PUEBLO DE DIOS
DicEc
 

Desde el Vaticano II, la expresión «pueblo de Dios» se ha convertido para muchos en otro nombre de la Iglesia, desplazando en muchos casos a «>Cuerpo de Cristo». Pero, al parecer, algunos autores han ido más allá del concilio y han desarrollado la idea de «pueblo» en un sentido excesivamente sociológico y político. Para evitar este problema es menester considerar el origen del concepto en la eclesiología reciente, sus raíces escriturísticas y la doctrina real del concilio.

Dado que la expresión «pueblo de Dios» gozaba de favor en la teología de la Reforma, no fue frecuente entre los teólogos católicos durante los siglos posteriores a Trento. En el siglo XIX, el término aparece ocasionalmente en la eclesiología de la «>sociedad perfecta», pero aquí designa a los laicos por oposición a la jerarquía. El concepto de pueblo de Dios fue ganando terreno poco a poco entre los teólogos católicos y protestantes, junto a la teología del cuerpo místico, a partir aproximadamente de 1920, aunque al principio en un sentido más sociológico que teológico. M. D. Koster, afirmando que la eclesiología era preteológica, atacó también la idea exclusivista de que «Cuerpo de Cristo» era el nombre propio de la Iglesia. Pero insistió, de manera no menos exclusiva, en que «pueblo de Dios» era «la única designación abstracta y clara de la Iglesia»". Más tarde, L. Cerfaux hallaría importantes argumentos a favor del primado en la eclesiología paulina de la noción de pueblo. Tras la publicación de la encíclica de Pío XII sobre el cuerpo místico (>Mystici Corporis, 1943), en la que no se hablaba de pueblo de Dios, los teólogos católicos se dedicaron a desarrollar las ideas tanto de la Iglesia como pueblo como de la Iglesia como >sacramento, mientras seguía creciendo también a buen paso el interés de los protestantes por la noción de pueblo. La noción de pueblo de Diosestaba, pues, teológicamente madura cuando se inició el Vaticano II, aunque no figuraba mucho en los primeros borradores de la constitución sobre la Iglesia (después LG) que, salvo una referencia a lPe 2,9-10, proponían una eclesiología basada en el cuerpo místico, destacando también la idea de la Iglesia como sociedad perfecta.

El Vaticano II no realizó una exposición completa de la doctrina bíblica sobre el pueblo de Dios; se limitó a presentar un esbozo en LG 9. Algunos puntos importantes necesitan posterior desarrollo e ilustración.

Es clave en la noción de pueblo la idea de la elección divina y la alianza; ambas fueron al mismo tiempo un acto de liberación (Dt 7,6-11; 26,5-9). El pueblo prometió obedecer al Señor (Ex 19,1-8; 24,1-8). La alianza puede resumirse en la promesa divina: «Yo seré vuestro Dios y vosotros seréis mi pueblo» (Lev 26,11-13). La especial relación instaurada quedaba puesta de relieve por la restricción de `ám (LXX laos) al pueblo o familia de Dios, mientras que a los demás pueblos se los denominaba góyim (LXX ethnai). Había una tensión continua entre el sentido religioso de «pueblo» en términos de alianza y culto y su sentido político. Se describía la relación de la alianza por medio de diversos términos (cf LG 6): esposo (Is 54,5-8), indicando la fidelidad del amor de Dios y la inconstancia de Israel"; viña (Is 5,1-7), poniendo de relieve las atenciones y cuidados de Dios y la necesidad del pueblo de dar fruto"; grey, cuyo pastor es Dios (Ez 34), subrayando de nuevo los desvelos de Dios así como la vulnerabilidad de las ovejas". Aunque Israel se empeñaba en desobedecer, Dios prometió una nueva alianza (Jer 31,31-34).

La nueva alianza fue sellada con la sangre de Cristo (1Cor 11,25) y de este modo los discípulos de Jesús se convirtieron en pueblo. Con el tiempo comprendieron que de todas las promesas y dones del Antiguo Testamento ellos eran ahora los legítimos herederos (cf lPe 2,9-10, que recoge Ex 19,6 y la versión de los LXX de Is 43,20-21). Pero no se puede ser simplistas al hablar de la relación de la Iglesia con el antiguo Israel. Algunos autores insisten en la continuidad; Pablo, por ejemplo, ve la fe como el medio por el que las personas entran a formar parte del pueblo de Dios (Gál 3,7.9.28-29), y en Rom 9-11 habla de que los cristianos son injertados (11,17.24), aunque sigue confiando en la salvación final de los que han quedado desgajados (11,25-29). Otros textos del Nuevo Testamento hablan más de un desplazamiento del pueblo judío por parte de la Iglesia (cf lPe 2,9-10; Ef 2,15). En Mateo y Juan hay datos evidentes acerca del conflicto entre los judíos y la Iglesia (Mt 4,23; 21,43; In 9,22.28; 16,2). En Lucas la resurrección de Jesús representa una nueva fase en la historia del pueblo". La cuestión sigue viva en el diálogo con los >judíos y mantiene su importancia a la hora de comprender la significación que cabe atribuir al Estado de Israel fundado en 1948.

El Vaticano II acude al esquema del pueblo de Dios para exponer la doctrina del >sacerdocio común de todos los creyentes (LG 10), sacerdocio ejercido en los sacramentos (LG 11), el sentido de la fe (>Sensus fidei) y los >carismas (LG 12). Desarrolla una rica noción de la catolicidad (>Católico) de la Iglesia: su difusión universal en la unidad, su diversidad en los distintos pueblos, estados y funciones dentro de la Iglesia, en las diferentes tradiciones y en la común participación en los recursos (LG 13). La cuestión de la >pertenencia a la Iglesia se plantea en términos de incorporación plena o parcial: los católicos en estado de gracia («en posesión del Espíritu de Cristo») están plenamente incorporados (LG 14); los otros cristianos están unidos a la Iglesia de diversos modos (LG 15; cf UR 3, 14-23); los no cristianos, especialmente los judíos y los musulmanes, y todos los que creen en Dios, están ordenados al pueblo de diversos modos, como también lo están de hecho todos aquellos que, sin falta por su parte, no han podido llegar a un conocimiento explícito de Dios (LG 16). Finalmente la Iglesia tiene una misión de cara al mundo (LG 17).

Mientras que el Código de Derecho canónico de 1917 titula su segundo libro «Personas», la revisión de 1983 lo titula «El pueblo de Dios», tratando en él de todos los fieles, laicos, jerarquía y religiosos. Los fieles se definen como miembros del pueblo: «Son fieles cristianos quienes, incorporados a Cristo por el bautismo, se integran en el pueblo de Dios y, hechos partícipes a su modo por esta razón de la función sacerdotal, profética y real de Cristo, cada uno según su propia condición, son llamados a desempeñar la misión que Dios encomendó cumplir a la Iglesia en el mundo» (CIC 204). Esta definición es una adaptación de una afirmación de LG 31 sobre los laicos con el fin de incluir a todos los miembrosdel pueblo de Dios. Por primera vez se recogen explícitamente en el derecho canónico los derechos y las obligaciones de los fieles: los que se derivan de la igualdad básica de todos los fieles (CIC 208-211); los que se siguen de la estructura jerárquica de la Iglesia (CIC 212-214); afirmaciones relativas a la misión de la Iglesia (CIC 215-218). Se recogen derechos personales (CIC 219-220) y obligaciones sociales (CIC 222-223). Hay en el Código de Derecho canónico cierta tendencia a recaer en posiciones jurídicas preconciliares acerca de la Iglesia incluso dentro de esta segunda parte dedicada al pueblo de Dios (>Derecho canónico).

A propósito de la interpretación de la noción de pueblo de Dios, la Comisión Teológica Internacional observaba en 1984: «La constitución (LG) usa el término con todas las connotaciones que el Antiguo y el Nuevo Testamento le han ido atribuyendo. En la expresión "pueblo de Dios" está además el genitivo "de Dios", que confiere a la frase su significación específica, situándola en el contexto bíblico en el que apareció y se desarrolló. Por consiguiente, toda interpretación del término "pueblo" en un sentido exclusivamente biológico, racial, cultural, político o ideológico ha de rechazarse radicalmente. El "pueblo de Dios" procede "de lo alto", del plan divino, es decir, de la elección, de la alianza, de la misión».

En el sínodo de obispos de 1985, convocado para conmemorar el XX aniversario del Vaticano II, tanto los cronistas como los obispos comentaron favorablemente el impacto que había tenido la noción de pueblo.

Pero la mayoría de las referencias parecían detectar una mala interpretación ideológica del término, su aislamiento respecto de otras nociones, su utilización con el fin de fomentar falsas oposiciones: comunión/institución, Iglesia popular/Iglesia jerárquica. Como resultado de ello el concilio pareció decidirse más bien por la noción de >comunión, de modo que la idea de pueblo de Dios ha perdido buena parte de la fuerza que había adquirido en la época posconciliar.

La idea de pueblo tiene muchas posibilidades ecuménicas comparada con la presentación de la Iglesia de la >Mystici Corporis: permite la relación positiva con otros cristianos. Es un concepto más dinámico que el de cuerpo de Cristo y también más histórico, incluyendo la idea de la Iglesia entera que avanza en peregrinación escatológica. Pero tampoco puede sustituir las nociones de cuerpo y de >templo: cada una de ellas encierra una contribución propia a una auténtica eclesiología trinitaria23: el plan divino es que «todo el género humano forme un único pueblo de Dios, se una en un único cuerpo de Cristo y se coedifique en un único templo del Espíritu Santo» (AG 7; cf LG 17; PO 1).