras sentencias y demás juicios no se pudo ni se puede ni se podrá
apelar a ningún juez.
Sexto,
si has creído y crees que la plenitud de potestad del Romano Pontífice se
extiende a tanto, que puede trasladar a los patriarcas, católicon, arzobispos,
obispos, abades o cualesquiera prelados, de las dignidades en que estuvieren
constituidos a otras dignidades de mayor o menor jurisdicción o, de exigirlo
sus crímenes, degradarlos y deponerlos, excomulgarlos y entregarlos a Satanás.
Séptimo,
si has creído y todavía crees que la autoridad pontificia no puede ni debe
estar sujeta a cualquiera potestad imperial y real u otra secular, en cuanto a
institución judicial, corrección o destitución.
Octavo,
si has creído y crees que el Romano Pontífice solo puede establecer sagrados cánones
generales, conceder plenísima indulgencia a los que visitan los umbrales (limina)
de los Apóstoles Pedro y Pablo o a los que peregrinan a tierra santa o a
cualesquiera fieles verdadera y plenamente arrepentidos y confesados.
Noveno,
si has creído y crees que todos los que se han levantado contra la fe de la
Iglesia Romana y han muerto en su impenitencia final, se han condenado y bajado
a los eternos suplicios del infierno.
Décimo,
si has creído y todavía crees que el Romano Pontífice puede acerca de la
administración de los sacramentos de la Iglesia, salvo siempre lo que es de la
integridad y necesidad de los sacramentos, tolerar los diversos ritos de las
Iglesias de Cristo y también conceder que se guarden.
Undécimo,
si has creído y crees que los armenios que en diversas partes del orbe obedecen
al Romano Pontífice y con empeño y devoción guardan las formas y ritos de la
Iglesia Romana en la administración de los sacramentos y en los oficios eclesiásticos,
en los ayunos y en otras ceremonias, obran bien y obrando así merecen la vida
eterna.
Duodécimo,
si has creído y crees que nadie puede pasar por propia autoridad de la dignidad
episcopal a la arzobispal, patriarcal o católicon, ni tampoco por autoridad de
ningún príncipe secular, fuere rey o emperador, o bien cualquier otro apoyado
en cualquier potestad o dignidad terrena.
Décimotercero,
si has creído y todavía crees que sólo el Romano Pontífice, al surgir dudas
sobre la fe católica, puede ponerles fin por determinación auténtica, a la
que hay obligación de adherirse inviolablemente, y que es verdadero y católica
cuanto él, por autoridad de las llaves que le fueron entregadas por Cristo,
determina ser verdadero; y que aquello que determina ser falso y herético, ha
de ser tenido por tal.
Décimocuarto,
si has creído y crees que el Nuevo y Antiguo Testamento, en todos los libros
que nos ha transmitido la autoridad de la Iglesia Romana, contienen en todo la
verdad indubitable...
Del
purgatorio
[De
la misma Carta a Consolador]
(8)
Preguntamos si has creído y crees que existe el purgatorio, al que descienden
las almas de los que mueren en gracia, pero no han satisfecho sus pecados por
una penitencia completa. Asimismo, si crees que son atormentadas con fuego
temporalmente y, que apenas están purgadas, aun antes del día del juicio,
llegan a la verdadera y eterna beatitud que consiste en la visión de Dios cara
a cara y en su amor.
De
la materia y ministro de la confirmación
[De
la misma Carta a Consolador]
(12)
Has dado respuestas que nos inducen a que te preguntemos lo siguiente: Primero,
sobre la consagración del crisma, si crees que no puede ser ritual y
debidamente consagrado por ningún sacerdote que no sea obispo.
Segundo,
si crees que el sacramento de la confirmación no puede ser de oficio y
ordinariamente administrado por otro que por el obispo.
Tercero,
si crees que sólo por el Romano Pontífice, que tiene la plenitud de la
potestad, puede encomendarse la administración del sacramento de la confirmación
a presbíteros que no sean obispos.
Cuarto,
si crees que los crismados o confirmados por cualesquiera sacerdotes que no son
obispos ni han recibido del Romano Pontífice comisión o concesión alguna
sobre ello, han de ser otra vez confirmados por el obispo u obispos.
De
los errores de los armenios
[De
la misma Carta a Consolador]
(15)
Después de todo lo dicho, no podemos menos de maravillarnos vehementemente de
que en una Carta que empieza: “Honorabilibus in Christo patribus”, de los
primeros LIII capítulos suprimes XIV capítulos. El primero, que el Espíritu
Santo procede del Padre y del Hijo. El tercero, que los niños contraen de los
primeros padres el pecado original. El sexto, que las almas totalmente purgadas,
después de separadas de sus cuerpos, ven a Dios claramente. El nono, que
las almas de los que mueren en pecado mortal bajan al infierno. El duodécimo,
que el bautismo borra el pecado original y actual. El décimotercero, que
Cristo, al bajar a los infiernos, no destruyó el infierno inferior. El décimoquinto,
que los ángeles fueron creados por Dios buenos. El treinta, que la efusión de
la sangre de animaIes no opera remisión alguna de los pecados. El treinta y
dos, que no juzguen a los que comen peces y aceite en los días de ayuno. El
treinta y nueve, que los bautizados en la Iglesia Católica, si se hacen
infieles y después se convierten, no han de ser nuevamente bautizados. El
cuarenta que los niños pueden ser bautizados antes del día octavo, v que el
bautismo no puede darse en otro líquido, sino en agua verdadera. El cuarenta y
dos, que el cuerpo de Cristo, después de las palabras de la consagración, es
numéricamente el mismo que el cuerpo nacido de la Virgen e inmolado en la cruz.
El cuarenta y cinco, que nadie, ni un santo, puede consagrar el cuerpo de
Cristo, si no es sacerdote. El cuarenta y seis, que es de necesidad de salvación
confesar al sacerdote propio o a otro con su permiso, todos los pecados
mortales, perfecta y distintamente.
INOCENCIO
VI, 1352-1362
URBANO
V, 1362-1370
Errores
de Dionisio Foullechat (sobre la perfección y la pobreza)
[Condenada
en la Constitución Ex supremae clementiae dono, de 28 de diciembre de
1368]
(1)
Esta bendita, es más, sobrebendita y dulcísima ley, es decir, la ley del amor,
quita toda propiedad y dominio —falsa, errónea, herética.
(2)
La actual abdicación de la voluntad cordial y de la potestad temporal de
dominio o autoridad muestra y hace al estado perfectisimo — entendida de modo
universal, falsa, errónea, herética.
(3)
Que Cristo no abdicó esta posesión y derecho sobre lo temporal, no se tiene de
la Nueva Ley, antes bien lo contrario —falsa, errónea, herética.
GREGORIO
XI, 1370-1378
Errores
de Pedro de Bonageta y de Juan de Latone
(sobre
la Santísima Eucaristía)
[Enumerados
y condenados por los inquisidores por orden del Pontífice el 8 de agosto de
1371]
1.
Si la hostia consagrada cae o es arrojada a una cloaca, al barro o a un lugar
torpe, aun permaneciendo las especies, deja de estar bajo ellas el cuerpo de
Cristo y vuelve la sustancia del pan.
2.
Si la hostia consagrada es roída por un ratón o comida por un bruto,
permaneciendo aún dichas especies, deja de estar bajo ellas el cuerpo de Cristo
y vuelve la sustancia del pan.
3.
Si la hostia consagrada es recibida por un justo o por un pecador, cuando la
especie es triturada por los dientes, Cristo es arrebatado al cielo y no pasa al
vientre del hombre.