Congregación para la Doctrina de la Fe
A propósito de los libros del Rvdo. D. Francisco Serra Estellés
PREÁMBULO
La
Congregación para la Doctrina de la Fe, el 2 de junio de 2000, dirige una nota
al Sr. Arzobispo, Mons. Agustín García-Gasco Vicente, en la que le comunica
que ha recibido observaciones referidas a las obras publicadas del Rvdo. D.
Francisco Serra Estellés, sacerdote de la Archidiócesis de Valencia, en las
que se encuentran afirmaciones contrarias a la doctrina de la Iglesia.
La
Congregación emprende el estudio de los libros publicados por el referido
sacerdote y hace la siguiente valoración: el autor presenta elementos valiosos
para una interpretación de la problemática contemporánea, pero se aparta de
la fe de la Iglesia en puntos fundamentales de su doctrina sobre Dios, Cristo,
la Iglesia, el hombre, la moral y la escatología.
Y
ruega al Sr. Arzobispo, en calidad de Ordinario del Autor, que tome las medidas
necesarias para que el Rvdo. D. Francisco Serra Estellés retracte públicamente
los puntos observados, para bien de los fieles y del mismo Autor.
En
agosto de 2000 se tiene una primera entrevista con el Autor, en la que se le
informa de la nota recibida de la Congregación para la Doctrina de la Fe.
El
Rvdo. Francisco Serra Estellés manifiesta que nunca había sido su intención
exponer una doctrina contraria a la fe de la Iglesia; y que sus obras estaban
pensadas para un grupo humano que se encuentra lejos de la Iglesia. Muchos de
ellos suelen asistir a su
No
obstante, se manifestó dispuesto a hacer lo que disponga la Iglesia, a través
de los legítimos pastores, incluso renunciar públicamente a los errores que se
puedan encontrar en sus libros, porque su deseo es vivir en comunión con la fe
de la Iglesia, enseñada por el Magisterio. Reiteró hacer lo que proceda, en el
modo y forma que se le indique.
En
septiembre de 2000, se tiene una segunda entrevista con el Autor para que
proporcione sus obras, porque estaban agotadas. En la conversación se ratificó
en la misma disposición manifestada en la primera entrevista e incluso la
expuso por escrito.
Días
después entregó los libros que pudo recoger, en total cinco. Se procedió a su
análisis orientado a la elaboración de una NOTIFICACIÓN PÚBLICA y de una
DECLARACIÓN JURADA DEL RVDO. D. FRANCISCO SERRA ESTELLÉS.
El
primer cuatrimestre de 2001 se dedicó al análisis de las obras y por diversas
circunstancias empieza la redacción del documento a partir de febrero de 2002,
que consta de dos partes, como se ha indicado.
Estos
documentos fueron puestos en conocimiento de la Congregación para la Doctrina
de la Fe.
El día 6 de junio de 2002, ante un grupo de fieles, reunidos en el templo parroquial de la parroquia de San Juan de Ávila, de la que es párroco el Rvdo. D. Francisco Serra Estellés, se leyó al público reunido la NOTIFICACIÓN PÚBLICA y a continuación el Autor leyó la DECLARACIÓN. Todo este acto quedó reflejado en un acta que fue remitida a la Congregación.
I.
NOTIFICACIÓN PÚBLICA
A
PROPÓSITO DE LAS OBRAS DEL RVDO. D. FRANCISCO SERRA ESTELLÉS
Síntesis
de la NOTIFICACIÓN que se leyó el 6 de julio de 2002, en el templo parroquial
de San Juan de Ávila ante el grupo de fieles allí reunidos:
En
las obras del Rvdo. D. FRANCISCO SERRA ESTELLÉS se percibe un deseo de
presentar el mensaje cristiano de forma que resulte atractivo para los hombres
del momento presente. Sin embargo, esta inquietud le ha conducido a un punto en
el que resulta difícil conciliar muchas de las afirmaciones contenidas en ellas
con la doctrina católica.
La
Congregación para la Doctrina de la Fe ha estudiado sus publicaciones y ha
rogado al Sr. Arzobispo que tome las medidas necesarias para que el Autor
retracte públicamente los puntos en los que se aparta de la fe católica.
El
problema reviste especial gravedad, porque se trata de afirmaciones que afectan
a aspectos esenciales del mensaje cristiano: la explicación del misterio de la
Santísima Trinidad, su forma de entender los misterios de la Encarnación y de
la Resurrección de Nuestro Señor Jesucristo, su concepción de la Persona y
obra del Espíritu Santo, su visión de la Iglesia y su misterio y la
interpretación de algunas realidades relacionadas con la escatología; y la
ambigüedad en la forma de entender el cristianismo queda reflejada cuando
aborda cuestiones relacionadas con la vida moral. Todo ello conduce a una
visión de la fe cristiana que no es conforme con la doctrina de la Iglesia
Católica.
Puesto
que lo enseñado en estos escritos afecta al modo de entender y de enseñar los
misterios centrales de la fe cristiana, mediante la DECLARACIÓN se quiere
ofrecer al Rvdo. D. FRANCISCO SERRA ESTELLÉS la posibilidad de que manifieste
públicamente que acepta las observaciones que le hace la Congregación para la
Doctrina de la Fe, aunque no haya sido su intención separarse de la doctrina de
la Iglesia, ni enseñar nada contrario a la fe católica. Se le pide que
confiese algunas verdades esenciales de la fe cristiana, de modo que quede
clara, mediante esta confesión, su comunión plena con la Iglesia Católica.
Se hace constar que en las conversaciones previas mantenidas con el Rvdo. D. FRANCISCO SERRA ESTELLÉS, siempre ha manifestado, con humildad, obsequiosa obediencia y firme voluntad, aceptar las observaciones que la Congregación para la Doctrina de la Fe le ha hecho llegar, a través del Sr. Arzobispo de Valencia, manifestando un vivo deseo de permanecer en plena comunión con la Iglesia Católica.
II.
DECLARACIÓN DEL RVDO. D. FRANCISCO SERRA ESTELLÉS
A PROPÓSITO DE ALGUNAS DOCTRINAS ENSEÑADAS EN SUS ESCRITOS
El
Rvdo. D. FRANCISCO SERRA ESTELLÉS hizo la siguiente declaración jurada:
Yo,
FRANCISCO SERRA ESTELLÉS, he escrito y publicado mis libros con el deseo de
presentar el mensaje cristiano en un estilo directo y que resulte atractivo al
hombre de nuestro tiempo, en una sociedad secularizada. Nunca he querido negar
ni separarme de la fe la Iglesia. Reconozco que las observaciones doctrinales,
que la Congregación para la Doctrina de la Fe me ha hecho llegar a través de
mi Arzobispo, son para mi bien y el bien de los fieles y responden a la fe de la
Iglesia. Y llevado del firme deseo de permanecer en plena comunión de la
Iglesia, a la que amo y deseo servir con todo mi corazón, libremente las acepto
y, con verdadero y religioso asentimiento, hago la siguiente DECLARACIÓN:
1.
SOBRE LA FE, LA REVELACIÓN Y EL MAGISTERIO DE LA IGLESIA
En
mis obras no he querido negar que, siendo la fe «ante todo una adhesión
personal del hombre a Dios, es al mismo tiempo e inseparablemente el
asentimiento libre a toda la verdad que Dios ha revelado».[1]
Acepto también que «el depósito sagrado de la fe está contenido en la
Sagrada Tradición y en la Sagrada Escritura»[2]
y que «el oficio de interpretar auténticamente la palabra de Dios, oral o
escrita, ha sido encomendado sólo al Magisterio vivo de la Iglesia, el cual lo
ejercita en nombre de Jesucristo».[3]
Creo,
por tanto, con fe firme, todo aquello que se contiene en la Palabra de Dios
escrita o transmitida por la Tradición, y que la Iglesia propone para ser
creído, como divinamente revelado, mediante un juicio solemne o mediante el
Magisterio ordinario y universal.
Acepto
y retengo firmemente, asimismo, todas y cada una de las cosas sobre la doctrina
de la fe y las costumbres, propuestas por la Iglesia de modo definitivo.
Me
adhiero, además, con religioso obsequio de voluntad y entendimiento, a las
doctrinas enunciadas por el Romano Pontífice o por el Colegio de los obispos
cuando ejercen el Magisterio auténtico, aunque no tengan la intención de
proclamarlas con un acto definitivo.
2.
SOBRE DIOS UNO Y TRINO
Declaro
que no he querido negar el carácter personal de Dios Padre, que es la primera
persona de la Santísima Trinidad, y que es la «fuente y origen de toda
divinidad»[4]
y que tampoco he querido negar la trinidad de personas en Dios.
Creo,
por tanto, «que la fe católica es que veneremos a un solo Dios en la Trinidad
y a la Trinidad en la unidad, sin confundir las personas, ni separar las
sustancias. Porque una es la persona del Padre, otra la persona del Hijo y otra
la persona del Espíritu Santo» y que «el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo
tienen una sola divinidad, gloria igual y coeterna majestad».[5]
3.
SOBRE EL MISTERIO DE LA ENCARNACIÓN Y LA CONSTITUCIÓN DIVINO-HUMANA DE CRISTO
En
mis escritos no he querido negar que quien se encarnó es el Verbo, el Hijo
Eterno del Padre, la segunda persona de la Santísima Trinidad, ni que
Jesucristo es, desde el momento de su concepción virginal, la Palabra de Dios
hecha carne. Tampoco me he querido apartar de la fe de la Iglesia Católica que
«llama “Encarnación” al hecho de que el Hijo de Dios haya asumido una
naturaleza humana para llevar a cabo por ella nuestra salvación».[6]
No he querido afirmar, por tanto, que Jesucristo no es más que un hombre que
llegó a ser Palabra de Dios o en quien se manifestaba la conciencia de Dios.
Por
ello, creo que nuestro Señor Jesucristo, el Hijo de Dios, el Verbo eterno,
nacido del Padre antes de todos los siglos y consustancial al Padre, se encarnó
por obra del Espíritu Santo, de María la Virgen, y se hizo hombre.[7]
Confieso «a un solo y mismo Hijo y Señor nuestro Jesucristo: perfecto en la
divinidad y perfecto en la humanidad; verdaderamente Dios, y verdaderamente
hombre, consustancial con el Padre según la divinidad y consustancial con
nosotros según la humanidad, engendrado del Padre antes de los siglos según la
divinidad, y en los últimos días, por nosotros y por nuestra salvación,
engendrado de María Virgen, la madre de Dios según la humanidad».[8]
Reconozco «a un solo y mismo Cristo Señor, Hijo unigénito en dos
naturalezas»,[9]
que «confluyen en una sola persona y en una sola hipóstasis».[10]
4.
SOBRE LA RESURRECCIÓN DE NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO
En
mis afirmaciones sobre la resurrección de Jesucristo he querido insistir en el
carácter único y trascendente de este acontecimiento, pero no he querido negar
que «el misterio de la resurrección de Cristo es un acontecimiento real que
tuvo manifestaciones históricamente comprobadas».[11]
He querido decir que «la Resurrección de Cristo no fue un retorno a la vida
terrena como en el caso de las resurrecciones que Él había realizado antes de
Pascua»,[12]
pero no he querido negar que «en su cuerpo resucitado, (Cristo) pasa del estado
de muerte a otra vida más allá del tiempo y del espacio», ni que Cristo
resucitado «participa de la vida divina en el estado de su gloria».[13]
De
acuerdo con esta fe de la Iglesia, creo que nuestro Señor Jesucristo
«resucitó por su propio poder el tercer día».[14]
5.
SOBRE LA PERSONA Y LA MISIÓN DEL ESPÍRITU SANTO
En
mis afirmaciones sobre la persona y la misión del Espíritu Santo no he querido
reducir la persona del Espíritu Santo a un principio impersonal que sería el
substrato inmaterial de toda manifestación vital; no quiero negar que «creer
en el Espíritu Santo es profesar que el Espíritu Santo es una de las personas
de la Santísima Trinidad Santa, consubstancial al Padre y al Hijo»,[15]
ni que la función principal del Espíritu, «que habita en la Iglesia y en el
corazón de los fieles como en un templo»,[16]
es despertarnos a la fe e iniciarnos en la vida nueva, que consiste en «que te
conozcan a ti, el único Dios verdadero, y a tu enviado, Jesucristo» (Jn 17,3).[17]
Por
ello, creo en el Espíritu Santo, Señor y vivificador, que, con el Padre y el
Hijo, es juntamente adorado y glorificado. Que habló por los profetas; nos fue
enviado por Cristo después de su resurrección y ascensión al Padre; ilumina,
vivifica, protege y rige la Iglesia, cuyos miembros purifica con tal que no
desechen la gracia.[18]
6.
SOBRE LA IGLESIA CATÓLICA Y SU CONSTITUCIÓN JERÁRQUICA
Declaro
que en mis escritos no he pretendido afirmar que la Iglesia no entraba en la
intencionalidad de Jesucristo. Tampoco he pretendido separar iglesia y Reino de
Dios, como si se tratara de dos realidades totalmente independientes u opuestas.
Tampoco he querido afirmar que la constitución jerárquica de la Iglesia es una
forma meramente humana de organizarse los cristianos, ni he querido negar que
«el mismo Cristo es la fuente del ministerio en la Iglesia», ni que Cristo
«lo ha instituido, le ha dado autoridad y misión, orientación y finalidad».[19]
Creo,
por tanto, «en la Iglesia una, santa, católica y apostólica, edificada por
Jesucristo sobre la piedra, que es Pedro. Ella es el Cuerpo místico de Cristo,
sociedad visible, equipada de órganos jerárquicos, y, a la vez, comunidad
espiritual, Iglesia terrestre, Pueblo de Dios peregrinante aquí en la tierra e
Iglesia enriquecida por bienes celestes; germen y comienzo del reino de Dios».[20]
Creo que «la única Iglesia de Cristo, de la que confesamos en el Credo que es
una, santa, católica y apostólica», «constituida y ordenada en este mundo
como una sociedad, subsiste en la Iglesia católica gobernada por el sucesor de
Pedro y por los obispos en comunión con él».[21]
7.
SOBRE EL JUICIO FINAL Y EL INFIERNO
En
mis escritos no he querido enseñar que el juicio final y el infierno son una
invención de la Iglesia para atemorizar las conciencias o para evitar los
pecados. No he querido negar que, cuando el Señor vuelva en su gloria, frente a
Él, «que es la Verdad, será puesta al desnudo definitivamente la verdad de la
relación de cada hombre con Dios».[22]
Tampoco niego la posibilidad de una condena eterna.
Creo
que, al final de los tiempos, el Señor «ha de venir de nuevo, entonces con
gloria, para juzgar a los vivos y a los muertos, a cada uno según sus propios
méritos: los que hayan respondido al amor y a la piedad de Dios irán a la vida
eterna, pero los que los hayan rechazado hasta el final serán destinados al
fuego que nunca cesará. Y su reino no tendrá fin».[23]
8.
SOBRE EL HOMBRE COMO CRIATURA DE DIOS
En
mis escritos no he querido enseñar que el alma espiritual no es una realidad
creada. No es, por tanto, de naturaleza divina, ni se identifica con la realidad
divina de Dios, ni debe ser considerada como una parte de un alma única y
universal, sino que reconozco que cada ser humano posee su propia y singular
alma espiritual.
Creo,
por tanto, que Dios creó al hombre como una criatura «compuesta de espíritu y
cuerpo».[24]
Creo en la inmortalidad del alma y rechazo la afirmación de que el alma «sea
única en todos los hombres».[25]
9.
SOBRE LA MORAL CRISTIANA
Me
adhiero con obediencia religiosa a la enseñanza de la Iglesia sobre la ley
divina como «norma suprema de la vida humana»,[26]
sobre la ley natural como «expresión humana de la ley eterna de Dios».[27]
No he querido afirmar, por tanto, que no existen normas morales universalmente
válidas.
Acepto
que la Iglesia, «con su vida y su enseñanza, se presenta como “columna y
fundamento de la verdad” (1 Tim 3, 5), también de la verdad sobre el obrar
moral».[28]
Reconozco que la Iglesia cumple esta misión por medio del magisterio, ya que
«promover y custodiar, en la unidad de la Iglesia, la fe y la vida moral es la
misión confiada por Jesús a los Apóstoles, la cual se continúa en el
ministerio de sus sucesores».[29]
Acepto
la enseñanza de la Iglesia sobre la conciencia humana, que no debe ser
considerada como una fuente autónoma para decidir lo que es bueno o malo, sino
que debe guiarse en sus juicios por el principio de obediencia a la ley divina.[30]
Me
adhiero a las enseñanzas del magisterio de la Iglesia sobre la moral de la
sexualidad, sobre la indisolubilidad del matrimonio y sobre el carácter
intrínsecamente malo de ciertos comportamientos que atentan contra la vida
humana como el suicidio, la eutanasia o el aborto.[31]
*
* *
Finalmente,
me comprometo a pedir a las librerías y editoriales que retiren mis
publicaciones y no las reediten. Y en lo sucesivo, no publicaré ningún libro
sin haber obtenido previamente la «licencia eclesiástica».
Ante
mí
Eduardo Margarit
El declarante
Vicario General - Arzobispado de
Valencia
Francisco Serra
[1] Catecismo de la Iglesia Católica, n.º 150.
[2] Catecismo de la Iglesia Católica, n.º 84.
[3] Concilio Vaticano II, Dei Verbum, n.º 10.
[4] Confesión de fe del Concilio XI de Toledo. DS 525.
[5] Símbolo «Quicumque». DS 75.
[6] Catecismo de la Iglesia Católica, n.º 461.
[7] PABLO VI, Credo del Pueblo de Dios, n.º 11
[8] Credo del concilio de Calcedonia. DS 301.
[9] Credo del concilio de Calcedonia. DS 302.
[10] Credo del concilio de Calcedonia. DS 302.
[11] Catecismo de la Iglesia Católica, n.º 639.
[12] Catecismo de la Iglesia Católica, n.º 646.
[13] Catecismo de la Iglesia Católica, n.º 646.
[14] PABLO VI, Credo del Pueblo de Dios, n.º 12.
[15] Catecismo de la Iglesia Católica, n.º 685.
[16] Concilio Vaticano II, Lumen gentium, n.º 4.
[17] Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n.º 684.
[18] PABLO VI, Credo del Pueblo de Dios, n.º 13.
[19] Catecismo de la Iglesia Católica, n.º 874.
[20] PABLO VI, Credo del Pueblo de Dios, n.º 19.
[21] Concilio Vaticano II, Lumen gentium, n.º 8.
[22] Catecismo de la Iglesia Católica, n.º 1.039.
[23] PABLO VI, Credo del Pueblo de Dios, n.º 12.
[24] Concilio IV de Letrán. DS 800.
[25] Concilio V de Letrán. DS 1.440.
[26] Concilio Vaticano II, Dignitatis humanae, n.º 3.
[27] Encíclica Veritatis Splendor, n.º 43.
[28] Encíclica Veritatis Splendor, n.º 27.
[29] . Ibid.
[30] Cf. Encíclica Veritatis Splendor, n.º 61.
[31]
Cf. Encíclica Evangelium Vitae, n.os 52-77.