TRIPLE «OFICIO»: SACERDOTE, PROFETA Y REY
DicEc
 

En el Antiguo Testamento los sacerdotes, los profetas y los reyes eran instrumentos y representantes especiales de Dios. A través de su ministerio era edificado el pueblo (Dt 17,14—18,22). En el Nuevo Testamento a Jesús se le dan los tres títulos: sacerdote (Heb 4,14-16; cf Jn 19,23; Ap 1,13), profeta-nabi (Lc 24,19) y rey (Jn 6,15; 18,33-37: ambiguo, pero véanse en los cuatro evangelios la entrada mesiánica en Jerusalén —Mt 21,1-11 y par.— y la inscripción sobre la cruz —Mt 27,37-42 y par.—). La primitiva comunidad cristiana era real y sacerdotal (>Sacerdocio común) y tenía la función profética de proclamar las obras maravillosas de Dios (lPe 2,9-10).

La tríada aparece en la >Tradición apostólica a propósito de la bendición del Aleo: reyes, sacerdotes y profetas`. Más tarde aparece en textos patrísticos y Eusebio de Cesarea (t 340 ca.) la usa en un sentido cristológico. Se encuentra también en la época medieval, pero no aparece como tema dominante hasta la época de los reformadores, especialmente con Calvino. En los círculos empieza a usarse en el siglo XVII, haciéndose más frecuente en el siglo XIX con >Newman, [que de forma novedosa propone que la eclesiología debe atender al triple ministerio de la Iglesia, cuyo ministerio profético asegura la regla de la verdad contra la tentación del racionalismo, el ministerio sacerdotal guía al culto contra la superstición, y el ministerio real conduce a la santidad contra la ambición y la tiranía. De esta forma los tres ministerios se atemperan mutuamente y se libran uno al otro de sus peculiares tentaciones. Así, el culto frena el racionalismo, la verdad vence la superstición y la piedad mitiga el peso de la ley].

Ya en el siglo XX, un estudio católico clave sobre la tríada fue el de J. Fuchs en 1941. Y. Congar había empezado a usarla como principio eclesiológico en la década de 1930, convirtiéndola en principio organizador de su obra clásica sobre los laicos. La tríada, en forma de maestro, rey y sacerdote, fue aplicada por Pío XII a Cristo en su encíclica Mystici corporis. G. Philips recurrió a ella también en su estudio sobre los laicos. Estaba, pues, madura en la época del Vaticano II.

El concilio la aplica a Cristo, a los laicos y a los ministros ordenados. En este último caso sigue el orden maestro-sacerdote-pastor/rey (LG 25-27; CD 12-16; PO 4-6), mientras que aplicada a los laicos el orden es sacerdote-profeta-rey (LG 34-36). Quizá su función más importante consista en indicar la igualdad radical en dignidad de todos los cristianos: «Por tanto, el pueblo de Dios, por él elegido, es uno: un Señor, una fe, un bautismo (Ef 4,5). Es común la dignidad de los miembros, que deriva de su regeneración en Cristo... Aun cuando algunos, por voluntad de Cristo, han sido constituidos doctores, dispensadores de los misterios y pastores para los demás, existe una auténtica igualdad entre todos en cuanto a la dignidad y a la acción común a todos los fieles en orden a la edificación del cuerpo de Cristo» (LG 32).

Hay una diferencia entre el >sacerdocio común de los fieles y el >sacerdocio ministerial o jerárquico que es esencial y no cuestión de grado (essentia et non gradu tantum [LG 10]). El sacerdote ministerial realiza un servicio distinto en la comunidad, pero eso no significa que por ello sea más santo que los laicos. Hay que buscar en la Lumen gentium los elementos clave que muestran en qué sentido es esencialmente diferente el sacerdocio de los laicos del sacerdocio de los ordenados, al igual que los elementos que muestran lo que tienen de común.

Todos están consagrados, por lo que sus obras son verdaderos sacrificios espirituales (Rom 12,1) y un testimonio para los demás (LG 10). El sacerdocio común se ejerce en la vida sacramental de la Iglesia (LG 11). La vida de sacrificio de los laicos es «espiritual» (está regida por el Espíritu Santo): Cristo se «asocia íntimamente [a los laicos] a su vida y a su misión y los hace partícipes de su oficio sacerdotal con el fin de que ejerzan el culto espiritual para gloria de Dios y salvación de los hombres... Pues todas sus obras, sus oraciones e iniciativas apostólicas, la vida conyugal y familiar, el cotidiano trabajo, el descanso del alma y de cuerpo, si son hechos en el Espíritu, e incluso las mismas pruebas de la vida si se sobrellevan pacientemente, se convierten en sacrificios espirituales, aceptables a Dios por Jesucristo (lPe 2,5), que en la celebración de la eucaristía se ofrecen piadosísimamente al Padre junto con la oblación del cuerpo del Señor» (LG 34).

Sabemos por las Actas del concilio que LG describe la función profética de todo el pueblo: es una participación en la función profética de Cristo; consiste en el testimonio, la alabanza, la confesión de la fe y el >sensus fidei. Más tarde LG 35 desarrolla el tema de la función profética de los laicos: establecidos como testigos, dotados del sensus fidei y la gracia de la palabra «de modo que el poder del evangelio pueda resplandecer en la vida diaria de la familia y la sociedad», convirtiéndose en heraldos de esperanza, sin ocultar la razón de la misma, de forma que, «incluso ocupados en sus tareas temporales, puedan los laicos desempeñar la valiosa labor de procurar ahondar diligentemente en el conocimiento de la verdad revelada y de pedir encarecidamente a Dios el don de la sabiduría». Al tratar de los obispos, Lumen gentium 25 subraya la importancia de la predicación del evangelio, e insiste en que son maestros autorizados del mismo (>Magisterio). La proclamación del evangelio es la primera tarea de los sacerdotes, que tienen además la responsabilidad de un amplio ministerio en la Palabra (PO 4).

El oficio real no está tan desarrollado como los otros dos oficios en el capítulo II de LG, donde se dice que es común a todos los bautizados y lo ejercen por una parte los obispos (LG 27, donde se le da el nombre de «oficio pastoral»; >Obispos) y por otra los laicos (LG 36, en relación a la tarea pastoral de los sacerdotes; cf PO 6). A propósito de estos últimos se dice: «También por medio de los fieles laicos el Señor desea dilatar su reino: reino de verdad y de vida, reino de santidad v de gracia, reino de justicia. de amor y de paz... Deben, por tanto, los fieles, conocer la íntima naturaleza de todas las criaturas, su valor y su ordenación a la gloria de Dios... En el cumplimiento de este deber universal corresponde a los laicos el lugar más destacado... Igualmente coordinen los laicos sus fuerzas para sanear las estructuras y los ambientes del mundo cuando inciten al pecado, de manera que todas estas cosas sean conformes a las normas de la justicia... Obrando de este modo, impregnarán de valor moral la cultura y las realizaciones humanas... Conforme lo exige la misma economía de la salvación, los fieles aprendan a distinguir con cuidado los derechos y deberes que les conciernen por su pertenencia a la Iglesia y los que les competen en cuanto miembros de la sociedad humana. Esfuércense en conciliarlos entre sí» (LG 36). El oficio pastoral de los obispos (LG 27) y de los presbíteros (PO 6) es una participación especial en el oficio real de Cristo. Estos se ocupan de los fieles de un modo global, nunca de manera dominante. sino como siervos.

El uso de la palabra «rey» plantea en la actualidad algunos problemas; muchísimas personas, en efecto, no tienen ninguna experiencia de reyes o reinas que puedan ser reflejo de algún modo del uso bíblico de esta palabra. Con respecto a la jerarquía es preferible generalmente el empleo de la palabra «pastor». En el caso de Cristo es quizá mejor usar la palabra «Señor», que es la fórmula de los credos primitivos (ICor 12,3; Rom 10,9) y permitiría hablar de que los laicos participan del señorío de Cristo. [El título «Señor» es el preferido por J. Alfaro. Sobre este «munus» gravita toda una problemática referida a la posibilidad de su participación teniendo en cuenta el origen sacramental de la «potestas sacra» por la cual se inclina prioritariamente el Vaticano II (>Autoridad/Potestad sacramental). Con todo, para mantener una cierta participación y no contradecir esta unidad, algunos autores distinguen dos elementos de LG 27: la potesta.s iurisdictionis, que tiene carácter vinculante, pero que no agota el «munus regendi», y «los consejos, exhortaciones y ejemplos» como función «persuasiva» propia también del «munus regendi»"]

¿Cuántos oficios hay? El Vaticano II no dice en ningún momento que sean tres, pero habla de un triple oficio (triplex munus) o del oficio profético, sacerdotal y real. La idea de que hay un solo oficio, el sacerdotal, con consecuencias proféticas y reales, parece también contar con argumentos en su favor. Este oficio sacerdotal estaría a su vez vuelto hacia Dios y hacia el mundo: su función sería mediadora. Esta visión explicaría las aparentes superposiciones de los textos del Vaticano II, por ejemplo el que se diga que el testimonio pertenece tanto al oficio sacerdotal (LG 10) como al profético (LG 35). Puede notarse también la interacción de las tres funciones: la real es sacerdotal y profética; la sacerdotal es real y profética; y la profética es sacerdotal y real. Pero Cristo es el modelo de todas ellas.

El Código de Derecho canónico empieza su exposición del Libro II con una declaración sobre todos los fieles cristianos, que es una modificación de LG 31, referida a la participación de los laicos en el oficio sacerdotal, profético y real de Cristo (can. 204). El resto del Código, sin embargo. no presenta ninguna elaboración profunda y amplia del modo en que los laicos ejercen de hecho este ministerio. No obstante, la idea del triple oficio ha influido en la estructura de los libros centrales: II. Del pueblo de Dios; III. La función de enseñar en la Iglesia; IV. De la función de santificar en la Iglesia.