Tema 40. NO SE PUEDE SERVIR A DIOS Y AL DINERO
(7.° Y 10.° MANDAMIENTOS)

 

OBJETIVO CATEQUÉTICO

 

La posesión de bienes materiales no lo es todo. El hombre busca algo infinitamente más valioso

148. A veces encontramos en el preadolescente un deseo de bienestar, de comodidades y satisfacciones materiales. Muchos, por el influjo del ambiente en que viven, desean tener siempre a su disposición cantidades importantes de dinero, como signo de independencia; gastan fácilmente sin valorar el trabajo de sus padres, o sin acordarse de lo que supone para muchos hombres ganar con su trabajo el sustento suyo y de su familia. Al mismo tiempo se dan también en el preadolescente el deseo de la alegría compartida con los amigos, el gozo de ser útil a los otros, la satisfacción de ver un trabajo terminado o una dificultad vencida. Siente muchas veces el atractivo de un ideal de servicio a los demás, de cooperación, de sacrificio por el bien del prójimo. Ni poseer bienes materiales, ni conquistar placeres satisface plenamente al hombre.

El afán de posesión de bienes materiales, un pozo sin fondo

149. Hay quienes ponen toda su confianza y seguridad en la posesión de bienes materiales; pero quienes se mueven por el amor a Dios y al prójimo se sienten más felices y más seguros cuando comparten sus bienes con el prójimo. No esperan la felicidad de la acumulación de riquezas. Su deseo es darse a los demás, hacer el bien. Nuestra cultura económica tiende a incapacitarnos para pensar... Es éste un problema particularmente grave de nuestro tiempo. El afán de encontrar la seguridad en la posesión de bienes es un pozo sin fondo, que deja al hombre siempre insatisfecho. No se sacia. Pretende poseerlo todo y poseerlo siempre. ¡Un imposible!

"No codiciarás los bienes ajenos": décimo mandamiento

150. Ante el deseo del hombre de poseer cada vez más, sin ocuparse de los otros, el Antiguo Testamento presenta el mandamiento del Decálogo que dice: "No codiciarás su casa, su campo, su siervo o su sierva, su buey o su asno: nada que sea de tu prójimo" (Dt 5, 21).

Distintas formas de robo, inspiradas por la codicia

151. Numerosos pasajes de la Escritura denuncian los atentados contra el prójimo, inspirados por la codicia. La codicia conduce a distintas formas de robo. Así, lleva al comerciante a falsear las balanzas, a especular y a hacer dinero de todo (Am 8, 5-6; Si 26, 29; 27, 1-2); al rico a hacer extorsiones y acaparar propiedades (Am 5, 12; Is 5, 8; Mi 2, 2), a explotar a los pobres (Ne 5, 1-5; 2 R 4, 1; Am 2, 6), incluso negando el salario merecido (Jr 22, 13); al jefe y al juez a exigir cohechos (Is 33, 15; Mi 3, 11; Pr 28, 16), a violar el derecho (Is 1„ 23; 5, 23; Mi 7, 3).

La codicia, opuesta al amor del projimo

152. La codicia es directamente opuesta al amor del prójimo y, sobre todo, de los pobres, a los que la ley debe proteger (Ex 20, 17; 22, 24; Dt 24, 10-21). Mientras que Yahvé prescribe: "No endurezcas tu corazón" (Dt 15, 7), el codicioso es un hombre que tiene el alma seca (Si 14, 8-9), pues no tiene compasión (27, 1). Los jefes codiciosos, cautivados por su interés, como lobos que desgarran su presa, recurren incluso a la violencia para aumentar sus ganancias (Ha 2, 9; Jr 22, 17) y afirmar su voluntad de dominio (Ez 22, 27).

"No robarás": séptimo mandamiento

153. Según este desarrollo bíblico, la codicia de los bienes ajenos del décimo mandamiento conduce a la transgresión del séptimo, que dice: "No robarás" (Dt 5, 19). Hay formas enmascaradas de robar. Es mal adquirida, en efecto, la riqueza que acaba por excluir de los bienes de la tierra a la masa de los hombres, reservándolos a algunos privilegiados (Is 5, 8; Jr 5, 27-28).

"Revestís vuestras paredes y desnudáis a los hombres"

154. "Vosotros revestís vuestras paredes y desnudáis a los hombres. El pobre desnudo gime en tu puerta, y ni le miras siquiera. Es un hombre desnudo quien te implora y tú sólo te preocupas de los mármoles con que cubrirás tus pavimentos. El pobre te pide dinero y no lo obtiene: es un hombre que busca pan y tus caballos mascan el oro bajo sus dientes. Te gozas en los adornos preciosos, mientras otros no tienen que comer. ¡Qué juicio más severo te estás preparando, oh rico! El pueblo tiene hambre y tú cierras los graneros, el pueblo implora y tú exhibes tus joyas. ¡Desgraciado quien tiene facultades para librar a tantas vidas de la pobreza y no quiere! Las vidas de todo un pueblo habrían podido salvar las piedras de tu anillo" (San Ambrosio, Libro de Nabuthe, PL 14, 1394).

La propiedad privada no constituye para nadie un derecho incondicional y absoluto

155. El Papa Pablo VI dice en la encíclica Populorum Progressio, tras hacer referencia al pasaje bíblico de 1 Jn 3, 17: "Sabido es con qué firmeza los Padres de la Iglesia han precisado cuál debe ser la actitud de los que poseen respecto a los que se encuentran en necesidad: "No es parte de tus bienes —así dice San Ambrosio— lo que tú das al pobre; lo que le das le pertenece. Porque lo que ha sido dado para el uso de todos, tú te lo apropias. La tierra ha sido dada para todo el mundo y no solamente para los ricos." Y también: "... la propiedad privada no constituye para nadie un derecho incondicional y absoluto. No hay ninguna razón para reservarse en uso exclusivo lo que supera a la propia necesidad cuando a los demás les falta lo necesario. En una palabra: el derecho de propiedad no debe jamás ejercitarse con detrimento de la utilidad común, según la doctrina tradicional de los Padres de la Iglesia y de los grandes teólogos" (PP 23).

No es posible servir a Dios y al dinero. "¡Ay de vosotros los ricos!"

156. El Evangelio es muy duro en relación con las riquezas. El "¡ay de vosotros, los ricos!, porque ya tenéis vuestro consuelo!" (Le 6, 24), suena a condenación severa. El Evangelio del Reino anuncia el don total de Dios; para recibirlo hay que darlo todo; para adquirir la perla preciosa, el tesoro único hay que venderlo todo (Mt 13, 45-46), pues no se puede servir a dos señores (Mt 6, 24). El dinero es un amo implacable: ahoga la palabra del Evangelio (Mt 13, 22); hace olvidar lo esencial, la soberanía de Dios (Le 12, 15-21); detiene en el camino del evangelio a los corazones mejor dispuestos (Mt 19, 21-22). El rico que tiene en este mundo sus bienes (Lc 16, 25) y su consuelo (6, 24) no puede entrar en el Reino: sería más fácil a un camello pasar por el ojo de una aguja (Mt 19, 23-24). Sólo los pobres son capaces de acoger la buena nueva (Is 61, 1; Lc 4, 18; 1, 53). He aquí el camino que Jesús propone a sus seguidores: "El que no renuncia a todos sus bienes, no puede ser discípulo mío" (Lc 14, 33). El que sirve a Dios, da su dinero a los pobres; el que sirve al dinero, lo guarda para apoyarse en él. La distancia entre el Decálogo .y el Evangelio es aquí muy mar-cada.

No sólo "no robarás", sino que además, darás, compartirás

157. No sólo "no robarás", sino que además darás. Renunciar a la riqueza no es necesariamente dejar de ser propietario. Incluso entre los allegados a Jesús hubo algunas personas acomodadas, y un hombre rico de Arimatea fue el que recibió en su tumba el cuerpo de Jesús (Mt 27, 57). El evangelio no quiere que se deshaga uno de su fortuna como de un peso molesto; lo que pide es que la comparta con los pobres ,(Mt 19, 21; Lc 12, 33; 19, 8); haciéndose amigos con el dinero injusto pueden también los ricos esperar que Dios les abra el difícil camino de la salvación (Lc 16, 9). Como a Zaqueo (Le 19, 8), Jesús pide a todos un signo (suficientemente claro y variable según los casos) de que el verdadero dios de cada uno no es el dinero. Muchos, no obstante, son invitados a dejarlo todo (Mt 19; 21; Lc 12, 33). Lo escandaloso no es que haya un rico Epulón y un pobre Lázaro, sino que Lázaro quiera alimentarse con las migajas que caen de la mesa del rico y no se le dé nada (Le 16, 21).

Quien posee, es bueno cuando da

158. San Juan Crisóstomo nos exhorta a ser generosos y a menospreciar las riquezas: "¿Cómo puede ser bueno el que posee riqueza? No puede así afirmarse eso, sino que es bueno cuando da a los otros. Es bueno cuan-do no tiene, cuando se la da a los otros, entonces es bueno. Mientras guarda, no puede ser bueno. Ahora bien, ¿cómo puede ser bueno algo que, retenido, muestra que somos malos y, desechado, buenos? Luego lo que nos hace parecer buenos no es el tener, sino el no tener riquezas. Luego la riqueza no es un bien. Y si pudiendo tomarla la dejas, entonces te muestras bueno" (Homilía XII, 3 y 4, PG 62, 562).

El Nuevo Testamento, tiempo del Don. Cuando se ha recibido mucho de Dios, todo cálculo resulta escandaloso

159. El Nuevo Testamento, poniendo plenamente de relieve la generosidad de Dios, trastornó las perspectivas humanas. Es verdaderamente el tiempo del don (Jn 4, 10; Rm 5, 7ss). El don a los demás adquiere así un significado y una amplitud jamás conocida. La codicia que se opone a la actitud de dar debe combatirse siempre. Ahora debe ser superada ya la máxima "doy para que me des" (Lc 14, 12ss). Cuando se ha recibido tanto de Dios, todo cálculo y toda estrechez de corazón resultan escandalosos. "Da a quien te pida" (Mt 5, 42). "Habéis recibido gratis, dad gratis" (Mt 10, 8). El cristiano está llamado a considerar todo como riquezas de las que sólo es administrador y que le han sido confiadas para el servicio de los demás (1 P 4, 10-11). La generosidad con los demás es también una gracia, fruto del amor que procede de Dios.

Cada cual dé según el dictamen de su corazón. Dios ama al que da con alegría

160. "El que siembra escasamente, dice Pablo a los Corintios, escasamente cosecha, y el que siembra a manos llenas, a manos llenas cosecha. Cada cual dé según el dictamen de su corazón, no de mala gana ni forzado, pues: Dios ama al que da con alegría. Y poderoso es Dios para colmaros de toda gracia a fin de que teniendo, siempre y en todo, todo lo necesario, tengáis aún sobrante para toda obra buena. Como dice la Escritura: Re-partió a manos llenas; dio a los pobres, su justicia permanece eternamente. Aquel que provee de simiente al sembrador y de pan para su alimento, proveerá y multiplicará vuestra sementera y aumentará los frutos de vuestra justicia. Sois ricos en todo para toda largueza, la cual provocará por nuestro medio acciones de gracias a Dios" (2 Co 9, 6-11).

¡Bienaventurados los pobres! Vuestro es el Reino de Dios

161. Al comenzar Jesús su predicación inaugural con la bienaventuranza de los pobres: "Bienaventurados los pobres, porque vuestro es el Reino de Dios" (Lc 6, 20; Mt 5, 3), quiere hacer que se reconozca en ellos a los privilegiados del Reino que anuncia (St 2, 5). Como lo cantaba María, la humilde sierva del Señor (Lc 1, 46-55), ha llegado ya la hora en que se van a realizar las promesas de otros tiempos: "Los pobres comerán y que-darán saciados" (Sal 21, 27), son convidados a la mesa de Dios (Cfr. Lc 14, 21). Jesús aparece así como el Mesías de los pobres (Is 61, 1; Lc 4, 18; Mt 11, 5). En realidad, fueron sobre todo los humillados los que acudieron a Jesús (Mt 11, 25; Jn 7, 48-49).

Amarán dando, compartiendo

162. Todo esto sólo puede ser comprendido por el hombre nuevo. Este nace de Dios y descubre el valor real de las cosas. Sin ese renacer, las riquezas se vuelven en manos del hombre frutos de iniquidad (Lc 16, 9), y el vender los bienes y darlos a los pobres no sirve de mucho: "Aunque repartiera todos mis bienes, y entragara mi cuerpo a las llamas, si no tengo caridad, nada me aprovecha" (1 Co 13, 3). Toda acción que no termine en el amor está viciada de raíz: Amarás dando.

Destino universal de los bienes

163. Según la enseñanza de la Iglesia, "Dios ha destinado la tierra y cuanto ella contiene para uso de todos los hombres y pueblos. En consecuencia, los bienes creados deben llegar a todos en forma equitativa bajo la guía de la justicia y con la compañía de la caridad" (GS 69). Aunque los hombres tienen derecho a poseer bienes y a disponer de ellos libre-mente, dentro de alguna de las formas de la propiedad privada, jamás deben perder de vista el destino universal de los bienes que poseen. "Por tanto, el hombre, al usarlos, no debe tener las cosas exteriores que legítimamente posee como exclusivamente suyas, sino también como comunes, en el sentido de que no le aprovechen a él solamente, sino también a los demás" (GS 69). Por ello, "quien se halla en situación de necesidad extrema tiene derecho a tomar de la riqueza ajena lo necesario para sí" (GS 69).

Según la doctrina de los padres y doctores de la Iglesia todos estamos obligados a ayudar a los pobres y no sólo con los bienes superfluos, sino también con los bienes que consideramos como necesarios para nosotros: "Alimenta al que muere de hambre, porque, si no lo alimentas, lo matas (Cfr. Gratiani, Decretum c. 21 dist 86)" (GS 69). Se ha de ayudar a los pobres, tanto a los individuos como a los pueblos pobres, de modo que ellos lleguen a ser capaces de ayudarse a sí mismos y de lograr por su propia actividad responsable el desarrollo económico y social. Una de las formas de contribuir hoy a la más justa distribución de los bienes y ser-vicios es procurando que se promulguen leyes fiscales justas y pagando los impuestos.

Las diversas formas de propiedad privada

164. Todos los hombres tienen derecho a acceder a la propiedad y a otras formas de dominio privado de los bienes; y la sociedad tiene el deber de favorecer las circunstancias y fomentar los medios para que este derecho se convierta en realidad. Cuando la Iglesia defiende este derecho de pro-piedad privada piensa, sobre todo, en el derecho de aquellos que no poseen.

"La propiedad, como las demás formas de dominio privado sobre los bienes exteriores, contribuye a la expresión de la persona y lo ofrece ocasión de ejercer su función responsable en la sociedad y en la economía. Es por ello muy importante fomentar el acceso de todos, individuos y comunidades, a algún dominio sobre los bienes externos.

La propiedad privada o un cierto dominio sobre los bienes externos aseguran a cada cual una zona absolutamente necesaria para la autonomía personal y familiar y deben ser considerados como ampliación de la libertad humana. Por último, al estimular el ejercicio de la tarea y de la responsabilidad, constituyen una de las condiciones de las libertades civiles.

Las formas de dominio o propiedad son hoy diversas y se diversifican cada día más. Todas ellas, sin embargo, continúan siendo elemento de seguridad no despreciable aun contando con los fondos sociales, derechos y servicios procurados por la sociedad. Esto debe afirmarse no sólo de las propiedades materiales, sino también de los bienes inmateriales, como la capacidad profesional.

El derecho de propiedad privada no es incompatible con las diversas formas de propiedad pública existentes" (GS 71).

Por razones de bien común la autoridad pública tiene el derecho de decidir la expropiación forzosa de determinados bienes, supuesta la compensación adecuada. Por lo demás, toca a la autoridad pública "impedir que se abuse de la propiedad privada en contra del bien común (GS 71).

El valor del trabajo humano. El deber y el derecho al trabajo. Remuneración del trabajo

165. Para respetar los derechos de las personas sobre los bienes materia-les se ha de tener en cuenta que entre los distintos elementos de la actividad económica el más importante de todos es el trabajo. El trabajo humano es una expresión de la persona humana y tiene por ello un valor singular. "El trabajo humano que se ejerce en" la producción y en el comercio o en los servicios es muy superior a los restantes elementos de la vida económica, pues estos últimos no tienen otro papel que el de instrumentos.

Pues el trabajo humano, autónomo o dirigido, procede inmediatamente de la persona, la cual marca con su impronta la materia sobre la que trabaja y la somete a su voluntad. Es para el trabajador y para su familia el medio ordinario de subsistencia; por él el hombre se une a sus hermanos y les hace un servicio, puede practicar la verdadera caridad y cooperar al perfeccionamiento de la creación divina. No sólo esto. Sabemos que, con la oblación de su trabajo a Dios, los hombres se asocian a la propia obra redentora de Jesucristo, quien dio al trabajo una dignidad sobresaliente laborando con sus propias manos en Nazaret. De aquí se deriva para todo hombre el deber de trabajar fielmente, así como el derecho al trabajo. Y es deber de la sociedad, por su parte, ayudar, según sus propias circunstancias, a los ciudadanos para que puedan encontrar la oportunidad de un trabajo suficiente. Por último, la remuneración del trabajo debe ser tal que permita al hombre y a su familia una vida digna en el plano material, social, cultural y espiritual, teniendo presentes el puesto de trabajo y la productividad de cada uno, así como las condiciones de la empresa y el bien común.

La actividad económica es de ordinario fruto del trabajo asociado de los hombres; por ello es injusto e inhumano organizarlo con daño de algunos trabajadores" (GS 67).

La participación de los trabajadores en las decisones económicas

166. En relación con los derechos de las personas sobre los bienes materiales tiene hoy especial importancia el derecho de los trabajadores a participar en las decisiones de la empresa y en general en las decisiones de política económica:

"En las empresas económicas son personas las que se asocian, es decir, hombres libres y autónomos, creados a imagen de Dios. Por ello, teniendo en cuenta las funciones de cada uno, propietarios, administradores, técnicos, trabajadores, y quedando a salvo la unidad necesaria en la dirección, se ha de promover la activa participación de todos en la gestión de la empresa según formas que habrá que determinar con acierto. Con todo, como en muchos casos no es a nivel de empresa, sino en niveles institucionales superiores, donde se toman las decisiones económicas y sociales de las que dependen el porvenir de los trabajadores y de sus hijos, deben los trabajadores participar también en semejantes decisiones por sí mismos o por medio de representantes libremente elegidos" (GS 68).

El derecho de asociación de los trabajadores

167. Para que sean convenientemente respetados los derechos de los trabajadores es necesario que los trabajadores se asocien. El derecho a la asociación es un derecho fundamental.

"Entre los derechos fundamentales de la persona humana debe contarse el derecho de los obreros a fundar libremente asociaciones que representen auténticamente al trabajador y puedan colaborar en la recta ordenación de la vida económica, así como también el derecho de participar libremente en las actividades de las asociaciones sin riesgo de represalias. Por medio de esta ordenada participación, que está unida al progreso en la formación económica y social, crecerá más y más entre todos el sentido de responsabilidad propia, el cual les llevará a sentirse colaboradores, según sus medios y aptitudes propias, en la tarea total del desarrollo económico y social y del logro del bien común universal" (GS 68).

El derecho a la huelga

168. Un aspecto importante de la defensa de los derechos de los trabajadores es la huelga:

"En caso de conflictos económico-sociales hay que esforzarse por encontrarles soluciones pacíficas. Aunque se ha da recurrir siempre primero a un sincero diálogo entre las partes, sin embargo, en la situación presente, la huelga puede seguir siendo medio necesario, aunque extremo, para la defensa de los derechos y el logro de las aspiraciones justas de los trabajadotes. Búsquense, con todo, cuanto antes, caminos para negociar y para reanudar el diálogo conciliatorio" (GS 68).

Comunidad de corazones y comunidad de bienes

169. En el libro de los Hechos de los Apóstoles, en la descripción que se hace de la vida de la comunidad primitiva (Hch 2, 42-45; 4, 32-35), se nos presenta como un valor genuinamente cristiano la comunidad de bienes que alcanza "a cada uno según sus necesidades". Con esto no se anula el derecho de propiedad privada, pero sí se insinúa cuál es el ideal de vida más conforme con el Evangelio. Lo fundamental es la comunidad de corazones, fundada en Jesucristo. La fe común en Jesucristo, la unión con Cristo por el Bautismo y por la Eucaristía, exigen una caridad fraterna en virtud de la cual se reconozca a todos la igual dignidad de hijos de Dios, y reine entre todos un amor profundo.

Esta comunión espiritual debe expresarse también en la tendencia a la comunidad de bienes en el orden material. La colecta en favor de los santos, que San Pablo propone a la comunidad de Corinto (Cfr. 2 Co 8 y 9), no supone una venta de los bienes para repartir su precio y consumirlo, pero sí exige poner los propios bienes al servicio de las necesidades de la comunidad. Es una de las consecuencias de nuestra condición de miembros del cuerpo de Cristo (1 Co 12, 26). Este espíritu evangélico en el mundo actual debe manifestarse especialmente en la realización de la justa distribución de bienes y servicios, en la eliminación de las desigualdades injustas, en la atención especial a los más necesitados, y en la solidaridad y amor mutuo entre los miembros de la sociedad. La vida cristiana implica comunidad de corazones y tiende a crear una efectiva comunidad de bienes.

Una generosidad, según la cual los hombres seremos juzgados

170. La verdadera riqueza no es la que se posee, sino la que se da, pues este don atrae la generoscidad de Dios, unel al que da y al que recibe y da al mismo rico la ocasión de experimentar que hay "más dicha en dar que en recibir" (Hch 20, 35). Dar de comer al hambriento, de beber al sediento, acoger al forastero, vestir al desnudo, atender al enfermo, ocuparse del prisionero... son obras de misericordia, según las cuales cada uno de los hombres será juzgado (Mt 25, 31-46). Estos actos humanitarios, aparentemente de orden temporal, realizan la máxima dimensión religiosa: la relación personal e inmediata con Cristo, camino único para llegar a Dios.