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Amigo
José del Campo:
No prohíbe el Derecho Canónico a un sacerdote ser padrino de Bautismo.
Lo del celebrante fue una consulta que se me hizo.
Y
lo que yo dije es que como el Derecho Canónico sólo exige UN PADRINO O
MADRINA, aunque no prohíbe que puedan haber dos. Si al celebrar un
Bautizo ya hay un padrino o madrina, el celebrante puede constar en la
partida como SEGUNDO PADRINO y cumplir con sus obligaciones como tal.
Esa
es la solución para un caso peculiar. Lo que no podría hacerse es que
el celebrante hiciese también de padrino sin haber otro que actuara
como tal en la ceremonia. ¿Vale? Un saludo
Juan
García Inza
juangainza@hotmail.com
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