FR. BERNARDINO DE MINAYA Y LA SUBLIMIS DEUS(1)


En 1562 fray Bernardino de Minaya, OP presentó al rey Felipe II un memorial o carta-probanza de servicios cuya finalidad era recibir una pensión en los últimos años de su vida.

En el documento que presentamos--descubierto hace relativamente poco-- se recogen las actuaciones que el mismo Minaya realizó en Roma en orden a defender la dignidad de los indígenas americanos y que tuvieron como resultado la obtención de las bulas Sublimis Deus del 2 de junio de 1537, Altitudo divini consilii del 1 de junio y el breve Pastorale officium dirigido al cardenal Tavera.

En América venía discutiéndose ya desde hacía rato sobre la capacidad de los indios para recibir la fe. Algunos polemistas --entre ellos el dominico fray Domingo de Betanzos-- hacían aparecer a los aborígenes como seres sub-humanos y por lo tanto como ineptos para abrazar la fe católica. Contra estas opiniones se levantaron varios prelados (Sebastián Ramírez, Julián Garcés, etc.) y muchos frailes(2). Sin embargo, pocos alcanzaron la repercusión de fray Bernardino de Minaya; éste, con el pretexto de predicar se dirigió hacia el puerto de Veracruz y se embarcó rumbo a España. No encontrando buena acogida en el Cardenal Arzobispo de Sevilla García de Loaysa, marchó hacia Roma munido de cartas comendaticias de la Emperatriz Isabel de Portugal(3); allí, gracias a ésta, y contando con el apoyo de fray Tommaso Badia OP, maestro del Sacro Palacio, y del Cardenal Contarini, pudo acceder al Papa Pablo III a quien refirió la situación americana(4); su testimonio, junto con el de otros frailes y con una carta de fray Julián Garcés, obispo de Tlaxcala, motivaron al Papa a publicar la bula Sublimis Deus, que puede ser considerada la "carta magna" de la libertad de los indios.




 

Fray Bernardino de Minaya, OP,

Relación a Felipe II de su procuración ante la Santa Sede en defensa de los indios,


Muy Católica Majestad:

 

La extrema necesidad ansí de pobreza como de senectud, junto con el deseo que tengo de efectuar las extremadas pías obras que el todopoderoso Dios me dio gracia comenzase a gloria suya en pro destos reinos de vuestra Majestad, me compelen a hacer lo que es fuera de mi condición, que es dar cuenta sumariamente de lo que en servicio de Dios y de vuestra Majestad y pro destos reinos he trabajado con el divino favor y de vuestra Majestad.

Sabrá vuestra Majestad que, bautizado vuestra Majestad en Sant Pablo de Valladolid --ocurrido en Valladolid en el mes de junio de 1527-- yo partí para las Indias con siete compañeros religiosos, con celo de la conversión de aquellas gentes a nuestra santa fe. Y, llegados a México, dicha misa del Spiritu Santo, mediante la obediencia nos partimos a diversas provincia. Y a mí cupo el valle de Guajaca, ochenta leguas de

México, donde hice monesterio primero, y en la provincia de Yanhuitlán otro, y en la provincia de Tecuantepec otro. En las cuales <provincias> hice congregaciones de los hijos de los indios principales de a trescientos y quinientos. Y destos enseñados envié a la provincia de Soconusco donde, viniendo de ahí a un año, hallé enseñados los indios en muchos pueblos.

Y, ansí, fui trescientas leguas hasta la provincia de Nicaragua baptizando, saliéndome a recibir con laureolas de rosas, con comida y las cruces, standartes del Rey de la gloria, aparejadas para que yo las pusiese do me pareciese. Lo cual hacía después de enseñados y que ellos, de su voluntad, quemaran los ídolos y los cúes, que son sus adoratorios. Ansí, llegado a la ciudad de León, que es fundada a la ribera de la Laguna (de sesenta leguas de agua dulce) que, están dos leguas poco más del Mar del Sur, desagua en el Mar del Norte, nuestro océano.

Venidas las nuevas del descubrimiento del Perú', hecho aquí un monesterio donde se enseñaron muchos indios, de los cuales decía el obispo Osorio y el alcalde, licenciado Castañeda, que eran incapaces porque decían si el Ave María si era de comer, me detuve allí predicando a los españoles la Cuaresma, y a los indios enseñándolos por los indios y compañeros que llevaba. De tal manera que, venida la Pascua, los llevé al obispo y al alcalde mayor Castañeda, y dijeron la doctrina cristiana delante dellos, y conocieron que tenían habilidad para ser cristianos.

Y habiéndome de partir al Perú, llamado un barbero, nos sangró a todos, y a mí el primero, de la vena del corazón, y con la sangre escribimos nuestras protestaciones <de> que íbamos a enseñar la fe y morir por ella. Y los indios enseñados y baptizados se querían pasar con nosotros, y con lágrimas lo pedían.

Pasados a la costa del Perú, hallábamos despoblados los pueblos por do los españoles habían pasado. Y andados algunos días con harta necesidad, alcanzamos al Pizarro, y de allí siempre fui en su compañía, con dos compañeros religiosos y cuatro indios enseñados, hasta la isla de <Puná o> Napunal, que se dice agora de Santiago", donde nos salieron a recibir con cincuenta balsas con sus velas latinas y remeros cantando. Y ansí nos metieron en la isla y aposentaron, trayendo comida.

Y después desto, otro día piden al principal de hinchar cierta pieza de vasijas de oro y plata, y diese gente para servicio de los españoles, como hacían en todos los pueblos. Y allí querían enviar, en los navíos, los indios que habían recibido para servicio a vender a Panamá, y dellos traer vino, vinagre y aceite. Y, como yo supiese esto, les notifiqué un traslado autorizado, por el cual mandaba su Majestad del Emperador que no pudiesen hacer esclavos a los indios, aunque ellos fuesen agresores. Y ansí lo apregonaron, y cesó el venderlos; mas a mí y a los compañeros nos quitaron el mantenimiento Sobre lo cual yo dije a Pizarro que viese lo que hacía, que su Majestad no lo tendría por bien. Mas que, pues estábamos cerca del señor Atabalica me diese un intérprete y iría con mis compañeros a predicarle. Y si nos matase, sería gran bien a nosotros y tendría ocasión para hacerle la guerra Más, que Dios había descubierto aquellas tierras por ganar aquellas ánimas, y éste era el fin del Papa y del Emperador cristianísimo y que, venido el Atabalica en recibir la fe, todos le seguirían, según la gran obediencia de los indios. Y <que>, ansí, sería verdadero capitán, y lo que ganase sería bien ganado. Que era razón les diésemos a entender que veníamos a su provecho, que era darles conocimiento de Dios, y no a robarlos y despoblallos de sus tierras que, por esto, eran encomendadas a los Reyes Católicos, como dice la bula del papa Alejandro <en> su concesión. El Pizarro respondió que <yo> había venido desde México a quitarles su ganancia, y que no quería hacer lo que le pedía.

Y, ansí, me despedí dél, con mis compañeros; aunque él me rogaba que no me fuese, que habría mi parte del oro que habían habido de los pueblos. Yo le dije que no quería parte del oro tan mal habido ni quería, con mi presencia, dar favor a tales robos. Y ansí me vine a Panamá con harta hambre, que el maestre de la nao, Quintero, no quería damos cosa, diciendo que se había quitado la ganancia de los indios, que trajera lleno el navío. Mas Dios socorrió, que hizo <tal> viento, que en ocho días venimos al puerto.

Y, de allí, con brevedad venimos a México, donde el Señor quiso traerme a tal tiempo que había venido provisión del Presidente <del Consejo de Indias>, cardenal de Sevilla, <fray García de> Loaysa, en que mandaba los capitanes hiciesen a los indios esclavos a su voluntad movido a esto por un religioso de santo Domingo que se llamaba fray Domingo de Betanzos, que afirmó y dijo en el Consejo de Indias que los indios eran incapaces de la fe y que en cinco años se habían de acabar22; y que aunque el Emperador y Papa con todos sus poderes, ni la virgen María con toda la corte celestial entendiesen en su remedio , no eran bastantes, porque eran docti in reprobum sensum et in consilio sanctissimae Trinitatis, perpetuo in acta peccata sua [condenados para su punición, en el designio de la Santísima Trinidad, a causa de sus pecados innatos].


Y, venida esta provisión a manos de don Sebastián Ramírez obispo de Santo Domingo en la Española y Presidente de México, juntó a los religiosos y les dijo:

Esta provisión es venida, y sé que por otras partes la han ejecutado y se han herrado por esclavos más de diez mil; Mas yo temo mi conciencia, y os cargo las vuestras escribáis a su Majestad lo que sentís destas pobres gentes, de su habilidad y cristiandad.


Y, ansí, los de san Francisco escribieron a su Majestad; mas yo, pensando informar de la verdad y experiencia al cardenal y ser amparo de tanto mal, víneme al puerto con razón de visitar, que era prelado, y predicarles en la Veracruz. Y, sabido de un navío que estaba para partir a estas partes, me embarqué con un compañero sin provisión alguna, a confianza de los pasajeros de lo que nos quisiesen dar.

Y llegados a Sevilla, a pie vinimos pidiendo a Valladolid, donde, visitado el cardenal, le dije cómo el fray Domingo no sabía la lengua ni los entendía <a los indios>; y le dije, de su habilidad y deseo de ser cristianos, cosas notables. Y me respondió que yo estaba engañado, y que lo que sabían <los indios> era como papagayos; y que el fray Domingo hablaba por spíritu profético, y por su parecer se seguía.

Y preguntado por el doctor Bernal <Díaz de> Luco qué había pasado con el cardenal Loaysa, se lo dije. Y dije:

Estoy determinado de ir al Papa sobre tal maldad tan perniciosa a la cristiandad del Emperador y de tantas ánimas como son en aquel mundo, que más cruel sentencia es dada sobre ellos que se dio contra los hebreos, procurada por Amán contra Mardoqueo; aunque será comer yerbas, pues ¿quién le dará crédito, contra un presidente cardenal, a un pobre fraile? Si tuviese carta de la Emperatriz para su Santidad, confiada de aprovechar algo.

Dijo el doctor:

Yo os la habré.

Y diómela. La cual tengo hoy día guardada, como principio de tanto bien.

Y ansí, con ella, fui a pie a Roma, y traje los despachos que plugo a nuestro señor <el Papa Paulo III> despachar para descargo de la conciencia imperial y sus sucesores, ansí en la libertad de los indios como de la moderación de la Iglesia de ellos, los cuales puse en manos de su Majestad imperial", diciéndole:

Sabrá vuestra Majestad que yo he estado diez años en las Indias de vuestra Majestad y he visto las tiranías que los españoles hacen en los indios, que a Dios quitan las ánimas y a vuestra Majestad los vasallos, y le destruyen aquellas tierras opulentas.

Y me dijo:

¿Quién es la causa?

Dije:

El cardenal de Sevilla. Si vuestra Majestad pusiese al obispo de Santo Domingo, que los ha tratado, se acertaría.

Y ansí lo hizo y, su Majestad como cristianísimo, mandó ejecutar.

Y como traje a don Juan de Tavera, cardenal de Toledo, por Protector de los Indios, sintiendo esta bofetada, el cardenal de Sevilla Loaysa procuró, con sus informaciones, quel provincial me retrujese. Y, ansí, estuve retraído en Trianos dos años, adonde el general me escribió:

Vestras tribulationes audivimus et condoluimus; tamen, magnum gaudium existimandum est cum in diversas tribulationes inciderimus propter Christum. Scribo vicario et diffinitoribus capituli. Credo quod ipsi bene facient. Aliter si non, Deus inspirabit quid sumus facturi. [Vuestras tribulaciones oímos y compadecimos; gran gozo, empero, debe juzgarse caer en diversas tribulaciones por Cristo. Escribo al vicario y a los definidores del capítulo. Creo que éstos obrarán rectamente. De otra manera, si no, inspirarnos ha Dios lo que hemos que hacer.]

Y, ansí, me llamaron a Valladolid y encomendaron predicase a los presos de la Chancillería. De donde vine a entender <en> sacar seis mujeres de la mancebía, adeudadas en cuarenta ducados, y ponellas en casa alquilada con una beata y, de allí, por la señora doña Leonor Mascareñas y por el conde de Cifuentes, venirse a hacer monesterio, con el favor de vuestra Majestad siendo príncipe, y llamarse de su licencia Sant Filipo. Y a ejemplo suyo, siendo el primero en estos reinos de España, hacerse otros en diversas ciudades.

A la cual obra los frailes de santo Domingo fueron siempre contrarios; tanto, que, enviando el general licencia copiosa a mandado de vuestra Majestad siendo príncipe, la contradijeron. Lo cual fue en injuria mía y estorbo de la obra, porque las recibidas estovieron por salirse e ir públicamente, con la cruz cubierta de luto, a quejarse a vuestra Majestad. Y por tanto, yo en Roma a los dejé <a los dominicos>, por llevar adelante esta obra.

Y aunque su Santidad de Paulo Tercio [† nov 10, 1549], diciendo: "Es razón sea remunerado", me quería hacer obispo, yo, deseando estar en orden, me dio eligiese la orden que quisiese. Y elegí ésta de canónigos regulares, porque era símile el hábito y regla. Y en ésta no han cesado de contradecir. Ansí que, para hacer la reformación de canónigos regulares que vuestra Majestad me mandó hacer cuando se partió a Inglaterra, y cerrar la puerta a otros <para> que no salgan de sus religiones y, los que son fuera, vivan en religión y no anden apóstatas de la religión a que son transferidos, alcancé de su Santidad <que> anden en el hábito de clérigos (hábito antiguo destos reinos) los que yo recibiere. Y para las arrepentidas monjas de penitencia, su Santidad me concedió grandes indulgencias, corno verá por sus bulas, como administrador dellas perpetuo y, confirmado, vicario general perpetuo y reformador de los canónigos regulares en estos reinos e Indias, con muchas gracias.

En tal que, para llevar esto a efecto, es menester el favor de vuestra Majestad y que, para el dicho oficio y efecto de tan insignes obras, me provea de algún subsidio de pensión de cuatrocientos o quinientos ducados, como, de parte de su Santidad, escribe el cardenal Borromeo nuncio de su Santidad <para que> hable a vuestra Majestad, conociendo los trabajos ser de calidad y dignos de remuneración. La cual yo no quise recibir de su Santidad, procurando de hacerme obispo, y como lo escribe el cardenal a vuestra Majestad Y, ansí como los trabajos tan proficuos y arduos son públicos, deseo <que> la remuneración lo sea, por la gloria de vuestra Majestad y <para> poder efectuar tan comunes y pías obras en salvación de tantos.

 

Magister Bernardinus Minaya de Pace

Vicarius generalis

 

Notas

1. El texto que transcribimos a continuación se encuentra en el Archivo General de Simancas, Estado 892, folios 177-179. El memorial permaneció inédito hasta hace relativamente poco tiempo. No tiene fecha, pero parece indicar los últimos años de la vida de Minaya (antes de 1562). Para la presente edición usamos el texto publicado críticamente por René Acuña, Fray Julián Garcés: su alegato en pro de los naturales de Nueva España, UNAM, Instituto de Invest. Filológicas, Centro de Estudios Clásicos (México 1995) Apéndice III, lxvvii-ciii. Fue también publicado completo por Vicente Beltrán de Heredia, Nuevos datos acerca del P. Bernardino Minaya y del licenciado Calvo de Padilla, compañeros de Las Casas, en: «Simancas» (1950) y en: Miscelánea Beltrán de Heredia (Salamanca 1971) T.I, 490-496. Fue también publicado parcialmente por Lewis Hanke, El Papa Paulo III y los indios de América, en: Estudios sobre fray Bartolomé de las Casas y sobre la lucha por la justicia en la conquista Española de América, Universidad Central de Venezuela, Ediciones de la Biblioteca (Caracas 1968) 57-88; publicado primeramente en ingles en: «Harvard Theological Review» (1937); publicado parcialmente también por Helen-Rand Parish y Harold E. Weidman, Las Casas en México. Historia y obra desconocidas, México 1992, 276-277


2. Lewis HANKE, La lucha por la justicia en la conquista de América, Madrid 1988, 105-114.


3. Puede verse la carta de recomendación de la Emperatriz Isabel de Portugal en: PARISH - WEIDMAN, Las Casas en México, 272-273.


4. : PARISH - WEIDMAN, Las Casas en México, 15-16.

 


[Volver al Indice de documentos]


 
© Fernando Gil - Ricardo Corleto, 1998-2000
© Pontificia Universidad Católica Argentina, 2000
Todos los derechos reservados

Este texto forma parte de los Documentos para el estudio de la Historia de la Iglesia una colección de textos del dominio público y de copia permitida relacionados a la historia de la Iglesia.

Salvo indicación contraria, esta forma específica de documento electrónico está amparada bajo derechos de autor. Se otorga permiso para hacer copias electrónicas, su distribución en forma impresa para fines educativos y uso personal. Si se reduplica el documento, indique la fuente. No se otorga permiso alguno para usos comerciales.