Comunión Laica
EnciCato
La disciplina primitiva de la Iglesia establecía un castigo distinto para
ciertos delitos según fuesen cometidos por un laico o un clérigo. Para el
primero suponía una pena más breve y por lo común más leve que para el segundo,
el cual era agravado con una pena especial. El laico era excluido de la comunión
de los fieles y el clérigo era excluido de la jerarquía y obligado a la comunión
laica, esto es, se le prohibía ejercer sus funciones. La naturaleza de esta
última pena es algo incierta. Según algunas opiniones, consistía en la
excomunión junto con la prohibición de recibir la Sagrada Eucaristía; según
otras, al penitente se le permitía recibir la Sagrada Comunión pero solamente
con el laicado. El canon xv de los llamados Cánones Apostólicos (véase CÁNONES,
APOSTÓLICOS) prohibía a cualquier sacerdote, que residiese sin autorización
fuera de su diócesis, celebrar el Santo Sacrificio, pero le concede permiso para
recibir la Eucaristía conjuntamente con los fieles. El canon lxii ordenaba que
los clérigos que apostatasen durante las persecuciones fuesen recibidos dentro
del laicado. En 251, una carta del papa Cornelio a Fabius, obispo de Antioquía,
nos informa de que el Papa, en presencia de todo el pueblo, recibió en comunión,
pero sólo como laico, a uno de los obispos culpables de haber conferido al
hereje Novaciano la ordenación sacerdotal. Una carta de San Cipriano de Cartago
menciona a un tal Trophimus, que fue admitido en la comunión laica. Sería fácil
aludir a casos similares, en los que vemos que al penitente se le permitía que
recibiese la comunión laica. El Concilio de Elvira (c. 300), que nos muestra de
muchas formas la vida religiosa de una provincia eclesiástica completa, en el
canon lxxvi, a propósito de un diácono, menciona la misma disciplina. Éste es el
texto canónico más antiguo que habla de la costumbre de la comunión laica. No
citamos al Concilio de Colonia (346) ya que su autenticidad aún puede ser
cuestionada. Pero, de esa época en adelante, hallamos, en una serie de
concilios, declaraciones que exclusivamente muestran que, cuando se menciona la
comunión laica, está en juego la recepción de la Sagrada Eucaristía. Además del
Concilio de Sardica, el de Hipona (303), canon xli; Toledo (400), canon iv; Roma
(487), canon ii, son también explícitos y no dejan lugar a ninguna duda de que
estamos ante una disciplina establecida. Podríamos citar los Concilios de Adge
(506), canon l; Lérida (524), canon v; Orleáns (538), canon ii, etc. Hablando
con generalidad, la expresión “comunión laica” no implica necesariamente la idea
de la Eucaristía, sino solamente la condición de un laico en comunión con la
Iglesia. Pero como la Eucaristía sólo era permitida a los que estaban en
comunión con la Iglesia, decir que un clérigo era admitido en la comunión laica
es equivalente a decir que recibía la Sagrada Eucaristía. La persona que pasaba
de la condición de penitente a la comunión laica necesariamente tenía que ser
recibida por el obispo en el seno de la Iglesia, antes de ser admitida en
comunión. No hay motivos para suponer que esta transición implicaba un estado
intermedio en el que los que iban a estar en comunión eran privados de la
Sagrada Eucaristía. Esta disciplina se aplicaba no solamente a los culpables de
algún pecado secreto sino a los que durante algún tiempo pertenecían a una secta
herética. Sin embargo, no había una regla absoluta, ya que el Concilio de Nicea
(325) acogió al clero novaciano sin imponerle esta pena, mientras que la vemos
reforzada en el caso de los donatistas. En los tiempos modernos, la comunión
laica se impone a veces, aunque solamente en casos excepcionales, que no se
tratan aquí.
SCUDAMORE en Dict. Christ. Antiq., s.v.
H. LECLERQ
Transcrito por Mario Anello
Traducido por José Gallardo Alberni