LUMEN GENTIUM
DicEc
 

La constitución Lumen gentium («Luz de los pueblos», es decir, Cristo) es el documento más importante del >Vaticano II. De hecho, uno de los cuatro objetivos que >Pablo VI marcó al concilio cuando volvió a convocarlo fue elaborar una definición más completa de la Iglesia. El documento habría de pasar por una larga y tortuosa evolución antes de su promulgación final el 21 de noviembre de 1964. El primer borrador sobre la Iglesia elaborado por la comisión preparatoria, Aeternus unigeniti Pater, se situaba en la tradición de >Roberto Belarmino y del magisterio pontificio de las décadas anteriores. El texto consideraba a la Iglesia como «>sociedad perfecta» y subrayaba su estructura jerárquica. Fue rechazado por una amplia mayoría de los miembros del concilio. De Smedt, el obispo de Brujas, dijo que era demasiado triunfalista, clerical y jurídico; el cardenal Montini lo criticó por carecer de una verdadera doctrina de la relación de Cristo con la Iglesia. Sus once capítulos fueron devueltos para su reelaboración. El nuevo borrador, llamado Lumen gentium, fue introducido en el segundo período de sesiones el 30 de septiembre de 1963 y constaba de cuatro capítulos: la Iglesia como misterio; su estructura jerárquica; el pueblo de Dios y los laicos, y la santidad de la Iglesia. Los cardenales Frings y Suenens sugirieron que se invirtiera el orden del segundo y el tercer capítulo; Frings propuso además que se añadiera un capítulo sobre el carácter escatológico de la Iglesia y que se incorporara a la constitución el texto sobre la Madre de Dios. Después de un mes de debate, las votaciones revelaron un consenso mayoritario en torno a ciertas cuestiones espinosas: la sacramentalidad de la ordenación episcopal, el colegio de los obispos (>Colegialidad episcopal), el diaconado permanente (>Diáconos) y la inclusión del texto sobre la Virgen María. Nuevas enmiendas se introdujeron durante el período de suspensión del concilio, siendo debatido, modificado y finalmente aprobado el borrador durante el tercer período de sesiones. Se promulgó el 21 de noviembre de 1964, pero acompañado de una nota explicativa (Nota explicativa praevia) con el fin de prevenir las malas interpretaciones de la colegialidad episcopal.

A pesar de su lenta elaboración, la constitución tiene una extraordinaria unidad. El capítulo inicial, El misterio de la Iglesia, muestra cómo se revela en la Iglesia el plan divino, eterno y trinitario de salvación. El segundo capítulo, El pueblo de Dios, trata de la Iglesia en su conjunto, sin hacer distinciones de función o estado: Dios tiene un plan para todo el pueblo; el >sacerdocio común es compartido por todos (LG 10) y ejercido en los sacramentos (LG 11); el pueblo entero está en relación, a distintos niveles, con los miembros de la Iglesia católica plenamente incorporados a él (LG 15), con los otros cristianos (LG 16) y con los no cristianos (LG 17). El tercer capítulo trata de la jerarquía. El trabajo anterior del concilio Vaticano I, que habló sólo del papa, se ve completado ahora por un amplio tratamiento del colegio episcopal. El capítulo cuarto, Los laicos, pone de relieve su vocación específica a participar en los oficios sacerdotal, profético y real de Cristo. El capítulo siguiente vuelve a tratar de toda la Iglesia, ya que todos están llamados a la santidad. Sigue a este un breve capítulo dedicado al papel especial desempeñado por los religiosos en la Iglesia. El capítulo séptimo trata de nuevo de la Iglesia universal en su peregrinación escatológica. El último capítulo, el octavo, se titula La Santísima Virgen María, Madre de Dios, en el misterio de Cristo y de la Iglesia. Tiene dos partes principales, en las que se muestra la relación de María con Cristo y con la Iglesia.

A pesar de la cuidada estructura de la constitución, que en la ordenación de sus capítulos nos ofrece ya una declaración de la naturaleza y el destino de la Iglesia, no puede decirse que el documento contenga toda la eclesiología del Vaticano II. En el concilio operan más de una eclesiología, incluso más de dos (>Vaticano II). La constitución es clave para la interpretación de los otros textos, y esta, a su vez, ha de ser interpretada con la ayuda de aquellos. Un balance con motivo del año 2000 es la ponencia del cardenal J. Ratzinger LEcclesiologia della Lumen gentium en el congreso sobre el concilio Vaticano II, organizado por el Comité Central del Gran Jubileo (cf Apéndice-conclusivo: Guía de lectura de la Lumen gentium).